Licitación ID: 2408-64-LR25
CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES EN LA COMUNA DE LOS ANGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Señales de tránsito 1 Unidad
Cod: 46161504
La Municipalidad de Los Ángeles realiza el llamado a licitación pública para contratar la "CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES, EN LA COMUNA DE LOS ANGELES".  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES EN LA COMUNA DE LOS ANGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Municipalidad de Los Ángeles realiza el llamado a licitación pública para contratar la "CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES, EN LA COMUNA DE LOS ANGELES".
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
EDIFICIO CONSISTORIAL,CAUPOLICAN N°399,SEXTO PISO,SECPLAN
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-07-2025 9:00:00
Fecha de Publicación: 25-06-2025 8:47:13
Fecha inicio de preguntas: 25-06-2025 17:30:00
Fecha final de preguntas: 04-07-2025 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-07-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-07-2025 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-07-2025 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 19-08-2025 11:05:22
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO VOLUNTARIA 01-07-2025 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- En el acto de apertura de la propuesta se verificará que el oferente esté hábil en el Registro de Proveedores, de lo contrario quedará fuera de bases.
2.- Visita a terreno: Los Oferentes interesados en conocer en terreno el proyecto podrán participar de una Visita a Terreno de carácter voluntaria, a realizarse el 1 de Julio de 2025, a las 10:00 hrs. para lo cual deberán dirigirse a las oficinas de Dirección de Tránsito, ubicadas en Avenida Las Industrias Nº1046, Los Ángeles. En ese acto se levantará una Acta la que posteriormente será subida al portal mercado público.
3.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, talcomo Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399,1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantíade seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre derecepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en elacto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad deemitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en AnexosAdministrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DELA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO(FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LOCONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
4.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE:
5.- ANEXO N°1. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
6.- ANEXO N°2: DECLARACIÓN JURADA REQUISITOS PARA OFERTAR: En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporalde Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuentadel acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contadoshacia atrás de la fecha de apertura. Además, en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a travésdel portal de www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo N°2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de losIntegrantes de dicha Unión, de lo contrario, el oferente se considerará fuera de bases.
7.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls.mpp. zip. rar. u otros.
Documentos Técnicos
1.- Anexo nº 3, Programa de Integridad. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el Programa de Integridad y/o documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0puntos en el criterio de evaluación correspondiente. El oferente que no ingrese toda la información solicitada en anexo nº 3 quedará con 0 puntos en el criterio correspondiente. El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados alaLeyNº20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también busca promover e implementar prácticas de gestión ética. De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con susgrupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización.
 
2.- ANEXO N°4. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. El oferente deberá subir obligatoriamente Anexo N°4 y completar, al menos, los campos relacionados con la identificación del oferente participante y fecha del documento. En el caso que el oferente informe experiencia, ésta deberá ser en Servicios de Mantención de señalización y/o instaladas, ejecutados dentro de los últimos 3 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la oferta de las presentes bases; para lo anterior, deberá subir los correspondientes documentos de acreditación y completar los campos indicados en la tabla de su Anexo N°4 de la prestación informada, de lo contrario dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. Si el oferente no posee experiencia, lo podrá informar en su Anexo N°4 y será evaluado con cero puntos.
 
3.- DOCUMENTOS ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El oferente participante, en el caso de informar experiencia en su Anexo N°4.Experiencia del Oferente, deberá adjuntar certificados de experiencia en Servicios de Mantención de señalización y/o instaladas donde se acredite la mantención de señales viales urbanas, los certificados deberán ser emitidos por Municipalidades e instituciones públicas, además de Recepciones Definitivas o Recepción Provisoria sin observaciones, de lo contrario dicha experiencia no se considerará para la evaluación. (Nota: Para obras realizadas a personas naturales, privados, instituciones o particulares sólo se permitirá el Certificado de Recepción Definitiva de Obra, emitido por la dirección de obras respectiva). La validación de los documentos de acreditación se realizará en la etapa de evaluación. Si un oferente no sube la documentación de la prestación informada o éste no cumple en tiempo y forma con lo solicitado, no se contabilizará para la evaluación. Del mismo modo, si el oferente informa experiencia en Anexo N°4. Experiencia del Oferente, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno de éstos corresponde en tiempo y forma, el oferente en evaluación tendrá cero puntos en la etapa de evaluación, en el criterio correspondiente.
 
4.- ANEXO Nº5. CONDICIONES DE REMUNERACIÓN. EL OFERENTE QUE NO SUBA O NO INGRESE TODA LA INFORMACIÓNSOLICITADA EN SU RESPECTIVO ANEXO N°5, O LO INGRESE ILEGIBLE, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES.
 
Documentos Económicos
1.- OFERTA ECONÓMICA: 1) Oferta Técnico económica, SEGÚN ANEXO N°6.
2.- 2) Presupuesto Estimado , según Anexo Nº7 .
3.- 3) PRECIOS UNITARIOS, según Anexo Nº8.
4.- El OFERENTE QUE NO INGRESE TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA EN LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ECONÓMICOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .d oc .tif .xls.mpp. zip. rar. u otros.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas,Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases delicitación. 18%
2 CONDICIÓN DE REMUNERACIÓN Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas, Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases de licitación. 20%
3 PRESUPUESTO ESTIMADO Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas,Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases delicitación. 25%
4 PRECIOS UNITARIOS Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas, Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases de licitación. 25%
5 CANTIDAD DE ELEMENTOS SUMINISTRADOS Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas, Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases de licitación. 10%
6 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en el punto9. Requerimientos Técnicos y otras cláusulas,Cláusula Nº14. De los Criterios deEvaluación, de las presentes bases delicitación. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 520000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO Monto Total Estimado CORRESPONDE AL MONTO TOTAL DISPONIBLE CON I.V.A.INCLUIDO PARA EL CONTRATO .
Tiempo del Contrato 730 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Fidel Sobarzo Gutierrez
e-mail de responsable de contrato: fsobarzo@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2218864-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-10-2025
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, deberá presentar documento de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 52 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista, el oferente deberá incluir la glosa en documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "PARA GARANTIZAR LA SERIEDAD DE LA OFERTA EN PROPUESTA PÚBLICA:CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES, EN LA COMUNA DE LOS ANGELES.
Forma y oportunidad de restitución: Los oferentes no adjudicados podrán solicitar su devolución una vez firmado el contrato, el oferente adjudicado deberá canjear esta garantía por la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para su devolución, deberán enviar correo electrónico al funcionario responsable del contrato solicitando su devolución, con los antecedentes del documento de garantía.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 30-12-2027
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías cuyo monto será el equivalente en pesos al 5% del precio final neto ofertado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en los artículos nº 121 Y 122 del D.S. 661, Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Rut 69.170.100-K. En el caso de vale vista, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar dentro de los 10 días corridos siguientes una vez adjudicada junto a los otros documentos para contratar.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES EN LA COMUNA DE LOS ANGELES".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá ser solicitada una vez liquidado el contrato. Para solicitar la devolución de la garantía, el adjudicatario deberá enviar correo electrónico enviado al ITC solicitando su devolución e indicando los antecedentes del documento solicitado. Subir
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 35 quáter de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco.

2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce la figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Artículo Nº 180 del Reglamento de la Ley nº 19.886.  Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22. La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.- La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 180, letra c. del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.- Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá encontrarse hábil en el registro de Proveedores. 
2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.5 La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponda a una empresa de menor tamaño será declarado inadmisible en la etapa de evaluación. 

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.3.1 Inhabilidad sobreviniente de integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.

En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio de la Entidad compradora, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.

    En el evento de que la Entidad compradora apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio debe formalizarse en un acto administrativo.

    Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:

    2.3.1.1 Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.

    2.3.1.2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.

    2.3.1.3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2.5.5.- Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula “DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Nombre: Servicio de Mantención de señaléticas de tránsito.
Ítem: 22.08.006
CC:  19.02.03
SP:  02
ID Plan de compra: 3400-264-PC25

4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas , así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA 
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Listado de precios unitarios
- Oferta Económica.
- Contrato y sus modificaciones , si las hubiere.

5. DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.

6. DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, debe realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. 
Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y/o responsable del contrato”.

7. DE LA MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases, sus anexos y demás antecedentes; ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl.   Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.  Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

8. DE LA OFERTA
El presente llamado a licitación pública corresponde a la CONCESIÓN PARA LA MANTENCIÓN, SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE SEÑALES DE TRÁNSITO Y OTROS DISPOSITIVOS VIALES, EN LA COMUNA DE LOS ANGELES, de acuerdo a la descripción y detalle contenidas en las bases técnicas adjuntas a la presente licitación.

El oferente que desee postular a la presente licitación, deberá contemplar todos los costos asociados a la contratación de la concesión, como la mano de obra, vehículos, maquinaria, herramientas, permisos, seguros, entre otros, según lo indicado en los Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación. 

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Bases Técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación. Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. 

Se considera en  la presente licitación para el período de 730 días corridos de duración de contrato un presupuesto total estimado de $520.000.000.

El  oferente participante deberá presentar su oferta según anexos adjuntos a la presente licitación y su propuesta económica en Anexos N°7 y N°8.
Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el valor indicado por el oferente participante en el portal www.mercadopublico.cl y los valores indicados en Anexos N°7 y N° 8, para todo evento prevalecerá los valores indicados en Anexos N°7 y N° 8.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo Nº7 y Nº8 estén correctos, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta.

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y  Bases Técnicas.

9. DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o de la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

10. DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas , Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

11. DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl.

12. DE LA COMISIÓN DE APERTURA Y PROCESO DE APERTURA
La Comisión de Apertura estará conformada por profesional de la Dirección de SECPLAN, funcionario integrante de la Comisión evaluadora y Funcionario Responsable y/o encargado de la Licitación, entendiéndose por tal, aquel perteneciente a la Dirección de Tránsito y Transporte Público, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica, a través del portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, en Dependencias de la Municipalidad de Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
En caso de que la oferta no cumpla con los requisitos solicitados, ésta será rechazada en forma electrónica, y no será considerada en la evaluación, la misma facultad corresponde a la comisión de evaluación en caso de que el incumplimiento se detecte en esa etapa (evaluación).
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas. Se declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas.
Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.


13. DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación, se utilizará dos decimales sin realizar aproximacionesLo anterior, será aplicable en todo momento en los cálculos de cada criterio.

A modo de ejemplo:

A continuación, en la tabla se indica los puntajes que obtienen 3 proveedores luego de haber realizado el mecanismo de asignación de puntaje de acuerdo al Criterio de Evaluación XX:

 

PROVEEDOR

CRITERIO DE EVALUACIÓN XX

(PUNTAJE PRELIMINAR)

PUNTAJE FINAL DEL CRITERIO

Proveedor 1

98,52

98,52

Proveedor 2

98,566

98,56

Proveedor 3

98,4481

98,44


*Puntaje preliminar: Puntaje obtenido de la ponderación del criterio de evaluación.

**Puntaje Final del criterio: Puntaje obtenido del ajuste de los dos decimales sin realizar aproximación al Puntaje preliminar.

 

Cabe señalar, que lo indicado en la columna Puntaje Final del criterio, será lo utilizado para el cálculo del puntaje final de la oferta.

En el caso de que un oferente presente más de una oferta en la licitación, La Municipalidad considerará para efectos de la evaluación de la licitación, sólo la oferta más conveniente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.

14. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos. En cada caso se asignarán puntajes, que serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la siguiente ponderación:

  1. Oferta Técnica:                     40%
  2. Oferta Económica:                60%

El procedimiento de evaluación para la presente propuesta pública, se realizará de la siguiente manera:

                A. Oferta Técnica (OT), 40%

Para la evaluación de la propuesta técnica, se procederá a considerar en forma ponderada los siguientes subcriterios:

A.1.     Experiencia del Oferente (EO), 18%

Se evaluará de acuerdo a la información ingresada en Anexo N°4 Experiencia del Oferente.
La asignación de puntaje será definida en base a la certificación de municipalidades o instituciones públicas, además de Recepciones Definitivas de Obras que acrediten la experiencia de la empresa en el rubro de Servicios de Mantención de señalización y/o instaladas, acorde a la tabla siguiente:

M2 de Demarcación Certificadas

Puntos

Igual o superior a 5000 señales

100

Entre 4000 y 4999 señales

80

Entre 3000 y 3999 señales

60

Entre 2000 y 2999 señales

40

Entre 1 y 1999 señales

20

No Presenta Experiencia

0

Se evaluará a los oferentes que puedan demostrar una mayor cantidad de experiencia en el rubro de Servicios de Mantención de señalización y/o instaladas; para demostrar experiencia se deberán presentar certificados en donde se acredite la mantención de señales viales urbanas, los certificados deberán ser emitidos por Municipalidades e instituciones públicas, además de Recepciones Definitivas o Recepción Provisoria sin observaciones de Obras (Nota: Para obras realizadas a personas naturales, privados, instituciones o particulares sólo se permitirá el Certificado de Recepción Definitiva de Obra, emitido por la dirección de obras respectiva). Solo serán consideradas mantenciones ejecutadas en los últimos tres (3) años a contar desde el cierre de la recepción de ofertas.

La experiencia de las obras ejecutadas se indicará en el “Anexo N° 4” y se validará adjuntando alguno de los siguientes documentos:

-       Certificado de Recepción Definitiva de Obra, con el nombre de la empresa u oferente como constructor dentro del mismo. El certificado deberá acreditar fecha de ejecución de las obras, cantidad de elementos instalados y materialidad. En el caso que uno o más de estos antecedentes no se señalen, la obra señalada se contabilizará como o señales instaladas.

-       Certificados de ITO o mandantes de Municipios y/o Servicios Públicos, emitidos y firmados por el profesional competente de dicha Institución. El certificado deberá acreditar fecha de ejecución de las obras, cantidad de elementos instalados y materialidad. En el caso que uno o más de estos antecedentes no se señalen, la obra señalada se contabilizará como 0 señales instaladas.

-       Para obras realizadas a personas naturales, privados, instituciones o particulares sólo se permitirá el Certificado de Recepción Definitiva de Obra, emitido por la dirección de obras respectiva para la acreditación de experiencia. El certificado deberá acreditar fecha de ejecución de las obras, cantidad de elementos instalados y materialidad. En el caso que uno o más de estos antecedentes no se señalen, la obra señalada se contabilizará como 0 señales instaladas.

En el caso que se indique un proyecto en el Anexo N°4 y no se adjunte el documento, no coincida el nombre del profesional patrocinante y/o no sea de la materialidad solicitada no será contabilizado.

Si el oferente no posee experiencia será evaluado con cero puntos. Si el oferente no ingresa documentos de acreditación de la o las obras serán evaluadas con cero puntos. Los documentos de acreditación se deben ingresar en anexos técnicos, de preferencia en una sola carpeta que se llame “documentos de acreditación” (la verificación de estos documentos se realizará en la etapa de evaluación).


A.2.        Condiciones de Remuneración (CR), (20%)

La evaluación será en base a la remuneración íntegra que el oferente pagará a cada trabajador contratado para las labores propias de la concesión. El monto a pagar como Total Haberes Mensual no podrá ser inferior al Sueldo Mínimo Mensual legal del periodo actual, según lo informado en Anexo Nº4. Condiciones de Remuneración que forman parte de las presentes bases. Las ofertas que no cumplan con las condiciones descritas en este párrafo serán declaradas fuera de bases.

Para la ponderación del criterio señalado y el cálculo de las remuneraciones, se considerará únicamente al personal que labore directamente en acciones operativas del servicio. De este modo el puntaje de cada factor se obtendrá por medio de la evaluación de los montos de remuneraciones mensuales imponibles y no imponibles, según corresponda a trabajadores con perfiles Obrero Sin Especialización. Se evaluará en base a la siguiente tabla:


FACTOR

PUNTOS

-Aumenta un 25% o más sobre el sueldo mínimo mensual.

100 puntos

-Aumenta entre un 20,1% y un 24,9% más sobre el sueldo mínimo mensual.

80 puntos

-Aumenta entre un 15,1% y un 20% más sobre el sueldo mínimo mensual.

60 puntos

-Aumenta entre un 10,1% y un 15% más sobre el sueldo mínimo mensual.

40 puntos

-Aumenta entre un 5,1% y un 10% más sobre el sueldo mínimo mensual.

20 puntos

-Aumenta entre un 0,1 % y un 5% más sobre el sueldo mínimo mensual.

10 puntos



A.3.        Programa de Integridad (PI),  (2%)


Se evaluará de acuerdo a lo informado en Anexo N°3 "Programa de Integridad", y se obtendrá de acuerdo a la siguiente tabla:

CARACTERÍSTICAS

PUNTOS

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

0 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

0 puntos

Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el anexo Nº3, Programa de Integridad y/o documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente.

El puntaje ponderado de Criterio Oferta técnica, se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Ponderado OT =Puntaje EO x 0.18+ Puntaje CR x 0.20+Puntaje PI x 0.02


B. Oferta Económica (OE), 60%

Para la evaluación de la oferta económica, se procederá a considerar en forma ponderada los siguientes subcriterios:

B.1.        Cantidad de Elementos Suministrados                (CES), 15%

El puntaje asociado será evaluado sobre la cantidad de elementos ofertados en Anexo N°6. Este cálculo se hará en forma proporcional según la siguiente formula:

Puntaje  = Cantidad de Elementos en Evaluación Ítem i / Mayor Cantidad de Elementos ofertado Ítem i) x 15 %

B.2.        Presupuesto Estimado (PE), 25%

Cada precio unitario de las partidas detalladas en Anexo N°7 “Presupuesto Estimado” se multiplicará por un porcentaje de ponderación, obteniendo un valor ponderado de cada partida, dichas ponderaciones corresponden a los siguientes valores:

ID

DESCRIPCIÓN

PONDERACION

 

1

VALORES DE MANTENCIÓN

1.1

Limpieza de Señal Vial, por existencia de suciedad en placa de la señal

1,50%

 

1.2

Reemplazo de Tela de Señal por Perdida de Color o de reflectancia original inferior a un 80% de aquella establecida en el manual de Señalización de Tránsito

5,00%

 

1.3

Reemplazo de Señal por: Abolladura, Hendidura, Torcedura, etc.

15,00%

 

1.4

Reemplazo de Poste por: Abolladura, Hendidura, Torcedura, etc.

10,00%

 

1.5

Reemplazo de Leyenda en señal por tela despegada, rayada, con pintura o graffitis.

1,00%

 

1.6

Reparación de poste inclinado (+5°), doblado o mal emplazado

2,50%

 

1.7

Corrección de Anclaje a la Vista o con falta de apoyo

5,00%

 

1.8

Modificación de altura de señal por estar instalada a una altura inferior a los 2 m libre

1,00%

 

1.9

Reemplazo de Señal por presencia de oxido en placa o poste

15,00%

 

1.10

Reinstalación de Señal por placa mal orientada

5,00%

 

1.11

Mantención de pintura de poste por estar deteriorada o descascarada

2,00%

 

1.12

Reinstalación de Señal por sustracción o destrucción de placa

15,00%

 

1.13

Reinstalación de soporte de sustentación por sustracción o destrucción

12,00%

 

1.14

Reemplazo de placa por deterioro o perdida de identificador de señal en terreno

10,00%

 

Sumatoria de Valores Ponderados

100,00%

 


Se evaluará con 100 puntos al oferente con el menor precio ponderado presentado en Anexo N°7. Los demás oferentes serán evaluados en forma indirectamente proporcional de acuerdo a la siguiente fórmula.


Puntaje  = Menor Oferta / Oferta a Evaluar x 25 %

Dónde:
- Menor oferta: Corresponde al menor precio de la sumatoria de los valores ponderados entre todos los oferentes en evaluación.
- Oferta a evaluar: Corresponde a la sumatoria de los valores ponderados del oferente en evaluación.


B.3.        VALORES UNITARIOS (VU), 20%

Cada precio unitario de las partidas detalladas en Anexo N°8 “Valores Unitarios” se multiplicará por un porcentaje de ponderación, obteniendo un valor ponderado de cada partida, dichas ponderaciones corresponden a los siguientes valores:

ID

DESCRIPCIÓN

PONDERACION

1

SEÑALES VIALES

1.1

Provisión Señal Placa Galvanizada 2,0 mm con tela Grado Ingeniería

15,00%

1.2

Provisión Señal Placa Galvanizada 2,0 mm con tela Alta Intensidad

0,50%

1.3

Provisión Señal Placa Galvanizada 2,0 mm con tela Flúor

0,50%

1.4

Provisión Señal Placa Aluminio Compuesto de 3.0 mm con tela Grado Ingeniería

1,50%

1.5

Provisión Señal Placa Aluminio Compuesto de 3.0 mm con tela Alta Intensidad

0,50%

1.6

Provisión Señal Placa Aluminio Compuesto de 3.0 mm con tela Flúor

0,25%

1.7

Provisión Tela Grado Ingeniería

0,05%

1.8

Provisión Tela Alta Intensidad

0,05%

1.9

Provisión Tela Flúor

0,05%

1.10

Provisión Placa Acero Galvanizado 2.0 mm

0,10%

1.11

Provisión Placa Aluminio Compuesto 3.0 mm

0,10%

1.12

Provisión e Instalación de Señal Braille de Nombre de Calle Diseño Municipal con elemento de sujeción

10,00%

1.13

Provisión e Instalación de Señal Braille de Nombre de Calle Diseño Municipal sin elemento de sujeción

0,05%

1.14

Provisión e Instalación de elementos de Sujeción

0,05%

1.15

Perfil rectangular color negro 5X5X350 cm de 0,2 cm de espesor

0,05%

1.16

Perfil Omega color negro 300 cm

0,05%

1.17

Perfil Omega color negro 350 cm

0,05%

1.18

Retiro de Poste con Anclaje

0,05%

2

ELEMENTOS DE SEGURIDAD VIAL

2.1

Provisión e Instalación de Vallas Peatonales CONASET

12,50%

2.2

Instalación de Vallas Peatonales CONASET

0,10%

2.3

Reparación de Vallas Peatonales CONASET

0,10%

2.4

Traslado de Vallas Peatonales CONASET

0,10%

2.5

Retiro de Vallas Peatonales CONASET

0,10%

2.6

Pintura de Valla Peatonales CONASET

0,10%

2.7

Provisión e Instalación de Defensa Caminera

5,00%

2.8

Provisión e Instalación de Poste Costanera para defensa caminera

0,50%

2.9

Provisión e Instalación terminal Simple de defensa caminera

0,50%

2.10

Retiro defensa caminera

0,05%

2.11

Retiro Terminal Simple de defensa caminera

0,05%

2.12

Retiro de Poste Costanera para defensa caminera

0,10%

2.13

Pintura de defensa caminera

0,10%

2.14

Provisión e Instalación de Hitos Viales Abatibles Naranjos PU

5,00%

2.15

Instalación de Hitos Viales Abatibles Naranjos PU

3,50%

2.16

Reinstalación o Traslado de Hitos Viales Abatibles Naranjos PU

2,50%

2.17

Retiro de Hitos Viales Abatibles Naranjos PU

1,50%

3

ELEMENTOS VIALES URBANOS

3.1

Provisión e Instalación de Estacionamiento Bicicleta Tipo U Invertido

5,00%

3.2

Retiro de Estacionamiento Bicicleta Tipo U Invertido

0,10%

3.3

Reparación de Estacionamiento Bicicleta Tipo U Invertido

0,10%

3.4

Reinstalación de Estacionamiento Bicicleta Tipo U Invertido

0,10%

3.5

Suministro e instalación de Refugio Peatonales Urbano Diseño Municipal

10,00%

3.6

Retiro de Refugio Peatonal Urbano

0,05%

3.7

Reparación de Refugio Peatonal Urbano

0,05%

3.8

Mantención de Pintura Refugio Peatonal Urbano

0,05%

3.9

Suministro e instalación de Refugio Peatonales Rural

7,50%

3.10

Retiro de Refugio Peatonal Rural

0,05%

3.11

Reparación de Refugio Peatonal Rural

0,05%

3.12

Mantención de Pintura Refugio Peatonal Rural

0,05%

3.13

Provisión e Instalación de Punto de Reparación de Bicicletas

10,00%

3.14

Retiro de Punto de Reparación de Bicicletas

0,05%

3.15

Reinstalación de Punto de Reparación de Bicicletas

0,05%

3.16

Provisión e Instalación de Espejo Panorámico Circular 60 cm con poste de sujeción

3,00%

3.17

Provisión e Instalación de Espejo Panorámico Circular 60 cm sin poste de sujeción

3,00%

3.18

Retiro de Espejo Panorámico Circular 60 cm con poste de sujeción

0,05%

3.19

Retiro de Espejo Panorámico Circular 60 cm sin poste de sujeción

0,05%

SUMATORIA PONDERACION TOTAL

100,00%


Se evaluará con 100 puntos al oferente con el menor precio obtenido en la sumatoria de los valores ponderados. Los demás oferentes serán evaluados en forma indirectamente proporcional de acuerdo con la siguiente fórmula.

Puntaje  = Menor Oferta / Oferta a Evaluar x 20 %

El puntaje ponderado de Criterio Oferta económica, se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Puntaje Ponderado OE= Puntaje CES x 0.15+ Puntaje PE x 0.25 + Puntaje VU x 0.20


El Puntaje Total Ponderado (PTP) del Oferente en evaluación se obtiene según lo siguiente:

PTP= Puntaje ponderado OT + Puntaje Ponderado OE


15.  DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio “Presupuesto Estimado”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Precio Unitario”. ”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Condición de Remuneración”. ”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Experiencia del Oferente”. ”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Cantidad de Elementos Suministrados”. ”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor ponderación en el criterio "Programa de Integridad”.
Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos o más oferentes, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero en día su oferta al portal de mercado público una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.


16. DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. 
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio en un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.

17. DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

18. DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, las consultas deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles administrativos contados desde la publicación en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de correo electrónico, dirigido al contacto de la licitación y responsable del contrato indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al oferente que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.

19. DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta,  por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.
El Desistimiento por esta causa  deberá ser comunicado al Departamento de Tránsito y Transporte Público vía escrita debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

20. DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos para contratar, no firma el contrato, o no acepta la orden de compra (en el caso que no exista contrato), en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, adjudicar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

21. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será en pesos chilenos y el pago será efectuado mensualmente en conformidad a lo estipulado en el contrato, en moneda nacional.

22.  DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días corridos los siguientes documentos:

a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto a, sólo si corresponde, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

b. Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

c. Declaración jurada simple de no tener prohibición para contratar. Si el oferente postuló con la modalidad UTP, deberá presentar una declaración por cada uno de los integrantes de la UTP.

d. Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2025, N°21.722. F-30. Si el oferente postuló con la modalidad UTP, deberá presentar un certificado por cada uno de los integrantes de la UTP.

e. Garantía de Fiel cumplimiento del contrato

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado  (en adelante llamado Concesionario), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.


El Concesionario remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Concesionario  no entregare los documentos de los puntos anteriores, 1 y 2 sólo si corresponde; no se inscribiese en chileproveedores, no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado,  se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde; aplicar la readjudicación o llamar a una nueva licitación mediante resolución fundada.


Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

 
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, es de competencia de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba el contrato, hasta la liquidación de éste, estipulado en las presentes bases.

El Concesionario no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.


Cuando se trate de licitaciones superiores a 5.000 UTM la suscripción del contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de diez días hábiles desde la notificación de la adjudicación.

23. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista. El adjudicado, previo informe y autorización del Inspector Técnico, podrá subcontratar parte de lo licitado, hasta 30% máximo.

24. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO
La Municipalidad podrá autorizar ampliación la concesión, previo informe técnico de la Inspección Técnica de la Concesión, visado por el Director de la  Dirección de Tránsito y Transporte Público y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.
Los aumentos efectivos del contrato y aumentos de plazo, deberán ser debidamente garantizados mediante garantía financiera, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término de las obras más 60 días hábiles.
Toda modificación que se realice (aumento o disminución del contrato), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspector Técnico de la Concesión al Concesionario  y se expresará en la pertinente modificación del contrato. En casos de aumentos del contrato, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción del contrato, podrá disminuirse el valor de las garantías.

25. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al proveedor de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural.

b) La extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concesionario.

c) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el concesionario no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.

d) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el concesionario. Las bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. Las cuales son:

1.- Si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciare las obras dentro del plazo máximo

de 07 días corridos, contados desde la fecha de entrega del terreno.

2.- Por paralizar las obras por más de 15 días corridos sin causa justificada ante la I.T.O.

3.- Por el incumplimiento de acuerdo a lo estipulado en la cláusula de las Sanciones y/o multas y

su aplicación, lo indicado a las causales que dan término anticipado de contrato y cobro de la

garantía.

4.- Por modificaciones o alteraciones de las obras contratadas sin la debida autorización.

5.- Si las obras quedaren con defectos graves que no pudieren ser reparadas y comprometieren la

seguridad de ellas u obligar en a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la

Municipalidad adopte las medidas procedentes.

6.- Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del contratista

cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones

previsionales o tributarias.

7.- Si el contratista fuere formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de

sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio o apoderado.

8.- Si el contratista fuere una sociedad y se disolviere o se hubiere manifestado la voluntad de

disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato.

9.- El contratista al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y

previsionales, esto de acuerdo al F-30 y F-31, y durante el transcurso del contrato no ha

cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la

mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

10.- Por otras causales indicadas en las presentes Bases Administrativas que establezcan dicha

sanción.

e) El estado de notoria insolvencia del concesionario concesionario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

f) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme con el artículo 129 del reglamento de la Ley 19.886. En tal caso, la entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de la Ley 19.886. 

g) Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 130 del Decreto Supremo 661, del Ministerio de Hacienda.

h) Si al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30 - 1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

i) Las demás causales establecidas en la ley, en las respectivas bases de la licitación o en el contrato. Dichas bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.

En caso de producirse las causales indicadas en b); d); e); y/o h), la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

26. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el  Concesionario, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del presente contrato, lo que será calificada por el Inspector técnico en atención al interés superior del servicio, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o Ia terminación anticipada del mismo, según procediera.

27. DE LA RESPONSABILIDAD DEL CONCESIONARIO
El Concesionario deberá ejecutar correcta y oportunamente las labores y/o servicios contratados. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual. 
El Concesionario será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, de la adquisición, transporte, mano de obra y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.
Los aumentos de plazo, así como el retardo en la entrega del inicio de la concesión, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con la concesión contratada, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Unidad Técnica y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie.
Corresponderá al Concesionario demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

Será responsabilidad del concesionario velar por mantenerse habilitado en el Registro de

Proveedores.

28. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO
a) Será obligación del Concesionario cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas , Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Contrato.

b) Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso de la concesión.

c) Será obligación del Concesionario designar a un Encargado de la Concesión, el cual deberá tener contacto directo con el Inspector Técnico de la Concesión y residencia permanente en la comuna de Los Ángeles. Para lo anterior, será obligación del Concesionario proveer al Encargado de la Concesión movilización propia, teléfono celular y correo electrónico.

d) El Concesionario deberá contar con instalaciones en la comuna de Los Ángeles. También deberá informar número de red fija, red móvil, dirección de correo electrónico, y horario de atención al usuario por parte del Concesionario.

e)  Será responsabilidad y de cargo del Concesionario, cualquier accidente que se ocasione producto del cumplimiento de la Concesión, desligando de toda responsabilidad al mandante.

f) Será responsabilidad y cargo del concesionario proveer el libro de inspección foliado y en triplicado y mantenerlo en el lugar que la Inspección Técnica de la Concesión  (ITC), le indique y en el cual se anotarán todas las observaciones de la marcha del servicio, las infracciones , multas y las órdenes que imparta la ITC.

g) Será obligación del Concesionario proveer todo el personal necesario para el cumplimiento de la Concesión, dentro de los cuales se debe considerar como mínimo:

-Un Técnico del área electrónicos o eléctricos, con licencia de instalador eléctrico certificado (SEC) clase A o B, con experiencia comprobada en tarjetas microprocesadoras, tarjetas de potencia, sistemas digitales y comunicaciones, el que actuará como Jefe Técnico del Servicio.

-Tres operadores electrónicos o eléctricos, con experiencia en mantención de sistemas Eléctricos o Electrónicos.

-Cinco obreros especializados con experiencia en sistemas Eléctricos o Electrónicos.

-Una Secretaria para trabajo en oficina que cumpla con los requisitos idóneos para la función.

-Para el suministro de elementos de Semáforos, se deberá contar con un equipo independiente al destinado al Servicio de Mantención.

h) El Concesionario deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda..

i) Es obligación del Concesionario responder por el cumplimiento del personal contratado para la ejecución de la concesión. No será causal eximente del cumplimiento de las obligaciones del concesionario el hecho que el personal contratado por éste se niegue a prestar las labores contratadas, por cualquier causa, legal o ilegal, parcial o total. En todo caso el Concesionario deberá arbitrar las medidas oportunamente para que las labores se continúen efectuando a pesar de éste o cualquier otro inconveniente.

j) Será obligación del Concesionario pagar las remuneraciones correspondientes a todo el personal que colabore en su acción, siendo de su cargo el pago de impuestos, leyes sociales, remuneraciones que se devenguen por este concepto con ocasión de la prestación de la concesión.

k) Será obligación del Concesionario disponer en todo momento de:
- Lista de asistencia del personal contratado para la concesión. 
- Contrato de trabajo del personal.
- Comprobante de sueldos y salarios.
- Planilla de pago de imposiciones.
- Comprobante del pago del seguro contra accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

l) Será obligación del Concesionario cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.

m) El Concesionario se compromete a ejecutar las obligaciones contraídas de la presente licitación con el menor malestar a los vecinos, en donde éstas se ejecuten.   La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local. 

n) Será obligación del Concesionario dar solución a las observaciones hechas por la Inspección Técnica  de la Concesión en relación a deficiencias o incumplimientos en la prestación de la concesión. 

ñ)  El concesionario deberá proveer a su personal de uniforme completo de manera tal, que estos sean identificados, como trabajadores de la empresa adjudicada y del equipo de seguridad necesario, según las instrucciones que imparte la mutual de seguridad o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes. El costo del uniforme y equipos de seguridad serán de cargo del concesionario.

o) El concesionario deberá proveer una tarjeta de identificación para cada trabajador, visada por el Director de la Dirección de Tránsito y Transporte Público, esta deberá contener como mínimo la siguiente información: fotografía, nombre, RUT, cargo que desempeña. Esta deberá estar visible en el uniforme de trabajo en todo momento.

p) El Concesionario es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores, en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios. 

q) El Concesionario deberá, cuando corresponda, a su costo instalar toda señalización, barreras y/o encintados necesaria que permita advertir de trabajos en la vía, orientados al tránsito vehicular como peatonal, con estricto apego a los manuales de señalización establecidos por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones así como también al manual de señalización transitoria y medidas de seguridad para trabajos en la vía indicados en el Manual de Tránsito de Conaset capítulo 5, y a todas la señalización que exijan las Direcciones o Departamentos Municipales correspondientes.

r) Será responsabilidad exclusiva del Concesionario tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Concesionario, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Concesionario. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Concesionario, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Concesionario, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.

s) Será obligación del Concesionario contar con vehículos, herramientas y/o maquinarias necesarias para el cumplimiento del contrato, entendiéndose por ello que deberá contar con las instalaciones para el resguardo de vehículos, herramientas y/o maquinarias, resguardar el servicio de mantención de vehículos, herramientas y/o maquinarias y contar con el reemplazo necesario de todo vehículo, herramienta y/o maquinaria que sea necesaria para dar cumplimiento al contrato, en los tiempos y formas estipuladas por el Concesionario en el cronograma propuesto, según lo requerido en las Bases Técnicas que son parte de esta licitación.

t) El Concesionario tendrá la obligación de dar las facilidades que correspondan para el cumplimiento de la Inspección.  De las deficiencias e incumplimiento que advierta la inspección técnica, se dejará constancia escrita y cuando corresponda dará plazo para solucionar o cumplir con lo concesionado. 

u) Para el evento de que la Municipalidad sea demandada por cualquier motivo derivado del incumplimiento de obligaciones del Concesionario, cualquier suma, compensación o indemnización que se adeude a terceros, deberá ser solventada exclusivamente por el Concesionario, para cuyo efecto, la Municipalidad podrá hacer efectivas todas sus garantías y pagos pendientes que tenga en la municipalidad, sin perjuicio de repetir en contra del Concesionario por los pagos de cualquier tipo que la Municipalidad hubiere hecho a favor de terceros. 

v) En el caso de uso de vehículos para el cumplimiento de la concesión, éstos deberán ser de destinación exclusiva para la concesión, lo cual implica que  al momento de requerirse para trabajos relacionados con la concesión, deberá estar siempre disponible.  

w) Será obligación del Concesionario solicitar la Recepción Conforme al Inspector Técnico cada vez que se requiera, como también el notificar al Inspector Técnico el término de las obligaciones contraídas de la presente licitación, sin perjuicio de las recepciones gestionadas por la Inspección Técnica de la Concesión.

x) El Concesionario deberá informar a la Inspección Técnica de la Concesión si la factura de pago fue cedida o no al factoring para el estado de pago correspondiente.

y) Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Concesionario deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico de la Concesión.

29. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el concesionario.

El Concesionario tendrá un plazo 2 días hábiles, es decir, contado de lunes a viernes, para aceptar la orden de compra desde el momento de su envío por el portal de mercado público. La orden de compra deberá estar en estado aceptada para el respectivo pago. Si el concesionario no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

30. DEL ACTO DE ENTREGA DE TERRENO
Luego de firmado el contrato, con la aprobación mediante el Decreto Alcaldicio que aprueba dicho contrato,  y una vez dictado el decreto que aprueba al Inspector Técnico de la Concesión, y su suplente, se procederá al acto de entrega de terreno.
El Inspector Técnico de la Concesión designado procederá a realizar la entrega de terreno mediante el Acta correspondiente, para lo cual notificará al Concesionario para asistir a la entrega de terreno en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados de lunes a viernes, desde la fecha de notificación.
Si el Concesionario o su representante no concurriese en la oportunidad fijada para la entrega de terreno, la Municipalidad le señalará un nuevo plazo que no exceda de 07 días. Expirado éste, y si no concurriese nuevamente, se pondrá  término anticipado administrativamente al contrato, y se hará efectiva las garantía de fiel cumplimiento del mismo.

31. DEL PLAZO
El plazo de vigencia de la ejecución de la concesión será por un periodo de 730 días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Entrega de Terreno.
El plazo fijado para la ejecución se entenderá en días corridos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:
                1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Concesionario.
                2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.
                3.- Que el hecho sea insuperable.
                4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


32.- DE LA OPERATORIA DE LA CONCESIÓN

La presente concesión contempla en general, la realización de trabajos de mantenimiento ordinario, reposiciones retiros, cambio, reinstalaciones, traslado y suministro de señales viales en los términos íntegramente detallados  en las Bases Técnicas. 


33. DE LOS PERMISOS
El Concesionario deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de realizar la concesión con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.

34. DEL ENCARGADO DE LA CONCESIÓN
El Concesionario bajo su responsabilidad designará un profesional responsable de la concesión, para dirigir los trabajos de la mantención, el cual se entenderá ampliamente facultado para representar al Concesionario en todos los asuntos relacionados con la concesión.
También deberá existir un profesional subrogante, de las mismas características, y con iguales atribuciones, por las ausencias que pueda experimentar el profesional titular.
La designación de dicho profesional y su subrogante deberá quedar registrada en el libro de la concesión.
El Inspector Técnico de la Concesión podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Concesionario el término de las funciones de él o de los reemplazantes. En caso de producirse  esta situación el Concesionario deberá presentar un nuevo Profesional, el que deberá contar con Visto Bueno de la Inspección Técnica de la Concesión.

35. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA CONCESIÓN
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica de la Concesión o Inspector Técnico de la Concesión (ITC) al profesional a quien la Dirección de Tránsito y Transporte Público le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución de la concesión, correspondiente a la presente licitación y, en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando Inspector Técnico de la Concesión suplente y las funciones a desarrollar.
El Inspector Técnico de la Concesión será responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente.
Durante el período de ejecución de la Concesión, siempre habrá al menos un Inspector Técnico de la Concesión.

36. DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO DE LA CONCESIÓN
Serán atribuciones del Inspector Técnico de la Concesión lo siguiente:
a. El Inspector Técnico de la Concesión inspeccionará el cumplimiento de la concesión de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.
b. El Inspector Técnico de la Concesión podrá ordenar el retiro o reemplazo de todo elemento, que a su juicio, puedan ocasionar daños o situaciones de peligro.
c. El Inspector Técnico de la Concesión tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá de los pagos mensuales, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.
Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico de la Concesión al Concesionario serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica de la Concesión estipule.

37. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA CONCESIÓN
El Concesionario mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de Inspección Técnica de la Concesión, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico de la Concesión y el Concesionario. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:
 - Fecha del acta de entrega de terreno.
 - Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica de la Concesión.
 - Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el Concesionario.
 - Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico de la Concesión.
 - Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.
 La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico de la Concesión, y la primera copia por el Concesionario, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

38. DEL PAGO
La Municipalidad pagará al Concesionario de acuerdo al contrato y oferta presentada en Anexos  Nº6, Nº7 y N°8. El pago será realizado en pagos mensuales, de acuerdo a lo efectivamente suministrado durante el mes contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K calle Caupolicán N° 399 Los Ángeles, indicando número de orden de compra correspondiente. 
El pago se realizará dentro de los 30 primeros días corridos del mes siguiente de la facturación.

39. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
A) Por concepto de mantención

1. Será obligación del Concesionario presentar los siguientes documentos:
 1.1 Factura del mes correspondiente a pago, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K.  En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente al mes de pago.
1.2 Nómina de trabajadores que prestaron servicios durante el mes de pago en curso, incluyendo a quienes trabajen en forma temporal, listado que debe señalar el número de días trabajados.
1.3 Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución de la concesión, correspondiente al mes de pago.
1.4 Certificado de cumplimiento vigente de las obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Inspección del trabajo que acredite que el Concesionario no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el periodo correspondiente al pago.
1.5 Para el último mes de pago, finiquitos de trabajadores si corresponde y certificado del Concesionario que señale qué pasará con los trabajadores no finiquitados.

2. Será obligación de la Inspección Técnica de la Concesión presentar los siguientes documentos para el pago:
2.1 Factura del mes de pago correspondiente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K, con visto bueno del  Director de la Dirección de Tránsito y Transporte Público y del Inspector Técnico de la Concesión.
2.2 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.
2.3 Orden de compra aceptada por el oferente.
2.4 Fotocopia de Bases Administrativas, y Bases Técnicas .
2.5 Fotocopia de Oferta Técnico Económica del Concesionario, según Anexo Nº 6
2.6 Fotocopia de Oferta Económica del Concesionario, según Anexo Nº 7 y Nº8
2.7 Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación.
2.8 Decreto que designa Inspector Técnico de la Concesión y suplente.
2.9 Copia de contrato y sus modificaciones si correspondiere.
2.10 Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si correspondiere.
2.11 Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.
2.12 Acta de entrega de terreno.
2.13 Acta de capacitación dirigida al ITC y su subrogante, con el objetivo de enseñar el uso de la plataforma (única vez).
2.14 Certificado de Cumplimiento de la Concesión.  En caso de observaciones durante el mes de pago, se deberá presentar Certificado de Cumplimiento de la Concesión, con observaciones.
2.15 En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas durante el mes de pago correspondiente.

B) Por concepto de Suministro:

1.- El Concesionario debe presentar: 
1.1 Factura a nombre del municipio, RUT Nº 69.170.100-k. La factura deberá indicar número de orden de compra correspondiente. 

2.-El Inspector Técnico deberá presentar: 
2.1 Factura, con visto bueno del Director de la Dirección de Tránsito y Transporte Público y del Inspector Técnico de la Concesión.
2.2 Copia de la orden de compra debidamente aceptada por el oferente.
2.3 Órdenes de trabajo emitidas
2.4 Certificado de Recepción Conforme visada por el I.T.C. En caso de observaciones en la recepción, se deberá presentar Certificado de recepción con observaciones visada por el I.T. C.
2.5 Copia de bases administrativas y Bases Técnicas .
2.6 Fotocopia de Listado de precios unitarios, según Anexo N°8
2.7 Copia de decreto alcaldicio de adjudicación y sus modificaciones si correspondiere.
2.8 Copia de nombramiento de Inspector Técnico de la Concesión y Suplente.
2.9 Copia de contrato y sus modificaciones si correspondiere.
2.10 Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si correspondiere.
2.11 Copia Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
2.12 En el caso de haberse cursado multas y éstas hayan sido favorables al municipio, se deberá adjuntar además el decreto alcaldicio que sanciona la o las multas.
2.13 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

40. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
El incumplimiento de las presentes Bases, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción y/o multa según lo siguiente:

Descripción de Multa

Valor

Gravedad

Se multará a la empresa concesionaria si las señales instaladas no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas.

5 UTM / veces

Alta

Se multará a la empresa concesionaria si los Elementos Viales y otros, no cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas.

5 UTM / veces

Alta

Se multará a la empresa concesionaria cuando se detecte que este no dispone del personal ofrecido para ejecutar la licitación y/o se encuentra realizando funciones distintas a la concesión para la mantención.

5 UTM / veces

Alta

Se multará a la empresa concesionaria cuando se detecte que el concesionario no dispone de los materiales o vehículos solicitados, o estos son utilizados en funciones distintas a la concesión para la mantención.

5 UTM / veces

Alta

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no de cumplimiento de las tareas rutinarias solicitadas por la concesión para la mantención.

5 UTM / veces

Alta

Se multará a la empresa concesionaria si los móviles asociados a la concesión para la mantención no cuentan con sus GPS activados y funcionando, o presentan alguna falla la cual no es subsanada.

3 UTM / veces

Media

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no cumpla con la calidad de su trabajo.

3 UTM / veces

Media

Se multará a la empresa concesionaria no respete el programa de trabajo, no se presente para coordinar o ejecutar obras o ejecute éstas sin autorización ni solicitud del ITC o las Presentes Especificaciones Técnicas.

3 UTM / veces

Media

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no cumpla con la entrega de informe de tareas mensual y/o mensual.

1,5 UTM / día

Baja

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no cumpla con los plazos de entrega del catastro y/o sus actualizaciones.

1,5 UTM / día

Baja

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no cumpla con los horarios asociados al servicio.

1,5 UTM / veces

Baja

Se multará a la empresa concesionaria cuando éste no cumpla con la atención telefónica de llamados de emergencia.

1,5 UTM / veces

Baja


Si el concesionario incurre en incumplimiento del tipo de Gravedad Alta persiste por más de 3 veces consecutivos o 6 veces al año, se dará término anticipado al contrato y se efectuará el cobro del documento que garantice el fiel cumplimiento del contrato.

Si el concesionario incurre en incumplimiento del tipo de Gravedad Media persiste por más de 5 veces consecutivos o 10 veces al año, se dará término anticipado al contrato y se efectuará el cobro del documento que garantice el fiel cumplimiento del contrato.

Si el concesionario incurre en incumplimiento del tipo de Gravedad Baja persiste por más de 7 veces o días consecutivos o 14 veces o días al año, se dará termino anticipado al contrato y se efectuará el cobro del documento que garantice el fiel cumplimiento del contrato.

Toda Sanción o Multa que se hubiese hecho merecedor el concesionario le será comunicada de manera presencial y quedara establecido en el Libro de Obra de la Inspección Técnica de la Concesión.

El valor de la UTM a considerar para el cobro de la multa será el del mes de cobro de la multa, según registro en el libro de la Inspección Técnica de la Concesión.

Toda Multa a favor de la Municipalidad de Los Ángeles, Apelada o no por el Concesionario, será formalizada mediante Decreto Alcaldicio

La fecha de Entrega de Terreno se realizará después de la recepción por parte de la ITO del Decreto Alcaldicio que “Aprueba el Contrato”, previo aviso al oferente, mediante Oficio Ordinario, Correo Electrónico. Si el oferente no acata esta indicación, el ITO podrá declarar en rebeldía al oferente y solicitar la caducidad del contrato iniciando el cobro de las garantías asociadas.

Las multas serán acumulativas de acuerdo a los topes que se indican y que la sumatoria de las mismas no podrán exceder, en ningún caso, el monto de la garantía de fiel cumplimiento contrato, ya que, de ser así Municipalidad de Los Ángeles, dará término anticipado al Contrato, haciendo efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.


41. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES

Este procedimiento se utilizará para la aplicación de multas, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento y término anticipado del contrato.

Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de Garantía de Fiel Cumplimiento o término anticipado del contrato, la Dirección a cargo, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por escrito, a través de libro de inspección técnica o correo electrónico, informando sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquella se motiva.

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos por escrito acompañando todos los antecedentes que respalden su posición mediante carta dirigida al director (a) de la Dirección a cargo. Dicha comunicación deberá ser ingresada en la secretaría municipal respectiva en horario de 08:15 horas a 14:00 horas y desde las 15:00 a 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes.

Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de decreto alcaldicio.

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Municipalidad tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, para la aplicación de multas y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento y de 10 (diez) días hábiles para el término anticipado del contrato.

En caso de rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor, la sanción que se aplique deberá formalizarse a través de decreto alcaldicio, en la cual deberá además pronunciarse sobre los descargos presentados.

Todo decreto alcaldicio, se notificará al respectivo proveedor por escrito, y se publicará oportunamente en el sistema de información electrónico.

Cabe señalar que, a estos actos administrativos, le son aplicables los recursos de impugnación estipulados en la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.

Se entiende a la dirección Municipal respectiva, a la Dirección de Tránsito y Transporte Público.

42. DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Concesionario. Los descuentos se harán del mes de pago del Concesionario o de las garantías vigentes.

43. DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Por cada mes de trabajo durante el tiempo de vigencia de la concesión, concerniente a la presente licitación y en virtud a lo estipulado en el contrato, la Inspección Técnica de la Concesión deberá emitir Certificado de Cumplimiento de la Concesión, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica de la Concesión y por el Director de la Dirección de Tránsito y Transporte Público, indicando la recepción conforme del mes de trabajo correspondiente.
En el caso de que la Inspección Técnica de la Concesión considere que no corresponde dar visto bueno durante el respectivo mes de trabajo, deberá emitir un Certificado de Cumplimiento de la Concesión con observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.


44. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez emitido el respectivo certificado de cumplimiento de la concesión del último mes de ejecución del servicio, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 60 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Concesionario. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Concesionario la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
En caso de término anticipado de Contrato, la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.

45. DE LAS GARANTÍAS
- De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
En caso de aumento del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato. La nueva garantía deberá ser ingresada en la Dirección de Tránsito y Transporte Público antes del vencimiento de la originalmente entregada.
En caso de disminución del contrato y/o plazo podrá reemplazarse por otra de acuerdo a la disminución del monto y/o plazo contractual; la vigencia será de acuerdo al nuevo plazo contractual más 60 días hábiles (contado de lunes a viernes).
En caso de incumplimiento del Concesionario de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas, si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica de la Concesión, estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

46. DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución de la concesión se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Concesionario.

47. DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica de la Concesión, no libera al Concesionario de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de la ejecución de la concesión será exclusivamente del Concesionario.

48. DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución de la Concesión de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Concesionario.

49. DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

50. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.