Licitación ID: 2408-426-LR22
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE PAGO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO BANCARIAS Y OTROS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 35
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de tesorería 1 Unidad
Cod: 84111701
Servicios de operación con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y arriendo de terminales POS de autorización y captura según requerimientos definidos en las Especificaciones Técnicas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE PAGO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO BANCARIAS Y OTROS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Los Ángeles requiere contratar los servicios de operación con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y arriendo de terminales POS de autorización y captura según requerimientos definidos en las Especificaciones Técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
CAUPOLICAN 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-01-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 02-12-2022 15:25:19
Fecha inicio de preguntas: 02-12-2022 17:30:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-12-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-01-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-01-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-01-2023 8:56:33
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: 1.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº1.
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº 2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión. EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
4.- Nota: Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. El oferente deberá subir obligatoriamente su Anexo N°3 y completar, al menos, los campos relacionados con la identificación del oferente participante, firma y fecha del documento. En el caso que el oferente informe experiencia, ésta deberá ser de ejecución de servicios similares, es decir, servicios de pago con tarjetas de crédito y débito bancarias y otros con una antigüedad máxima de dos años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta, de la presente licitación. Para lo anterior, deberá subir los correspondientes documentos de acreditación y completar los campos indicados en la tabla de su Anexo N°3 de la prestación informada, de lo contrario dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. Si el oferente no posee experiencia lo podrá informar en su Anexo N°3 indicando "Sin Experiencia". EL OFERENTE QUE NO INGRESE SU RESPECTIVO ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE O LO INGRESE ILEGIBLE, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
2.- ACREDITACIÓN EXPERIENCIA DEL OFERENTE, SEGÚN ANEXO N°3. El oferente participante, en el caso de informar experiencia en su Anexo N°3. Experiencia del Oferente, deberá subir contratos por servicios actualmente vigentes firmados ante notario con instituciones públicas o privadas, por servicios de pago con tarjetas de crédito y débito bancarias y otros con una antigüedad máxima de dos años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta, de la presente licitación. En caso de presentar documentos de acreditación como órdenes de compra, facturas, o cualquier otro documento que no corresponda a contratos del servicio informado, dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. La validación de los documentos de acreditación se realizará en la etapa de evaluación. Si un oferente no sube la documentación de la prestación informada o éste no cumple en tiempo y forma con lo solicitado, dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. De la misma forma, si el oferente informa experiencia, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno corresponde a tiempo y forma, el oferente será evaluado con cero puntos en la etapa de evaluación en el criterio correspondiente.
 
3.- ANEXO N°4. OFERTA TÉCNICA. EL OFERENTE QUE NO INGRESE SU RESPECTIVO ANEXO N°4. OFERTA TÉCNICA O LO INGRESE ILEGIBLE, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°5. OFERTA ECONÓMICA
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. Criterios de Evaluación, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 60%
2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. Criterios de Evaluación, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 30%
3 TIEMPO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. Criterios de Evaluación, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 5%
4 TIEMPO DE RESPUESTA POR FALLAS DE OPERACIÓN DEL SE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula N°14. Criterios de Evaluación, del punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, de las presentes bases. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 523500000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL MONTO INDICADO COMO MONTO TOTAL ESTIMADO CORRESPONDE AL MONTO DISPONIBLE IVA INCLUIDO PARA UN CONTRATO POR 36 MESES DE DURACIÓN.-
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Margarita Jimenez Jimenez
e-mail de responsable de contrato: jjimenez@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2409555-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Es un servicio muy especifico, similar a los servicios financieros, por ende resulta complejo traspasar la responsabilidad de los valores tranzados a un tercero.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-05-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento(formato libre)en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PÚBLICA: CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE PAGO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO BANCARIAS Y OTROS".
Forma y oportunidad de restitución: Se podrá solicitar su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado y su respectiva publicación en el portal de www.mercadopublico.cl. El oferente adjudicado podrá canjear esta garantia por la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para su devolución, se deberá enviar correo electrónico al profesional responsable del contrato con los antecedentes del documento de garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-08-2026
Monto: 5 %
Descripción: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE PAGO CON TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO BANCARIAS Y OTROS".
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de la ley 19.886, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre)en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía se deberá entregar junto al contrato firmado y deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. La presente garantía se deberá entregar junto con el contrato firmado.
Forma y oportunidad de restitución: El oferente adjudicado podrá solicitar la devolución de esta garantía, mediante correo electrónico al Inspector Técnico, con los antecedentes del documento de garantía una vez liquidado el contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.
2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula “DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.
3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Ítem 22.08.999.001
ID de Plan de compra 2408-65-PC22
Centro de costo 200103
Subprograma SP1
Nombre del ítem: Otros, Servicios Generales


4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 


PRELACIÓN TÉCNICA 
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Especificaciones Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnica.
- Oferta Económica.
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5. DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.
6. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y/o responsable del contrato”.
7. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases, sus anexos y demás antecedentes; ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.   Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.  Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
8. DE LA OFERTA
La presente licitación pública corresponde a la contratación por un periodo de 36 meses, mediante la Dirección de Administración y Finanzas, DAF, de un servicio de pago con tarjetas de crédito y débito bancarias y otros, según lo estipulado en las Especificaciones Técnicas que forman parte de la presente licitación. El monto disponible para la ejecución de la presente licitación es de $ 523.500.000.

El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados a la prestación del servicio de la presente licitación, según lo indicado en las especificaciones técnicas adjuntas.  

El oferente deberá presentar su propuesta según Anexo N°5, Oferta Económica, donde deberá indicar Comisiones (en %) según Tabla I.  A la vez deberá indicar Arriendo de Equipos (en UF), según tabla II.

Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el valor indicado por el oferente participante en el portal www.mercadopublico.cl y el valor indicado en Anexo N°5. Oferta Económica, para todo evento prevalecerá el valor indicado en el Anexo N°5. Oferta Económica del o los oferentes participantes.


No obstante, en el caso de presentarse errores en el Anexo N°5. Oferta Económica, se procederá de la siguiente forma:

- En el caso de haber errores aritméticos en los precios ofertados, éstos se subsanarán en el proceso de evaluación técnica y económica de las ofertas, siempre y cuando dichos errores sean fácilmente subsanables mediante la aplicación de operaciones aritméticas de baja complejidad, en base a los precios unitarios de la oferta. De lo anterior, se entenderá que la oferta del o los oferentes participantes será según los resultados que la comisión de evaluación obtenga. Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas  y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Especificaciones Técnicas, y demás documentación complementaria de la presente licitación. Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. 
9. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o de la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.
10. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Especificaciones Técnicas, y toda la Documentación que rige esta licitación.
11. DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl.
12. DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y PROCESO DE APERTURA
La Comisión de Apertura, la que estará conformada por profesional de la Dirección de Secplan y Funcionario Responsable y/o encargado de la Licitación, entendiéndose por tal, aquel perteneciente a la Dirección de Administración y Finanzas, DAF, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. 
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. 
En caso de que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados, ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso de que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación). 
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida. 
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.
13. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.
14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas por los siguientes criterios de evaluación:

14.1. PRECIO, ponderación 60%.
Se evaluará en base a lo informado por el oferente en evaluación en su Anexo N°5. Oferta Económica, según los siguientes subcriterios:

 Comisión por transacción de tarjeta bancaria de crédito, 45%
Cálculo del Puntaje:


Puntaje Comisión por transacción de tarjeta bancaria de crédito IVA incluido = (Menor Comisión por transacción de tarjeta bancaria de crédito Ofertado/ Comisión por transacción de tarjeta bancaria de crédito en Evaluación) x 100 puntos

Comisión por transacción de tarjeta bancaria de débito, 45%
  Cálculo del Puntaje:

Puntaje Comisión por transacción de tarjeta bancaria de débito IVA incluido = (Menor Comisión por transacción de tarjeta bancaria de débito Ofertado/ Comisión por transacción de tarjeta bancaria de débito en Evaluación) x 100 puntos


Precio Arriendo Terminales POS, 10%
Se evaluará en base a lo informado por el oferente en evaluación en su Anexo N°5. Oferta Económica, según los siguientes subcriterios:

• Precio mensual equipo permanente, 5%
  Cálculo del Puntaje:


Puntaje Precio mensual equipo permanente,  IVA incluido = (Menor Precio mensual equipo permanente Ofertado/ Precio mensual equipo permanente en evaluación) x 100 puntos

• Precio mensual equipo temporal., 5%
  Cálculo del Puntaje:

Puntaje Precio mensual equipo temporal IVA incluido = (Precio Costo mensual equipo temporal/ Precio mensual equipo temporal en evaluación) x 100 puntos



Puntaje Ponderado  Precio Arriendo Terminales POS, IVA incluido = Puntaje  Precio mensual equipo permanente x 5% + Puntaje  Precio mensual equipo temporal x 5% 


El puntaje ponderado del Criterio Precio, IVA incluido, se obtendrá con la siguiente fórmula:

Puntaje Ponderado Precio, IVA incluido = Puntaje  Comisión por transacción de tarjeta bancaria de crédito x 45% + Puntaje  Comisión por transacción de tarjeta bancaria de débito x 45% + Puntaje Precio Arriendo Terminales POS x 10%

14.2. EXPERIENCIA DEL OFERENTE, ponderación 30%.

Se evaluará en base a lo informado en Anexo N°3 , por el número de contratos actualmente vigentes firmados ante notario con instituciones públicas o privadas por servicios de pago con tarjetas de crédito y débito bancarias y otros con una antigüedad máxima de dos años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta, de acuerdo a la siguiente tabla:

Número entidades públicas con contratos vigente

Puntaje

Mayor o igual a 7

100

Entre 5 y 6 contratos

75

Entre 3 y 4 contratos

50

Entre 1 y 2 contratos

25

0

0


14.3.  TIEMPO DE IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO, ponderación 5 %.

Se evaluará en función de la información entregada en Anexo N°4 Oferta Técnica número 1, según la siguiente tabla:

Tiempo de implementación del servicio

Puntaje

Menor  o igual a 10 días hábiles (lunes a viernes)

100

Entre 11 y 15 días hábiles (lunes a viernes)

50

Mayor a 15 días hábiles (lunes a viernes)

0


14.4.  TIEMPO DE RESPUESTA POR FALLA OPERACIÓN DEL SERVICIO, ponderación 5 %.

Se evaluará en función de la información entregada en Anexo N°4 Oferta Técnica número 2, según la siguiente tabla:

Tiempo respuesta por falla operación del servicio

Puntaje

Menor o igual a 24 horas, días hábiles (lunes a viernes)

100

Entre 25 y 36 horas, días hábiles (lunes a viernes)

50

Mayor a 36 horas, días hábiles (lunes a viernes)

0


El Puntaje Ponderado Final, PPF del oferente en evaluación se obtendrá según la siguiente fórmula:

  PPF = Puntaje PRECIO*0,6 + Puntaje EXPERIENCIA DEL OFERENTE*0,3 + Puntaje TIEMPO IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO*0,05 + Puntaje TIEMPO DE RESPUESTA POR FALLA OPERACIÓN DEL SERVICIO*0.05

15. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio”.  Si el empate persiste, se adjudicará al oferente con mayor ponderación en el criterio “Experiencia del Oferente”Si el empate persiste, se adjudicará al oferente con mayor ponderación en el criterio “Tiempo de Implementación del Servicio”. Finalmente, de seguir dicho empate, se adjudicará al oferente con mayor ponderación en el criterio “Tiempo de Respuesta por Fallas de operación del Servicio”

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.

16. DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio un plazo que exceda el período alcaldicio requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.
17. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
18. DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
19. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, el oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. 
El desistimiento por esta causa deberá ser comunicado a la DAF, vía escrita, debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

20. DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.
21. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será de acuerdo a lo que se indica en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas y sus anexos. Será en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, en conformidad a lo estipulado en el contrato.
22. DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:
a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.
En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en los puntos a. (sólo si corresponde), y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos,contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

b. Si el oferente postuló con la modalidad ”Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

c. Declaración jurada simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

d. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115. F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

e. Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.
De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el oferente postuló con la modalidad de ”Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.
Cumplido los requisitos anteriores de parte del oferente adjudicado, en adelante llamado Proveedor, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad.
Una vez redactado el Contrato, se le informará al Proveedor mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que proceda a retirarlo y firmarlo Notarialmente. El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado a profesional responsable del contrato, en la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste.
Si el Proveedor no entregare los documentos de solicitados (letras a. y b. sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

La vigencia del contrato será por un periodo de 36 meses, contando desde la fecha del envío del correo electrónico al proveedor para realizar el inicio del servicio.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.
23. DE LA SUBCONTRATACIÓN
No se permite Subcontratación. Es un servicio muy especifico, similar a los servicios financieros, por ende resulta complejo traspasar la responsabilidad de los valores tranzados a un tercero. En todo evento el Proveedor es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores.
24. DE LA DISMINUCIÓN Y/O AUMENTO DEL CONTRATO
La Municipalidad podrá autorizar ampliación del contrato, entendiéndose por tal al aumento de plazo, previo informe técnico de la Inspección Técnica del Servicio, visado por el Director de la DAF y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.
Los aumentos efectivos del contrato deberán ser debidamente garantizados mediante garantía financiera, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término del servicio más 60 días hábiles.
Toda modificación que se realice (aumento o disminución del contrato), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspector Técnico del Servicio  al Proveedor  y se expresará en la pertinente modificaci
ón del contrato y su correspondiente decreto alcaldicio. En casos de aumentos del contrato, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción del contrato, podrá disminuirse el valor de las garantías.
25. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones: 

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 
2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos: 
     2.1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
- Se considerará grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del Proveedor de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.

- En caso de ocurrir las causales descritas en la cláusula De las Sanciones y/o Multas y su Aplicación o la descrita en la clausula Del inicio del Servicio, de las presentes bases, en razón a los incumplimientos descritos que ocasione el término anticipado del contrato.


    2.2.- Estado de Notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 

    2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica. 

    2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda. 

   2.5.- Fallecimiento del Proveedor, si se trata de una persona natural. 

   2.6.- Si el Proveedor al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en  2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.
26. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el proveedor, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del servicio, lo que será calificada por el Inspector técnico en atención al interés superior de lo licitado, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o Ia terminación anticipada del mismo, según procediera.
27. DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR
El Proveedor deberá ejecutar correcta y oportunamente los servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual. 
El Proveedor será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, de la adquisición, transporte, mano de obra y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Los aumentos del contrato, así como el retardo en la entrega del inicio del servicio, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con el servicio contratado, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie.
Corresponderá al Proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

28. DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Será obligación del Proveedor ejecutar el servicio según lo estipulado en los antecedentes de la presente licitación, y cumplir con lo siguiente:

a. Será obligación del Proveedor ejecutar el servicio con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

b. Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

c. Será obligación del Proveedor acatar  y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica del Servicio.

d. Será responsabilidad del Proveedor los pagos de permisos u otros similares, que sean necesarios pagar a Servicios Públicos o Privados con motivo de la ejecución y entrega del servicio que comprende la Licitación, si corresponde.

e. Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

f. El Proveedor deberá informar al Inspector Técnico del Servicio, si la factura correspondiente al pago fue cedida o no al factoring.

g. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.

h. Con el fin de lograr un adecuado funcionamiento del sistema y con el objeto de evitar errores el proveedor dará a la Municipalidad capacitación inicial  de la operatoria y manejo del sistema instruyendo y capacitando a los trabajadores que operaran el sistema. Adicionalmente, es responsable de mantener actualizados los protocolos de operación.

29. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Proveedor.
 
La orden de compra deberá estar en estado aceptada para el correspondiente pago. Si el Proveedor no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso que deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

30. DEL PLAZO
El plazo fijado para la ejecución del servicio se entenderá en días hábiles, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

32. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO
La ejecución del servicio por parte del Proveedor, se efectuará en base a lo estipulado al contrato firmado ante notario por ambas partes, en base a lo ofertado por el Proveedor en su Anexo N°5. Oferta Económica. El pago de la comisión será calculado por el I.T.S. o quien lo subrogue. Para ello, se  deberá acceder a la plataforma de la empresa  proveedora,  para obtener el total de ventas  abonadas en el mes,  luego de ello se aplicará a este total, la tasa ofertada. Con esta información se solicitará la orden de compra a la sección de adquisiciones para la facturación, este procedimiento será mensual, el proceso de facturación se detalla en el punto 5 de las Especificaciones Técnicas.
33. DE LOS PERMISOS
El Proveedor deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de realizar el servicio con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.
34. DEL INICIO DEL SERVICIO
Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico del Servicio designado mediante decreto alcaldicio, notificará mediante correo electrónico al proveedor para realizar el inicio del servicio mediante Acta de Inicio del Servicio, en un plazo no mayor a 7 días hábiles desde la notificación.
Si el Proveedor o su representante no concurriese en la oportunidad fijada para el Inicio del Servicio, la Municipalidad le señalará un nuevo plazo que no exceda de 07 días hábiles. Expirado éste, y si no concurriese nuevamente, se dará término anticipado al contrato, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

35. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica del Servicio o Inspector Técnico del Servicio (I.T.S.) al profesional a quien la DAF le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio correspondiente a la presente licitación y, en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando Inspector Técnico del Servicio suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico del Servicio será responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente; así como también, realizar las gestiones pertinentes para que la renovación anual de la garantía de fiel cumplimiento del contrato se mantenga con la vigencia en tiempo y forma.
Durante el período de ejecución del Servicio, siempre habrá al menos un Inspector Técnico del Servicio.

36. DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO DEL SERVICIO
Serán atribuciones del Inspector Técnico del Servicio lo siguiente:

a. El Inspector Técnico del Servicio inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

b. El Inspector Técnico del Servicio podrá exigir el término de las labores de cualquier trabajador del Proveedor, así como de los subcontratistas, si correspondiese, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del Inspector Técnico del Servicio, quedando siempre responsable el Proveedor por los fraudes o abusos que haya podido cometer la persona desvinculada.

c. El Inspector Técnico del Servicio tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquello no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio al Proveedor serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica del Servicio estipule.

37. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
No habrá Libro de la Inspección Técnica del Servicio, el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico del Servicio y el Proveedor, será vía correo electrónico enviando por esta vía los oficios digitalizados. A través de este medio se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:

 - Fecha del inicio del servicio.
 - Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica del Servicio.
 - Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el Proveedor.
 - Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico del Servicio.
 - Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

39. DEL PAGO
La Municipalidad de Los Ángeles, pagará al Proveedor conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°5. Oferta Económica. Se pagarán en estados de pago mensuales, contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K, domiciliada en Caupolicán N°399, Los Ángeles, la cual deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente, aceptada por el Proveedor.

- El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contraprestación conforme, de acuerdo al Contrato firmado ante Notario.

- Previo a la emisión de la Factura, el Estado de Pago debe contar con VºBº del Inspector Técnico del Servicio y del Director DAF .

- La Factura debe contar con VºBº del Inspector Técnico del Servicio y Director DAF, que certifique la efectiva realización del servicio, de acuerdo a la oferta presentada por el Proveedor y especificaciones técnicas.
40. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
I. Será obligación del Proveedor presentar los siguientes documentos:

i. Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K.  En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente al pago.  Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.

ii. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución del servicio. Así mismo para los Subcontratistas, si corresponde.

iii. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el periodo correspondiente al proceso de pago. Así mismo para los subcontratistas, si corresponde.

iv. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1). Así mismo para los subcontratistas, si corresponde.


II. Será obligación de la Inspección Técnica del Servicio presentar los siguientes documentos para el pago:

i. Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, con visto bueno del Director de la DAF y del Inspector Técnico del Servicio.

II. Para el primer pago:  Correo electrónico de aviso al proveedor para realizar el inicio del servicio.

iii. En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

iv. Orden de compra aceptada por el Proveedor.

v Fotocopia de Bases Administrativas, y Especificaciones Técnicas.

vi. Fotocopia de Oferta Económica del Proveedor, según Anexo Nº 5.

vii. Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.

viii. Decreto que designa Inspector Técnico del Servicio y suplente.

ix. Copia de contrato y sus modificaciones si correspondiere.

x.  Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si correspondiere.

xi. Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

xii. En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas.
41. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
En el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:

1.- Servicio de Operación Tarjeta de Crédito      

Por incumplimiento en la entrega del “servicio de operación de Tarjeta crédito” contratados se aplicará una multa de 1 UF por cada día sin servicio, con tope de 5 días. Si el incumplimiento es mayor a 5 días corridos, la Municipalidad procederá a dar término anticipado al contrato y se ejecutará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

2.- Servicios de Operación Tarjeta de Débito      

Por incumplimiento en la entrega del “servicio de operación de Tarjeta débito contratados se aplicará una multa de 1 UF por cada día sin servicio, con tope de 5 días. Si el incumplimiento es mayor a 5 días corridos, la Municipalidad procederá a dar término anticipado al contrato y se ejecutará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

3.- Terminales de operación

Por incumplimiento en la disponibilidad de los “terminales de operación” contratados se aplicará una multa de 1 UF por cada día sin servicio, con tope de 5 días. Si el incumplimiento es mayor a 5 días corridos, la Municipalidad procederá a dar término anticipado al contrato y se ejecutará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

4.- Tiempo de Respuesta

Por incumplimiento en tiempo de respuestas para atender fallas de operación indicado en su oferta, se aplicará una multa de 1 UF por cada día sin servicio, con tope de 5 días. Si el incumplimiento es mayor a 5 días corridos, la Municipalidad procederá a dar término anticipado al contrato y se ejecutará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

Toda Sanción o Multa que se hubiese hecho merecedor el Proveedor le será comunicada oficialmente por el I.T.S. vía correo electrónico.

El monto en pesos de la UTM será del mes en que se curse la respectiva multa.

Las multas se descontarán del monto del Estado de Pago mensual correspondiente, o de las garantías vigentes si fuese necesario.

El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico del Servicio.

Toda multa a favor de la Municipalidad de Los Ángeles, apelada o no por el Proveedor, será formalizada mediante decreto alcaldicio.

42. DE LA APELACIÓN DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS
El Proveedor podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.  Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.  De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control, o quienes los subroguen, de la Municipalidad de los Ángeles.  Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el contratista.  La falta de apelación por parte del contratista a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes.  La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la dirección Municipal respectiva, a la DAF.
43. DE LOS DESCUENTOS
De la garantía de fiel cumplimiento del contrato podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Proveedor.
44. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplido el plazo de vigencia de ejecución del Servicio, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 60 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Proveedor. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Proveedor la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.
45. DE LAS GARANTÍAS
- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
En caso de aumento del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato. La nueva garantía deberá ser ingresada en la DAF y canjeada por la originalmente entregada.
En caso de disminución del contrato podrá reemplazarse por otra de acuerdo a la disminución del monto contractual.
En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor deberá considerar que la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato deberá mantenerse vigente durante toda la duración de éste más 60 días hábiles, de lunes a viernes. En caso de que esté por vencer, el Inspector Técnico del Servicio deberá solicitar una renovación de ésta cumpliendo con los plazos estipulados en las presentes bases.
46. DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución del servicio se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Proveedor.
47. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica del Servicio, no libera al Proveedor de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de la ejecución del servicio será exclusivamente del Proveedor.
48. DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Proveedor.
49. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
50. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. .

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.