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Resolución de Empates |
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En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más
proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de
resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Precio.
En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el
criterio PROPUESTA DE PRODUCTOS..
De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio EXPERICIA DEL OEFRENTE.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en
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Adjudicación
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los
términos descritos en las presentes bases.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad comp
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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A considerar |
1.- Las ofertas serán recepcionadas solo a través de Mercado Público.
2.- La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica, según fechas establecidas.
3.- Deberá entregar la mayor cantidad de detalles del productos, implemetación y materiales ofertados, a fin de determinar si corresponde a lo requerido, con una ficha técnica, según indica criterio.
4.- Se realizará la evaluación dentro de los parámetros establecidos en las bases.
5.-La licitación podrá declararse adjudicada con posterioridad a la fecha referencial estipulada en las
bases.-
6.- Una vez adjudicada la licitación pública, se procederá al envío de la respectiva Orden de Compra y desde la aceptación por parte del proveedor comienza a transcurrir el plazo de entrega indicado por el proveedor. En caso que la Orden de Compra no sea aceptada en un plazo de 24 horas, según indica la normativa vigente se solicitará el rechazo.
7.-El monto DISPONIBLE adjudicar es de $5.295.500, con impuesto y despacho incluidos, si la oferta supera el monto DISPONIBLE se declarará inadmisible.
8.- Se considera admisible las ofertas que presentan la totalidad de los ítem a través de una cotización formal, en el caso contrario la propuesta se declara inadmisible.
9.- La adjudicación de los productos será a 1 solo proveedor. El oferente que no cumpla con todos los
ITEMS solicitados, será declarado inadmisible.
10.- El oferente que no indique plazo de entregas, será declarado inadmisible.
11.- El cumplimiento de las obligaciones contractuales del equipo de trabajo es de responsabilidad de cada oferente de modo que la I. Municipalidad de Quilpué no asumirá responsabilidad por el incumplimiento de
estas obligaciones.
12.- El oferente debe de realizar la actividad conforme a lo establecido en las bases técnicas.
13.- Debe de adquirir y proveer de materiales necesarios para el adecuado desarrollo de la actividad.
14.- Es responsabilidad del adjudicatario proveer el Recurso Humano necesaria para ejecutar
correctamente esta actividad y efectuar el adecuado cumplimiento de los productos solicitados.
15.- Los productos establecidos en la base técnica deben ser ejecutados dentro del plazo establecido.
16.- La difusión de la actividad estará a cargo de la Unidad Técnica Municipal.
17.- Serán de cargo del oferente todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de su Oferta. La I. Municipalidad no será responsable ni deberá indemnización alguna por dichos costos,
independientemente de la forma como se lleve a cabo el proceso de licitación o su resultado.
18.- La Oferta Económica debe incluir todo lo necesario para la correcta ejecución de los servicios de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, incluyendo los elementos requeridos. A falta de mención expresa sobre el particular y no habiéndose solicitado aclaraciones, deberá incluir todos los aspectos necesarios para la correcta ejecución de los servicios objeto de esta licitación, las cuales se entenderán
incorporadas a las Bases Técnicas y de dominio de los oferentes.
19.- La programación y requerimientos podrán ser ajustados, según los imprevistos que puedan ocurrir previos y durante el desarrollo de la actividad solicitada. Por lo mismo, quien adjudique debe mantenerse coordinado permanentemente con la contraparte municipal.
20.- El oferente que sea adjudicado para desarrollar la actividad deberá coordinarse con la Unidad Técnica Municipal, para lo que debe esperar que éste realice el contacto una vez sea emitida y aceptada la orden de compra.
21.- La evaluación será revisada por la unidad técnica Desarrollo Económico Local.
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