Licitación ID: 2328-283-LE21
COLEGIO DARIO SALAS ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT, Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 121
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 30 Unidad
Cod: 43211503
NOTEBOOK DE GAMA ALTA HP PAVILION GAMER O EQUIVALENTE INTEL CORE i7 10750H PANTALLA 15.6" DISCO DURO SSD 256GB MEMORIA RAM 8GB, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y BASES ADMINISTRATIVAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
COLEGIO DARIO SALAS ADQUISICIÓN DE NOTEBOOK
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El DAEM de Puerto Montt, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la ley N° 19.886 y su Reglamento, llama a Licitación Pública para la adquisición de notebook para el Colegio Dario Salas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Unidad de compra:
Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Avda. Presidente Ibañez Nº600 4TO PISO
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-08-2021 15:04:00
Fecha de Publicación: 19-08-2021 12:35:03
Fecha inicio de preguntas: 19-08-2021 14:53:00
Fecha final de preguntas: 22-08-2021 15:53:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-08-2021 16:53:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-08-2021 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-08-2021 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 30-09-2021 11:01:13
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Anexo Nº1: Identificación del Oferente
2.- 2. Anexo Nº2: Declaración de Antecedentes
Documentos Técnicos
1.- 3. Anexo Nº3 Plazo de Entrega.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Servicio Post Venta SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 12 20%
2 Plazo de Entrega SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 12 18%
3 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 12 2%
4 OFERTA TÉCNICA SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 12 35%
5 OFERTA ECONÓMICA SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS ARTÍCULO 12 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SEP
Monto Total Estimado: 32009700
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: recepcionfacturas@dempuertomontt.cl
Nombre de responsable de contrato: ODETTE VEGA
e-mail de responsable de contrato: odette.vega.director@dempuertomontt.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2331937-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La subcontratación de la adquisición de los bienes yo servicios licitados se encontrará prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acu
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la adquisición de “NOTEBOOK PARA EL COLEGIO DARIO SALAS”, según Especificaciones Técnicas adjuntas; materia de la presente licitación.

Artículo 2

Aplicación de Normas

La presente licitación y su consecuente Decreto se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes Bases, Especificaciones Técnicas y Anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por el Municipio  durante el proceso de licitación, hasta 48 horas antes de la apertura oficial de la propuesta, realizado a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl.

La Licitación se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

  1. La ley N° 19.886 y su reglamento.
  2.  Las bases de licitación, Especificaciones Técnicas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones.
  3. Oferta efectivamente adjudicada.
  4.  El Decreto de adjudicación.
  5. Órdenes de Compra emitida a través del sitio www.mercadopublico.cl.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.

Artículo 3

Interpretación de las Bases

Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación:

a)             El texto de las bases, sus anexos y enmiendas;

b)                   Los oficios emitidos por la Municipalidad;

c)                   Respuestas a preguntas y aclaraciones efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

d)                   La oferta presentada por el oferente.

Artículo 4

Características de la Licitación

La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICIÓN DE 30 NOTEBOOK PARA APOYAR EL PROCESO DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE TODOS LOS ESTUDIANTES EN CONTEXTO DE PANDEMIA, DEL COLEGIO DARIO SALAS”, de acuerdo con lo que se describe en las Especificaciones Técnicas elaboradas para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma.

Artículo 5

Presupuesto Disponible

Para la adquisición de los bienes y/o servicio se dispone de un presupuesto de $ 32.009.700.- (treinta y dos millones nueve mil setecientos pesos), con fondos SEP.

II. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 6
Requisitos para Participación Podrán participar en esta licitación pública, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras domiciliadas en Chile, dedicadas al rubro y que no hubieren sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ni condenado por los delitos concursales de los arts. 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.

Participación Unión Temporal de Proveedores (Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886)

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.

Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."

Artículo 7

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 3, “Etapas y Plazos” del formulario de licitación.

Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El DAEM pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el punto 3.

Se hace presente a los proponentes que aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte integrante de las bases.

Artículo 8

Solicitud de antecedentes y aclaraciones

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el  DAEM podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Además, el DAEM podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el DAEM o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. El DAEM no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes. Además, será considerado el cumplimiento de los requisitos formales como criterio de evaluación, por lo que aquel oferente que no adjunte todos los antecedentes solicitados en las presentes bases antes del cierre de la licitación obtendrá un menor puntaje. 

III. DE LAS OFERTAS
Artículo 9
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl y deberá contener la siguiente información:
1. Anexo Nº1: Identificación del Oferente.
2. Anexo Nº2: Declaración de Antecedentes.
3. Anexo Nº3 Plazo de Entrega.

Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.

NOTA: LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS NO DEBEN SER MODIFICADOS POR PARTE DE LOS OFERENTE.

LOS OFERENTES EN SU OFERTA DEBEN PRESENTAR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS, YA QUE ES FUNDAMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DEL CRITERIO OFERTA TÉCNICA.

IV. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
Artículo 10
La apertura será a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora señalado en punto 3 “Etapas y Plazos” del formulario de licitación. Y la comisión de apertura estará integrada por:

1.      secretaria(o) Municipal

2.      Jefe Unidad de Adquisiciones DAEM o en quien se delegue tal función

3.      Asesor (a) Jurídica DAEM

Artículo 11

Comisión de Evaluación de las Ofertas

La Evaluación será realizada por la comisión evaluadora nombrada para este efecto, integrada por:

  1. Jefe Departamento Administración de Educación Municipal (S).
  2. Jefe Depto. de Administración y Finanzas D.A.E.M.
  3. Jefa Unidad de Adquisiciones DAEM.
  4. Directora Colegio Darío Salas.

Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia se nombrará sus subrogantes legales o bien un representante de la dirección o unidad. 

V. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Para efectos de esta evaluación, se considerarán sólo los bienes y/o servicios ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y que además correspondan a las categorías y tipos de bienes y/o servicios solicitados en esta Licitación. Y se evaluara por línea de producto ofertado.

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación.

El DAEM declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases; sin perjuicio de la facultad del DAEM de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

Artículo 12

Criterios de Evaluación

La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

OFERTA ECONÓMICA

25%

OFERTA TÉCNICA

35%

SERVICIO POST VENTA

20%

PLAZO DE ENTREGA

18%

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES

2%

TOTAL

100%

1.- Criterio Oferta Económica 25%:

Se evaluará de acuerdo con el siguiente criterio: El Precio Mínimo obtendrá 100 puntos y las demás ofertas según la siguiente formula:

PMO= (precio mínimo ofertado / precio ofertado) * 100

2.- Oferta Técnica 35%:

Este Criterio se evaluará de acuerdo con los siguientes factores:

El Oferente cumple con los siguientes requerimientos técnicos:

FACTORES

Puntajes

EL PRODUCTO OFERTADO ES IGUAL O SUPERIOR EN CARACTERÍSTICAS SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO REQUERIDO

100 PUNTOS

EL PRODUCTO OFERTADO TIENE CARACTERÍSTICAS INFERIORES SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO REQUERIDO.

50 PUNTOS

EL PRODUCTO OFERTADO NO CUMPLE CON LAS CARACTERÍSTICAS SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO REQUERIDO O NO INFORMA

O PUNTO

NOTA: EN RELACIÓN A LA MARCA O MODELO QUE SE SEÑALA EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, SE INDICA QUE PUEDE SER NOTEBOOK HP PAVILON GAMER INTEL CORE i7 10750H O EQUIVALENTE.

3.- Servicio post venta 20%.

a)       Garantía posventa de los bienes y/o servicios ofertados

Se evaluará los meses de garantía de los bienes y/o servicios, se considerará la declaración que el oferente haga, respecto de la entrega de garantías por sobre los tres meses legales. Se recuerda que todos los productos nuevos que salen defectuosos tienen una garantía legal de 3 meses desde que se reciben, de conformidad a la Ley 19.496.

El puntaje se asignará según los siguientes sub-factores:

SUB-FACTOR

PUNTAJES

EL OFERENTE ENTREGA GARANTÍA IGUAL O MAYOR A 3 MESES Y HASTA 6 MESES

40 PUNTOS

EL OFERENTE ENTREGA GARANTÍA MAYOR A 6 MESES Y HASTA 1 AÑO

70 PUNTOS

EL OFERENTE ENTREGA GARANTÍA MAYOR A 1 AÑO

100 PUNTOS

NO INFORMA

0 PUNTO

4.-Plazo de Entrega 18%:

Los tiempos considerados son en días hábiles y se evaluara de acuerdo a la siguiente formula:

                 

Puntaje=   Tiempo Mínimo Ofertado   *100

                            Tiempo Oferta

La oferta que no informe el plazo de entrega obtendrá 0 punto.

5.- Cumplimiento de los Requisitos Formales 2%:

Este criterio se evaluará de acuerdo con lo siguiente, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y los antecedentes señalados en el artículo 9 de las presentes Bases.

CRITERIOS

PUNTAJES

CUMPLE CON LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN   

100 PUNTOS

NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ANTES DEL CIERRE

0 PUNTO

VI. DE LA ADJUDICACION
Artículo 13
La Municipalidad de Puerto Montt podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por Decreto Alcaldicio.

La Municipalidad de Puerto Montt adjudicará a través de un Decreto que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.

Artículo 14

Cláusula de Re-adjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases o no cumple con lo estipulado en las Bases, Especificaciones Técnicas y su Oferta, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y realizar una nueva acta de evaluación y seleccionar al oferente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

El plazo máximo para Re adjudicar es de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original.

Articulo 15

Los proveedores con la sola presentación de sus ofertas quedan obligados al mantenimiento de la oferta durante un plazo de 60 días corridos desde la fecha de apertura de las ofertas. Transcurrido dicho plazo, si no hubiese sido dictada la resolución que adjudica la licitación, el oferente podrá desistirse de ella.

Solo podrán adjudicarse ofertas a proveedores que se encuentran inscritos en el registro de Chileproveedores, considerando que por el sólo hecho de estar hábil con su Registro acreditan el cumplimiento de las habilidades para ser contratado por el Estado.

Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos en Chileproveedores, se otorgará un plazo de 48 horas para hacerlo, el que se contará desde que le es comunicada la adjudicación o se le emite la orden de compra respectiva.

No se podrá adjudicar una oferta diferente a aquella que resulte con el mejor puntaje en la evaluación, siempre que los proveedores se encuentren inscritos en el registro de Chile proveedores, sin embargo, aun cuando un oferente obtenga el puntaje más alto en la evaluación, el Municipio tendrá la facultad de declarar

desierta la licitación, si así lo estima conveniente para los intereses municipales, para lo cual se debe dictar una resolución fundada.

VII. DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Artículo 16
A cargo de la recepción conforme estará la Directora del Colegio Darío Salas o quien la subrogue, encargándose de contrastar los productos entregados versus la oferta del proveedor adjudicado, Dependiente del Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal.
VIII. DE LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
Artículo 17
El contrato se formalizará a través de la Orden de Compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, a través del mismo portal, en el plazo máximo de 24 horas desde su emisión. La no aceptación de la Orden de Compra dentro del plazo indicado facultara a la Municipalidad de Puerto Montt para que re-adjudique la Licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en el acta de evaluación.

Artículo 18

Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado.

El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que esta incluya.

Artículo 19

Plazo de Entrega y Recepción del producto.

El oferente deberá entregar los bienes y/o servicios solicitados en la Orden de Compra en el plazo indicado

en su oferta y deben ser entregados en la bodega del DAEM ubicada en pasaje San Andrés N°57 Puerto Montt, en horario de 08:30 a 15:00 hrs..

El plazo máximo para la entrega de los bienes y/o servicios es de 30 días hábiles una vez adjudicada la licitación y enviada la orden de compra.

IX. DE LA FORMA DE PAGO
Artículo 20
El proveedor deberá facturar a nombre de la Municipalidad de Puerto Montt - Departamento de Administración de Educación Municipal y enviarla a Avda. Pdte. Ibáñez Nº 600 4º piso, Puerto Montt o al correo electrónico recepcionfacturas@dempuertomontt.cl.

La factura se pagará en pesos chilenos a 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho (si corresponde) en la cual se certifique la recepción conforme de los productos y/o servicios de parte del fiscalizador establecido en el artículo 16 de las presentes Bases. A cargo del pago de la factura se encuentra la Unidad de Finanzas.

X. CRONOLOGIA DE LA PROPUESTA
Artículo 21
Las fechas y horas de la publicación de las bases, cierre, consultas y respuestas, apertura, evaluación y adjudicación se encuentran disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.

En caso de que la fecha de adjudicación no se cumpla por algún imprevisto la Municipalidad de Puerto Montt, podrá modificar la fecha en el portal fundamentando la razón para que los oferentes estén al tanto del cambio de fecha.

XI. LOS TRIBUNALES COMPETENTES.
Artículo 22
El adjudicatario se someterá a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt, para todo asunto litigioso que pueda derivarse del incumplimiento de una o más cláusulas de las presentes bases administrativas.
XII. DE LAS MULTAS Y COBROS.
Artículo 23
Multas:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Municipalidad de Puerto Montt con el pago de multas por atrasos en la entrega del producto y servicios contemplados.

Los plazos para la entrega comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo con el Art. 63 del reglamento de la ley N° 19.886.

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, en relación con el plazo ofertado y/o acordado, según corresponda, y se calcularán como un 1% del valor neto del bien y/o servicio solicitado y aplicable al producto adquirido y los servicios que este incluye que se entreguen atrasados respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor, con un tope de 10 días hábiles. Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente el producto y servicios requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Puerto Montt de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Procedimiento para aplicación de multas:

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad de Puerto Montt o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.                                                                                 

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Municipalidad de Puerto Montt dictará el respectivo Decreto o acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Municipalidad de Puerto Montt tendrá un plazo de hasta 10 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o

acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Decreto o acto administrativo, lo que se

notificará al adjudicatario, personalmente o por carta certificada.

Cobro de la multa:

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicho Decreto o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El monto de las multas será rebajado del pago que el DAEM deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del DAEM.

XIII. COMPORTAMIENTO DEL ADJUDICATARIO.
Artículo 24
Comportamiento Ético del Adjudicatario

El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos y/o servicios que resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito al DAEM, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
XIV. PACTO DE INTEGRIDAD.
Artículo 25
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.            El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.

2.            El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

3.            El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

4.            El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5.            El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6.            El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7.            El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8.            El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose

plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes

XV. REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS
Artículo 26
El proveedor adjudicado deberá reponer los bienes y/o servicios sin costo a la Municipalidad de Puerto Montt, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando el servicio así lo requiera. El plazo máximo de reposición será de 10 días corridos y se contará desde que la Municipalidad de Puerto Montt presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición, según lo acordado entre las partes de acuerdo con la naturaleza del bien. El plazo de reposición deberá ser informado en las condiciones comerciales consideradas en la Ficha Electrónica, Anexo Nº3 Plazo de Entrega. Sin perjuicio de lo anterior, el DAEM y Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.
XVI. DE LA SUBCONTRATACIÓN.
Artículo 27
La subcontratación de la adquisición de los bienes y/o servicios licitados se encontrará prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren (Art. 76 del reglamento de la ley N° 19.886).
XVII. RESOLUCIÓN DE EMPATES.
Artículo 28
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá de acuerdo con la evaluación de las ofertas adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”. Si aplicando la evaluación correspondiente aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “SERVICIO POST VENTA”, de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "PLAZO DE ENTREGA”. Y finalmente si el empate persiste se resolverá a favor del Oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.