Licitación ID: 2410-145-LE24
Jornada del convenio de capacitación 2024
Responsable de esta licitación: MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES AREA SALUD
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°1: Curso: Intervención social en derecho en familia y actualización en normativa vigente (consejería y consulta). Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

2
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°2: Curso: Consejería en anti concepción para controles y consultas de estamento matronas. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

3
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°3: Curso: Geriatría y Terapia Ocupacional. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

4
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°4: Curso: Electrocardiografía básica. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

5
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°5: Curso: Actualización en prescripción dieto terapéutica en enfermedades crónicas. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

6
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°6: Curso: postítulo en Unidades y Central de esterilización - Gestión de enfermería en los servicios de esterilización. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

7
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°7: Curso: Abordaje integral de patologías neuromusculoesqueléticas. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

8
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
Línea N°8: Curso: Aspectos legales, técnicos de la protección de datos y también de ciberseguridad. Según lo establecido en las bases técnicas adjuntas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Jornada del convenio de capacitación 2024
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Ejecutar capacitaciones del sistema comunal de salud de Los Ángeles año 2024.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUNICIPALIDAD DE LOS ANGELES - SALUD
R.U.T.:
69.170.102-6
Dirección:
AVDA. RICARDO VICUÑA 320
Comuna:
Los Angeles
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-11-2024 15:01:00
Fecha de Publicación: 22-10-2024 17:03:16
Fecha inicio de preguntas: 22-10-2024 17:06:00
Fecha final de preguntas: 28-10-2024 15:55:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-10-2024 17:22:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-11-2024 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-11-2024 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 05-12-2024 17:33:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- PARA LOS EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA DEBERÁ ADJUNTARSE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA DEL OFERENTE PARTICIPANTE, LOS QUE DEBERÁN SER INGRESADOS EN LA SECCIÓN "A", ANEXOS ADMINISTRATIVOS: Identificación del Oferente, según Anexo Nº 1.
2.- En caso que el oferente, postule con la modalidad “Unión Temporal de Proveedores”, el representante de dicha unión deberá adjuntar obligatoriamente el documento público o privado, que da cuenta del acuerdo para participar de ésta forma, documento que deberá tener una antigüedad no superior a 30 días corridos contados hacia atrás de la fecha de apertura. Además en el evento de no haber suscrito la Declaración Jurada Requisitos para Ofertar a través del portal www.mercadopublico.cl deberá adjuntar Anexo Nº2, declaración que deberá ser entregada por cada uno de los Integrantes de dicha Unión.
3.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS ANEXOS N°2 PARA CADA INTEGRANTE DE LA UTP O LOS INGRESE ILEGIBLES, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA.
4.- Toda la documentación requerida, deberá ser remitida mediante alguna de las siguientes extensiones: jpg. bmp. pdf. doc. tif. xls. mpp. zip. rar. u otro.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes técnicos a presentar, los que deberán ser ingresados preferentemente en la sección "B", Anexos Técnicos:
 
2.- Detalle del programa y metodología, para cada línea, teniendo en cuenta contenidos y consideraciones generales, según punto 4 de las Bases Técnicas y lo indicado en cada curso en anexo detalle, especificaciones y consideraciones.
 
3.- Copia de Certificado de Titulo del relator propuesto o Certificado Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud si lo amerita, de acuerdo con las necesidades de cada línea (Universitaria o técnica, según corresponda), acorde al curso ofertado, según punto 4 de Bases técnicas y lo indicado en cada curso en anexo detalle, especificaciones y consideraciones.
 
4.- Debe incluir los certificados (magister, postgrados, diplomados y/o cursos) en copia simple, del relator propuesto. En caso de no presentar certificaciones, para acreditar formación del relator, se le asignará puntaje cero en el criterio correspondiente.
 
5.- Anexo Nº3 Programa de integridad: Para acreditar deberá adjuntar el programa de integridad, además de documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa. El oferente que no ingrese el programa de integridad y/o documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa, quedará con 0 puntos en el criterio de evaluación correspondiente. El oferente que no ingrese toda la información solicitada en anexo Nº3 quedará con 0 puntos en el criterio correspondiente.
 
6.- El programa de integridad, debe obedecer a la realidad de cada empresa y, en términos generales, tiene como objetivo combatir y prevenir prácticas asociadas a la corrupción en la empresa y los delitos asociados a la Ley Nº20.393 sobre Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica. Así también busca promover e implementar prácticas de gestión ética. De esta manera, el programa de integridad permite, por una parte, prevenir conductas que vayan en contra de la legislación vigente y que puedan provocar penalizaciones a las compañías, así como problemas éticos al interior de la misma o incluso con sus grupos de interés y, por otra, identificar y abordar los riesgos asociados a la corrupción que puedan dañar la seguridad, imagen y sustentabilidad de la organización.
 
7.- Anexo N°4 Experiencia del oferente. En el caso de informar experiencia, esta deberá ser según cantidad de facturas o boletas anteriores en servicios similares en tipo de relatorías, en el sector público o privado, con una antigüedad máxima de dos años, contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. En el caso de no tener experiencia, lo podrá informar en Anexo N°4.
 
8.- Si el oferente posee experiencia deberá acreditar con facturas o boletas. Los documentos de acreditación se deberán ingresar de preferencia, en una sola carpeta denominada "documentos de acreditación" (la verificación de estos documentos se realizará en la etapa de evaluación de ofertas). En el caso de que el oferente no suba el documento de acreditación, o lo sube pero no corresponde a una factura o boleta, o no corresponde a un servicio similar en tipo de jornadas, o su ejecución no es dentro de los dos últimos años, a contar hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas; dicha prestación no se contabilizará para la evaluación. De la misma forma, si un oferente informa prestaciones en Anexo Nº4, pero no sube ningún documento de acreditación o ninguno de los documentos corresponde a los solicitados para acreditar experiencia, obtendrá cero puntos en el criterio correspondiente.
 
9.- EL OFERENTE QUE NO INGRESE LOS ANTECEDENTES TÉCNICOS INDICADOS EN PUNTO N°2, Y N°3 LOS INGRESE ILEGIBLES O EN BLANCO, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN EL ACTO DE APERTURA O EVALUACIÓN.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°5 Oferta técnico - económica, se deberá ingresar de preferencia en sección "C", Anexos Económicos.
2.- EL OFERENTE DEBERÁ INGRESAR TODA LA INFORMACIÓN SOLICITADA EN ANEXO N°5 OFERTA TÉCNICO - ECONÓMICA DE LO CONTRARIO, SERÁ DECLARADO FUERA DE BASES EN LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del oferente Se evaluará según lo indicado en cláusula N°13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 30%
2 Precio Se evaluará según lo indicado en cláusula N°13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 43%
3 Formación relator Se evaluará según lo indicado en cláusula N°13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 25%
4 Programa de integridad Se evaluará según lo indicado en cláusula N°13. DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN, punto 9. Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas, de las presentes bases. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SP44 Convenio programa capacitación y formación
Monto Total Estimado: 26700000
Justificación del monto estimado Presupuesto disponible.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto disponible incluye impuestos.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Oscar Oliva San Martín
e-mail de responsable de pago: 432367314
Nombre de responsable de contrato: Monica Benites
e-mail de responsable de contrato: monica.benites@ssbiobio.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-43-2367370-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Por la naturaleza de la contratación no procede la opción de subcontratar, ya que el cumplimiento de los requisitos técnicos, dependen de la experiencia del oferente y formación relator.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud
Fecha de vencimiento: 31-03-2025
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, el adjudicado deberá presentar un documento financiero de garantía, cuyo monto será equivalente al 5% del monto total adjudicado, siempre y cuando el monto adjudicado por línea o por la sumatoria de líneas adjudicadas a un mismo proveedor según sea el caso, sea igual o superior a las 100 UTM, con IVA incluido. La caución o garantía deberá ser pagadera "A LA VISTA" y tener el carácter de "IRREVOCABLE" y deberá ser generada por una entidad emisora que asegure el cobro de la misma, de manera rápida y efectiva, según lo indicado en el Art 68 del Reglamento de la Ley 19.886, tomada a nombre de la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, RUT 69.170.102-6. En el caso de vale vista u otro documento financiero en que la entidad emisora de la garantía no incorpora glosa correspondiente en el documento, el oferente deberá incluir la glosa en "Anexo Complemento de Garantía". No se aceptará documentos de garantía con cláusulas de pago a 30 días u otras indicaciones que modifiquen las características "A LA VISTA" del documento. Esta Garantía deberá ser entregada en un plazo máximo de 15 días corridos junto a los documentos para contratar y permanecer vigente durante todo el tiempo que dura la adquisición, mas un mínimo de 60 días hábiles.
Glosa: "PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN PROPUESTA PÚBLICA JORNADA DEL CONVENIO DE CAPACITACIÓN 2024". Indicar la o las líneas adjudicadas.
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser solicitada su devolución habiéndose cumplido los compromisos contractuales, y una vez liquidado el contrato por parte de la Municipalidad, Área Salud. Para solicitar devolución se debe enviar correo electrónico al Inspector Técnico, en el cual se identifique el nombre de la propuesta e ID, nombre del adjudicado, número de documento de garantía y la entidad financiera que la emitió.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
1.- REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.

2.- DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES

2.1.- Fomentando el principio de asociatividad en las compras públicas se reconoce una nueva figura para contratar denominada “Unión Temporal de Proveedores o UTP” regulada por el Articulo Nº67 bis del Reglamento de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas. Sin perjuicio de todos aquellos alcances contemplados en la Directiva de Compras y Contrataciones Públicas Nº22.
La Unión Temporal de Proveedores (UTP) tiene un carácter esencialmente transitorio, caracterizándose por la facilidad y falta de formalidades para su constitución.
El principal objetivo de esta nueva figura de asociación de proveedores consiste en impulsar la actividad de las micro (*1) y pequeñas empresas (MIPES) (*2), especialmente tratándose de aquéllas pertenecientes a las regiones. Mediante la UTP
dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas de mayor tamaño, especialmente en aquellos procesos de compra de montos más altos.
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se encuentran unidos en la presentación de una oferta a un proceso de compra y adjuntan a su oferta el documento que formaliza la UTP sea este de carácter público o privado, el cual debe contener a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con La Municipalidad, además de nombrar un representante o apoderado. Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción del contrato, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.2.- En el caso que la Unión Temporal de Proveedores haya presentado la oferta más conveniente y la Municipalidad le va a contratar deberá tener en consideración lo siguiente:

2.2.1.-En todo proceso igual o superior a 1.000 UTM en que conste la Unión Temporal de Proveedores deberá materializarse en una escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

2.2.2.-La vigencia de la UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple en virtud de lo dispuesto en el Art. 12 del Reglamento de la Ley Nº19.886.

2.2.3.-Cada proveedor integrante de la UTP para suscribir el contrato deberá contar con inscripción vigente en el registro de Proveedores.

2.2.4.-Las causales de inhabilidad para la presentación de las oferta, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad o algún integrante de la Unión , éste deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restante integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.

2.3.- MODIFICACIONES DE LA UTP.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a La Municipalidad, debiendo hacer entrega del documento modificatorio y teniendo en consideración que dicha modificación deberá materializarse a través de las mismas formalidades que fueron necesarias para su constitución.

2.4.- DE LA FACTURACIÓN
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución contractual.

2.5.-TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Son causales de término anticipado del contrato las siguientes:

2.5.1.- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

2.5.2.- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

2.5.3.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

2.5.4.- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

2.5.5.- Disolución de la UTP.

2.5.6.- Además de las causales indicadas en la cláusula "Del término anticipado del contrato" de las presentes bases administrativas.

(*1) Microempresas: son aquéllas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario.
(*2) Pequeñas empresas: son aquéllas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no excedan de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario.

3.- ITEM PRESUPUESTARIO
22.11.002.002. SP1 C.C. 03.01.13. Presupuesto Municipal, Área Salud $1.196.196.- Impuesto incluido. 
22.11.002.002. SP44 C.C. 03.01.13 Convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria, $25.503.804.- Impuesto incluido. 

N° línea

Descripción

Monto total disponible

1

Curso: Intervención social en derecho en familia y actualización en normativa vigente (consejería y consulta)

$2.400.000.-

2

Curso: Consejería en anti concepción para controles y consultas de estamento matronas $2.400.000.-

3

Curso: Geriatría y Terapia Ocupacional

$1.600.000.-

4

Curso: Electrocardiografía básica

$3.500.000.-

5

Curso: Actualización en prescripción dieto terapéutica en enfermedades crónicas

$2.400.000.-

6

Curso: postítulo en Unidades y Central de esterilización - Gestión de enfermería en los servicios de esterilización

$9.000.000.-

7

Curso: Abordaje integral de patologías neuromusculoesqueléticas $2.400.000.-

8

Curso: Aspectos legales, técnicos de la protección de datos y también de ciberseguridad

$3.000.000.-



4.- APLICACIÓN DE NORMAS DE DERECHO

La presente Licitación se regirá exclusivamente por estas Bases Administrativas, Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Convenio y Bases Técnicas, así como toda la restante Documentación complementaria y la Oferta técnico - económica, que se entiende forma parte de la referida propuesta. Una vez adjudicada la Licitación toda la Documentación que forman parte de la propuesta será obligatorio y se entenderá que forma parte de las presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción. 
Supletoriamente se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia contempla la legislación chilena. Para la interpretación de los antecedentes de esta licitación regirá el orden de prelación indicado a continuación: 

PRELACIÓN TÉCNICA 
-Normativa Vigente. 
-Resolución N°1425 del 08-03-2024 aprueba convenio modificatorio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria con Municipalidad de Los Ángeles.
-Decreto alcaldicio N°1503 del 10-04-2024 Aprueba convenio modificatorio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria.
-Resolución N°706 del 16-01-2024 fija marco presupuestario convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria con Municipalidad de Los Ángeles.
-Decreto alcaldicio N°432 del 25-01-2024 Aprueba Resolución Exenta Nº706 que fija marco presupuestario convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial, capacitación funcionaria con municipalidad de Los Ángeles.

-Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere. 
-Bases Técnicas.
-Oferta técnico - económica.

PRELACIÓN ADMINISTRATIVA

-Normativa Vigente. 
-Resolución N°1425 del 08-03-2024 aprueba convenio modificatorio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria con Municipalidad de Los Ángeles.
-Decreto alcaldicio N°1503 del 10-04-2024 Aprueba convenio modificatorio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria.
-Resolución N°706 del 16-01-2024 fija marco presupuestario convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación funcionaria con Municipalidad de Los Ángeles.
-Decreto alcaldicio N°432 del 25-01-2024 Aprueba Resolución Exenta Nº706 que fija marco presupuestario convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial, capacitación funcionaria con municipalidad de Los Ángeles.

-Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere.  
-Bases Administrativas y sus Anexos. 
-Oferta técnico - económica.
-Orden de compra.

5.- MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente, sus eventuales modificaciones, convenio programa capacitación y formación atención primaria en la red asistencial capacitación, con sus modificaciones. 

6.- DE LA COMUNICACIÓN DURANTE EL PROCESO DE LICITACIÓN

La comunicación entre la entidad licitante y los oferentes, deben realizarse exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl. Del mismo modo, el organismo licitante sólo podrá emitir aclaraciones, respuestas a las consultas, observaciones y reclamos, a través del mismo medio. Es obligación del oferente revisar el portal electrónico durante todo el proceso, no pudiendo alegar desconocimiento de la información publicada. Los oferentes no deben utilizar como medios de comunicación (Teléfono y correo electrónico) publicados como “contacto de la licitación y responsable del contrato”.

7.- DE LA MODIFICACIÓN DE LAS BASES
La Municipalidad podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

8.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde a jornadas del convenio de capacitación 2024, según lo indicado en Bases Técnicas, adjuntas a la presente licitación.

La presente licitación es por línea, por lo que los oferentes podrán ofertar por una o más líneas, según lo estimen conveniente, y de acuerdo a su idoneidad técnica en relación a temática de cada jornada o curso.

El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en el Anexo N°5 Oferta técnico - económica; la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la entrega de cada jornada o curso adjudicado, según lo requerido en las presentes bases administrativas y bases técnicas.

Para los efectos de ingresar un monto en el portal, se deberá indicar precio neto o sin impuesto (en el caso de boletas de honorarios u otras), para cada línea ofertada.

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio neto o sin impuesto indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio neto o sin impuesto indicado en el Anexo N°5 Oferta técnico - económica, para todo evento prevalecerá el precio neto o sin impuesto del Anexo N°5 Oferta técnico - económica.

En el proceso de evaluación se verificará que las operaciones matemáticas de la oferta, sean correctas, en el caso de haber errores, se recalculará en base al precio neto o sin impuesto ofertado, y este será el que prevalecerá como oferta (Para cualquier cálculo se considerarán 2 decimales, con aproximación al segundo decimal).

Se establece que, para la presente licitación, en el caso de que oferente haya ingresado mas de un Anexo N°5 Oferta técnico - económica, para todo evento prevalecerá, el que sea coincidente con el precio neto o sin impuesto, indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl, y en caso de ser distintos, atendiendo al costo, será considerado, el de menor monto y siempre que haya sido correctamente completado.

Por el solo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes bases, por parte del oferente participante.

Las ofertas de los oferentes participantes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que, en el proceso de evaluación técnica y selección de las ofertas, podrá solicitar la asesoría que considere necesaria.

9.- DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA

Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta la aceptación de la orden de compra por parte del oferente adjudicado. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener su oferta durante todo el período de vigencia de la adquisición. 

10.- DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, Bases Técnicas, Convenio y toda la documentación que rige esta Licitación. 

11.- DE LAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Las preguntas sobre antecedentes deberán formularse a través del portal www.mercadopublico.cl link foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de pregunta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo portal www.mercadopublico.cl 

12.- DEL PROCESO DE APERTURA Y COMISIÓN DE APERTURA
La apertura se realizará el día y hora señalado en las presentes bases, ante la Comisión de Apertura, compuesta por Unidad de Adquisiciones, Integrante de la Comisión de Evaluación (mínimo 1) y Unidad Requirente, este último será responsable de levantar el acta correspondiente, la que será firmada por todos los integrantes de la comisión.

El acto de apertura de la propuesta será en forma electrónica a través del portal www.mercadopublico.cl, en dependencias de la Dirección Comunal de Salud, Los Ángeles, en presencia de la comisión de apertura.

Se declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas.

Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases y/o la normativa vigente, en esta etapa o en la etapa de evaluación de ofertas. Los oferentes podrán hacer observaciones en relación al proceso de la apertura de la licitación, dentro de las 24 horas siguientes de ocurrida.

Atendidas las características de los procesos licitatorios, en el portal www.mercadopublico.cl, plataforma de licitaciones, no se contempla la asistencia en forma personal ni representantes de los oferentes en el Acto de Apertura.

13.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN 
Las propuestas de los oferentes participantes serán evaluadas por los siguientes criterios de evaluación:

1.- 
Experiencia del oferente: 30%
Se evaluará por línea la experiencia del oferente, según la cantidad de facturas o boletas a honorarios provenientes de servicios similares al tipo de relatoría (curso) que oferta, con una antigüedad máxima de 2 años contados desde el cierre de recepción de ofertas. En el caso de las facturas o boletas a honorarios por distintos estados de pago perteneciente a un mismo contrato, estas se contarán como uno solo al momento de la evaluación. No se aceptarán documentos repetidos.

Para efectos de evaluación se considerará un máximo de 10 documentos tributarios válidos, por oferente relacionadas con cada línea o curso que oferte, evaluándose según lo siguiente: 

De 9 a 10 facturas o boletas a honorarios: 100 puntos.
De 7 a 8 facturas o boletas a honorarios: 80 puntos.
De 5 a 6 facturas o boletas a honorarios: 60 puntos.
De 3 a 4 facturas o boletas a honorarios: 40 puntos
De 1 a 2 facturas o boletas a honorarios: 20 puntos.
No presenta facturas o boletas a honorarios, o no posee experiencia: 0 puntos.

No se contabilizarán facturas o boletas a honorarios que no cumplan con requisitos de tipo de servicio similar y fecha de emisión.

El puntaje ponderado (P.P.), del criterio "Experiencia del oferente", se calculará a través de la siguiente fórmula: 
P.P. Experiencia del oferente = Puntaje Experiencia del oferente x 30%

2.- Precio: 43%
Se evaluará por línea el precio total con impuestos, si corresponde, del curso a evaluar, según Anexo N°5 Oferta técnico-económica, de acuerdo a la siguiente formula:

(Menor precio total con impuestos, si corresponde, ofertado * 100 / precio total con impuestos, si corresponde, evaluada), donde el menor precio total con impuestos, si corresponde, obtendrá 100 puntos y a los demás se les asignará puntaje inversamente proporcional.

El puntaje ponderado (P.P.), del criterio "Precio", se calculará a través de la siguiente fórmula:                   
P.P. Precio = Puntaje Precio x 43%

3.- Formación relator: 25%
Se evaluará de acuerdo a lo informado por el oferente en el Anexo N°5 Oferta técnico-económica, contrastado con las certificaciones de acreditación que adjunta a su oferta según corresponda al curso ofertado.

- Posee 1 o más Doctorados, Magister o sus equivalentes en la temática referente a la capacitación ofertada: 100 puntos.
- Posee 2 o más Diplomados o Diploma en la temática referente a la capacitación ofertada: 80 puntos.
- Posee 1 Diplomado o Diploma en la temática referente a la capacitación ofertada: 60 puntos.
- Posee mínimo 2 Cursos en la temática referente a la capacitación ofertada: 40 puntos.
- Solo posee Certificaciones de experiencia como relator en temática referente a la capacitación ofertada, emitidos y firmados por el mandante (quien recibió el servicio de capacitación): 20 puntos.

Dichos puntajes no son acumulables entre sí, pues el máximo que se permite obtener en este criterio es de 100 puntos; por lo que, a cada oferente se le asignará solo el puntaje mayor, según el detalle anterior y su oferta.

Para el caso de cursos de capacitación solo serán consideradas certificaciones de cursos cuya duración indique desde 20 horas pedagógicas y con una antigüedad máxima de 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.


El puntaje ponderado (P.P.), del criterio "Formación relator", se calculará a través de la siguiente fórmula:
 
P.P. Formación relator = Puntaje Formación relator x 25%

4.- 
Programa de Integridad: 2%

La asignación de puntaje se realizará según Anexo N°3 Programa de Integridad, la asignación de puntaje será definida en base a lo siguiente:

CARACTERÍSTICAS

PUNTAJE

SI adjunta programa de integridad y acredita que es conocida por sus trabajadores. 

                  100 puntos

SI adjunta programa de integridad, pero no acredita que es conocida por sus trabajadores. 

                      0 puntos

NO adjunta programa de integridad conocido por sus trabajadores.

                      0 puntos


Para acreditar cumplimiento del Programa de Integridad de las presentes bases de licitación, se evaluará si el oferente cuenta con Programa de Integridad conocido por sus trabajadores, por lo que deberá adjuntar el programa de integridad con que cuenta el
oferente. A su vez, el programa de integridad debe ser conocido por sus trabajadores, por lo que deberá adjuntar documento que acredite que sus trabajadores se encuentran en conocimiento de dicho programa.

El puntaje ponderado (P.P.), del criterio Programa de Integridad, se calculará a través de la siguiente formula:
P.P. Programa de integridad = Puntaje Programa de integridad x 2%

El puntaje total ponderado (P.T.P.) del oferente en evaluación se obtendrá según la siguiente fórmula: P.P. Experiencia del oferente + P.P. Precio + P.P. Formación relator + 
P.P. Programa de integridad

14.- DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE EVALUACIÓN
 
La Comisión de Evaluación, la que será conformada para esta licitación, y estará definida en el decreto que autoriza y aprueba el llamado a licitación, estudiará las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.

La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Técnicos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.

La comisión de evaluación evaluará las distintas ofertas recibidas y presentará, en un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes), al Sr. Alcalde una nómina de los oferentes ordenados de acuerdo a la evaluación realizada, proponiendo adjudicar al oferente mejor evaluado.

Durante el proceso de evaluación la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del sistema de información.

Se podrá considerar la asesoría de algún experto como apoyo a la Comisión evaluadora.

La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del Oferente, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.

Los oferentes que presenten documentos adulterados o falsos, quedarán automáticamente fuera de bases.

En caso que el Municipio presuma que existen documentos adulterados o falsos deberá informar a fiscalía o a quien corresponda.

15.- RESOLUCIÓN DE EMPATES 
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Formación relator". Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programa de integridad", y finalmente, de mantener el empate se resolverá adjudicando al oferente que ingrese primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate se adjudicará al oferente que ingrese primero en hora su oferta en el portal una vez publicada la licitación.

16.- DE LA ADJUDICACIÓN
Se propondrá al Sr. Alcalde la adjudicación del oferente mejor evaluado por la Comisión de Evaluación en la etapa de evaluación. La adjudicación se efectuará mediante decreto alcaldicio y se notificará al oferente adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl. Los oferentes no adjudicados serán también notificados a través del portal. 

Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, aquellos que comprometan al Municipio en un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho Concejo Municipal.

17.- DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl informando allí las razones del atraso. 

18.- DEL DESISTIMIENTO DE LA PROPUESTA
Si la orden de compra no se envía al adjudicado dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de adjudicación de la propuesta, por causas imputables a la Municipalidad, Área Salud, el oferente podrá desistirse de su oferta y retirar los antecedentes y documentos presentados sin derecho a demandar indemnización alguna por este concepto. El desistimiento por esta causa deberá ser comunicado al responsable del contrato vía escrita.

19.- READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, no acepta la Orden de Compra o no se habilita en el registro de proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar a los oferentes que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.

20.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
El contrato, formalizado mediante la aceptación de la orden de compra por parte del oferente adjudicado, será en pesos chilenos, sin reajuste ni intereses, impuestos incluidos y su precio incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.

21.- DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR
En consideración de que las presentes bases se refieren a una licitación de monto menor a las 1.000 UTM y se trata de servicios de simple y objetiva especificación, no se requerirá firma de contrato. Las obligaciones contractuales se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y su consecuente aceptación por parte del oferente adjudicado, en conformidad al artículo 63 del reglamento de la ley N°19.886.

Una vez resuelta la adjudicación de la licitación mediante Decreto Alcaldicio y una vez notificado a través del sistema 
www.mercadopublico.cl el adjudicado, deberá hacer llegar al Responsable del Contrato, mediante correo electrónico, y en un plazo máximo de 15 días corridos, los siguientes documentos:

1.- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad, en caso de ser persona natural.

2.- Escritura de la Sociedad y certificado de vigencia de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución de la entidad y sus modificaciones o certificado de vigencia y estatuto actualizado del registro de Empresas y sociedades emitido por la página 
www.tuempresaenundia.cl, documento que deberá tener una vigencia no superior a 60 días corridos contados hacia atrás de la fecha de adjudicación, en caso de ser persona jurídica. En el caso de UTP, cada integrante deberá presentar la escritura y el certificado de vigencia.

En el caso que el adjudicado se encuentre hábil en el Registro de proveedores, los documentos solicitados en el punto 2, y que estén ingresados en el link documentos del Registro de proveedores, no se requerirá su presentación. Sin embargo, en dicho link el Certificado de Vigencia indicado debe tener una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados hacia atrás desde la fecha de adjudicación de la propuesta.

3.- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, es decir F-30, emitido por la Dirección del Trabajo; ello para dar cumplimiento a lo señalado en art. 6 Ley de Presupuesto 2024, N°21.640.

En caso que el adjudicado sea unión temporal de proveedores, dicho certificado deberá ser entregado por cada uno de los integrantes de dicha unión.

4.- Declaración jurada habilidad en registro de proveedores.
En caso de que el oferente participante sea una Unión Temporal de Proveedores, dicha declaración deberá ser entregada por cada uno de los integrantes de dicha unión.

5.- Si el oferente postuló con la modalidad “Unión temporal de proveedores”, y la licitación es mayor a 1000 UTM, deberá presentar escritura pública en la que se materialice el acuerdo.

6.- Garantía de fiel cumplimiento del contrato. 
En caso de resultar adjudicado por un monto superior a 100 UTM de acuerdo a la sumatoria de las líneas adjudicadas. Si el oferente se adjudica un monto inferior a 100 UTM la garantía no será exigible.
Caso 1: Si la garantía corresponde a un documento físico, tal como Boleta Bancaria o Vale Vista, la deberá presentar en Oficina de Partes de la Dirección Comunal de Salud, ubicada en Avenida Ricardo Vicuña #320, Los Ángeles, de lunes a viernes, en horario de
08:30 horas hasta las 14:00 horas.
Caso 2: Si la garantía corresponde a un documento emitido por una entidad financiera, que tenga la facultad de emitir documentos en formato digital, deberá presentar la garantía vía correo electrónico al responsable del contrato. Además, debe ser verificable en línea mediante los códigos establecidos en la misma, ésta debe ajustarse a lo establecido en la Ley N°19.799 Sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma.

7.- Copia legalizada de certificado de titulo y postítulos, del relator. Ello con el fin de asegurar la autenticidad de documento presentado en la oferta.

Para contratar, el adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro de proveedores en el sitio 
www.mercadopublico.cl en calidad de proveedor del rubro respectivo. De no encontrarse inscrito y hábil, tendrá un plazo máximo de 15 días corridos desde la adjudicación, para regularizar su situación.

Si el Adjudicado corresponde a Unión Temporal de Proveedores, todos los miembros integrantes de dicha unión deberán encontrarse inscritos y hábil en el Registro de proveedores.

Cumplido los requisitos anteriores de parte del adjudicado, se procederá a la emisión de la orden de compra, según lo estipulado en la Cláusula DE LA ORDEN DE COMPRA de las presentes bases. Una vez aceptada la Orden de Compra, el adjudicado será denominado como Proveedor.

Si el Adjudicado no entregare los documentos indicados anteriormente, puntos N°1, 2 y 5 solo si corresponde; no se encontrare inscrito y hábil en el registro de proveedores o habiendo entregado documentos para contratar, no acepta la Orden de Compra, se le entenderá por desistido de su oferta. En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación, si corresponde.

Todos los gastos que se originen de la propuesta serán exclusivamente de cargo del Adjudicado.

La vigencia de las obligaciones contractuales serán a partir de la fecha de aceptación de la orden de compra, hasta la liquidación del contrato, según lo estipulado en la cláusula DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO, de las presentes bases.

El Proveedor no podrá traspasar su contrato a otra persona, sea natural o jurídica.

22.- DE LA SUBCONTRATACIÓN
En todo evento el proveedor es el responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, en virtud del contrato. Se prohíbe la subcontratación, pues se trata de la adquisición de un servicio puntual, por lo tanto, el oferente adjudicado es el único responsable de las obligaciones contraídas con el mandante, ya que el cumplimiento de los requisitos técnicos, dependen de la experiencia del oferente, formación y certificaciones del relator.

23.- DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO 
La Municipalidad de Los Ángeles notificará por escrito al adjudicado de su decisión de rescindir o poner término anticipado del contrato en las siguientes situaciones: 

1. Resciliación o mutuo acuerdo de las partes 

2. Unilateralmente, sin intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, en los siguientes casos:
2.1 Incumplimiento grave de cualquiera de las obligaciones impuestas por estas Bases Administrativas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si lo hubiere, Convenios y sus prorrogas, Bases Técnicas y por la Oferta técnico - económica. 

Respecto a los incumplimientos graves que pudiera cometer la empresa adjudicada:

- Otorgar relatoría, con características distintas a las definidas en las bases técnicas, no respetando los márgenes establecidos, ni el programa presentado.
- Cambio de relator sin autorización del Inspector Técnico del Servicio, y que no cuente con idoneidad técnica del relator ofertado.
- Por no cumplimiento del relator o relator autorizado (El cual debe cumplir con los mismos requisitos que la oferta original).
- Si no se cumplieran las horas programadas de capacitación detalladas en las Bases Técnicas.

2.2 Estado de Notoria insolvencia del adjudicado, a menos que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

2.3 Disolución de la sociedad, si se trata de una persona jurídica. 

2.4 Cuando lo exija el interés público o la seguridad nacional, según lo establece el Artículo Nº 77 del Decreto Supremo 250-04, del Ministerio de Hacienda. 

2.5 Fallecimiento del Oferente Adjudicado, si se trata de una persona natural. 

2.6 Si el adjudicado al momento de contratar posee incumplimientos de obligaciones laborales y previsionales, esto de acuerdo al F30 y durante el transcurso del contrato no ha cumplido con lo que a la Ley respecta, es decir, que estos sean pagados completamente a la mitad del contrato con un plazo máximo de 6 meses.

En caso de producirse las causales indicadas en los numerales 2.1, 2.2, 2.3 y/o 2.6, la Municipalidad de Los Ángeles deberá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y poner término anticipado al Contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los Tribunales de Justicia ni arbitrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la garantía, si corresponde.

24.- 
DEL PROCEDIMIENTO DE AUMENTO DE PLAZO
La inspección técnica podrá aumentar el plazo de ejecución de los cursos que es materia de esta licitación a petición fundada del proveedor, por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, o causa no imputable al proveedor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto que no es posible resistir como un naufragio, un terremoto, los actos de autoridad ejercidos por funcionarios públicos, etc.

El proveedor deberá hacer la respectiva solicitud de aumento de plazo de ejecución de curso (s), solicitando la petición a la inspección técnica, al día siguiente de ocurrida la (s) causa (s) que lo origine mediante correo electrónico.

En ningún caso podrán invocarse los problemas con las certificaciones y/o autorizaciones de otras Instituciones, entre otros, como argumentos para solicitar tal aumento de plazo de ejecución de los cursos.

Asimismo, tampoco será causal de aumento de plazo de ejecución de los cursos, las interrupciones y demoras que pueda experimentar la ejecución de las obligaciones contractuales, como consecuencia del rechazo por parte de la Inspección Técnica por no cumplirse con las Bases Técnicas.

El Inspector técnico junto con informar a su respectivo Director del aumento de plazo de ejecución de los cursos, enviará un informe técnico al Alcalde, solicitando Decreto Alcaldicio que apruebe el aumento de plazo de ejecución de los cursos.

La solicitud de aumento de plazo de ejecución de los cursos, deberá ser siempre con fecha anterior a la fecha de término de contrato.

25.- RESPONSABILIDAD DEL PROVEEDOR
El Proveedor, deberá ejecutar correcta y oportunamente la entrega de las jornadas o cursos de capacitación adjudicado, siendo responsable de todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual

Corresponderá al Proveedor demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.

26.- OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
Será obligación del Proveedor, cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere:
- Será obligación del Proveedor, la entrega de las jornadas o cursos de capacitación adjudicado y todo lo requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.
- Será obligación del Proveedor, acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga la Inspección Técnica.
- Será responsabilidad exclusiva del Proveedor, tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Proveedor, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.

Para el evento en que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Adjudicado, aquella podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento en que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si corresponde.
- El Proveedor, deberá cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley N°20.123 y reglamento que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, cuando corresponda.
- El Proveedor, es el único responsable de emergencias, daños a terceros o de sus trabajadores, si corresponde, en razón de las obligaciones contraídas de la presente licitación; en virtud de lo cual deberá disponer las medidas de resguardo y/o contratación de seguros necesarios, si corresponde.
- El Proveedor deberá aceptar la orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl en un plazo de 2 días hábiles (lunes a viernes) de enviada.
- Al momento de emitir el documento tributario de acuerdo a las normas del Servicio de Impuesto Internos (SII), el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico del Servicio.
- El Proveedor, deberá informar a la Inspección Técnica si la factura de pago, si corresponde, fue cedida o no fue cedida al factoring para el estado de pago correspondiente.
- Será obligación del Proveedor mantener toda su documentación, ya sea administrativa, técnica y/o económica, vigente durante el transcurso de la adquisición.

27.- DE LA ORDEN DE COMPRA
Para todo efecto, se entenderá a la aceptación de la orden de compra como la formalización del contrato entre el proveedor y el mandante.

Una vez adjudicada la licitación en el portal www.mercadopublico.cl, y entregado por parte del  Proveedor los antecedentes indicados en la cláusula DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS PARA CONTRATAR de las presentes bases; el Inspector técnico del servicio, solicitará a la Unidad de Adquisiciones la emisión de la orden de compra, con los respectivos antecedentes para su emisión.

El Proveedor tendrá un plazo de 2 días hábiles (es decir, contado de lunes a viernes) para aceptar la orden de compra desde el momento de su envío. Si transcurrido ese plazo el Proveedor no acepta la orden de compra, la Municipalidad, Área Salud, podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud.

28.- DE LA ENTREGA
La entrega de las jornadas o cursos de capacitación, será mediante clases presenciales, según corresponda a cada curso adjudicado y de acuerdo a bases técnicas, anexo detalle, especificaciones y consideraciónes, éstas podrán ser efectuadas en el auditorio de capacitación DCS, ubicado en Avda. Los Ángeles N°810, ciudad de Los Ángeles, u otras dependencias, que serán informadas por el Inspector Técnico del Servicio, mediante correo electrónico, según lo establecido en el punto 6 de las bases técnicas. 

Las clases presenciales se deben ejecutar los días hábiles de lunes a jueves, en horarios de 8:20 a 13:00 y de 14:00 a 16:50. En cada jornada (mañana y tarde), se deberá considerar un receso de máximo 20 minutos, en cada bloque. 

El proveedor no podrá ejecutar la jornada (s) y/o curso (s) sin que la Orden de Compra se encuentre en estado de Aceptada.

29.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA 
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá por Inspector Técnico del Servicio (I.T.S), al profesional a quien se le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento de la entrega de lo adjudicado, el que deberá ser designado por Decreto Alcaldicio e indicando I.T.S. suplente y las funciones a desarrollar.

El Inspector Técnico del Servicio será responsable de supervisar la entrega y ejecución, conforme a la normativa aplicable a las materias de la presente licitación, así como las Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere, y demás documentación correspondiente a la presente licitación.  

El Inspector Técnico del Servicio deberá emitir un certificado de conformidad o recepción conforme, que presentará junto a la factura y demás antecedentes para el estado de pago.

30.- DE LAS ATRIBUCIONES DEL INSPECTOR TÉCNICO
El Inspector Técnico del Servicio será responsable de supervisar la entrega de las jornadas o cursos de capacitación, conforme a la normativa aplicable a las materias de la presente licitación, así como las Bases Técnicas, Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere y demás documentación correspondiente a la presente licitación.  

Tendrá como atribución la aplicación de multas, las que se aplicarán sin forma de juicio y se deducirá del pago correspondiente a la fecha del decreto alcaldicio que sanciona la multa, o de la garantía de fiel cumplimiento si aquellos no fuesen suficientes.

El Proveedor deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que imparta la inspección técnica.

31.- DEL PLAZO
El plazo para ejecutar las jornadas o cursos de capacitación a todos los funcionarios considerados en las Bases Técnicas, será desde la aceptación de la Orden de Compra hasta el término de la vigencia del convenio (31-12-2024) y según calendarización coordinada con Inspector Técnico del Servicio, mediante correo electrónico.

El plazo fijado para la ejecución de las jornadas o cursos de capacitación se entenderá en días hábiles (lunes a jueves), deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito, cuando concurran las siguientes circunstancias en forma copulativa:

1.- Que se produzca el atraso en forma independiente de la voluntad del Proveedor.
2.- Que el hecho sea imprevisible, inesperado, sorpresivo.  
3.- Que el hecho sea insuperable.
4.- Que se produzca la imposibilidad de ejecutar la obligación contraída.

32.- DEL PAGO
La Municipalidad, Área Salud, pagará directamente al adjudicado, de acuerdo a la o las jornadas o cursos de capacitación, efectivamente realizadas y recepcionadas conforme por el inspector técnico del servicio, según la orden de compra aceptada y su correspondiente documento tributario aceptado conforme, dentro de 30 días corridos posteriores a su emisión, el pago será sin reajuste ni intereses.

33.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago el Proveedor deberá presentar: 
- Factura o boleta correspondiente a nombre de la MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, ÁREA SALUD, R.U.T. 69.170.102-6, domiciliada en Avda. Ricardo Vicuña Nº 320, Los Ángeles.
- En el documento tributario se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente. 
- Al momento de emitir el documento tributario de acuerdo a las normas establecidas por el SII, el Proveedor deberá, mediante correo electrónico, remitir una copia al Inspector Técnico.
- Nómina de participantes con firma de su asistencia y calificaciones.

Por su parte, el Inspector Técnico del Servicio, deberá presentar los siguientes documentos: 
- Factura o boleta con Vº Bº de Directora Comunal de Salud (al momento de la firma del decreto de pago), Jefe Depto. correspondiente o encargado e Inspector Técnico del Servicio. 
- Copia de Orden de compra aceptada por el Proveedor. 
- En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través del sitio www.sii.cl.
-
 Certificado Detallado de Recepción conforme visado por el Inspector Técnico del servicio y Jefe Depto. correspondiente o encargado, indicando si está afecto a multas. 
- En caso de multa adjuntar Decreto Alcaldicio que sanciona la multa. 
- Correo electrónico de coordinación.
- Copia de Bases Administrativas y Bases Técnicas. 
- Copia de Anexo Oferta técnico - económica. 
- Copia de Decreto Alcaldicio de Adjudicación. 
- Copia de Decreto Alcaldicio de Nombramiento del Inspector Técnico del servicio y su suplente.
- Copia de garantía de fiel cumplimiento, si corresponde.

34.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN 
El incumplimiento a las presentes Bases administrativas, Bases Técnicas, Convenios y sus prorrogas, sus anexos, los derivados de Preguntas y Respuestas; Aclaraciones, si las hubiere y la oferta del adjudicado, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles – Área Salud, para aplicar multas y/o sanciones, según la gravedad del incumplimiento. 

a) El incumplimiento en la fecha/s coordinada/s para la realización de la jornada de capacitación (por causas imputables al adjudicado), será sancionado con el 2% del precio total neto de la relatoría por vez que ocurra; reprogramándose una nueva fecha, mediante correo electrónico. La reprogramación solo será posible si el contrato se encuentra vigente.

Si este incumplimiento se reitera más de 2 veces durante el plazo de vigencia del servicio, la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, dará término anticipado al servicio solicitando la cancelación a la orden de compra y cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según corresponda, sin perjuicio de ejercer las acciones legales correspondientes.

b) La no entrega de los listados de evaluación final, y calificación, de acuerdo con lo indicado en el punto N°6. “De la operatoria y ejecución de los cursos” de las Bases técnicas, será sancionado con el 2% del precio total neto del curso correspondiente, por cada día hábil en que persista este incumplimiento, con un tope máximo de 5 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al término del curso en cuestión.

Si posterior a los 5 días hábiles las evaluaciones y calificaciones no son entregadas, la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, dará término anticipado al contrato y hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, si corresponde.

c) El incumplimiento del horario de inicio de la capacitación, por causas atribuibles al proveedor adjudicado, será sancionado con una multa de $1.000 (mil pesos) por cada minuto de retraso, contados a partir de las 08:25 hrs. en los días programados para la capacitación, con un límite máximo de 15 minutos.

Si el total de minutos de retraso supera los 15 minutos, la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, dará término anticipado al servicio solicitando la cancelación a la orden de compra y cobro de la garantía de fiel cumplimiento, según corresponda, sin perjuicio de ejercer las acciones legales correspondientes.

Toda Sanción o Multa que se hubiere hecho merecedor el Proveedor le será comunicado por escrito, mediante carta certificada, dirigida al domicilio señalado en el Anexo N°1 Identificación del oferente, la que se entenderá practicada a contar del quinto día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. 

El responsable de la aplicación de la multa será el Inspector Técnico del Servicio (I.T.S)

35.- DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el Proveedor podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección Municipal respectiva o Encargado, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 horas hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director (a) de la Dirección Municipal respectiva o Encargado, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles o quienes los subroguen. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el Proveedor. La falta de apelación por parte del Proveedor a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio. 

Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Salud. 

36.- DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y/o multas a que se hubiere hecho merecedor el Proveedor. 
Los descuentos se harán del estado de pago del Proveedor y/o de las garantías vigentes, si corresponde.

37.- DE LA RECEPCIÓN CONFORME
Una vez terminada la ejecución de las jornadas o cursos de capacitación que es materia de la presente licitación y en virtud a las obligaciones contractuales emanadas de la aceptación de la orden de compra, la Inspección Técnica deberá emitir Certificado Detallado de Recepción Conforme, indicando la recepción conforme.

En el caso de que la Inspección Técnica considere que no corresponde dar visto bueno a la entrega de las jornadas o cursos de capacitación concerniente a la presente licitación, se deberá adjuntar fotocopia de los correspondientes documentos o registros suscritos en donde se hayan estipulado las circunstancias y/o situaciones merecedoras de multas y/u observaciones, y aplicar los descuentos necesarios al pago o solicitar el término anticipado del contrato, si correspondiese.

38.-
 DE LAS GARANTÍAS
De la garantía de fiel cumplimiento del contrato:
La garantía de fiel cumplimiento del contrato será obligatoria siempre y cuando el total de la o las líneas adjudicadas supere las 100 UTM y deberá mantenerse vigente hasta la recepción conforme total de las jornadas o cursos de capacitación adjudicadas, y deberá mantenerse vigente durante toda la duración de ésta, más un mínimo de 60 días hábiles.

En caso de producirse las causales de incumplimiento indicadas en la cláusula Del Término Anticipado del Contrato, o en la cláusula De las Sanciones y/o Multas y su Aplicación, que hacen referencia a las situaciones que dan término anticipado del contrato y cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; incluyendo también el incumplimiento por parte del Proveedor del pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores, y en caso que los hubiere, también de los subcontratistas; la Municipalidad, Área Salud, previa solicitud y fundamento de la Inspección Técnica, estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, por lo que en primera instancia, dará cumplimiento con los trabajadores y/o, si hubieren, subcontratistas, de las obligaciones laborales y previsionales cuando el Proveedor haya incurrido en este incumplimiento.

39.-
 DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
Una vez recibidos conforme la ejecución de la totalidad de las jornadas o cursos de capacitación, el Inspector Técnico del servicio, procederá a realizar la liquidación final del contrato, dentro de un plazo de 60 días hábiles (lunes a viernes), la que será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.

La liquidación final del contrato deberá establecer claramente saldos pendientes que resulten a favor o en contra del Adjudicado. Cumplido lo anterior y si no existen saldos pendientes a favor de la Municipalidad, se dictará el decreto respectivo y posteriormente se devolverá al adjudicado la garantía de fiel cumplimiento, si corresponde.

40.- DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad, Área Salud, por medio de la Inspección Técnica, no libera al Proveedor de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad de lo adjudicado será exclusivamente del Proveedor. 

41.- DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el Proveedor. 

42.- JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación chilena que se presume conocida por las partes. 

43.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. 

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.