Podrán participar personas Naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras habilitadas para funcionar legalmente en Chile, con fines de lucro, cuya actividad tenga relación con la adquisición que motiva esta Licitación; También podrán postular los proveedores que utilicen la figura “Unión Temporal de proveedores”. Todos los proveedores interesados que cumplan con la condición anterior, podrán acceder a las bases administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los siguientes requisitos: Contar con infraestructura, equipo y personal idóneo. El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos los documentos asociados y aquellos que posteriormente originen la realización de esta adquisición. La distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las bases administrativas, será causal suficiente para rechazar la propuesta presentada declarándola como inadmisible.
2.- DEL ÍTEM PRESUPUESTARIO
22.08.001.001 Presupuesto Municipal, Área Salud.
3.- DEL MARCO NORMATIVO
La presente licitación, se regirá por toda la legislación vigente y sus eventuales modificaciones.
4.- DE LAS OFERTAS
La presente licitación pública corresponde al Servicio de limpieza de fosas sépticas establecimientos D.C.S., según lo indicado en Bases técnicas, adjuntas a la presente licitación.
El o los oferentes participantes deberán presentar su propuesta en Anexo N°4, Oferta Económica; la cual deberá contemplar todos los costos asociados a la entrega del servicio, según lo requerido en las presentes bases.
Se establece que, para la presente licitación, en el caso de haber diferencias entre el precio indicado por el oferente en el portal www.mercadopublico.cl y el precio indicado en Anexo N°4 Oferta Económica, para todo evento prevalecerá el precio del Anexo N°4 Oferta Económica.
En el caso de presentarse errores en el Anexo N°4 Oferta Económica, se procederá de la siguiente forma:
a.- En el caso de haber diferencia entre el precio indicado en números y el precio indicado en palabras, la oferta se considerará inadmisible.
b.- En el caso de haber errores aritméticos en el cálculo del IVA de los precios indicados en Anexo N°4, la oferta se considerará inadmisible.
Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, se entenderá la aceptación de las presentes Bases por parte del oferente participante. Las ofertas de los oferentes participantes serán calificadas en única instancia por la Municipalidad, la que en el proceso de evaluación técnica y selección de las Ofertas podrá solicitar la asesoría que considere necesaria. Por el sólo hecho de la presentación de una oferta, los oferentes aceptan las presentes Bases Administrativas, Anexos, Preguntas, respuestas y Aclaraciones si las hubiere, Bases técnicas y demás documentación complementaria de la presente licitación.
5.-DE LA VIGENCIA DE LA OFERTA
Los oferentes, con la sola presentación de su oferta, quedan obligados al mantenimiento de la misma hasta 60 días. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique la propuesta está obligado a mantener los precios de su oferta durante todo el período de vigencia del servicio.
6.-DE LA SUFICIENCIA DE LA OFERTA
Se considerará que el oferente, antes de presentar su oferta, está en conocimiento de todos los riesgos, contingencias y demás factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las obligaciones en las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, sus Anexos, Bases Técnicas, preguntas, respuestas y Aclaraciones, si las hubiere y toda la Documentación que rige esta Licitación.
7.-DE LAS CONSULTAS Y RESPUESTAS
Las consultas sobre antecedentes deberán formularse a través del Portal www.mercadopublico.cl Link Foro. No se aceptará ni responderá ningún tipo de consulta telefónica ni extraoficial. Las aclaraciones respectivas se entregarán a través del mismo Portal www.mercadopublico.cl
8.- DE LA EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN
Durante la etapa de evaluación se estudiarán las diferentes ofertas recibidas y que corresponderán a los Anexos y Documentación exigida en el artículo Nº4 “Antecedentes para incluir en la oferta”.
La evaluación de las ofertas considerará los aspectos Administrativos y Económicos, en cada caso se asignarán puntajes, serán estandarizados y se confeccionará un ranking de evaluación según la ponderación establecida en las presentes Bases Administrativas.
Durante el proceso de evaluación la Municipalidad, Área Salud, podrá solicitar a las oferentes aclaraciones, siempre y cuando éstas no le confieran a ninguno de los oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
La Municipalidad, Área Salud, se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas, según convenga a los intereses Municipales, con el debido fundamento y sin que por ello incurra en responsabilidad alguna respecto del proponente afectado, no dando lugar a indemnización alguna al oferente.
Si la contratación supera las 500 U.T.M, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695, dicha Contratación deberá contar con el acuerdo de la mayoría absoluta del Concejo Municipal; no obstante, si compromete al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirá el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo.
Los oferentes no adjudicados serán notificados a través del sistema.
Una vez adjudicado el oferente, en caso de no encontrarse hábil en el registro de Chileproveedores, tendrá 15 días para regularizar su situación y estar habilitado.
9.- DE LA RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia en servicios similares”, y finalmente, de mantener el empate se resolverá adjudicando al oferente que ingrese primero en día su oferta en el portal una vez publicada la licitación. De persistir dicho empate se adjudicará al oferente que ingrese primero en hora su oferta en el portal una vez publicada la licitación.
10.- DEL MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la licitación indicado en la punto N° 7 de las respectivas bases. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
11.- DE LA READJUDICACIÓN
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su Oferta, no entrega los antecedentes para contratar, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses Municipales, se estime declarar desierta la licitación con el debido fundamento.
12.- DE LA MODALIDAD DEL CONTRATO
La propuesta se formulará en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su precio incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
13.- DEL CONTRATO
No requiere firma de contrato por tratarse de servicio estándar de simple y objetiva especificación, este se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y su consecuente aceptación por parte del oferente adjudicado en conformidad al artículo 63 del reglamento de la ley N°19886.
El Adjudicado es el único responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en virtud de la aceptación de la orden de compra y las presentes Bases Administrativas con toda la Documentación restante.
Si la Orden de compra no ha sido aceptada en un plazo máximo de 48 horas hábiles desde enviada, La Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, podrá rechazarla.
En caso de que la orden de compra no haya sido aceptada o que la Municipalidad de Los Ángeles haya solicitado su rechazo, la orden de compra se entenderá definitivamente rechazada una vez transcurridas 48 horas desde dicha solicitud.
Cada vez que una Orden de compra haya sido rechazada, Municipalidad de Los Ángeles estará facultada para realizar readjudicación según el resultado de la evaluación de dicha licitación.
La propuesta se formulará, en moneda nacional (pesos chilenos), sin reajustes ni intereses y su valor incluye todos los gastos que irrogue el cumplimiento del servicio, sea directo, indirecto o a causa de él.
El precio del servicio será por los montos indicados por el proponente que se haya adjudicado la propuesta y dicho precio deberá concordar con lo expresado por el oferente adjudicado en el Anexo Nº4 Oferta Técnico - Económica.
En caso de desistimiento, el Mandante podrá llamar una nueva licitación o aplicar la readjudicación.
El servicio comenzará a regir una vez aceptada la Orden de compra y su vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2020,
El servicio solo se podrá realizar encontrándose la orden de compra en estado aceptada en el portal.
14.-DE LA RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
- El Adjudicado, deberá ejecutar correcta y oportunamente la entrega del servicio, siendo responsable de todas las acciones y/o actividades que ejecute y/o desarrolle y de todos los perjuicios directos, previstos o imprevistos, causados por alguna clase de incumplimiento contractual.
- El Adjudicado, será el único responsable, salvo fuerza mayor o caso fortuito o causa no imputable a aquél, de obtener las autorizaciones, si corresponde, del servicio, transporte, mano de obra y todo lo requerido para el normal desarrollo de la presente licitación y/o cumplimiento de sus obligaciones.
- Corresponderá al Adjudicado, demostrar haber procedido con la diligencia debida según las circunstancias, entendiéndose en todo caso que la simple observancia de las disposiciones legales y reglamentarias no basta por sí sola para exonerarse de responsabilidad.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
Será obligación del Adjudicado, cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas, Anexos, Bases técnicas, preguntas, respuestas y Aclaraciones, si lo hubiere, y Contrato:
- Será obligación del Adjudicado, la entrega del servicio y todo lo requerido para el normal desarrollo de la presente licitación con estricta sujeción a las presentes Bases y demás antecedentes de esta licitación y reglamentación vigente.
- Será obligación del Adjudicado, acatar y dar solución inmediata a las observaciones e indicaciones que haga el Referente Técnica del Servicio.
- Será responsabilidad exclusiva del Adjudicado, tanto el pago de remuneraciones o indemnizaciones que se devenguen, como el cumplimiento de todas las Leyes Laborales, Previsionales y Tributarias vigentes. Se deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el Adjudicado, ya sea en materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad del Adjudicado.
Para el evento que la Municipalidad deba pagar alguna obligación laboral o previsional o de otra naturaleza contraída por el Adjudicado, aquélla podrá ejercer en contra de este último las acciones de repetición que fueren pertinentes y que le confiera la legislación vigente. Que de la misma manera para el evento que la Municipalidad de Los Ángeles sea condenada a pagar civilmente una cantidad o monto de dinero a causa o con ocasión de haber sido ésta demandada por falta de servicio a raíz de la ejecución de lo que es materia de la presente licitación que debe realizar el Adjudicado, así declarada por sentencia firme y ejecutoriada aquella podrá ejercer en contra de esta última las acciones de repetición pertinentes y que le confiere la legislación vigente, entre ellas el cobro de la Garantía de Fiel cumplimiento del Contrato.
- El adjudicado deberá aceptar la orden de compra en el portal www.mercado público.cl en un plazo máximo de 48 hrs. hábiles (lunes a viernes) de enviada.
- El Adjudicado, deberá informar al Referente Técnica del Servicio si la factura de pago fue cedida o no fue cedida al factoring para el estado de pago correspondiente.
15.- DE LA OPERATORIA DEL SERVICIO
1.- El servicio se otorgará mediante solicitud enviada por correo electrónico al Referente técnico del servicio enviará mediante correo electrónico al adjudicado la solicitud de ejecución del servicio.
2.- Una vez ejecutado cada servicio de limpieza de fosa, emitirá un comprobante del servicio realizado u orden de trabajo, donde se indique el volumen extraído.
16.- DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de las presentes Bases se entenderá al referente Técnico del Servicio, al profesional del Departamento de Recursos Físicos, a quien se le haya encomendado velar directamente por el cumplimiento del contrato.
Al Referente Técnico del servicio será responsable de supervisar la ejecución del servicio conforme a la normativa aplicable a las materias de la presente licitación, así como las Bases Técnicas, Preguntas, Respuestas y Aclaraciones si las hubiere y demás documentación correspondiente a la presente licitación.
El Referente Técnico del servicio deberá emitir un certificado de conformidad o recepción conforme, que presentará junto a la factura y demás antecedentes.
17.- DEL PAGO
La Municipalidad, Área Salud, pagará luego de ejecutado cada servicio de limpieza de fosa séptica, sin reajuste ni intereses, que será descontado de la orden de compra aceptada.
El pago será sin reajustes ni intereses y de acuerdo a la orden de compra aceptada.
18.- DE LOS DOCUMENTOS PARA EL PAGO
Para el pago el oferente adjudicado deberá presentar:
- Factura correspondiente a nombre de la MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, Área Salud, R.U.T. 69.170.102-6, domiciliada en Avda. Ricardo Vicuña Nº 320, Los Ángeles. En la factura se deberá indicar el Nº de la orden de compra correspondiente.
- Comprobante del servicio realizado u orden de trabajo, con firma de funcionario que recepciona conforme el servicio.
Por su parte, al Referente Técnico del Servicio, deberá presentar los siguientes documentos:
-Factura con VºBº de la Directora Comunal de Salud, Jefe Depto. Recursos Físicos, Referente Técnico del Servicio.
-En el caso de pago de una factura cedida al factoring se debe adjuntar informe de cesión emitido a través del sitio www.sii.cl.
-Certificado de Recepción conforme del servicio visado por el Referente Técnico del servicio y Jefe Depto. de Recursos Físicos, indicando si está afecto a multas.
- En caso de multa adjuntar Decreto Alcaldicio que sanciona la multa.
-Copia de Orden de compra aceptada por el adjudicado.
-Copia de Decreto Alcaldicio de Adjudicación.
-Copia de Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexo Nº4: Oferta Económica.
19.- DE LAS SANCIONES Y/O MULTAS Y SU APLICACIÓN
El incumplimiento a las presentes Bases administrativas, bases técnicas, sus anexos, los derivados de preguntas y respuestas y aclaraciones, si lo hubiere, y la oferta del adjudicado, facultará a la Municipalidad de Los Ángeles – Área Salud, para aplicar multas y/o sanciones, según la gravedad del incumplimiento.
El no cumplimiento en las fechas de ejecución de los servicios de Limpieza de Fosas Séptica, de los solicitados por referente técnico vía correo electrónico, será sancionado con 1 UTM por servicio de limpieza de fosas sépticas no ejecutado. Re programándose nueva fecha para la ejecución servicio pendiente.
El máximo de multas a aplicar será de hasta tres oportunidades continuas o discontinuas, al cuarto incumplimiento la Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, dará término anticipado al servicio.
La Sanción o Multa que se hubiere hecho merecedor el Adjudicado le será comunicado por escrito, mediante carta certificada, dirigida al domicilio indicado en Anexo Nº1 Identificación del oferente, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El responsable de la aplicación de la multa será el Referente Técnico del Servicio.
20.- DE LA APELACIÓN A SANCIONES Y/O MULTAS
De la aplicación de las sanciones y/o multas, el adjudicado podrá apelar por escrito mediante carta dirigida al Director (a) de la Dirección Municipal respectiva, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la sanción. Dicha comunicación deberá ingresarse en la secretaría de la Dirección Municipal respectiva en horario desde las 08:15 horas hasta 14:00 horas y desde las 15:00 hasta las 17:00 horas de lunes a jueves y hasta las 16:00 horas los días viernes. De dicha apelación conocerá una comisión Municipal de apelación, la cual estará conformada por el Director de la Dirección Municipal respectiva, Directora de Asesoría Jurídica y Directora de Control de la Municipalidad de Los Ángeles. Dicha comisión resolverá, en el plazo de 10 días hábiles contados desde la presentación efectuada por el adjudicado. La falta de apelación por parte del adjudicado a multas cursadas o el rechazo de la misma por la Comisión de Apelación darán motivo a la confirmación de la multa aplicada la cual se hará efectiva en el estado de pago correspondiente o de las garantías vigentes. La multa será sancionada mediante Decreto Alcaldicio.
Se entiende a la Dirección Municipal respectiva, a la Dirección Comunal de Salud.
21.- DE LOS DESCUENTOS
En el pago podrán hacerse descuentos por sanciones y/o multas a que se hubiere hecho merecedor el Adjudicado.
Los descuentos se harán de los estados de pago del Adjudicado y/o de las garantías vigentes.
22.-DEL CONTROL
El control que ejerza la Municipalidad, Área Salud, por medio al Referente Técnica del servicio, no libera al adjudicado de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe. La responsabilidad por la calidad del servicio será exclusivamente del adjudicado.
23.-DE LA RESPONSABILIDAD
La Municipalidad de Los Ángeles, Área Salud, queda exenta de toda responsabilidad por daños que se produjeren a terceros con motivo u ocasión del servicio, recayendo la responsabilidad civil y penal pertinente en el adjudicado.
24.- DE LA JURISDICCIÓN, DOMICILIO Y LEY APLICABLE
Toda divergencia que surja entre las partes acerca de la interpretación o aplicación de cualquiera de las cláusulas de estas Bases Administrativas o del Contrato y demás Documentación que rige esta Licitación, será sometida a juicio de los Tribunales Ordinarios de Justicia. Para los efectos del Contrato las partes fijan su domicilio en la ciudad de Los Ángeles, prorrogando en consecuencia ante sus Tribunales de Justicia la competencia. En todos los casos será aplicable la legislación Chilena que se presume conocida por las partes.
25.- DEL PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.