Plazo de Entrega |
El plazo de entrega de los productos, comenzará a contarse desde la formalización de la contratación y hasta la entrega de la totalidad de los productos en bodega municipal, ubicada en Profesor Zepeda N°8, sector Guayacán, Coquimbo.
Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, defectuosos, con problemas en sus envoltorios, que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.
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Sanción en caso de incumplimiento por parte del proveedor |
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones:
Una sanción pecuniaria del 2,5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega de los productos sea hasta 5 días hábiles imputables al proveedor.
Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega de los productos sea mayor a 5 días hábiles imputables al proveedor.
Una sanción pecuniaria del 2,5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando el proveedor no entregue la totalidad de los productos.
Esta sanción comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra.
En caso que el proveedor no acepte la orden de compra en el plazo de 48 horas posteriores a su emisión, se procederá a aplicar la sanción a contar desde este plazo señalado.
Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se elaborará el decreto que apruebe el pago total. Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho a apelación, se procederá a aplicar la sanción.
Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un Reclamo ingresado en la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, se notificará al proveedor de la sanción aplicada a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta
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Término Anticipado |
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
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Antecedentes Administrativos |
Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos de la ley Nº 19886 y su reglamento.
En conformidad con el artículo 4° de la Ley N°19.886, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta.
Asimismo, el mismo artículo 4° establece que no se podrá suscribir contratos con los funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco (letra b) artículo 54 ley N°18.575), ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionista, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Los proveedores interesados en participar en la presente licitación deberán adjuntar en su oferta certificado de la autoridad competente que permita acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada Simple que se adjunta a la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Compras Públicas de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Los oferentes interesados en presentar propuestas en la presente licitación, deberán ingresar los siguientes documentos, antes de la fecha de cierre indicada en el calendario oficial:
- Formulario Identificación del Oferente, según formato adjunto a la licitación.
- Formulario Declaración Jurada, según formato adjunto a la licitación.
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Antecedentes Técnicos |
Los oferentes interesados en participar en la presente licitación deberán ingresar los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos obligatorios y aquellos que permitan realizar la evaluación de sus ofertas, las ofertas que no contengan las fichas técnicas de los productos ofrecidos serán declaradas inadmisibles
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Antecedentes Económicos |
Los oferentes interesados en presentar propuestas en la presente licitación, deberán ingresar el Formulario Oferta Económica según formato adjunto, antes de la fecha de cierre indicada en el calendario oficial. Asimismo deberán ingresar el valor neto de lo ofertado a través del portal www.mercadopublico.cl, La oferta (s) que excedan del monto presupuestado disponible se declararán inadmisible por encontrarse fuera de bases, de igual forma se declararán inadmisibles las ofertas que no contengan la totalidad de los productos requeridos por el municipio (no se evaluará por línea de productos, sino por el total de requerimiento realizado por el municipio)
Formulario Oferta Económica, según formato adjunto a la licitación.
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Evaluador de la Licitación |
Desígnese como evaluador del proceso a D. Pilar Montenegro Castillo, Rut N° 8.780.900-5, Encargada del Centro de Costo o quien la subrogue en su cargo.
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Consultas y Aclaraciones |
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases
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Aclaración de las Ofertas |
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Evaluación de las Ofertas |
El estudio de las ofertas será realizada por la persona designada en Clausula Evaluador de la Licitación, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quien, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
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Consideración al Evaluar |
Se evaluará a los oferentes que oferten la totalidad de los productos por tratarse de una adjudicación simple.
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Obligación del evaluador |
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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Puntaje mínimo de Adjudicación |
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
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Adquisición de la Propuesta |
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el primer lugar en la evaluación respectiva, y cumpla con los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación.
Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente para formalizar la contratación, se emitirá la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío.
El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente o en estado hábil en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor.
En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
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Adjudicación de la Propuesta |
El funcionario designado como evaluador propondrá adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje, lo que se informará a través del portal www.mercadopúblico.cl una vez tramitado el Decreto Exento de adjudicación. Cuando el oferente adjudicado no se encuentre inscrito o vigente en Registro Proveedores, se le entregará un plazo de 24 horas para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Registro Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor. En el caso que el oferente no realice esta regularización se podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
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Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación |
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es gareyunaa@municoquimbo.cl.
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Modificación del Contrato |
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra. En todo caso cuando se trate de una modificación en el monto ésta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado.
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Responsable de la Relación Contractual |
Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad de la encargada de la Unidad de Protección Social, D. Yocelyn Codoceo Varas, ycodoceov@municoquimbo.cl, 994094320. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.
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Contacto del Oferente |
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente
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Forma de Pago |
El proveedor adjudicado podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los productos y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la última factura en Bodega Municipal. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor.
Responsable del pago es la Dirección de Administración y Finanzas; Email; daf@municoquimbo.cl.
El proveedor adjudicado de manera obligatoria deberá remitir copia de la (s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl
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Lugar entrega de productos |
Los productos deberán ser entregados en la Bodega Municipal, ubicada en calle Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo. Cualquier modificación de domicilio será comunicada oportunamente.
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Flete |
El valor del flete de los productos será de costo del proveedor, considerando también cuando se deban realizar devoluciones de los productos por garantía o por no cumplir con las características solicitadas.
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Plazos para Devolución de Factura |
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c.
que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
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