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PROGRAMAS DE INTEGRIDAD O CUMPLIMIENTO NORMATIVO “
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Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°6 - A. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Este criterio de evaluación podrá ser acreditado presentando al menos uno de los siguientes documentos:
- Certificaciones en materia de cumplimiento normativo o compliance.
- Código de ética, plan o política de integridad o de compliance, o similar, implementado en la empresa.
- Capacitaciones, cursos o jornadas en materia de integridad o compliance, impartidas a todo o parte del personal que presta servicios para el proveedor. Debe adjuntar los certificados o constancias, o cualquier documento que dé cuenta
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5%
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Experiencia de los Oferentes
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Se evaluará la experiencia del oferente proyectos de Obras de construcción, mejoramiento o mantenimiento de espacios públicos,, ejecutadas en Chile, dentro de los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de las propuestas debidamente certificadas. Se adjunta Anexo N°5.
Por obras ejecutadas se entenderán aquellas que hubieren sido terminadas dentro de los 5 años anteriores a la fecha de cierre de las propuestas, aun cuando el inicio de las mismas se haya efectuado en una fecha posterior.
Con todo, no se aceptará experiencia presentada en calidad de subcontratista.
Los montos de las obras contratadas deberán ser expresados en la moneda o unidad en que fue originalmente contratada. En caso que se indiquen monedas o unidades distintas al peso chileno, el valor que se considerará para su conversión será el existente a la fecha de suscripción del contrato respectivo, fecha que deberá ser declarada en el Anexo N°5.
La experiencia del oferente se acreditará, en relación a montos y número de contratos, y su fecha de término, con mandantes públicos, mediante actas o certificados de recepción emitidos por el mandante/entidad/institución contratante, según corresponda, sin perjuicio de la información solicitada en el Anexo Nº 5.
Si el certificado o acta de recepción emanada por el mandante/entidad/institución contratante, no contiene información respecto del monto de la contratación y/o la fecha de término del contrato, deberá, además, adjuntar copia de contrato, factura, orden de compra, resolución o decreto en que aparezca dicha información. En caso que no se adjunte esta documentación o bien que la acompañada no indique lo pedido dicha experiencia no será considerada.
Tratándose de la experiencia presentada por un oferente respecto de un contrato en el cual participó como ex integrante de una UTP, será considerada válida siempre que cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases. Para tal efecto, y adicionalmente a la documentación antes señalada, deberá presentar certificado o acta del mandante en el cual conste la contratación de la UTP y el porcentaje de participación del oferente en la ejecución del contrato. Tal porcentaje es el que se utilizará en la etapa de evaluación de ofertas aplicado sobre el monto total del contrato que la UTP acompaña para acreditar su experiencia.
Con todo, en caso que la experiencia presentada no corresponda única y exclusivamente a obras de construcción, mejoramiento o mantenimiento de espacios público, tales como plazas o parques, y de la copia del certificado o acta de recepción emanada por el organismo público competente no es posible establecer la partida y monto que corresponde a aquello, el oferente deberá adjuntar, además, un documento emanado del mandante que acredite fehacientemente dicha circunstancia.
Sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores, respecto de aquellas obras que se hubieren contratado a través del Sistema de Mercado Público, la información relacionada con el monto, fecha de términos de los contratos suscritos por el oferente, experiencia del oferente, entre otros antecedentes requeridos en estas bases, se podrá extraer de los antecedentes que se encuentren disponibles en el citado portal, debiendo para ello los oferentes señalar el ID en el anexo N°5. No obstante, lo anterior, será de responsabilidad de los oferentes revisar si los antecedentes solicitados para acreditar experiencia se encuentran publicados y disponibles en el mencionado portal. En caso contrario, deberán adjuntarlos al momento de ofertar.
Con todo, la documentación que no contenga la información antes señalada, no será considerada para efectos de acreditar la experiencia declarada.
Se deja constancia que el monto de cada contrato que será considerado para efectos de la evaluación de la experiencia será aquel que aparezca de la documentación presentada por el oferente.
En el caso de las personas jurídicas, por experiencia del oferente se considerará la experiencia aportada sólo por la empresa.
En el caso de las UTP se considerará la experiencia indicada en el Anexo N°5 adjunto, correspondiente a uno o más integrantes de la Unión, lo cual deberá constar en el informe de adjudicación.
Para la evaluación de la experiencia del oferente se considerará 2 aspectos:
B.1.Experiencia en montos totales ejecutadas 50%
B.2. Experiencia en cantidad total de obras ejecutadas 50%
B.1. Experiencia en montos totales ejecutados. (50%)
Se evaluará la sumatoria de proyectos de Obras de construcción, mejoramiento o mantenimiento de espacios públicos,, ejecutadas en Chile, ejecutadas en Chile, dentro de los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de propuestas, debidamente acreditadas y declaradas en el anexo Nº5, según la siguiente fórmula:
Se calificará con nota máxima (100 puntos) al oferente cuyo monto total de proyectos ejecutados sea igual o mayor a $300.000.000, para los montos menores se aplicará la siguiente fórmula.
Con todo, los proyecto que se evaluarán serán únicamente los que tengan un valor igual o superior a $40.000.000.
Puntaje = Monto Total de proyectos ejecutados x 100
$300.000.000.-
B.2. Experiencia en cantidad total de obras ejecutadas. (50%)
Se evaluará la cantidad de obras en Obras de construcción, mejoramiento o mantenimiento de espacios públicos,, ejecutadas en Chile, dentro de los últimos 5 años contados hacia atrás desde la fecha de cierre de propuestas, debidamente acreditados, declarados en el anexo N°5, según la siguiente fórmula:
Se evaluará la experiencia en cantidad de proyectos ejecutados por sobre $60.000.000 conforme la siguiente tabla:
Se calificará con nota máxima (100 puntos) al oferente cuya cantidad de proyectos ejecutados sea igual o mayor a 5. Para cantidades menores se aplicará la siguiente formula.
Puntaje = Cantidad de proyectos ejecutados x 100
5
Para el cálculo de la nota final de la Experiencia se aplicará la siguiente fórmula:
Pje EO = (EM (50%) + CE (50%))
Donde:
Pje EO = Sumatoria puntajes ponderados “Experiencia del Oferente”
EM = Puntaje “Experiencia en montos”
CE = Puntaje “Cantidad de Experiencia”
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50%
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