Licitación ID: 2409-11-LE22
CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 35
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de suministro de alimentos 1 Unidad
Cod: 93131608
SUMINISTRO DE ABARROTES Y ALIMENTOS PARA SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN INTERNADO MUNICIPAL LICEO AGROINDUSTRIAL LLANO BLANCO F-908 AÑO 2022, VER ANEXO ADJUNTO CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR SERVICIO DE SUMINISTRO DE ABARROTES Y ALIMENTOS PARA SERVICIO DE ALIMENTACIÓN EN INTERNADO MUNICIPAL LICEO AGROINDUSTRIAL LLANO BLANCO F-908 AÑO 2022. VER ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
Caupolicán 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-03-2022 9:00:00
Fecha de Publicación: 14-02-2022 17:00:08
Fecha inicio de preguntas: 14-02-2022 18:00:00
Fecha final de preguntas: 22-02-2022 15:11:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-02-2022 15:11:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-03-2022 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-03-2022 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 30-03-2022 13:02:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA EN LA SECCIÓN A, ANEXOS ADMINISTRATIVOS: 1.- Identificación del oferente según Anexo Nº1.
2.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.
3.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
4.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados o ingrese uno o más documentos administrativos ilegibles, o sin la vigencia solicitada, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
Documentos Técnicos
1.- ANTECEDENTES TÈCNICOS A PRESENTAR, LOS QUE DEBERÀN SER INGRESADOS PREFERENTEMENTE EN LA SECCIÒN "B", ANEXOS TÈCNICOS:
 
2.- Patente Municipal del oferente al dia. En el caso que el oferente participante se encuentre inscrito en Chileproveedores, y su patente esté ingresada en el link Documentos Acreditados en Chileproveedores, no se requerirá su presentación, sin embargo, en dicho link, la patente deberá estar vigente para la fecha de apertura, de lo contrario, el oferente tendrá cero puntos en el criterio respectivo.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos a presentar, los que deberán ser ingresados en la sección "C", Anexos Económicos, Según Anexo Nº3 Oferta Técnico Económica.
2.- El oferente que no ingrese el documento económico solicitado, o ingrese el documento económico ilegible, quedará fuera de bases en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESENCIA COMUNAL Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 10%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 90%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: SUBVENCION GENERAL
Monto Total Estimado: 8238000
Justificación del monto estimado -
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO ESTIMADO CON IVA.
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SONIA MEDINA HIGUERA
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: ERIKA SANDOVAL ESPINOZA
e-mail de responsable de contrato: eespinoza@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2570147-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contractuales contraídas. La presente licitación no permite subcontratación por tratarse de bienes simples de objetiva especificación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN.
Fecha de vencimiento: 31-03-2023
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: Para Garantizar Fiel Cumplimiento del Contrato en propuesta pública: "CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022".
Forma y oportunidad de restitución: Deberá ser solicitada por escrito o correo electrónico profesional al IT, identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.

 

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.


3.- DEL ÍTEM

Ítem 22.01.001 
Nombre Item:  Para personas
Subprograma: SUBVENCION GENERAL
Centro de costos: 02.01.33 Internado Liceo Llano Blanco


4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Especificaciones técnicas. 

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA
- Normativa Vigente.
- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Contrato y sus modificaciones, si lo hubiere.
- Oferta Técnico Económica. 
- Orden de Compra.

5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
 La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o responsable del contrato.

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

 

7.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública correspondiente al "CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022", según lo indicado en los Especificaciones técnicas, adjuntos a la presente licitación.

El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en anexo Nº3 Oferta Técnico Económica por cada uno de los productos indicados en dicho anexo, de lo contrario su oferta se considerará fuera de bases.

Se establece que para la presente licitación  que en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº3 "Oferta Técnico Económica", para todo evento prevalecerá el precio del Anexo Nº3 "Oferta Técnico Económica".-
 
En el caso de presentarse errores en el Anexo Nº3 Oferta Técnico Económica, se procederá de la siguiente forma:

En el caso de haber errores  aritméticos en los precios informados en Anexo Nº3 ,se efectuará cálculo en base a los valores netos ofertados.

En el caso de haber errores que sean fácilmente subsanables, mediante la aplicación de operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación deberá recalcular los precios ofertados y aplicar la evaluación sobre los resultados que obtenga. 

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Especificaciones técnicas. 

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o de la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato. 

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación. 

10.-PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl. 

11.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos,  Documentación, exigidas en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
Previo a la evaluación  Técnica y económica, la comisión evaluadora  verificará que las Muestras  presentadas en el punto Nº4  “Antecedentes para incluir en la oferta", cumplan con lo exigido en los Especificaciones técnicas.   Las muestras que no cumplan  con lo  solicitado en los Especificaciones técnicas, serán declarados fuera de Bases.-

La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos  Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.


13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Los criterios de evaluación serán los siguientes:

A) PRESENCIA COMUNAL 10%:
Se evaluará la presencia comunal del oferente de acuerdo a la presentación de Patente Comercial Municipal del rubro, aplicando puntaje de acuerdo a los siguientes parámetros:

Patente de la comuna de Los Ángeles

100 puntos 

Patente de comuna de la provincia del Bíobío 

70 puntos 

Patente de comuna de la Región del Biobío

40 puntos

Patente de comuna de otra región del país

10 puntos

 No presenta o presenta patente no vigente

0 puntos


B) PRECIO 90% :
Se evaluará el menor precio total unitario con IVA incluido de oferta recibido, según "ANEXO N°3" con “100 puntos”, los restantes inversamente proporcional, según fórmula: PUNTAJE = (MENOR PRECIO OFERTA RECIBIDA /PRECIO OFERTA A EVALUAR) X 100.

PUNTAJE FINAL = PRESENCIA COMUNAL X 0.1 + PUNTAJE PRECIO X 0.9 

 

14.- RESOLUCIÓN DE EMPATES
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “PRESENCIA COMUNAL”. 
Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora. 

15.-ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. 
Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. 
Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo..


16.- READJUDICACIÓN

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, o rechaza la orden de compra, o no entrega garantía de Fiel cumplimiento, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


17.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

18.-MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.



19.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable de la Licitación.



20.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente Adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

a. Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, el documento solicitado en la letra a, sólo si corresponde, y que esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

b. Si el oferente postuló con la modalidad  ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

c. Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para contratar. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

d. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115., F-30. En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicho Certificado deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo.

De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el oferente postuló con la modalidad de ”Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del oferente adjudicado, en adelante llamado Consultor, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica, área Educación. Una vez redactado el Contrato, se le informará al Consultor mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que proceda a retirarlo y firmarlo Notarialmente. El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado al profesional responsable del contrato, en la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste. En la misma ocasión el Consultor deberá hacer entrega de la Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

Si el oferente no entregare los documentos anteriormente solicitados (letras a. y b. sólo si corresponden), no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta y  llamar a una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

La vigencia del contrato será a partir de la fecha del decreto que aprueba el contrato, hasta la liquidación de éste, según lo estipulado en las presentes bases.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente.

El oferente no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.




  21.- DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Adquisiciones DAEM la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el oferente adjudicado.

La orden de compra deberá ser aceptada en un plazo de 2 días hábiles, contados de lunes a viernes, desde la fecha de su emisión.

Si el oferente adjudicado no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente. 

22.- RESPONSABILIDAD CIVIL
La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión del servicio de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.

23.- DAÑOS A TERCEROS
Todo daño de cualquier naturaleza que con motivo de la presente licitación, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.


24.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

25. DE LA DISMINUCIÓN O AUMENTO DE CONTRATO
La Municipalidad podrá autorizar ampliación en la adquisición de abarrotes adjudicados, previo informe técnico de la Inspección Técnica y visado por el Director de la DAEM y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de la unidad mandante.
Toda modificación que se realice (aumento o disminución del contrato), una vez obtenidas las aprobaciones precedentes, será informada por la Inspección Técnica al oferente adjudicado  y se expresará en la pertinente modificación del contrato y su correspondiente decreto alcaldicio. 
En caso de aumento del contrato, deberá complementarse la o las garantías acompañadas; en caso de reducción del contrato, podrá disminuirse el valor de las garantías.


26.- DEL TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
2.1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado:
2.1.1.-Si el adjudicado entregare los productos  con características en presentación y marca distintas a lo indicado en su oferta técnico económica.
2.1.2.-Si el Oferente adjudicado  no hiciera entrega del pedido en su totalidad a la unidad solicitante como lo indicare cada  orden de compra.

2.2.- Estado de Notoria insolvencia del oferente adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
2.5.- Fallecimiento del oferente adjudicado, si se trata de una persona natural.
2.6.- Si el oferente adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F-30, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.
En caso de producirse las causales indicadas en  2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.



27.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el oferente adjudicado, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo de la presente licitación, lo que será calificada por el Responsable de la licitación en atención al interés superior de la adquisición, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o la terminación anticipada del mismo, según procediera. 



28.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones técnicas, documento de consultas y aclaraciones, si las hubiere y ORDEN DE COMPRA respectiva.

Será responsabilidad del adjudicado la entrega de según lo requerido del CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022,  en el plazo de entrega estipulado en su oferta y en el lugar  establecido en estas Bases Administrativas.

Será responsabilidad del adjudicado tomar las medidas de resguardo y los seguros pertinentes para garantizar seguridad propia y de terceros, en el traslado y descarga de los productos.

Será responsabilidad del adjudicado informar si la factura es cedida o no a un factoring.

Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el oferente adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al responsable de la licitación.



29. DE LA OPERATORIA DEL CONTRATO
La entrega de los abarrotes y alimentos se efectuarán mediante órdenes de compra, emitidas por la unidad mandante y la aceptación de ésta por el oferente adjudicado, en base a lo ofertado por el oferente adjudicado en su Anexo Nº 3, Oferta Técnico Económica.
Las Órdenes de Compra se generarán en los tiempos estipulados en las presentes bases a medida que se hace uso del contrato de productos en conformidad a las necesidades de la Municipalidad, área educación.


30.- DEL PLAZO DE ENTREGA
El plazo de entrega quedará fijado al momento de realizar la oferta (ANEXO N°3) y comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra.



31.- DEL PAGO
 El precio del "CONTRATO DE SUMINISTRO ABARROTES INTERNADO LICEO LLANO BLANCO AÑO 2022" será pagado dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal conforme a la oferta presentada en Anexo Nro. 3.  Previo al pago la Factura debe contar con VºBº Director Comunal de Educación y Responsable de la licitación, dicha aprobación se deberá adjuntar a la correspondiente factura en la que se debe indicar el número de la orden de Compra respectiva.

En el caso de una UTP, será el representante  de la misma, indicando en el documento de su constitución, quien  deberá emitir la factura respectiva para cursar  el pago que genere la ejecución  contractual.

 Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado.


32.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO
1.- El Adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:

1.1 Factura a nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREAEDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, en la que se indique el número de orden de compra.

2.- El Responsable de la Licitación deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1 Bases Administrativas.
2.2 Especificaciones Técnicas
2.3 Oferta Técnico-Económica
2.4 Decreto Alcaldicio de adjudicación
2.5 Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento.
2.6 Decreto que nombra IT e IT suplente
2.7 Orden de compra aceptada.
2.8 Factura con V°B° del Director DAEM y Responsable de la licitación.
2.9 En caso de multas, Decreto Alcaldicio que sanciona dichas multas.
2.10 Certificado de conformidad de la Recepción de los materiales, emitido por el Director del Establecimiento Educacional solicitante.

2.11 En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

 

33.- LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán del pago correspondiente del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

34.- INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, IT, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal, a quién se le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución de la instalación, según requerimientos indicados en las Especificaciones Técnicas, y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando IT suplente y las funciones a desarrollar.

35.-ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO.

El Inspector Técnico I.T., tendrá como obligación velar por el cumplimiento del contrato de suministro en general se ejecute, según los requerimientos indicados en las presentes bases administrativas,  Especificaciones Técnicas y anexos.
-El Inspector Técnico, I.T., tendrá como atribución la aplicación de multas.
-El IT inspeccionara el cumplimiento del servicio de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.


36.- SANCIONES Y MULTAS
El incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Dirección de Educación Municipal para aplicar una o más de las siguiente sanción:

a) Si el adjudicado no entregare los materiales en el plazo de entrega estipulado en su oferta  y lugar  señalado en  estas Bases Administrativas, dará lugar a una multa de $25.000 por cada día de incumplimiento. De persistir el incumplimiento por más de 4 días hábiles (lunes a viernes), se considerará Incumplimiento grave y se sancionará dando termino anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento correspondiente.

b) Si el Oferente adjudicado no hiciere reemplazo de los alimentos en mal estado, o con daños en su envase o no viniesen en su envase origina, si hubo perdida de la cadena de frio por parte de los alimentos o no corresponda a lo solicitado dentro de tres días hábiles  (lunes a viernes), dará lugar a una multa de $ 20.000 (veinte mil) por día que no se realice cambio de los materiales . De persistir el incumplimiento por más de 5 días hábiles (lunes a viernes), se considerará Incumplimiento grave y se sancionará dando termino anticipado al contrato y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento correspondiente.

Toda Sanción o Multa que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado le será comunicado por correo electrónico.  Se entenderá que el oferente adjudicado se dará por notificado en un plazo de 24 horas desde la emisión del correo electrónico (las 24 horas se contabilizarán dentro de días hábiles, es decir, de lunes a viernes).


37.-  APELACIÓN DE LAS MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes), contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva,  Asesoría Jurídica DAEM y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles, o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

38.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.



39.- GARANTÍAS 
De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia de las obligaciones contractuales, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones contractuales (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento del del responsable de la licitación, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.



40.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez  transcurrido el plazo de vigencia del contrato, se procederá a realizar la Liquidación del  Contrato, entendiéndose por tal , a la liquidación  de las obligaciones contractuales emanadas  por concepto de  este suministro, la que será sancionada mediante decreto alcaldicio; dentro de un plazo de 30 días corridos.
La Liquidación del contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. 
Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto alcaldicio que sanciona la Liquidación del contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. 


41.-PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.