Licitación ID: 2409-161-LE21
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
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Productos o servicios
1
Mobiliario 1 Unidad
Cod: 56101532
ADQUISICION E INSTALACIÓN DE MOBILIARIO PARA NUEVAS OFICINAS DAEM DE LOS ÁNGELES, SEGÚN DETALLE EN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE LA PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
Caupolicán 399
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-07-2021 9:00:00
Fecha de Publicación: 12-07-2021 13:18:00
Fecha inicio de preguntas: 12-07-2021 16:38:00
Fecha final de preguntas: 19-07-2021 16:38:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-07-2021 16:38:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-07-2021 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-07-2021 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 07-09-2021 10:51:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Para mayor claridad de las obras, los oferentes DEBERÁN asistir a una visita en terreno de carácter VOLUNTARIA, el día 15 de Julio de 2021, a las 10:00 hrs. en oficina ubicada en Lautaro N° 280, Los Ángeles. El Profesional a cargo de la visita a terreno levantará un Acta , la que deberá ser firmada por cada oferente o su representante que asistió a la visita a terreno. El acta, firmada por los oferentes, deberá ser presentada, por el encargado de la licitación, a la Comisión de Apertura. Será responsabilidad del profesional a cargo velar en todo momento por el correcto uso de elementos de protección personal durante la reunión/terreno; así también la cantidad máxima de participantes (5). Tendrá la potestad de suspenderla en caso que alguno de los participantes no cuenten y/o cumplan con éste requisito. Si la cantidad de participantes excede con lo establecido, obligatoriamente se entenderá que ésta reunión debe realizarse en dos etapas.
2.- GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Los oferentes que participen en la presente licitación pública, deberán ingresar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según las condiciones descritas a continuación: Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de partes-Secretaría Municipal, ubicada en calle Caupolicán Nº399, 1er piso, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de 08:30 hrs. hasta las 13:00 hrs. El plazo máximo para la entrega de la garantía de seriedad de la oferta será hasta las 13:00 hrs. del día hábil (es decir, contado de lunes a viernes) anterior a la fecha de cierre de recepción de ofertas. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá ingresar la garantía de seriedad dentro de su oferta, preferentemente, en Anexos Administrativos. Si el oferente no ingresa la garantía de seriedad de la oferta, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. EN CASO DE QUE LA GARANTÍA CORRESPONDA A UN VALE VISTA U OTRO DOCUMENTO FINANCIERO, EN QUE LA ENTIDAD EMISORA DE LA GARANTÍA NO INCORPORA GLOSA CORRESPONDIENTE EN EL DOCUMENTO, ÉSTA DEBERÁ SER ACOMPAÑADA POR UN DOCUMENTO (FORMATO LIBRE) EN EL QUE CONTEMPLE LOS ANTECEDENTES INDICADOS EN EL ANEXO COMPLEMENTO DE GARANTÍA, DE LO CONTRARIO QUEDARÁ FUERA DE BASES. SI LA GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA NO CUMPLE CON LOS REQUERIMIENTOS DE TIEMPO Y FORMA, EL OFERENTE SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
3.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE:
4.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº1
5.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.
6.- Toda la documentación referida deberá ser remitida sólo mediante algunas de las siguientes extensiones: .jpg; .bmp; .pdf; .doc; .tif; .zip; .mmp; rar u otros
7.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados, o ingrese uno o más documentos ilegibles, o sin la vigencia requerida, quedará fuera de bases en el acto de apertura de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- EN LOS "ANTECEDENTES TÉCNICOS" INGRESAR EL SIGUIENTE DOCUMENTO A LA OFERTA: "EXPERIENCIA DEL OFERENTE" , según "Anexo N°3. Solo será válido acreditar experiencia con Contratos firmados ante notario y/o Facturas de trabajos similares realizados en el rubro, otorgados 2 años hacia atrás contados desde la fecha de recepción de ofertas y acompañados de cualquiera de los siguientes documentos: 1.- Certificado, 2.- Acta de entrega, 3.- Recepción Provisorias sin Observaciones, por él o los mandantes. Dichos documentos de respaldo se deberán ingresar preferentemente en sección "B" Anexos técnicos. Si el oferente no cuenta con experiencia solo debe declarar en Anexo Nº 3 como "Sin experiencia". Los antecedentes de acreditación se verificarán en la etapa evaluación. El oferente que no ingrese su respectivo Anexo Nº 3 o ingrese el documento técnico ilegible, quedará fuera de bases en el acto de apertura. El oferente que no ingrese documentación de acreditación, experiencia fuera del rango solicitado o que no corresponda a experiencia en el rubro, obtendrá puntaje cero en criterio Experiencia del oferente.
 
2.- Anexo n° 4 Oferta técnica. Se debe acompañar de los documentos solicitados en dicho anexo (certificados prueba laboratorio silla (BIFMA) y garantía de los productos, recopilación de productos con imágenes a color, los que se verificará su presentación en la etapa de evaluación, de no ser presentados quedará fuera de bases. El oferente que no ingrese su respectivo Anexo Nº 4 o ingrese el documento técnico ilegible, quedará fuera de bases en el acto de apertura.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos a presentar, los que deberán ser ingresados en la sección "C", Anexos Económicos, Según Anexo Nº5 Presupuesto Detallado.
2.- El oferente que no ingrese el documento económico solicitado, o ingrese el documento económico ilegible, quedará fuera de bases en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 40%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO EDUCACIÓN
Monto Total Estimado: 45000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO ESTIMADO CON I.V.A. INCLUIDO.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: SONIA MEDINA HIGUERA
e-mail de responsable de pago: smedina@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: MARIO MORALES BURGOS
e-mail de responsable de contrato: mmorales@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2570147-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES
Fecha de vencimiento: 06-10-2021
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la Seriedad de la Oferta, el oferente participante deberá presentar documento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta. El oferente que no ingrese dicho documento hasta la hora y fecha indicada, será declarado fuera de bases en la etapa de Apertura de las Ofertas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" o en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: "Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública: "PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES"
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. La devolución deberá ser solicitada por escrito al Responsable del Contrato, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN.
Fecha de vencimiento: 16-03-2022
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 10% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para Garantizar Fiel Cumplimiento del Contrato en propuesta pública: "PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre hecha la Recepción provisoria sin observaciones de las obras para lo cual se confeccionará un acta, ocasión en que se deberá hacer entrega de la garantía de correcta ejecución. La devolución deberá ser solicitada por correo electrónico al ITO, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN.
Fecha de vencimiento: 15-03-2023
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar la correcta ejecución de la obra, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Reglamento de la ley 19.886, tomada por el adjudicado a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" ó en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones.
Glosa: "Para garantizar la correcta ejecución de la obra en propuesta pública: "PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO MOBILIARIO PARA EDIFICIO DAEM DE LOS ÁNGELES".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. La devolución deberá ser solicitada por correo electrónico al ITO, identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP.:

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN:

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:

Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM

Ítem 29.04.001

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria, Presupuesto detallado, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Especificaciones Técnicas.

- Planimetría

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Oferta Técnica 

- Presupuesto Detallado

- Orden de compra

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

 La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, debe realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio.

Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o responsable del contrato.

6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

La presente licitación pública corresponde al llamado para la adquisición e instalación de mobiliario para oficinas DAEM, según detalle indicado en las Especificaciones Técnicas. El oferente deberá ofertar a lista completa, indicando el precio y el plazo de ejecución, este último debe estar entre el rango de días corridos que se indica, todo lo anterior según Anexo N°5 Presupuesto detallado.
Se establece que para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N°5, para todo evento prevalecerá el valor del Anexo N°5.
Las ofertas de los oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá solicitar antecedentes y/o asesoría que considere necesaria. En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas del Anexo económico, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará el precio ofertado, y este será el que prevalecerá en oferta. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.)
Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas.
  

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta o de la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.-PREGUNTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

11.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los  aspectos  Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.

13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación serán los siguientes:

a) EXPERIENCIA DEL OFERENTE: 40%

Se evaluará Experiencia del oferente según "ANEXO N°3", se considerará la sumatoria de los montos de proyectos con contratos de adquisiciones similares, de acuerdo a la siguiente tabla:

- $500.000.001 o superior=100 pts.;

-Entre $250.000.001 y $500.000.000=75 pts.;

-Entre $100.000.001 y $250.000.000= 50 pts.;

-Entre $1 y $100.000.000= 25 pts.;

-Sin experiencia o no acredita = 0 pts.

b) PRECIO 60%:

Se evaluará de acuerdo al precio total, según "ANEXO N°5", a la oferta con menor  suma de precio total, con IVA incluido, obtendrá “100 puntos”, los restantes inversamente proporcional, según fórmula: PUNTAJE = (MENOR PRECIO OFERTA RECIBIDA /PRECIO OFERTA A EVALUAR) X 100.

PUNTAJE FINAL =PUNTAJE EXPERIENCIA DEL OFERENTE * 0.4 + PUNTAJE PRECIO *0.6

14.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”. 

Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora.

15.-ADJUDICACIÓN 

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo.

16.- READJUDICACIÓN

Si el respectivo oferente adjudicado se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

17.-MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que la realiza, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

18.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, el oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto.

El desistimiento por esta causa deberá ser comunicado a la Dirección de Comunal de Educación, vía escrita, debiendo solicitar el oferente la devolución de la correspondiente garantía de seriedad de la oferta.

19.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato en un plazo máximo de 5 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, el documento solicitado en el punto 1, y que esté ingresado en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación, sin embargo el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales  art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115", correspondientes a  F-30.

3.- Anexo Declaración Jurada  Simple de no tener prohibición para contratar.

4.- Si el oferente postuló con la modalidad  ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el portal www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el oferente postuló con la modalidad de ”Unión temporal de proveedores”, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.
Cumplido los requisitos anteriores de parte del oferente adjudicado, se procederá a la emisión de la orden de compra, según lo estipulado en la Cláusula DE LA ORDEN DE COMPRA de las presentes bases.
Una vez aceptada la Orden de Compra,  el oferente adjudicado será denominado como Proveedor. Si el Proveedor no entrega los documentos solicitados en la presente cláusula (numerales 1 y 4. sólo si corresponden) o no entrega la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta serán exclusivamente de cargo del Proveedor. La vigencia de las obligaciones contractuales serán a partir de la fecha de aceptación de la orden de compra, hasta la liquidación del contrato, según lo estipulado en la cláusula DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, de las presentes bases.
El Proveedor no podrá traspasar sus obligaciones contractuales a otra persona, sea natural o jurídica.

20.- DE LA ORDEN DE COMPRA

Una vez publicado en el portal www.mercadopublico.cl el decreto que aprueba contrato y el contrato firmado por ambas partes ante notario, el profesional responsable del contrato solicitará a profesional de Adquisiciones DAEM la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión, junto con copia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato entregada por el Contratista.

La orden de compra deberá ser aceptada en un plazo de 2 días hábiles, contados de lunes a viernes, desde la fecha de su emisión.

Si el Contratista no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

En el caso deba emitirse más de una orden de compra, a partir de la segunda, el profesional responsable del contrato solicitará a la unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra correspondiente.

21.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la instalación del mobiliario de la presente licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Contratista.

22.- SUBCONTRATACIÓN

El contratista podrá subcontratar hasta el 30% del monto total del contrato, según la envergadura del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el contratista es siempre responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad o ante terceros en virtud del Contrato, como asimismo del pago de todas las obligaciones para con los trabajadores u otros que omita pagar el proveedor.

23.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la presente licitación, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista.

24.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos de las obligaciones contractuales las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

 25.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al Contratista de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1.- Incumplimiento grave (*) de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas y toda documentación que rige la presente licitación.

(*) Se entenderá como incumplimiento grave las letras c, e y ñ indicadas en la cláusula “De las obligaciones del adjudicado” como además todas aquellas que se puedan desprender de la misma cláusula.

2.2.- Estado de Notoria insolvencia del Contratista, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5.- Fallecimiento del Contratista, si se trata de una persona natural.

2.6.- Si el Contratista al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en 2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

26.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el Contratista, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo de la presente licitación, lo que será calificada por el IT en atención al interés superior de la adquisición, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o la terminación anticipada del mismo, según procediera.

27.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

a) Será obligación del contratista ejecutar las instalaciones con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, planos y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente, empleando materiales, maquinaria equipos y mano de obra de acuerdo a las características de la instalación y lo establecido en su oferta.

b) Será obligación del contratista acatar y dar solución a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.

c) Será responsabilidad y cargo del contratista obtener la totalidad de las informaciones y permisos que fueren necesarios para la ejecución de la instalación en los Servicios respectivos.

d) El contratista deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que se establecen normas relativas al transporte de materiales.

e) Será responsabilidad del contratista los pagos de permisos u otros similares que no signifiquen instalaciones, que haya que pagar a Servicios Públicos o Privados con motivo de la ejecución y entrega al uso público de las instalaciones que comprende la Licitación.

f) Será responsabilidad exclusiva del contratista tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Lo que se dice del contratista se extiende a los subcontratistas. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el contratista, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el oferente, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente.

g) Es obligación del contratista realizar todo tipo de ensayos pertinentes a la instalación  y que hayan sido solicitado por la Inspección Técnica y establecidos en las Especificaciones Técnicas.

h) El contratista es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

i) El contratista deberá proporcionar y mantener por su propia cuenta los cuidadores, serenos, cercos y las luces de alumbrado, en la cantidad suficiente para asegurar la protección de las instalaciones y la seguridad y conveniencia del público y de sus propios obreros.

j) Será obligación del contratista que, durante la noche, los puntos de peligro, permanezcan señalizados acorde a las necesidades.

k) El contratista está obligado a proveer, colocar y mantener por su cuenta, de día y de noche, durante todo el período que duren las faenas, la señalización de peligro y tomar medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de sus trabajos. Esta señalización debe ser retirada según las instrucciones que emanen de la Inspección Técnica.

l) El contratista está obligado y se compromete a ejecutar los trabajos con el menor malestar a los vecinos y vehículos que deban transitar por zonas contiguas a donde se ejecuten los trabajos. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

m)  Una vez terminadas las instalaciones, el oferente lo comunicará por escrito al Director Comunal de Educación y al I.T., para que se realice la recepción provisoria, acto en el cual se procederá a verificar y confirmar el término de las instalaciones como el fiel cumplimiento del proyecto y especificaciones del contrato.

n) Será responsabilidad del contratista solicitar VºBº a la I.T. todo cambio del profesional y/o técnico a cargo de la ejecución de las instalaciones.

ñ) Será responsabilidad del contratista, que todas las instalaciones sean realizadas por instaladores autorizados por los organismos que correspondan y de acuerdo a la normativa vigente. Todo cambio de instalador, deberá solicitar VºBº a la I.T.

o) Para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presentes instalaciones que debe realizar el contratista, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente.

p) El contratista consultará la instalación de andamios necesarios para realizar los trabajos en altura los cuales deben ser certificados, dicha certificación deberá ser presentada por el Contratista adjudicado al IT.  Debe contar con los cuerpos necesarios para abarcar la dimensión de la partida a ejecutar.   El terreno donde se instalará el andamio tiene que estar despejado de elementos sueltos, y estar parejo y limpio.   Si se trata de tierra, esta deberá ser previamente apisonada.   En trabajos sobre andamios de altura superior a los 1.8 m el personal deberá utilizar cinturón de seguridad tipo paracaidista (arnés), unido mediante un estribo, sólidamente afianzado a la estructura del edificio o a una cuerda de vida, diseñada para tal efecto.   Igualmente el andamio deberá ser afianzada a la edificación.

q) La garantía de Fiel Cumplimiento de contrato servirá también para garantizar y resguardar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores. -

r) Informar al IT si factura fue cedida o no al Factoring, para el estado de pago correspondiente.

s) Será obligación del contratista, mantener actualizados en la instalación para monitoreo los siguientes documentos:

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere

- Antecedentes de la licitación

- Antecedentes técnicos del contrato (especificaciones técnicas y planos)

- Copia de Garantía de fiel cumplimiento de contrato

t) El contratista deberá proveer a su personal del equipo de seguridad que establezcan las normas de seguridad, cumplir las prevenciones de riesgos de los mismos y las instrucciones que imparte la mutual de seguridad o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondientes, además de las normas sobre trabajos en la vía publica establecidos por el articulo N°102 de la Ley de tránsito N°18.290, así como todas aquellas que se señalan en las especificaciones técnicas de estas bases. Se solicitará un profesional Prevencionista de riesgos de carácter permanente en la instalación, es decir, a tiempo completo.

u) Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al IT.

v) Será obligación del Contratista dar cumplimiento de la “Ordenanza Ambiental en la Comuna de Los Angeles”, DECRETO 1.822 del 24 de mayo de 2016 y formulario de mitigación de impactos ambientales.

w) El Contratista deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N° 20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de obras Transitorios.

28.- DEL PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución quedará fijado al momento de realizar la oferta (ANEXO N°5), el cual no podrá ser inferior a 15 días corridos ni superior a 40 días corridos desde la fecha del Acta de entrega de terreno. Quien oferte por un plazo fuera del rango indicado, quedará fuera de bases.

29.- DEL PAGO

El precio será pagado dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal.  El pago será realizado contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, área educación, Rut 69.170.101-8, ubicada en calle Colo Colo 484 Piso 2, Los Ángeles, indicando número de orden de compra correspondiente.

 La Factura deberá considerar V°B° por parte del Inspector técnico, que certifique la efectiva instalación del mobiliario, de acuerdo a la oferta presentada por el adjudicatario y Especificaciones Técnicas elaborados por la Unidad solicitante.

La Factura deberá ser entregada en la Dirección de Administración de Educación Municipal, ubicada en Colo Colo 484 Piso 2, Los Ángeles.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que genere la ejecución contractual.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Contratista.

30.- DE LOS AUMENTOS Y DISMINUCIÓN DE OBRAS

La Municipalidad podrá otorgar ampliación de instalaciones y/u instalaciones extraordinarias, previo informe técnico de la IT, aprobado por el Director Comunal de Educación, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las presentas Bases Administrativas, la Municipalidad podrá, con el fin de llevar a un mejor término la instalación contratada, ordenar modificación o paralización temporal de las instalaciones, las que deberán ser aprobadas por Decreto Alcaldicio, antes de la fecha del plazo contractual, además los aumentos efectivos de instalación y aumentos de plazo, deberán ser debidamente garantizados mediante la garantía vigente, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término de las instalaciones más 60 días hábiles.

Los aumentos o disminuciones de instalaciones se cotizarán a los Precios Unitarios del Presupuesto Detallado adjudicado. La Oferta del Contratista incluye el costo total de la instalación, por lo que no podrá cobrar ningún tipo de instalaciones extraordinarias. No obstante, a exclusivo juicio de la Municipalidad podrá ésta ordenar instalaciones extraordinarias o el empleo de materiales no considerados a precios unitarios convenidos, a fin de llevar a un mejor término la instalación, en cuyo caso se incluirán éstas al valor total del contrato como “aumento de instalaciones extraordinarias” y siempre que exista disponibilidad presupuestaria debidamente autorizada. Cualquier aumento, disminución de instalaciones y/o instalaciones extraordinarias, deben ser aprobadas por la Municipalidad antes de la fecha contractual.

31.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

1.- El Contratista deberá presentar los siguientes antecedentes:

1.1 Factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8 y domicilio en Colo Colo 484 piso 2, Los Ángeles, indicando el número de orden de compra. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al IT.

1.2  Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales del o los trabajadores contratados para la ejecución de la instalación durante el estado de pago de la factura. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.3 Certificado de cumplimiento de obligación laboral y previsional vigente emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el contratista no tiene reclamaciones laborales por parte del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.4 Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales vigentes emitidos por la Inspección del trabajo. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.5 Nómina de Trabajadores contratados para la instalación visada por la empresa. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.6 Fotografías (15) color tamaño 10x15 cm de la instalación.

1.7 Finiquito del período, si corresponde.

1.8 Certificado que indique qué pasará con trabajadores finiquitados.

2.- El Inspector técnico deberá adjuntar los siguientes antecedentes:

2.1 - En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través de www.sii.cl.

2.2- Bases Administrativas y especificaciones Técnicas

2.3.- Presupuesto detallado

2.4.- Acta de entrega del terreno.

2.5- Decreto Alcaldicio de adjudicación

2.6- Decreto que Aprueba el Contrato y sus modificaciones si las hubiera

2.7 - Copia del Contrato y sus modificaciones si las hubiera

2.8 - Fotocopia documento de garantía de fiel cumplimiento.

2.9- Decreto que nombre IT e IT suplente

2.10.- Acta de recepción provisoria sin observaciones de la instalación. Firmada por Comisión de recepción.

2.11 Decreto Alcaldicio que aprueba Recepción Provisoria.

2.12 Copia garantía de Correcta ejecución de la obra

2.13- Orden de compra en estado Aceptada.

2.14- Factura con V°B° del Director DAEM e IT.

2.15 En caso de multas, Decreto Alcaldicio que sanciona dichas multas.

32.- LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Contratista. Los descuentos se harán del pago correspondiente del Contratista y/o de las garantías vigentes.

33.-ENTREGA DE TERRENO

Luego de firmado el contrato y con la aprobación mediante el Decreto Alcaldicio que aprueba dicho contrato, el inspector técnico designado realizará la entrega de terreno mediante el acta correspondiente.

Si el Contratista o su representante no concurriese en la oportunidad fijada para la entrega de terreno, la Municipalidad le señalará una nueva fecha, que no exceda de 07 días corridos. Expirado éste, y si no concurriese nuevamente, se pondrá término anticipado administrativamente al contrato, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del mismo.

34.-INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, IT, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal, a quién se le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución de la instalación, según requerimientos indicados en las Especificaciones Técnicas, y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando IT suplente y las funciones a desarrollar.

35.-ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO.

- El I.T. Inspeccionará el cumplimiento de las instalaciones de acuerdo a todos los antecedentes del contrato.

- El I.T. podrá exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del Contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado a juicio del I.T., quedando siempre responsable el Contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona desvinculada.

- El  I.T. podrá ordenar el retiro, fuera de la zona de la faena, de los materiales que sean rechazados por mala calidad, cuando exista el peligro de que dichos materiales sean empleados en los trabajos sin su consentimiento. La falta de cumplimiento de esta orden deberá ser sancionada en la forma dispuesta en este numeral, sin perjuicio de ordenar la paralización de los trabajos en los cuales se utilizaría el material rechazado.

- El Contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta los trabajos o reemplazar los materiales que no sean aceptados por el I.T.

- El Inspector Técnico, I.T. tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del Estado de pago, o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

36.- DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

En la faena se mantendrá un “LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA” con hojas foliadas en triplicado, que será proporcionado por el contratista y estará a cargo del Profesional de la instalación  a disposición del Inspector Técnico.

El original será retirado por el inspector y la primera copia por el contratista o Profesional encargado de la instalación, previa firma de ambas partes.

En el Libro de inspección técnica se deberá dejar constancia:

a) De los avances de la instalación

b) De las órdenes que dentro de los términos del Contrato se impartan al contratista.

c) De las observaciones que se hagan acerca de la forma en que se ejecuten los trabajos.

d) De las observaciones que merezca en la ejecución de la instalación al efectuarse la recepción provisoria de ellas.

e) De los demás antecedentes que exija el I.T.

f) De las observaciones que pudiere estampar el I.T. a solicitud de servicios o empresas externas.

g) De las observaciones que pudiere estampar el I.T. a solicitud del proyectista de la instalación.

h) De las situaciones que puedan ameritar la imposición de multas, y de las multas ya cursadas.

Toda comunicación que se establezca en el libro de inspección técnica, por el contratista y/o el I.T., se considerará comunicación oficial.


37.-DE LA RECEPCIÓN PROVISORIA
Una vez terminada la instalación, el contratista solicitará por escrito, la recepción de la instalación al Director DAEM, solicitud que deberá ingresar a la Oficina de Partes de la Dirección Comunal de Educación. Dentro de 5 días contados desde la fecha de término de la instalación, la I.T., deberá verificar el Fiel Cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato y comunicarlo a la unidad respectiva, indicando por él la fecha en que el contratista puso término a las instalaciones.
La comisión de recepción deberá constituirse en las instalaciones en un plazo no superior a 10 días corridos contados desde la fecha de término de la instalación. El día y la hora fijado para la recepción debe ser comunicado al Oferente con 2 días de anticipación, por lo menos, para que concurra al Acto si lo desea, la no concurrencia del contratista, se dejará constancia del hecho en el Acta correspondiente.
Una vez verificada por la Comisión el cabal cumplimiento del Contrato, éste dará curso a la Recepción y levantará un Acta dentro del plazo de 7 días corridos contados del día de la Recepción en Terreno, y que será firmada por los miembros asistentes y el contratista, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de 8 días corridos.
La comisión consignará la fecha que haya indicado la I.T. en el oficio indicado anteriormente. Si de la Recepción de la instalación, la comisión determina que los trabajos adolecen de defectos fácilmente reparables, recepcionará las instalaciones con reserva, levantando un "Acta de Recepción provisoria con Observaciones", detallando éstas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos.
El I.T. deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar un acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las instalaciones.
Si el contratista hubiere excedido el plazo otorgado por la comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases, de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Dicho incumplimiento será sancionado con el cobro de 3 por mil del valor neto del contrato. Si el atraso se prolonga por más de 08 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.
Si de la Recepción de las instalaciones resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la Unidad Técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un Informe detallado al IT el cual notificará al contratista, quien ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine. Este Informe se notificará a través del Libro de inspección técnica.
El contratista una vez que considere haber terminado la instalación deberá requerir nuevamente la recepción provisoria en la forma señalada precedentemente. Efectuada la recepción provisoria sin observaciones el contratista deberá canjear la garantía de "Fiel Cumplimiento del Contrato" por la de " Correcta Ejecución de la Obra".
Una vez efectuada la Recepción provisoria sin observaciones se sancionará mediante Decreto Alcaldicio.

38.-DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA
Será responsabilidad del IT solicitar por escrito, al director DAEM, la recepción definitiva de la instalación. La recepción definitiva se hará dentro de un plazo de 365 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, la cual se hará en la misma forma y solemnidad de la provisoria.
El mandante usará o explotará las instalaciones, después de la recepción provisoria sin observaciones de ella. Sin embargo, el contratista será siempre responsable durante el plazo de garantía por la correcta ejecución de las obras, de todos los defectos que presente la ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuados de la instalación, y deberá repararlos a su costo antes de la fecha que señale la I.T.. la comisión de recepción verificará básicamente  durante la recepción definitiva de las instalaciones, lo siguiente:

a) La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa)

b) La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados).

39.- COMISIÓN RECEPCIÓN CONFORME

La recepción conforme se efectuará por una comisión compuesta por el Director Comunal de Educación y dos profesionales del Departamento de Planificación y Proyectos DAEM (distinto al IT).

40.- SANCIONES Y MULTAS

a) Multas 5 por mil del valor neto del contrato:

El incumplimiento en el plazo de ejecución de la instalación, será sancionada con el cobro de 5 por mil del valor neto del contrato por cada día de atraso. Si el atraso se prolonga por más de 4 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.

b) Multas 3 por mil del valor neto del contrato

b.1.- En el caso de que el contratista no resuelva observaciones hechas por la Inspección Técnica dentro del plazo que esta indique, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato. Si la irregularidad se prolonga por más de 08 días corridos sin causa justificada, o que de dicha irregularidad se ocasione daños a tercero o fatalidad, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento.

b.2.- En el caso que el contratista no dé cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que se establecen normas relativas al transporte de materiales, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato.  Si la irregularidad se prolonga por más de 3 días corridos sin causa justificada, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato

b.3.- Si el contratista no provee a su personal del equipo de seguridad que establezcan las normas de seguridad durante las instalaciones, no cumple las prevenciones de riesgos de los mismos y/o  las instrucciones que imparte la mutual de seguridad o entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondientes, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato.  Si la irregularidad se prolonga por más de 05 días corridos sin causa justificada, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato.

c.- Las multas se descontarán del monto del estado de Pago correspondiente al período que se dicte Decreto Alcaldicio que sanciona la multa, o de las garantías vigentes.

d.- El responsable de la aplicación de multas será el I.T. quien informará al Contratista mediante el Libro de Inspección técnica.

e.- Las multas podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases.

41.-  APELACIÓN DE LAS MULTAS

De la aplicación de las sanciones y/o multas, el Contratista podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva,  Directora Asesoría Jurídica y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles, o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Contratista. La falta de apelación por parte del Contratista a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

42.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al Contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del mobiliario y su instalación, será exclusivamente del Contratista.

43.-LUGAR DE EJECUCIÓN

El Contratista deberá instalar el mobiliario en nuevas oficinas DAEM, ubicada en Lautaro nº 280, Los Ángeles.


44.- GARANTÍAS Y SU DEVOLUCIÓN

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia de las obligaciones contractuales, más un período de 60 días hábiles.

 En caso de incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone las obligaciones contractuales (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución de las obligaciones contractuales, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.

 El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.

De la Garantía de Correcta Ejecución de la Obra:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante 365 días a contar desde la fecha de Recepción provisoria sin observaciones, su entrega es requisito para cursar el último estado de pago, y responderá por la estabilidad y calidad de los trabajos y correcta ejecución de los mismos.
En caso de incumplimiento por el Contratista de las observaciones que emanen de la instalación, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de Correcta Ejecución de la Obra.

Aumento de garantías:

Para el aumento de las garantías, las nuevas garantías deberán estar vigentes en base al nuevo plazo contractual, más un plazo de 60 días hábiles.

45.-LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Realizada la Recepción definitiva sin observaciones, y dictado el decreto respectivo, se procederá a realizar la Liquidación del contrato dentro de un plazo de 30 días corridos después del vencimiento del plazo de garantía de Correcta ejecución, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
La liquidación del contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del contratista. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al contratista las garantías de "Correcta Ejecución de la Obra".
En caso de Término anticipado de Contrato, la liquidación se efectuará por la misma comisión de recepción.

46.-PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.