Licitación ID: 2328-101-LP25
LICITACIÓN PÚBLICA E-842025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 125
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Productos o servicios
1
Cursos y materiales de apoyo para aprender a hablar inglés 1 Global
Cod: 60103704
ADQUISICION DE SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS, PARA 2628 ESTUDIANTES DISTRIBUIDOS EN 6 ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES SEGÚN DOCUMENTO ADJUNTO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICITACIÓN PÚBLICA E-842025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”
Estado:
Cerrada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” que tendrá una vigencia durante todo el año académico 2026, esto de acuerdo a las Especificaciones Técnicas elaborados para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Avda. Presidente Ibañez Nº600 4TO PISO
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-12-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 25-11-2025 16:30:00
Fecha inicio de preguntas: 25-11-2025 19:50:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2025 19:50:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2025 19:50:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2025 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 29-03-2026 18:42:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO N°1
2.- FORMULARIO N° 2
3.- FORMULARIO N° 3
4.- FORMULARIO N°4
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Descentralización y desarrollo económico Con el fin de reactivar la economía local, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente: - Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta en la comuna de Puerto Montt: 100 puntos - Cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta correspondiente a otra Comuna: 80 puntos - No cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos Para lo cual deberá adjuntar la fotocopia de patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta. 10%
2 Criterio Pacto de Integridad El programa de integridad es un sistema que establece valores que guían el comportamiento de los integrantes de la empresa, fomentando un ambiente de confianza y respeto. Al fortalecer la consciencia ética, se busca prevenir conductas inapropiadas. Cada oferente es responsable de implementar el programa de integridad en bases al tamaño y necesidades de su empresa. Tiene como finalidad evaluar si el oferente cuenta con el programa de integridad que sea conocido por su personal. Deberá señalar si cuenta con un programa de integridad conocido por su personal, debiendo adjuntar un documento que acredite que cuenta con dicho programa, documentos de respaldo o medios de verificación del programa implementado y difundido, que permita validar información informada en el anexo de integridad. El puntaje será asignado de la siguiente forma: ITEM PUNTAJE El oferente presenta: - programa de integridad. - documento que acredita que el programa fue dado a conocer a su personal 100 puntos El oferent 5%
3 Criterio Antecedentes Administrativos - Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 7, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos. - Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 7, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos. - Se podrán pedir la documentación faltante a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos. El siguiente criterio no aplicará para aquellos requisitos que sean evaluables. 5%
4 Criterio Económico Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica. El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor. Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100 Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos). El precio de la oferta se deberá especificar con IVA incluido en el formulario Nº 2. En caso de existir diferencia entre el formulario Nº 2 y la oferta realizada en el portal, va a primar la oferta realizada en el formulario N°2. 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE FINANZAS DAEM
e-mail de responsable de pago: RECEPCIONFACTURAS@DEMPUERTOMONTT.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT - DAEM
Fecha de vencimiento: 12-03-2027
Monto: 5 %
Descripción: Tipo de Documento “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” de ejecución inmediata a primer requerimiento, de acuerdo con lo señalado en el Decreto N° 661 que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886, Art. 121. Beneficiario Municipalidad de Puerto Montt, Rut: 69.220.100-0 Fecha de vencimiento La garantía por concepto de fiel cumplimiento de contrato deberá tener una vigencia no inferior a 60 días hábiles contados desde el término del contrato. Monto Equivalente al 5% del valor neto de su oferta, en pesos. Glosa “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública E-84/2025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación. Forma, horario y lugar de entrega Esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de la Unidad de Adquisiciones del DAEM, ubicado en Presidente Ibáñez N° 600, piso -1, Municipalidad de Puerto Montt, al momento de suscripción del contrato. Horario: - Lunes a Jueves, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 16:30 horas. - Viernes, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 15:30 horas. La garantía deberá ser a la vista, de cobro inmediato e irrevocable y tomada por el prestador del servicio que postula a la licitación. Procedimiento y fecha de devolución Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente. Circunstancias en que se ejecutan - La Municipalidad hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por las causas especificadas en el artículo 22, exceptuando puntos 4, 5 y 6.
Glosa: “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública E-84/2025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación.
Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES LICITACIÓN PÚBLICA E-84/2025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la Licitación Pública para la “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 19.886 y su Reglamento. Artículo 2. Aplicación de Normas. La presente licitación, su adjudicación y el contrato derivado de ella, se regirán por las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, los Anexos, Oficios y Enmiendas que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación, hasta 48 hrs. antes de la apertura oficial de la propuesta en www.mercadopublico.cl. Artículo 3. Interpretación de las Bases. Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación: 1. El texto de las bases, sus anexos y enmiendas. 2. Las Especificaciones Técnicas. 3. Los oficios emitidos por la Municipalidad. 4. Las respuestas a consultas efectuadas por los oferentes y aclaraciones realizadas por la Municipalidad a través del sistema de compras públicas. 5. La oferta presentada por el oferente. II. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Artículo 4. La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” que tendrá una vigencia durante todo el año académico 2026, esto de acuerdo a las Especificaciones Técnicas elaborados para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato. FINANCIAMIENTO : SEP MONTO ESTIMADO: $ 150.000.000.- III. ETAPAS Y PLAZOS Artículo 5. Dado que se trata de una licitación publica > 1000 UTM y 1000 UTM también se incorporara a revisión a Asesor Jurídico, de acuerdo al Manual de procedimientos vigente. Artículo 13. Adquisición de las Bases. Los interesados podrán adquirir las bases sin costo en el portal www.mercadopublico.cl. Artículo 14. Consultas formuladas por los oferentes. Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas ingresándolas en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la hora y fecha estipulada en la cronología de la propuesta. El Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt, podrá modificar documentos del presente llamado especial, ya sea por iniciativa propia o, en atención a una solicitud de aclaración formulada por alguno de los proveedores, durante el proceso y hasta antes de la fecha de cierre de presentación de ofertas; lo cual no implica un cambio en el cierre de recepción de ofertas. Artículo 15. Aclaraciones formuladas por la Municipalidad. Toda aclaración respecto del sentido y alcance de las Bases Administrativas y, en general, sobre la Licitación, cambio, agregado o supresión de la licitación se efectuará por medio de decretos modificatorios emitidos por la Municipalidad, a través de la Unidad de Adquisiciones del D.A.E.M. de Puerto Montt y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Será responsabilidad del proveedor que la respuesta a las consultas sean recepcionadas conforme. Los decretos de modificación formarán parte integrante de la Licitación, su adjudicación y del contrato derivado de ella. Se hace presente a los proponentes que aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte integrantes de las bases. Artículo 16. Admisibilidad de las Ofertas. El Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los proveedores hayan cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 7 de las presentes bases. Se declararán inadmisible las ofertas en el caso que no ingrese el formulario Nº 2 correspondiente a la oferta económica, la propuesta técnica, capacitación y soportes solicitados, carta Gantt e itinerario de capacitación del servicio, lo cual quedará estipulado en el acta de análisis. Asimismo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, se reserva el derecho de declarar desierto el proceso, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, en ambos casos por resolución fundada. V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN Artículo 17. Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos se analizarán por el total de los productos solicitados, según la siguiente tabla: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN CRITERIO ECONÓMICO 80% CRITERIO DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL 10% CRITERIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 5% CRITERIO PACTO DE INTEGRIDAD 5% TOTAL 100% 1.- Criterio Económico 80% Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica. El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor. Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100 Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos). El precio de la oferta se deberá especificar con IVA incluido en el formulario Nº 2. En caso de existir diferencia entre el formulario Nº 2 y la oferta realizada en el portal, va a primar la oferta realizada en el formulario N°2. 3. Criterio Descentralización y desarrollo económico local 10%: Con el fin de reactivar la economía local, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente: - Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta en la comuna de Puerto Montt: 100 puntos - Cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta correspondiente a otra Comuna: 80 puntos - No cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos Para lo cual deberá adjuntar la fotocopia de patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta. 4.- Criterio Antecedentes Administrativos 5%: - Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 7, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos. - Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 7, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos. - Se podrán pedir la documentación faltante a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos. El siguiente criterio no aplicará para aquellos requisitos que sean evaluables. 5.- Criterio Pacto de Integridad 5%: El programa de integridad es un sistema que establece valores que guían el comportamiento de los integrantes de la empresa, fomentando un ambiente de confianza y respeto. Al fortalecer la consciencia ética, se busca prevenir conductas inapropiadas. Cada oferente es responsable de implementar el programa de integridad en bases al tamaño y necesidades de su empresa. Tiene como finalidad evaluar si el oferente cuenta con el programa de integridad que sea conocido por su personal. Deberá señalar si cuenta con un programa de integridad conocido por su personal, debiendo adjuntar un documento que acredite que cuenta con dicho programa, documentos de respaldo o medios de verificación del programa implementado y difundido, que permita validar información informada en el anexo de integridad. El puntaje será asignado de la siguiente forma: ITEM PUNTAJE El oferente presenta: - programa de integridad. - documento que acredita que el programa fue dado a conocer a su personal 100 puntos El oferente no presenta programa ni documento que acredite que fue dado a conocer por su personal 0 puntos VI. DE LA ADJUDICACION Artículo 18. El análisis y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión de análisis nombrada para este efecto, integrada por: 1. Jefe Depto. de Administración y Finanzas D.A.E.M., 2. Jefe Unidad Técnico Pedagógica D.A.E.M., 3. Jefa Unidad de Adquisiciones D.A.E.M., Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia, formarán parte de la comisión sus subrogantes o bien un representante del departamento o unidad. La adjudicación se realizará al proponente que presente la oferta con mayor puntaje en la evaluación, aun cuando no sea la de menor valor. Dicha adjudicación se efectuará por Decreto Alcaldicio, notificando este hecho por medio del sistema www.mercadopublico.cl. La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar en forma total o parcial las ofertas recibidas, pudiendo rechazar una o todas las ofertas, e incluso declarar desierta la licitación, si es que lo ofertado no se ajustase a lo requerido. El Municipio se reserva el derecho de descartar en el análisis, todas aquellas propuestas que superen dicho presupuesto, si es que no es factible de suplementar. En caso de que exista disponibilidad presupuestaria y que los valores se encuentren a precio de mercado, el municipio evaluará la factibilidad de suplementar dicho presupuesto, hasta un 30% del presupuesto estimado. Cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% el monto estimado, la unidad técnica deberá explicitar en un informe, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia. Artículo 19. Facultad de Readjudicación. En el caso que el proveedor originalmente adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo señalado, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con la Municipalidad de Puerto Montt, de acuerdo a los términos de la Ley N°19.886 y su Reglamento, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt podrá readjudicar, para esto se deberá evaluar nuevamente las ofertas que se mantengan vigentes, en un plazo máximo de 60 días corridos desde su adjudicación original, el cual deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Especificaciones Técnicas. En el caso que presenten respecto del readjudicado las circunstancias descritas en el presente párrafo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, podrá volver a readjudicar y así sucesivamente. VII. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Artículo 20. Del contrato. Del contrato Las empresas que podrán formalizar su oferta serán aquellas que no hubieren sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la cual debe completar de manera electrónica al momento de realizar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. El contrato que la Municipalidad de Puerto Montt celebre con el adjudicatario comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo aprueba, sin perjuicio que aún se mantengan obligaciones contractuales pendientes, las cuales el adjudicatario debe cumplir para el total pago de los servicios. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 15 días hábiles para suscribir el correspondiente contrato y protocolizarlo en una Notaría de la ciudad de Puerto Montt cuando el monto sea inferior a 3.000 UF, o suscrito por Escritura Pública en Notaría de la ciudad de Puerto Montt cuando se trate de montos superiores a 3.000 UF, por lo cual los representantes legales deberán firmar en esta ciudad. En caso que el proveedor nombre un representante este deberá contar con un poder notarial para firmar el documento. Si el proveedor adjudicado no presenta la documentación solicitada, el contrato no se podrá celebrar entre las partes, y se le readjudicará la licitación, para lo cual se procederá a evaluar nuevamente las ofertas que se mantengan vigentes, siempre y cuando la oferta se encuentre dentro del presupuesto disponible y cumpla con las Especificaciones Técnicas. En caso de que no existiera otro proveedor que cumpla con lo establecido en las bases se realizará un nuevo proceso licitatorio. Todos los gastos notariales de la escrituración e impuestos correspondientes al contrato, serán de cargo del adjudicatario. Una vez ratificado el contrato de servicios, se girará la orden de compra al prestador del servicio por el portal. Artículo 21. Modificación de contrato. Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. Artículo 22. Terminación anticipada del Contrato. La Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá declarar resuelto administrativamente el Contrato, antes del vencimiento del plazo, en los siguientes casos: 1. Incumplimiento grave de las obligaciones del Contrato. 2. Incumplimiento de las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas que rigieron la propuesta. 3. Por quiebra o estado de notoria insolvencia. 4. Mutuo acuerdo de las partes por causas debidamente justificadas y sin cargo para ambos. 5. Por muerte o incapacidad física o jurídica del adjudicatario, en el evento en que éste sea persona natural. 6. Por disolución de la sociedad adjudicataria, o solicitud de disolución por cualquiera de sus socios. 7. Si el adjudicatario cometiera una falta catalogada por el Municipio como grave. 8. Cuando las multas cursadas superen el 20% del monto total neto del contrato. 9. Cuando las multas cursadas superen los días de atraso señalados en el artículo 32 de las B.A.E. 10. Si el adjudicatario presenta documentación falsa o adulterada. 11. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato. e) Disolución de la UTP. Artículo 23. Incumplimientos graves. 1. Si el adjudicatario no cumple con la entrega de los productos y/o servicios en el plazo establecido, sin razón justificada y calificada por el municipio. 2. Si se detectan inconsistencias técnicas respecto de los productos y/o servicios ofertados y los productos y/o servicios efectivamente entregado de conformidad a los controles realizados por la Inspección Técnica. 3. Si existe reiteración de cualquiera de los incumplimientos respecto de los cuales se haya asociado una multa. No obstante la Municipalidad de Puerto Montt podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato, se hubieran ocasionado. Cabe señalar que la figura de término anticipado al contrato, es procedente asimismo por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. VIII. GESTIÓN DE CONTRATO Artículo 24. Por cada contrato formalizado físicamente, se generará una ficha de gestión de contratos en el portal por proveedor, el cual deberá ser retroalimentado continuamente por parte del Inspector técnico de la licitación hacia el encargado de gestión de contratos de la Unidad de Adquisiciones del DAEM y de la misma forma así será notificado el proveedor ante caso de modificaciones, pagos, evaluaciones de comportamiento contractual, amonestaciones, multas u otro que pudiese suceder en el transcurso de la ejecución del contrato. IX. PROCESO DE FACTURACIÓN Y PAGO Artículo 25. El pago se realizará en dos etapas, la primera por un monto equivalente al 90% del valor total del contrato en un plazo máximo de 30 días corridos de recepcionados libros, capacitación y puesta en marcha del soporte electrónico y un 10% restante al final de los 13 meses de entrega del servicio, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo quater de la ley 21.131, contados desde la recepción de la factura, siempre que se cumpla con los siguientes requisitos: · Que la orden de compra se encuentre en estado de “Recepción Conforme” en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 133, letra b) del Decreto Supremo Nº 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de Compras Públicas. · Que la factura esté correctamente emitida y sea remitida a la Oficina de Partes, ubicada en Av. Presidente Ibáñez Nº 600, cuarto piso, Puerto Montt, fono: 65-2261446, o al correo electrónico recepcionfacturas@dempuertomontt.cl. · El DAEM no se hará responsable por facturas enviadas a otras direcciones físicas o electrónicas distintas a las indicadas. . Certificado de recepción conforme por parte de unidad técnica. . Alta de inventario de productos. Además, la factura deberá venir acompañada de: La Orden de Compra correspondiente, en estado recepción conforme. Los datos necesarios para realizar el pago vía transferencia electrónica: - Nombre del banco - Plaza - Número de cuenta corriente - Nombre del titular de la cuenta De acuerdo con lo establecido en el Artículo 8° de la Ley N.º 21.722, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios realizados por los órganos de la Administración del Estado durante el año 2025, incluidos aquellos relacionados con contratos de obra o infraestructura, deberán efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos. Factoring: El Proveedor sólo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recibidos conforme por la Inspección Técnica, una vez que éste autorice la facturación en virtud de la recepción conforme. La Inspección Técnica (IT) rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y/o productos y la autorización expresa de facturar por parte de la IT. La IT tendrá un plazo de 4 días hábiles para revisar los antecedentes. Dado el cumplimiento de la cláusula anterior, la factura aceptada y con recepción conforme por parte del IT quedará apta para su cesión. X. GARANTÍA REQUERIDA Artículo 26. Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio Se deja establecido que es necesario solicitar una garantía de fiel cumplimiento de contrato para el servicio en virtud del riesgo involucrado en la licitación, esto considerando posibles incumplimientos en la entrega del servicio, posibles observaciones sin subsanar y para asegurar la garantía de observaciones posteriores a la entrega del servicio. Tipo de Documento “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio” de ejecución inmediata a primer requerimiento, de acuerdo con lo señalado en el Decreto N° 661 que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886, Art. 121. Beneficiario Municipalidad de Puerto Montt, Rut: 69.220.100-0 Fecha de vencimiento La garantía por concepto de fiel cumplimiento de contrato deberá tener una vigencia no inferior a 60 días hábiles contados desde el término del contrato. Monto Equivalente al 5% del valor neto de su oferta, en pesos. Glosa “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública E-84/2025 “ADQUISICION SERVICIO PARA FOMENTO DE INGLES COMUNICACIONAL ESTUDIANTES D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación. Forma, horario y lugar de entrega Esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de la Unidad de Adquisiciones del DAEM, ubicado en Presidente Ibáñez N° 600, piso -1, Municipalidad de Puerto Montt, al momento de suscripción del contrato. Horario: - Lunes a Jueves, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 16:30 horas. - Viernes, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 15:30 horas. La garantía deberá ser a la vista, de cobro inmediato e irrevocable y tomada por el prestador del servicio que postula a la licitación. Procedimiento y fecha de devolución Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente. Circunstancias en que se ejecutan - La Municipalidad hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por las causas especificadas en el artículo 22, exceptuando puntos 4, 5 y 6. Será obligatorio para el prestador del servicio, que al presentar la garantía requerida se adjunte: 1.- Formulario 4 de Ingreso de Garantías Municipalidad de Puerto Montt. Esta garantía deberá ser entregada por el adjudicatario a la Municipalidad, previo a su respectiva suscripción del contrato. El incumplimiento de esta exigencia dentro del plazo señalado para la firma del contrato facultará a la Municipalidad para considerar al adjudicatario por desistido de su oferta, con todos los efectos que determinan sobre la materia. En caso de modificación del monto y/o de la fecha de término del servicio, la garantía que se otorgue para cubrir el nuevo monto y/o plazo, deberá exceder en 60 días hábiles el término de este. Esta garantía deberá ser entregada por el adjudicatario a la Municipalidad previo a su respectiva suscripción. Si la garantía corresponde a una póliza de seguro, deberá incluir las siguientes cláusulas especiales: 1. Que, no será aplicable para este caso su cláusula de arbitraje. 2. Que, las multas y demás cláusulas penales quedan cubiertas por la póliza. 3. De prohibición de ponerle termino unilateralmente sin el consentimiento escrito de la Municipalidad de Puerto Montt. 4. La póliza debe ser pagada al momento de su emisión, no es factible que sea pactada en cuotas. XI. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS Artículo 27. Resolución de empates. En caso de que dos o más proveedores obtengan el mismo puntaje, el Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt adjudicará aquella oferta con mayor puntaje en el criterio económico, y si aun así el empate persistiera se adjudicará aquella propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio de descentralización y desarrollo económico local. En caso de que persista el empate se adjudicará aquella propuesta con mayor puntaje en el criterio pacto de integridad. Si el empate persistiera se adjudicará aquella propuesta con mayor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos administrativos. Si a pesar de haber desempatado mediante todos los criterios aún continúa el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal de compras públicas. Artículo 28. Omisión de antecedentes en el portal. Si los antecedentes citados en el artículo Nº 7, no se adjuntan como archivo anexo en el portal www.mercadopublico.cl, exceptuando el Formulario Nº 2 correspondiente a la Oferta Económica, antecedentes que son evaluables según criterios de evaluación de las presentes Bases como lo es patente comercial, pacto de integridad, la propuesta técnica, capacitación y soportes solicitados, carta Gantt e itinerario de capacitación del servicio, los oferentes tendrán un plazo de 48 hrs. para anexarlos. Con todo, el D.A.E.M. asignará una variable de evaluación relacionada al cumplimiento de requisitos formales, según lo indica el Art. 17 Nº 5. Artículo 29. De la Inspección Técnica. La Inspección Técnica estará a cargo del Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica o en quien delegue tal función, quien tendrá la responsabilidad de fiscalizar los productos y/o servicios adquiridos. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal. La función del inspector técnico será la siguiente: − Coordinará con el adjudicatario todo lo relacionado a la entrega de los productos. − Elaborar informe a la Unidad de Finanzas que da cuenta de que el proveedor se atrasó en la entrega de bienes y/o servicios y que es afecta a multa, o en caso contrario que todo fue recepcionado conforme. − Elaborar informe técnico para casos excepcionales bien justificados, tanto para el proveedor como el mandante. Artículo 30. De la Recepción conforme. La recepción conforme estará a cargo del Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica o en quien delegue tal función, quienes tendrán la responsabilidad de firmar la recepción de los productos y servicios adquiridos. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal. Artículo 31. Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado. El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que esta incluya. Artículo 32. Multas. El proveedor adjudicado deberá pagar multas por él o los atrasos en la entrega de los productos y servicios asociados, si los hubiere, o por incumplimiento en la entrega de éstos de conformidad con las presentes bases. 1. Incumplimiento en la entrega de los servicios asociados ● Por atraso en la fecha de entrega ofertada una multa de 3 UTM diaria con un plazo máximo de 5 días. ● No realización de la capacitación en las fechas acordadas: Multa equivalente al 5% del valor total neto del contrato por cada día de retraso, hasta un máximo de 20%. Excepción: No se aplicará la multa si el retraso obedece a causas de fuerza mayor debidamente justificadas y aceptadas por la entidad contratante. ● Ausencia del capacitador o facilitador sin reemplazo adecuado: Multa equivalente al 10% del valor total neto del contrato. 2. Incumplimiento General ● Incumplimiento grave o reiterado de las condiciones del servicio que afecte la calidad, continuidad o utilidad de la capacitación: terminación anticipada del contrato por incumplimiento y no pago del saldo final a pagar una vez terminado el servicio. Con todo, las multas cursadas no podrán superar el 20% del monto total neto del contrato, en caso de hacerlo, se podrán termino anticipado al mismo. El monto de las multas será rebajado del pago que el DAEM deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento. Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos y/o servicios requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra. Procedimiento para la aplicación de multas: Comunicación de la multa: Se enviará por correo electrónico el informe generado por el ITS, detallando la multa y su monto total. Apelación de la multa: El proveedor podrá apelar mediante carta enviada por correo electrónico dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la notificación. Revisión y respuesta a la apelación: Se revisará la información entregada por el proveedor, entregando una respuesta por correo electrónico sobre si se acoge o no la apelación. En caso de no acogerse, el proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución fundada para impugnar el acto administrativo, conforme a los recursos contemplados en la Ley N°19.880. Deberá adjuntar todos los antecedentes que justifiquen modificar o eliminar la medida, copiando a la Inspección Técnica solo para su conocimiento. Límite de las multas: El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del total neto de la orden de compra. En caso de superarse este porcentaje, el ITS podrá solicitar la cancelación de la orden de compra. El monto correspondiente a las multas será descontado del pago más próximo al adjudicatario. El plazo de pago de la multa corresponderá a la fecha del estado de pago en que se efectúe la rebaja. Este procedimiento será ratificado mediante Decreto Alcaldicio. Artículo 33. Pacto de Integridad. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes Artículo 34. Cesión de Derechos. El adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente las obligaciones contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa adjudicada. Situación en que las obligaciones se traspasarán al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. Los documentos significativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común. Artículo 35. De la subcontratación. La subcontratación de la adquisición de los bienes y/o servicios licitados se encontrará prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren (artículo 128, del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la ley 19.886). Artículo 36. El adjudicatario se someterá a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt, para todo asunto litigioso que pueda derivarse del incumplimiento de una o más cláusulas de las presentes bases administrativas. JPV/iav Puerto Montt, Noviembre 2025.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.