Licitación ID: 2409-47-LE23
PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Software de correo electrónico 1 Global
Cod: 43233501
SERVICIO PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
SE REQUIERE CONTRATAR PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE, POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM, SEGÚN ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ADJUNTAS
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.101-8
Dirección:
LAUTARO 280
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-03-2023 9:00:00
Fecha de Publicación: 07-03-2023 15:12:10
Fecha inicio de preguntas: 07-03-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 13-03-2023 19:42:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-03-2023 19:42:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-03-2023 9:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-03-2023 9:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-04-2023 17:06:45
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LA QUE DEBERÁ SER INGRESADA EN LA SECCIÓN A, ANEXOS ADMINISTRATIVOS: 1.- Identificación del oferente según Anexo Nº1
2.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores” , el representante de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado , que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además deberá presentar Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para Ofertar según Anexo Nº2, esta declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión, El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados o ingrese uno o más documentos administrativos ilegibles, o sin la vigencia solicitada, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
3.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE. El oferente deberá subir obligatoriamente Anexo N°3 y completar, al menos, los campos relacionados con la identificación del oferente participante y fecha del documento. En el caso que el oferente informe experiencia, ésta deberá ser de la ejecución de servicios similares según lo mencionado en las EETT, en los últimos 3 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de oferta, emitidos por el cliente y/o mandante, deberá subir los correspondientes documentos de acreditación y completar los campos indicados en la tabla de su Anexo N°3 de la prestación informada, de lo contrario dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. Si el oferente no posee experiencia, lo podrá informar en su Anexo N°3. EL OFERENTE QUE NO INGRESE SU RESPECTIVO ANEXO N°3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE O LO INGRESE ILEGIBLE, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA
 
2.- DOCUMENTOS ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA. El oferente participante, en el caso de informar experiencia en su Anexo N°3. Experiencia del Oferente, deberá subir los Certificados emitidos por el mandante y/o cliente, de las prestaciones informadas en su Anexo N°3. La validación de los documentos de acreditación se realizará en la etapa de evaluación. Si un oferente no sube la documentación de la prestación informada o éste no cumple en tiempo y forma con lo solicitado, no se contabilizará para la evaluación. Del mismo modo, si el oferente informa experiencia en Anexo N°3. Experiencia del Oferente, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno de éstos corresponde en tiempo y forma, el oferente en evaluación tendrá cero puntos en la etapa de evaluación, en el criterio correspondiente.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos a presentar, los que deberán ser ingresados en la sección "C", Anexos Económicos, Según Anexo Nº 4 Oferta Técnico Económica.
2.- El oferente que no ingrese los documentos económicos solicitados o ingrese uno o más documentos económicos ilegibles, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 30%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 50%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBVENCIÓN GENERAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones PRESUPUESTO DISPONIBLE IMPUESTOS INCLUIDOS
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: SONIA MEDINA HIGUERA
e-mail de responsable de pago: pagoproveedores@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: JOSE SEGOVIA MEDOZA
e-mail de responsable de contrato: jsegovia@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-22173309-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES-AREA EDUCACION
Fecha de vencimiento: 31-07-2025
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan al momento de la firma del contrato, cuyo monto será equivalente al 5 % del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación Rut 69.170.101-8. En el caso de vale vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento(formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el "Anexo Complemento de Garantía", de lo contrario quedará fuera de Bases. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen la características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato. La garantía deberá ser entregada al responsable del Contrato una vez resuelta la adjudicación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el adjudicado, en un plazo máximo de 15 días hábiles (lunes a viernes) junto con los restantes documentos requeridos en la cláusula N°21 y deberá permanecer vigente durante todo el plazo que dura el contrato más un periodo mínimo de 60 días hábiles.
Glosa: "Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato en propuesta pública: "PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM".
Forma y oportunidad de restitución: El oferente adjudicado deberá solicitar la devolución de esta garantía al I.T. (Inspector Técnico), mediante documento escrito, indicando los antecedentes del documento de garantía. Posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.

La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.

El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.

Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión, éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP.

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN:

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:

Son causales de término anticipado de las obligaciones contractuales las siguientes.

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar obligaciones contractuales, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando las obligaciones contractuales con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula Del Término anticipado del contrato, de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.

(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- DEL ÍTEM

FINANCIAMIENTO: PRESUPUESTO EDUCACIÓN

ÍTEM 22.05.999

4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta técnico económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena.

Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación:

PRELACIÓN TÉCNICA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Especificaciones Técnicas.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

- Normativa Vigente.

- Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.

- Bases Administrativas y sus Anexos.

- Oferta Técnico Económica.

- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.

 5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

 La comunicación entre la entidad licitante y los Oferentes, se debe realizar exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o "responsable del contrato."

6.- MODIFICACIONES A LAS BASES

La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LAS OFERTAS

La presente licitación pública correspondiente al "PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM", según lo indicado en las Especificaciones Técnicas, adjuntos a la presente licitación.

El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en anexo Nº 4 Oferta Técnico Económica, la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la presente licitación, según lo requerido en las presentes bases.

Se establece que para la presente licitación que en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº 4 "Oferta Técnico Económica", para todo evento prevalecerá el precio del Anexo Nº 4 "Oferta Técnico Económica".-

En el caso de presentarse errores en el Anexo Nº 4 Oferta Técnico Económica, se procederá de la siguiente forma:

En el caso de haber errores que sean fácilmente subsanables, mediante la aplicación de operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación deberá recalcular los precios ofertados y aplicar la evaluación sobre los resultados que obtenga.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Especificaciones Técnicas. 

En el caso de presentarse diferencias en la aplicacion del I.V.A. este será calculado en base al precio neto.

En caso de existir errores en las multiplicaciones o sumatorias, serán corregidos por la comisión de evaluación, se recalculará la oferta en base al precio unitario neto informado y de esta revisión se obtendrá la oferta definitiva. (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales).

Considerar que, para los efectos de ingresar el monto en el portal, www.mercadopublico.cl se deberá indicar el precio unitario neto, de acuerdo a lo indicado en anexo n°4.

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de que el oferente haya ingresado más de un plazo de entrega, para todo evento prevalecerá, el mayor plazo ofertado al momento de la evaluación.

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado.

Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.

 9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA

Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación.

10.- DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS

Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl.

11.- DE LA COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS

La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por el Representante unidad Requirente, un Integrante Comisión de evaluación y Responsable de la unidad de compra de la Dirección comunal de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

12.- DE LA COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a las oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Los criterios de evaluación son los siguientes:

1.- Plazo de implementación 30%

Se evaluará de acuerdo al menor “Plazo de Implementación” según la siguiente tabla

Entre 1 a 9 días hábiles

100 puntos

Entre 10 a 15 días hábiles

50 puntos

Entre 16 a 20 días hábiles

10 puntos

Superior a 20 días hábiles

Fuera de bases

-Plazo de implementación no podrá ser superior a 20 días hábiles, de lo contrario la oferta será declarada fuera de bases

El plazo de implementación comenzará a regir desde la aceptación de la orden compra por parte del proveedor.

2.-Precio 50%:

Se evaluará de acuerdo al menor precio total de la oferta recibida según "Anexo N° 4", "100 puntos", restantes inversamente proporcional, según fórmula X=(Menor precio unitario neto ofertado * 100 / Precio unitario neto evaluado).

3.- Experiencia del Oferente 20%:

Para acreditar la experiencia el oferente deberá adjuntar certificados de ejecución de servicios similares según lo mencionado en las EETT, en los últimos 3 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de oferta, emitidos por el cliente y/o mandante. Los certificados deben indicar específicamente descripción de los servicios prestados correspondiente al anexo N°3.

La no presentación de estos certificados, dará lugar en el momento de la evaluación a dejar con puntaje cero en criterio de experiencia del oferente, de acuerdo a la siguiente tabla:

Cantidad de Certificados de conformidad

Puntos

Entre 10 y mas  certificados de conformidad

100 puntos

Entre 5 y 9 certificados de conformidad

50 puntos 

Entre 1 y 4 certificados de conformidad.

10  puntos 

No informa o no se puede demostrar

0 puntos

 







La evaluación final de cada oferente será la suma de los puntajes ponderados de cada criterio debe ser igual al puntaje total ponderado del oferente en evaluación.

Puntaje Final = (Plazo de implementación) * 0,30 + (Precio) *0,50 + (puntaje Experiencia del Oferente) *0.20

 

14.- RESOLUCIÓN DE EMPATES

En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio "PLAZO DE IMPLEMENTACION”, de continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”

Si aplicando la prelación anterior el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, en día. De continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero su oferta en el portal, en hora.

15.- ADJUDICACIÓN

Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl.

Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal.

 

16.- PLAZO DE ADJUDICACIÓN

En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.

17.- MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

18.- DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA

Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección de Administración y Finanzas, Área educación, vía escrita, dirigida al responsable del contrato.

19.-READJUDICACIÓN:

Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación en cuyo caso se seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

20. DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO

La formalización será con contrato suscrito entre la Municipalidad de Los Ángeles, Área educación y el Adjudicatario, se formulará en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su precio incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.

21.-DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo 10 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que los documentos solicitados en el punto anterior que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Si el oferente postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

3.- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales art. 6 Ley de presupuestos 2019, N°21.115. Estos son los que corresponden al F-30.  En caso de tratarse de Unión Temporal de Proveedores, dicho Certificado deberá ser entregado por cada uno de los integrantes de dicha Unión.

4.- Declaración Jurada Simple de no tener prohibición para contratar. (En el caso de tratarse de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión).             

5.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado (en adelante el Proveedor), se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, área educación. Una vez redactado el contrato, éste remitirá el contrato para su firma, personalmente, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda.

El Proveedor remite contrato, debidamente suscrito ya sea con firma electrónica simple, adjuntando además copia de la cédula de identidad firmada de la persona natural adjudicada o representante legal de la Empresa, según corresponda, o firma electrónica avanzada o firma autorizada ante Notario a la Unidad Requirente, de forma personal, por correo tradicional o correo electrónico, según corresponda, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el oferente adjudicado no entregare documentos de los puntos anteriores, 1 y 2 sólo si corresponde; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá hacer cobro de la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde; aplicar la readjudicación o llamar a una nueva licitación mediante resolución fundada.

Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del Proveedor.

Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, es de competencia de los tribunales ordinarios de justicia.

La vigencia del contrato regirá desde la fecha del Decreto Aprueba contrato, hasta la liquidación del contrato.

El oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

La vigencia del contrato será de 24 meses y comenzará a regir a partir de la fecha del decreto que aprueba contrato.

22.- SUBCONTRATACIÓN

El proveedor podrá subcontratar hasta el 30% del monto total del contrato, según la envergadura del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el contratista es siempre responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad o ante terceros en virtud del Contrato, como asimismo del pago de todas las obligaciones para con los trabajadores u otros que omita pagar el proveedor.


23.- DE LA ORDEN DE COMPRA


Una vez resuelta la adjudicación y suscrito el contrato, ambos aprobados por Decreto Alcaldicio, se comunicará a través del portal al oferente adjudicado y  a los no adjudicados, con la publicación del decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl y posteriormente se procederá a emitir la orden de compra con los respectivos antecedentes para su emisión.

El oferente adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo no acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud

Si el oferente no aceptara la orden de compra o no ingresara la garantía de Fiel Cumplimiento, se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento el mandante podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la Readjudicación. 

La orden de compra deberá estar aceptada para el pago y con ella comenzará a regir todas las obligaciones que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos y Especificaciones Técnicas. 

El oferente adjudicado será el único responsable de todas las obligaciones contratadas con la Municipalidad en virtud de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la documentación restante.

24.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

a.-Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Especificaciones Técnicas, documento de consulta y aclaraciones, si los hubiere, el Contrato respectivo y reglamentación vigente de acuerdo a las características del servicio y lo establecido en su oferta.

b.-Será responsabilidad del adjudicado la entrega del servicio de acuerdo a lo estipulado en su oferta y estas Bases Administrativas.

c.-Será responsabilidad del adjudicado tomar las medidas de resguardo para garantizar la correcta ejecución del servicio ofertado con los productos incluidos en su oferta económica.

d.-En caso de que se causaren perjuicios de cualquier tipo con motivo del desarrollo del contrato, el prestador del servicio será responsable de reparar tales perjuicios en el plazo que le señale la Municipalidad.

e.- El Adjudicado deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de Empresas de Servicio Transitorios y el Contrato de Trabajo de obras Transitorios.   Dado que las bases permiten la subcontratación.

f.- La Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato servirá también para garantizar y resguardar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores.

g.- Será responsabilidad exclusiva del adjudicado tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Lo que se dice del contratista se extiende a los subcontratistas. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el contratista, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el oferente, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente.

h.-Informar al IT si la factura fue o no fue cedida al factoring.

25.- DE LA RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICADO

La presentación de la documentación exigida en estas bases implica la aceptación del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas. La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjesen a terceros o al personal con motivo u ocasión del traslado de materiales o por motivo u ocasión de un accidente, recayendo la responsabilidad civil y penal en el adjudicado.

26.- DAÑOS A TERCEROS

Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de los servicios, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.

27.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación chilena que se presume conocida por las partes.

28.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

La DIRECCIÓN COMUNAL DE EDUCACIÓN notificará por escrito al oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones:

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.

2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:

2.1.- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado, las que se indican a continuación:

a) El oferente no hace entrega del servicio con las características requeridas en las Especificaciones Técnicas.

2.2.- Estado de Notoria insolvencia del oferente adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.

2.4.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.

2.5.- Fallecimiento del oferente adjudicado, si se trata de una persona natural.

2.6.- Si el Oferente Adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en  2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.

29.- CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

En caso de presentarse un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el oferente adjudicado, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento oportuno y completo del presente contrato, lo que será calificada por el Inspector técnico en atención al interés superior del servicio, pudiendo dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos, modificación de contrato o el término anticipada del mismo, según procediera.

30.-PLAZO DE IMPLEMENTACION Y PUESTA EN MARCHA

El plazo de implementación corresponderá al plazo propuesto por el oferente en su oferta Económica, contados desde la fecha de aceptación de la orden de compra y no podrá ser superior a 20 días hábiles.

El plazo de puesta en marcha, no podrá superar las 24 horas desde finalizada la implementación.

El plazo de ejecución del servicio corresponde a 24 meses

31.- INSPECCIÓN TÉCNICA

Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico, IT, al o los Profesionales de la Dirección de Educación Municipal, quién se les haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio, según requerimientos indicados en los Especificaciones Técnicas y que deberá ser designado por decreto Alcaldicio e indicando IT suplente y las funciones a desarrollar.

32.- ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO.

El Inspector Técnico, I.T., tendrá como atribución la aplicación de multas.

El Inspector Técnico, I.T. tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá de los Pagos, o de las garantías de fiel cumplimiento del contrato si aquellos no fuesen suficientes.

33.- DEL PAGO

El servicio de " PLATAFORMA DE SERVICIOS ONLINE POR 24 MESES PARA FUNCIONARIOS DAEM", será pagado en forma mensual, dentro de 30 días corridos posteriores a la presentación de la Factura y a entera conformidad del IT y una vez verificada la calidad del servicio de acuerdo a la oferta presentada y Especificaciones Técnicas requeridas.

La factura deberá extenderse de la forma que se indica como sigue: a nombre de la MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN, RUT 69.170.101-8, calle Lautaro 280, Los Ángeles.

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el oferente adjudicado.

En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. Se contemplan pagos periódicos. Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado.

34.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO

Los documentos a presentar serán los que se indican a continuación:

El oferente adjudicado:

- Factura; indicando el número de orden de compra, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8 y domicilio en Lautaro N°280, Los Ángeles. Al momento de emitir la factura en la página www.sii.cl, el oferente adjudicado deberá mediante correo electrónico, remitir una copia al IT.

El Responsable de la Licitación:

-Factura, con VºBº del Inspector Técnico y del Director de Educación Municipal.

-Orden de Compra.

-Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato.

-En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl).

-Bases administrativas

-Especificaciones Técnicas.

-Anexo N°4 Oferta Técnico Económica.

-Decreto Alcaldicio de adjudicación.

-Decreto que aprueba contrato.

-Copia de Decreto Alcaldicio que aprueba contrato y sus modificaciones, si las hubiera.

-Contrato.

- Copia de contrato y sus modificaciones si las hubiere.

- Decreto que nombra Inspector Técnico (titular y suplente)

 -En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona.

-Certificado de conformidad del servicio. (Firmado por el Inspector Técnico)

35.- DE LOS DESCUENTOS

En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán de los pagos correspondiente del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes.

36.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS

Cualquier incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una o más de las siguientes sanciones:

El valor de la Multa será aplicado de acuerdo al mes correspondiente al incumplimiento y será considerado el servicio en su totalidad.

1. - El no cumplimiento en el plazo de implementación será sancionada con el cobro de $50.000 por cada día de atraso que incurra el adjudicado, los que serán descontados del monto facturado mensual. Si el atraso en la implementación  se prolonga por más de 05 días hábiles, la Municipalidad de Los Ángeles dará por terminado anticipado y administrativamente el contrato, sin la necesidad de la intervención de los Tribunales de Justicia y hacer efectiva la Caución ó Garantía de Fiel Cumplimiento, lo anterior no es obstáculo para que la Municipalidad, si lo estima conveniente, inicie las acciones judiciales tendientes a reparar posibles daños o perjuicios producto de este incumplimiento, que no resulten cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento.

2.-El no cumplimiento por día completo (24 horas) en la prestación del servicio ofertado según anexo técnico económico, será sancionado con $50.000 por día que persista el incumplimiento. Si el incumplimiento perdura por mas de 5 días corridos o 7 días discontinuos en un plazo de 30 días, la municipalidad de los ángeles – dirección comunal de educación, dará termino anticipado del contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la garantía

3.- Si no cumple con el servicio de post venta descrito en los Especificaciones Técnicas respecto a garantías del Sistema y mantención, facultará a la Municipalidad de los Ángeles-Dirección Comunal de Educación, a realizar término anticipado del contrato y cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato.

4.-  Si no cumple Tiempo de respuesta a Fallas y soporte técnico y comercial en la Zona, informado en la propuesta hasta un plazo de 24 horas será sancionado con el cobro de $50.000.- los que serán descontados del monto facturado mensual, con un tope de 72 horas. La municipalidad de los ángeles – dirección comunal de educación, podrá dar termino anticipado del contrato y hará efectiva la garantía de fiel cumplimento de contrato.

Las Multas se descontarán del Pago correspondiente al período que se dicte el Decreto Alcaldicio que sanciona la multa, o de las garantías vigentes.

El responsable de la aplicación de multas será el IT será tambien quien informará al Adjudicado.

El tiempo informado mediante carta certificada por el adjudicado al I.T. para realizar trabajos en las plataformas y equipamientos, no será considerado en la contabilización mensual por concepto de multas.

Las multas podrán ser apeladas en la forma y procedimiento establecido en las presentes bases.

 

37.- APELACIÓN DE LAS MULTAS

El oferente adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director de Educación en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de los Ángeles, o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.

38.- DEL CONTROL

El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado.

39.-RECEPCIÓN DEL SERVICIO

Será el Inspector técnico quien dará visto bueno una vez recepcionado lo solicitado, mediante un Certificado de Recepción Conforme

40.- DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO

Se procederá a realizar la Liquidación del contrato una vez finalizada la vigencia del servicio.

La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado.

Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.

41.- DE LAS GARANTÍAS Y SU DEVOLUCIÓN

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.

En caso de producirse las causales de incumplimiento indicadas en las Cláusulas N°28 Termino Anticipado del contrato, o en la N°37 de las Sanciones y Multas, lo que concierne a relación a las causales que darán término anticipado del contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), la Municipalidad, previa solicitud y fundamento de responsable de la licitación, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.

42.- PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.