PRESENTACION DE LA PROPUESTA |
Los oferentes deberán presentar todos los documentos administrativos, técnicos y económicos solicitados en el Art. 11° de bases Administrativas
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ENTREGA FISICA DE DOCUMENTOS |
sólo se debe presentar garantía de seriedad de la oferta art. 12° de Bases Administrativas Especiales
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Resolución de Empates |
se entenderá por empate, si dos o más empresas obtiene el mismo puntaje en el resultado final de la evaluación. En esta situación, se considerarán como criterios de desempate, en orden de prelación: la Oferta Económica, luego la oferta Técnica, la experiencia de la empresa y por último el cumplimiento de los requisitos formales.
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ADJUDICACION |
La adjudicación de la propuesta corresponderá a la Alcaldesa con acuerdo del concejo
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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multas |
se aplicaran de acuerdo a lo indicado en el art 28° de bases administrativas especiales
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RECHAZO DE OFERTAS |
a) No acompañen la garantía de seriedad de la oferta exigida o que esté mal extendida. No se aceptarán cambios en la garantía por tener una vigencia menor a la requerida o un monto insuficiente.
b) No acompañen propuesta económica.
c) No oferten el presupuesto por la totalidad de los ítems indicados en el Formato N° 8, según su oferta.
d) Que no adjunten la totalidad de los antecedentes requeridos para la correcta evaluación de las ofertas, habiéndose aplicado el artículo 16° de las presentes Bases Administrativas.
e) De aquellos oferentes que hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de dos años anteriores al acto de apertura. (Ley N° 20.238 del Ministerio de Hacienda), siempre que tales condenas se hayan producido con posterioridad al 19 de enero de 2008, o hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal o hayan sido condenados con la prohibición de contratar con el estado, mientras se encuentre vigente.
f) Ofertar un plazo para la ejecución del contrato superior a 90 días corridos.
g) Ofertar un monto superior al máximo disponible.
En caso de rechazo de las ofertas, se devolverá la garantía exigida dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación del decreto de adjudicación, o en su caso, de la declaración de inadmisibilidad o de quedar desierta la licitación.
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DECLARACION DE DESIERTA E INADMISIBLES |
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. Se declara desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales
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FORMATOS |
Los Formatos adjuntos a estas bases, pueden transcribirse, pero no modificarse. El Formato debe presentarse solo con la información solicitada, sin agregar nada adicional a él. Un formato con información incompleta se considerará como documento faltante u omitido, y será la Comisión respectiva la que evalúe la procedencia de aplicar el artículo 16° de estas bases.
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chileproveedores |
A la fecha del contrato, el oferente deberá estar inscrito en Chile-Proveedores
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ADJUDICACION |
La adjudicación de la propuesta, corresponderá a la Alcaldesa con acuerdo del Concejo, sobre la base del Informe de la Comisión Evaluadora. Una vez obtenido dicho acuerdo, se procederá a la elaboración del decreto de adjudicación.
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VISITA A TERRENO |
Los oferentes podrán visitar el establecimiento educacional a intervenir en forma voluntaria para conocer las características que pudieran incidir directamente en el proyecto. La asistencia se acreditará con la firma del acta de visita a terreno.
La visita se realizará el día y la hora indicada en el portal. El oferente que no asista a la citada visita no quedará fuera de Bases y su propuesta será evaluada, pero siempre y cuando cumpla con los requisitos de admisibilidad establecidos por las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
Se solicita que para la visita cada participante disponga de vehículo propio para su traslado.
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