Licitación ID: 2328-156-LE24
LICITACIÓN PÚBLICA E-472024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 125
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses regulares, recorridos fijos o servicios programados 1 Mes
Cod: 78111802
SERVICIO TRANSPORTE ESCOLAR ALERCE/PUERTO MONTT 60 KM DIARIOS APROX, SE ADJUNTAN ESPECIFICACIONES TECNICAS A CONSIDERAR. (NO ES NECESARIO ACOMPAÑANTE)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICITACIÓN PÚBLICA E-472024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”, esto de acuerdo a lo que se describe las Especificaciones Técnicas que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato, el servicio a contar desde la emisión de la Orden de compra y hasta el término del año escolar 2024.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Avda. Presidente Ibañez Nº600 4TO PISO
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 16-05-2024 10:00:00
Fecha de Publicación: 06-05-2024 16:42:50
Fecha inicio de preguntas: 06-05-2024 18:00:00
Fecha final de preguntas: 12-05-2024 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-05-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 16-05-2024 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-05-2024 11:30:00
Fecha de Adjudicación: 17-06-2024 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO 1 Y ANEXO 1 Y 2
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO 3
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO 2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Criterio Económico 38% Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica. El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor. Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100 Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos) El precio de la oferta se deberá especificar con IVA incluido” en el formulario Nº 2. 38%
2 Experiencia del oferente 15% El postulante deberá acreditar mediante copia de contratos firmados por instituciones públicas, la experiencia y comportamiento demostrable en prestación de servicios de transporte de estudiantes. Experiencia del oferente Puntaje Acredita experiencia con 3 o más contratos, con una antigüedad de 5 años o menor. 100 Acredita experiencia con 1 o 2 contratos, con una antigüedad de 5 años o menor. 50 No acredita experiencia, o acredita experiencia con una antigüedad de 6 años o más. 0 15%
3 Antigüedad del vehículo 30% El vehículo ofertado no deberá tener una antigüedad mayor a 13 años. Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el requisito de la antigüedad máxima deberá cumplirse durante toda la vigencia del contrato que se suscriba. Año de fabricación Puntaje 2021 - 2020 100 puntos 2019 – 2017 80 puntos 2016 – 2014 60 puntos 2013 – 2011 40 puntos 2010 – 2008 0 puntos Inferior a 2008 Oferta inadmisible 30%
4 Condiciones de empleo y remuneraciones 10% A mayor nivel de remuneraciones de los trabajadores por sobre el ingreso mínimo (bruto) se otorgaran 100 puntos, luego se descontaran de veinte en veinte. Nivel de remuneración Puntaje Mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 100 puntos Segundo mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 80 puntos Tercer mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 60 puntos Cuarto mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 40 puntos Quinto mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 20 puntos Otros sueldos o bajo ingreso mínimo 0 puntos b) Aguinaldos 4% Ante mejor aguinaldo presentado mejor puntaje, quien no indique será evaluada con 0 puntos. 10%
5 Evaluación Antecedentes Administrativos 2% Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 6, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos. Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 6, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos. Se podrán pedir a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos. 2%
6 Patente Comercial 5% Se evaluará según lo siguiente: - Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 100 puntos - No adjunta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: ESCUELAS Y LICEOS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: RECEPCIONFACTURAS@DEMPUERTOMONTT.CL
Nombre de responsable de contrato: IGNACIO ALVAREZ
e-mail de responsable de contrato: IGNACIO.ALVAREZ@DEMPUERTOMONTT.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2331942-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Puerto Montt, Rut: 69.220.100-0
Fecha de vencimiento: 12-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: Tipo de Documento “Garantía fiel cumplimiento del contrato” de ejecución inmediata a primer requerimiento, de acuerdo con lo señalado en el Decreto N° 250 que aprueba el reglamento de la Ley n° 19.886, Art. 68. Beneficiario Municipalidad de Puerto Montt, Rut: 69.220.100-0 Fecha de vencimiento La garantía por concepto de fiel cumplimiento de contrato deberá tener una vigencia no inferior a 60 días hábiles contados desde el término del contrato Monto Equivalente al 5% del valor total de su oferta, en pesos. Glosa “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública N° Pública E-47/2024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación. Forma, horario y lugar de entrega Esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de la Unidad de Adquisiciones del DAEM, ubicado en Presidente Ibáñez N° 600, piso -1, Municipalidad de Puerto Montt, al momento de suscripción del contrato. Horario: - Lunes a Jueves, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 16:30 horas. - Viernes, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 15:30 horas. La garantía deberá ser a la vista, de cobro inmediato e irrevocable y tomada por el prestador del servicio que postula a la licitación. Procedimiento y fecha de devolución Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente. Circunstancias en que se ejecutan - La Municipalidad hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por las causas especificadas en el artículo 25, exceptuando puntos 4, 5 y 6.
Glosa: “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública N° Pública E-47/2024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación.
Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES LICITACIÓN PÚBLICA E-47/2024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la Licitación Pública para la “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT” de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 19.886 y su Reglamento. Artículo 2. Aplicación de Normas. La presente licitación, su adjudicación y el contrato derivado de ella, se regirán por las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, los Anexos, Oficios y Enmiendas que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación, hasta 48 hrs. antes de la apertura oficial de la propuesta en www.mercadopublico.cl. Artículo 3. Interpretación de las Bases. Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación: 1. El texto de las bases, sus anexos y enmiendas. 2. Las Especificaciones Técnicas. 3. Los oficios emitidos por la Municipalidad. 4. Las respuestas a consultas efectuadas por los oferentes y aclaraciones realizadas por la Municipalidad a través del sistema de compras públicas. 5. La oferta presentada por el oferente. II. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN Artículo 4. La presente licitación tiene por objeto la “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”, esto de acuerdo a lo que se describe las Especificaciones Técnicas que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato, el servicio a contar desde la emisión de la Orden de compra y hasta el término del año escolar 2024. FINANCIAMIENTO: ESCUELAS Y LICEOS MONTO DISPONIBLE: $ 28.800.000.- III. ETAPAS Y PLAZOS Artículo 5. La cronología se encontrará publicada en el portal www.mercadopublico.cl mediante ficha de publicación de la licitación. Período de Publicación de la Licitación en el portal de mercado público Durante 10 días consecutivos antes de la fecha de cierre de las ofertas Fecha Inicio de Preguntas Una hora después de la fecha y hora de publicación en el portal mercado público. Fecha Final de Preguntas 6 días consecutivos posteriores a la fecha de inicio de las preguntas indicadas en el mercado público. Fecha de publicación de respuestas 1 días consecutivos posterior a la fecha final de preguntas indicadas en el mercado público, si esta fecha fuera un día inhábil, festivo o fin de semana, la fecha de publicación de respuestas será el primer día hábil posterior a tal situación. Fecha de cierre de recepción de ofertas 3 días consecutivos a la fecha de publicación de respuestas a las consultas en el portal de mercado publico o al siguiente día hábil si este fuera inhábil, festivo o fin de semana. Fecha de acto apertura técnica Media hora después de la apertura administrativa de las ofertas. Fecha de acto apertura económica (referencial) 1 hora después de la fecha de acto apertura técnica, en relación a los oferentes que hubiesen calificado su oferta técnica. Fecha de adjudicación (referencial) 30 días consecutivos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Esta fecha pudiese ser cambiada en el portal si por algún imprevisto no fuese posible cumplir con la fecha inicial, para lo cual se deberá ingresar en modificación de fecha en el portal el motivo que ocasione el atraso en la adjudicación. Si alguna fecha fuera un día inhábil, festivo o fin de semana la fecha será el primer día hábil posterior a tal situación. Las fechas y horas de la publicación de las bases, cierre, consultas y respuestas, apertura, evaluación y adjudicación se encuentran disponibles en el portal www.mercadopublico.cl. IV. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Artículo 6. Requisitos para Participación. Podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en Chile y que se encuentren inscritos en chile compra. Artículo 7. Forma en que deben realizar la oferta. Las ofertas serán presentadas en el portal www.mercadopublico.cl y permanecerán vigentes durante un plazo de 90 días corridos, a contar de la fecha de la apertura de la licitación. La Oferta deberá contener la siguiente información: Antecedentes Administrativos: 1. Formulario Nº 1: Identificación del proponente y declaración de aceptación de las Bases, declaración jurada simple. 2. Formulario Nº 3: de ingreso de garantía, el cual está adjunto en la Licitación Pública, y se debe firmar y adjuntar como archivo anexo por www.mercadopublico.cl. 3. Anexos administrativos Nº 1 al 2, adjuntos a la Licitación. 4. Patente municipal referente al rubro de la Licitación, vigente a la fecha de apertura de la propuesta, la cual debe escanearse a color y adjuntar como archivo anexo en www.mercadopublico.cl. Antecedentes Técnicos: 5. Oferta Técnica: Documentación De acuerdo a lo solicitado en el artículo 18 de las presentes bases administrativas especiales. Antecedentes Económicos: 6. Formulario Nº 2: Formulario de Oferta Económica. Artículo 8. La Municipalidad, a través del Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá requerir a los oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas, las que se exigirán sean enviadas a través del foro del portal www.mercadopublico.cl y éstas no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y estricta sujeción a las bases. La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, o bien que la Municipalidad requiera complementar la documentación con información adicional, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del “Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos” según corresponda, al resto de los oferentes. Artículo 9. Los proponentes, con la sola presentación de sus ofertas, quedan obligados a mantener la oferta durante un plazo de 90 días contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Transcurrido dicho plazo, si no hubiere sido dictado el decreto que adjudica la licitación, el ofe¬rente podrá desistirse de ella. Artículo 10. La Municipalidad adjudicará la licitación, en la fecha y hora señalada en la Cronología de la propuesta. Si por algún imprevisto no se pudiera adjudicar en la fecha estipulada se podrá modificar la fecha indicando las razones para ello en el portal. Si el proponente se desistiere de la oferta presentada o se negare a mantener los términos y condiciones de su oferta, si resulta conveniente a los intereses municipales, se le adjudicará la propuesta al proponente que le siga, en orden de prelación; de acuerdo a lo emitido en el acta de análisis o de lo contrario se ordenará otra licitación. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá adjudicar a uno o más proponentes. Artículo 11. Por el sólo hecho de presentarse a la propuesta y formular una oferta, se entenderá que el oferente deja establecido que conoce todas las condiciones de la zona y lugar al que se remitirá lo adquirido. Artículo 12. Apertura de las Ofertas. La apertura será solo electrónica, revisadas las ofertas en el portal por el profesional a cargo de la licitación y Jefe de Unidad de Adquisiciones y para montos > 1000 UTM también se incorporará a revisión a Asesor Jurídico, de acuerdo al Manual de procedimientos vigente. Artículo 13. Adquisición de las Bases. Los interesados podrán adquirir las bases sin costo en el portal www.mercadopublico.cl. Artículo 14. Consultas formuladas por los oferentes. Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas ingresándolas en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la hora y fecha estipulada en la cronología de la propuesta. El Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt, podrá modificar documentos del presente llamado especial, ya sea por iniciativa propia o, en atención a una solicitud de aclaración formulada por alguno de los proveedores, durante el proceso y hasta antes de la fecha de cierre de presentación de ofertas; lo cual no implica un cambio en el cierre de recepción de ofertas. Artículo 15. Aclaraciones formuladas por la Municipalidad. Toda aclaración respecto del sentido y alcance de las Bases Administrativas y, en general, sobre la Licitación, cambio, agregado o supresión de la licita¬ción se efectuará por medio de decretos modificatorios emitidos por la Municipalidad, a través de la Unidad de Adquisiciones del D.A.E.M. de Puerto Montt y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Será responsabilidad del proveedor que la respuesta a las consultas sean recepcionadas conforme. Los decretos de modificación formarán parte integrante de la Licitación, su adjudicación y del contrato derivado de ella. Se hace presente a los proponentes que aún cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte integrantes de las bases. Artículo 16. Admisibilidad y Rechazo de las Ofertas. En forma previa a la evaluación de las ofertas, el Departamento Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los proveedores hayan cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo Nº 7 de las presentes bases. Se declararán inadmisibles las ofertas en el caso que no sea anexado en el portal, al momento de la apertura de las ofertas, el Formulario Nº 2 correspondiente a la oferta económica, la Oferta Técnica. Asimismo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, se reserva el derecho de declarar desierto el proceso, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, en ambos casos por resolución fundada. Articulo 17 Vigencia de los Precios. La oferta económica deberá efectuarse en pesos, valor neto, sin decimales, sin reajustes, impuestos e intereses de ninguna especie, en el valor de la oferta económica deberá considerar todos los gastos inherentes al contrato, como, por ejemplo: contratación de personal, equipos o materiales y accesorios asociados, uniformes, capacitaciones, garantías ofrecidas, asistencia técnica y en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo o causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento y término del contrato, no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la Propuesta. Solo se considerará excepcionalmente un reajuste por la variación del IPC acumulado de los últimos 12 meses, si hubiere una extensión excepcional del plazo original del contrato. Esta licitación no contempla reajuste de la oferta presentada por el Adjudicatario, por lo tanto, en caso de que durante la vigencia del contrato se produzca un incremento del sueldo mínimo legal, este deberá ser asumido por el Proveedor adjudicado. Articulo 18 Propuesta Técnica. a. Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Servicio de Transporte Remunerado escolares del chofer. b. Antecedentes el vehículo, se debe adjuntar los siguientes documentos vigentes: a. Certificado de revisión Técnica. b. Certificado de emisión de contaminantes. c. Seguro obligatorio accidentes personales causados por circulación de vehículos motorizados según lo establece la Ley N°18.490. d. Certificado de inscripción. e. Permiso de circulación. c. Antecedentes del conductor, se debe adjuntar los siguientes documentos vigentes: a. Licencia de conducir del chofer. b. Certificado de hoja de vida conductor, sin antecedentes. c. Certificado de antecedentes. d. Certificado de inhabilidad para trabajar con menores. V. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO Artículo 19. Inscripción en Chileproveedores. Para proceder a la adjudicación, el proveedor debe encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores). Si el proveedor no se encontrare inscrito o hábil, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de adjudicación para subsanar tal situación. En el caso que transcurrido el plazo ya señalado, no se regularizara la situación en el Registro de Chile Proveedores, quedará fuera del presente proceso y se readjudicará el segundo proveedor mejor evaluado. El proveedor debe tener digitalizada en el portal de Chile proveedores la siguiente documentación, la cual no debe tener una vigencia inferior a 30 días desde la publicación del proceso: 1. Razón social o nombre de fantasía de la empresa en su caso. 2. Rol Único tributario. 3. Copia de Escritura Pública de constitución de la Sociedad y de todas sus modificaciones si las hubiere, sus respectivas copias de inscripción en el Registro de Comercio y las correspondientes publicaciones de los extractos en el Diario Oficial. 4. Certificado de vigencia de la Sociedad. 5. Poder legalizado vigente u otro instrumento notarial en que conste la personería vigente del representante legal de la empresa y las facultades de que se encuentra investido. En caso que la información no se encuentre en chile proveedores, el adjudicatario deberá enviar dicha documentación previa a la firma del contrato a la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Administración de Educación Municipal, ubicada en Av. Presidente Ibañez Nº 600, piso –1. VI. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN Artículo 20. Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos se analizarán por el total de los productos solicitados, según la siguiente tabla: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN CRITERIO ECONÓMICO 38% EXPERIENCIA DEL OFERENTE 15% ANTIGÜEDAD DEL VEHICULO 30% CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIONES 10% CRITERIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 2% PATENTE COMERCIAL 5% TOTAL 100% 1.- Criterio Económico 38% Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica. El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor. Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100 Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos) El precio de la oferta se deberá especificar con IVA incluido” en el formulario Nº 2. 2.- Experiencia del oferente 15% El postulante deberá acreditar mediante copia de contratos firmados por instituciones públicas, la experiencia y comportamiento demostrable en prestación de servicios de transporte de estudiantes. Experiencia del oferente Puntaje Acredita experiencia con 3 o más contratos, con una antigüedad de 5 años o menor. 100 Acredita experiencia con 1 o 2 contratos, con una antigüedad de 5 años o menor. 50 No acredita experiencia, o acredita experiencia con una antigüedad de 6 años o más. 0 3.- Antigüedad del vehículo 30%: El vehículo ofertado no deberá tener una antigüedad mayor a 13 años. Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el requisito de la antigüedad máxima deberá cumplirse durante toda la vigencia del contrato que se suscriba. Año de fabricación Puntaje 2021 - 2020 100 puntos 2019 – 2017 80 puntos 2016 – 2014 60 puntos 2013 – 2011 40 puntos 2010 – 2008 0 puntos Inferior a 2008 Oferta inadmisible 4.- Condiciones de empleo y remuneraciones 10% a) Remuneraciones sobre el sueldo mínimo (Bruto) 6% A mayor nivel de remuneraciones de los trabajadores por sobre el ingreso mínimo (bruto) se otorgaran 100 puntos, luego se descontaran de veinte en veinte. Nivel de remuneración Puntaje Mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 100 puntos Segundo mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 80 puntos Tercer mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 60 puntos Cuarto mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 40 puntos Quinto mejor sueldo (sobre ingreso mínimo) 20 puntos Otros sueldos o bajo ingreso mínimo 0 puntos b) Aguinaldos 4% Ante mejor aguinaldo presentado mejor puntaje, quien no indique será evaluada con 0 puntos. 5.- Evaluación Antecedentes Administrativos 2% Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 6, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos. Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 6, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos. Se podrán pedir a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos. 6.- Descentralización y desarrollo económico local 5%: Con el fin de reactivar la economía local, afectada por la emergencia sanitaria actual, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente: - Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta en la comuna de Puerto Montt: 100 puntos - Cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta correspondiente a otra Comuna: 80 puntos - No cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos Para lo cual deberá adjuntar la fotocopia de patente comercial correspondiente al rubro, debidamente cancelada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta. VII. DE LA ADJUDICACIÓN Artículo 21. El análisis y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión de análisis nombrada para este efecto, integrada por: 1. Jefe Depto. Administración de Educación Municipal DAEM, 2. Jefe Unidad de Transportes DAEM, 3. Jefa Unidad de Adquisiciones DAEM, Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia, formarán parte de la comisión sus reemplazantes o bien un representante de la dirección o unidad. La adjudicación se realizará al proponente que presente la oferta con mayor puntaje en la evaluación, aún cuando no sea la de menor valor. Dicha adjudica¬ción se efectuará por Decreto Alcaldicio, notificando este hecho por medio del sistema www.mercadopublico.cl. La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar en forma total o parcial las ofertas recibidas, pu¬¬diendo rechazar una o todas las ofertas, e incluso declarar desierta la licitación, si es que lo ofertado no se ajustase a lo requerido. El Municipio se reserva el derecho de descartar en el análisis, todas aquellas propuestas que superen dicho presupuesto, si es que no es factible de suplementar. En caso de que exista disponibilidad presupuestaria y que los valores se encuentren a precio de mercado, el municipio evaluará la factibilidad de suplementar dicho presupuesto, hasta un 30% del presupuesto estimado. Cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% el monto estimado, la unidad técnica deberá explicitar en un informe, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia. Artículo 22. Facultad de Readjudicación. En el caso que el proveedor originalmente adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo señalado, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con la Municipalidad de Puerto Montt, de acuerdo a los términos de la Ley N°19.886 y su Reglamento, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt podrá readjudicar al proveedor que siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, en un plazo máximo de 60 días corridos desde su adjudicación original, el cual deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Especificaciones Técnicas. En el caso que presenten respecto del readjudicado las circunstancias descritas en el presente párrafo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, podrá volver a readjudicar y así sucesivamente. VIII. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Artículo 23. Del contrato Las empresas que podrán formalizar su oferta serán aquellas que no hubieren sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la cual debe completar de manera electrónica al momento de realizar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl. El proponente tendrá un plazo de 10 días corridos para suscribir el correspondiente contrato, el que se contará desde la fecha de notificación de la adjudicación. Aquellos contratos cuyo valor supere las 3.000 U.F. deberán ser reducidos a escritura pública. Si el proveedor adjudicado no presenta la documentación solicitada, el contrato no se podrá celebrar entre las partes, y se le readjudicará al proveedor que le siga en orden de prelación y evaluación en la adjudicación, siempre y cuando la oferta se encuentre dentro del presupuesto disponible y cumpla con las Especificaciones Técnicas. En caso de que no existiera otro proveedor que cumpla con lo establecido en las bases se realizará un nuevo proceso licitatorio. Todos los gastos notariales de la escrituración e impuestos correspondientes al contrato, serán de cargo del adjudicatario. Una vez ratificado el contrato de servicios, se girará la orden de compra al prestador del servicio por el portal. Artículo 24. Modificación de contrato Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. Artículo 25. Terminación anticipada del Contrato. La Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá declarar resuelto administrativamente el Contrato, antes del vencimiento del plazo, en los siguientes casos: 1. Incumplimiento grave de las obligaciones del Contrato. 2. Incumplimiento de las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas que rigieron la propuesta. 3. Por quiebra o estado de notoria insolvencia. 4. Mutuo acuerdo de las partes por causas debidamente justificadas y sin cargo para ambos. 5. Por muerte o incapacidad física o jurídica del adjudicatario, en el evento en que éste sea persona natural. 6. Por disolución de la sociedad adjudicada, o solicitud de disolución por cualquiera de sus socios. 7. Si el adjudicatario cometiera una falta catalogada por el Municipio como grave. 8. Por superar el monto total acumulado de multas, según lo establecido en el artículo 36 de las BAE. 9. Si el adjudicatario presenta documentación falsa o adulterada. Artículo 26. Incumplimientos graves 1. Si el adjudicatario no cumple con la entrega del producto y/o servicio en el plazo establecido, sin razón justificada y calificada por el municipio. 2. Si se detectan inconsistencias técnicas respecto del producto y/o servicio adquirido ofertado y el producto o servicios efectivamente entregado de conformidad a los controles realizados por la Inspección Técnica. 3. Si existe reiteración de cualquiera de los incumplimientos respecto de los cuales se haya asociado una multa. No obstante la Municipalidad de Puerto Montt podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato, se hubieran ocasionado. Cabe señalar que la figura de término anticipado al contrato, es procedente asimismo por resciliación o mutuo acuerdo de las partes. IX. GESTIÓN DE CONTRATO Artículo 27. Por cada contrato formalizado físicamente, se generará una ficha de gestión de contratos en el portal por proveedor, el cual deberá ser retroalimentado continuamente por parte del Inspector técnico de la licitación hacia el encargado de gestión de contratos de la Unidad de Adquisiciones del DAEM y de la misma forma así será notificado el proveedor ante caso de modificaciones, pagos, evaluaciones de comportamiento contractual, amonestaciones, multas u otro que pudiese suceder en el transcurso de la ejecución del contrato. X. PROCESO DE FACTURACIÓN Y PAGO Artículo 28. Se efectuará el pago una vez recepcionados de forma conforme todos los productos y/o servicios adquiridos por parte de la unidad solicitante, en un periodo de 30 días previa recepción de factura en la siguiente dirección: La Factura debe ser remitida a oficina de partes una vez se encuentre la orden de compra correspondiente con la recepción conforme en el portal, ubicado en Av. Presidente Ibáñez 600 cuarto piso. Fono: 65-2261446 del Departamento de Administración de Educación Municipal de la I. Municipalidad de Puerto Montt o al correo electrónico recepcionfacturas@dempuertomontt.cl, el DAEM no se hará responsable por el pago de facturas enviadas a otra dirección.  El pago de la Factura se realiza a 30 días, luego de entregada a la oficina de partes del Departamento de Administración de Educación Municipal de la I. Municipalidad de Puerto Montt  La Factura debe venir acompañada con la Orden de Compra  Para efectos de pago de facturas vía depósito, el oferente deberá anexar a su factura detalle indicando: o Nombre del Banco o Plaza o Nº de Cuenta Corriente o Nombre a Depositar. Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado durante el año 2024, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. (Artículo 8 Ley 21516). XI. GARANTÍAS REQUERIDAS Artículo 29. Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio Tipo de Documento “Garantía fiel cumplimiento del contrato” de ejecución inmediata a primer requerimiento, de acuerdo con lo señalado en el Decreto N° 250 que aprueba el reglamento de la Ley n° 19.886, Art. 68. Beneficiario Municipalidad de Puerto Montt, Rut: 69.220.100-0 Fecha de vencimiento La garantía por concepto de fiel cumplimiento de contrato deberá tener una vigencia no inferior a 60 días hábiles contados desde el término del contrato Monto Equivalente al 5% del valor total de su oferta, en pesos. Glosa “Garantía fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio de la Licitación Pública N° Pública E-47/2024 “CONTRATACION SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR PARA RECORRIDO ALERCE – PUERTO MONTT DEPENDIENTE DEL D.A.E.M. DE PUERTO MONTT”. En caso de no poder incorporar glosa en ella, acompañar documento adjunto con la glosa de Licitación. Forma, horario y lugar de entrega Esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de la Unidad de Adquisiciones del DAEM, ubicado en Presidente Ibáñez N° 600, piso -1, Municipalidad de Puerto Montt, al momento de suscripción del contrato. Horario: - Lunes a Jueves, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 16:30 horas. - Viernes, de 09:00 horas a 13:00 horas y de 14:30 horas a 15:30 horas. La garantía deberá ser a la vista, de cobro inmediato e irrevocable y tomada por el prestador del servicio que postula a la licitación. Procedimiento y fecha de devolución Se devolverá la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez que se termine su vigencia, previo finiquito del contrato correspondiente. Circunstancias en que se ejecutan - La Municipalidad hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por las causas especificadas en el artículo 25, exceptuando puntos 4, 5 y 6. Será obligatorio para el prestador del servicio, que al presentar la garantía requerida se adjunte: 1.- Formulario 3 de Ingreso de Garantías Municipalidad de Puerto Montt. Esta garantía deberá ser entregada por el adjudicatario a la Municipalidad, previo a su respectiva suscripción del contrato. El incumplimiento de esta exigencia dentro del plazo señalado para la firma del contrato facultará a la Municipalidad para considerar al adjudicatario por desistido de su Oferta, con todos los efectos que determinan sobre la materia. En caso de modificación del monto y/o de la fecha de término del servicio, la garantía que se otorgue para cubrir el nuevo monto y/o plazo, deberá exceder en 60 días hábiles el término de este. Esta garantía deberá ser entregada por el adjudicatario a la Municipalidad previo a su respectiva suscripción. La Municipalidad verificará la veracidad de dicho instrumento con la entidad financiera emisora, en el caso de que dicha garantía no sea legitima, se hará cobro de la garantía de seriedad de la oferta y se iniciarán las acciones legales correspondientes. XII. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS Artículo 30. Resolución de empates. En caso de que dos o más proveedores obtengan el mismo puntaje, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt adjudicará aquella oferta más económica y que cumpla con todos los aspectos técnicos solicitados y si el empate persistiera se adjudicará aquella propuesta que tenga el mayor puntaje en el criterio técnico. En caso de que persista el empate se adjudicará aquella propuesta con mayor puntaje en el criterio de descentralización y desarrollo económico local. Artículo 31. Omisión de antecedentes en el portal. Si los antecedentes citados en el artículo anterior, no se adjuntan como archivo anexo en el portal www.mercadopublico.cl, exceptuando el formulario Nº 2 correspondiente a la oferta económica, Oferta tecnica, patente comercial, los oferentes tendrán un plazo de 48 hrs. para anexarlos. Con todo, el D.A.E.M. asignará una variable de evaluación relacionada al cumplimiento de requisitos formales, según lo indica el Art. 20 Nº 5. Artículo 32. De la Inspección Técnica. La Inspección Técnica estará a cargo del Jefe de la Unidad de Transportes del D.A.E.M. señalada en la solicitud electrónica respectiva o en quien delegue tal función, quien tendrá la responsabilidad de fiscalizar los productos y/o servicios adquiridos. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal. La función del inspector técnico será la siguiente:  Firmar la recepción conforme de los productos y/o servicios adquiridos.  Elaborar informe a la Unidad de Finanzas que da cuenta de que el proveedor se atrasó en la entrega de bienes o servicios y que es afecta a multa, o en caso contrario que todo fue recepcionado conforme.  Elaborar informe técnico de aumento de plazo para casos excepcionales bien justificados, tanto para el proveedor como el mandante. Artículo 33. De la entrega de los productos y/o servicios adquiridos. El proponente Deberá entregar durante los días de jornada escolar, ida y regreso (AM y PM) según el servicio adjudicado desde la emisión de la orden de compra hasta el término del año escolar. Se entiende que en caso de suspensión de clases por fuerza mayor. Estos servicios deben ser entregados al momento de realizar la recuperación de dichas jornadas. La orden de compra deberá ser aceptada por el proveedor a través del mismo portal, en el plazo máximo de 48 hrs desde su emisión, la no aceptación de la orden de compra dentro del plazo indicado podrá constituir incumplimiento de las obligaciones del contrato. Artículo 34. Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado. El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que esta incluya. Artículo 35. Multas Las multas serán aplicadas en UTM por el Inspector Técnico del Servicio, quien emitirá un informe en el que indicará el tipo y el monto de la multa, además de las razones por las cuales se incurre en la sanción, lo que se notificará de inmediato al Oferente adjudicado o adjudicatario mediante oficio. El valor de la UTM será tomado del mes siguiente al mes en el que haya incurrido la falta A este valor se descontarán las apelaciones favorables al Proveedor, y podrán acumularse hasta un tope máximo de 30 UTM. CAUSAL VALOR a.- Por cada día de servicio no prestado, con un tope de 3 días corridos, en caso de superar los días, se hará el cobro de la multa, se procederá según indica la siguiente sección. 3 UTM b.- Por reemplazo de vehículo o cambio de conductor o asistente sin la debida autorización. 2 UTM c.- Por reemplazo del asistente sin la debida autorización. 1 UTM d.- Si realiza el traslado de persona ajenas al establecimiento o que no sea estudiantes, a excepción si el traslado de materiales educativos. 1 UTM e.- Incumplimiento en los horarios de entrada y salida del establecimiento. (Obligaciones del Oferente /chofer). 1 UTM f.- Conductor con licencia de conducir vencida y/o vehículo con documentos de circulación vencidos. 2 UTM g.- Si el conductor se desvía o transita por una ruta distinta a la establecida sin causa justificada, con estudiantes a bordo del transporte escolar. 2 UTM h.- Realizar carga de combustible con estudiantes a bordo del vehículo. 2 UTM i.- Proveedor y o conductor se niega a ser fiscalizado por funcionarios del DAEM de Puerto Montt 2 UTM j.- Cualquier otro incumplimiento debidamente calificado por el DAEM 1 UTM Procedimiento para aplicación de multas: Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad de Puerto Montt o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, por carta certificada o correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. El plazo para la apelación de multas por parte del proveedor será de 5 días hábiles y procederá de acuerdo a lo estipulado en el capítulo IV de la Ley 19.880. Vencido el plazo sin presentar descargos, las multas serán cursadas mediante informe emitido por la Inspección Técnica, para ser derivado a la Unidad de Finanzas y se proceda mediante Decreto Exento a formalizar las multas señaladas. Los recursos que sean presentados por parte del proveedor respecto a las multas serán resueltas por la Jefa del DAEM, lo anterior sin perjuicio del derecho a interponer recursos administrativos de la Ley 18.695 o 19.880. Las multas podrán ser cursadas sólo en el caso que el mandante haya cumplido con lo pactado en las presentes bases. Artículo 36. Pacto de Integridad. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven. 2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes Artículo 37. De la prórroga del contrato. Excepcionalmente y por razones de continuidad, el contrato podrá ser prorrogado mes a mes (en este caso si el servicio termina en diciembre, puede ser prorrogado en marzo 2025) y por un periodo máximo de 3 meses, por causa de fuerza mayor y en el evento de que el nuevo proceso se encuentre en etapa de publicada o que el trámite de adjudicación se vea retrasado más allá de la fecha de término de este o bien sea declarado desierto el proceso licitatorio. En caso de prórroga de contrato deberá ingresar una nueva garantía por el 5% del valor del contrato y su prorroga y cuya vigencia será por el tiempo de prorroga más 60 días hábiles. VIII. REMOCION Y/O SUSTITUCION DE PERSONAL Y/O REEMPLAZO DE VEHICULO Articulo 38 En cuanto al personal. El Oferente adjudicado no podrá efectuar cambio del personal propuesto, salvo caso fortuito o de fuerza mayor debidamente acreditado, caso en el cual la empresa deberá reemplazarlo oportunamente con otra persona que cuente con la documentación necesaria para cumplir con la labor o función del transporte escolar (licencia de conducir adecuada al vehículo, presentación de certificado de antecedentes, hoja de vida del conductor y certificado de inhabilidades para trabajar con menores, según corresponda). Si el DAEM toma conocimiento que el personal ha cometido un acto, considerado como constitutivo de mala conducta o ha sido acusado de haber cometido un acto reñido con la Ley, o tiene motivos razonables para estar insatisfecho con su desempeño, podrá solicitar su remoción mediante solicitud por escrito, con expresión de causa, debiendo la entidad ejecutora reemplazarlo por otro cuyas calificaciones y experiencia sean aceptables por el DAEM. Con todo, cualquiera que sea el motivo por el cual se reemplace el personal propuesto, este deberá ser idóneo al reemplazado y reunir todos los requisitos legales exigidos al efecto. El oferente tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para obtener la inscripción del conductor reemplazante en el Registro Nacional de Transporte Escolar (RENASTRE), desde la resolución adoptada por el DAEM. El Oferente adjudicado no podrá reclamar costos adicionales o incidentales originados por la remoción y/o reemplazo del profesional en cuestión. Articulo 39 En cuanto a los vehículos. Será deber del Operador garantizar la continuidad de los Servicios durante su prestación, disponiendo de (los) vehículo(s) comprometido(s) en su oferta y de los demás que sean necesarios para suplir su ausencia transitoria o permanente, a todos los cuales serán aplicables las especificaciones y exigencias indicadas en las presentes Bases. El no cumplimiento de este deber dará lugar a las medidas o sanciones que se señalan en estas Bases y a las que se establezcan en el respectivo contrato. El(la) Operador(a) deberá sustituir el vehículo ofertado por uno de reemplazo cuando aquel (vehículo ofertado) no se encuentre apto para realizar el Servicio, ya sea que se trate de un impedimento transitorio o permanente, o Caso Fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado. En tal caso, el nuevo vehículo deberá ser de similares o superiores condiciones de capacidad, año, comodidad, etc. respecto del vehículo ofertado, para lo cual el Operador informará al Depto. Administración de Educación Municipal DAEM y deberá presentar copia de los documentos del vehículo de reemplazo (mismos documentos solicitados en la Bases Técnicas del presente proceso), en un plazo máximo de 2 días hábiles, contados a partir de aquel en que deba iniciarse la operación del vehículo reemplazante. El Depto. Administración de Educación Municipal DAEM podrá aceptar o no el cambio, comunicando al operario en un plazo no superior a 3 días hábiles y en el caso de ser rechazado el Operador deberá en un plazo no superior a 2 días hábiles proponer un nuevo reemplazo de vehículo, y si este nuevo reemplazo no cumple con las condiciones mínimas del vehículo reemplazante podrá ser motivo de resolución de contrato y en el caso que el Depto. Administración de Educación Municipal DAEM apruebe el vehículo de reemplazo el Operador dispondrá de un plazo máximo de 5 días hábiles para la obtención del RENASTRE desde la notificación del supervisor. Para los efectos de esta licitación se entiende por días hábiles de lunes a viernes, no feriados, sábados o domingos, si coincidiera así se prorrogará para el día hábil siguiente. El Oferente no podrá realizar el recorrido de otra línea y/o licitación distinta a la adjudicada con el vehículo declarado en su oferta. IX. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES. Será responsabilidad del Operador velar porque durante la vigencia del contrato, sus conductores cumplan las siguientes obligaciones: a) Atenerse a los horarios de ingreso y salida, fijados por el establecimiento educacional y respetar las medidas de seguridad que este adopte tanto para el ingreso como para el desplazamiento en el interior y el exterior del establecimiento. Adicionalmente, deberán asegurarse que los estudiantes ingresen diaria, correcta y oportunamente al establecimiento educacional. Del mismo modo deberán respetarse todas las medidas de seguridad al interior y al exterior del vehículo, a fin de resguardar la integridad física de los usuarios. b) Efectuar en cada viaje, tanto de ida al establecimiento educacional como de regreso a la localidad de domicilio, un control de la cantidad y nombre completo de todos y cada uno de los alumnos que transporta; en caso de que sin justificación no regresare un alumno, el conductor deberá dar aviso al establecimiento educacional al que pertenezca al estudiante ausente. c) Los conductores de los vehículos y los asistentes, debidamente autorizados, en caso de que corresponda, deberán velar por la seguridad e integridad tanto física como psicológica de los estudiantes, durante todo el servicio de transporte escolar, entendiéndose dentro de esta la recepción en el establecimiento educacional y en la localidad del domicilio del estudiante. d) Mientras los estudiantes se encuentren subiendo o bajando del vehículo, este deberá encontrarse completamente detenido, con freno de mano activado, y se deberán mantener encendida las luces destellantes, de conformidad a lo establecido en el artículo 4 del Decreto N°38 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones del año 1992. A su vez, tanto al retirar o dejar estudiantes, deberá tener especial cuidado al iniciar la conducción, con el objeto de evitar accidentes, en especial con otros estudiantes o niños que pudieran estar cerca del vehículo. e) Verificar, antes de poner en marcha al vehículo, que los usuarios cuenten con su asiento o plaza propia, que ajusten su cinturón de seguridad adecuadamente, si el vehículo tuviere la obligación de contar con este, y que las puertas estén debidamente cerradas. f) El conductor deberá mantener un trato amable y respetuoso con los estudiantes, evitando el uso de vocabulario soez. En caso de que el conductor observara un problema de conducta de los estudiantes que transporte, deberá informarlo al establecimiento educacional al que pertenece el estudiante y al Depto. Administración de Educación Municipal DAEM. g) Deberá actuar en forma eficiente y dar solución a los problemas que puedan afectar el funcionamiento del Servicio (accidentes, comportamiento inadecuado de los alumnos, incidentes en el camino, etc.), informando oportunamente al establecimiento educacional y al Depto. Administración de Educación Municipal DAEM. h) Debe realizar la conducción en óptimas condiciones físicas, con estado de salud óptima, sin exceso de cansancio ni después de haber ingerido alcohol o cualquier sustancia o fármaco que pudiera disminuir o alterar la capacidad de conducción y reacción, y velar siempre por la seguridad e integridad de los estudiantes transportados. i) Deberá respetar las normas y leyes del tránsito y realizar conducción a la defensiva. j) Portar siempre un teléfono celular cargado y funcionando normalmente durante el recorrido. Solo puede utilizarlo en modalidad manos libres, cuando sea estrictamente necesario y referido exclusivamente a los alumnos que transporta. No deberá efectuar ni recibir llamadas mientras conducen y de ser necesario, detendrán el vehículo en un lugar apto para ello. El conductor deberá velar porque la información relativa al número de teléfono u otro medio de telecomunicaciones que se mantendrá a bordo, se encuentre permanentemente actualizada en el establecimiento educacional, dando cuenta de inmediato de cualquier variación que se produzca durante la vigencia del contrato. k) Asegurar que la(s) persona(s) que desempeñara(n) la función de conductor y Acompañante en su caso no les afecte la inhabilidad establecida en el artículo 39 bis del Código Penal, mediante la consulta al registro establecido en el artículo 6 bis del D.L. N°645 de 1925, sobre Registro General de Condenas; adoptando todas las medidas necesarias para ello. l) Se aconseja no retroceder con el vehículo, y en caso de hacerlo, cerciorarse de que no hay alumnos fuera del mismo o en el perímetro circundante al vehículo. Será responsabilidad del Operador velar porque durante la vigencia del contrato sus conductores se sujeten a las siguientes prohibiciones: a) Se prohíbe a los conductores poner música estridente, noticias violentas, programas radiales, o películas o programas inapropiados para la edad de los estudiantes. b) Bajo ninguna circunstancia se debe cargar combustible con estudiantes a bordo, ni comprar bebidas alcohólicas, cigarrillos ni otra sustancia toxica y/o ilegal. c) No podrán detenerse sin causa justificada, en lugares que estén fuera del recorrido habitual. d) No se permitirá el traslado, o el ascenso de personas que no tengan relación con el servicio de transporte escolar contratado. e) Solo podrán dejar estudiantes en los lugares previamente establecidos, salvo autorización expresa por parte de los apoderados y del establecimiento educacional respectivo. f) En ningún caso podrán dejar el vehículo estacionado con estudiantes en su interior, con el motor encendido y/o la llave puesta. g) No está permitido comprar alimentos a los estudiantes y/o hacer regalos a los mismos. h) Está estrictamente prohibido fumar comer y/o hacer uso de su teléfono celular mientras conduce. i) Incurrir en cualquier conducta de connotación sexual, acoso o maltrato de cualquier tipo que pudiera afectar a los estudiantes transportados: las que deberán ser denunciadas a la autoridad competente, dentro de un plazo máximo de 24 horas desde que ocurra el incidente. j) En el caso que el conductor incurra en alguna conducta de las descritas en las letras precedentes, el Operador deberá separar inmediatamente al conductor del Servicio y reemplazarlo por otro, garantizando la continuidad del Servicio, el cual deberá cumplir con todos los requisitos solicitados para un conductor. Artículo 40. Cesión de Derechos. El adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente las obligaciones contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa adjudicada. Situación en que las obligaciones se traspasarán al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. Los documentos significativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común. Artículo 41. El adjudicatario se someterá a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt, para todo asunto litigioso que pueda derivarse del incumplimiento de una o más cláusulas de las presentes bases administrativas. IKY/iav Puerto Montt, Abril de 2024.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.