Licitación ID: 2409-1032-LE23
SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Seguros de edificios o de su contenido 1 Global
Cod: 84131501
CONTRATACIÓN DE SEGUROS PARA INMUEBLES DAEM, PERIODO 12 MESES. SEGUN BASES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR SEGUROS CONTRA TODO EVENTO PARA TODOS LOS INMUEBLES DE LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE EDUCACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 26-02-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 14-02-2024 16:39:00
Fecha inicio de preguntas: 14-02-2024 17:01:00
Fecha final de preguntas: 21-02-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 23-02-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-02-2024 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-02-2024 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 29-04-2024 10:47:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta por cada linea a ofertar, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes de la DAEM, ubicada en calle Lautaro N° 280, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
2.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÓN "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS
3.- Anexo 1 - Identificación del Oferente
4.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión EL OFERENTE QUE NO INGRESE ESTE DOCUMENTO ADMINISTRATIVO, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
5.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes técnicos a presentar, los que deberán ser ingresados en la sección "B", Anexos Técnico
 
2.- ANEXO Nº 3 "EXPERIENCIA DEL OFERENTE".- El oferente que informe experiencia, deberá ser de servicios similares a la licitación, ejecutados en los dos últimos años atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta. El oferente que no posea experiencia, lo podrá informar en su respectivo Anexo Nº 3 y obtendrá puntaje 0 en criterio Experiencia del Oferente.
 
3.- DOCUMENTOS ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. La experiencia se acreditará mediante Contratos de organismos públicos y/o privados firmados y timbrados por el Mandante, por servicios similares a ésta licitación, desde los 2 últimos años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de la oferta. El oferente que no adjunte los Contratos indicados anteriormente obtendrá puntaje cero en el criterio correspondiente.
 
4.- ANEXO Nº4. PROGRAMA DE INTEGRIDAD. Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el anexo Nº4,Programa de Integridad y/o documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa ,quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente.
 
5.- Patente Municipal al día correspondiente al rubro. En el caso que este documento que esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de apertura de las ofertas. El oferente que no ingrese documento o lo ingrese ilegible, no exista en Chileproveedores, no corresponda al rubro o no este al día, será evaluado con cero puntos en el criterio correspondiente.
 
6.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
 
Documentos Económicos
1.- PARA EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA, DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: - ANEXO N°5 OFERTA ECONÓMICA.
2.- El Oferente deberá ingresar toda la información solicitada en Anexo N5 OFERTA ECONOMICA, de lo contrario quedará fuera de bases
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- I18n entry not found: Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los
- I18n entry not found: (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Certificado de Vigencia de la Sociedad
- I18n entry not found: (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°13. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases administrativas. 28%
2 PRECIO PRIMA ANUAL SE EVALUARÁ SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA Nº13, CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DEL PUNTO 9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS; DE LAS PRESENTES BASES. 60%
3 PRESENCIA COMUNAL SE EVALUARÁ SEGÚN LO ESTIPULADO EN LA CLÁUSULA Nº13, CRITERIOS DE EVALUACIÓN, DEL PUNTO 9 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS; DE LAS PRESENTES BASES. 10%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Se evaluará según lo estipulado en el punto 9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas, Cláusula N°13. De los Criterios de Evaluación, de las presentes bases administrativas. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN GENERAL
Monto Total Estimado: 51000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL MONTO ESTIPULADO EN ESTE PUNTO CORRESPONDE AL MONTO REFERENCIAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA TOTALIDAD DEL CONTRATO, CON IMPUESTOS INCLUIDOS.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: RUTH JARAMILLO NORAMBUENA
e-mail de responsable de pago: rjaramillo@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: MARLIO OVALLE
e-mail de responsable de contrato: movalle@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2217395-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe en relación a que el servicio que se contratará, dependerá de la capacidad e idoneidad propia de quien resulte adjudicado.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 08-04-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la Seriedad de la Oferta, el oferente participante deberá presentar documento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta, el monto en pesos será equivalente a $500.000. El oferente que no ingrese dicho documento hasta la hora y fecha indicada, será declarado fuera de bases en la etapa de Apertura de las Ofertas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" o en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública: SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM"
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez entregada la garantía de fiel cumplimiento del contrato al momento de entregar por parte de el oferente adjudicado los documentos para contratar. La devolución deberá ser solicitada por escrito al IT, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 30-05-2025
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan al momento de la firma del contrato, cuyo monto será equivalente al 5 % del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento(formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de lo contrario quedará fuera de Bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato. La garantía deberá ser entregada al responsable del Contrato al momento de hacer entrega de los documentos requeridos en la clausula "DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR", la direccion de entrega es: calle Lautaro Nº 280 Los Ángeles.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA: SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM"
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez liquidado el contrato. Para su devolución, el adjudicatario deberá enviar correo electrónico al Inspector Técnico del Servicio solicitando su devolución e indicando los antecedentes del documento solicitado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1. REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación. También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de Proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior podrán acceder a las bases administrativas, en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2. DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, UTP
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. 
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN:
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: 
Son causales de término anticipado de las obligaciones contractuales las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar obligaciones contractuales, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando las obligaciones contractuales con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula Del Término anticipado del contrato, de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3. DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
Ítem: 22.10.002. Presupuesto Área educación. (SUBVENCION GENERAL)

4. DE LA APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA 
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta económica.
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5.  COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, debe realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o responsable del contrato.

6.  MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 

7. DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde a la contratación de SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM, según lo estipulado en las Bases Técnicas que forman parte de la presente licitación.

El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en Anexo Nº5, Oferta  Económica, la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la presente licitación, según lo requerido en las presentes bases.

Nota: Por la naturaleza de la presente licitación, los precios informados en el Anexo N°5, deberán ser presentados en UF.  Para efectos de cobro por parte del oferente adjudicado y emisión de la orden de compra, la conversión de UF a peso chileno se hará en base a la fecha indicada en el Anexo N°5.

Se establece que para la presente licitación que en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nro. 5 "Oferta Económica, para todo evento prevalecerá el precio del Anexo Nr. 5 Oferta Económica.

Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo económico, sean correctas, en el caso de haber errores aritméticos simples, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Bases Técnicas.  

En el caso de presentarse diferencias en la aplicación del I.V.A. este será calculado en base al precio neto.

8.  VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. 
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato. 

9. SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones si las hubieren, Bases Técnicas, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.  PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl.

11. COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por un Profesional de la Dirección comunal de educación, un integrante de la comisión de evaluación y el funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección comunal de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12. COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas por los siguientes criterios de evaluación:

13.1.- PRECIO PRIMA ANUAL 60%

El puntaje se obtendrá mediante la siguiente fórmula:

Puntaje Precio Prima Anual = (Menor Precio Prima Anual Ofertado / Precio Prima Anual Oferta en Evaluación) x 100 puntos.

13.2.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE 28%

Se evaluará cantidad de pólizas contratadas según lo informado por el oferente en Anexo N°3, y acreditada con Contratos de Servicios similares firmados y timbrados emitidos por Organismos Públicos o Privados; desde 2 últimos años hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de la oferta.

DETALLE

PUNTAJE

16 o más contratos

100 puntos

De 6 a 15 contratos

50 puntos

De 1 a 5 contratos

20 puntos

Sin experiencia o no acredita

0 puntos

Observaciones:

(*) Los oferentes que no presenten Certificados y/o facturas se entenderá que no posee experiencia acreditable, por cuanto se asignará 0 punto.

(**) Los oferentes que no posean experiencia deberán completar de igual forma el anexo Nº 3 indicando “Sin Experiencia” y adjuntarlo a la correspondiente oferta.

13.3.- PRESENCIA COMUNAL 10%
Se evaluará en base al domicilio informado en la Patente Municipal mediante la siguiente tabla:

DETALLE

PUNTAJE

Casa Matriz o Sucursal en la comuna de Los Ángeles o con su representante o corredor con giro comercial y  patente municipal en Los Ángeles

100 puntos

Casa Matriz o Sucursal en la región del Bío Bío, o con su representante o corredor con giro comercial y patente municipal dentro de la región del Bío Bío.      

50 puntos

Casa Matriz o Sucursal en otras regiones del país, o con su representante o corredor con giro comercial y patente municipal  en el país.

10 puntos


Nota: Este criterio se evaluará a través de la presentación de la PATENTE MUNICIPAL DEL OFERENTE, al día, correspondiente al rubro. En el caso que el oferente participante se encuentre inscrito en Chileproveedores, y su patente esté ingresada en el link de Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación, sin embargo, en dicho link la patente deberá estar vigente para la fecha de la apertura. Para todos los efectos de la evaluación, si la patente no es ingresada en la oferta, no exista en Chileproveedores, no corresponda al rubro o no este al día, será evaluado con cero puntos en el criterio correspondiente
.

13.4.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD (2%)

Se evaluará de acuerdo a lo informado en anexo N°4 "Programa de Integridad", y se obtendrá de acuerdo a la siguiente tabla:

CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores.

100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores.

0 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

0 puntos

Para acreditar deberá adjuntar el Programa de Integridad, además de documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el anexo Nº4, Programa de Integridad y/o documento que acredite que todos los trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente.

13.5. PUNTAJE TOTAL PONDERADO

El Puntaje Total Ponderado, según la siguiente fórmula:

PTP= PUNTAJE PRECIO PRIMA ANUAL *0.60 + PUNTAJE EXPERIENCIA DEL OFERENTE *0.28 + PUNTAJE PRESENCIA COMUNAL *0.10 + PUNTAJE PROGRAMA DE INTEGRIDAD *0.02.


14. RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO PRIMA ANUAL". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE ". Si aun aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRESENCIA COMUNAL". Si aun aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio PROGRAMA DE INTEGRIDAD.

Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora. 

15.  ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio un plazo que exceda el período alcaldicio requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.

16.- READJUDICACION
Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar,  no suscribe el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

17.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA 
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.
El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable de la Licitación. 

18. PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

19. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

El contrato suscrito entre la Dirección comunal de Educación y el Adjudicatario será en base a los precios informados  en la Oferta Económica, en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos, y el pago será efectuado una vez recepcionadas las pólizas, en conformidad a lo estipulado en el contrato, en moneda nacional.

20.-CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el contratista deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes) los siguientes documentos:

A)         Escritura de la Sociedad, certificado de vigencia y certificado de estatuto actualizado de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la escritura deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión y el documento deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación.

En el caso que el contratista se encuentre inscrito en Chileproveedores y el documento solicitado en el punto anterior esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, el Certificado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

En el caso de ser una Empresa creada a través de la página web, es necesario presentar el certificado de estatuto actualizado para acreditar la personería de la persona que firmará dicho contrato.

B)         Si el contratista postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

C)         Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

D)         Certificado de antecedentes laborales y previsionales, art. 6 Ley de presupuestos 2024, N°21.640. Estos son los que corresponden al F-30.  En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, la certificación deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

E)         Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

Para contratar, el oferente deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el contratista corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado  (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo,  redactado por Asesoría Jurídica de DAEM. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles

Si el Proveedor no entregare los documentos solicitados (letras a. y b. sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del proveedor.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

El proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba contrato, hasta la liquidación del contrato.

21. DE LA SUBCONTRATACIÓN
La siguiente licitación no permite subcontratación

22. DE LA DISMINUCIÓN Y/O AUMENTO DEL CONTRATO
La Municipalidad podrá autorizar ampliación del contrato, previo informe técnico de la Inspección Técnica del Servicio, visado por el Director  Comunal de Educación y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

Los aumentos efectivos del contrato deberán ser debidamente garantizados mediante garantía financiera, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término del servicio más 60 días hábiles.

Toda modificación (aumento o disminución) que se realice deberá ser autorizada por Decreto Alcaldicio. Una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informado por la Inspección Técnica al proveedor y se expresará en la pertinente modificación del contrato, aprobado por Decreto Alcaldicio.

En casos de aumentos del contrato, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción del contrato, podrá disminuirse el valor de las garantías.

23. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
2.1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado:
2.1.1 En el caso de ocurrir un siniestro con informe del liquidador que indique que procede el pago de la póliza, la compañía no cancele o impugne el informe del liquidador.
2.1.2 Toda decisión por parte del Proveedor que afecte la ejecución del servicio, sin la previa notificación y aprobación por parte del Inspector Técnico del Servicio.
2.2.- Estado de Notoria insolvencia del oferente adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
2.5.- Fallecimiento del oferente adjudicado, si se trata de una persona natural.
2.6.- Si el Oferente Adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.
En caso de producirse las causales indicadas en 2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

24. DE LA RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE ADJUDICADO

El Oferente Adjudicado deberá ejecutar correcta y oportunamente el servicio de la presente licitación, en virtud del contrato. Será responsable de culpa leve por todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.

El Oferente Adjudicado será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, y todo servicio requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.

Corresponderá al Oferente Adjudicado demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

Los aumentos de plazo, así como el retardo en el inicio del servicio, o en la elaboración de cualquier acto administrativo que se relacione con el servicio, incluidos los referidos al pago, incluso si fueran imputables exclusivamente a errores u omisiones de la Inspección Técnica del Servicio y/o del Mandante, no darán derecho a indemnizaciones de ninguna especie, salvo que se acredite dolo.

25.  DE LAS OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
Será obligación del Oferente Adjudicado ejecutar el servicio según lo estipulado en los antecedentes de la presente licitación, y cumplir con lo siguiente:

a. Será obligación del Oferente Adjudicado ejecutar el servicio con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Bases Técnicas, y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente, de acuerdo a las características del servicio y lo establecido en su oferta.

b. Deberá mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso del contrato.

c. Será obligación del Oferente Adjudicado acatar y dar solución a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica del Servicio.

d. Será responsabilidad y cargo del Oferente Adjudicado obtener la totalidad de las informaciones, permisos, y recepciones que fueren necesarios para la correcta ejecución del servicio respectivo.

e. El Oferente Adjudicado deberá cumplir oportunamente con las obligaciones laborales y previsionales respecto de su personal, de acuerdo a la legislación vigente. Será responsabilidad exclusiva del Oferente Adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Oferente Adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Oferente Adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución del presente servicio que debe realizar el Oferente Adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente así mismo para subcontratistas Adjudicados, si corresponde.

f. El Oferente Adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

g. El Oferente Adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar los trabajos con el menor malestar a la comunidad y funcionarios de los edificios municipales.  La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

h. Será obligación del Oferente Adjudicado cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N°16.744 sobre la Gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios, según corresponda.

i. Será obligación del Oferente Adjudicado solicitar la Recepción Conforme de las pólizas y una vez terminada la vigencia del servicio al Inspector Técnico del Servicio y notificar al Inspector Técnico del Servicio el término de las obligaciones contraídas de la presente licitación.

j. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Oferente Adjudicado deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.

k. El Oferente Adjudicado deberá informar al Inspector Técnico, si la factura del estado de pago correspondiente fue cedida, o no fue cedida al factoring.

26. DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará al profesional del área de adquisiciones DAEM la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el oferente adjudicado. 

Las órdenes de compra deberán ser aceptadas en un plazo máximo de 2 días hábiles, es decir, contados de lunes a viernes (ambos días inclusive).

Si el Oferente Adjudicado no las acepta, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazadas una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

Consideraciones para la emisión de las órdenes de compra:
De acuerdo a los precios ofertados y adjudicados, se emitirán 2 órdenes de compra, en lo que respecta a valores afectos a impuesto y valores exentos de impuesto.
Lo anterior, según siguiente recuadro: 
- Orden de Compra 1 : Precio afecto a impuesto .
- Orden de Compra 2 : Precio exento de impuesto.

Precio afecto a Impuesto

$           
UF

Precio exento de Impuesto

$
UF

Impuesto (IVA)

$
UF

TOTAL PRIMA ANUAL

$
UF


27. DEL PLAZO

El plazo de vigencia del servicio será de 12 (doce) meses, iniciando la prestación del servicio 24 horas después de haber aceptado la orden de compra por parte del Oferente Adjudicado.

El Oferente Adjudicado deberá entregar las pólizas dentro de un plazo de 30 días corridos, contados desde la aceptación de la orden de compra por parte del Oferente Adjudicado.  En caso de atraso, se aplicarán las multas correspondientes, descritas en las presentes bases administrativas.

El plazo fijado para la entrega de las pólizas se entenderá en días corridos, y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

            1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente   Adjudicado.

            2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

            3.- Que el hecho sea insuperable.

            4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

28. DEL PROCEDIMIENTO DE AUMENTO DE PLAZO

La Inspección Técnica podrá aumentar el plazo que es materia de esta licitación a petición fundada del Proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El Proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo, solicitando la petición a la Inspección Técnica, al día siguiente de ocurrida la(s) causa(s) que lo origine mediante correo electrónico.

En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo.

Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Bases Técnicas.

El Inspector Técnico junto con informar  a su respectivo Director del aumento de plazo, enviará un informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de Plazo.

Una vez aprobada la solicitud de aumento de plazo por el Alcalde, la Inspección técnica solicitará la redacción de modificación de contrato, decreto que aprueba modificación de contrato y garantía de ampliación de contrato.

La solicitud de aumento de plazo deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término de contrato.

29. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO

La ejecución del servicio por el Oferente Adjudicado, se efectuará en base a lo estipulado al contrato firmado ante notario por ambas partes, en base a lo ofertado por el Oferente Adjudicado en su Anexo N°5, Oferta Económica y según los requerimientos estipulados en las Bases Técnicas.

30. DE LOS PERMISOS

El Oferente Adjudicado deberá considerar en su oferta todos los permisos y pagos que se requieran, con el fin de realizar el servicio con el cumplimiento frente a todas las entidades públicas o privadas, que correspondan.

31. DEL INICIO DEL SERVICIO

Se entenderá como inicio del servicio 24 horas después de haber aceptado la orden de compra por parte del Oferente Adjudicado.

Una vez cumplido el plazo, la unidad Mandante podrá hacer uso del servicio, en base a las necesidades de la municipalidad.

32. INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica del Servicio o Inspector Técnico del Servicio (I.T.S.) al profesional a quien la Dirección Comunal de Educación le haya encomendado velar directamente por la correcta ejecución del servicio correspondiente a la presente licitación y, en general, por el cumplimiento del Contrato, el que deberá ser designado por decreto Alcaldicio indicando Inspector Técnico del Servicio titular y suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico del Servicio será responsable de supervisar que las obligaciones contractuales se ejecuten conforme a las normas aplicables en la materia, las Bases Administrativas, Bases Técnicas y demás documentación que rige la presente licitación, incluyendo normativa vigente.

Durante el período de ejecución del Servicio, siempre habrá al menos un Inspector Técnico del Servicio.

33.  ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO DEL SERVICIO
Serán atribuciones del Inspector Técnico del Servicio lo siguiente:

 a. El Inspector Técnico del Servicio inspeccionará el cumplimiento del servicio de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

 b. El Inspector Técnico del Servicio podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Oferente Adjudicado, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del Inspector Técnico del Servicio, quedando siempre responsable el Oferente Adjudicado por los fraudes, vicios o abusos que haya podido cometer la persona desvinculada.

c. El Inspector Técnico del Servicio tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del Estado de Pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

d. Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio al Oferente Adjudicado serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica del Servicio estipule.

Las órdenes y/o instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio al Oferente Adjudicado serán estipuladas siempre por escrito y conforme a los términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo que la Inspección Técnica del Servicio estipule.

34. DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
El Proveedor mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro del Servicio, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico del Servicio y el Proveedor. En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:
 - Fecha del inicio del servicio.
 - Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica del Servicio.
 - Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el Proveedor.
 - Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico del Servicio.
 - Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

Toda comunicación que se establezca en el libro de Inspección Técnica del Servicio, por el Oferente Adjudicado y/o el Inspector Técnico del Servicio, se considerará comunicación oficial

la hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico del Servicio, y la primera copia por el Proveedor, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

35. DEL PAGO
La   "SEGUROS INMUEBLES ESTABLECIMIENTOS DAEM"  será pagada dentro de los 30 días corridos una vez  recibida la Factura  a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN  R.U.T. 69.170.101-8 y  recepcionadas en conformidad las pólizas de seguro, de acuerdo a la oferta presentada en Anexo Nro. 5. 

La Factura deberá considerar V°B° por parte del Director Comunal de Educación y el Inspector Técnico del servicio, en la que se debe indicar el número de las órdenes de Compra respectivas..

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado.

36. DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
36.1.Será obligación del  oferente Adjudicado presentar los siguientes antecedentes:
1.1.- Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN  R.U.T. 69.170.101-8, en la que se indique el número de orden de compra.
Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al  inspector técnico, según corresponda.
1.2.-Copia de las Pólizas de seguro contratadas.

36.2. Será obligación de la Inspección Técnica del Servicio presentar los siguientes documentos para el pago:
2.1 Factura, con VºBº del Inspector Técnico del Servicio y del Director de Educación Municipal.
2.2 Orden de Compra en estado de aceptada.
2.3 Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.
2.4 En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).
2.5 Bases administrativas
2.6 Bases Técnicas
2.7 Anexo Oferta Económica.
2.8 Decreto Alcaldicio de adjudicación.
2.9 Copia garantía fiel cumplimiento de contrato
2.10 Decreto Alcaldicio que nombre ITS, titular y suplente.
2.11 Contrato y sus modificaciones, si las hubiera.
2.12 Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones si las hubiera.
2.13 En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado.

37. DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
El incumplimiento de las presentes Bases, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una sanción y/o multa, según  lo siguiente:

INCUMPLIMIENTO

MULTA

1

En caso de superar el plazo de 30 días corridos, considerado para la entrega de las pólizas por parte del Oferente Adjudicado al Municipio.

1 UTM por día corrido de atraso

2

No pagar la indemnización de un determinado siniestro (con tope de 2 siniestros) dentro de los 90 días corridos posteriores a la denuncia de éste por parte del Municipio ante el Oferente Adjudicado.

1 UTM por día corrido de atraso

En ambas causales indicadas en la tabla, en el caso que los atrasos superen los 15 días corridos, se procederá a dar término anticipado del contrato, haciendo efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

- Las multas serán descontadas de la garantía de fiel cumplimiento de contrato una vez finiquitado éste.

- El responsable de la aplicación de las multas será el Inspector Técnico del Servicio y podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

- Las multas se registrarán en el libro de inspección técnica del servicio.  El oferente adjudicado se dará por notificado de la multa al día corrido siguiente de su registro.

- El valor de la UTM corresponderá al mes, según la fecha de registro de la multa en el libro de inspección técnica del servicio.

- Toda multa, apelada o no por el oferente adjudicado, será formalizada mediante decreto alcaldicio

38. DE LA APELACIÓN DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS
El oferente adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director de Educación en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de los Ángeles, o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

39. DE LOS DESCUENTOS

De la garantía de fiel cumplimiento del contrato podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado.

40. DE LA RECEPCIÓN CONFORME

Una vez recibidas las pólizas por parte del Oferente Adjudicado, la Inspección Técnica del Servicio, procederá a realizar la recepción conforme del servicio, mediante la emisión del Certificado de Cumplimiento del Servicio, el cual deberá ser visado por la Inspección Técnica del Servicio y por el Director comunal de Educación, indicando la recepción conforme del servicio.

En el caso de que la Inspección Técnica del Servicio considere que no corresponde dar visto bueno al servicio durante la vigencia de éste, deberá emitir un Certificado de Cumplimiento del Servicio, Con Observaciones, indicando la aplicación de descuentos necesarios por concepto de multas o solicitar el término anticipado del contrato, si corresponde.

41. DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplida la vigencia del servicio, se procederá a realizar la Liquidación final del Contrato dentro de un plazo de 60 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La Liquidación final del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Proveedor.
Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Proveedor la garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

42. DE LAS GARANTÍAS
De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del oferente adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica del servicio, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

43. DE LOS DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo del cumplimiento de la ejecución del servicio se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Proveedor.

44.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.

45. RESPONSABILIDAD CIVIL
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la adquisición de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el oferente adjudicado.

46. DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos de las obligaciones contractuales las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

47. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.