Licitación ID: 2409-563-LE19
SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE, MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 34
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de autobuses contratados 6 Unidad
Cod: 78111803
SERVICIO DE TRASLADO EN BUS CON ALIMENTACIÓN Y ENTRADAS INCLUIDAS (CUANDO CORRESPONDA), PARA ALUMNOS DE ESC. D-868, SEGÚN TÉRMINOS DE REFERENCIA ADJUNTOS. OFERTAR SEGÚN ANEXO Nº 4 "OFERTA TÉCNICO-ECONÓMICA".  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SE REQUIERE TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE ESCUELA D-868, DEBE INCLUIR ALIMENTACIÓN Y ENTRADAS A LUGARES A VISITAR CUANDO CORRESPONDA SEGÚN TÉRMINOS TÉCNICOS DE REFERENCIA ADJUNTO.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES DEPTO DE
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - EDUCACION
R.U.T.:
69.170.100-K
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-11-2019 12:00:00
Fecha de Publicación: 24-10-2019 10:04:01
Fecha inicio de preguntas: 24-10-2019 18:01:00
Fecha final de preguntas: 29-10-2019 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2019 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-11-2019 12:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-11-2019 12:30:00
Fecha de Adjudicación: 25-11-2019 13:48:04
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE: a.- Identificación del Oferente, según Anexo Nº1; b.- Declaración Jurada Simple, según Anexo Nº2; c.- Declaración Jurada Simple De No Tener Prohibición De Contratar, según Anexo Nº3, en el caso de UTP. se debe adjuntar un Anexo N°3 por cada integrante de la UTP.; d.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representan te de dicha unión deberá adjuntar el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma. Documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. 2.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar u otros. 3.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados o ingrese uno o más documentos administrativos ilegibles, o sin la vigencia solicitada, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
2.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: .jpg .bmp .pdf .doc .tif .xls .mpp .zip . rar u otros.
3.- El oferente que no ingrese los documentos administrativos solicitados o ingrese uno o más documentos administrativos ilegibles, o sin la vigencia solicitada, será declarado fuera de bases en el acto de apertura.
Documentos Técnicos
1.- EN LOS "ANTECEDENTES TÉCNICOS" INGRESAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS A LA OFERTA: a) "EXPERIENCIA DEL OFERENTE" , según "Anexo N°4", acreditar la experiencia adjuntando facturas en relación a servicios similares en los últimos 2 años, considerados desde la fecha de cierre de recepción de la oferta. , de igual forma los oferentes que no posean experiencia deberán indicarlo en el Anexo N°4, para lo cual obtendrán puntaje cero en el criterio experiencia. 2.- El oferente que no ingrese facturas solicitadas, obtendrá puntaje cero en el criterio Experiencia del oferente. 3.- El oferente que no ingrese anexo técnico solicitado, será declarado fuera de bases en el acto de apertura. 4.- Patente Municipal al día, correspondiente al rubro. 5.- Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo, o solicitud de primera inscripción para vehículos nuevos, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos hacia atrás de la fecha de cierre de la recepción de oferta. 6.-En caso que el o los vehículos ofertados sean arrendados, el oferente deberá acompañar contrato de arrendamiento notarial con un plazo de vigencia no inferior al 31 de diciembre de 2019. 7.- El oferente que no ingrese los documentos indicados en punto 4, 5 y 6 , quedarán fuera de bases en el acto de apertura.
 
Documentos Económicos
1.- Antecedentes económicos a presentar, los que deberán ser ingresados en la sección "C", Anexos Económicos, Según Anexo Nº 5 Oferta Técnico-Económica.
2.- El oferente que no ingrese el documento económico solicitado, o ingrese el documento económico ilegible, quedará fuera de bases en el acto de apertura.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República.
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo.
- Certificado de quiebras de la Superintendencia de Quiebras..
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6° de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Copia Legalizada de Escritura de Constitución Social y Estatuto.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 10%
2 PRECIO Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 80%
3 PRESENCIA COMUNAL Se evaluará según lo estipulado en la cláusula 13. “Criterios de Evaluación”, del punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO SEP
Monto Total Estimado: 16200000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones EL MONTO ESTIMADO ES 16.200.000.- IMPUESTOS INCLUIDOS.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: FREDY SOTO CAMPOS
e-mail de responsable de pago: fsoto@educacionlosangeles.cl
Nombre de responsable de contrato: TEODOSIO OBANOS ARAIZ
e-mail de responsable de contrato: tobanos@educacionlosangeles.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2570149-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES - ÁREA EDUCACIÓN.
Fecha de vencimiento: 25-02-2020
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicatario entregará las cauciones o garantías que correspondan, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total del contrato. El adjudicatario deberá presentar documento Financiero de Garantía. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" asegurando el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la ley 19.886, tomada por el oferente a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles. En caso de que la garantía corresponda a un Vale Vista u otro documento financiero, en que la entidad emisora de la garantía no incorpora Glosa correspondiente en el documento, éste deberá ser acompañado por un documento (formato libre) en el que contemple los antecedentes indicados en el Anexo Complemento de Garantía. No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo que dura el contrato o sus eventuales ampliaciones. Se deberá entregar junto al contrato firmado.
Glosa: "Para Garantizar Fiel Cumplimiento del Contrato en propuesta pública: "SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP".
Forma y oportunidad de restitución: Deberá ser solicitada por escrito o correo electrónico profesional responsable del contrato, identificando la Propuesta, Nombre del Oferente, Número de Documento y Entidad que la emitió, posterior a la liquidación del Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible. 



2.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante  la UTP dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, Área educación, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará  con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad área educación, le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:
2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.
2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP. Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN: En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO: Son causales de término anticipado del contrato las siguientes.
2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 
2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
2.5.5.- Disolución de la UTP.
2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula 23 de las presentes bases administrativas.

( *1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.



3.- DEL ÍTEM 
Presupuesto Área Educación -LEY SEP
Ítems:
-22.01.001 “Alimentos y bebidas”
-22.08.999 “Otros”



4.- APLICACIÓN NORMAS DEL DERECHO 
La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Términos técnicos de Referencia, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta Técnico -Económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatoria y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. 
Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 


PRELACIÓN TÉCNICA 
- Normativa Vigente. 
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
- Términos técnicos de Referencia. 


PRELACIÓN ADMINISTRATIVA 
- Normativa Vigente. 
- Consultas y Aclaraciones, si las hubiere. 
- Bases Administrativas y sus Anexos. 
- Oferta Técnico - Económica. 
- Contrato y sus modificaciones, si las hubiere. 


5.- COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

 Las comunicaciones entre la entidad licitante y los Oferentes, deben realizarse exclusivamente a través, del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los proponentes no deben utilizar como medios de comunicación (fono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación” y/o  responsable del contrato.. 



6.- MODIFICACIÓN A LAS BASES 
La Dirección Comunal de Educación podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá, en caso de ser necesario, un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 



7.- DE LAS OFERTAS 
Las ofertas de los proponentes que no presenten la totalidad de los antecedentes económicos solicitados, serán declaradas fuera de bases por la Municipalidad en el Acto de Apertura de las ofertas presentadas.
El oferente deberá presentar su propuesta por la totalidad de los viajes y según Anexo Nro. 5 Oferta Técnico - Económica. 
La oferta económica deberá ser presentada en pesos.
Las ofertas de los proponentes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación Técnico-Económica y selección de las Ofertas podrá solicitar asesoría que considere necesaria. 

En el caso de presentarse errores en el Anexo Nº5 Oferta Técnico-Económica, se procederá de la siguiente forma:
a.-En el caso de haber diferencia  entre el precio indicado en números y el precio indicado en palabras, la oferta se considerará inadmisible.
b.-En el caso de haber errores aritméticos en el cálculo del IVA de los precios indicados en el Anexo Nº5, la  oferta  se considerará inadmisible.
c.-En el caso de haber errores  aritméticos en los precios informados en Anexo Nº5 , la oferta  se considerará inadmisible.

Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, Anexos y Términos técnicos de Referencia. 

8.- VIGENCIA DE LA OFERTA 
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la aceptación de la orden de compra por parte del oferente adjudicado.
Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los valores de su oferta durante todo el período de vigencia del Contrato.


9.- SUFICIENCIA DE LA OFERTA 
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Términos técnicos de Referencia, Consultas y Aclaraciones, si las hubiere, y toda la Documentación que rige esta licitación. 


10.-CONSULTAS Y RESPUESTAS 
Las consultas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl. 


11.- COMISIÓN Y ACTO DE APERTURA DE LAS OFERTAS 
La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Profesional de la Dirección de Secplan, y funcionario responsable y/o encargado de la licitación de la Dirección de Educación, quien además será el responsable de levantar el acta de apertura correspondiente la que será firmada por todos los integrantes de la Comisión.
El acto de apertura de la propuesta será en Forma Electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias Municipales, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.
Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.
Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.
Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el Portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.



12.-COMISIÓN Y PROCESO DE EVALUACIÓN 

La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará  las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (Lunes a Viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al Oferente mejor evaluado.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.
Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.
La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.
En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o  a quien corresponda.



13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN 
Los criterios de evaluación serán los siguientes: 

A) PRECIO 80% : 
Según "ANEXO N°5", a la oferta con menor  precio obtendrá “100 puntos”, los restantes inversamente proporcional, según fórmula: PUNTAJE = (MENOR PRECIO OFERTA RECIBIDA /PRECIO OFERTA A EVALUAR) X 100.


B) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 10%: 
 Se considerará la cantidad de facturas presentadas por servicios similares realizados por oferentes los últimos dos años hacia atrás desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas, de acuerdo al Anexo nº 4, "Experiencia del oferente”, a mayor cantidad de experiencia 100 puntos, ofertas restantes, inversamente proporcional según fórmula: PUNTAJE=(EXPERIENCIA EN EVALUACIÓN/MAYOR EXPERIENCIA OFERTADA) X 100.


C) PRESENCIA COMUNAL 10%: 
Los oferentes que tengan casa matriz ó sucursal: en la ciudad de Los Ángeles, "100 puntos", en la provincia de Bio Bío, "50 puntos", en la región del Bio Bío, "20 puntos", otros, "0 punto", se verificará dirección con la Patente Municipal al día, correspondiente al rubro. 


La evaluación final de cada oferente será la suma de los puntajes de cada criterio debe ser igual al puntaje total ponderado del oferente en evaluación.
PUNTAJE FINAL =  PRECIO X 0.80+ EXPERIENCIA DEL OFERENTE X 0.10 + PRESENCIA COMUNAL X 0.10


14.- RESOLUCIÓN DE EMPATES 
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido la mayor ponderación en el criterio "PRECIO". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido la mayor ponderación en el criterio “EXPERIENCIA DEL OFERENTE”. De continuar el empate entre dos ó más oferentes, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio: "PRESENCIA COMUNAL". 

Si aplicando la prelación anterior en el empate continuase entre dos ó más oferentes, se adjudicará a quién haya ingresado primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación, y por último si el empate persiste, se adjudicará a quién ingrese al portal su oferta primero en hora. 


15.-ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN 
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto Alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal de www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. Si el oferente adjudicado no se encuentra hábil en chileproveedores, tendrá un plazo máximo de 15 días para regularizar su situación, a partir de la adjudicación. 

Readjudicación:
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, o no entrega los documentos  para contratar, no firma el contrato, no entrega garantía de Fiel cumplimiento del contrato, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases y Normativa, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación  y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.


16.-MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN 
En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en el punto Nº7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación. 


17.-DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA 
Si el Contrato no se suscribiere dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de Adjudicación de la propuesta por causas imputables a la Municipalidad, el Oferente podrá desistir de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento deberá ser comunicado a la Dirección Comunal de Educación vía escrita, dirigida al responsable del contrato. 



18.-DEL CONTRATO 
Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema www.mercadopublico.cl el Oferente favorecido, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 5 días hábiles los siguientes documentos:

1.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia del registro de Empresas y sociedades emitido por la página www.tuempresa.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica.

En el caso que el adjudicado se encuentre inscrito en Chileproveedores, los documentos solicitados en el punto 1 y 2, y que estén ingresados en el link Documentos Acreditados de Chileproveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link la Patente Municipal debe estar VIGENTE a la fecha de adjudicación de la propuesta y el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

2.- Si el oferente postuló con la modalidad ”Unión temporal de proveedores”, y  la licitación es mayor a 1000 UTM,  deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

El oferente al momento de la suscripción del contrato, deberá presentar todos los documentos del o los vehículos ofertados y del o los conductores que a continuación se detallan:
- Fotocopia de Licencia del Conductor.
- Fotocopia de Cédula de Identidad del Conductor
- Hoja de Vida del conductor otorgada por el Registro Civil
- Certificado del conductor de No tener inhabilidad para trabajar  con menores.
- Fotocopia simple del padrón del vehículo
- Fotocopia simple del permiso de circulación del vehículo
- Fotocopia simple de revisión técnica del vehículo
- Fotocopia simple de seguro obligatorio del vehículo
- Certificado de dominio vigente.
- Factura de compra, en el caso de los vehículos adquiridos en el año 2019.

Para contratar, el oferente adjudicado deberá contar con inscripción en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito, tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán contar con inscripción vigente en el Registro de Chileproveedores.
Cumplido los requisitos anteriores de parte del Adjudicado, se procederá a la suscripción del Contrato respectivo, de carácter Privado ante Notario, redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, área educación. Una vez redactado el contrato, se informará al oferente adjudicado mediante correo electrónico y/o vía telefónica, para que éste sea retirado y proceda a su firma Notarial.
El contrato suscrito ante Notario deberá ser entregado en la Dirección de educación, de la Municipalidad de Los Ángeles, dentro de los 15 días hábiles contados desde la notificación de la redacción de éste, en la misma ocasión el oferente adjudicado deberá hacer entrega de las Garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato”.
Si el oferente adjudicado no entregare documento de acreditación y documentos de puntos 1,2, ; no suscribiere o no entregare el contrato en el plazo indicado o no hiciere la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, se le tendrá por desistido de su oferta. En dicha ocasión se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
Todos los gastos que se originen tanto de la Propuesta como de la suscripción del Contrato serán exclusivamente de cargo del oferente adjudicado.
Toda discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será de competencia y/o resolución de los tribunales ordinarios de justicia.
La vigencia del contrato será desde la fecha del Decreto Aprueba contrato.
El oferente adjudicado no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.


19.- RESPONSABILIDAD CIVIL
 La Municipalidad de Los Ángeles -Área Educación queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjera a terceros con motivo u ocasión del servicio que  trata la presente licitación-. 



20.-DAÑOS A TERCEROS
 Todo daño de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de los servicios, se cause a terceros, será de exclusiva responsabilidad y costo del Adjudicado. 


21.-DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE 
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas del Contrato será sometida a conocimiento de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes. 


22.- SUBCONTRATACIÓN 
El proveedor podrá subcontratar hasta el 30% del monto total del contrato, según la envergadura del contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el oferente adjudicado es siempre responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad o ante terceros en virtud del Contrato, como asimismo del pago de todas las obligaciones para con los trabajadores u otros que omita pagar el proveedor.



23.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO 
La Dirección de Educación Municipal notificará por escrito al oferente adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del Contrato en las siguientes situaciones: 
1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. 
2. Deberá unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos: 
a.- Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere, Términos técnicos de Referencia y toda documentación que rige la presente licitación. 
b.- Declaración de quiebra del Adjudicado. 
c.- Fuerza mayor o caso fortuito debidamente justificado. 
d.- Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica. 
e.- Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda. 
f.- Fallecimiento del Oferente Adjudicado, si se trata de una persona natural. 


En caso de producirse las causales indicadas en las letras a, b, c y/o d, la Dirección de Educación Municipal deberá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía de fiel cumplimiento del Contrato. 



24.- DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO

Será obligación del Adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Términos técnicos de Referencia, documento de consultas y aclaraciones, si las hubiere y Contrato respectivo. 
Será responsabilidad del adjudicado el “SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP” en la fecha y lugar estipulado en los Términos de técnicos Referencia, a menos que por motivos de fuerza mayor deba postergarse. 
- Será obligación del adjudicado prestar servicio en buses con año no inferior al 2017.
 - En caso que se causaren perjuicios de cualquier tipo con motivo del desarrollo del contrato, el prestador del servicio será responsable de reparar tales perjuicios menores en el plazo que le señale la Municipalidad, estas reparaciones deberán ser efectuadas por el proveedor a su costa, en el evento en que ocurran desperfectos mayores que signifiquen practicar reparaciones, mantención u otros servicios al vehículo que impidan que cumplan con sus labores, será responsabilidad del prestador del servicio proveer el vehículo para el cumplimiento de sus obligaciones, el que deberá tener las mismas condiciones y características que los vehículos adjudicados. 
 - El prestador del servicio se compromete a mantener permanentemente en perfecto estado de funcionamiento del o los vehículos, con el que dé cumplimiento al servicio adjudicado, así como también que cuente con sus permisos de circulación, seguros y revisión técnica vigentes. 
 - En caso de accidente, el prestador del servicio asume la total responsabilidad por acciones civiles y/o penales y/o laborales que pudieren interponerse en su contra. En caso que la Municipalidad fuere objeto de alguna de estas acciones legales, las sumas que debiere pagar por cualquier concepto, deben ser reembolsadas íntegramente por el prestador del servicio.
 - El adjudicado deberá prestar el servicio contratado con un chofer con Licencia de Conducir Profesional, clase A antigua o A-3 Profesional, que lo habilite para la conducción del vehículo ofertado, pudiendo la Municipalidad de Los Ángeles, en cualquier momento, verificar el cumplimiento de esta obligación a través del Director del Establecimiento, quien será responsable del traslado. En el caso de reemplazar el chófer, por razones de fuerza mayor, este reemplazo deberá ser obligatoriamente informado a la Municipalidad de Los Ángeles, específicamente al responsable del traslado, éste reemplazante debe contar con licencia de conducir idónea y hoja de vida del conductor, lo cual será verificado por la Municipalidad de Los Ángeles, sin perjuicio que el Municipio pueda verificar el cumplimiento de estas obligaciones en cualquier momento durante la vigencia del Contrato.
 - La presentación de la documentación exigida en estas Bases implica la aceptación del proponente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas.
 - La Municipalidad de Los Ángeles queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjesen a terceros y al personal transportado por motivo u ocasión de un accidente, recayendo la responsabilidad Civil y Penal en el Adjudicado.
- El oferente adjudicado deberá informar si la factura fue cedida o no fue cedida al factoring para el pago correspondiente. 



25.- PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 
a) El plazo de prestación del servicio será en los meses de Noviembre y diciembre de 2019, fechas a convenir con establecimiento una vez adjudicado. Dentro de este plazo el proveedor adjudicado deberá ejecutar el “SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP” .

b) El servicio deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias copulativas: 
1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Oferente Adjudicado. 
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo. 
3.- Que el hecho sea insuperable. 
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída en la fecha estipulada, para lo cual se agendará una nueva.


26.- DEL PAGO 
El precio del “SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP” será pagado dentro de los 30 días corridos una vez recibida la Factura por la Dirección de Educación Municipal. 
El pago será realizado contra factura a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, área educación, Rut 69.170.101-8, ubicada en calle Colo Colo 484 Piso 2. indicando número de orden de compra correspondiente. 
La Factura y servicio efectuado deberán considerar V°B° que certifique la efectiva realización del servicio, de acuerdo a los Términos técnicos de Referencia elaborados por la Unidad solicitante. 
La Factura deberá ser entregada en la Dirección de Administración de Educación Municipal, ubicada en Colo Colo 484 Piso 2. 


En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual. 

Del pago se podrán hacer descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el adjudicado. 


27.- DOCUMENTOS PARA EL PAGO
 Los documentos a presentar serán los que se indican a continuación: 

1.- El oferente adjudicado: 
1.1 Factura; indicando el número de orden de compra, a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Educación, RUT 69.170.101-8 y domicilio en Colo Colo 484 piso 2, Los Ángeles. En la factura se deberá indicar el nº de la orden de compra correspondiente.

2.- Responsable del servicio:

El Profesional responsable del servicio, será el Director del Establecimiento Educacional el que deberá adjuntar los siguientes antecedentes: 
2.1 Factura, con VºBº del Director de Educación Municipal y Director de establecimiento. 
2.2 Orden de Compra en estado aceptada. 
2.3 Copia garantía de fiel cumplimiento del contrato. 
2.4 En el caso de factura cedida al factoring, informe de cesión emitido por el SII (www.sii.cl). 
2.5 Bases administrativas
2.6 Términos técnicos de Referencia. 
2.7 Anexo Oferta Técnico Económica. 
2.8 Decreto Alcaldicio de adjudicación. 
2.9 Decreto que aprueba contrato. 
2.10 Contrato y sus modificaciones, si las hubiere. 
2.11 En el caso de multas, adjuntar Decreto Alcaldicio que la sanciona. 
2.12 Certificado de conformidad del servicio. (Firmado por el Director del Establecimiento Educacional solicitante.) 


28.- LOS DESCUENTOS 
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y multas a que se hubiere hecho merecedor el Oferente Adjudicado. Los descuentos se harán del pago correspondiente del Oferente Adjudicado y/o de las garantías vigentes. 


29.- LAS SANCIONES Y MULTAS 
El incumplimiento de lo anterior, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles para aplicar una o más de las siguientes sanciones:

a) En caso de reemplazo de un bus  y que este no cumpla con la calidad del Bus adjudicado en cuanto a:  televisión y audio, aire acondicionado, calefacción, asientos reclinables, será sancionado con una multa de 5 UTM. 

b) En caso de reemplazo de un bus  y que este no cumpla con la calidad del Bus adjudicado en cuanto al año de fabricación, será sancionado con una multa de 2 UTM por cada año de diferencia, considerando bus con año dentro del rango permitido en las bases.

c) En caso de reemplazo de un bus  y que este no cumpla con cinturón de seguridad, baños, no contar con la documentación al día del vehículo y el cambio de chofer,  serán causales de poner término anticipado al contrato.

d)  Por atraso en el horario del servicio solicitado el proveedor será multado por 4 UTM. por cada hora de atraso, con un tope de 2 horas. Si finalmente el oferente no se presenta a prestar el servicio, dará lugar a la Municipalidad de Los Ángeles a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y poner término al contrato. 

e) En caso que el bus de reemplazo tenga una capacidad menor de asientos, dará lugar a que la Municipalidad de Los Ángeles a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato y poner término al contrato. 

Lo anterior no es obstáculo para que La Municipalidad, si lo estima conveniente, inicie las acciones judiciales tendientes a reparar posibles daños o perjuicios producto de este incumplimiento. 



30.- DEL PROCEDIMIENTO Y APLICACIÓN DE MULTAS
Toda sanción o multa que se hubiere hecho merecedor el adjudicado le será comunicada a través de correo electrónico. El responsable de la aplicación de la multa será el Director del Establecimiento Responsable de la Licitación.


31.- APELACIÓN DE LAS MULTAS 
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director(a) de la Dirección Municipal respectiva en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la Secretaría de la Dirección Municipal respectiva, en horario desde las 8:15 horas, hasta las 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Asesor Jurídico DAEM y Directora de Control, de la Municipalidad de los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el oferente adjudicado. La falta de apelación por parte del oferente adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada, la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Educación. 



32.- DEL CONTROL 
El control que ejerza la Municipalidad de Los Ángeles, no libera al oferente adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio, será exclusivamente del oferente adjudicado. 



33.-RECEPCIÓN DEL SERVICIO
 Una vez firmado el contrato y emitida la orden de compra, el Oferente Adjudicado deberá realizar el “SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP”, dentro del plazo estipulado en los Términos técnicos de Referencia. 
Será el Director del establecimiento educacional quien dará visto bueno una vez realizado el “SERVICIO TRASLADO DE ALUMNOS PARA SALIDAS PEDAGÓGICAS DE LA ESCUELA D-868 - SEP”, mediante un documento de Certificado de Recepción Conforme. 



34.- LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez cumplido la totalidad de los viajes pedagógicos  y  firmado el certificado de conformidad del servicio, se procederá a realizar la Liquidación del Contrato, la que será sancionada mediante decreto alcaldicio. 

La Liquidación del Contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Oferente Adjudicado. 
Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto Alcaldicio que sanciona la Liquidación del Contrato y se devolverá al Oferente Adjudicado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. 



35.- DE LAS GARANTÍAS  

De la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato:

Esta garantía deberá permanecer vigente durante todo el tiempo de vigencia del contrato, más un período de 60 días hábiles.
En caso de incumplimiento del Oferente Adjudicado de las obligaciones que le impone el contrato (incluidas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores y subcontratistas si los hubiere), las Bases Administrativas, la Municipalidad, previa solicitud y fundamento del responsable del traslado, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.

Lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas, según corresponda, o las acciones que la entidad licitante puede ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado, o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contrato.




36.-PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
 2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.