Licitación ID: 2408-431-LE19
SERVICIO DE FUMIGACIÓN Y DESRATIZACIÓN COMUNA DE LOS ÁNGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de exterminación o fumigación 1 Unidad
Cod: 72102103
fumigación y desratización de patios de viviendas particulares y dependencias municipales, según eett.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE FUMIGACIÓN Y DESRATIZACIÓN COMUNA DE LOS ÁNGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Los Ángeles requiere contratar el servicio de fumigación y desratización para casas particulares y dependencias municipales ubicadas en área urbana, rural y Sector San Carlos de Purén, según requerimientos e indicaciones de las Especificaciones Técnicas adjuntas a las presentes bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
colo colo 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2019 10:00:00
Fecha de Publicación: 07-10-2019 9:52:17
Fecha inicio de preguntas: 07-10-2019 17:00:00
Fecha final de preguntas: 10-10-2019 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-10-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-10-2019 10:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-10-2019 10:30:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2019 16:29:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA SERIEDAD OFERTA: 1.1.- Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, en Oficina de Partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº 399, Primer piso, Los Ángeles, hasta las 13:30 hrs. del día hábil anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas (de Lunes a Viernes). 1.2.- En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. 1.3.- El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. 1.4.-Previo al Acto de apertura La Comisión de Apertura verificará la presentación de la garantía de Seriedad de la Oferta. Si dicha garantía no cumple con los requerimientos de tiempo y forma, el oferente quedará fuera de bases, y no se procederá a abrir su oferta.
2.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: i) Identificación del Oferente, según Anexo Nº1. ii) Declaración Jurada Simple, según Anexo Nº2. iii) Anexo Declaración Jurada Simple de no Tener Prohibición de Contratar, según Anexo Nº3. (En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión). iv) .-En caso que el oferente, postule con la modalidad “ Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.;Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip. rar. u otros.
3.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº4. Experiencia del Oferente. El o los oferentes deberán ingresar obligatoriamente Anexo Nº4. En el caso de informar experiencia, ésta se deberá acreditar mediante certificados emitidos por instituciones públicas o privadas por servicios de fumigación y/o desratización a viviendas particulares (se evaluarán el número de servicios), ejecutados dentro de los dos últimos años, hacia atrás, desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas. La comprobación de los documentos de acreditación se realizará en la etapa de evaluación. En el caso de no tener experiencia, deberá indicarlo en Anexo Nº4 y no deberá subir documentos de acreditación.
 
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS TÉCNICOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica, según Anexo Nº5.
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO FUMIGACIÓN Se evaluará según lo estipulado en cláusula Nº13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto Nº9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas de las presentes bases. 40%
2 EXPERIENCIA Se evaluará según lo estipulado en cláusula Nº13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto Nº9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas de las presentes bases. 20%
3 PRECIO DESRATIZACIÓN Se evaluará según lo estipulado en cláusula Nº13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, del punto Nº9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas de las presentes bases. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 13000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL VALOR INDICADO COMO “MONTO TOTAL ESTIMADO” CORRESPONDE AL PRESUPUESTO TOTAL DISPONIBLE PARA EL CONTRATO, CON IMPUESTOS INCLUIDOS.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Tesorería
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Pablo Peña León
e-mail de responsable de contrato: jpena@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2409462-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-11-2019
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: La glosa deberá indicar: "PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PÚBLICA: SERVICIO DE FUMIGACIÓN Y DESRATIZACIÓN COMUNA DE LOS ÁNGELES"
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-07-2020
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptarán documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones y se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: La Glosa deberá indicar "Para Garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato en propuesta pública: SERVICIO DE FUMIGACIÓN Y DESRATIZACIÓN COMUNA DE LOS ÁNGELES"
Forma y oportunidad de restitución: El oferente adjudicado podrá solicitar devolución de la garantía una vez realizada la liquidación del contrato, mediante documento escrito o correo electrónico al Inspector Técnico, indicando nombre del oferente adjudicado, nombre e ID de la licitación, número del documento de garantía y entidad que la emitió.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CLÁUSULAS
1. DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 
2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2.5.5.- Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula 25 de las presentes bases administrativas.
( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.


3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Ítem: 24.01.007.008
Centro de Costo: 23.04.06
Nombre Ítem: Servicio de Desratización y Fumigación.
Plan de Compras: 2408-195-PC19

4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Administrativos, Especificaciones, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA
- Normativa Vigente. 
- Decretos modificatorios, si corresponde.
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
- Especificaciones Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente. 
- Decretos modificatorios, si corresponde.
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos. 
- Oferta Económica. 
- Contrato.

5. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación”  y/o  "responsable del contrato".

6. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7. DE LA OFERTA
La presente licitación pública corresponde a la contratación de servicios de desratización y fumigación para recintos particulares y dependencias municipales, según lo estipulado en Especificaciones Técnicas adjuntas a las presentes bases.
El presupuesto disponible para la ejecución del servicio  es por un valor de $13.000.000 (Trece millones de pesos), con impuestos incluidos.  Cada oferente deberá presentar su propuesta según Anexo Nº5, Oferta Económica, en valores unitarios, con IVA incluido.
Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el valor indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el valor indicado en Anexo  Económico, prevalecerá el valor del Anexo Económico.

En el caso de haber errores aritméticos en la sumatoria de los precios informados, la oferta se considerará inadmisible. 
Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases por parte del oferente. Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones si las hubieren, Especificaciones Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación.

8. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante un plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato. 

9. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10. DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

11. DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA
La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de Medio Ambiente, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12. DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las propuestas se realizará en base a los siguientes criterios de evaluación: 
· Precio Fumigación, ponderación 40%, según Anexo Nº5. Oferta Económica.
Se evaluará en base a regla de tres simple, por la siguiente fórmula:
Puntaje Precio Fumigación = (Menor Precio Ofertado/Precio Oferta en Evaluación) x 100
El precio a evaluar es la sumatoria de precios unitarios del servicio de fumigación, indicado en Anexo Nº5. Oferta Económica, con IVA incluido.
El menor precio ofertado del servicio de fumigación, obtendrá puntaje máximo, es decir, 100 puntos.

· Experiencia 20%, según Anexo Nº4. Experiencia del Oferente
Se evaluará en base a la suma de casas fumigadas y/o desratizadas  según lo siguiente:
- 5.000 o mas servicio de Fumigación y/o Desratización = 100 puntos.
- Entre 1 y 4.999  servicio de Fumigación y/o Desratización = 50 puntos.
- Sin experiencia = 0 punto.

· Precio Desratización, ponderación 40%, según Anexo Nº5. Oferta Económica.
Se evaluará en base a regla de tres simple, por la siguiente fórmula:
Puntaje Precio Desratización = (Menor Precio Ofertado/Precio Oferta en Evaluación) x 100
El precio a evaluar es la sumatoria de precios unitarios del servicio de desratización, indicado en Anexo Nº5. Oferta Económica, con IVA incluido.

El menor precio ofertado del servicio de desratización, obtendrá puntaje máximo, es decir, 100 puntos.

El Puntaje Total Ponderado, PTP, del Oferente en evaluación, se calculará según la siguiente ecuación:

PTP = Puntaje Precio Fumigación x 40% + Experiencia x 20% + Puntaje Precio Desratización x 40%.


14. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio Fumigación”. De continuar el empate entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio Desratización”. Si el empate persiste, se adjudicará al oferente con mayor ponderación en el criterio “Experiencia”
Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.

15. DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal. 

READJUDICACIÓN: Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos  para contratar , no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y Normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

16. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

17. DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

18. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la apertura de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Medio Ambiente, vía documento escrito.

19. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado mediante estados periódicos en moneda nacional.

20. DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Será obligación del Oferente Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las presentes Bases, Anexos, Especificaciones Técnicas, Normativa Vigente y demás documentación de las presentes bases:
- El oferente adjudicado deberá contar con profesional y personal de acuerdo a lo establecido en el reglamento de pesticidas y uso sanitario y doméstico Nº157 del Ministerio de Salud.
- Deberá proveer a los operarios elementos de protección personal e implementos del trabajo, como también velar el correcto uso de estos elementos junto con la correcta manipulación y aplicación de plaguicidas.
- Deberá disponer a lo menos de un vehículo destinado exclusivamente al cumplimiento de esta licitación, el cual deberá contar con cabina separada del chófer con área de carga delimitada, ventilación y contenedores para el almacenamiento de los productos y materiales para contener o absorber derrames.
- El vehículo deberá estar señalizado según normativa indicada en Decreto Nº298, de 1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones y dotado de un sistema de comunicaciones para atender situaciones de emergencia (radioy/o celular).
- Deberá someter el transporte de plaguicidas a lo establecido en el Reglamento sobre Transporte de Cargas Peligrosas por calles y caminos, Decreto Nº 298 de 1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones o el que lo reemplace, junto con lo estipulado sobre etiquetado.
- El transporte de plaguicidas, considerados peligrosos, deberá ser transportados por personal debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria correspondiente, con validez en todo el territorio nacional.  
- Deberá presentar al Inspector Técnico antes del inicio del servicio Plan de Contingencias para abordar posibles accidentes que pudiesen ocurrir durante el transporte o aplicación de los productos.
- Deberá tomar las medidas pertinentes, según artículo Nº82, del Decreto Nº157 sobre el Reglamento de uso de Pesticidas.
- El Oferente Adjudicado deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del adjudicado. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución del presente servicio que debe realizar el adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.
- El oferente adjudicado deberá informar al Inspector Técnico si la factura fue cedida o no fue cedida al factoring para el estado de pago correspondiente. 

21. DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 5 días hábiles los siguientes documentos:
1.- Resolución Sanitaria vigente de la SEREMI de Salud.
2.- Patente municipal al día y correspondiente al rubro.
3.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.
En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto 1 y 2, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de adjudicación de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.
4.- Si el oferente postuló con la modalidad  ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.
Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.
Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado  (en adelante el Contratista), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, se informará al Contratista mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.
El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado en la Dirección de Medio Ambiente, de la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste, en la misma ocasión el Contratista deberá hacer entrega de las Garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
Si el Contratista no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1,2,3 y 4 o no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Contratista.
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, se informará para su resolución a los tribunales ordinarios de justicia.
La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato.
El Contratista no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

21. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Oferente Adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Unidad Técnica en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El adjudicado previo informe y autorización de la Inspección Técnica podrá subcontratar parte de lo contratado, hasta 30% máximo, a excepción de aquellas tareas u operaciones que impliquen el uso de sustancias peligrosas.

22. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Deberá Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
  a.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas.
  b.- Declaración de quiebra del Adjudicado.
  c.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
  d.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
  e.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
  f.-  Fallecimiento del Oferente Adjudicado, si se trata de una persona natural.
En caso de producirse las causales indicadas en las letras a, b, c y/o d, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

23. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado ante notario en el portal www.mercadopublico.cl, el profesional responsable de la licitación solicitará a profesional de Secplan la emisión de la primera orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado tendrá un plazo de 24 horas para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el oferente no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. 
A partir de la segunda orden de compra, el profesional responsable de la licitación solicitará la emisión de la correspondiente orden de compra a la unidad de Adquisiciones de la Municipalidad.

24. DEL PLAZO
El plazo de vigencia del contrato será desde la fecha de decreto que aprueba contrato, hasta el 30 de abril del año 2020. Posteriormente la Dirección de Medio Ambiente, solicitará los servicios de fumigación y desratización mediante órdenes de pedido al oferente adjudicado. Las ordenes serán enviadas por correo electrónico.
El tiempo de respuesta de los servicios requeridos comenzará a regir 24 horas (hábiles de lunes a viernes) posteriores a la solicitud de la inspección técnica de servicio de esta manera el contratista tendrá un plazo máximo de 3 días hábiles (de lunes a viernes) para iniciar los servicios requeridos por la inspección técnica.

25. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO
La Inspección Técnica, podrá aprobar el aumento de plazo de vigencia del contrato, a petición fundada del Oferente Adjudicado, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al adjudicado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc. 
El Oferente Adjudicado deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, dentro de los siete días hábiles posteriores desde ocurrida la(s) causa(s) que lo origine y considerando que debe ser al menos 15 días corridos antes del término del Contrato. 
En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo. 
Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución del contrato, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Especificaciones Técnicas. 
La Inspección Técnica enviará informe técnico al Alcalde, para solicitar decreto que apruebe el aumento de plazo. 
Una vez aprobado por el Alcalde la solicitud de aumento de plazo, la Inspección Técnica solicitará redacción de modificación de contrato, decreto aprueba modificación de contrato y garantía de ampliación de contrato. 

26. DEL PAGO
La Municipalidad, pagará al oferente adjudicado en estados de pago mensuales, de acuerdo a formato entregado por la Inspección Técnica, en base a las órdenes de pedido realizadas por la Dirección de Medio Ambiente, de acuerdo al contrato y oferta presentada en Anexo Nº5. Oferta Económica. El pago será contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K, indicando número de orden de compra correspondiente. 

27. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos: 

Será obligación del Oferente Adjudicado presentar los siguientes documentos: 
• Estado de pago correspondiente a formato entregado por la Municipalidad. 
• Factura del estado de pago correspondiente, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en calle Caupolicán N°399  Los Ángeles. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente. 
• Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio correspondiente al estado de pago, así mismo para los subcontratistas. 
• Certificado de cumplimiento vigente de las obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo que acredite que el oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el periodo correspondiente al estado de pago, así mismo para los subcontratistas. 
• Para el último estado de pago, finiquitos de trabajadores si corresponde y certificado del oferente adjudicado que señale qué pasará con los trabajadores no finiquitados, así mismo para los subcontratistas.

Será obligación del Inspector Técnico presentar los siguientes documentos para el pago: 
• Factura, con visto bueno de la Encargada de Medio Ambiente e Inspector Técnico, del Estado de Pago correspondiente. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente. 
•  Órdenes de pedido del estado de pago correspondiente.
•  En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl. 
• Fotocopia de Bases Administrativas, y Especificaciones Técnicas.
• Fotocopia de Oferta Económica del oferente adjudicado, según Anexo Nº5. 
• Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación. 
• Fotocopia de Decreto Alcaldicio que designa Inspector Técnico.
• Fotocopia de Contrato y sus modificaciones, si corresponde.
• Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si corresponde.
• En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas durante el periodo del estado de pago correspondiente. 

28. DE LOS DESCUENTOS
En el pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán de los estados de pago correspondientes del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

29. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, I.T., al profesional de la Dirección de Medio Ambiente, a quien la Encargada de Medio Ambiente le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando I.T. suplente y las funciones a desarrollar. El Inspector Técnico será responsable de supervisar la ejecución del servicio conforme a la normativa aplicable a las materias de la presente licitación, así como las Especificaciones Técnicas, Consultas y Aclaraciones si las hubieren y demás documentación correspondiente a la presente licitación. 

30. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA
El oferente adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de Inspección Técnica del Servicio, que será el medio de comunicación oficial entre la I.T. y el oferente adjudicado. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como: 
- Fecha de inicio del Servicio. 
- Las observaciones e instrucciones que realice la I.T. 
- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el oferente adjudicado. 
- Notificaciones de multas que notifique la I.T. 
- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato. La hoja original del libro será retirada por la I.T., y la primera copia por el oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos. 

31. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
El incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción o multa.
Se aplicará multa en los siguientes 
situaciones, deficiencias, y/o actuaciones:

1-  No emplear los elementos de seguridad en el lugar del trabajo, según normativa de seguridad vigente por vez detectada/día 2 U.T.M.
2-  Personal realizando labores en estado de intemperancia y/o falta a la moral y a las buenas costumbres por vez detectada/día 1 U.T.M.
3- Ausencia, insuficiencia o mal estado del vehículo por vez detectada/día 1 U.T.M.
4- No cumplir con la planificación o instrucciones del I.T.S.  por vez detectada/día 2 U.T.M,
5- Abandono o acopio de materiales en casas o vía pública por vez detectada/día 2 U.T.M.
6- No cumplir con las dosis de fumigación y/o desratización requeridas en las EETT  por vez detectada/día 1 U.T.M.
7.- No cumplir con el tiempo de respuesta de inicio de los servicios requeridos o planificados por la inspección técnica.

Se consideran faltas graves las sanciones indicadas en los números 1 y 2. En el caso de cursarse 10 multas calificadas como "falta grave", se dará termino anticipado del contrato y se hará cobro de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

En el caso de cursarse 20 multas de las causales detalladas en los números 3 al 7, se dará termino anticipado del contrato y se hará cobro de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico.  El oferente adjudicado se entenderá por notificado de la multa 48 horas (continuas) después de la notificación de la multa en el Libro de Inspección Técnica del Servicio.
Toda multa a favor del mandante se sancionará mediante decreto alcaldicio.

32. DE LA APELACIÓN DE LAS MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas,hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el contratista. La falta de apelación por parte del contratista a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La resolución de la Comisión de Apelación que acoja o rechace la apelación será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección de Medio Ambiente.

33. DE LAS GARANTÍAS Y SU DEVOLUCIÓN
Los documentos de garantía deberán ir a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT: 69.170.100-K. Toda devolución de documentos de garantía a nombre de la Municipalidad deberá ser solicitado por el interesado de acuerdo a lo estipulado en el punto Nº8. Garantías Requeridas, de las presentes Bases. Será obligación del Oferente Adjudicado mantener, bajo su costo, todas las garantías consideradas en la licitación, vigentes durante el periodo que corresponda. 

34. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad y resultados del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.

35. DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio indicado en la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

36. DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución del servicio se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Oferente Adjudicado, salvo caso fortuito o fuerza mayor. En todo caso, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de la ejecución de dichas obras, de conformidad con la normativa legal vigente.

37. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplido el plazo de vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 30 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se devolverá al Oferente Adjudicado la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 
En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará a través de la Inspección Técnica.

38. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

39. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. .
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con y sin fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.