Licitación ID: 2408-81-LP23
MANTENCIÓN DE CÁMARAS DE TELE VIGILANCIA COMUNA DE LOS ÁNGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES, IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Cámaras de seguridad 1 Unidad
Cod: 46171610
Se requiere un servicio de mantención de cámaras de televigilancia de la comuna, según EETT adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
MANTENCIÓN DE CÁMARAS DE TELE VIGILANCIA COMUNA DE LOS ÁNGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se solicita el servicio de mantención de 44 cámaras de televigilancia en la comuna de Los Ángeles, por un periodo de 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Unidad de compra:
IMUNI_LOSANGELES ADQUISICIONES
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
CAUPOLICAN 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-04-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 24-03-2023 8:12:20
Fecha inicio de preguntas: 24-03-2023 17:30:00
Fecha final de preguntas: 03-04-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-04-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-04-2023 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-04-2023 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2023 13:03:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO OPCIONAL 31-03-2023 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- VISITA A TERRENO OPCIONAL. Para efectos de la presente licitación, los oferentes participantes podrán asistir a una VISITA A TERRENO de carácter OPCIONAL, para el día 31 de marzo de 2023, a las 11:00 hrs. El lugar de la visita será en calle O'Higgins 334, comuna de Los Ángeles. El profesional a cargo de la visita levantará un Acta de Visita a Terreno, con la asistencia del o los oferentes participante o sus representantes, la cual, para efectos de transparencia deberá ser subida al portal por la Unidad Mandante y presentada en el acto de apertura.
2.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de basesen e lacto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultadde emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en AnexosAdministrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.ENCASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DELAGARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UNDOCUMENTO(FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DELO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA
3.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA EN LA SECCIÓN A, ANEXOS ADMINISTRATIVOS: Identificación del oferente, la que se deberá ingresar en Anexos Administrativos, según Anexo Nº1
4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión. EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MAS DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS ILEGIBLES, O SIN LA VIGENCIA SOLICITADA, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3. Experiencia del Oferente. El oferente participante deberá subir obligatoriamente Anexo N°3. Experiencia del Oferente.En el caso de informar experiencia, ésta deberá ser de cantidad de contratos ejecutados en mantención de cámaras o sistemas de tele vigilancia de servicios públicos, ejecutados en los últimos 2 años,a contar desde la fecha de cierre de recepción de la oferta de la presente licitación. En el caso de no tener experiencia, lo podrá informar en Anexo N°3. El OFERENTE QUE NO INGRESE ANEXO N°3 O LO INGRESE ILEGIBLE, SERA DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
 
2.- La experiencia deberá ser respaldados con Contratos o facturas del servicio. No se evaluarán proyectos presentados con montos inferiores a los $ 10.000.000.-. En el caso que en los documentos de acreditación no informe el monto o el tipo de proyecto, el oferente deberá adjuntar Certificado firmado por el mandante donde se informe el monto y tipo de proyecto. En el caso de que el oferente no acredite la experiencia de uno o más servicios, con documento efectivo,este servicio se evaluará con cero puntos. Los documentos de acreditación se ingresara en Anexos técnicos, de preferencia en una sola carpeta que se llame "documentos de acreditación" (la verificación de estos documentos se realizará en la etapa de evaluación).
 
Documentos Económicos
1.- Presupuesto detallado, se debe ingresar preferentemente en sección "C" Anexos Económicos, según Anexo Nº4
2.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE TODOS LOS DOCUMENTOS ECONÓMICOS SOLICITADOS O INGRESE UNO O MÁS DOCUMENTOS ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESENCIA COMUNAL Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 10%
2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 30%
3 OFERTA ECONÓMICA Se evaluará según lo estipulado en la Clausula N°14 "Criterios de Evaluación" del punto 9 Requerimientos Técnicos y otras Clausulas de las presentes bases. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 101000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL MONTO CORRESPONDE AL PRESUPUESTO DISPONIBLE, CON IVA INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Tesorería Municipal
e-mail de responsable de pago: mjimenez@losangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: Juan Segovia Mendoza
e-mail de responsable de contrato: jsegovia@losangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2218585-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 07-07-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art.31 del Reglamento de la ley 19.886, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento(formato libre)en el que contemple los antecedentes indicados en "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "Para Garantizar Seriedad de la oferta en propuesta pública: "MANTENCIÓN DE CÁMARAS DE TELE VIGILANCIA COMUNA DE LOS ÁNGELES".
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. Para solicitar la devolución se deberá enviar correo electrónico al responsable del contrato,indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles
Fecha de vencimiento: 07-11-2025
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 10% del monto total de lo adjudicado. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía por cada una de las líneas adjudicadas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento,éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía.No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá ser entregada dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la fecha de adjudicación en el portal y permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Si el oferente adjudicado no entregare la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta y el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PROPUESTA PÚBLICA: MANTENCIÓN DE CÁMARAS DE TELE VIGILANCIA COMUNA DE LOS ÁNGELES.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá ser solicitada por el oferente adjudicado una vez liquidado el contrato, mediante carta o correo electrónico dirigido al Inspector Técnico, indicando los antecedentes del documento de garantía.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la nueva figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el Portal ww.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el acto de Apertura.


2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su Constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula  Del Término Anticipado del Contrato de las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.


3.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO

  • Ítem: 22.06.006.002
  • Nombre de ítem: Mantención Cámaras Televigilancia
  • Centro de costo: 26.04.06
  • Subprograma: 1
  • ID plan de compras: 3400-122-PC33


4.- DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas;  Aclaraciones si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y el Presupuesto detallado, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

-Normativa Vigente.

-Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

-Especificaciones Técnicas.


PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Presupuesto detallado

- Orden de Compra.

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiera.


5.- DEL MARCO NORMATIVO

La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.


6.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

La comunicación entre la entidad licitante y el Oferente se debe realizar exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl.

Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada.

Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” o "responsable del contrato".


7.- DE LA MODIFICACIÓN DE BASES

La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una pregunta solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del Portal web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.


8.- DE LAS OFERTAS

La presente licitación pública corresponde al llamado para el servicio de mantención de cámaras de televigilancia de la comuna, con el objetivo de satisfacer en tiempo y forma los requerimientos de la comunidad, según detalle indicado en las Especificaciones Técnicas.

El o los oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar todos los costos asociados al servicio, considerando todas las herramientas y/o equipos necesarios para el correcto funcionamiento del servicio, todo lo anterior según Anexo N° 4 Presupuesto detallado de lo contrario quedará fuera de bases.

Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N° 4, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N°4.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo N° 4 Presupuesto detallado, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas.


9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o la firma del contrato por parte del adjudicado. El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.


10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones; si lo hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.


11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberá formularse a través del Portal www.chilecompra.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las respuestas respectivas se entregarán a través de documento Anexo en la respectiva página Web del Portal www.mercadopublico.cl al que podrán acceder todos los participantes de la propuesta.


12.- DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA

Comisión de Apertura, compuesta por, Profesional de la Dirección de Secplan, funcionario integrante de la comisión evaluadora y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la  Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declarará inadmisible las ofertas cuando estas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.


13.- DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”. La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado. Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes respuestas, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente. Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases. En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.


14.- DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se evaluará según los siguientes criterios:

1.1  OFERTA ECONOMICA: 60%

a)      Oferta Por Mantención  de cámaras de Tele Vigilancia               (OPM) 40%

Se evaluará el Precio total IVA incluido, de acuerdo a lo informado en tabla n° 1 del anexo n° 4.

Siendo:

Puntaje OPM = Puntaje del oferente evaluado.

OM = Mejor oferta económica (menor precio).

Oi = Oferta del oferente evaluado (precio)

El puntaje para cada oferta económica, se determinará según la siguiente fórmula:

Puntaje OPM= (OM/OI)x 100

b)      Oferta por monto de reemplazo de equipamiento por fallas causadas por accidentes, delincuencia, casos fortuitos o fuerza mayor (OMR) 20%

Para la evaluación de este sub criterio se considera lo informado por el oferente en el Precio total IVA incluido de la tabla N° 2 del anexo N°4.

Monto de reemplazo de equipamiento por fallas causadas por accidentes, delincuencia, casos fortuitos o fuerza mayor

Puntaje

Monto Total  entre  $ 1.000.000.- y $ 2.000.000.-

100

Monto Total  entre  $ 2.000.001.- y $ 3.000.000.-

70

Monto Total  entre  $ 3.000.001.- y $ 4.000.000.-

30

Monto Total  entre  $ 4.000.001.- y $ 5.000.000.-

10

Monto Total  mayor  a  $ 5.000.000.-

0

El monto total de reemplazo no podrá superar los $ 5,000,000,- con IVA.

Puntaje Oferta Económica= (Puntaje a) x 0.40 + (Puntaje b) x 0.20

1.2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE              30%

La experiencia se evaluará de acuerdo a lo informado en anexo n° 3, y deberá ser de mantención de cámaras o sistemas de tele vigilancia con servicios públicos y se evaluará en relación a la cantidad de contratos ejecutados dentro de los 2 últimos años contados desde el cierre de recepción de ofertas y deberá acreditarse con Contratos o facturas del servicio.

Se evaluará según la siguiente tabla:

Experiencia

Puntaje

Igual o superior  a 8 proyectos

100

De 5 a 6 proyectos

70

De 3 a 4 proyectos

30

De 1 a 2 proyectos

10

Sin experiencia

0

Puntaje Experiencia Oferente = Puntaje tabla* 0.30

Nota1: No se evaluarán Servicios informados con monto inferiores a $ 10.000.000.-

1.3 Presencia Comunal (PC) 10%

Se evaluará según lo informado en Patente Municipal y de acuerdo a la siguiente tabla:

Ubicación Sucursal

Puntaje

Comuna de Los Ángeles

100

Región del Bio Bio

50

Fuera de la Región Bio Bio 

10

No informa

0

El oferente que no ingrese patente Municipal, no se encuentre adjunta en Chileproveedores o esta no se encuentra vigente, el oferente obtendrá puntaje = en criterio Presencia Comunal.

Puntaje Presencia comunal = Puntaje tabla* 0.10

 

El Puntaje Total Ponderado se evaluará según la siguiente fórmula:

Puntaje Total Ponderado = Puntaje Oferta económica x 0.60 + Puntaje Experiencia del oferente x 0.20 + Presencia comunal x 0.10.


15.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Oferta económica”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Experiencia del oferente”.  Finalmente, Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “Presencia Comunal”. 

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase, se adjudicará al oferente que ingrese primero su oferta en día al portal una vez publicada la licitación. Si el empate persiste, se adjudicará a quien ingrese primero en hora su oferta al portal.


16.- DE LA ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación al oferente mejor evaluado por la comisión en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de mercado público. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del sistema. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante, aquellos que comprometan al Municipio a un plazo que exceda el periodo Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.


17.- DE PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.


18.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el Nombre de responsable de contrato, indicado en el punto 7: "Montos y duración del contrato" de las presentes bases administrativas. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la pregunta, junto con ello las preguntas y respuestas; aclaraciones, serán publicadas como anexos a la licitación.


19.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el contrato no suscribiera dentro de los 60 días siguientes a la fecha de la adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente tendrá derecho a desistir de su oferta y a retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.

El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, vía documento escrito, debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.


20.- DE LA READJUDICACIÓN

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos solicitados, no firma contrato, no acepta la orden de compra, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y Normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación  en cuyo caso se hará cobro de la garantía de seriedad de la oferta y se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


21. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

El contrato suscrito entre la Municipalidad y el Adjudicatario será en base al Anexo n° 4 Presupuesto detallado, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado en un estado de pago, en conformidad a lo estipulado en el contrato, en moneda nacional.


22.  DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente Adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto n°1 (sólo si corresponde), y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115", correspondientes a  F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicho certificado deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

3.- Declaración Jurada  Simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

4.- Si el oferente postuló con la modalidad  “Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

6.- Licencia SEC del instalador de electricidad clase A o B.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el oferente postuló con la modalidad de “Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Oferente adjudicado), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Oferente adjudicado remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el Oferente adjudicado no entregare los documentos anteriormente solicitados (números 1 y 4 sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Oferente adjudicado.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba el contrato, hasta la liquidación de éste, según lo estipulado en las presentes bases.

El Oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

23. DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el Oferente adjudicado es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud del Contrato, como asimismo de las obligaciones para con los trabajadores, proveedores o cualquier otra que incumpla el subcontratista.
El Oferente adjudicado, previo informe y autorización del Inspector Técnico, podrá subcontratar parte de lo licitado, hasta 30%máximo.

24. RESPONSABILIDAD CIVIL
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del servicio de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

25. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO

La Municipalidad podrá autorizar la ampliación o disminución del servicio que es materia de la presente licitación, previo informe técnico de la Inspección Técnica y visado por el Director de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la unidad mandante.

Toda modificación que se realice (aumento o disminución), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica al Oferente adjudicado y se expresará en su correspondiente decreto Alcaldicio.

En caso de aumento del servicio, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción del servicio, podrá disminuirse el valor de las garantías.


26. DEL PROFESIONAL DEL SERVICIO

El Oferente adjudicado bajo su responsabilidad designará un Profesional Técnico del Área; habilitado de acuerdo a la ley, responsable del servicio, para dirigir los trabajos de acuerdo al programa, el cual se entenderá ampliamente facultado para representar al Oferente adjudicado en todos los asuntos relacionados con la ejecución del servicio.

Este Profesional debe permanecer en el lugar de las mantenciones mientras éstas se desarrollen. También deberá existir un profesional subrogante, de las mismas características, y con iguales atribuciones, por las ausencias que pueda experimentar el profesional titular.

La designación de dicho profesional y su subrogante deberá quedar registrada en el libro de inspección técnica.

El Inspector Técnico podrá, en cualquier momento y por causas justificadas, ordenar al Oferente adjudicado el término de las funciones de él o de los reemplazantes. En caso de producirse esta situación el Oferente adjudicado  deberá presentar un nuevo Profesional, el que deberá contar con Visto Bueno del Inspector Técnico.


27.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato, en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:               

2.1. Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Especificaciones Técnicas, y toda documentación que rige la presente licitación.

Se entiende por incumplimiento grave, el siguiente:

- Si a juicio de la Inspección Técnica no se está ejecutando los trabajos de acuerdo al contrato o en forma reiterada o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas.

- El incumplimiento del pago de los sueldos, salarios y leyes sociales; o en el pago de proveedores y en general cualquier otro caso de incumplimiento de las obligaciones del contrato.

2.2. Estado de Notoria insolvencia del Oferente adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3. Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4. Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5. Fallecimiento del Oferente adjudicado, si se trata de una persona natural.

2.6. Si el Oferente adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30 y F30-1 y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en los números 2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.


28. DEL CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el Oferente adjudicado, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del presente contrato, lo que será calificada por el Inspector técnico en atención al interés superior del servicio, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o Ia terminación anticipada del mismo, según procediera.


29. DE LA RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE ADJUDICADO

El Oferente adjudicado deberá ejecutar el servicio, siendo responsable de todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El Oferente adjudicado será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

Corresponderá al Oferente adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.


30.- DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO

Será obligación del Oferente adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las presentes Bases:

a. Será obligación del Oferente adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere y demás antecedentes de esta licitación, y lo establecido en su oferta y Contrato.

b. Será obligación del Oferente adjudicado la ejecución del servicio de la presente licitación, con estricta sujeción a las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.

c. Deberá ejecutar el servicio dentro del tiempo estipulado en su Anexo N° 4 Presupuesto detallado, de lo contrario, se aplicarán las multas correspondientes.

d. El Oferente adjudicado deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Oferente adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Oferente adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Oferente adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presente licitación, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente.

e. El Oferente adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas para el cumplimiento del servicio, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios durante el tiempo de vigencia del contrato, si corresponde.

f. El Oferente adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar el servicio de la presente licitación, con el menor malestar posible a los vecinos y comunidad en general. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local.

g. Todo daño de cualquier naturaleza que cause a terceros con motivo de la ejecución de las obligaciones contractuales, será de exclusiva responsabilidad del Oferente adjudicado.

h. Será obligación del Oferente adjudicado verificar el estado de sobriedad y descanso de los trabajadores.

i. Será obligación del Oferente adjudicado, dar a conocer, con alguna frecuencia, entre el personal que realiza trabajos en altura, las medidas de prevención que debe adoptar a fin de evitar accidentes.

j. El Oferente adjudicado deberá informar al Inspector Técnico, si la factura correspondiente al pago fue cedida o no al factoring.

k. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Oferente adjudicado deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia Inspector Técnico.

l. Será obligación del Oferente adjudicado el mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.


31.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Secplan la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Oferente adjudicado.

El Oferente adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (es decir, contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo el Oferente adjudicado no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.


32.- DEL PLAZO

El plazo para la ejecución del servicio será de 24 meses, a contar de la notificación del Inspector técnico al Oferente adjudicado del inicio del servicio, mediante correo electrónico.

El oferente, tendrá que prestar el servicio de reparación de fallas y mantención correctiva dentro de un plazo de 24 horas, una vez notificado por correo electrónico.

El plazo fijado para la ejecución del servicio se entenderá en días corridos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

  1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente adjudicado.

  2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo. 

  3.- Que el hecho sea insuperable.

  4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.


33. DEL PROCEDIMIENTO PARA AUMENTO DE PLAZO

La Inspección Técnica podrá aprobar el aumento de plazo que es materia de esta licitación desde la fecha de su requerimiento por la unidad mandante, a petición fundada del Oferente adjudicado, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al Oferente adjudicado.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El Oferente adjudicado deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico. 

En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo.

Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Especificaciones Técnicas.


34. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO

La ejecución de los servicios por parte del Oferente adjudicado, se efectuará en base a lo estipulado en las Especificaciones Técnicas y al contrato, firmado por ambas partes, y en base a lo ofertado por el Oferente adjudicado en su Anexo Nº 4 Presupuesto detallado.


35. DEL INICIO DEL SERVICIO

Una vez dictado el decreto que aprueba el contrato, el Inspector Técnico designado mediante decreto Alcaldicio, notificará mediante correo electrónico al Oferente adjudicado del Inicio del servicio, fecha que quedará registrada en el Libro de inspección técnica.

36. DE LOS PERMISOS

El Oferente adjudicado deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de ejecutar el servicio, con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.


37.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, I.T.  al o los profesionales a quién la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando I.T.  suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico será responsable de supervisar que el servicio se ejecute conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente


38.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO

Serán atribuciones del Inspector Técnico lo siguiente:

a. El Inspector Técnico inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a todos los antecedentes de las obligaciones contractuales.

b. El Inspector Técnico podrá exigir el término de las labores de cualquier trabajador del Oferente adjudicado, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del Inspector Técnico, quedando siempre responsable el Oferente adjudicado por los fraudes o abusos que haya podido cometer la persona desvinculada.

c. El Inspector Técnico podrá ordenar el reemplazo de todo material, que a su juicio, puedan ocasionar daños o situaciones de peligro.

d. El Inspector Técnico tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

e. El inspector técnico emitirá Certificado que acredite la recepción conforme del Servicio o Certificado de recepción con observaciones, según corresponda.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Oferente adjudicado serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones de las presentes bases, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica estipule.

39. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

Se mantendrá un “LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el Oferente adjudicado y estará a cargo del Profesional del Servicio y a disposición del Inspector Técnico.

 En el Libro de Inspección se deberá dejar constancia:

a) De la fecha de Inicio del servicio.

b)  De los avances de los servicios concernientes a la presente licitación.

c) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al Oferente adjudicado.

d) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

e) De las observaciones que merezca el servicios.

f) De los demás antecedentes que exija el Inspector Técnico.

g) De las observaciones que pudiere estampar el Inspector Técnico a solicitud de servicios o empresas externas.

h) De las observaciones que pudiere estampar el Inspector Técnico a solicitud del profesional del servicio.

i) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.

Toda comunicación que se establezca en el libro de inspección técnica, por el Oferente adjudicado y/o el Inspector Técnico, se considerará comunicación oficial.

La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico, y la primera copia por el Oferente adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.


40.- DEL PAGO

La Municipalidad de Los Ángeles pagará al Oferente adjudicado conforme al contrato y oferta presentada en Anexo N°4 Presupuesto detallado, contra Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, RUT N° 69.170.100-K, indicando número de orden de compra correspondiente.

El pago se realizará mensualmente y dentro de los 30 primeros días corridos siguientes de la facturación.

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente adjudicado. Los descuentos se harán del estado de pago y/o de las garantías vigentes.


41.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Para el pago, se deberán presentar los siguientes documentos, los cuales son obligación del Oferente adjudicado y del Inspector Técnico, según el siguiente detalle:

1) El Oferente adjudicado debe presentar:

1.1 Factura, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles RUT: 69.170.100-K,  La factura deberá indicar número de orden de compra correspondiente.

1.2 Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Oferente adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al ITO.

1.3. Nómina de trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.4. Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.5.  Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales (F30-1) vigente, emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte de los trabajadores contratados para la ejecución del servicio.

1.6. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F30) vigente emitido por la Inspección del Trabajo.

1.7 Finiquitos de trabajadores si corresponde.

1.8. Certificado del Oferente adjudicado que señale qué pasará con los trabajadores no finiquitados.

2) El Inspector Técnico:

2.1 Factura, con visto bueno del Director de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal y del Inspector Técnico.

2.2 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

2.3 Fotocopia de Bases Administrativas, y Especificaciones Técnicas.

2.4 Fotocopia de Presupuesto detallado del Oferente adjudicado, según Anexo Nº 4.

2.5 Fotocopia de Decreto Alcaldicio de adjudicación.

2.6 Fotocopia de Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si correspondiere.

2.7 Fotocopia de Contrato y sus modificaciones, si correspondiere

2.8 Fotocopia de Decreto que designa Inspector Técnico y suplente.

2.9 Copia de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.10 Orden de Compra debidamente aceptada.

2.11 Copia del Libro de inspección técnica

2.12 Certificado de Recepción Conforme.  En caso de observaciones en la recepción, se deberá presentar Certificado de recepción con observaciones.

2.13 En caso de haber multas a favor del mandante, decreto que sanciona dicho cobro de multas del pago correspondiente.


42.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN

La Municipalidad, a través del Inspector Técnico aplicará multas en las siguientes situaciones:

1.- En el caso de atraso en la ejecución del servicio licitado, en base al plazo estipulado (24 horas), se cursará una multa equivalente al $100.000, por cada día hábil de atraso. Si el atraso perdura por más de 5 días corridos, se dará término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.- Las observaciones o instrucciones, emanadas del I.T., que no sean cumplidas, darán lugar a la aplicación de una multa diaria del $150.000 por cada día de incumplimiento. De persistir el incumplimiento por más de 5 días corridos, la Municipalidad sancionará con el término anticipado del Contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. En el caso que las multas superen el monto de $750.000  durante el plazo contractual, se dará término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

- El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

- Las multas se notificarán por correo electrónico.  El Oferente adjudicado se dará por notificado de la multa al día hábil (de lunes a viernes) siguiente al de su envío.

- Las multas se descontarán del pago correspondiente, o de las garantías vigentes.

- Toda multa, apelada o no por el Oferente adjudicado, será formalizada mediante decreto Alcaldicio.


43.- DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS

De la aplicación de las sanciones y/o multas, el Oferente adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de Apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del Oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación dará motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva a la Dirección de Dirección de Seguridad e Inspección Municipal.


44. DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente adjudicado. Los descuentos se harán de los pagos correspondientes al Oferente adjudicado o de las garantías vigentes.


45. DE LA RECEPCIÓN CONFORME

La Inspección Técnica deberá emitir un Certificado de Recepción Conforme, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica y por el Director de la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal, indicando la recepción conforme del servicio.

En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponde dar visto bueno, deberá emitir un Certificado de Recepción con observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.


46.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Una vez realizada la Recepción Conforme, mediante certificado correspondiente, se procederá a realizar la liquidación del contrato, entendiéndose por tal, a la liquidación de las obligaciones contractuales emanadas con el contrato.

La liquidación del contrato se realizará dentro de un plazo de 60 días corridos posterior a la fecha del Certificado de Recepción Conforme, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Oferente adjudicado la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato” correspondiente.

En caso de término anticipado de Contrato la liquidación se efectuará en las mismas condiciones descritas en la presente cláusula, mediante informe o documento que dictamina el término anticipado del contrato.


47.- DE LAS GARANTÍAS

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá ser entregada por cada  línea y deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, si correspondiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución de las obligaciones contractuales; en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

En caso de aumento o disminución del contrato, esta garantía deberá ser renovada de acuerdo al nuevo monto del contrato.

En cualquier caso, la nueva garantía deberá ser ingresada a la Dirección de Seguridad e Inspección Municipal antes del vencimiento de la originalmente entregada.


48.- DE LOS DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución del servicio se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Oferente adjudicado.


49.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica, no libera al Oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del Oferente adjudicado.


50.- DE LA RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión de la ejecución del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Oferente adjudicado.


51.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación se someterá a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.


52.- PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, artículos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.