Licitación ID: 2408-5-LQ24
SUMINISTRO DE MEDIAGUAS INSTALADAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 35
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Casas 1 Unidad
Cod: 30201601
Mediaguas de Madera, según bases técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO DE MEDIAGUAS INSTALADAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar el suministro de mediaguas instaladas, según indicaciones descritas en las Bases Técnicas de la presente licitación, para ir en ayuda de familias en situación de emergencia en el sector urbano y rural de la comuna
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
CAUPOLICAN 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 19-03-2024 9:00:00
Fecha de Publicación: 26-02-2024 8:51:02
Fecha inicio de preguntas: 26-02-2024 17:45:00
Fecha final de preguntas: 07-03-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-03-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-03-2024 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-03-2024 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-04-2024 16:36:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- DOCUMENTACIÓN A INGRESAR FÍSICAMENTE. Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior ala fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta,preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: ANEXO N°1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
3.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Requisitos para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión. EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
Documentos Técnicos
1.- Anexo nº 3, Programa de Integridad. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el anexo Nº3,Programa de Integridad y/o documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4. OFERTA TÉCNICO ECONÓMICA
2.- ANEXO N°5. DOCUMENTO ECONÓMICO PARA EVALUAR
3.- El OFERENTE QUE NO INGRESE TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA EN LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS, SERA DECLARADO FUERA DE BASES.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°14. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 70%
2 PLAZO DE ENTREGA E INSTALACIÓN Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°14. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 28%
3 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°14. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 200000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL PRESUPUESTO INDICADO ES EL MONTO TOTAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, CON IMPUESTOS INCLUIDOS.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Luis Vergara Zapata
e-mail de responsable de contrato: lvergara@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2218583-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 07-06-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art.31 del Reglamento de la ley 19.886, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento(formato libre)en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: Para Garantizar Seriedad de la oferta en propuesta pública: "SUMINISTRO DE MEDIAGUAS INSTALADAS".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato,indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 25-04-2025
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, por un monto equivalente a un 5% del presupuesto total disponible de la presente licitación. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut: 69.170.100-K. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones y deberá ser entregada dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de adjudicación en el portal.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: SUMINISTRO DE MEDIAGUAS INSTALADAS"
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía, el adjudicatario deberá enviar correo electrónico enviado al Inspector Técnico solicitando su devolución e indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.


2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La Unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula “DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.


3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO

Ítem: 24.01.007.005

Nombre: Suministro de mediaguas instaladas

Centro de Costo: 26.03.07

Subprograma: 04

Plan de Compras: 3400-335-PC24


4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.

Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Técnicas.


PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Oferta Técnico Económica.

- Documento económico para evaluar

- Contrato


5. DEL MARCO NORMATIVO

La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.


6. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, debe realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y/o responsable del contrato”.


7. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Municipalidad podrá modificar las presentes bases, sus anexos y demás antecedentes; ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.   Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.  Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.


8. DE LA OFERTA

La presente licitación pública corresponde al requerimiento por parte de la Municipalidad de Los Ángeles, a través de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, del suministro de mediaguas y su instalación para ir en ayuda de familias en situación de emergencia en el sector urbano y rural de la comuna de Los Ángeles.

El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados al suministro, tanto como mano de obra para la instalación y el transporte necesario, según lo indicado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación e indicar Precio unitario IVA incluido, según Anexo Nº4 Oferta Técnico Económica de lo contrario quedará fuera de bases.

El presupuesto disponible para el contrato es de $200.000.000 con IVA incluido, para el total del suministro, cuyo contrato tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2024 o antes si se agota el presupuesto disponible. 

Para el caso de ingresar la oferta en el portal, deberá indicarla como $1.

Las cantidades indicadas en anexo nº 5 Documento económico para evaluar son solo referenciales, por lo que las cantidades a solicitar durante el período de contrato pueden variar a lo indicado.

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente participante en el portal www.mercadopublico.cl, el precio indicado en Anexo N°4. Oferta Técnico Económica y anexo n° 5 Documento económico para evaluar, para todo evento prevalecerá el precio indicado en el Anexo N°4. Oferta Técnico Económica del o los oferentes participantes.  Sin embargo, en el caso que en el Anexo N°4. Oferta Técnico Económica se presenten errores que sean fácilmente subsanables mediante la aplicación de operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación recalculará la o las ofertas presentadas y la evaluación se aplicará sobre los resultados obtenidos, usando como máximo dos decimales.

De lo anterior, en el caso que hayan errores en el Anexo N°4 y anexo n° 5, que hayan sido subsanados por la comisión de evaluación, se entenderá que para la oferta se considerarán los precios subsanados por la comisión.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases por parte del oferente. Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Bases Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación.


9. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o hasta la firma del contrato, por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.


10. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.


11. DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl.


12. DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y PROCESO DE APERTURA

La Comisión de Apertura estará conformada por profesional de la Dirección de Secplan, funcionario integrante de la comisión de evaluación y Funcionario Responsable o encargado de la Licitación, entendiéndose por tal, aquel perteneciente a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

En caso de que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados, ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso de que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación).

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.


13. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.


14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas, por los siguientes criterios de evaluación:

14.1. Precio, ponderación 70%

Se evaluará según lo ofertado en el Anexo N°5. Documento económico para evaluar.

El puntaje se obtendrá mediante la siguiente fórmula:


   Puntaje Precio = (Menor Precio Ofertado / Precio en Evaluación) x 100 puntos.

Donde:

- Menor Precio Ofertado IVA Incluido, corresponde al menor Precio Total IVA Incluido, válidamente ofertado entre los oferentes en evaluación.

- Precio en Evaluación, corresponde al Precio Total IVA Incluido del oferente en evaluación.


El precio a evaluar será lo indicado en el Anexo N°5. Documento económico para evaluar como Precio Total IVA Incluido, sin embargo, en el caso de que el Anexo N°5 del o los oferentes en evaluación presente errores, cuya subsanación sea mediante la aplicación de operaciones aritméticas de simple solución, la comisión recalculará los precios ofertados y la evaluación se aplicará sobre los resultados que la comisión obtenga, utilizando dos decimales.


14.2. Plazo de entrega e Instalación, ponderación 28%

Se evaluará según lo informado por los oferentes participantes en el Anexo N°4. Oferta Técnico Económica, mediante la siguiente tabla:

Plazo de entrega e instalación 

(en días hábiles)

Puntaje

Desde

Hasta

1

2

100 puntos

3

4

70 puntos

5

30 puntos

6 ó más

Fuera de bases en etapa de evaluación

No informa plazo de entrega e instalación

Fuera de bases en etapa de evaluación



El plazo será considerado en días hábiles, es decir, contado de lunes a viernes.

El plazo de entrega e instalación comenzará a regir desde la fecha del requerimiento del suministro, hasta el momento en que la mediagua esté debidamente instalada.


14.3. Programa de Integridad, ponderación 2%

Se evaluará de acuerdo a lo informado en anexo n°3 "Programa de Integridad", y se obtendrá de acuerdo a la siguiente tabla:

CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

 SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

 

100 puntos

 SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

 

0 puntos

 NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

 

0 puntos


Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el anexo Nº3, Programa de Integridad y/o documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente.



El Puntaje Total Ponderado (PTP) del Oferente en evaluación se obtiene según lo siguiente:

   PTP =  Puntaje Precio x 70% + Puntaje Plazo de Instalación x 28% + Puntaje Programa de Integridad x 2%

Nota: Para la evaluación, se considerarán dos decimales.




15. DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Precio” .Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Plazo de entrega e  Instalación”.  Finalmente, si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Programa de Integridad

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.


16. DE LA ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio en un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.


17. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.


18. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, el oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.

El desistimiento por esta causa  deberá ser comunicado a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, vía escrita, debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.


19. DE LA READJUDICACIÓN

Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


20. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será en base a los precios informados, según Anexo N°4. Oferta Técnico Económica, cuyo precio se entenderá como suma alzada, en consideración que contempla los costos de adquisición e instalación de las mediaguas; en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado en pagos mensuales en conformidad a los requerimientos que haga la unidad Mandante, según lo estipulado en el contrato, en moneda nacional.


21. DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de ser una Empresa creada a través de la página web, es necesario presentar el certificado de estatuto actualizado para acreditar la personería de la persona que firmará dicho contrato.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en los puntos a. (sólo si corresponde), y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

b. Si el oferente postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

c. Declaración jurada Habilidad en Registro de Proveedores. En el caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

d. Certificado de antecedentes laborales y previsionales, art. 6 Ley de presupuestos 2024, N°21.640. F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

e. Garantía Fiel cumplimiento del contrato.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el oferente postuló con la modalidad de “Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del oferente adjudicado, en adelante llamado Proveedor, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad.

Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Proveedor no entregare los documentos de solicitados (letras a. y b. sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

La vigencia del contrato será desde el decreto Alcaldicio que aprueba el contrato hasta la Liquidación del contrato.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.


22. DE LA SUBCONTRATACIÓN

En todo evento el Proveedor es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El Proveedor, previo informe y autorización del Inspector Técnico, podrá subcontratar parte de lo licitado, hasta 30% máximo.


23. DEL AUMENTO DEL CONTRATO

La Municipalidad podrá autorizar la ampliación de la cantidad de suministros que son materia de la presente licitación, previo informe técnico de la Inspección Técnica y visado por el Director de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la unidad mandante.

Toda modificación que se realice, una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica al Proveedor y se expresará en su correspondiente decreto Alcaldicio.

En caso de aumento del contrato, deberá complementarse la o las garantías correspondientes.


24. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato, en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

                2.1. Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Bases Técnicas, y toda documentación que rige la presente licitación.

Se entiende por incumplimiento grave:

2.1.1 Se entenderá por incumplimiento grave a lo estipulado en la Cláusula N°37 De las Sanciones y/o Multas y su aplicación, lo referido al monto máximo de multa que ocasionen el término anticipado del contrato y el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

                2.2. Estado de Notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

                2.3. Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

                2.4. Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

                2.5. Fallecimiento del Proveedor, si se trata de una persona natural.

                2.6. Si el Proveedor al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en  2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.


25. DE LA RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR

El Proveedor deberá ejecutar correcta y oportunamente la entrega de los suministros contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El Proveedor será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, de la adquisición, transporte, mano de obra y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

El retardo en la instalación de las mediaguas, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con el servicio contratado, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie.

Corresponderá al Proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.


26. DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

a. Será obligación del Proveedor cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Contrato.

b. Deberá hacer entrega del suministro y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

c. Deberá reponer el o los suministros en el plazo estipulado en las presentes bases, sin perjuicio del cobro de multas a las que se pueda ver afectado el  Proveedor a causa de esta obligación.

d. Acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

e. Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

f. Será responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

g. El Proveedor deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.

h. Será obligación del Proveedor cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios, según corresponda.

i. El Proveedor es el único responsable de emergencias, daños a terceros o de sus trabajadores, si corresponde, en razón de las obligaciones contraídas de la presente licitación; en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios, si corresponde.

j. El Proveedor está obligado y se compromete a ejecutar las obligaciones contraídas de la presente licitación con el menor malestar a los vecinos, en donde éstas se ejecuten. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local.

k. Será obligación del Proveedor solicitar la Recepción Conforme al Inspector Técnico cada vez que se requiera del suministro del cual es materia la presente licitación, como también el notificar al Inspector Técnico el término de las obligaciones contraídas de la presente licitación, sin perjuicio de las recepciones gestionadas por la Inspección Técnica.

l. Será obligación del proveedor mantener un correcto orden y limpieza del lugar de montaje durante y después del proceso de instalación de la vivienda de emergencia.

m. Todo el personal de apoyo, técnico y logístico en la ejecución del suministro, debe mantener en todo momento el debido resguardo de las condiciones de seguridad y prevención de riesgos.

n. Será obligación del proveedor verificar el estado de sobriedad de los trabajadores.

ñ. Será obligación del proveedor dar a conocer, con alguna frecuencia, entre el personal que realiza trabajos en altura, las medidas de prevención que debe adoptar a fin de evitar accidentes.

o. El Proveedor deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago fue cedida o no al factoring para el estado de pago correspondiente.

p. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el  Proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.


27. DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes, el Responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Contratista.

La orden de compra deberá estar en estado aceptada para el respectivo pago. Si el Contratista no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.


28. DEL PLAZO

El plazo para la entrega e instalación de las mediaguas correspondientes a la presente licitación será el ofertado por el Proveedor en Anexo N°4. Oferta Técnico Económica y no podrá superar los 5 días hábiles, el cual comenzará a regir desde la notificación mediante correo electrónico al Proveedor.

Este plazo implica la entrega e instalación de la mediagua, según coordinación entre el Proveedor y el Inspector Técnico.

La unidad mandante hará uso del servicio de suministro desde la fecha del acta de inicio del suministro hasta el 31 de diciembre de 2024, o hasta que se agote el monto del presupuesto disponible de la presente licitación, siempre y cuando este evento ocurra antes del 31 de diciembre de 2024.

El plazo se considerará en días hábiles, es decir, los días contados entre lunes y viernes, ambos días inclusive.

En el caso que al momento de la recepción de los suministros éstos presenten fallas, es decir, se encuentren defectuosos o no corresponden a lo requerido en las Bases Técnicas, el proveedor deberá subsanar las respectivas fallas, independiente de las multas que se le puedan aplicar por este incumplimiento.

El plazo fijado se entenderá en días hábiles, sin deducción de días de lluvia, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

                1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.

                2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

                3.- Que el hecho sea insuperable.

                4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


29. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO

La Inspección Técnica podrá aumentar el plazo que es materia de esta licitación a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico.

En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo.

Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Bases Técnicas.

El Inspector Técnico junto con informar a su respectivo Director del aumento de plazo, enviará un informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de Plazo.

Una vez aprobada la solicitud de aumento de plazo por el Alcalde, la Inspección técnica solicitará la redacción de modificación de contrato, decreto que aprueba modificación de contrato y garantía de ampliación de contrato.

La solicitud de aumento de plazo deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término de contrato.


30. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO

Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico designado mediante decreto Alcaldicio, notificará mediante correo electrónico al proveedor para dar Inicio al suministro, fecha que quedará registrada en el Acta de inicio del suministro.

La entrega de los suministros se efectuará en base a solicitudes las cuales serán notificadas al Proveedor de parte del Inspector técnico mediante correos electrónicos, en base a lo ofertado por el Proveedor en su Anexo Nº 4. Oferta Técnico Económica.


31. DE LOS PERMISOS

El Proveedor deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de entregar los suministros, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.


32. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica o Inspector Técnico (IT) al profesional a quien la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal le haya encomendado velar directamente por la correcta entrega e instalación de los productos correspondientes a la presente licitación y, en general, por el cumplimiento de las obligaciones contractuales, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando Inspector Técnico suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico será responsable de supervisar que la entrega e instalación de lo solicitado se ejecute conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente.

Durante el período de ejecución del contrato, siempre habrá al menos un Inspector Técnico.


33. DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO

Serán atribuciones del Inspector Técnico lo siguiente:

a. El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la ejecución de la entrega de los suministros de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

b. El Inspector Técnico podrá ordenar el retiro o reemplazo de todo elemento, que a su juicio, puedan ocasionar daños o situaciones de peligro.

c. El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquello no fuesen suficientes.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Proveedor serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.


34. DE LA ENTREGA

Una vez hecha la solicitud del suministro mediante correo electrónico y notificado el Proveedor, será obligación de éste entregar e instalar las mediaguas dentro del plazo ofertado por él.

Se entiende por solicitud de suministro, acordar el lugar de entrega y la instalación, según el plazo ofertado por el Proveedor en Anexo N°4. Oferta Técnico Económica; y deberá incluir todo costo asociado a la entrega e instalación del suministro.

El Inspector Técnico emitirá certificado que acredite la recepción conforme, o recepción con observaciones, según corresponda.


35. DEL PAGO

La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Proveedor conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°4. Oferta Técnico Económica.  Se pagará en forma mensual, contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K, domiciliada en Caupolicán N°399, Los Ángeles, la cual deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente, aceptada por el Proveedor. El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contraprestación conforme, de acuerdo a las órdenes de pedido solicitadas mediante correo electrónico, del Contrato firmado, y de acuerdo a disponibilidad presupuestaria.

Previo a la emisión de la Factura, el pago debe contar con VºBº del Inspector Técnico y Director de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal.


36. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO

I. Será obligación del Proveedor presentar los siguientes documentos para el pago:

i. Factura del mes de pago, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K.  En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente al  pago.  Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.

ii. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución de la licitación. Así mismo para los Subcontratistas, si corresponde.

iii. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la entrega e instalación de las mediaguas durante el mes de cobro correspondiente. Así mismo para los subcontratistas, si corresponde

iv.  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Proveedor no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de la entrega del suministro durante el mes de cobro correspondiente. Así mismo para los subcontratistas si corresponde.

v. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) vigente emitido por la Inspección del Trabajo, así mismo para los subcontratistas, si corresponde.

vi. Finiquitos de trabajadores, si corresponde. Así mismo para los Subcontratistas, si corresponde.

vii. Para el  último pago, certificado del Contratista que señale qué pasará con los trabajadores no finiquitados, si corresponde.


II. Será obligación de la Inspección Técnica presentar los siguientes documentos para el pago:

i. Factura del mes de pago a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, con visto bueno del Inspector Técnico y Director de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal.

ii.- Para el primer pago: Acta de inicio del suministro

iii. En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

iv. Orden de compra aceptada por el Proveedor.

v. Fotocopia de Bases Administrativas, y Bases Técnicas.

vi. Fotocopia de Oferta Técnico Económica del Proveedor, según Anexo Nº 4.

vii. Fotocopia del Decreto Alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.

viii. Fotocopia del Decreto que designa Inspector Técnico y suplente.

ix. Fotocopia de contrato y sus modificaciones si correspondiere.

x. Fotocopia del Decreto que aprueba el contrato y sus modificaciones, si correspondiere.

xi. Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

xii. Certificado de Recepción Conforme.  En caso de observaciones durante el mes de pago, se deberá presentar Certificado de Recepción Conforme, Con Observaciones.

xiii. En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas.


37. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN

El incumplimiento de las presentes Bases, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción y/o multa, según  lo siguiente:

• Multa por atraso:

Se aplicará una multa por cada día hábil, es decir, contado de lunes a viernes, en caso de atraso en la entrega e instalación de las mediaguas solicitadas, respecto al plazo de instalación establecido en el Anexo N°4. Oferta Técnico Económica del Proveedor, y la multa corresponderá a $150.000 por cada día hábil de atraso, con un tope de 5 días hábiles. Superados los 5 días hábiles de atraso, se hará cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y se dará término anticipado del contrato.

• En el caso que se entreguen suministros defectuosos o dañados; o no correspondan a las Bases Técnicas:

Si el proveedor entrega o instala  mediaguas defectuosas o con daños en cualquiera de sus partidas, tendrá un plazo de 2 días corridos para realizar el cambio o reparación de dichos daños, de lo contrario se cursará una multa de $ 150.000 pesos por cada día corrido que perdure  el retraso, si el atraso perdura más de 3 días corridos, se dará término anticipado del contrato y se cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

• Multa por no ejecución de trabajos:
Las observaciones o instrucciones, emanadas del ITO, no apeladas o apeladas y resueltas, que no sean cumplidas dentro de los plazos establecidos para ello, darán lugar a la aplicación de una multa diaria de $ 150.000.-. De persistir el incumplimiento por más de 5 días corridos, la Municipalidad deberá sancionar con el término anticipado del Contrato y se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

- El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

- Las multas se notificarán por correo electrónico.  El proveedor se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente al de su envío.

- Las multas se descontarán del pago correspondiente, o de las garantías vigentes.

- Toda multa, apelada o no por el proveedor, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.


38. DE LA APELACIÓN DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS

El adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción.  Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.  De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles.  Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Proveedor.  La falta de apelación por parte del Proveedor a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes.  La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la dirección Municipal respectiva, a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal.


39. DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el proveedor. Los descuentos se harán de los pagos correspondientes al proveedor o de las garantías vigentes.


40. DE LA RECEPCIÓN CONFORME

Al momento de  cada entrega de los suministros concernientes a la presente licitación y en virtud a las obligaciones contractuales emanadas de la aceptación del contrato, la Inspección Técnica deberá emitir Certificado de Recepción Conforme, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica y por el Director de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, indicando la recepción conforme de los suministros solicitados.

En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponde dar visto bueno a la entrega de los suministros concernientes a la presente licitación, deberá emitir un Certificado de Recepción, Con Observaciones y se le dará un plazo de 2 días corridos para que la empresa contratista subsane las observaciones. De no subsanar en el plazo indicado se procederá a aplicar las multas correspondientes. 


41. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez cumplido el plazo de vigencia del contrato y verificado que no existan saldos pendientes a favor o contra de algunas de las partes se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 30 días corridos desde la recepción conforme, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del proveedor. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Proveedor la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.


42. DE LAS GARANTÍAS

- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

En caso de aumento del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato. La nueva garantía deberá ser ingresada en la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal y canjeada por la originalmente entregada.

En caso de incumplimiento del Proveedor de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

Sin perjuicio de lo anterior, el Proveedor deberá considerar que la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato deberá mantenerse vigente durante toda la duración de éste más 60 días hábiles, de lunes a viernes.

En caso de que esté por vencer, el Inspector Técnico deberá solicitar una renovación de ésta cumpliendo con los plazos estipulados en las presentes bases.


43. DE LOS DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la entrega de los suministros se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Proveedor.


44. DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al Proveedor de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de la entrega de los suministros será exclusivamente del Proveedor.


45. DE LA RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la entrega de los suministros de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Proveedor.


46. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.


47. PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.