Licitación ID: 2408-222-LP23
ADQUISICION UNIFORME INSTITUCIONAL INVIERNO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES AÑO 2023
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 35
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Uniformes varios 240 Unidad
Cod: 53102702
Poleras mujer dry fit, según detalle especificados en EETT.  

2
Uniformes varios 321 Unidad
Cod: 53102702
Polera hombre manga larga según detalle especificados en EETT.  

3
Uniformes varios 240 Unidad
Cod: 53102702
Blusa mujer manga larga tela Oxfor, según detalle especificados en EETT.  

4
Uniformes varios 321 Unidad
Cod: 53102702
Camisa hombre manga larga Tela Oxford, según detalle especificados en EETT.  

5
Uniformes varios 93 Unidad
Cod: 53102702
Jeans hombre, según detalle especificados en EETT.  

6
Uniformes varios 2 Unidad
Cod: 53102702
Jeans clásico hombre, según detalle especificados en EETT.  

7
Uniformes varios 223 Unidad
Cod: 53102702
Jeans SPX o equivalente para mujer, según detalle especificados en EETT.  

8
Uniformes varios 17 Unidad
Cod: 53102702
Jeans clásico o equivalente para mujer, según detalle especificados en EETT.  

9
Uniformes varios 206 Unidad
Cod: 53102702
Pantalón gabardina hombre calce regular fit, según detalle especificados en EETT.  

10
Uniformes varios 20 Unidad
Cod: 53102702
Pantalón gabardina hombre corte recto, según detalle especificados en EETT.  

11
Uniformes varios 240 Unidad
Cod: 53102702
Parka mujer, según detalle especificados en EETT.  

12
Uniformes varios 321 Unidad
Cod: 53102702
Parka hombre, según detalle especificados en EETT.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION UNIFORME INSTITUCIONAL INVIERNO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES AÑO 2023
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La municipalidad de Los Ángeles requiere adquirir uniformes temporada invierno para funcionarios municipales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
CAUPOLICAN 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-06-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 09-06-2023 15:21:37
Fecha inicio de preguntas: 09-06-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 14-06-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-06-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-06-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-06-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 17-08-2023 10:53:35
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- ANEXO N°1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión. El oferente que no ingrese el Anexo N°2 o éste sea ilegible será declarado fuera de bases
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes técnicos a presentar, los que deberán ser ingresados preferentemente en la sección "B", Anexos Técnicos:
 
2.- Patente Municipal al día correspondiente al rubro. En el caso que este documento se encuentre ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de apertura de las ofertas. El OFERENTE QUE NO INGRESE LA PATENTE O SE ENCUENTRE ILEGIBLE O NO SE ENCUENTRE VIGENTE EN CHILEPROVEEDORES, SERA EVALUADO CON CERO PUNTOS EN LA ETAPA DE EVALUACIÓN.
 
3.- El oferente deberá presentar ficha técnica del producto ofertado o bien el producto deberá venir rotulado con sus especificaciones técnicas. Se entenderá por ficha técnica, documento o archivo donde se presenta el producto a través de una imagen y se detallen las características del producto (tipo , medidas, color, material, elementos que lo conforman, etc). El oferente que presente solo una imagen como ficha técnica no será evaluado considerándose fuera de bases.
 
4.- EL OFERENTE QUE NO ADJUNTE FICHA TECNICA O SE ENCUENTREN ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3. OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA
2.- El OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°15. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 50%
2 PLAZO DE ENTREGA Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°15. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 30%
3 PRESENCIA COMUNAL Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°15. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 10%
4 GARANTÍA POSTVENTA Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°15. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 82000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a presupuesto referencial.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto referencial incluye I.V.A.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: María Elizabeth Almendras Almendras
e-mail de responsable de contrato: malmendras@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-75211557-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En todo evento el Proveedor es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, Se prohíbe la subcontratación por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 29-09-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta cuyo monto en pesos será de $1.000.000 por línea o líneas ofertadas, el oferente deberá presentar un documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA, ADQUISICION UNIFORME INSTITUCIONAL INVIERNO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES AÑO 2023".
Forma y oportunidad de restitución: Se podrá solicitar su devolución una vez aceptada la orden de compra por parte del oferente adjudicado en el portal de www.mercadopublico.cl. El oferente adjudicado deberá canjear esta garantía por la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para su devolución, se deberá enviar correo electrónico al profesional responsable del contrato con los antecedentes del documento de garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-11-2023
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto en pesos será equivalente al 5% del monto I.V.A. incluido por linea adjudicada. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones y deberá ser entregada dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de adjudicación en el portal.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA:ADQUISICION UNIFORME INSTITUCIONAL INVIERNO PARA FUNCIONARIOS MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES AÑO 2023 "LÍNEA N° ___" (EL OFERENTE DEBERÁ INDICAR EN EL ESPACIO EN BLANCO, EL NÚMERO DE LÍNEA AL QUE POSTULA).
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta deberá ser solicitada una vez liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía, el adjudicatario deberá enviar correo electrónico enviado al Inspector Técnico solicitando su devolución e indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.


2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La Unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula “DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.


3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Municipalidad de Los Ángeles
Ítem: 22.02.002.001
CC: 25.02.02
S.P.: 1
Plan de compra: 3400-159-PC23
Nombre Ítem: Uniformes Funcionarios Municipales


4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 


PRELACIÓN TÉCNICA 
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Especificaciones Técnicas.


PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnico Económica.
- Orden de Compra.


5. DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.


6. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y/o responsable del contrato”.


7. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases, sus anexos y demás antecedentes; ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.   Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.  Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.


8. DE LA OFERTA
La presente licitación pública corresponde al requerimiento por parte de la Municipalidad de Los Ángeles, a través de la Dirección de Recursos Humanos, de la adquisición de uniforme institucional para funcionarios de la Municipalidad de los Ángeles, según detalle indicado en las Especificaciones Técnicas y corresponde al llamado por líneas, según Anexo Nº3 Oferta Técnico Económica donde deberá  indicar los precios y la información que se solicita  de lo contrario la oferta se considerará inadmisible. 
El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados a la adquisición, tanto como mano de obra y transporte necesario, según lo indicado en las Especificaciones Técnicas adjuntas que forman parte de la presente licitación.  
Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el valor indicado por el oferente participante en el portal www.mercadopublico.cl y el valor indicado en Anexo N°3. Oferta Técnico Económica, para todo evento prevalecerá el valor indicado en el Anexo N°3. Oferta Técnico Económica del o los oferentes participantes. 
Sin embargo, en el caso que en el Anexo N°3 se presenten errores que sean fácilmente subsanables mediante la aplicación de operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación recalculará la o las ofertas presentadas y la evaluación se aplicará sobre los resultados obtenidos, usando como máximo dos decimales.

En caso de presentarse diferencias en la aplicación del IVA este será calculado en base al precio neto. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Especificaciones Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación. Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.


9. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o hasta la aceptación de la orden de compra, por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.


10. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.


11. DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl.


12. DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y PROCESO DE APERTURA
Comisión de Apertura, compuesta por, Profesional de la Dirección de Secplan, Profesional integrante de la Comisión de evaluación y funcionario responsable entendiéndose por tal, aquel perteneciente a la Dirección de Recursos Humanos,  quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
En caso de que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados, ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso de que el incumplimiento se detecte en esa etapa
(evaluación).
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.


13. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.



14.DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución de la entrega de los productos de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Proveedor.


15. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas, por los siguientes criterios de evaluación:

15.1. Precio, ponderación 50%
Según Anexo Nº3 Anexo Técnico Económico. Se asignarán 100 puntos al menor precio ofertado IVA incluido y se evaluará en forma inversamente proporcional mediante la siguiente fórmula:

Puntaje = (Menor precio ofertado IVA incluido/Precio del oferente evaluado IVA incluido) x 100.  


Donde: 
- Menor Precio Ofertado: corresponde al menor Precio Total IVA Inc. por Línea, entre los oferentes en evaluación.
- Precio Oferta Evaluada: corresponde al Precio Total IVA Inc. por Línea, del oferente en evaluación.

El precio a evaluar será lo indicado en el Anexo N°3. Oferta Técnico Económica como Precio Total con IVA incluido, sin embargo, en el caso de que el Anexo N°3 del o los oferentes en evaluación presente errores, cuya subsanación sea mediante la aplicación de operaciones aritméticas de simple solución, la comisión recalculará los precios ofertados y la evaluación se aplicará sobre los resultados que la comisión obtenga, utilizando dos decimales.


15.2. Plazo de Entrega, ponderación 30%
Se evaluará según lo informado por los oferentes participantes en el Anexo N°3. Oferta Técnico Económica, mediante la siguiente tabla:

Plazo de Entrega

Puntaje

1 - 15 días hábiles

100 puntos

16 - 18 días hábiles

75 puntos

19 - 21 días hábiles

50 puntos

Mayor a 21 días hábiles o no informa

Fuera de bases


Mayor a 21 días hábiles o no informa Fuera de bases en la etapa de evaluación.-

- El plazo será considerado en días hábiles, es decir, contado de lunes a viernes.
- El plazo de entrega comenzará a regir de acuerdo a lo que se indica en la Clausula 37 "DE LA ENTREGA" de las presentes bases de licitación.



15.3. Presencia Comunal, ponderación 10%

Este criterio se refiere a la Ubicación geográfica del proveedor, la forma a evaluar será de la siguiente forma:

Sucursal

Puntaje

Con sucursal en la comuna

100 puntos

Con sucursal en la región

60 puntos

Con sucursal en otra región

20 puntos

No presenta patente

0 puntos

De acuerdo a dirección indicada en patente municipal presentada.




15.4 Garantía Post Venta, ponderación 10%

Se evaluará según lo informado por los oferentes participantes en el Anexo N°3. Oferta Técnico Económica, mediante la siguiente tabla entendiéndose cambio de tallas o cambio por fallas en los productos.-

Meses

Puntaje

Mayor a 6 meses o mas

100 puntos

4 a 6 meses

50 puntos

2 a 3 meses

25 puntos

Menor a 2 meses

0 puntos




El Puntaje Total Ponderado (PTP) del Oferente en evaluación se obtiene según lo siguiente:

PTP =  Puntaje Precio x 50% + Puntaje Plazo de Entrega x 30%  + Puntaje Presencia Comunal x 10% + Puntaje Garantía Postventa x 10%

Nota: La evaluación se considerará usando un máximo de dos decimales




16. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio” .Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Plazo de Entrega”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Garantía Postventa”. Finalmente, de continuar dicho empate, se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje ponderado en el criterio “Presencia Comunal”.


Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.


17. DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 


Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio en un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.


18. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.


19. DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.


20. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si la orden de compra no se emitiese dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta,  por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.


El desistimiento por esta causa  deberá ser comunicado a la Dirección de Recursos Humanos, vía escrita y solicitar la devolución de la garantía de seriedad de la oferta.


21. DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no acepta la orden de compra, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará cobro de la garantía de seriedad de la oferta y se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


22. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato, formalizado mediante la aceptación de la orden de compra por parte del oferente adjudicado, será en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado en un pago, en conformidad a lo ofertado por el oferente adjudicado.


23. DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
En consideración de que las presentes bases se refieren a una licitación de monto menor a las 1.000 UTM y se trata de bienes de simple y objetiva especificación, no se requerirá firma de contrato. Las obligaciones contractuales se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y su consecuente aceptación por parte del oferente adjudicado, en conformidad al artículo 63 del reglamento de la ley N°19886.


Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:


1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades y certificado de estatuto actualizado del registro de empresas y sociedades  emitido por la página www.tuempresaenundia.cl,documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.


En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto n°1 (sólo si corresponde), y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.


2.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115", correspondientes a  F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.


3.- Declaración Jurada  Simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.


4.- Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.


5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato.


Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.


De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.


Si el oferente postuló con la modalidad de “Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.


Cumplido los requisitos anteriores de parte del oferente adjudicado, se procederá a la emisión de la orden de compra, según lo estipulado en la Cláusula DE LA ORDEN DE COMPRA de las presentes bases. Una vez aceptada la Orden de Compra,  el oferente adjudicado será denominado como Proveedor.


Si el Proveedor no entrega los documentos solicitados en la presente cláusula (numerales 1 y 4. sólo si corresponden), se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.


Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta serán exclusivamente de cargo del Proveedor.


La vigencia de las obligaciones contractuales será a partir de la fecha de aceptación de la orden de compra, hasta la liquidación del contrato, según lo estipulado en la cláusula DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, de las presentes bases.


El Proveedor no podrá traspasar sus obligaciones contractuales a otra persona, sea natural o jurídica.


24. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Proveedor es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, Se prohíbe la subcontratación por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación.


25. DEL AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL CONTRATO
La Municipalidad podrá autorizar la ampliación o disminución de la cantidad de productos que son materia de la presente licitación, previo informe técnico de la Inspección Técnica y visado por la Directora de Recursos Humanos, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la unidad mandante.


Toda modificación que se realice (aumento o disminución de la adquisición), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica al Proveedor y se expresará en su correspondiente decreto alcaldicio. 
En caso de aumento de la adquisición, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción de la adquisición, podrá disminuirse el valor de las garantías.


26. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato, entendiéndose por tal a la cancelación de la orden de compra, en las siguientes situaciones: 


1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 


2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1. Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas, y toda documentación que rige la presente licitación. 
• Se considerará incumplimiento grave lo estipulado en la cláusula Nº 40. De las Sanciones y/o Multas y su Aplicación, lo referido en dicha cláusula a las causales que determinan término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.


2.2. Estado de Notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.


2.3. Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica. 


2.4. Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda. 


2.5. Fallecimiento del Proveedor, si se trata de una persona natural. 


2.6. Si el Proveedor al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.


En caso de producirse las causales indicadas en los números 2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y cancelación de la orden de compra en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.


27. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el proveedor, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del presente contrato, lo que será calificada por el Inspector técnico en atención al interés superior de la adquisición, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o Ia terminación anticipada del mismo, según procediera.


28. DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR
El Proveedor deberá entregar correcta y oportunamente los productos que son parte de la presente licitación, en virtud de la aceptación de la orden de compra. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual. 
El Proveedor será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Corresponderá al Proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.


29. DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
a. Será obligación del Proveedor cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Orden de Compra: 

b. Será obligación del Proveedor la entrega de las prendas adjudicadas; del transporte, mano de obra y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

c.     Será obligación del proveedor cambiar o reponer el o los productos adjudicados que presenten fallas, deterioro o no correspondan a lo adjudicado, al momento de la entrega.  El cambio o reposición de los productos que presenten fallas, deterioro o no correspondan a lo adjudicado, deberá realizarse dentro de un plazo de 10 días hábiles, sin perjuicio del cobro de multas a las que se pueda ver afectado el proveedor a causa de esta obligación.

d. Acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

e. Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

f. Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.
 
g. El Proveedor deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

h. Será obligación del Proveedor solicitar la recepción conforme de la adquisición al Inspector Técnico; que es propia de la presente licitación, sin perjuicio de las recepciones gestionadas por la Inspección Técnica.

i. El Proveedor deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago fue cedida o no al factoring para el estado de pago correspondiente.

j. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.


30. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que adjudica la licitación, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión descritos en la cláusula Nº23. Del Contrato y Documentos para Contratar.
El Proveedor tendrá un plazo de 2 días hábiles (contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el Proveedor no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.
En el caso que deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones de la Municipalidad la emisión de la orden de compra correspondiente.


31. DEL PLAZO
El plazo para entregar los artículos propios de la presente licitación será el ofertado por el Proveedor en Anexo N°3. Oferta Técnico Económica, el cual comenzará a regir de acuerdo a lo que se indica en la Clausula 37 "DE LA ENTREGA" de las presentes bases de licitación.

El plazo de entrega no podrá ser superior a 21 días hábiles (se entiende por días hábiles los comprendidos entre lunes y viernes, ambos días inclusive), de lo contrario dicha oferta se considerará fuera de bases. 

En el caso que al momento de la recepción se entreguen productos con fallas, es decir, se encuentren defectuosos o no corresponden a lo adjudicado, el proveedor deberá cambiarlos dentro de un plazo de 10 días hábiles, sin perjuicio de las multas aplicables por la entrega de productos que presenten fallas..

El plazo fijado se entenderá en días hábiles, sin deducción de días de lluvia, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:
1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


32. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO
La Inspección Técnica podrá aprobar el aumento de plazo en la entrega de los productos que son propia de esta licitación desde la fecha de su requerimiento por la unidad mandante, a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al adjudicado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc. 
El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico.  
En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo. 
Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Especificaciones Técnicas.


33. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO
La entrega de los productos se efectuará en base a la orden de compra emitida por la unidad mandante y la aceptación de ésta por el proveedor, en base a lo ofertado por el Proveedor en su Anexo Nº 3. Oferta Técnico Económica.


34. DE LOS PERMISOS
El Proveedor deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de entregar los productos, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.


35. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica o Inspector Técnico (IT) al profesional a quien la Dirección de Recursos Humanos le haya encomendado velar directamente por la correcta entrega de los productos correspondientes a la presente licitación y, en general, por el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando Inspector Técnico suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico será responsable de supervisar que la entrega de los productos se ejecute conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente.

Durante el período de ejecución del contrato, siempre habrá al menos un Inspector Técnico.


36. DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO
Serán atribuciones del Inspector Técnico lo siguiente:

a. El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la entrega de los productos de acuerdo a todos los antecedentes de las obligaciones contractuales.

b. El Inspector Técnico podrá exigir el término de las labores de cualquier trabajador del Proveedor, así como de los subcontratistas, si correspondiese, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del Inspector Técnico, quedando siempre responsable el Proveedor por los fraudes o abusos que haya podido cometer la persona desvinculada.

c. El Inspector Técnico podrá ordenar el reemplazo de todo elemento, que a su juicio, puedan ocasionar daños o situaciones de peligro.

d. El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Proveedor serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones de las presentes bases, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.


37. DE LA ENTREGA
La entrega y plazo de entrega se detalla en la "operatoria del servicio de entrega de los productos", como se indica a continuación:
·       •  Operatoria del servicio de entrega de los productos:
Luego que el proveedor acepte la Orden de Compra se enviará un correo electrónico a él o los adjudicados con la finalidad de coordinar el envío de las muestras de las prendas adjudicadas para la toma de tallaje a cada uno de los funcionarios (se deberá enviar una de cada una de las tallas ofertadas por producto).  El plazo para enviar las prendas para la toma de tallaje no debe superar los 10 días hábiles desde aceptada la orden de compra, de lo contrario estará afecto a multas por cada día de atraso.

El Inspector Técnico o su suplente, será responsable de la  toma tallaje y envío de nómina al o los proveedores en fechas y plazos establecidos por correo electrónico Institucional,  lo cual quedará ratificado en acta de término de proceso toma de tallaje con fecha y firma respectiva del  inspector técnico o su suplente  responsable de la adquisición.

La entrega de los productos se realizará dentro del plazo ofertado por el o los oferentes adjudicados, el cuál comenzará a regir una vez realizada la toma total de tallaje de los funcionarios(as), la cual quedara ratificada a través de un acta firmada por el o los oferentes adjudicados y el inspector técnico con la nómina de tallaje total adjunto que deje constancia que se ha culminado con dicho proceso.

El Inspector Técnico o su suplente coordinaran la recepción de las prendas, las que se deberán entregar en las dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, Calle Caupolicán 399,Oficina 317  Dirección de Recursos Humanos. El horario y la fecha de recepción serán de mutuo acuerdo entre el o los proveedores y el Inspector Técnico, dentro del plazo ofertado por el o los proveedores.      


38. DEL PAGO
La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Proveedor conforme a la orden de compra y oferta presentada en Anexo N°3. Oferta Técnico Económica.  Se realizará un pago, contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT  69.170.100-K, y factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, indicando número de orden de compra correspondiente, aceptada por el Proveedor. 

El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contraprestación conforme, de acuerdo a la orden de compra aceptada por el proveedor.


39. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
I. Será obligación del Proveedor presentar lo siguiente:
i. Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, y factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia Inspector Técnico.


II. Será obligación del Inspector Técnico presentar lo siguiente:
i. Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, y factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente; con visto bueno de la Directora de Recursos Humanos y del Inspector Técnico.

ii. En el caso de que la factura haya sido cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

iii. Planilla detallada de prendas recepcionadas, con fecha, nombre funcionario y firma de recepción conforme.

iv. Certificado de Recepción Conforme.  En caso de observaciones en la recepción, se deberá presentar Certificado de Recepción, Con Observaciones.

v. Fotocopia de Bases Administrativas, y Especificaciones Técnicas.

vi. Fotocopia de Oferta Técnico Económica del Proveedor, según Anexo Nº 3.

vii. Fotocopia del Decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.

viii. Orden de Compra en estado aceptada por el Proveedor.

ix. Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

x. En caso de haber multas a favor del mandante, fotocopia del decreto que sanciona dicho cobro de multas.


40. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
El incumplimiento de las presentes Bases, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción y/o multa, según  lo siguiente:


• Multa por atraso:
El no cumplimiento en el plazo de entrega ofertado, será sancionado con el cobro de una multa equivalente a 1 UTM por cada día hábil (contado de lunes a viernes) de atraso en que incurra el proveedor, el cual será descontado del valor neto de la factura.  Si el atraso perdura por más de 3 (tres) días hábiles, se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y término anticipado del contrato, entendiéndose por tal, a la cancelación de la respectiva orden de compra.


• Multa por productos defectuosos o dañados; o no correspondan a lo adjudicado:
En el caso que el proveedor al momento de la recepción entregue productos defectuosos, dañados o no correspondan a lo adjudicado, se cobrará una multa equivalente a 1 UTM por cada día hábil (contado de lunes a viernes) en que incurra el proveedor con dicho incumplimiento; cobro que será descontado del valor neto de la factura.  Si el atraso perdura por más de 10 días hábiles de lunes a viernes, se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, y término anticipado del contrato, entendiéndose por tal, a la cancelación de la respectiva orden de compra.


• Multas por atraso en la entrega de muestras para tallaje
El oferente que se adjudique la licitación completa o alguna de las líneas ofertadas, tendrá 10 días hábiles de lunes a viernes a partir de la aceptación de la orden de compra, para hacer llegar las muestras para la toma de tallaje. El no cumplimiento, será sancionado con el cobro de una multa equivalente a 1 UTM par cada día hábil de atraso (contados de lunes a viernes) en que incurra el proveedor u proveedores, el cuál será descontado del valor neto de la Factura. Si los días de incumplimiento en la entrega exceden los 3 días hábiles, se hará cobro de la Garantía del Fiel Cumplimiento del Contrato y término anticipado al contrato, entendiéndose por tal, a la cancelación de la respectiva orden de compra.


-El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

-El valor de la UTM será del mes de la fecha de notificación de la multa por parte del Inspector Técnico al Proveedor.

-Las multas se registrarán mediante el envío de correo electrónico.  El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente de su registro.

-Las multas se descontarán del pago correspondiente, o de las garantías vigentes.

-Toda multa, apelada o no por el proveedor, será formalizada mediante decreto alcaldicio.


41. DE LA APELACIÓN DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS
El adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.  Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.  De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles.  Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Proveedor.  La falta de apelación por parte del Proveedor a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes.  La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.


Se entiende a la dirección Municipal respectiva, a la Dirección de Recursos Humanos.


42. DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor. Los descuentos se harán de los pagos correspondientes al proveedor o de las garantías vigentes.


43. DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Al momento de la entrega de los productos concernientes a la presente licitación y en virtud a las obligaciones contractuales emanadas de la aceptación de la orden de compra, la Inspección Técnica deberá emitir Certificado de Recepción Conforme, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica y por la Directora de Recursos Humanos, indicando la recepción conforme de los productos solicitados.
En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponde dar visto bueno a la entrega de los productos concernientes a la presente licitación, deberá emitir un Certificado de Recepción, Con Observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.


44. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez realizada la Recepción Conforme, mediante certificado correspondiente, se procederá a realizar la liquidación del contrato, entendiéndose por tal, a la liquidación de las obligaciones contractuales emanadas con la aceptación de la orden de compra.  
La liquidación del contrato se realizará dentro de un plazo de 60 días corridos posterior a la fecha del Certificado de Recepción Conforme, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Proveedor. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Proveedor la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” correspondiente.
En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.


45. DE LAS GARANTÍAS
- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.
En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone la aceptación de la orden de compra (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, si correspondiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución de las obligaciones contractuales; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.


En caso de aumento o disminución del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato. 
En cualquier caso, la nueva garantía deberá ser ingresada a la Dirección de Recursos Humanos antes del vencimiento de la originalmente entregada.


46. DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución de la entrega de los productos se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Proveedor.


47. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al Proveedor de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de la entrega de los productos será exclusivamente del Proveedor.


48. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.


49. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 


1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 


2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 


3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.


4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 


5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 


6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 


7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 


8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.


9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.