Licitación ID: 2328-389-LE23
ESCUELA MIRASOL INSUMOS COMPUTACIONALES Y EQUIPOS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT, Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 122
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Audífonos 45 Unidad
Cod: 52161514
Audifonos con microfono, Micrófono: Cintillo Almohadillas suaves y confortables. Rotación: 270 grados. Controles en línea volumen y silencio. Según especificaciones técnicas.  

2
Cable de alimentación 40 Unidad
Cod: 26121629
Cable de audio jack de 3,5 a 2 RCA 1,8 mts. Según especificaciones técnicas.  

3
Terminales de cable o alambre 1000 Unidad
Cod: 39121405
conectores RJ45 CAT5 para conexiones de red. Según especificaciones técnicas.  

4
Computadores portátiles tipo Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211509
Carro porta tablet con capacidad igual o superior a 40 tablet, con sistema electrico para conectar cargadores, para tablet de hasta 10". Según especificaciones técnicas.  

5
Computadores portátiles tipo Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211509
Maleta porta tablet con capacidad igual o superior a30 tablet, con sistema electrico para conectar cargadores, para tablet de hasta 10". Según especificaciones técnicas.  

6
Proyectores multimedia 5 Unidad
Cod: 45111609
Proyectores interactivos distancia ultra corta. Según especificaciones técnicas.  

7
Proyectores multimedia 6 Unidad
Cod: 45111609
Soportes para proyectores interactivos distancia ultra corta. Según especificaciones técnicas.  

8
Impresoras multifunción o multifuncionales 2 Unidad
Cod: 43212110
Impresora multifuncional tinta continua a color con bandeja bypass Impresora, Copiadora y Escáner con rendimiento de 9,000 páginas en B&N y 21,000 páginas a Color modo económico. Bandeja frontal capacidad de 250 hojas. Según especificaciones técnicas  

9
Cartuchos de tinta 6 Unidad
Cod: 44103105
Pack 4 Tintas Canon Gi-16 o equivalente, PACKGI16. Según especificaciones técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ESCUELA MIRASOL INSUMOS COMPUTACIONALES Y EQUIPOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El DAEM de Puerto Montt, de acuerdo a las atribuciones que le confiere la ley N° 19.886 y su Reglamento, llama a Licitación Pública para la adquisición de insumos computacionales y equipos tecnológicos para la Escuela Mirasol de Puerto Montt.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Unidad de compra:
Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Avda. Presidente Ibañez Nº600 4TO PISO
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-10-2023 14:00:00
Fecha de Publicación: 17-10-2023 15:54:35
Fecha inicio de preguntas: 17-10-2023 17:31:00
Fecha final de preguntas: 20-10-2023 16:31:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-10-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-10-2023 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-10-2023 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 27-12-2023 13:01:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Anexo Nº1: Identificación del Oferente.
2.- 2. Anexo Nº2: Declaración de Antecedentes.
Documentos Técnicos
1.- 3. Anexo Nº3 Plazo de Entrega.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega SEGÚN EL ARTÍCULO 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
2 PATENTE COMERCIAL SEGÚN EL ARTÍCULO 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 15%
3 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES SEGÚN EL ARTÍCULO 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 2%
4 Precio SEGÚN EL ARTÍCULO 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 26%
5 OFERTA TÉCNICA SEGÚN EL ARTÍCULO 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 37%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SEP
Monto Total Estimado: 21910000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE FINANZAS
e-mail de responsable de pago: recepcionfacturas@dempuertomontt.cl
Nombre de responsable de contrato: DIRECTORA ESCUELA MIRASOL
e-mail de responsable de contrato: victor.evens@dempuertomontt.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-65-2331937-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SEGÚN EL ARTÍCULO 29 DE LAS BASES.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la adquisición de “INSUMOS COMPUTACIONALES Y EQUIPOS TECNOLÓGICOS PARA LA ESCUELA MIRASOL DE PUERTO MONTT”, según Especificaciones Técnicas adjuntas; materia de la presente licitación.

Artículo 2

Aplicación de Normas

La presente licitación y su consecuente Decreto se regirán en todo momento por lo dispuesto en la ley N° 19.886, su reglamento y las presentes Bases, Especificaciones Técnicas y Anexos. Asimismo, formarán parte de las bases, las modificaciones y las aclaraciones escritas que emita la Municipalidad, sea que ellas fueren requeridas por los mismos participantes, o bien, impartidas por el Municipio  durante el proceso de licitación, hasta 48 horas antes de la apertura oficial de la propuesta, realizado a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl.

La Licitación se ceñirá a la normativa y a los documentos que se señalan a continuación, según el siguiente orden de prelación:

  1. La ley N° 19.886 y su reglamento.
  2.  Las bases de licitación, Especificaciones Técnicas, sus anexos, aclaraciones, respuestas y modificaciones.
  3. Oferta efectivamente adjudicada.
  4.  El Decreto de adjudicación.
  5. Órdenes de Compra emitida a través del sitio www.mercadopublico.cl.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo a través del sitio www.mercadopublico.cl, desde donde podrán acceder gratuitamente a dicha documentación.

Artículo 3

Interpretación de las Bases

Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación:

a)             El texto de las bases, sus anexos y enmiendas;

b)                   Los oficios emitidos por la Municipalidad;

c)                   Respuestas a preguntas y aclaraciones efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

d)                   La oferta presentada por el oferente.

Artículo 4

Características de la Licitación

La presente licitación tiene por objeto “LA ADQUISICIÓN DE AUDIFONOS, CABLES DE AUDIO, CONECTORES RJ45, CARRO PORTA TABLET, MALETA PORTA TABLET, PROYECTORES INTERACTIVO, SOPORTES PROYECTORES, IMPRESORAS MULTIFUNCIONAL Y TINTAS PARA IMPRESORAS, CON EL OBJETO DE PROMOVER Y PONTECIAR EL APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES, DE LA ESCUELA MIRASOL”, de acuerdo con lo que se describe en las Especificaciones Técnicas elaboradas para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma.

Artículo 5

Presupuesto Estimado

Para la adquisición de los equipos computacionales y periféricos se dispone de un presupuesto estimado de $17.200.000- (diecisiete millones doscientos mil pesos) IVA incluido, con fondos SEP.

Para la adquisición de los insumos y repuestos se dispone de un presupuesto estimado de $4.710.000- (cuatro millones setecientos diez mil pesos) IVA incluido, con fondos SEP.  

II. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Artículo 6
Requisitos para Participación
Podrán participar en esta licitación pública, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras domiciliadas en Chile, dedicadas al rubro y que no hubieren sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, ni condenado por los delitos concursales de los arts. 463 y siguientes del Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.

Participación Unión Temporal de Proveedores (Artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886)

Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.

Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Si la Entidad exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de este Reglamento.

Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."

Artículo 7

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el punto 3, “Etapas y Plazos” del formulario de licitación.

Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl. El DAEM pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en el punto 3.

Se hace presente a los proponentes que aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte integrante de las bases.

Artículo 8

Solicitud de antecedentes y aclaraciones

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el  DAEM podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.

Además, el DAEM podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Se deja claramente establecido, que no se aceptarán certificados que se encuentre en “trámite” o “no vigentes”.

Los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el DAEM o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. El DAEM no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. La responsabilidad de revisar el “foro inverso” disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones, durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes. Además, será considerado el cumplimiento de los requisitos formales como criterio de evaluación, por lo que aquel oferente que no adjunte todos los antecedentes solicitados en las presentes bases antes del cierre de la licitación obtendrá un menor puntaje.

III. DE LAS OFERTAS
Artículo 9
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl y deberá contener la siguiente información:

1. Anexo Nº1: Identificación del Oferente.
2. Anexo Nº2: Declaración de Antecedentes.
3. Anexo Nº3 Plazo de Entrega

Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.

NOTA: LOS FORMATOS DE LOS ANEXOS NO DEBEN SER MODIFICADOS POR PARTE DE LOS OFERENTE.

LOS OFERENTES EN SU OFERTA DEBEN PRESENTAR LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS OFERTADOS, YA QUE ES FUNDAMENTAL PARA LA EVALUACIÓN DEL CRITERIO OFERTA TÉCNICA.

Artículo 10

Además los oferentes deben presentar lo siguiente:

Patente comercial, En relación a este requisito este documento deberá ser adjuntado en la oferta mediante copia simple de la misma.

IV. DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS
Artículo 11
La apertura será a través del sistema de compras públicas www.mercadopublico.cl, en la fecha y hora señalado en punto 3 “Etapas y Plazos” del formulario de licitación.

Artículo 12

Comisión de Análisis de las Ofertas

La Evaluación será realizada por la comisión evaluadora nombrada para este efecto, integrada por:

  1. Jefa (S) Depto. de Administración y Finanzas D.A.E.M.
  2. Jefa Unidad de Adquisiciones DAEM.
  3. Directora Escuela Mirasol  

Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia se nombrará sus subrogantes legales o bien un representante de la dirección o unidad. 

V. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Para efectos de esta evaluación, se considerarán los productos ofertados que contengan claramente la información técnica requerida según las características técnicas señaladas en las especificaciones técnicas adjunta a las presentes Bases y que además correspondan a las categorías y tipos de bienes y/o servicios solicitados en esta Licitación. Y se evaluara por línea de producto ofertado.

Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal quedarán marginadas de la licitación y no serán consideradas en la evaluación.

El DAEM declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos establecidos en las bases según el artículo 9 de la Ley 19.886 y que por la falta de información entregada no puedan ser aplicables los criterios de evaluación; sin perjuicio de la facultad del DAEM de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

El DAEM podrá declarar inadmisible una oferta cuando supere el presupuesto informado en las bases y considere que no es conveniente a sus intereses. 

Artículo 13

Criterios de Evaluación

La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

PRECIO

26%

OFERTA TÉCNICA

37%

PLAZO DE ENTREGA

20%

PATENTE COMERCIAL

15%

CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES

2%

TOTAL

100%

1.- Precio 26%:

Se evaluará de acuerdo con la siguiente formula:

PMO= (precio mínimo ofertado / precio ofertado) * 100

2.- Oferta Técnica 37%:

Este Criterio se evaluará de acuerdo con los siguientes factores:

El Oferente cumple con los siguientes requerimientos técnicos:

FACTORES

Puntajes

EL PRODUCTO OFERTADO ES IGUAL O SUPERIOR EN CARACTERÍSTICAS SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PRODUCTO REQUERIDO

100 PUNTOS

EL PRODUCTO OFERTADO CUENTA CON CARACTERISTICAS INFERIORES A LAS SOLICITADAS SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PRODUCTO REQUERIDO

50 PUNTOS

EL PRODUCTO OFERTADO NO CORRESPONDE A LO LICITADO O NO INFORMA

O PUNTO

3.- Plazo de Entrega 20%:

Los tiempos considerados son en días hábiles y se evaluara de acuerdo a lo siguiente:

               

Tiempo de entrega

Puntaje

Desde 5 a 10 días hábiles

100 puntos

Desde 11 a 15 días hábiles

50 puntos

Desde 16 a 20 días hábiles

0 puntos

Si el oferente no señalase el plazo de entrega se entenderá que su oferta se encuentra dentro del último rango, por lo que será calificado con cero puntos.

La oferta que considere un plazo mayor al plazo máximo será declarada inadmisible, de acuerdo al artículo 22 de las presentes bases.

4.- Patente comercial 15%:

Con el fin de reactivar la economía local, afectada por la emergencia sanitaria actual, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente:

FACTORES

Puntajes

CUENTA PATENTE COMERCIAL CORRESPONDIENTE AL RUBRO, DEBIDAMENTE CANCELADA   Y VIGENTE A LA FECHA DE APERTURA DE LA PROPUESTA EN LA COMUNA DE PUERTO MONTT

100 PUNTOS

CUENTA CON PATENTE COMERCIAL CORRESPONDIENTE AL RUBRO, DEBIDAMENTE CANCELADA   Y VIGENTE A LA FECHA DE APERTURA DE LA PROPUESTA CORRESPONDIENTE A OTRA COMUNA

80 PUNTO

NO CUENTA CON PATENTE COMERCIAL CORRESPONDIENTE AL RUBRO, DEBIDAMENTE CANCELADA   Y VIGENTE A LA FECHA DE APERTURA DE LA PROPUESTA

0 PUNTO

Para lo cual deberá adjuntar copia simple y legible de la patente comercial correspondiente al rubro.

5.- Cumplimiento de los Requisitos Formales 2%:

Este criterio se evaluará de acuerdo con lo siguiente, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y los antecedentes señalados en el artículo 9 de las presentes Bases.

CRITERIOS

PUNTAJES

CUMPLE CON LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN   

100 PUNTOS

NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ANTES DEL CIERRE DE LA LICITACIÓN Y LOS PRESENTA CON POSTERIORIDAD VÍA ACLARACIÓN DE OFERTAS A TRAVÉS DEL PORTAL.

10 PUNTOS

NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA ANTES DEL CIERRE Y/O NO LOS PRESENTA VÍA ACLARACIÓN DE OFERTAS.

0 PUNTO

El siguiente criterio no aplicará para aquellos requisitos que sean evaluables.


VI. DE LA ADJUDICACION
Artículo 14
La Municipalidad de Puerto Montt podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por Decreto Alcaldicio.

La Municipalidad de Puerto Montt podrá adjudicar por un monto mayor al que se tenía considerado. Por este motivo la Municipalidad de Puerto Montt podrá adjudicar hasta un 30% mayor al valor que tenía estimado, si esté monto es superior al 30%, es obligatorio que la Municipalidad explicite las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, según lo señala el Artículo 11 del Reglamento de Compras Públicas.

Solo se podrán adjudicar ofertas que tengan un puntaje ponderado mínimo de 70 puntos.

La Municipalidad de Puerto Montt podrá no adjudicar parte de los productos licitados y/o rebajar cantidades en el caso que las ofertas sobrepasen el presupuesto estimado.

La Municipalidad de Puerto Montt adjudicará a través de un Decreto que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.

Artículo 15

Cláusula de Re-adjudicación

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato, no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases o no cumple con lo estipulado en las Bases, Especificaciones Técnicas y su Oferta, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y realizar una nueva acta de evaluación y seleccionar al oferente mejor evaluado, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

El plazo máximo para Re adjudicar es de 60 días corridos contados desde la fecha de adjudicación original.

Articulo 16

Los proveedores con la sola presentación de sus ofertas quedan obligados al mantenimiento de la oferta durante un plazo de 60 días corridos desde la fecha de apertura de las ofertas. Transcurrido dicho plazo, si no hubiese sido dictada la resolución que adjudica la licitación, el oferente podrá desistirse de ella.

Solo podrán adjudicarse ofertas a proveedores que se encuentran inscritos en el registro de Chileproveedores, considerando que por el sólo hecho de estar hábil con su Registro acreditan el cumplimiento de las habilidades para ser contratado por el Estado.

Para los casos en que los proveedores adjudicados no estén inscritos en Chileproveedores, se otorgará un plazo de 48 horas para hacerlo, el que se contará desde que le es comunicada la adjudicación o se le emite la orden de compra respectiva.

No se podrá adjudicar una oferta diferente a aquella que resulte con el mejor puntaje en la evaluación, siempre que los proveedores se encuentren inscritos en el registro de Chile proveedores, sin embargo, aun cuando un oferente obtenga el puntaje más alto en la evaluación, el Municipio tendrá la facultad de declarar

desierta la licitación, si así lo estima conveniente para los intereses municipales, para lo cual se debe dictar una resolución fundada.

VII. DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Artículo 17
La entrega de los bienes y/o servicios serán validados por el Encargado de Bodega del DAEM o quien subrogue tal función, encargándose de contrastar los productos entregados versus la oferta del proveedor adjudicado, Dependiente del Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal.

La recepción conforme de los bienes y/o servicios en el establecimiento estará a cargo de la Directora, quien deberá velar que los productos entregados correspondan a lo adjudicado de acuerdo a la orden de compra y oferta del oferente.
VIII. DE LA ORDEN DE COMPRA Y EL CONTRATO.
Artículo 18
El contrato se formalizará a través de la Orden de Compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, a través del mismo portal. En caso de que el proveedor se niegue a realizar la aceptación de la orden de compra se solicitara su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, según lo establecido en el artículo 63 del Reglamento de Compras. La no aceptación de la Orden de Compra facultara a la Municipalidad de Puerto Montt para que re-adjudique la Licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje en el acta de evaluación.

Artículo 19

Termino anticipado del Contrato

La Ilustre Municipalidad de Puerto Montt Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá poner término administrativamente al contrato, antes del vencimiento del plazo en los siguientes casos:

1.Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato.

2.Incumplimiento de las bases administrativas y especificaciones técnicas.

3.Por quiebra o estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

4.Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

5.Por muerte o incapacidad física o jurídica del adjudicatario, en el evento que este sea persona natural.

6.Por disolución de la sociedad del adjudicatario o solicitud de disolución por cualquiera de sus socios.

7.Si el proveedor cometiera una falta catalogada por el Municipio como grave.

8.Por superar el monto total acumulado de multas, según lo establecido en el artículo 26 de las bases.

9.Si el adjudicatario presenta documentación falsa o adulterada.

Artículo 20

Incumplimientos graves

  1. Si el oferente no cumple con la entrega de los productos en los plazos establecido, sin razón justificada y calificada por el municipio.
  2. Si se detectan inconsistencias técnicas respecto de los productos ofertados y los productos efectivamente entregados de conformidad a los controles realizados por el encargado de la recepción conforme.
  3. Si existe reiteración de cualquiera de los incumplimientos respecto de los cuales se haya asociado una multa.

No obstante la Municipalidad de Puerto Montt podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato se hubiera ocasionado.

IX. DE LA ENTREGA DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS.
Artículo 21
Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado.
El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que esta incluya.

Artículo 22

Plazo de Entrega y Recepción del producto.

El oferente deberá entregar los bienes y/o servicios solicitados en la Orden de Compra en el plazo indicado

en su oferta y deben ser entregados en la bodega del DAEM ubicada en calle Génesis 132 Parque Industrial Recondo, en horario de 08:30 a 15:00 hrs.

El plazo máximo para la entrega de los bienes y/o servicios es de 20 días hábiles una vez adjudicada la licitación, enviada y aceptada la orden de compra.

X. DE LA FORMA DE PAGO
Artículo 23
El proveedor deberá facturar a nombre de la Municipalidad de Puerto Montt - Departamento de Administración de Educación Municipal y enviarla a Avda. Pdte. Ibáñez Nº 600 4º piso, Puerto Montt o al correo electrónico recepcionfacturas@dempuertomontt.cl.

La factura se pagará en pesos chilenos a 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura respectiva la cual deberá ser entregada acompañada de una copia de la Orden de Compra respectiva y de las Guías de Despacho (si corresponde) en la cual se certifique la recepción conforme de los productos y/o servicios de parte del fiscalizador establecido en el artículo 17 de las presentes Bases. A cargo del pago de la factura se encuentra la Unidad de Finanzas.

XI. CRONOLOGIA DE LA PROPUESTA
Artículo 24
Las fechas y horas de la publicación de las bases, cierre, consultas y respuestas, apertura, evaluación y adjudicación se encuentran disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.

Periodo de publicación de la licitación en www.mercadopublico.cl

Durante 7 días consecutivos antes de la fecha de cierre de la recepción de ofertas.

Fecha inicio de preguntas

Una hora después de la fecha y hora de publicación en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha final de preguntas

3 días consecutivos posteriores a la fecha de inicio de las preguntas indicadas en www.mercadopublico.cl

Fecha de publicación de respuestas

1 día consecutivo posterior a la fecha final de preguntas indicadas en www.mercadopublico.cl, si esta fecha fuera un día inhábil, festivo o fin de semana, la fecha de publicación de respuestas será el primer día hábil siguiente.

Fecha de cierre de recepción de la oferta

3 días consecutivos a la fecha de publicación de respuestas a las consultas en el portal www.mercadopublico.cl o al siguiente día hábil si este fuera inhábil, festivo o fin de semana.

Fecha de acto de apertura técnica

1 hora después de la apertura administrativa de las ofertas.

Fecha de acto de apertura económica (referencial)

Durante la misma fecha y hora del acto de apertura técnica, en relación con los oferentes que hubiesen calificado su oferta técnica.

Fecha de Adjudicación (referencial)

45 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Esta fecha pudiese ser cambiada en el portal si por algún imprevisto no fuese posible cumplir con la fecha inicial, para lo cual se deberá ingresar en modificación de fecha en el portal el motivo que ocasione el atraso en la adjudicación.

En caso de que la fecha de adjudicación no se cumpla por algún imprevisto la Municipalidad de Puerto Montt, podrá modificar la fecha en el portal fundamentando la razón para que los oferentes estén al tanto del cambio de fecha.

El plazo de publicación se rebaja a 7 días corridos debido a que se trata de la adquisición de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, de acuerdo al artículo 25 y párrafo 6 del Decreto 250 que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886.

XII. LOS TRIBUNALES COMPETENTES.
Artículo 25
El adjudicatario se someterá a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt, para todo asunto litigioso que pueda derivarse del incumplimiento de una o más cláusulas de las presentes bases administrativas.
XIII. DE LAS MULTAS Y COBROS.
Artículo 26
Multas:
El Adjudicatario podrá ser sancionado por la Municipalidad de Puerto Montt con el pago de multas por atrasos en la entrega del producto y servicios contemplados. Los plazos para la entrega comenzarán a correr desde la aceptación de la respectiva OC, de acuerdo con el Art. 63 del reglamento de la ley N° 19.886.

Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil de atraso, en relación con el plazo ofertado y/o acordado, según corresponda, y se calcularán como un 2% del valor neto de los bienes y/o servicios entregados con atraso respecto del plazo de entrega establecido en la ficha del proveedor, esta multa tendrá un tope de aplicación de 10 días hábiles, en todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 20% del valor total de la adquisición; superado ese límite, se configurará una causal de término anticipado del contrato . Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos y servicios requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

Las multas solo se cobraran si existe cumplimiento de las obligaciones de parte del Organismo Mandante.  

Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Puerto Montt de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.

Procedimiento para aplicación de multas:

Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la Municipalidad de Puerto Montt o del funcionario responsable, éste le notificará al adjudicatario, por carta certificada o correo electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.

El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en Av. Presidente Ibáñez N°600 4° piso o mediante correo electrónico a adquisiciones@dempuertomontt.cl.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la Municipalidad de Puerto Montt dictará el respectivo Decreto o acto administrativo aplicando la multa.

El adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra del Decreto que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Avenida Presidente Ibáñez N°600 4° piso, comuna de Puerto Montt o mediante correo electrónico a adquisiciones@dempuertomontt.cl. La Municipalidad de Puerto Montt resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el adjudicatario, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.

Cobro de la multa:

Quedará ejecutoriada la multa o la absolución de ella, con la notificación de dicho Decreto o acto administrativo. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.

El monto de las multas será rebajado del pago que el DAEM deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

Los montos percibidos por multas ingresarán al presupuesto del DAEM.

XIV. COMPORTAMIENTO DEL ADJUDICATARIO.
Artículo 27
Comportamiento Ético del Adjudicatario
El proveedor que resulte adjudicado, sus dependientes y en general quienes directa o indirectamente entreguen los productos y/o servicios que resulten adjudicados, no podrán ofrecer obsequios, ofertas especiales al personal adscrito al DAEM, o cualquier regalía que pudiere implicar un conflicto de intereses presente o futuro entre dicho adjudicatario y la Entidad compradora, debiendo observar el más alto estándar ético.
XV. REPOSICIÓN DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS
Artículo 28
El proveedor adjudicado deberá reponer los bienes y/o servicios sin costo a la Municipalidad de Puerto Montt, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando el servicio así lo requiera. El plazo máximo de reposición será de 15 días hábiles y se contará desde que la Municipalidad de Puerto Montt presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición, según lo acordado entre las partes de acuerdo con la naturaleza del bien. El plazo de reposición deberá ser informado en las condiciones comerciales consideradas en la Ficha Electrónica, Anexo Nº3 Plazo de Entrega. Sin perjuicio de lo anterior, el DAEM y Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.
XVI. DE LA SUBCONTRATACIÓN.
Artículo 29
La subcontratación de la adquisición de los bienes y/o servicios licitados se encontrará prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren (Art. 76 del reglamento de la ley N° 19.886).
XVII. RESOLUCIÓN DE EMPATES.
Artículo 30
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá de acuerdo con la evaluación de las ofertas adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje ponderado en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la evaluación correspondiente aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje ponderado en el criterio “OFERTA TÉCNICA”. Y finalmente si el empate persiste se resolverá a favor del Oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl.