I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES |
Artículo 1
Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la “ADQUISICION DE LAPTOPS PARA ESCUELA
ROTARIO BRAVO/SEP PME 2020”, según Especificaciones Técnicas adjuntas; materia de la presente
licitación.
Artículo 2
Aplicación de Normas
La presente licitación y su consecuente Decreto se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N°
19.886, su reglamento y las presentes Bases, Especificaciones Técnicas y Anexos. Asimismo, formarán parte
de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la Municipalidad, sea que ellas fueren
requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por el Municipio durante el proceso de
licitación, hasta 48 horas antes de la apertura oficial de la propuesta, realizado a través del sistema de
compras públicas www.mercadopublico.cl.
La Licitación se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente
orden de prelación:
a. La ley N° 19.886 y su reglamento.
b. Las bases de licitación, Especificaciones Técnicas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y
modificaciones.
c. Oferta efectivamente adjudicada.
d. El Decreto de adjudicación.
e. Órdenes de Compra emitida a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio
www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.
Artículo 3
Interpretación de las Bases
Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación:
a) El texto de las bases, sus anexos y enmiendas;
b) Los oficios emitidos por la Municipalidad;
c) Respuestas a preguntas y aclaraciones efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) La oferta presentada por el oferente.
Artículo 4
Características de la Licitación
La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICION DE LAPTOPS PARA ESCUELA ROTARIO BRAVO/SEP
PME 2020”, de acuerdo con lo que se describe en las Especificaciones Técnicas elaboradas para estos
efectos y que formarán parte integrante de la misma.
Artículo 5
Presupuesto Disponible
Para la adquisición de los bienes y/o servicio se dispone de un presupuesto de $ 10.350.000 Iva Incl.
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II. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
Artículo 6
Requisitos para Participación
Podrán participar en esta licitación pública, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras
domiciliadas en Chile, dedicadas al rubro y que no hubieren sido condenadas por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ni condenado por los delitos concursales de los arts.
463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la
oferta.
Participación Unión Temporal de Proveedores (Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886)
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer,
en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con
poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de
proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del
acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones
legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá
materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una
sociedad.
Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de
dicha unión temporal deberá inscribirse.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes
presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique
ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los
integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la
suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión
individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión,
ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes
integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado,
incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.
Artículo 7
Preguntas y Respuestas
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones
dentro de los plazos señalados en el punto 3, “Etapas y Plazos” del formulario de licitación.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El DAEM pondrá las
referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en
www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el punto 3.
Se hace presente a los proponentes que aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta,
deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el
cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte
integrante de las bases.
Artículo 8
Solicitud de antecedentes y aclaraciones
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el DAEM podrá solicitar a los oferentes que salven
errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les
confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de
dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Además, el DAEM podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los
proponentes, en caso de ser necesario.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan
producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no
vigentes”.
Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo
requerimiento, para responder a lo solicitado por el DAEM o para acompañar los antecedentes requeridos
por éste. El DAEM no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
La responsabilidad de revisar el “foro inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se
solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los
oferentes. Además, será considerado el cumplimiento de los requisitos formales como criterio de
evaluación, por lo que aquel oferente que no adjunte todos los antecedentes solicitados en las presentes
bases antes del cierre de la licitación obtendrá un menor puntaje.
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III. DE LAS OFERTAS |
Artículo 9
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del sistema de compras públicas
www.mercadopublico.cl y deberá contener la siguiente información:
1. Formulario Nº 1: Identificación del proponente y declaración de aceptación de las Bases,
declaración jurada simple.
2. Formulario Nº 2: Formulario de Oferta Económica donde se señalaran precios netos de los
productos ofertados con su respectivo plazo de entrega.
3. Anexos administrativos Nº 1 al 4, adjuntos a la Licitación.
NOTA: LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS NO DEBEN SER MODIFICADOS POR PARTE DE LOS OFERENTE.
LOS OFERENTES EN SU OFERTA DEBEN PRESENTAR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS
OFERTADOS, YA QUE ES FUNDAMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DEL CRITERIO OFERTA TÉCNICA.
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IV. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
Artículo 10
La apertura será a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora
señalado en punto 3 “Etapas y Plazos” del formulario de licitación. Y la comisión de apertura estará
integrada por:
1. secretaria(o) Municipal
2. Jefa Unidad de Adquisiciones DAEM o en quien se delegue tal función
3. Asesor (a) Jurídica DAEM
Artículo 11
Comisión de Evaluación de las Ofertas
La Evaluación será realizada por la comisión evaluadora nombrada para este efecto, integrada por:
1. Jefe Departamento Administración de Educación Municipal (S).
2. Jefe Depto. de Administración y Finanzas D.A.E.M.
3. Jefa Unidad de Adquisiciones DAEM.
4. Directora de la escuela Rotario P. Avelino Bravo.
Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia se nombrará sus subrogantes legales o
bien un representante de la dirección o unidad.
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V. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
Para efectos de esta evaluación, se considerarán sólo los bienes y/o servicios ofertados que contengan
claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que además correspondan a las categorías y
tipos de bienes y/o servicios solicitados en esta Licitación. Y se evaluara por línea de producto ofertados.
Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y
Especificaciones Técnicas. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal quedarán
marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación.
El DAEM declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases; sin perjuicio de la facultad del DAEM de solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de
compras públicas y en las presentes bases.
Artículo 12
Criterios de Evaluación
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
OFERTA ECONÓMICA 40%
OFERTA TÉCNICA 38%
PLAZO DE ENTREGA 20%
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES 2%
TOTAL 100%
1.- Criterio Económico 40%
Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta
es la más económica.
El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor.
Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor]]*100
Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero
puntos)
El precio de la oferta se deberá especificar con IVA incluido en el formulario Nº 2.
2.- Plazo de entrega 20%
En este ítem se priorizara al proveedor que ofrezca el menor plazo de entrega, obteniendo 100
puntos. El puntaje ira disminuyendo en 10 puntos por cada propuesta cuyo periodo de entrega sea
mayor, si el proveedor no señalase el plazo de entrega será calificado con 0 puntos.
3.- Oferta Técnica 38%:
Este Criterio se evaluará de acuerdo con los siguientes criterios:
El Oferente cumple con los siguientes requerimientos técnicos:
Criterios Puntajes
LA OFERTA CUMPLE EN SU TOTALIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SOLICITADAS. 100 PUNTOS
LA OFERTA CUMPLE PARCIALMENTE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SOLICITADAS. 50 PUNTOS
LA OFERTA NO CUMPLE CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SEÑALADAS O
NO INFORMA O PUNTO
Se considera a la oferta que cumple parcialmente, a la que cumple técnicamente en la mitad o más del
50% de lo solicitado (no en su totalidad) de acuerdo con las especificaciones técnicas.
Se considera a la oferta que no cumple, a la que técnicamente cumple menos del 50% de lo solicitado de
acuerdo con las especificaciones técnicas.
4.- Criterio Antecedentes Administrativos 2%
Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 9 de las presentes bases, es decir,
que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le
otorgará un puntaje de 100 puntos.
Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 9, o al momento de
efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y
presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos.
Se podrán pedir a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, si adjunta y/o
da respuesta a lo solicitado obtendrá los 50 puntos, en caso de no adjuntar la documentación
solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos.
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VI. DE LA ADJUDICACION |
Artículo 13
La Municipalidad de Puerto Montt podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por Decreto
Alcaldicio.
La Municipalidad de Puerto Montt adjudicará a través de un Decreto que será publicada en
www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.
Artículo 14
Cláusula de Re-adjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no
firma el contrato, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases
o no cumple con lo estipulado en las Bases, Especificaciones Técnicas y su Oferta, la entidad licitante podrá
dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga
en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente
declarar desierta la licitación.
El plazo máximo para Re adjudicar es de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original.
Articulo 15
Los proveedores con la sola presentación de sus ofertas quedan obligados al mantenimiento de la oferta
durante un plazo de 60 días corridos desde la fecha de apertura de las ofertas. Transcurrido dicho plazo, si
no hubiese sido dictada la resolución que adjudica la licitación, el oferente podrá desistirse de ella.
Solo podrán adjudicarse ofertas a proveedores que se encuentran inscritos en el registro de
Chileproveedores, considerando que por el sólo hecho de estar hábil con su Registro acreditan el
cumplimiento de las habilidades para ser contratado por el Estado.
Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos en Chileproveedores, se otorgará un
plazo de 48 horas para hacerlo, el que se contará desde que le es comunicada la adjudicación o se le emite
la orden de compra respectiva.
No se podrá adjudicar una oferta diferente a aquella que resulte con el mejor puntaje en la evaluación,
siempre que los proveedores se encuentren inscritos en el registro de Chile proveedores, sin embargo, aun
cuando un oferente obtenga el puntaje más alto en la evaluación, el Municipio tendrá la facultad de declarar
desierta la licitación, si así lo estima conveniente para los intereses municipales, para lo cual se debe dictar
una resolución fundada.
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VII. DE LA RECEPCIÓN CONFORME DE LOS PRODUCTOS |
Artículo 16
A cargo de la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos dependerá de la directora de la
Escuela Rotario P. Avelino Bravo o quien lo subrogue, Dependiente del Departamento de Administración de
Educación Municipal de Puerto Montt. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control
Municipal.
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VIII. DE LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS. |
Artículo 17
El contrato se formalizará a través de la Orden de Compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, a
través del mismo portal, en el plazo máximo de 24 horas desde su emisión. La no aceptación de la Orden de
Compra dentro del plazo indicado facultara a la Municipalidad de Puerto Montt para que re-adjudique la
Licitación al oferente que siga en orden de prelación en el acta de evaluación.
Artículo 18
Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado.
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las
especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que
esta incluya.
Artículo 19
Plazo de Entrega y Recepción del producto.
El oferente deberá entregar los bienes y/o servicios solicitado en la Orden de Compra en el plazo indicado en
su oferta.
El plazo máximo para la entrega de los bienes y servicios es de 30 días hábiles.
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IX. DE LA FORMA DE PAGO |
Artículo 20
El proveedor deberá facturar a nombre de la Municipalidad de Puerto Montt - Departamento de
Administración de Educación Municipal y enviarla a Avda. Pdte. Ibáñez Nº 600 4º piso, Puerto Montt.
La factura se pagará a 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva la cual
deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de
Despacho (si corresponde) en la cual se certifique la recepción conforme de los productos y/o servicios de
parte del fiscalizador establecido en el artículo 16 de las presentes Bases.
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X. CRONOLOGIA DE LA PROPUESTA |
Artículo 21
Las fechas y horas de la publicación de las bases, cierre, consultas y respuestas, apertura, evaluación y
adjudicación se encuentran disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.
Periodo de publicación de la licitación en
www.mercadopublico.cl
Durante 5 días consecutivos antes de la fecha de cierre de
la recepción de ofertas. según los estipulado en el Art. 25
del reglamento de la Ley 19.886 sobre “Plazos Mínimos
entre llamado y recepción de ofertas”.
Fecha inicio de preguntas 30 minutos después de la fecha y hora de publicación en
el portal www.mercadopublico.cl
Fecha final de preguntas 2 días consecutivos posteriores a la fecha de inicio de las
preguntas indicadas en www.mercadopublico.cl
Fecha de publicación de respuestas 1 día consecutivo posterior a la fecha final de preguntas
indicadas en www.mercadopublico.cl, si esta fecha fuera
un día inhábil, festivo o fin de semana, la fecha de
publicación de respuestas será el primer día hábil
siguiente.
Fecha de cierre de recepción de la oferta 2 días consecutivos a la fecha de publicación de
respuestas a las consultas en el portal
www.mercadopublico.cl o al siguiente día hábil si este
fuera inhábil, festivo o fin de semana.
Fecha de acto de apertura técnica 1 hora después de la apertura administrativa de las
ofertas.
Fecha de acto de apertura económica
(referencial)
Durante la misma fecha y hora del acto de apertura
técnica, en relación con los oferentes que hubiesen
calificado su oferta técnica.
Fecha de Adjudicación (referencial) 30 días consecutivos posteriores a la fecha de cierre de
recepción de ofertas. Esta fecha pudiese ser cambiada en
el portal si por algún imprevisto no fuese posible cumplir
con la fecha inicial, para lo cual se deberá ingresar en
modificación de fecha en el portal el motivo que ocasione
el atraso en la adjudicación.
En caso de que la fecha de adjudicación no se cumpla por algún imprevisto la Municipalidad de Puerto
Montt, podrá modificar la fecha en el portal fundamentando la razón para que los oferentes estén al tanto
del cambio de fecha.
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XII. DE LAS MULTAS Y COBROS |
Artículo 23
Multas:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Municipalidad de Puerto Montt con el pago de multas por
atrasos en la entrega del producto y servicios contemplados.
Los plazos para la entrega comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo con el
Art. 63 del reglamento de la ley N° 19.886.
Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, en relación con el plazo
ofertado y/o acordado, según corresponda, y se calcularán como un 1% del valor neto del bien y/o servicio
solicitado y aplicable al producto adquirido y los servicios que este incluye que se entreguen atrasados
respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor, con un tope de 10 días hábiles. Para los
casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de
www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente el producto y servicios
requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de
compra.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Puerto Montt de recurrir ante los
Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.
Procedimiento para aplicación de multas:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad de Puerto Montt
o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada,
indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la
notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para
efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la Municipalidad de Puerto Montt dictará el respectivo Decreto o
acto administrativo aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Municipalidad de Puerto Montt
tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o
acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Decreto o acto administrativo, lo que se
notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.
Cobro de la multa:
Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicho Decreto o acto
administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que
procediera.
El monto de las multas será rebajado del pago que el DAEM deba efectuar al adjudicatario en la factura más
próxima. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará
directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del
requerimiento.
Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del DAEM.
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XIII. COMPORTAMIENTO DEL ADJUDICATARIO |
Artículo 24
Comportamiento Ético del Adjudicatario
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente
entreguen los productos y/o servicios que resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios, ofertas
especiales al personal adscrito al DAEM, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses
presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto
estándar ético.
XIV. PACTO DE INTEGRIDAD
Artículo 25
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el
presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas
en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente
los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en
relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta
o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar
la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se
derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren
la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o
asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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XV. REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS |
Artículo 26
El proveedor adjudicado deberá reponer los bienes y/o servicios sin costo a la Municipalidad de Puerto
Montt, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando el servicio así lo requiera.
El plazo máximo de reposición será de 10 días corridos y se contará desde que la Municipalidad de Puerto
Montt presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición.
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XVI. DE LA SUBCONTRATACIÓN |
Artículo 27
La subcontratación de servicios que incluye la adquisición de los bienes y/o servicios licitados se encontrará
prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las
obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren
(Art. 76 del reglamento de la ley N° 19.886).
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XVII. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Artículo 28
En caso de que dos o más proveedores obtengan el mismo puntaje, el Departamento de
Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt adjudicará aquella
oferta con el precio más económico, si el empate persistiera se adjudicará aquella oferta con un
menor plazo de entrega.
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