Licitación ID: 2408-613-LE19
ADQUISICIÓN KIT DE COMPOSTAJE 2019
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Equipo de compostaje de cieno y aguas residuales 1 Unidad
Cod: 47101524
Se requiere Kit de Compostaje (1 Compostador más 1 contenedor de 7 litros y 1 bastón aireador) para reciclaje de residuos orgánicos sólidos de origen domiciliario, en polietileno de alta densidad, volumen 300 litros.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN KIT DE COMPOSTAJE 2019
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Los Ángeles requiere adquirir 100 Kit de compostaje para la recuperación de residuos orgánicos sólidos de origen domiciliarios.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
COLO COLO 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-01-2020 9:00:00
Fecha de Publicación: 20-12-2019 15:10:00
Fecha inicio de preguntas: 20-12-2019 17:15:00
Fecha final de preguntas: 24-12-2019 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-12-2019 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-01-2020 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-01-2020 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 24-03-2020 13:04:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: 1.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº1.......... 2.- Declaración Jurada Simple, según Anexo Nº2.......... 3.- Anexo Declaración Jurada Simple de no Tener Prohibición de Contratar, según Anexo Nº3. En el caso de UTP, los oferentes deberán presentar un Anexo N°3 por cada integrante de la UTP........... 4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.......... Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
2.- "EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS, O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, QUEDARÁ FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS".
Documentos Técnicos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: 1.- Anexo Nº4 Experiencia
 
2.- "EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS SOLICITADOS, O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, QUEDARÁ FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS".
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA TÉCNICO-ECONÓMICA (Según Anexo Nº5); El oferente deberá ofertar por Kit completo y por la la totalidad de los kit solicitados, de otra forma quedará fuera de bases en el acto de apertura.
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MAS DOCUMENTOS ILEGIBLES, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos técnicos y otras clausulas de las presentes bases. 30%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos técnicos y otras clausulas de las presentes bases. 50%
3 EXPERIENCIA EN EL RUBRO Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos técnicos y otras clausulas de las presentes bases. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 10000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL VALOR INDICADO COMO “MONTO TOTAL ESTIMADO” CORRESPONDE AL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA ADQUISICIÓN, CON IVA INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: TESORERIA MUNICIPAL
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Fabian Flores
e-mail de responsable de contrato: fflores@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2409538-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se permite subcontratación, el adjudicado es el único responsable en el cumplimiento del contrato.-
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-03-2020
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento,éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía.No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar antes de la aceptación de la respectiva orden de compra.
Glosa: La glosa deberá indicar: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PROPUESTA PÚBLICA: "ADQUISICIÓN KIT DE COMPOSTAJE 2019"
Forma y oportunidad de restitución: El oferente adjudicado deberá solicitar la devolución de esta garantía una vez liquidado el contrato al Inspector Técnico, mediante correo electrónico o documento escrito, indicando los antecedentes del documento de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
CLÁUSULAS

1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES 
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el Portal ww.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- ÍTEM PRESUPUESTARIO
Ítem                             : 31.02.005.004
Centro de Costo           : 23.03.05
Plan de Compra           : 2408-201-PC19

4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas  y/u Orden de Compra, así como por toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnica-Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA 
-Normativa Vigente.
-Preguntas y Respuestas; aclaraciones, si las hubiere. 
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Oferta Técnica-Económica. 
-Orden de Compra. 

PRELACIÓN TÉCNICA 
-Normativa Vigente.
-Preguntas y Respuestas; aclaraciones, si las hubiere.
-Especificaciones Técnicas

5.- DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones. 

6.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. 
Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. 
Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y responsable del contrato”. 

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE BASES

La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 

8.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde a la Adquisición Kit de Compostaje 2019  según especificaciones indicadas en las Especificaciones Técnicas adjuntas a la presente licitación. El oferente presentará su propuesta según Anexo Nº5 Oferta Técnico Económica en pesos, a lista completa e indicando el monto de la oferta, plazo de entrega que no podrá ser superior a 20 días hábiles (lunes a viernes) , de lo contrario la oferta se considerará inadmisible. 

Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N°5. Oferta Técnico Económica, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N°5. Oferta Técnico Económica. 
En el caso de presentarse errores en el Anexo N°5. Oferta Técnico Económica, se procederá de la siguiente forma: 
b.- En el caso de haber errores aritméticos en el cálculo del Precio Total con Impuesto, la oferta se considerará inadmisible. 

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas

9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, 
Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación. 

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las Preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta. 

12.- DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA
La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Medio Ambiente, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

13.- DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos  Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.


14.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se evaluará según los siguientes criterios: 

14.1.- Precio: Ponderación 50%
Según lo informado en Anexo Nº5 Oferta Técnico Económico. Se asignará 100 puntos al Menor precio ofertado, IVA incluido. El resto de las ofertas se evaluará mediante la siguiente fórmula:

Puntaje = (Menor precio ofertado / Precio del oferente evaluado) x 100 

14.2.- Plazo de Entrega: Ponderación 30%
Según lo informado en Anexo Nº5 Oferta Técnico Económico en días hábiles (lunes a viernes):

- Entrega en 1 a 5 días hábiles (lunes a viernes)                =100 puntos
- Entrega en 6 a 10 días hábiles (lunes a viernes)              = 50 puntos
- Entrega en 11 a 20 días hábiles (lunes a viernes)             = 0 puntos
- Más de 20 días hábiles (lunes a viernes) o No informa    = Fuera de base 

14.3.- Experiencia en el rubro: Ponderación 20%
Según lo informado en Anexo Nº4 Oferta Técnico Económico en días hábiles (lunes a viernes):

- Sobre 100 composteras entregadas conforme                  =100 puntos
- Entre 50  y 100 composteras entregadas conforme         = 50 puntos
- Entre 25  y 49 composteras entregadas conforme           = 25 puntos
- Entre 1 y 24 composteras entregadas conforme              = 10 puntos
- No presenta experiencia certificados de recepción           =  0 punto

Puntaje Total Ponderado = Puntaje Precio x 0.50+ Puntaje Plazo Entrega x 0.30 + Puntaje Experiencia en el rubro x 0.20


15.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “PRECIO”. Si aplicando  la formula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "PLAZO ENTREGA" Si aplicando  la formula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "EXPERIENCIA EN EL RUBRO". Si aplicando la prelación anterior el empate continuase, se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta en día al portal una vez publicada la licitación. Si el empate persiste, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal. 


16.- DE LA ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal. 

17.- DE PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 

18.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el Nombre de responsable de contrato, indicado en el punto 7: "Montos y duración del contrato" de las presentes bases administrativas. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación. 

19.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Directora de Medio Ambiente, vía documento escrito.

20.- DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

21.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO 
Considerando que la presente licitación se trata de una adquisición de simple y objetiva especificación y cuyo monto es inferior a las 1.000 U.T.M, no requiere firma de contrato, éste se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y su consecuente aceptación por parte del oferente adjudicado en conformidad al artículo 63 del reglamento de la ley N° 19886.

- El oferente adjudicado, una vez notificado de la adjudicación en el portal de mercado público, deberá estar debidamente inscrito en Chileproveedores y hacer ingreso de la Garantía por fiel cumplimiento de contrato antes de la aceptación de la respectiva orden de compra, indicada en el punto 8 de las bases, garantías requeridas, de no dar cumplimiento a esta obligación el Mandante podrá adjudicar al Oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje, en la evaluación.

- El Adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud de la aceptación de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la Documentación restante.

- La propuesta se formulará a suma alzada, en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su valor incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del servicio, sea directo, indirecto o a causa de él. El valor de la adquisición será por los montos indicados por el oferente adjudicado en el Anexo Nº 5, Oferta Técnico Económica.

22.- DE LA RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO 
Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, Términos de Referencia, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, y Orden de Compra.
Será obligación del oferente adjudicado entregar los bienes ofertados en el plazo indicado en su Oferta Técnico Económica según Anexo Nº5, de lo contrario se aplicarán las multas correspondientes.
El Oferente adjudicado deberá informar al Encargado del Contrato, si la factura fue cedida, o no fue cedida al factoring, para el estado de pago correspondiente.


23.- DE LA ORDEN DE COMPRA 
Una vez adjudicada la licitación en el portal mercadopublico.cl, el profesional responsable de la licitación solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el oferente adjudicado.

24.- DEL PLAZO (entrega Productos)
El plazo de entrega será el indicado por el oferente adjudicado en Anexo Nº5 Oferta Técnico Económica y no podrá ser superior a 20 días hábiles, contados de lunes a viernes, de lo contrario la oferta se considerará fuera de bases. 

25.- DE LA INSPECCIÓN

La persona que  asume el derecho y la obligación de fiscalizar el cumplimiento  que emane de esta Licitación, será el Encargado del Contrato.

El Encargado del Contrato tendrá a su cargo la inspección, supervisión y aplicación de multas en la entrega de los bienes adjudicados y el oferente adjudicado deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que ésta imparta.


26.- DE LA ENTREGA  
El oferente adjudicado deberá hacer entrega de los productos en Vivero Municipal ubicado en Cantarrana comuna de Los Ángeles, de lunes a jueves en horario de 8:20 a 13:00 horas y de 14:30 a 16:00 horas y el viernes, solo en horario de la mañana, incluyendo en el presupuesto el flete y personal que descarga.

El Encargado del Contrato emitirá certificado que acredite la recepción conforme de los artículos, en cantidad y buen estado del producto.

27.- DEL PAGO 
La Municipalidad pagará directamente al oferente adjudicado, según anexo Nº5 Oferta Técnico Económica. El Encargado Dirección de Medio Ambiente, junto al profesional a cargo del contrato dará su Visto Bueno a la respectiva factura, de acuerdo a la oferta presentada por el adjudicado. El pago será contra factura a nombre de la Municipalidad, RUT Nº 69.170.100-k, calle Caupolicán N° 399 Los Ángeles una vez recepcionados los artículos sin observaciones.

El pago será al contado, sin reajustes ni intereses. En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado. Los descuentos se harán del estado de pago y/o de las garantías vigentes.

28.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO 
Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos en original y una copia, ordenados en carpetas individuales, los cuales son obligación del Oferente adjudicado y el Encargado del Contrato, según el siguiente detalle:

El Oferente adjudicado debe presentar:

1- Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K domiciliada en calle Caupolican 399, Los Ángeles. La factura deberá indicar numero de orden de compra correspondiente.

2.- Orden de compra aceptada por el oferente adjudicado.

El Encargado del Contrato deberá presentar:

1.- Factura con visto bueno de la Directora de Medio Ambiente y el Encargado del Contrato.
2.- Copia de la orden de compra debidamente aceptada por el oferente.
3.- Copia de bases administrativas y Especificaciones técnicas.
4.- Anexo Nº5: Oferta Técnico Económica.
5.- Copia de decreto alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.
6.- Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.
7.- Certificado de recepción conforme de la entrega de los artículos.
8.- En el caso de haberse cursado multas y éstas hayan sido favorables al municipio, se deberá adjuntar además el decreto alcaldicio que sanciona la o las multas.
9.- En caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).

29.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
La Municipalidad, a través del Encargado del Contrato aplicará multas en las siguientes situaciones:
-Cuando el oferente no cumpla con el plazo de entrega ofertado, dará origen al cobro de una multa diaria de 1 UTM por el número de días hábiles (lunes a viernesde atraso, con un máximo de 7 días hábiles (lunes a viernes) de atraso. Si supera los 7 días hábiles (lunes a viernes) se dará término anticipado al Contrato y se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del Contrato.

-Si el oferente no reemplaza los productos en mal estado o los productos que no cumplan con lo requerido en un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes), dará origen a la aplicación de una multa diaria de 1 UTM por el número de días hábiles (lunes a viernesde atraso, con un máximo de 7 días hábiles (lunes a viernesde atraso. Si supera los 7 días hábiles (lunes a viernesse dará término anticipado al Contrato y se cobrará la garantía de fiel cumplimiento del Contrato.

El responsable de la aplicación de las multas será el Encargado del Contrato, quién comunicará al adjudicado en forma escrita, a través de carta certificada, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.

30.- DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS 
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Adjudicado. La falta de apelación por parte del Adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva a la Dirección de Medio Ambiente.

31.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 
La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al oferente adjudicado la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

32.- DE LAS GARANTÍAS 
En caso de incumplimiento del Adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato  y las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

33.- DE LOS DAÑOS A TERCEROS 
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la entrega de los suministros, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista/Proveedor. En todo caso, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato servirá también para caucionar el pago de indemnización que pudiera corresponder por daños a terceros con motivo de las obligaciones contraídas en virtud del contrato, de conformidad con la normativa legal vigente.

34.- DEL CONTROL 
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del oferente adjudicado.

35.- DE LA RESPONSABILIDAD 
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

36.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE 
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

37.- PACTO DE INTEGRIDAD 
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.