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PLAZO EXTRAORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DEL OFERENTE. |
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Luego del cierre de las ofertas y durante el período de evaluación de las mismas, la Municipalidad de Quilpué podrá requerir a los proponentes la presentación de certificaciones o antecedentes requeridos en los “Antecedentes del Oferente” que hayan omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal de presentación será de 25 horas, contadas desde el requerimiento respectivo realizado por la Municipalidad, el que se informará a través del sistema Mercado Público.
Si el oferente no presenta la documentación faltante y/o no salva las omisiones requeridas en el plazo señalado, su oferta será declarada inadmisible por falta de presentación de los antecedentes solicitados.
Antes de la hora y fecha del cierre de la licitación, informada en el cronograma, los proponentes deberán ingresar sus ofertas al portal www.mercadopublico.cl, en formato digital, clasificando estos en tres anexos denominados: “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”, “ANEXOS TÉCNICOS” y “ANEXOS ECONÓMICOS”.
La presentación de todos los antecedentes del oferente dentro del plazo extraordinario, será evaluado con nota 0, conforme lo indicado en la pauta de evaluación.
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Resolución de Empates |
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En caso de empate de puntajes entre dos o más oferentes en el primer lugar, el que presente una OFERTA ECONÓMICA menor será el adjudicado. Si luego de aplicar la regla anterior subsiste el empate, el segundo criterio de desempate corresponderá a la EXPERIENCIA DEL OFERENTE, por lo tanto, quien obtenga en el mayor puntaje en experiencia del oferente será el adjudicado. De persistir el empate, se decidirá conforme quien tenga CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES y luego por el PACTO DE INTEGRIDAD O CUMPLIMIENTO NORMATIVO COMPILANCE.
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Y PROHIBICIONES |
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Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que las Bases y el contrato impongan al proveedor, éste deberá, además:
1. Someterse a la fiscalización e instrucciones que disponga la Unidad Técnica, a fin de comprobar el desarrollo del servicio y su eficiente ejecución.
2. El contratante deberá dirigir, ejecutar, y dar cumplimiento al objeto contratado, ciñéndose estrictamente a las especificaciones, normas impartidas y a su propia oferta.
3. Proveer de todos los recursos necesarios para la correcta ejecución del servicio requerido, de acuerdo a lo previsto en su oferta y Especificaciones Técnicas.
4. Todos los equipos, materias primas, útiles, traslado de materiales o personal de mano de obra y en general, todo insumo necesario para la ejecución del contrato de la presente Licitación, serán de cargo exclusivo del Proveedor.
5. El Proveedor no puede ceder el contrato.
6. El proveedor no podrá condicionar en caso alguno el cumplimiento del contrato a circunstancias que no digan relación con la presente licitación.
7. El proveedor asume, dentro del valor de la oferta, todos los riesgos e imponderables de la correcta ejecución del contrato, aún si ello significa un mayor costo que el originalmente previsto, cualquiera sea
su origen, naturaleza o procedencia, sin poder solicitar al mandante reajuste, indemnización o suma alguna de dinero.
8. El proveedor queda sujeto a las disposiciones del Código del Trabajo, y en general, a toda la legislación laboral y previsional vigente y a la que se pueda dictar en el futuro sobre estas materias, siendo de su exclusiva responsabilidad su observación y cumplimiento
9. Será responsabilidad del adjudicatario velar por mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores de Chile Compra.
10. El adjudicatario deberá contemplar el traslado a disposición final en “Relleno Sanitario Cordillera, Quillota”, de los escombros/basura o elementos voluminosos que se retire en la ejecución de los trabajos.
11. La jornada de trabajo diaria para el arriendo de maquinarias será de 8 horas, de 8:30 a 17:30 y por un periodo de 15 días hábiles (3 semanas). Dentro de esa jornada continua, se debe conceder una hora de colación (14:00-15:00) y el adjudicatario debe proveer la alimentación correspondiente a sus trabajadores.
12. El Proveedor deberá contratar a su costo, cobertura civil estándar, el cual protege a individuos o empresas frente a la obligación de indemnizar a terceros por daños o perjuicios que hayan causado. Dicha cobertura deberá comenzar una vez aceptada la Orden de Compra.
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PLAZO DE EJECUCIÓN |
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- La entrega deberá de ser en días hábiles con un tope máximo de 3 días.
- La entrega es de la totalidad de los productos en bodega de operaciones, ubicada en Las Rosas #523, Quilpué. La jornada de trabajo diaria para el arriendo de maquinarias será de 8 horas, de 8:30 a 17:30 y por un periodo de 15 días hábiles (3 semanas).
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MULTAS |
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a. POR INCUMPLIMIENTO EN LAS OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES
- En el evento que el proveedor incurriere en incumplimientos de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la cláusula 20 de las presentes Bases Administrativas, deberá pagar una multa ascendente a 1 U.T.M por cada hecho.
b. POR ATRASO EN EL INICIO DE ENTREGA O REEMPLAZO DE EQUIPO
- Por cada día de atraso respecto de la fecha establecidas para la entrega de las maquinarias o para su reemplazo, el contratista deberá pagar una multa de 5% del monto total contratado.
TOPE DE APLICACIÓN DE MULTAS
Con todo, el tope máximo de aplicación de multas será el equivalente al 20% del monto total contratado, debiendo la Municipalidad de Quilpué podrá poner término anticipado al contrato por causa imputable al proveedor, en caso que se supere el monto señalado.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS.
Para la aplicación de las multas la Unidad Técnica deberá, previamente, comunicar mediante informe fundado dicha circunstancia al proveedor, quien tendrá un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante la Unidad Técnica, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el párrafo anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente multa por medio de Decreto Alcaldicio.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido, la Unidad Técnica tendrá un plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de los antecedentes para rechazarlos o acogerlos.
En caso de rechazo de los descargos la Unidad Técnica deberá remitir el informe fundado de aplicación de la multa a la Dirección de Asesoría Jurídica para efectos de dictar el Decreto Alcaldicio respectivo.
Las multas serán aplicadas por la Municipalidad de Quilpué, mediante Decreto Alcaldicio el que será notificado personalmente o bien mediante el despacho de carta certificada, conforme lo prevé el artículo 46 de la ley 19880.
El monto de las multas será rebajado del pago que la Municipalidad de Quilpué deba efectuar al proveedor en el estado de pago siguiente al notificado del cobro de la multa al proveedor y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará en el siguiente estado de pago correspondiente.
Si aún quedase un saldo por recuperar de multa, se procederá mediante cobranza judicial por parte de la Municipalidad de Quilpué.
Para estos efectos, se considerará el valor de la UTM vigente al momento de efectuar el pago.
Con todo, el cálculo de las multas, será descontado proporcionalmente a los aportes o financiamiento del monto contratado.
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RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS |
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La Unidad Técnica será la encargada de la recepción de los servicios objeto de la presente Licitación, a través de un acta de recepción conforme final del servicio.
Esta inspección y supervisión no libera al contratante de sus obligaciones.
La Unidad Técnica podrá en cualquier momento, fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del contratante, para lo que podrá requerir todos los antecedentes y documentos que estime pertinentes, los que deberán ser entregados por la Unidad Técnica.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que, contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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