Licitación ID: 2409-183-LE20
CONSERVACION SERVICIOS HIGIENICOS ESC. MILLANTU
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSERVACIÓN DE SERVICIOS HIGIÉNICOS UBICADOS EN EL PABELLÓN NORTE DE LA ESCUELA BÁSICA F-942, MILLANTÚ, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PLANOS ADJUNTOS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSERVACION SERVICIOS HIGIENICOS ESC. MILLANTU
Estado:
Adjudicada
Descripción:
LAS OBRAS TIENE RELACIÓN CON LA CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS EN LA ESCUELA MILLANTU, PRINCIPALMENTE EN LAS PARTIDAS QUE SE DETALLAN EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y PLANOS QUE SON PARTE DEL PROYECTO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
COLO COLO 484
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-07-2020 9:00:00
Fecha de Publicación: 02-07-2020 17:57:00
Fecha inicio de preguntas: 02-07-2020 19:00:00
Fecha final de preguntas: 09-07-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-07-2020 11:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-07-2020 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-07-2020 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 13-08-2020 14:05:21
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Para mayor claridad de las obras, los oferentes podrán asistir a una visita en terreno de carácter VOLUNTARIA, el día 08 de Julio de 2020, a las 12:00 hrs. en establecimiento ubicado en Miguel Sagardia nº 1015, Sector Millantù, Los Ángeles. El Profesional a cargo de la visita a terreno levantará un Acta la cual no tendrá injerencia alguna al momento de evaluación. Será responsabilidad del profesional a cargo velar en todo momento por el correcto uso de elementos de protección personal durante la reunión/terreno; así también la cantidad máxima de participantes (5). Tendrá la potestad de suspenderla en caso que alguno de los participantes no cuenten y/o cumplan con éste requisito. Si la cantidad de participantes excede con lo establecido, obligatoriamente se entenderá que ésta reunión debe realizarse en dos etapas.
2.- ENTREGA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: Para garantizar la seriedad de la oferta, el oferente deberá presentar documento Financiero de Garantía en Oficina de Partes, 1er piso, ubicada en calle Caupolicán Nº399, Los Ángeles, hasta las 13:30 hrs. del día hábil, contados de lunes a viernes, anterior a la fecha de cierre de la licitación. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía, de lo contrario quedará fuera de bases. El oferente que no ingrese dicha Garantía hasta la hora y fecha indicada será declarado fuera de bases en el acto de apertura. Previo al Acto de apertura La Comisión de Apertura verificará la presentación de la garantía de Seriedad de la Oferta. Si dicha garantía no cumple con los requerimientos de tiempo y forma, el oferente quedará fuera de bases, y no se procederá a abrir su oferta.
3.- ENTREGA DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS: Para los efectos de la presentación de la oferta deberá adjuntarse la siguiente documentación administrativa del oferente participante, los que deberán ser ingresados en la Sección "A"; ANEXOS ADMINISTRATIVOS: ... a) Identificación del oferente, según "Anexo N° 1"; ... b)Declaración jurada simple de no tener prohibición de ofertar, según "Anexo N° 2"; ... c) Declaración jurada simple de no tener prohibición para contratar, según "Anexo N°3", en el caso de UTP. se debe adjuntar un Anexo N°3 por cada integrante de la UTP.; ... d)En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma. Documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura.
4.- Toda la documentación referida deberá ser remitida sólo mediante algunas de las siguientes extensiones: .jpg; .bmp; .pdf; .doc; .tif; .zip; .mmp; rar u otros

5.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados, o ingrese uno o más documentos ilegibles, o sin la vigencia requerida, quedará fuera de bases en el acto de apertura de las ofertas.
Documentos Técnicos
1.- EN LOS "ANTECEDENTES TÉCNICOS" INGRESAR EL SIGUIENTE DOCUMENTO A LA OFERTA: a) "EXPERIENCIA DE LOS OFERENTES" , según "Anexo N°4", acreditar la experiencia de Obras ejecutadas en los últimos 2 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepciòn de oferta, adjuntando certificado de ejecución de obras emitidos por el Mandante respectivo y/o ITO, de igual forma los oferentes que no posean experiencia deberán indicarlo en el Anexo N°4, para lo cual obtendrán puntaje cero en el criterio experiencia. Los certificados deben indicar específicamente descripción de las obras, desglose de partidas pertinentes, materialidad y unidad de medida correspondiente al anexo N°4. La no presentación de estos certificados, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar con puntaje cero en criterio de experiencia del oferente. b) "CARTA GANTT DE PROGRAMACIÓN DE OBRA", según anexo Nº 5, en la cual indique los tiempos empleados en cada uno de los items señalados.
 
2.- El oferente que no ingrese los anexos nº 4 y nº 5 solicitados o se encuentren ilegibles, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
 
Documentos Económicos
1.- EN LOS "ANTECEDENTES ECONÓMICOS" INGRESAR ÚNICAMENTE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: a)ITEMIZADO, según ANEXO Nº 6 b) OFERTA TÉCNICO-ECONÓMICA, según ANEXO Nº 7
2.- El oferente que no ingrese los documentos económicos solicitados o ingrese uno o más documentos económicos ilegibles, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12, del punto 9 "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas", de las presentes bases. 40%
2 Experiencia del Oferente Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 12, del punto 9 "Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas", de las presentes bases. 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: FAEP 2018
Monto Total Estimado: 25000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones MONTO TOTAL DISPONIBLE 25.000.000.- CON IVA INCLUIDO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: SONIA MEDINA HIGUERAS
e-mail de responsable de pago: smedina@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: TEODOSIO OBANOS ARAIZ
e-mail de responsable de contrato: tobanos@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2570106-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 30-09-2020
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la Seriedad de la Oferta, el oferente participante deberá presentar documento Financiero de Garantía de Seriedad de la Oferta. El oferente que no ingrese dicho documento hasta la hora y fecha indicada, será declarado fuera de bases en la etapa de Apertura de las Ofertas. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art. 31 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" o en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de no cumplir con este requisito quedará fuera de bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en propuesta pública: "CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS ESC. MILLANTU".-
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución una vez firmado el contrato por el oferente adjudicado. El oferente adjudicado podrá solicitarla una vez entregada la garantía de Fiel cumplimiento del Contrato. La devolución deberá ser solicitada por escrito al Director DAEM, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 15-01-2021
Monto: 10 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan al momento de la firma del contrato, cuyo monto será equivalente al 10 % del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento(formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de lo contrario quedará fuera de Bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato. La garantía deberá ser entregada al responsable del Contrato, ubicada en Colo Colo 484 piso 2 Los Ángeles. La presente garantía se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública:"CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS ESC. MILLANTU".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre hecha la Recepción provisoria sin observaciones de las obras para lo cual se confeccionará un acta, ocasión en que se deberá hacer entrega de la garantía de Correcta Ejecución de la obra. La devolución deberá ser solicitada por escrito al Director DAEM, indicando antecedentes del documento solicitado.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN
Fecha de vencimiento: 17-01-2022
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar la correcta ejecución de la obra, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Reglamento de la ley 19.886, tomada por el adjudicado a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en documento tipo "Anexo Complemento de Garantía" ó en formato libre en el que contemple los mismos antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones.
Glosa: "Para garantizar la correcta ejecución de la obra en propuesta pública: "CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS ESC. MILLANTU".
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta una vez se encuentre liquidado el contrato. Deberá ser solicitada por escrito al Director DAEM, identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

 2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

 2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula "Término anticipado del Contrato" de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ITEM

FINANCIAMIENTO: FAEP 2018
ÍTEM: 22.06.001

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Convenio FAEP 2018, Anexos, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

 PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.
- Convenio FAEP 2018, res. exenta N°1224 y res. exenta N°441 del 28/5/20
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Especificaciones Técnicas.
-  Planos

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.
- Convenio FAEP 2018, res. Exenta N°1224 y res. exenta N°441 del 28/5/20
- Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases Administrativas y sus Anexos.
- Oferta Técnico Económica.
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

Las consultas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl, Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

6.- MODIFICACIONES A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

 7.- DE LAS OFERTAS

 Cada Oferente presentará su Oferta Técnico Económica, la que deberá ser según formato del Anexo N°7, en moneda nacional, la que deberá ser concordante con el itemizado del Anexo Nº6.

En el caso de presentarse diferencias entre el precio indicado en el portal y el precio indicado en Anexo Nº 7, prevalecerá el precio del Anexo Nº 7.

La Oferta del anexo nº 7 deberá ser concordante con el itemizado del Anexo Nº 6. En el caso de haber diferencias la oferta será inadmisible.

No se deben alterar o eliminar las partidas del Anexo Nº 6, de lo contrario quedará fuera de bases.

Si la Oferta según Anexo Nº 7, tiene diferencias en el cálculo del I.V.A., este será calculado sobre el precio neto.

Los Oferentes deberán considerar en la propuesta todas las partidas del itemizado.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases y Especificaciones técnicas, por parte del Oferente.

Las ofertas de los Oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria.

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma durante el plazo de vigencia de la Garantía de Seriedad de la Oferta o hasta la firma de contrato por parte del oferente adjudicado.

El adjudicado queda obligado en los mismos términos que indica el contrato y la restante documentación que rige esta Licitación.

9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.- DE LA COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Administración de Educación Municipal, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

11.- DE LA COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda. 

12.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación son los siguientes:

-PRECIO 40%: Se evaluará de acuerdo al menor precio  según "Anexo N°7", "100 puntos", las ofertas restantes inversamente proporcional, según fórmula X=(menor oferta recibida / oferta a evaluar) x 100.

-EXPERIENCIA DEL OFERENTE 60%: El puntaje se asignará a cada oferente de acuerdo a la siguiente tabla:

 

M2 construidos de obras de tipología similar

Puntaje

3001 o superior

100 ptos.

Entre 1501 y 3000

  75 ptos.

Entre 501 y 1500

  50 ptos.

Entre 1 y 500

  25 ptos.

Sin experiencia o no acredita

    0 ptos.

Acreditar la experiencia de Obras ejecutadas en los últimos 2 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepciòn de oferta, adjuntando certificado de ejecución de obras emitidos por el Mandante respectivo y/o ITO, de igual forma los oferentes que no posean experiencia deberán indicarlo en el Anexo N°4, para lo cual obtendrán puntaje cero en el criterio experiencia. Los certificados deben indicar específicamente descripción de las obras, desglose de partidas pertinentes, materialidad y unidad de medida correspondiente al anexo N°4. La no presentación de estos certificados, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar con puntaje cero

La evaluación final de cada oferente será la suma de los puntajes de cada criterio debe ser igual al puntaje total ponderado del oferente en evaluación.

Puntaje Final = Precio *0.40 + Experiencia del oferente*0.60

13.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “PRECIO” de continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: “EXPERIENCIA DEL OFERENTE.

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, en día. De continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, en hora.

14.- ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante en aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo.

15.- READJUDICACIÓN

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

 16.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

 17.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

 18.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato.

El desistimiento deberá ser comunicado al responsable del contrato, Área educación, vía escrita, debiendo solicitar el oferente, la devolución de la correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta.

 19.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente adjudicado, que en adelante se denomina Contratista, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Patente Municipal al día, correspondiente al rubro.

2.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto 1 y 2, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de adjudicación de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta. 

3.- Si el Contratista postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

Para contratar, el Contratista adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Contratista corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Contratista, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por  Asesoría Jurídica de la Municipalidad, área educación. Una vez redactado el contrato, se informará al Contratista adjudicado mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.

El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado en la Dirección de educación, de la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste, en la misma ocasión el oferente adjudicado deberá hacer entrega de la Garantía de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.

Si el Contratista adjudicado no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1,2,3; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente adjudicado.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato.

El oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

20.- DE LA ORDEN DE COMPRA 

Una vez resuelta la adjudicación y suscrito el contrato, ambos aprobados por Decreto Alcaldicio, se comunicará a través del portal  al oferente adjudicado y  a los no adjudicados, con la publicación del decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl 

Si el oferente no aceptara la orden de compra dentro del plazo señalado a continuación, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso desistimiento  el mandante podrá  llamar a una nueva  licitación o aplicar la readjudicación.

La orden de compra será aceptada previo a la entrega de terreno y con ella comenzará a regir todas las obligaciones que se incluyen en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas.

El Contratista será el único responsable de todas la obligaciones  contratadas con la Municipalidad  en virtud de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante. 

21.- SUBCONTRATACIÓN

El Contratista adjudicado podrá subcontratar hasta el 30% del monto total del contrato, según la envergadura del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista Adjudicado es siempre responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad o ante terceros en virtud del Contrato, como asimismo del pago de todas las obligaciones para con los trabajadores u otros que omita pagar el proveedor.

 22.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

a) Será obligación del Contratista adjudicado ejecutar las obras con sujeción estricta a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, planos y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente, empleando materiales, maquinaria equipos y mano de obra de acuerdo a las características de la obra y lo establecido en su oferta.

b) Será obligación del Contratista adjudicado acatar y dar solución a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica de las obras.

c) Será responsabilidad y cargo del Contratista adjudicado obtener la totalidad de las informaciones y permisos que fueren necesarios para la ejecución de la obra en los Servicios respectivos.

d) El Contratista adjudicado deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que se establecen normas relativas al transporte de materiales.

e) Será responsabilidad del Contratista adjudicado los pagos de permisos u otros similares que no signifiquen obras, que haya que pagar a Servicios Públicos o Privados con motivo de la ejecución y entrega al uso público de las obras que comprende la Licitación.

f) Será responsabilidad exclusiva del Contratista adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Lo que se dice del Oferente adjudicado se extiende a los subcontratistas. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Oferente adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el oferente, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente.

g) Es obligación del Contratista adjudicado realizar todo tipo de ensayos pertinentes a la obra y que hayan sido solicitado por la Inspección Técnica de Obra y establecidos en las Especificaciones Técnicas.

h) El Contratista adjudicado es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus propios trabajadores en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios.

i) El Contratista adjudicado deberá proporcionar y mantener por su propia cuenta los cuidadores, serenos, cercos y las luces de alumbrado, en la cantidad suficiente para asegurar la protección de las obras y la seguridad y conveniencia del público y de sus propios obreros.

j) Será obligación del Contratista adjudicado que, durante la noche, los puntos de peligro, permanezcan señalizados acorde a las necesidades.

k) El Contratista adjudicado está obligado a proveer, colocar y mantener por su cuenta, de día y de noche, durante todo el período que duren las faenas, la señalización de peligro y tomar medidas de seguridad adecuadas a la naturaleza de sus trabajos. Esta señalización debe ser retirada según las instrucciones que emanen de la Inspección Técnica de Obra.

l) El Contratista adjudicado está obligado y se compromete a ejecutar los trabajos con el menor malestar a los vecinos y vehículos que deban transitar por zonas contiguas a donde se ejecuten los trabajos. La Municipalidad se reserva el derecho de ponderar este comportamiento y aplicar las sanciones y/o multas de acuerdo a la Ordenanza Local, por uso indebido de calles y demás terrenos de uso público, que corresponda.

m)  Una vez terminadas las obras, el Contratista adjudicado lo comunicará por escrito al Director Comunal de Educación e ITO, para que se realice la recepción provisoria, acto en el cual se procederá a verificar y confirmar el término de las obras como el fiel cumplimiento del proyecto y especificaciones del contrato.

n) Será responsabilidad del Contratista adjudicado solicitar VºBº a la I.T.O. todo cambio del profesional y/o técnico a cargo de la ejecución de las obras.

ñ) Será responsabilidad del Contratista adjudicado, que todas las instalaciones sean realizadas por instaladores autorizados por los organismos que correspondan y de acuerdo a la normativa vigente. Todo cambio de instalador, deberá solicitar VºBº a la I.T.O.

o) Para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido esta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de las presentes obras que debe realizar el Contratista adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada, aquella podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente.

p) La garantía de Fiel Cumplimiento de contrato servirá también para garantizar y resguardar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.-

q) Informar al ITO si la factura fue cedida o no al Factoring, para el estado de pago correspondiente.

r) Para el inicio de obras el contratista adjudicado deberá hacer entrega al I.T.O de la póliza de seguros contra TODO RIESGO DE CONSTRUCCIÓN, incluido un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

s) Para las obras se deberá contar con un profesional de terreno Ing. en construcción, Constructor Civil, Ingeniero Civil o Ingeniero Constructor con a lo menos 3 años de experiencia en obras similares.

t) El Contratista adjudicado deberá considerar en el establecimiento, el suministro e instalación de un letrero de obras segùn formato MINEDUC de 3x1,5 metro en un lugar visible, con información general de los trabajos a desarrollar, plazos y financiamiento, el cual deberá contar con VºBº del  I.T.O.  

u) Será obligación del Contratista adjudicado, mantener actualizados en la obra para monitoreo los siguientes documentos:
-Contrato y sus modificaciones, si las hubiere
- Antecedentes de la licitación
- Carta gantt
-Antecedentes técnicos del contrato (especificaciones técnicas y planos)
-Copia de Garantía de fiel cumplimiento de contrato

v) El contratista adjudicado deberá proveer a su personal del equipo de seguridad que establezcan las normas de seguridad, cumplir las prevenciones de riesgos de los mismos y las instrucciones que imparte la mutual de seguridad o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondientes, además de las normas sobre trabajos en la vía publica establecidos por el articulo N°102 de la Ley de tránsito N°18.290, así como todas aquellas que se señalan en las especificaciones técnicas de estas bases. Se solicitará un profesional Prevencionista de riesgos de carácter permanente en la obra, es decir, a tiempo completo.

w) Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el Contratista adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al ITO.

23.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO

La presentación de la documentación exigida en estas bases implica la aceptación del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas. La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjesen a terceros o al personal con motivo u ocasión del traslado de materiales, por las obras o por motivo u ocasión de un accidente, recayendo la responsabilidad civil y penal en el adjudicado.

 24.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de los servicios, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Contratista Adjudicado.

 25.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.

 26.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La Dirección de Educación Municipal notificará por escrito al Contratista adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1.- Incumplimiento grave (*) de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas y toda documentación que rige la presente licitación. 

(*) Se entenderá como incumplimiento grave las letras c, e y ñ indicadas en la cláusula “De las obligaciones del adjudicado” como además todas aquellas que se puedan desprender de la misma cláusula.

2.2.- Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5.- Fallecimiento del Contratista Adjudicado, si se trata de una persona natural.

2.6.- Si el Contratista adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al formulario F-30 y Certificado F30-1, y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

 En caso de producirse las causales indicadas en las letras 2.1; 2.2; 2.3 y/o 2.6, la Dirección de Educación Municipal deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato.

27.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR:

En este caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el contratista, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del presente contrato, lo que será calificado por el inspector técnico en atención al interés superior de la obra, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de los plazos de ejecución, modificación de contrato o la terminación anticipada del mismo, si procediera.

28.- PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo mínimo de ejecución de las obras es de 45 días corridos y un máximo de  60 días corridos y corresponderá al plazo propuesto por el Contratista en su oferta técnico- Económica y contada desde la fecha del acta de entrega del terreno. Sólo por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente calificados por El mandante podrá modificar el plazo para el desarrollo de las obras por el tiempo que estrictamente dure el inconveniente.

a.             El Contratista deberá evaluar técnicamente el tiempo real de ejecución de las obras, al momento de evaluar su oferta. El no cumplimiento de los plazos establecidos en el contrato dará lugar a la aplicación de las multas correspondientes.

b.             El plazo fijado en las presentes bases administrativas se entenderá en días, sin deducción de días de lluvia, feriados, ni festivos y deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativamente:

·              Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del contratista.

·              Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.

·              Que el hecho sea insuperable.

·              Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

Cualquier modificación al plazo deberá efectuarse antes del vencimiento del plazo acordado y deberá ser informado a la SECREDUC.  La ejecución de nuevas obras, ya sean obras extraordinarias o aumento de obras, dará derecho a un aumento del plazo contractual a convenir entre las partes y se deberá prorrogar la vigencia de todos los documentos de garantía en custodia (pólizas y garantías).  Lo anterior dará lugar a una Modificación del contrato.

29.- DE LOS AUMENTOS Y DISMINUCIÓN DE OBRAS

La Municipalidad podrá otorgar ampliación de obras y/u obras extraordinarias hasta un máximo del 10% del monto contratado, previo informe técnico de la ITO, aprobado por el Director Comunal de Educación y visado por SECREDUC, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria. Sin perjuicio de lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, la Municipalidad podrá, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, ordenar modificación o paralización temporal de las obras, las que deberán ser aprobadas por Decreto Alcaldicio e informada a SECREDUC, antes de la fecha del plazo contractual, además los aumentos efectivos de obra y aumentos de plazo, deberán ser debidamente garantizados mediante garantía de ejecución inmediata, en los mismos porcentajes estipulados en el contrato original y la vigencia de dichos documentos serán a lo menos la fecha de término de las obras mas 60 días hábiles. Los aumentos o disminuciones de obras se cotizarán a los Precios Unitarios del presupuesto adjudicado. La Oferta del Contratista incluye el costo total de la obra, por lo que no podrá cobrar ningún tipo de obras extraordinarias. No obstante, a exclusivo juicio de la Municipalidad podrá ésta ordenar obras extraordinarias o el empleo de materiales no considerados a precios unitarios convenidos, a fin de llevar a un mejor término la obra, en cuyo caso se incluirán éstas al valor total del contrato como “aumento de obras extraordinarias” y siempre que exista disponibilidad presupuestaria debidamente autorizada. Cualquier aumento, disminución de obras y/o obras extraordinarias, deben ser aprobadas por la Municipalidad antes de la fecha contractual.

 30.- DEL PAGO

El precio del contrato de "CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS ESC. MILLANTÚ" se efectuará, en 2 estados de pago:

- 1er estado de pago: al completar el 50% de avance físico de obra conforme a anexo nº 6 presentado por el contratista e incluido en el contrato.

- 2do estado de pago: al completar el 100% de avance físico de obra conforme a anexo nº 6 presentado por el contratista e incluido en el contrato. 

Lo anterior a entera conformidad de la Municipalidad de Los Ángeles y previo VºBº del Director Comunal de Educación y el I.T.O.

No se podrán presentar estados de pago por materiales depositados, suministrados, al pie de la obra o por fabricación de elementos prefabricados.

 El segundo estado de pago y de acuerdo a disponibilidad presupuestaria, se pagará una vez que se haya realizado la recepción provisoria sin observaciones y Decreto Alcaldicio;  certificado de aprobación de las empresas o servicios de instalaciones de gas, si correspondiere. 

31.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Los documentos a presentar serán los que se indican a continuación:

1.- El oferente adjudicado:

1.1. Factura; indicando el número de orden de compra, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8 y domicilio en Colo Colo 484 piso 2, Los Ángeles. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al ITO.

1.2 Estado de pago de acuerdo a formato municipal.

1.3 Fotocopia de documentos que acrediten el pago de las remuneraciones y pago de cotizaciones previsionales del o los trabajadores contratados para la ejecución de la obra durante el estado de pago de la factura. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.4 Certificado de cumplimiento de obligación laboral y previsional F30-1 vigente emitido por la Inspección del Trabajo que acredite que el Oferente adjudicado no tiene reclamaciones laborales por parte del o los trabajadores contratados para la ejecución del servicio durante el mes correspondiente al estado de pago. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.5 Certificado de antecedentes Laborales y Previsionales F-30,  vigentes emitidos por la Inspección del trabajo. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.6 Nómina de Trabajadores contratados para la obra visada por la empresa. Asimismo, para los Subcontratistas, si corresponde.

1.7 Fotos de Avance de la Obra (8).

1.8 Para el segundo estado de pago, certificado de aprobación de las empresas o servicios de instalaciones de gas, si correspondiere.  

1.9 Finiquito del período, si corresponde

2.- El Inspector técnico:

2.1 Factura, con VºBº del Inspector Técnico de Obra, del Jefe de Departamento de Planificación y Proyectos DAEM y del Director de Educación Municipal.

2.2 Estado de Pago con VºBº del Director de Educación Municipal e ITO.

2.3 Orden de Compra en estado aceptada.

2.4 Acta de entrega del terreno.

2.5 Decreto Alcaldicio de adjudicación.

2.6 Decreto que aprueba contrato y sus modificaciones, si corresponde.

2.7 Contrato y sus modificaciones, si corresponde.

2.8 Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.

2.9 Decreto que nombra I.T.O. y suplente.

2.10 En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona.

2.11 Acta de recepción provisoria sin observaciones de la obra para último estado de pago. Firmada por Comisión de recepción.

2.12 Decreto Alcaldicio que aprueba Recepción Provisoria para último estado de pago.

2.13 Copia garantía de Correcta ejecución de la obra para último estado de pago.

2.14 Bases administrativas, Especificaciones Técnicas.

2.15 Anexo Oferta Técnico Económica.

2.16 En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado.

32.- DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán de los estados de pago correspondiente del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

 33.- ENTREGA DE TERRENO

Luego de firmado el contrato y con la aprobación mediante el Decreto Alcaldicio que aprueba dicho contrato,  el inspector técnico de Obra designado realizará la entrega de terreno mediante acta correspondiente.

Si el contratista o su representante no concurriese en la oportunidad fijada para la entrega de terreno, la Municipalidad le señalará un nuevo plazo que no exceda de 07 días corridos. Expirado éste, y si no concurriese nuevamente, se pondrá  término anticipado administrativamente al contrato, y se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del mismo.

 34.- INSPECCIÓN TÉCNICA DE OBRA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico de Obra, ITO, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal, a quién se le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución de la obra, según requerimientos indicados en las Especificaciones Técnicas, y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando ITO suplente y las funciones a desarrollar.

 35.- DEL LIBRO DE INSPECCIÓN TÉCNICA

El Contratista adjudicado mantendrá un libro foliado en triplicado, que será proporcionado por él, denominado Libro de Inspección Técnica de Obra, que será el medio de comunicación oficial entre el Inspector Técnico de Obra y el oferente adjudicado.

En dicho libro, se deberá dejar constancia de todo hecho relevante del contrato, tales como:

 - Fecha de inicio de la obra.

 - Las observaciones, instrucciones y resoluciones que realice la Inspección Técnica de Obra.

 - Las observaciones, respuestas y descargos que plantee el oferente adjudicado.

 - Notificaciones de multas que notifique el Inspector Técnico de Obra.

- Otras anotaciones relativas al desarrollo del contrato.

 La hoja original del libro será retirada por el Inspector Técnico de Obra, y la primera copia por el Contratista adjudicado, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos archivos.

 36.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS

El incumplimiento en el plazo de ejecución de la obra, será sancionada con el cobro de 5 por mil del valor neto del contrato por cada día de atraso. Si el atraso se prolonga por más de 10 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.

En el caso de que el Contratista no resuelva observaciones hechas por la Inspección Técnica de Obra dentro del plazo que esta indique, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato. Si la irregularidad se prolonga por más de 05 días corridos sin causa justificada, o que de dicha irregularidad se ocasione daños a tercero o fatalidad, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento.

 En el caso que el Contratista adjudicado no dé cumplimiento a lo dispuesto en el D. S. N°75 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones de 1987, en el que se establecen normas relativas al transporte de materiales, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato.  Si la irregularidad se prolonga por más de 03 días corridos sin causa justificada, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato.

En caso de ausencias del profesional de Obra, la I.TO. cursará multa por cada día de ausencia de 3 por mil del valor neto del contrato, Si la irregularidad se prolonga por 4 días corridos, la Municipalidad solicitará el cambio de profesional. De persistir el incumplimiento por más de 2 días corridos,  la municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato. 

En la eventualidad que el Contratista adjudicado decida unilateralmente cambiar profesional y/o técnico a cargo de las obras SIN INFORMAR NI OBTENER EL VºBº de la ITO, el mandante cursará multa equivalente al 3 por mil del valor neto del contrato. 

Si el contratista no provee a su personal del equipo de seguridad que establezcan las normas de seguridad, no cumple las prevenciones de riesgos de los mismos y/o  las instrucciones que imparte la mutual de seguridad o entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondientes, será sancionado con una multa por día de 3 por mil del valor neto del contrato.  Si la irregularidad se prolonga por más de 05 días corridos sin causa justificada, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato.

En caso de ausencias de ausencia del Prevencionista de Riestos, la I.T.O. cursará multa por cada día de ausencia de 3 por mil el valor neto del contrato, si la regularidad se prolonga por 4 días corridos, la Municipalidad solicitará el cambio de profesional.   De persistir el incumplimiento por más de 2 días corridos, la Municipalidad hará efectiva la Garantía del fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al contrato.

Si el Contratista adjudicado hubiere excedido el plazo otorgado por la comisión de recepción, esos días adicionales estarán afectos a multas, las que serán aplicadas de acuerdo a lo estipulado en las presentes Bases,  de lo que se dejará constancia en el Acta de Recepción. Dicho incumplimiento será sancionado con el cobro de 5 por mil del valor neto del contrato. Si el atraso se prolonga por más de  10 días corridos, la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento correspondiente y pondrá término anticipado al Contrato.

 Las multas se descontarán del monto del estado de Pago correspondiente al período que se dicte Decreto Alcaldicio que sanciona la multa, o de las garantías vigentes.

El responsable de la aplicación de multas será el I.T.O. quien informará al Contratista mediante el Libro de Obras.

Las multas podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes Bases.

37.- APELACIÓN DE LAS MULTAS

De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Asesoría Jurídica DAEM y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del Contratista adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

38.- DE LA RECEPCIÓN PROVISORIA

Una vez terminada la Obra de " CONSERVACIÓN SERVICIOS HIGIÉNICOS ESC. MILLANTÚ", el Contratista adjudicado y previo término contractual del contrato, solicitará por escrito, la recepción de la obra al Director DAEM, solicitud que deberá ingresar a la Oficina de Partes de la Dirección Comunal de Educación.   Dentro de 5 días contados desde la fecha de término de la obra, la I.T.O.  deberá verificar el fiel cumplimiento de los planos y especificaciones del contrato y comunicarlo a la unidad respectiva, indicando por él la fecha en que Contratista adjudicado puso término a las obras.

La comisión de recepción deberá constituirse en las Obras  en un plazo no superior a 10 días corridos  contados desde la fecha de término de la Obra. El día y la hora fijado para la recepción debe ser comunicado al Contratista adjudicado con 2 días de anticipación, por lo menos, para que concurra al Acto si lo desea, la no concurrencia del Oferente adjudicado, se dejará constancia del hecho en el Acta correspondiente.

Una vez verificada por la Comisión el cabal cumplimiento del Contrato, éste dará curso a la Recepción y levantará un Acta dentro del plazo de 7 días corridos contados del día de la Recepción en Terreno, y que será firmada por los miembros asistentes y el Contratista adjudicado, si lo desea. Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de 5 días corridos.

La comisión consignará la fecha que haya indicado la I.T.O. en el oficio indicado anteriormente. Si de la Recepción de la Obra, la comisión determina que los trabajos adolecen de defectos fácilmente reparables, recepcionará las Obras con reserva, levantando un "Acta de Recepción provisoria con Observaciones", detallando éstas y fijando un plazo para que el Contratista adjudicado ejecute a su costo los trabajos requeridos.

El I.T.O. deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión,  dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar un acta dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las Obras.

 

Si de la Recepción de las Obras resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a planos, especificaciones técnicas y reglas de la Unidad Técnica, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un Informe detallado al ITO el cual notificará al Oferente adjudicado, quien ejecutará a su costo los trabajos que faltan o las reparaciones que ella determine. Este Informe se notificará a través del Libro de Obras.

El Contratista adjudicado una vez que considere haber terminado la obra deberá requerir nuevamente la recepción provisoria en la forma señalada precedentemente. Efectuada la recepción provisoria sin observaciones el Contratista adjudicado deberá canjear la garantía de "Fiel Cumplimiento del Contrato" por la de " Correcta Ejecución de la Obra".

Una vez efectuada la Recepción provisoria sin observaciones se sancionará mediante Decreto Alcaldicio.

 39.- DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA

Será responsabilidad del ITO solicitar por escrito, al director DAEM, la recepción definitiva de obra.  La recepción definitiva se hará dentro de un plazo de 365 días corridos contados desde la recepción provisoria sin observaciones, la cual se hará en la misma forma y solemnidad de la provisoria

El mandante usará o explotará las obras, después de la recepción provisoria sin observaciones de ella. Sin embargo, el Contratista adjudicado será siempre responsable durante el plazo de garantía por la correcta ejecución de las obras, de todos los defectos que presente la ejecución de la misma, a menos que estos se deban al uso o explotación inadecuados de la obra, y deberá repararlos  a su costo antes  de la fecha que señale la I.T.O. la comisión de recepción verificará básicamente  durante la recepción definitiva de las obras, lo siguiente:

a) La buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa)

b) La calidad de los materiales empleados (que no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados)

40.- COMISIÓN DE RECEPCIÓN

La recepción de la obra se efectuará por una comisión compuesta por el Director Comunal de Educación, dos profesionales del departamento de Planificación y Proyectos  (distinto al ITO).

 41.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles por medio de la Inspección Técnica de Obra, no libera al Contratista adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del Contratista adjudicado.

 42.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Realizada la Recepción definitiva sin observaciones, y dictado el decreto respectivo, se procederá a realizar la Liquidación del contrato dentro de un plazo de 30 días corridos, la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La liquidación final del contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Contratista adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al Contratista adjudicado la garantía de "Correcta Ejecución de la Obra".

En caso de Término anticipado de Contrato, la liquidación se efectuará por la misma comisión de recepción.

 43.- DE LAS GARANTÍAS 

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de incumplimiento del Contratista Adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

 De la Garantía de Correcta Ejecución de la Obra:
Esta garantía deberá permanecer vigente durante 365 días a contar desde la fecha de Recepción provisoria sin observaciones, su entrega es requisito para cursar el último estado de pago, y responderá por la estabilidad y calidad de los trabajos y correcta ejecución de los mismos.
En caso de incumplimiento por el oferente adjudicado de las observaciones que emanen de la obra,  la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de Correcta Ejecución de la Obra.

44.- PACTO DE INTEGRIDAD

El Contratista adjudicado declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el contratista acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El Contratista adjudicado se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El Contratista adjudicado se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El Contratista adjudicado se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El Contratista adjudicado se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El Contratista adjudicado se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El Contratista adjudicado manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El Contratista adjudicado se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El Contratista adjudicado reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El Contratista adjudicado se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.