Licitación ID: 2408-624-LE19
AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEVIGILANCIA DE LOS ANGELES, ETAPA IV
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Cámaras de seguridad 3 Unidad
Cod: 46171610
3 cámaras de televigilancia según requerimientos detallados en especificaciones técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEVIGILANCIA DE LOS ANGELES, ETAPA IV
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere la instalación y puesta en marcha de instalación 3 cámaras de televigilancia, en puntos estratégicos de la comuna. Estos servicios deben considerar" todos" los costos involucrados tales como: cámaras, materiales, mano obra, etc.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
COLO COLO 1100
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 24-01-2020 9:00:00
Fecha de Publicación: 14-01-2020 8:57:00
Fecha inicio de preguntas: 14-01-2020 17:30:00
Fecha final de preguntas: 17-01-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-01-2020 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-01-2020 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-01-2020 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 13-07-2020 10:29:16
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno obligatorio 16-01-2020 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- VISITA TERRENO: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán asistir a visita a terreno de carácter "OBLIGATORIA" el día viernes 16 de enero a las 10:00 horas en calle Colo Colo N°0455, 1er Piso, Oficina de Seguridad Comunal, Los Ángeles. El Profesional a cargo de la visita a terreno levantará un acta, la que deberá ser firmada por cada uno de los Oferentes o su Representante que asistió a la visita a terreno y presentada a la Comisión de Apertura, posteriormente se visitara el lugar de la faena a intervenir, con la finalidad de evaluar el estado del terreno, tomar medidas, resolver consultas que se presenten. • Día, hora y lugar de la visita es de carácter obligatorio. • Cada oferente deberá trasladarse por sus propios medios. - EL OFERENTE QUE NO ASISTA A LA VISITA A TERRENO SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- ENTREGAR GARANTÍA SERIEDAD OFERTA:
Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, en Oficina de Partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº 399, Primer piso, Los Ángeles, hasta las 13:30 hrs. del día hábil anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas (de Lunes a Viernes). En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases.
Previo al Acto de apertura, la Comisión de Apertura verificará la presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta. Si dicha garantía no fue ingresada o no cumple con los requerimientos de tiempo y forma, el oferente quedará fuera de bases, y no se procederá a abrir su oferta.

EL OFERENTE QUE NO INGRESE DICHA GARANTÍA EN LA FECHA Y HORA INDICADA SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES.

3.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: 1.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº1; 2.- Declaración Jurada Notarial (firmada ante notario), según Anexo Nº2; 3.- Anexo Declaración Jurada Simple de no Tener Prohibición de Contratar, según Anexo Nº3. En el caso de UTP, los oferentes deberán presentar un Anexo N°3 por cada integrante de la UTP; 4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura; Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp. zip. rar. u otros.
4.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA REQUERIDA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
Documentos Técnicos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: Anexo N°4: EXPERIENCIA DEL OFERENTE. Para acreditar la experiencia de proyectos públicos en instalación de sistemas de televigilancia, ejecutados durante los 2 últimos años hasta la fecha de cierre de la recepción de la oferta, deberá presentar Contratos con factura de último estado de pago. En el caso de no registrar experiencia, deberá escribir en el anexo "Oferente sin Experiencia" no siendo necesario adjuntar ningún documento.
 
2.- Catálogo de los equipos ofertados.
 
3.- Carta Gantt, de acuerdo a formato libre.
 
4.- La verificación de los antecedentes serán revisados en la etapa de evaluación.
 
5.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE TODOS LOS DOCUMENTOS TÉCNICOS SOLICITADOS QUEDARÁ FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
Documentos Económicos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
1.1.- Anexo N°5 Presupuesto Detallado
1.2.- Anexo Nº6 Oferta Técnico-Económica

2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Ejecución Se evaluará según lo estipulado en la clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Clausulas, de las presentes bases. 10%
2 Experiencia del Oferente Se evaluará según lo estipulado en la clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Clausulas, de las presentes bases. 40%
3 Oferta Económica Se evaluará según lo estipulado en la clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Clausulas, de las presentes bases. 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 19000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Ronald Parra Mellado
e-mail de responsable de contrato: rparra@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2409443-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 16-03-2020
Monto: 250000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 31 del Reglamento de la ley 19.886, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública: AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEVIGILANCIA DE LOS ÁNGELES, ETAPA IV".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 31-07-2020
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 10% del monto del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento,éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía.No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública: "AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEVIGILANCIA DE LOS ÁNGELES, ETAPA IV”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será canjeada por la garantía de correcta ejecución de la obra al momento de la recepción provisoria de las obras sin observaciones. Para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al Inspector Técnico, indicando los antecedentes del documento solicitado.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-07-2021
Monto: 7 %
Descripción: Para garantizar la correcta ejecución del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 7% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento financiero de garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del reglamento de la Ley 19.886, tomada por el adjudicado a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.100.170-K. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta garantía se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: Para garantizar la correcta ejecución del contrato "AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE TELEVIGILANCIA DE LOS ÁNGELES, ETAPA IV"
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. para solicitar la devolución de la garantía se deberá realizar mediante correo electrónico enviado al Inspector Técnico, indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Clausulas

1.- DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder horas)a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición.
La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
   a. En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
   b. La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
   c. Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
   d. Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
2.1. MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
2.2. DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.
2.3. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
   2.3.1.La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
   2.3.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
   2.3.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
   2.3.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
   2.3.5.- Disolución de la UTP.
   2.3.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula “DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las presentes bases administrativas.
( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO:
Monto                                              : $ 19.000.000
Cuenta Complementario             : 1140599325001

4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas, si las hubiere, Especificaciones Técnicas,  así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta.
Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.
Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA
-Normativa Vigente.
-Preguntas y Respuestas, si las hubiere.
-Especificaciones Técnicas.

 PRELACIÓN ADMINISTRATIVA.
-Normativa Vigente.
-Preguntas y Respuestas, si las hubiere.
-Especificaciones Técnicas.
-Bases Administrativas y sus Anexos.
-Oferta Técnico Económica.
-Contrato.

5.- DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.

6.- DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y/o responsable del contrato”.

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases, sus anexos y demás antecedentes; ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

8.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde al servicio de Ampliación del Sistema de Televigilancia de Los Ángeles, Etapa IV, según lo indicado en las Especificaciones Técnicas, adjuntos a la presente licitación.
El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en Anexo N° 6, Oferta Técnico- Económica; la cual deberá contemplar todos los costos asociados al cumplimiento del servicio, según lo requerido en las presentes bases.
Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N° 6. Oferta Técnico-Económica, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N° 6. Oferta Técnico-Económica.
En el caso de presentarse errores en el Anexo N° 6. Oferta Técnico-Económica, se procederá de la siguiente forma:
a.- En el caso de haber errores aritméticos en el cálculo del IVA de los precios indicados en Anexo N° 6, la oferta se considerará inadmisible.
b.- En el caso de haber errores aritméticos en la sumatoria de los precios informados en Anexo N° 6, la oferta se considerará inadmisible.
Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases por parte del oferente participante.
Las ofertas de los oferentes participantes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.
Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas si las hubieren, Especificaciones Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación.

9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta el plazo de vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

12.- DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y PROCESO DE APERTURA
La Comisión de Apertura estará conformada por profesional de la Dirección de Secplan y Funcionario Responsable y/o encargado de la Licitación, entendiéndose por tal, aquel perteneciente a la Dirección de Desarrollo Comunitario, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión. 
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura. 
En caso de que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados, ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso de que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación). 
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida. 
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

13.-  DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

14.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas por los siguientes criterios de evaluación: 

14.1.-   EXPERIENCIA DEL OFERENTE  Ponderación 40%.
- El oferente que presente mayor número de contratos acompañados de la factura del último estado de pago correspondientes a proyectos públicos  en instalación de sistemas de tele vigilancia que hayan sido ejecutados durante los 2 últimos años (contados desde la fecha de cierre de recepción de la oferta) obtendrá 100 puntos, el resto obtendrán el puntaje que resulte de la formula detallada a continuación.

Siendo

Pi: Puntaje oferente evaluado

Em: Oferente con mayor experiencia

Ei: Oferta del oferente evaluado                            

Pi = (Ei/Em) X 100

..........................................................................................................................................................

14.2.- OFERTA ECONÓMICA  Ponderación 50%.
- El oferente que ofrezca menor precio obtendrá 100 puntos, el resto obtendrá el puntaje que resulte de la formula detallada a continuación.

Siendo:

Pi    = Puntaje del oferente evaluado.

Om = Mejor oferta económica (menor precio).

Oi    = Oferta del oferente evaluado (precio).

El puntaje para cada oferta económica, se determinará según la siguiente fórmula:

Pi=  (Om/Oi) X 100
..........................................................................................................................................................

14.3.-PLAZO DE EJECUCIÓN  Ponderación 10%
Se evaluará el plazo de ejecución de las obras ofertado,  y se ponderará de acuerdo a la siguiente tabla:

-Plazo de ejecución entre 10 y 14 días corridos: 100 puntos

-Plazo de ejecución entre 15 y 19 días corridos: 50 puntos

-Plazo de ejecución entre 20 y 25 días corridos: 20 puntos

*Los oferentes que informen  un plazo de ejecución inferior a 10 días corridos  y superior a 25 días corridos serán declarados fuera de bases.

El Puntaje Total Ponderado, PTP, del Oferente en evaluación se obtendrá mediante la siguiente fórmula:

PTP = Sumatoria (Puntaje Experiencia del Oferente x 0,40 + Puntaje Oferta Económica x 0,50+ Plazo de Ejecución x 0,10)

15.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. Si del resultado nuevamente existe empate entre uno o más oferentes se adjudicará al oferente que obtuvo el mejor puntaje en el criterio "Experiencia del Oferente”. Si del resultado nuevamente existe empate entre uno o más oferentes se adjudicará al oferente que obtuvo el mejor puntaje en el criterio “Plazo de Ejecución”.

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de www.mercadopúblico.cl una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.

16.- DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal.

17.- DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso.

18.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto 7 “Montos y duración del contrato”, de las presentes bases administrativas. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

19.- DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, el oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento por esta causa deberá ser comunicado a la Dirección Desarrollo Comunitario vía escrita debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

20.- DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases y normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

21.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será a suma alzada, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos.

22.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 5 días hábiles los siguientes documentos:
1.- Patente municipal al día y correspondiente al rubro.
2.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.
3.- En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto 1 y 2, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de adjudicación de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.
4.- Si el oferente postuló con la modalidad  ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.
Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.
Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado  (en adelante el Contratista), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, se informará al Contratista mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.
El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado en DIDECO, de la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste, en la misma ocasión el Contratista deberá hacer entrega de las Garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
Si el Contratista no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1,2 y 3, no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Contratista.
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, se informará para su resolución a los tribunales ordinarios de justicia.
La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba el contrato

El Contratista no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

23.- DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Oferente Adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Unidad Técnica en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El Oferente Adjudicado previo informe y autorización del Inspector Técnico. podrá subcontratar parte de los servicios, hasta 30% máximo.

24.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
a.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas, Oferta Técnico-Económica  y las establecidas en la clausula  DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN.
b.- Declaración de quiebra del Adjudicado.
c.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado.
d.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
e).- Si el Contratista al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.
f.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
g.- Fallecimiento del Oferente Adjudicado , si se trata de una persona natural.
En caso de producirse las causales indicadas en las letras a, b, c, d y o e, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

25.- RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
El Oferente Adjudicado, deberá ejecutar correcta y oportunamente la entrega de las obras y/o servicio contratado, siendo responsable de todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.
El Oferente Adjudicado será el único responsable, de obtener las autorizaciones, si corresponde, del servicio, transporte, mano de obra y todo lo requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones. Corresponderá al Oferente Adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Será obligación del Oferente Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas, si lo hubiere, y Contrato:
- Será obligación del Oferente Adjudicado  la entrega del servicio, transporte, mano de obra y todo lo requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.
- Será obligación del Oferente Adjudicado  acatar y dar solución inmediatas a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.
- Será responsabilidad exclusiva del Oferente Adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Oferente Adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Oferente Adjudicado .
Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Oferente Adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente.
Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Oferente Adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.
- El Oferente Adjudicado deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.- El Oferente Adjudicado  es el único responsable de emergencias, daños a terceros o de sus trabajadores, si corresponde, en razón de las obligaciones contraídas de la presente licitación; en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios, si corresponde.- El Oferente Adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar las obligaciones contraídas de la presente licitación con el menor malestar a los vecinos, en donde éstas se ejecuten.
La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local.

- Será obligación del Oferente Adjudicado solicitar la Recepción Conforme al Inspector Técnico y una vez terminado el plazo de vigencia del contrato, notificar al Inspector Técnico el término de las obligaciones contraídas de la presente licitación.
- El Oferente Adjudicado deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago fue cedida al factoring para el estado de pago correspondiente.

26.- DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato entregada por el Oferente Adjudicado.
El Oferente Adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el Oferente Adjudicado no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso de más de una orden de compra, a partir de la segunda orden de compra hacia adelante, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

27.- DEL PLAZO
El plazo de ejecución será el indicado por el Oferente Adjudicado en su Anexo N° 6, Oferta Técnico Económica, el cual deberá ser igual o mayor a 10 días y no superior a 25 días corridos, de lo contrario la oferta se considerará inadmisible.
El plazo comenzará a regir a partir de la fecha del Acta de Entrega de Terreno.
El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días corridos , sin deducción de días de lluvia, feriados, ni festivos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente Adjudicado.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días corridos, sin deducción de días de lluvia y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente Adjudicado.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

28.- DEL PROCEDIMIENTO AUMENTO DE PLAZO
La Inspección Técnica, podrá aprobar el aumento de plazo, a petición fundada del Oferente Adjudicado, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al Oferente Adjudicado .
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.
El Oferente Adjudicado deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, dentro de los 3 días hábiles posteriores desde ocurrida la(s) causa(s) que lo origine y considerando que debe ser al menos 10 días corridos antes del término del Contrato.
En ningún caso podrán invocarse como causales o argumento de aumento de plazo la solicitud de certificados y/o permisos, si corresponde; y/o autorizaciones de otras Instituciones, días lluvias, entre otros. Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución del contrato, como consecuencia del rechazo por parte del Inspector Técnico de materiales defectuosos, o trabajos o servicios mal ejecutados, o por no cumplirse con los requerimientos estipulados en las especificaciones técnicas.
La Inspección Técnica, junto con informar a la Directora de Desarrollo Comunitario sobre la modificación del plazo, enviará informe técnico al Alcalde, para solicitar decreto que apruebe dicha modificación. Una vez aprobado por el Alcalde la solicitud de modificación del plazo, la Inspección Técnica solicitará redacción de modificación de contrato, decreto aprueba contrato y garantía de fiel cumplimiento del contrato.

29.- DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO
La obra ejecutada por el Oferente que se adjudique la presente Licitación, se efectuará mediante Orden de compra, emitida por la Municipalidad de Los Ángeles, Dirección de Desarrollo Comunitario, a través del profesional responsable del contrato al Oferente Adjudicado, en base a lo ofertado.

30.- DE LOS PERMISOS
El Oferente Adjudicado tendrá a su cargo la responsabilidad de obtener la totalidad de informaciones, permisos, certificaciones, seguros y pagos que fueren necesarios para la entrega de la instalación de la presente licitación, en todo lo que corresponda.

31.- DEL ACTA DE ENTREGA DE TERRENO
Una vez dictado el decreto alcaldicio que aprueba el contrato, el profesional a cargo del contrato solicitará al Inspector Técnico que realice la entrega  de terreno mediante el Acta de Entrega de Terreno correspondiente.

32.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico al o los funcionarios del Departamento de Informática, a quien se le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de las obligaciones emanadas de la presente licitación y en general por el cumplimiento del contrato, el que deberá ser designado mediante decreto alcaldicio nombrando además a Inspector Técnico suplente, indicando las funciones a desarrollar.

Toda comunicación y relación entre el Oferente Adjudicado  y la Municipalidad se realizará por escrito a través del Libro de Inspección, que estará a cargo de la Inspección Técnica.

Al inicio de la ejecución, la Dirección de Desarrollo Comunitario, solicitará a la Dirección de Obras Municipales, un profesional para que vise la correcta ejecución de las obras civiles.

33.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO
Serán atribuciones del Inspector Técnico las siguientes funciones y/u obligaciones:

- Inspeccionar el fiel cumplimiento de las obras concernientes a la presente licitación, en virtud del contrato.

- Podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Oferente Adjudicado , por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del Inspector Técnico, quedando siempre responsable el Oferente Adjudicado por los fraudes o abusos que haya podido cometer la persona separada.

- Podrá ordenar el rechazo por mala calidad, fallas y/o desperfectos en los servicios o cuando éstos no correspondan a lo licitado.

- Será obligación del Inspector Técnico la aplicación de las multas y/o sanciones.

34.- DEL LIBRO DE INSPECCIÓN
Será obligación del Oferente Adjudicado proporcionar un libro manifold, foliado en triplicado, que permanecerá con el Inspector Técnico, el cual será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico y el Oferente Adjudicado .

En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante en el desarrollo del contrato, tales como:
- Fecha del Acta de Entrega de Terreno
- Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica.
- Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el Oferente Adjudicado.
- Notificaciones de multas que curse la Inspección Técnica.
- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.
La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el Oferente Adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

35.- DEL PAGO
La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Oferente Adjudicado conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°6. Oferta Técnico-Económica.

Se pagará en un estado de pago, una vez terminada la obra.
El pago será al contado, sin reajustes ni intereses, contraprestación conforme, de acuerdo al Contrato firmado ante Notario. 

36.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos:

Será obligación del Oferente Adjudicado presentar lo siguiente:
i.- Factura correspondiente al Estado de Pago, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en calle Caupolicán Nº399, Los Ángeles, con VºBº de la Directora de Desarrollo Comunitario y del Inspector Técnico. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente, aceptada por el Oferente Adjudicado.
ii.- Nómina de trabajadores contratados para el cumplimiento del contrato de Ampliación del sistema de Televigilancia. Así mismo para los Subcontratistas, si corresponde.
iii.- Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para el cumplimiento del contrato de Ampliación del Sistema de Televigilancia, correspondiente al estado de pago en proceso de cobro, si corresponde. Así mismo para los subcontratistas, si corresponde.
iv.- Certificado de cumplimiento de obligación laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente Adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución de la entrega de los suministros, correspondiente al estado de pago en proceso de cobro, si corresponde. Así mismo para los subcontratistas, si corresponde.
v.- Certificado de antecedentes laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo, si corresponde; así mismo para los subcontratistas, si corresponde.
vi.- Finiquitos de trabajadores, si corresponde.
vii.-Acta de recepción provisoria sin observaciones.
viii.- Certificado de realización del Programa de Capacitación.
ix.-Set de fotografías (6 mínimo) que den cuenta de la ejecución de las obras.
x.-  Fotocopia de Garantía de correcta ejecución
xi.-   Certificado TE1 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles aprobado, y demás certificados y/o permisos que correspondan.
xii.- Informe de conformidad de la CENCO de Carabineros

II. Será obligación del Inspector Técnico presentar lo siguiente:
i.- Factura correspondiente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles R.U.T. 69.170.100-K domiciliada en calle Caupolicán Nº399, Los Ángeles, con VºBº de la Directora de Desarrollo Comunitario y del Inspector Técnico.

ii.- En el caso de que la factura haya sido cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.
iii.- Acta de Entrega de terreno
iv.- Certificado de Recepción Conforme emitido por el Inspector Técnico.
v.- Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
vi.-Oferta Técnico-Económica, según Anexo N°6.
vii. Decreto Alcaldicio de adjudicación.
viii.- Contrato y sus modificaciones si correspondiera.
ix.-  Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones si correspondiera.
x.- Orden de Compra Aceptada por el Oferente Adjudicado.
xi.-Decreto Alcaldicio que designa Inspector Técnico.
xii.-En caso de multas a favor del Mandante, decreto que sanciona cobro de multa.

37.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
En el caso de incumplimiento de las presentes bases y/o documentación que rige la presente licitación, se procederá al cobro de las multas estipuladas a continuación:
1 - Multas por atraso en el plazo de ejecución.
La Municipalidad aplicará multas por día de atraso en el plazo de ejecución, de acuerdo a lo propuesto por el Oferente adjudicado en el Anexo Nº 6. Esta multa tendrá un valor de 2 UTM por día de atraso y tendrá un tope máximo hasta 10 días corridos.
En caso de superar el tope máximo indicado, la municipalidad dará término anticipado al  contrato y hará efectiva la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato sin intervención de los tribunales de justicia.
2.- Observaciones presentadas por el Inspector Técnico:
Si el Oferente adjudicado no corrige las observaciones presentadas por el Inspector Técnico en el plazo de 3 días corridos, se aplicará una multa equivalente a 2 UTM por cada vez que ocurra esta situación. Si tal situación persiste por un periodo superior a 7 días corridos, se dará término anticipado del contrato y se hará efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El valor de la UTM será el valor que esta tenga en el mes en que se registra multa en el libro de Inspección.
-Las multas se descontarán del monto del Estado de Pago, o de las garantías vigentes si fuese necesario.
-Valor UTM  según el mes en que se registró en el libro de obras la multa.

38.- DE LA APELACIÓN DE LAS MULTAS Y/O SANCIONES
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la secretaria de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de Lunes a Jueves y hasta las 16:00 horas los días Viernes.
De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Oferente.
La falta de apelación por parte del Oferente a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes.
La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección de Desarrollo Comunitario.

39.- DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado . Los descuentos se harán del estado de pago del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

40.- DE LA RECEPCIÓN PROVISORIA
Una vez terminada la instalación de cámaras, el oferente adjudicado solicitará por escrito la recepción a la  I.T. La solicitud se deberá ingresar en la oficina de partes de la Municipalidad, para la I.T., la que deberá verificar el Fiel cumplimiento de las especificaciones del contrato y comunicarlo, dentro del plazo de 5 días, por escrito, a la Unidad respectiva, indicando por él la fecha en que el oferente adjudicado puso término a la obra.

La comisión de recepción deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 10 días corridos, contados desde la fecha de terminación de la obra.

El día y la hora fijado para la recepción debe ser comunicado al oferente adjudicado con dos días de anticipación, para que concurra al acto si lo desea, la no concurrencia del oferente adjudicado, se dejará constancia del hecho en el acta correspondiente.

Una vez verificada por la comisión el cabal cumplimiento del contrato, ésta dará curso a la recepción y levantará un acta dentro de un plazo de 7 días corridos contados desde el  día de la recepción en terreno, y que será firmada por los miembros asistentes, por la I.T. y el oferente adjudicado, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en un plazo de 5 días.

La comisión consignará, la fecha que haya indicado la I.T. en el Acta indicada anteriormente. Si de la recepción de las obras, la Comisión determina que los trabajos adolecen de defectos fácilmente reparables, recepcionarán las obras con reserva, levantando un “Acta de Recepción Provisoria con Observaciones”, detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos, el plazo adicional no podrá exceder del 25% del plazo contractual y no estará afecto a multas. La I.T. deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión, dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar un acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las obras. Si el contratista hubiere excedido el plazo otorgado por la comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Si de la Recepción de las obras resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la inspección técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un informe detallado al Jefe de la Unidad Técnica el cual notificará al contratista, quién ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine. Si la comisión establece dentro del plazo requerido, que la obra no ha sido terminada, dejará constancia de ello en el informe y al contratista le serán aplicadas las multas por atraso, por el monto equivalente al dos por mil del monto contratado, a contar de la fecha en que ingresó la notificación de términos de obra. Este informe se notificará a través del libro de obra.

El contratista una vez que considere haber terminado la obra deberá requerir nuevamente la Recepción Provisoria en la forma señalada precedentemente. Efectuada la recepción provisoria sin observaciones el Contratista deberá canjear la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” por la de “Correcta Ejecución de las Obras”. Una vez efectuada la recepción provisoria sin observaciones se sancionará mediante Decreto Alcaldicio.

41.- DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA
Es el acto técnico y administrativo, en donde una vez terminada la instalación, será responsabilidad del I.T.O. gestionar, la recepción Definitiva de la instalación. La Recepción Definitiva se hará transcurrido un plazo de 360 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, la cual se hará en la misma forma y solemnidad de la provisoria. El mandante usará o explotará la instalación, después de la recepción provisoria de ella. Sin embargo, el contratista será siempre responsable durante el plazo de garantía por la correcta ejecución de la instalación, de todos los defectos que presenta la ejecución de la misma, a menos que éstos se deban al uso o explotación inadecuadas y deberá repararlos a su costo antes de la fecha que razonablemente señale la Comisión de Recepción.

La comisión receptora verificará básicamente durante la recepción definitiva de la instalación, lo siguiente:
a) La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa).
b) La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).

*Se entiende por Recepción Definitiva a la Recepción realizada por la Comisión a solicitud de la I.T.O. Esta recepción se realiza 360 días corridos desde la fecha de Recepción provisoria. En caso de ser favorable libera la garantía de correcta ejecución posterior a la liquidación del contrato.

42.- DE LA COMISIÓN DE RECEPCIÓN
La comisión de recepción estará compuesta por la Directora de Desarrollo Comunitario o quien la subrogue,  Directora de Seguridad Comunal Integral o quien la subrogue o quien la Subrogue y  Profesional de Seguridad Comunal Integral o quien lo subrogue. 

43.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplida la vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato una vez transcurridos 30 días corridos, contados a partir de la fecha de término de vigencia del contrato. La liquidación del Contrato será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Oferente Adjudicado la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

44.-DE LAS GARANTÍAS
a.- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 90 días corridos. En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

b.- De la Garantía de Correcta Ejecución

El contratista tiene la obligación de entregar, una vez recibidas las obras sin observaciones la garantía de correcta ejecución, que tiene por finalidad resguardar que el Contratista responda por los defectos que presente la ejecución de la obra, que no se deban a un uso inadecuado de ella.
Será obligación del contratista mantener, bajo su costo, las garantías de fiel cumplimiento del contrato y de correcta ejecución, durante el periodo que corresponda.

45.- DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Oferente Adjudicado.

46.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al Oferente Adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe.
La responsabilidad por la calidad de las obras será exclusivamente del Oferente Adjudicado.

47.- DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros y al personal transportado por motivo u ocasión de la prestación del servicio, recayendo la responsabilidad Civil y Penal pertinente en el Oferente Adjudicado.

48.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

49.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.