Podrán
participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas
para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga
relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular
los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos
los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán
acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin
perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los
siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El
idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los
documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de
esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los
documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal
suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.
2.- UNIÓN
TEMPORAL DE PROVEEDORES
2.1.- Fomentando
el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva
figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada
por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones
Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva
de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La unión
Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio,
caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal
objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar
la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente
tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante la UTP dichas empresas pueden asociarse a
través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en
igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en
aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará
que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se
encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y
adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter
público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las
partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad,
además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad
para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para
la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán
a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una
causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si
continuará con el respectivo
procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la
misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
2.2.- En el
caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente
y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo
siguiente:
2.2.1.-En todo
proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de
Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para
contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.-La
vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado,
incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art.
12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.-Cada
proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con
inscripción vigente en el registro de Proveedores.
2.2.4.-Las
causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación
de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la
legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente
considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de
la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de
contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste
de su participación en el respectivo proceso.
2.3.-
MODIFICACIONES DE LA UTP.
Toda
modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La
Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en
consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las
mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.
2.4.- DE LA
FACTURACIÓN:
En el caso de
una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su
constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar
los pagos que generen la ejecución contractual.
2.5.-TÉRMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO:
Son causales de
término anticipado de las obligaciones contractuales las siguientes.
2.5.1.- La
constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el
objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se
remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno
de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una
o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar
información relevante para ejecutar las obligaciones contractuales, que afecte
a cualquiera de sus miembros.
2.5.4.-
Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la
UTP no pueda continuar ejecutando las
obligaciones contractuales con los restantes miembros, en los mismos términos
adjudicados.
2.5.5.-
Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además
de las causales indicadas en la cláusula Del Término anticipado del contrato,
de las presentes bases administrativas.
( *1) Microempresas:
son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras
actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el
último año calendario.
(*2) Pequeñas
empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras
actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan
de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.
3.- DEL ÍTEM
FINANCIAMIENTO:
VIA TRANSFERENCIA DE FONDOS - VTF.
|
Item presupuestario
|
Monto Asignado
|
Sala Cuna
|
|
1140506005002
|
$1.751.112
|
Pallihue
|
|
1140506007002
|
$1.751.112
|
Universitaria
|
|
1140506008002
|
$1.751.112
|
Liceos
|
|
1140506009002
|
$ 807.534
|
Santa Fe
|
|
1140506013002
|
$ 807.534
|
Virquenco
|
|
1140506006002
|
$1.751.112
|
Isla del Laja
|
|
1140506014002
|
$ 807.534
|
Rinconada del Salto
|
|
1140506004002
|
$ 807.534
|
Llano Blanco
|
|
1140506010002
|
$ 807.534
|
El Peral
|
|
1140506003002
|
$ 807.534
|
El Nogal
|
|
1140506002002
|
$1.751.112
|
Las Tranqueras
|
|
1140506001002
|
$ 807.534
|
Villa Los Ríos
|
|
1140506012002
|
$1.751.112
|
Villa Génesis
|
|
1140506011002
|
$ 807.534
|
Villa Las Américas
|
4.- APLICACIÓN
NORMAS DEL DERECHO
La presente
Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, convenio
VTF, Anexos, Preguntas y Respuestas;
Aclaraciones, si las hubiere, Especificaciones técnicas, así como toda la
restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico Económico, que se
entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación
toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se
entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su
cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las
disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación
chilena.
Para la
interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de
prelación indicado a continuación:
4.1. PRELACIÓN
TÉCNICA
- Normativa
Vigente.
- Convenio VTF
- Preguntas y
Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Especificaciones
Técnicas.
4.2 PRELACIÓN
ADMINISTRATIVA
- Normativa
Vigente.
- Convenio VTF.
- Preguntas y
Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.
- Bases
Administrativas y sus Anexos.
- Anexo Nº 4
Oferta Técnico Económico
- Contrato y
sus modificaciones, si las hubiere.
5.-
COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN
Las
comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse
exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el
organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las preguntas,
observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente
revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar
desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar
como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto
de la licitación” y/o I.T.
6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección
Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea
por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de
los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento
del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo,
serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas
modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la
total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la
modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo
prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los
potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
7.- DE LAS OFERTAS
La presente
Licitación Pública corresponde al "SERVICIO DE TELEVIGILANCIA Y ALARMA
PARA JARDINES Y SALAS CUNA VTF", de acuerdo a lo señalado en las
Especificaciones Técnicas, adjuntas a la presente licitación.
El o los
oferentes participantes deberán presentar su propuesta en anexo Nº 4 Oferta
Técnico Económica, la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la
presente licitación, según lo requerido en las presentes bases.
Se establece
que en el caso de haber diferencias entre el monto señalado por el oferente en
el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en el Anexo Nº 4
"Oferta Técnico Económica"; prevalecerá el valor registrado en el
referido anexo.
En el caso de
presentarse errores en el Anexo Nº 4 Oferta Técnico Económica, se procederá de
la siguiente forma:
a) En el caso
de haber errores que sean fácilmente subsanables, mediante la aplicación de
operaciones aritméticas simples, la comisión de evaluación deberá recalcular
los precios ofertados y aplicar la evaluación sobre los resultados que obtenga.
b) El o los
oferentes que deseen postular a la presente licitación, deberán contemplar
todos los costos asociados a la capacitación, según lo indicado en las
especificaciones técnicas que forman parte de la presente licitación”
c) Para
cualquier cálculo se considerarán 2 decimales.
d) Las ofertas
de los Oferentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la
que en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas podrá
solicitar asesoría que considere necesaria.
e) La oferta
deberá consignar el precio del servicio para cada establecimiento educacional,
para los 18 meses de servicio.
Por el sólo
hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases
Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y
Especificaciones Técnicas.
8.- VIGENCIA DE
LA OFERTA
Los oferentes,
con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la
misma hasta la firma del contrato por parte del oferente adjudicado. Sin
perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta, está
obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el periodo de
vigencia del contrato.
9.- SUFICIENCIA
DE LA OFERTA
Se considerará
que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos
los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento
requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en
las Bases Administrativas, sus Anexos, Especificaciones técnicas, Preguntas y
Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y toda la documentación que rige esta
licitación.
10.-PREGUNTAS Y
RESPUESTAS
Las preguntas
sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl
Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni
extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo
Portal www.mercadopublico.cl.
11.- COMISIÓN Y
ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura se
realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de
Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de SEPLAN, y funcionario
responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien
además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la
que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de
apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal
www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia
de la comisión de apertura.
Se declarará
desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declararán
inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa
de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación
al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes
de ocurrida.
Atendidas las
características de los procesos licitatorios, en el Portal
www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la
asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de
Apertura.
12.-COMISIÓN Y
PROCESO DE EVALUACIÓN
La Comisión de
Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en
el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que
corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el ITEM Nº4
“ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA”.
La evaluación
de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se
asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de
evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases
Administrativas.
La comisión de
evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo
máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Señor Alcalde una nómina de los
oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar
al Oferente mejor evaluado.
Durante el
proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a las oferentes
aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes
una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar
la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La
Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según
convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por
ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a
indemnización alguna.
Los oferentes
que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera
de bases; pudiendo informar a fiscalía o a quien corresponda.
13.- CRITERIOS
DE EVALUACIÓN
Los criterios
de evaluación son los siguientes:
13.1. PRECIO 60%
Se considerará
el total de la oferta del servicio por los 18 meses, menor precio recibido
según "Anexo N° 4", "100 puntos", ofertas restantes
inversamente proporcional, según fórmula:
X= (menor precio recibido / precio a evaluar)
x 100.
13.2. EXPERIENCIA
DEL OFERENTE 40%
Se evaluará
según la sumatoria de los servicios ejecutados y/o vigentes, de acuerdo al
“Anexo nº 3”, según la siguiente tabla:
|
SUMATORIA
DE SERVICIOS
|
PUNTAJE
|
|
10 ó más
|
100 puntos
|
|
Entre 7 y 9
|
70 puntos
|
|
Entre 4 y 6
|
40 puntos
|
|
Entre 1 y 3
|
20 puntos
|
|
Sin
experiencia o no informa
|
0 puntos
|
Acreditar la experiencia de servicios similares ejecutados y/o vigentes en los
últimos 2 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de
oferta, con contratos con instituciones públicas o privadas por servicios de
características similares.
13.3. PUNTAJE
FINAL
El puntaje
final se estará compuesto por: (PRECIO)*0.6
+ (EXPERIENCIA DEL OFERENTE)*0.4
14.- RESOLUCIÓN
DE EMPATES
Si en la
evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes
respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la
mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula
anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá
adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el
criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”.
Si aplicando la
prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se
adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez
publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a
quién ingrese al portal su oferta primero en hora.
15.-ADJUDICACIÓN
Se propondrá al
señor Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de
Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante
decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal
de www.mercadopublico.cl.
Los oferentes
no adjudicados serán también notificados a través del portal.
Si el oferente
adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de
15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación.
Si la
contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art.
65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo
de la mayoría absoluta del Concejo Municipal, no obstante, en aquellos que
comprometan al municipio por un plazo que exceda el período Alcaldicio,
requerirán el acuerdo de los dos tercios del Concejo.
16.-
READJUDICACIÓN
Si el
respectivo oferente adjudicado desiste de su oferta, no entrega los
antecedentes para contratar, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del
contrato, no acepta la orden de compra o no se inscribe en
www.chileproveedores.cl en los plazos que se establecen en las presentes bases,
la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y se seleccionará al
oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y
así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se
estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.
17.-MECANISMO
PARA SOLUCIÓN DE PREGUNTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los
oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán
comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en
el punto Nº7 de las respectivas bases. Las preguntas efectuadas serán
respondidas por correo electrónico al proveedor que las realiza, junto con ello
las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
18.-DESISTIMIENTO
DE LA PROPUESTA
Si el contrato
no se suscribiera dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de
Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el
Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos
presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El
desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía
escrita, dirigida al Inspector Técnico.
19.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO.
La formalización será con contrato suscrito entre la Municipalidad de Los Ángeles Área educación y el Adjudicatario, se formulará en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su precio incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
20.- DEL
CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
La presente
contratación requerirá suscripción de contrato.
Una vez
resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez
notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el oferente, deberá hacer
llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo
máximo de 10 días hábiles los siguientes documentos:
1.- Escritura
de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de
Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de
vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página
www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a
60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de
ser persona jurídica. En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en
Chileproveedores y el referido certificado esté ingresado en el link Documentos
Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo,
en dicho Certificado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos,
contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.
2.- Si el
oferente postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la
licitación es mayor a 1000 UTM, deberá
presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.
3.-Certificado
de antecedentes laborales y previsionales que se refiere el art. 6 Ley de
presupuestos 2019, N°21.115. Estos son los que corresponden al F-30. En caso de
UTP, cada miembro de la unión deberá presentar el referido certificado.
4.- Declaración
Jurada Simple de no tener prohibición para contratar. (En el caso de tratarse
de Unión Temporal de proveedores, dicha Declaración deberá ser entregada por
cada uno de los Integrantes de dicha Unión). En caso de UTP, cada miembro de la
unión deberá presentar su respectiva declaración.
5.- Garantía
fiel cumplimiento del contrato.
Para contratar,
el oferente deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en
calidad de oferente del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un
plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.
Si el
Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros
integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el
Registro de Chileproveedores.
Cumplido los
requisitos anteriores de parte del Adjudicado, se procederá a la suscripción
del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por
Asesoría Jurídica Área educación. Una vez redactado el contrato, se informará
al oferente adjudicado mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que
éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.
El contrato
suscrito ante Notario deberá ser entregado en la Dirección de educación, de la
Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 10 días hábiles contados desde la
notificación de la redacción de éste.
Si el oferente
adjudicado no entregare los documentos solicitados; no suscribiere o no
entregare el contrato en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su
oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación
o aplicar la readjudicación.
Todos los
gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del
Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente adjudicado.
Toda
discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato,
será de competencia y resolución de los tribunales ordinarios de justicia.
La vigencia del
contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato hasta la liquidación
del contrato.
El oferente
adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o
jurídica.
21.- DE LA
ORDEN DE COMPRA
Una vez
resuelta la adjudicación y suscrito el contrato, ambos aprobados por Decreto
Alcaldicio, se comunicará a través del portal al oferente adjudicado y a los no adjudicados, con la publicación del
decreto que resuelve la licitación en el portal www.mercadopublico.cl y
posteriormente se procederá a emitir la orden de compra con los respectivos
antecedentes para su emisión.
El oferente
adjudicado tendrá un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes) para aceptar la
orden de compra desde el momento de su emisión. Si transcurrido ese plazo no
acepta la orden de compra, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo,
entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde
dicha solicitud
Si el oferente
no aceptara la orden de compra o no ingresará la garantía de Fiel Cumplimiento,
se le tendrá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento el mandante
podrá llamar a una nueva licitación o aplicar la Readjudicación.
La orden de
compra deberá estar aceptada para el pago y con ella comenzará a regir todas
las obligaciones que se incluye en las expresadas Bases Administrativas, Anexos
y Especificaciones Técnicas.
El oferente
adjudicado será el único responsable de todas las obligaciones contratadas con
la Municipalidad en virtud de la orden de compra y las presentes Bases
Administrativas con toda la documentación restante.
22.-
RESPONSABILIDAD CIVIL
La
Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que
se produjeran a terceros con motivo u ocasión de la adquisición de la presente
licitación, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el
adjudicado.
23.- DAÑOS A
TERCEROS
Todo daño de
cualquier naturaleza que, con motivo de la presente licitación se cause a
terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado.
24.-DOMICILIO,
JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Toda divergencia
que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de
cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los
Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos de las obligaciones
contractuales las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles,
prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los
casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las
partes.
25.-
SUBCONTRATACIÓN
No se considera
la subcontratación, el proveedor adjudicado estará obligado a cumplir con todas
las obligaciones contraídas.
26.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Dirección
Comunal de Educación (DAEM) notificará por escrito al adjudicado de su decisión
de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes
situaciones:
1. Resciliación
o mutuo acuerdo de las partes.
2.
Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales,
en los siguientes casos:
2.1.-
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicado:
2.1.1 Se
considerará incumplimiento grave la suspensión del servicio por causas que no
sean imputables al mandante.
2.2.- Estado de
Notoria insolvencia del adjudicado, a menos que se mejoren las garantías
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento
del contrato.
2.3.-
Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica.
2.4.- Cuando lo
exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el
Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda.
2.5.-
Fallecimiento del adjudicado, si se trata de una persona natural.
2.6.- Si el
Oferente Adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de
obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y F30-1; y
durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta,
es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un
plazo máximo de 6 meses.
En caso de
producirse las causales indicadas en
2.1; 2.2.; 2.3; y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer
efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término
anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención
de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las
acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.
27.- CASO
FORTUITO O FUERZA MAYOR
En caso de presentarse
un caso fortuito o fuerza mayor deberá ser siempre invocado y acreditado por el
oferente adjudicado, cuando en virtud de aquel se comprometa el cumplimiento
oportuno y completo de la presente licitación, lo que será calificada por el
Inspector Técnico en atención al interés superior de la adquisición, pudiendo
dar lugar a exención de multas, paralización o modificación de plazos,
modificación de contrato o la terminación anticipada del mismo, según
procediera.
28.- DE LAS
OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
- Será
obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases
Administrativas, Anexos, Especificaciones técnicas, documento de Preguntas y
Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere y contrato respectivo.
- Deberá
mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica,
vigente durante el transcurso del contrato.
- Será responsabilidad del adjudicado la entrega del servicio de acuerdo a lo estipulado en su oferta y estas Bases Administrativa
- Será responsabilidad del adjudicado tomar las medidas de resguardo para garantizar la correcta ejecución del servicio ofertado con los productos incluidos en su oferta económica.
- En caso de que se causaren perjuicios de cualquier tipo con motivo del desarrollo del contrato, el prestador del servicio será responsable de reparar tales perjuicios en el plazo que le señale la Municipalidad
- Será
responsabilidad exclusiva del Proveedor tanto el pago de remuneraciones o
indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes
Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que
cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya
sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva
responsabilidad del Proveedor. Para el evento que la Municipalidad deba pagar
alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el
Proveedor, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de
repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que
de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea
condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con
ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución
de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Proveedor,
así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en
contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere
la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel
cumplimiento del Contrato, así mismo para subcontratistas, si corresponde.
- El Adjudicado
es responsable íntegramente de las emergencias, daños a terceros o a sus
propios trabajadores, en razón de las labores realizadas, en virtud de lo cual
deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros
necesarios.
- Será
responsabilidad y de cargo del Adjudicado, cualquier accidente que se ocasione
producto del cumplimiento del contrato, desligando de toda responsabilidad al
mandante.
- El Adjudicado
deberá informar al Inspector Técnico, si la factura correspondiente al pago fue
cedida, o no fue cedida al factoring.
Al momento de
emitir la factura en la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo
electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.
29.- PLAZO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA.
El plazo de instalación y puesta en marcha corresponderá al plazo propuesto por el oferente en su oferta Económica y no podrá ser superior a 15 días hábiles, contados desde la fecha de decreto que aprueba el contrato.
El oferente adjudicado, deberá realizar la instalación en los diferentes establecimientos educacionales, y dejar todos los equipos funcionando, servicio que tendrá una vigencia por 18 meses desde la fecha de acta de inicio del servicio.
30.- OPERATORIA
DEL SERVICIO
Una vez firmado
el contrato y dictado el decreto Alcaldicio que aprueba dicho contrato, el
Inspector Técnico deberá mediante correo electrónico notificar al oferente
adjudicador y coordinar la operatoria del servicio, la cual deberá quedar
registrada en el libro de inspección.
PLAZO DE INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DEL SERVICIO:
Será el plazo
ofertado por el oferente adjudicado en su oferta, tiempo en el cual deberá
instalar los equipos en el establecimiento educacional de acuerdo a lo
requerido en las Especificaciones Técnicas para la prestación del servicio.
Realizada la implementación tendrá un plazo de 24 horas para la puesta en
marcha del servicio.
INICIO DEL
SERVICIO:
Transcurridas
las 24 horas de puesta en marcha del servicio, se entenderá como iniciado el
servicio, debiendo quedar constancia en Acta de Inicio de Servicio.
31.- DE LA
INSPECCIÓN TÉCNICA DEL SERVICIO
Para todos los
efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspección Técnica o Inspector
Técnico (IT) al funcionario de DAEM que se le haya encomendado velar
directamente por la correcta ejecución del servicio correspondiente a la
presente licitación, y en general, por el cumplimiento del Contrato, el que
deberá ser designado por Decreto Alcaldicio, indicando Inspector Técnico suplente
y funciones a desarrollar
El Inspector
Técnico (IT) será el responsable de supervisar que las obligaciones
contractuales se ejecuten conforme a las normar aplicables en la materia, las
Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas y demás documentación que rige
la presenta licitación, incluyendo normativa vigente.
32.- DE LAS
ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO (IT)
Serán atribuciones
del Inspector Técnico, las siguientes:
a) El Inspector
Técnico inspeccionará el cumplimiento de la ejecución del servicio de acuerdo a
todos los antecedentes del contrato.
b) Serán parte
de sus atribuciones:
- Inspeccionar
el fiel cumplimiento de la entrega de los servicios contratados.
- Velar
directamente por la correcta ejecución del contrato.
- Certificar la
entrega conforme de los servicios.
c) El Inspector
Técnico tendrá como atribución la aplicación de
multas, las que
se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago, o de
la garantía de
fiel cumplimiento del contrato si aquello no fuesen suficientes.
Las órdenes y/o
instrucciones impartidas por el Inspector Técnico al Proveedor serán
estipuladas siempre por escrito a través de correo electrónico y conforme a los
términos y condiciones del Contrato, las cuales deberán cumplirse dentro del
plazo que la Inspección Técnica estipule.
33.-DEL LIBRO
DE INSPECCIÓN
Será obligación
del oferente adjudicado un libro manifod, foliado en triplicado, que
permanecerá con el Inspector Técnico, el cual será el medio de comunicación
oficial entre el IT y el Adjudicado.
En dicho libro
se deberá dejar constancia de todo hecho relevante, como:
- Fecha de
implementación y puesta en marcha
- Fecha de
inicio del servicio
-
Observaciones, instrucciones y resoluciones que realice el ITS.
-
Notificaciones por multa que realice el ITS.
- Otras
anotaciones relativas al desarrollo del contrato.
La hoja
original del libro será retirada por el IT y la primera copia por el
Adjudicatario, previa firma conforme de ambas partes, para sus respectivos
archivos.
34.- DEL PAGO
Se contempla
pagos mensuales por la prestación del servicio requerido, dentro de los 30 días
corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal
conforme a la oferta presentada.
La Factura
deberá considerar V°B° por parte del Director Comunal de Educación y del IT, en
la que se debe indicar el número de la orden de Compra respectiva.
En el caso de
una UTP, será el representante de la misma, indicando en el documento de su
constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar el pago que
genere la ejecución contractual.
Del pago se podrán
hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el
adjudicado.
35.- DOCUMENTOS
PARA EL PAGO
1.- El oferente
Adjudicado deberá presentar los siguientes antecedentes:
1.- Factura a
nombre de MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES ÁREA EDUCACIÓN R.U.T. 69.170.101-8, esta
debe indicar el número de orden de compra. Al momento de emitir la factura en
la página www.sii.cl, el proveedor deberá mediante correo electrónico, remitir
una copia al Inspector Técnico, según corresponda.
2.- El IT de la licitación deberá adjuntar los
siguientes antecedentes:
2.1 Factura con
V°B° del Director DAEM y del Inspector Técnico.
2.2 Bases
Administrativas y Especificaciones técnicas.
2.3 Oferta
Técnico Económica.
2.4 Decreto
Alcaldicio de adjudicación.
2.5 Fotocopia
documento de garantía de fiel cumplimiento.
2.6 Contrato y
sus modificaciones, si las hubiere.
2.7 Decreto
Alcaldicio que aprueba Contrato y sus modificaciones, si las hubiere.
2.8 Orden de
compra aceptada por el oferente adjudicado.
2.9 Decreto que
designa IT titular y suplente
2.10 Acta de
Inicio del Servicio
2.11
Certificado de conformidad de la recepción del servicio, emitido por el IT.
2.12 En caso de
multas, Decreto Alcaldicio que sanciona dichas multas.
2.13 En el caso
de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión
emitido a través de www.sii.cl.
36.- LOS
DESCUENTOS
En el pago
podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho
merecedor el Oferente Adjudicado. Dichos descuentos serán imputados al pago
correspondiente del Adjudicatario y/o de las garantías vigentes, cuando éstas
existan.
37.- SANCIONES
Y MULTAS
El
incumplimiento de las presentes Bases Administrativas, facultará a la Dirección
de Educación Municipal para aplicar una o más de las siguientes sanciones:
a) El
incumplimiento en el plazo de implementación o puesta en marcha, será
sancionada con el cobro de un 1% del monto total del contrato por cada día de
atraso en la entrega. Si el atraso se prolonga por más de 05 días hábiles
(contados de lunes a viernes) la Municipalidad de Los Ángeles hará efectiva la
Garantía de fiel cumplimiento del Contrato y se pondrá termino anticipado al
contrato.
b) Si el servicio se ve interrumpido y no se da
solución dentro de las 24 horas de tiempo de respuesta, el proveedor será sancionado con el cobro del 0.5% del
monto total del contrato, por cada día de atraso en su solución. Si el atraso
se prolonga por más de 5 días hábiles (lunes a viernes), la Municipalidad de
Los Ángeles hará efectiva la Garantía de fiel cumplimiento del contrato correspondiente
y se pondrá termino anticipado al contrato.
c) Si el
proveedor adjudicado no prestara soporte técnico y postventa en la forma y
casos establecidos en las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa de
un 1% del monto total del contrato por cada evento de incumplimiento. No
pudiendo superar los 10 incumplimientos durante la ejecución del contrato, en
cuyo caso se pondrá termino anticipado al contrato y se hará efectiva la
garantía de fuel cumplimiento del contrato.
El Inspector
Técnico será el encargado de cobrar la multa.
El adjudicado
se dará por notificado de la multa al día hábil (lunes a viernes) siguiente de
su envío mediante correo electrónico.
Toda multa,
apelada o no por el adjudicado, a favor del mandante, se formalizará mediante
decreto Alcaldicio.
38.- APELACIÓN DE LAS MULTAS
De la
aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito
mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en
el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la
sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección
Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas de
lunes a viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de
apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal
respectiva, Dirección de Asesoría Jurídica
y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5
días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente
adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas
o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la
confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de
pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada
mediante Decreto Alcaldicio.
Se entiende a
la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación.
39.- DEL
CONTROL
El control que
ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la
responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la
calidad de los servicios, será exclusivamente del oferente adjudicado.
40.-LUGAR DE
PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El lugar de prestación
de los servicios será en las direcciones informadas en anexo de
especificaciones técnicas adjuntas.
41.- GARANTÍAS
40.1 De la
Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:
Esta garantía
deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia de las
obligaciones contractuales, más un período de 60 días hábiles.
En caso de
incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones contractuales
(incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y
subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad,
previa solicitud y fundamento del IT, estará facultada para hacer efectiva la
garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Lo anterior sin
perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la
entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo
pactado, o la resolución delas obligaciones contractuales, en ambos casos con
la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende
también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones contractuales.
42.-LIQUIDACIÓN
DEL CONTRATO
Una vez
cumplido el plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato,
se procederá a realizar la Liquidación del Contrato, la que será sancionada
mediante decreto alcaldicio; dentro de un plazo de 30 días corridos.
La Liquidación
del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a
favor o en contra del Oferente Adjudicado.
Cumplido lo
anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se
dictará el decreto alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se
devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de fiel cumplimiento del contrato.
43.-PACTO DE
INTEGRIDAD
El oferente
declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y
cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las
que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos
integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la
información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo
a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
1.- El oferente
se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la
República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad
al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a
respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o
contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades,
productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo
a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni
conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con
la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni
tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o
en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
3.- El oferente
se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza
colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente
se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente
se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente
manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas
en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
7.- El oferente
se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables
a la misma.
8.- El oferente
reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en
las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente
se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por
sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud
o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
| Puntaje = (precio mínimo ofertado/ precio de la oferta a evaluar) *100 |
| 1 a 10 días hábiles |
100 puntos |
| 11 a 20 días hábiles |
50 puntos |
| 21 a 30 días hábiles |
25 puntos |
| No informa o este es superior a 30 días hábiles |
Fuera de Bases
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