Licitación ID: 2408-1-LQ24
CONTRATACIÓN DE SOFTWARE PARA TRAMITES EN LINEA DOM LOS ANGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de trámites fiscales 1 Unidad
Cod: 43231603
Se requiere la contratación de un software para la Dirección de Obras Municipales que permita acceder a una plataforma digital. El requerimiento consta de dos etapas: Puesta en marcha y uso del Servicio contratado según Bases Técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN DE SOFTWARE PARA TRAMITES EN LINEA DOM LOS ANGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Los Ángeles, requiere la contratación de un software para la tramitación de servicios en linea para la Dirección de Obras Municipales de acuerdo a las Bases Técnicas. que son parte de la presente licitación. El requerimiento consta de dos etapas: Puesta en marcha y uso del Servicio contratado.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
colo colo 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-02-2024 9:00:00
Fecha de Publicación: 09-02-2024 16:25:10
Fecha inicio de preguntas: 09-02-2024 17:30:00
Fecha final de preguntas: 14-02-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-02-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-02-2024 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-02-2024 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 21-03-2024 10:42:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE:
3.- ANEXO N°1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE.
4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión. EL OFERENTE QUE NO INGRESE ESTE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVO SOLICITADO, SE ENCUENTRE ILEGIBLE, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. El oferente deberá adjuntar el Anexo N°3 y completar, al menos, los campos relacionados con la identificación del oferente participante y fecha del documento. En el caso que el oferente informe experiencia, ésta deberá en software o plataforma para realizar trámites, en línea, remotos o digitales ejecutados dentro de los 2 últimos años, contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta; para lo anterior, deberá subir los correspondientes documentos de acreditación y completar los campos indicados en la tabla de su Anexo Nº3, de la prestación informada, de lo contrario dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. Si el oferente no posee experiencia, lo podrá informar en su Anexo N°3.
 
2.- DOCUMENTOS ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El oferente participante, en el caso de informar experiencia en su Anexo N°3. Experiencia del Oferente, deberá adjuntar contratos o facturas con instituciones públicas, que se refieran a experiencia en software o plataforma para realizar trámites, en línea, remotos o digitales realizados en los últimos 2 años desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación. Las facturas o contratos deberán ser de distintas instituciones, en caso de presentar 2 o más facturas o contratos de una misma institución, sólo se considerará como 1 experiencia acreditada. Así mismo se considerará inválido cualquier otro documento que no sea contratos o facturas con instituciones públicas. La validación de los documentos de acreditación se realizará en la etapa de evaluación. Si un oferente no sube la documentación de la prestación informada o éste no cumple en tiempo y forma con lo solicitado, no se contabilizará para la evaluación. Del mismo modo, si el oferente informa experiencia en Anexo Nº3. Experiencia del Oferente, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno de éstos corresponde en tiempo y forma, el oferente en evaluación tendrá cero puntos en la etapa de evaluación, en el o los criterios correspondientes.
 
3.- El o los oferentes deberán subir obligatoriamente documento de elaboración propia en cuyo contenido deberán expresar detalladamente la capacidad técnica de cumplimiento con los aspectos señalados en puntos B1 y B2 de las Especificaciones Técnicas. EL OFERENTE QUE NO INGRESE ESTE DOCUMENTO TÉCNICO O SE ENCUENTRE IMCOMPLETO O ILEGIBLE, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE EVALUACIÓN
 
4.- Anexo Nº 4. Programa de Integridad acompañado de Programa de integridad conocidos por sus trabajadores. El oferente que no ingrese los documentos técnicos solicitados o los ingrese ilegibles, obtendrá cero punto en el criterio correspondiente.
 
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº5. OFERTA ECONÓMICA.
2.- EL OFERENTE DEBERÁ INGRESAR TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA EN EL ANEXO OFERTA ECONÓMICA, DE LO CONTRARIO SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES.
3.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO PUESTA EN MARCHA Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 25%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 50%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 23%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 160370000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones De acuerdo a presupuesto referencial, no puede superar el Monto Total Estimado en mas de 30%, con I.V.A. incluido
Tiempo del Contrato 51 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Javiera Espinoza López
e-mail de responsable de contrato: jespinoza@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-86088632-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por el objeto de la contratación, el oferente adjudicado será responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-05-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento(formato libre)en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PÚBLICA:CONTRATACIÓN DE SOFTWARE PARA TRAMITES EN LINEA DOM LOS ANGELES"
Forma y oportunidad de restitución: Se podrá solicitar su devolución una vez firmado el contrato por parte del oferente adjudicado y emitido su respectivo decreto alcaldicio. El oferente adjudicado deberá canjear esta garantía por la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para su devolución, se deberá enviar correo electrónico al profesional responsable del contrato con los antecedentes del documento de garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 18-10-2028
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total disponible para el contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía . La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá ser entregada al responsable del contrato una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el adjudicado junto con los restantes documentos requeridos en la cláusula "Del Contrato y Documentos para contratar". Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: CONTRATACIÓN DE SOFTWARE PARA TRÁMITES EN LÍNEA DOM LOS ÁNGELES, MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES"
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía podrá ser solicitada por el contratista una vez liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al Inspector Técnico del Servicio, indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el Portal ww.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 
2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2.5.5.- Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO de las presentes bases administrativas.
( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO

Ítem: 22.11.003.001
ID de Plan de compra Sin plan de compra.
Centro de costo 00.00.00
SP: 01
Nombre del ítem: "Contratos Externalización de Servicios Informáticos" .

4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas  y Respuestas, si las hubiere, bases técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA
-Normativa Vigente. 
-Preguntas y Respuestas, si las hubiere. 
-Bases Técnicas

 PRELACIÓN ADMINISTRATIVA 
-Normativa Vigente. 
-Preguntas y Respuestas, si las hubiere. 
-Bases Administrativas y sus Anexos. 
-Oferta Económica 
-Contrato y sus modificaciones, si las hubiere

5.- DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones. 

6.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes se  debe realizar exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. 
Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. 
Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación”. 

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 

8.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde a la contratación por parte de la Municipalidad de Los Ángeles, mediante Administración Municipal de un software para la tramitación de documentos en linea para la Dirección de Obras Municipales. El requerimiento consta de dos etapas: Puesta en marcha y uso del Servicio contratado, según los requerimientos estipulados en las presentes bases administrativas y  bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.

El o los oferentes participantes deberán presentar sus ofertas según anexos adjuntos a la presente licitación y su propuesta económica, Anexo N°5 Oferta Económica en U.F.

Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N°5 Oferta  Económica, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N°5. 

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo Nº5 estén correctos, en el caso de haber errores, se recalculara el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta.
En caso de existir errores en las multiplicaciones o sumatorias, serán corregidos por la comisión de evaluación, se recalculara la oferta en base al precio unitario neto ofertado y de esta revisión se obtendrá la oferta definitiva. (Para cualquier cálculo se considerarán hasta 2 decimales.).

Se establece que para la presente licitación, en el caso de que oferente haya ingresado más de un anexo N°5 Oferta Económica, para todo evento prevalecerá, el que sea coincidente con el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl, y en caso de ser distintos, atendiendo al costo, será considerado, el anexo de menor monto y siempre que haya sido correctamente completado.

Los oferentes deberán presentar su propuesta en base a un presupuesto mensual, el que estará sujeto a un período de ejecución del servicio de 48 meses más el periodo de Puesta en marcha.

De lo anterior, se informa que el presupuesto referencial para la ejecución total del contrato es de $160.370.000 I.V.A. Inc. (Incluye costo de la Puesta en Marcha) por lo que el, o los oferentes participantes deberán presentar sus ofertas y considerar todos los costos asociados a la ejecución del servicio en base al presupuesto referencial de la presente licitación.

En el caso de haber error en el cálculo del IVA, éste se calculará en base al valor neto informado.

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y  Bases Técnicas.

9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta hasta la vigencia dela garantía de seriedad de la oferta. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, bases técnicas, Preguntas y Respuestas, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación. 

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta. 

12.- DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA
Comisión de Apertura, compuesta por un Profesional de la Dirección de Secplan, un representante de la comisión de evaluación y funcionario responsable y/o encargado de Administración Municipal, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. 
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. 
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declarará inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura. 

13.- DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderá a los Anexos y Documentación exigida en el Punto Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”. La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado. Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente. Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases. En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda. 

14.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se evaluará según los siguientes criterios: 

14.1.- PRECIO: Ponderación 50%, según Anexo N°5 Oferta Económica.

El criterio “OFERTA ECONÓMICA” se evaluará en base a la Oferta Total con IVA incluido, de acuerdo a la información ingresada en Anexo Nº5 Oferta Económica en U.F., mediante la siguiente fórmula:

                                    Precio Total de la oferta  económica más baja
PUNTAJE PRECIO:    ------------------------------------------------------ --------------     X  100 PUNTOS
                                      Precio Total de la oferta que se está evaluando

Donde:

- Puntaje Precio corresponde a “OFERTA ECONÓMICA”

14.2.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE: Ponderación 23%.

 Según Anexo N°3 Experiencia del oferente, el puntaje será asignado de acuerdo a la siguiente tabla:

TABLA DE EXPERIENCIA

PUNTAJE

Los oferentes que informen y acreditan 15 o más experiencias certificadas.

100 Puntos

Los oferentes que informen y acreditan 10 a  14 experiencias certificadas.

75 Puntos

Los oferentes que informen y acreditan 6 a 9 experiencias certificadas.

50 puntos

 Los oferentes que informen y acreditan 5 o menos experiencias certificadas.

25 puntos

 Los oferentes que no tengan, experiencia, no informen o no presenten los documentos de acreditación.

0 punto

 
Se evaluará según cantidad de contratos o facturas con instituciones públicas, que se refieran a experiencia en software para trámites en línea,remotos o digitales, remotos o digitales, realizados en los últimos 2 años desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación.

Las facturas o contratos deberán ser de distintas instituciones, en caso de presentar 2 o más facturas o contratos de una misma institución, sólo se considerará como 1 experiencia acreditada. 

Así mismo se considerará inválido cualquier otro documento que no sean contratos o facturas con instituciones públicas, los cuales NO serán tomados en cuenta como Experiencia válida.

En caso que las prestaciones informadas no correspondan a la experiencia requerida o no sea debidamente acreditada, es decir, que no se adjunte el respectivo documento de acreditación o éste no cumpla en tiempo y forma, estas prestaciones no se contabilizarán para la evaluación y el oferente tendrá cero puntos en el criterio Experiencia del Oferente.

14.3. PROGRAMA DE INTEGRIDAD: Ponderación 2%

La asignación de puntaje se realizará según Anexo N°4 Programa de Integridad, la asignación de puntaje será definida en base a lo siguiente:

1.- Adjunta programa de integridad y acredita que es conocido por sus trabajadores =100 puntos.

2.-Adjunta programa de integridad y no acredita que es conocido por sus trabajadores = 0 punto.

3.- No adjunta programa de integridad = 0 punto.

Para acreditar el cumplimiento del programa de integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de integridad conocido por los trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuenta el oferente.  A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por todos los trabajadores, por lo que deberá adjuntar documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa.

14.4 PLAZO PUESTA EN MARCHA, Ponderación 25%

Según lo indicado en Anexo N°4 Oferta Técnica Económica. Se evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:

    • De 1 a 20 días hábiles = 100 puntos
    • De 21 a 30 días hábiles = 80 puntos.
    • De 31 a 40 días hábiles = 60 puntos.
    • No informa o plazo mayor a 40 días hábiles = Fuera de Bases

Puntaje Total Ponderado = Puntaje Precio  x 0.50 + Puntaje Experiencia del Oferente x 0.23 + Puntaje Programa de Integridad x 0.02 + Plazo puesta en marcha x 0.25

15.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Plazo puesta en marcha”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Experiencia del Oferente”. Si  aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Programa de Integridad”. 

Finalmente si aplicando la prelación anterior el empate continuase, se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta en día al portal una vez publicada la licitación. Si el empate persiste, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal. 

16.- DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo.

17.- DE PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 

18.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a ADMINISTRACIÓN  MUNICIPAL, vía documento escrito y solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.

19.- DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos  para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y Normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará cobro de la garantía de seriedad de la oferta y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento

20. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será en U.F. que para efectos del pago serán convertidos a pesos chilenos al valor de la U.F. del último día del mes anterior al pago, impuestos incluidos y efectuados mediante estados de pago mensuales en conformidad a lo estipulado en el contrato, exceptuando la etapa de puesta en marcha que se efectuará en la misma modalidad en un pago, una vez entregada sin observaciones.  

21.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
La presente licitación se  formalizará con suscripción de contrato. Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones y certificado de estatuto actualizado del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.  En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto a, sólo si corresponde, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

b. Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

c. Declaración jurada “HABILIDAD EN REGISTRO DE PROVEEDORES”.  En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de dicha unión.

d. Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2024, N°21.640. F-30. En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicho certificado deberá ser entregado por cada uno de los integrantes de dicha unión.

e. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado  (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo,  redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Proveedor no entregare los documentos de los puntos anteriores, 1 y 2 sólo si corresponde; no se inscribiese en chileproveedores, no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado,  se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá si corresponde; aplicar la readjudicación o llamar a una nueva licitación mediante resolución fundada.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, es de competencia de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será, contado desde la fecha de puesta en marcha sin observaciones más un plazo de 48 meses.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

22. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO
No procede aumento de contrato por tratarse de una licitación con plazo y monto referencial asignado.


23.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
2.1. Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Bases Técnicas, y toda documentación que rige la presente licitación.
Se entiende por incumplimiento grave lo siguiente:

- Suspensión del servicio por más de 5 días hábiles continuos. Ocasión en que se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.2. Estado de Notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
2.3. Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
2.4. Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo  250-04, del Ministerio de Hacienda.
2.5. Fallecimiento del Proveedor, si se trata de una persona natural.
2.6. Si el Proveedor al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30 y F30-1 y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.
En caso de producirse las causales indicadas en los números 2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y cancelación de la orden de compra en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.

24. DEL SERVICIO
El Contratista deberá contar con una mesa de ayuda en los términos descritos en las Bases Técnicas, capaz y suficiente para entregar a cabalidad el servicio contratado además de dar solución a cualquier problema o solicitud que no permita el normal desarrollo en la ejecución del servicio.

Esta mesa de ayuda deberá ser en linea para solucionar cualquier problema que se suscite en el momento que se requiera. En caso de atraso en la solución o respuesta se aplicarán las multas descritas en la cláusula correspondiente.

25.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO
El contratista deberá ejecutar correcta y oportunamente los servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El adjudicado será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones de todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Los aumentos de plazo, así como el retardo en la ejecución del servicio, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con el servicio contratado, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie.

Corresponderá al adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

26.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
Será obligación del adjudicado ejecutar el servicio según lo estipulado en los antecedentes de la presente licitación, y cumplir con lo siguiente:

a) Será obligación del Proveedor ejecutar el servicio con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

b) Será obligación del Proveedor la entrega de los servicios requeridos en la presente licitación, con estricta sujeción a las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.  

c) Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

d) Será obligación del adjudicado acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica del Servicio.

e) Será responsabilidad exclusiva del adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del adjudicado. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

f) El adjudicado deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

g. El adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

h. El adjudicado deberá informar al Inspector Técnico del Servicio, si la factura correspondiente al pago fue cedida o no al factoring.

i. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el adjudicado deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.

j. Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros con motivo de la ejecución del servicio de mantención, así como los daños que puedan causar cualquier  condición deficiente de la conservación de los edificios municipales, será de exclusiva responsabilidad del Contratista.

27.- DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes, el I.T.S. del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Contratista.

La orden de compra deberá estar en estado aceptada para el respectivo pago. Si el Contratista no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

28.- DEL PLAZO
El plazo de ejecución de este servicio será el siguiente:

1) Etapa de puesta en marcha el cual no podrá exceder los 40 días hábiles o menos de acuerdo a lo ofertado por el contratista en el Anexo N°5 Oferta Económica.

2) El plazo de ejecución del servicio que tendrá una duración de 48 meses. 

Una vez dictado el decreto que aprueba contrato, el I.T.S. coordinará con el contratista la fecha en que se dará inicio al Plazo de puesta en marcha a través de un Acta de Inicio de Puesta en marcha. Cumplido este hito sin observaciones, se dará inicio al servicio contratado a través de un Acta de Inicio del Servicio. 

Por lo tanto el plazo total de ejecución del servicio es el plazo utilizado en la puesta en marcha más 48 meses. 

El plazo fijado para la disponibilidad y ejecución del servicio deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

                1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.
                2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
                3.- Que el hecho sea insuperable.
                4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

29.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico del Servicio, I.T. S. al o los profesionales a quién la Directora de Obras Municipales le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la entrega de los Servicios y en general por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando I.T.  suplente y las funciones a desarrollar.

30.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO
Serán atribuciones del Inspector Técnico del Servicio lo siguiente:

 a. El Inspector Técnico del Servicio velará por el cumplimiento del servicio de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

 b. El Inspector Técnico del Servicio tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del Estado de Pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio al Contratista serán estipuladas siempre por escrito vía correo electrónico y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica del Servicio estipule.

31.- DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO
La Inspección Técnica del Servicio (ITS), podrá aprobar el aumento de plazo que es materia de esta licitación desde la fecha de su requerimiento por la unidad mandante, a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica del Servicio, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico.
En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo.

Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica del Servicio por no cumplirse con las Bases Técnicas.
La Inspección Técnica del Servicio junto con informar a su respectivo Director del aumento de plazo, enviará informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de plazo.

Una vez aprobado la solicitud de aumento de plazo por el Alcalde, la ITS solicitará la redacción de modificación de contrato, decreto aprueba modificación de contrato y garantía de ampliación de contrato.
La solicitud de aumento de plazo, deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término del contrato.

32.- DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO
La entrega del servicio se deberá efectuar en linea, en base a las solicitudes que efectúe la Municipalidad de Los Ángeles a través del I.T.S. y sus usuarios según el detalle de requerimientos establecidos en las Bases Técnicas.

33.- DE LOS PERMISOS
El Proveedor deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de entregar el servicio, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.

34. DEL ACTA DE PUESTA EN MARCHA Y DE INICIO DEL SERVICIO
Una vez finalizado el Plazo de Puesta en Marcha, el Inspector Técnico del Servicio designado mediante decreto alcaldicio emitirá un Acta de puesta en marcha sin observaciones y notificará por correo electrónico al contratista para acordar el inicio del servicio, el cual será formalizado mediante una Acta de Inicio del Servicio.

35.- DEL PAGO

La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Contratista conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°5 Oferta Económica.  Se pagará mensualmente; contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K, domiciliada en Caupolicán N°399, Los Ángeles, la cual deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente, aceptada por el Contratista. El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contraprestación conforme, de acuerdo al Contrato firmado ante Notario.

Previo a la emisión de la factura, el Estado de Pago debe contar con VºBº del Inspector Técnico del Servicio  y de la Directora de Obras Municipales.

36.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Etapa N°1 Puesta en Marcha.-

I. Será responsabilidad del Contratista presentar los siguientes documentos para el pago de la etapa de la puesta en marcha:

i. Estado de pago de acuerdo a formato entregado por la Municipalidad.

ii. Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K.  La factura debe indicar el número de la orden de compra correspondiente.  Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Contratista deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al inspector técnico.

iii. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

iv. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago en proceso de cobro. 

v.  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de las obras durante el mes correspondiente al estado de pago en proceso de cobro. 

vi. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) vigente emitido por la Inspección del Trabajo.

II. Será responsabilidad del Inspector Técnico del Servicio presentar los siguientes documentos para el pago:

i.- Estado de pago de acuerdo a formato entregado por la Municipalidad.

ii. Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K.  La factura debe indicar el número de la orden de compra correspondiente, con visto bueno de la Directora de Obras Municipales e Inspector Técnico del Servicio.

iii. Fotocopia de Bases Administrativas, Bases Técnicas.

iv. Fotocopia de Oferta Económica, según Anexo N°5.

v. Fotocopia del Decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones, si correspondiera.

vi. Fotocopia del Contrato y sus modificaciones si correspondiera.

vii. Fotocopia del Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones si correspondiera.

viii. Orden de Compra aceptada por el Contratista.

ix. Fotocopia del Decreto Alcaldicio que designa Inspector Técnico del Servicio y suplente.

x. Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

xi. Fotocopia del Decreto que sanciona las multas, en caso de que éstas existan.

xii. En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

xiii. Acta con fecha de inicio de plazo de Puesta en Marcha.

xiv. Certificado de Recepción Conforme de la puesta en marcha del Servicio con visto bueno de la Directora de Obras Municipales.

xv. Copia de registro de capacitación efectuado según lo dispuesto en C.1 de las Bases Técnicas

Etapa N°2 Inicio del Servicio

Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos, los cuales son obligación del adjudicado y del Inspector Técnico, según el siguiente detalle: 

I. Será responsabilidad del Contratista presentar los siguientes documentos para el pago:
i. Estado de pago, del mes correspondiente al estado de pago, en formato entregado por la municipalidad.

ii. Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K, del estado de pago correspondiente.  La factura debe indicar el número de la orden de compra correspondiente.  Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Contratista deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al inspector técnico.

iii. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

iv. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago en proceso de cobro. 

vi.  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Contratista no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de las obras durante el mes correspondiente al estado de pago en proceso de cobro.

vii. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) vigente emitido por la Inspección del Trabajo, así mismo para los subcontratistas.


II. Será responsabilidad del Inspector Técnico del Servicio presentar los siguientes documentos para el pago:

i. Estado de pago, del mes correspondiente al estado de pago, en formato entregado por la municipalidad, con visto bueno de la Directora de Obras Municipales e Inspector Técnico del Servicio.

ii. Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K, del mes correspondiente al estado de pago.  La factura debe indicar el número de la orden de compra correspondiente, con visto bueno Directora de Obras Municipales e Inspector Técnico del Servicio.

iii. Fotocopia de Bases Administrativas, Bases Técnicas.

iv. Fotocopia de Oferta Económica, según Anexo N°5.

v. Fotocopia del Decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones, si correspondiera.

vi. Fotocopia del Contrato y sus modificaciones si correspondiera.

vii. Fotocopia del Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones si correspondiera.

viii. Orden de Compra aceptada por el Contratista.

ix. Fotocopia del Decreto Alcaldicio que designa Inspector Técnico del Servicio y suplente.

x. Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

xi. Fotocopia del Decreto que sanciona las multas, en caso de que éstas existan.

xii. En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

xiii. Certificado de Recepción Conforme del Servicio del estado de pago correspondiente. En caso de haber observaciones, Certificado de Recepción Conforme del Servicio con Observaciones.

xiv. Para el primer estado de pago: Acta de Inicio del Servicio.


37.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN

Las multas serán aplicables en virtud a las causales indicadas a continuación:

a) Por retraso en el plazo de entrega de la Puesta en Marcha: Por cada día de retraso se aplicará una multa de 1 UTM por día transcurrido, hasta por 15 días hábiles, en cuyo caso se procederá a dar término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

b) Por retraso en el inicio del servicio: Por cada día de retraso en el plazo de inicio del servicio aplicará una multa de 1 UTM por día transcurrido, hasta por 5 días hábiles, en cuyo caso se procederá a dar término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

c) Por intermitencia en el servicio: Si la plataforma, en su conjunto, presenta intermitencias que no sean subsanadas por el proveedor en 1 día hábil, se aplicará una multa de 1 UTM por cada día transcurrido; no pudiendo superar los 15 días hábiles, en cuyo caso se pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

d) Por intermitencia en los trámites: Si se produce intermitencia en uno o más trámites, que no sean subsanadas por el proveedor en 1 día hábil, se aplicará una multa de 0.2 UTM por cada trámite y día transcurrido; no pudiendo superar los 15 días hábiles, en cuyo caso se pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

e) Por Indisponibilidad de Trámites: Si cualquiera de los trámites en línea dejara de estar disponible, el proveedor deberá restablecer su disponibilidad en 1 día hábil, en caso contrario se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada día y trámite que no se encuentre disponible, no pudiendo superar los 15 días hábiles, en cuyo caso se pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

f) Por indisponibilidad de la Mesa de Ayuda: Si la mesa de ayuda no se encontrara disponible en los términos descritos en las Bases Técnicas, se aplicará una multa de 0.5 UTM por cada día transcurrido en la falta de la mesa de ayuda, no pudiendo superar los 10 días hábiles, en cuyo caso de pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato

g) Si la mesa de ayuda no diera solución en el plazo de 24 horas, de acuerdo a lo dispuesto en las Bases Técnicas, se aplicará una multa de 1 UTM por cada día transcurrido sin ejecutar dar respuesta al requerimiento, no pudiendo superar los 10 días hábiles, en cuyo caso de pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

h) Si el Inspector Técnico no pudiera acceder a los respaldos o estos no se encontrarán actualizados y el proveedor no le diera solución en 1 dia habil, se aplicará una multa de 1 UTM por cada día transcurrido, no pudiendo superar los 10 días hábiles, en cuyo caso de pondrá término anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

-Los días que se indican, se entenderán en días hábiles.

-El monto de las multas, se calculará con el valor de la UF del día en que se produzca el incumplimiento, si el incumplimiento comprendiera varios días, se considerará el valor de la UF del día del inicio del incumplimiento.

-El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico del Servicio y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

-Las multas se registrarán mediante el envío de correo electrónico.  El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente de su registro.

- Las multas se descontarán del pago correspondiente, o de las garantías vigentes.

-Toda multa, apelada o no por el proveedor, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.

38.- DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Adjudicado. La falta de apelación por parte del Adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación dará motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. 

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva a la Dirección de Obras Municipales.

39.- DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor. Los descuentos se harán de los pagos correspondientes al proveedor o de las garantías vigentes.

40.-DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Por cada mes de trabajo durante el tiempo de vigencia del servicio concerniente a la presente licitación y en virtud a lo estipulado en el contrato, la Inspección Técnica del Servicio deberá emitir Certificado de Recepción Conforme del Servicio, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica del Servicio y por la Directora de Obras Municipales, indicando la recepción conforme del servicio del mes de servicio correspondiente.

En el caso de que la Inspección Técnica del Servicio considere que no corresponde dar visto bueno al servicio durante el respectivo mes de trabajo, deberá emitir un Certificado de Recepción Conforme del Servicio con observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.

41.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplido el plazo de vigencia del servicio y emitido el respectivo certificado de cumplimiento del servicio del último mes de ejecución de éste, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 60 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá a el Oferente Adjudicado la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.

42.- DE LAS GARANTÍAS
- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del adjudicado de las obligaciones que le impone la aceptación de la orden de compra (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, si correspondiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución de las obligaciones contractuales; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

43.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del contratista. 

44.- DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado. 

45.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.


46.- DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la entrega del Servicio, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costos del Adjudicado.


47.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, artículos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.