Licitación ID: 2446-149-LE20
Licitación Pública N° 79/2020 “MTT 2020 HABILITACION CRUCES PEATONALES TIPO CRUCE TOKIO, COMUNA DE COQUIMBO”.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 427
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
“MTT 2020 habilitación Cruces Peatonales tipo Cruce Tokio, Comuna de Coquimbo”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licitación Pública N° 79/2020 “MTT 2020 HABILITACION CRUCES PEATONALES TIPO CRUCE TOKIO, COMUNA DE COQUIMBO”.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar la “MTT 2020 habilitación Cruces Peatonales tipo Cruce Tokio, Comuna de Coquimbo” “, la iniciativa contempla la modificación de semáforo, señalética y demarcación de los cruces de Aldunate – Alcalde, Aldunate - Portales, Aldunate – Las Heras, Aldunate – Henríquez, Varela – Portales, Borgoño – Costanera, para implementación de cruce en diagonal para distanciamiento de peatones. La nueva programación de los semáforos debe ser revisadas por la UOCT previo a su implementación, así como la recepción queda condicionada a la aprobación de la UOCT. Los Sres. Contratistas deberán considerar todas las partidas e ítems indicados en las especificaciones técnicas, itemizado y todo antecedente que forme parte de esta licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
A CONVENIR
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-11-2020 11:59:00
Fecha de Publicación: 27-10-2020 12:53:35
Fecha inicio de preguntas: 28-10-2020 9:00:00
Fecha final de preguntas: 02-11-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-11-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-11-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-11-2020 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 10-12-2020 9:22:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- DOCUMENTOS ANEXOS ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO WWW.MERCADOPÚBLICO.CL 5.1. Administrativo: a) FORMULARIO N° 1: Identificación del oferente, según anexo que se adjunta. b) Fotocopia Simple de la Cédula de Identidad o R.U.T., según se trate de persona natural o jurídica. c) FORMULARIO Nº 2: Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del proyecto y terreno. d) FORMULARIO N° 3: Declaración Jurada Simple, en que el oferente declare cumplir con lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, según Anexo que se adjunta. ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopúblico.cl
2.- De los Oferentes: Sólo podrán participar en la Licitación las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. Podrán participar personas naturales o jurídicas, que podrán formar equipos profesionales multidisciplinarios entre arquitectos, ingenieros civiles y otros profesionales afines; Asimismo podrán participar dichas personas, tanto naturales como jurídicas, bajo la modalidad de Unión Temporal, según lo que dispone el 67 bis del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda. En caso que el proponente corresponda una Unión Temporal de Proveedores (UTP) si se tratase de licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, como la presente licitación, el proponente, deberá presentar la escritura pública en la que conste el acuerdo de Unión Temporal. Asimismo, deberán presentar certificados de vigencia de las sociedades que conformen la UTP, extendidos por el Conservador de Bienes Raíces y en conformidad con el Registro de Comercio, con una antigüedad no superiora 30 (treinta) días a contar de la fecha de cierre del plazo de recepción de las ofertas. Al momento de la firma del contrato, el contratista deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de la Plataforma electrónica Mercado Público. El oferente que no esté inscrito en este registro estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 15 días corridos desde la adjudicación. Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopúblico.cl
Documentos Técnicos
1.- OFERTA TÉCNICO - ECONÓMICA ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO WWW.MERCADOPUBLICO.CL 5.2. Técnicos: El plazo del requerimiento, corresponde al plazo real en el cual la (s) empresa (s) deberá realizar el proyecto, de no cumplir con el plazo ofertado, el cual comenzará a regir desde la fecha del Acta de Inicio, extendido por el responsable técnico del proyecto, se aplicarán las sanciones correspondientes. a) Para determinar la experiencia, se deberá publicar Certificados de trabajos similares, emitidos por una empresa Pública o Privada, también se considerará como experiencia órdenes de compras, contratos y facturas. La no presentación dejará sin puntaje en el cuadro de evaluación. Sólo se considerarán los certificados, ordenes de compras, contratos y facturas que sean emitidos a contar del año 2011 en adelante. ANTECEDENTES QUE SE REQUIEREN Y QUE DEBEN PUBLICARSE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO www.mercadopúblico.cl
 
Documentos Económicos
1.- No será motivo de declarar Fuera de Bases a las empresas oferentes, cuyas ofertas sean superiores al monto oficial del proyecto, sino que será considerado para posterior análisis de Evaluación de parte de la Comisión Evaluadora.
2.- 5.3. Económico: Las Ofertas en Valor Neto, deberán ingresarse al Portal www.mercadopublico.cl antes de la fecha de cierre indicada en el calendario oficial. a) FORMULARIO N° 4: Formato de Oferta, según anexo que se adjunta. b) Presupuesto detallado. NOTA: Los oferentes podrán anexar cualquier otra información relevante para el análisis de sus ofertas en virtud del requerimiento licitado, si es que hubiere. Por otra parte los oferentes que no publiquen sus ofertas, de acuerdo a lo solicitado en los puntos 5.1, 5.2 y 5.3, sus ofertas serán DECLARADAS INADMISIBLES. No será motivo de declarar Fuera de Bases a las empresas oferentes, cuyas ofertas sean superiores al monto oficial del proyecto, sino que será considerado para posterior análisis de Evaluación de parte de la Comisión Evaluadora.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Corresponde al porcentaje (%) de comportamiento contractual informado por www.mercadopúblico.cl en ficha de proveedor. Proveedor no registra reclamos en Mercado Público, durante los últimos 6 meses: 10 puntos. Proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público, durante los últimos 6 meses: 5 puntos. Proveedor registra 5 o más reclamos en Mercado Público, durante los últimos 6 meses 0 puntos. 5%
2 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA OFERENTE Experiencia de la Empresa, se acreditará con la presentación de Certificados de trabajos similares, emitidos por una empresa Pública o Privada, también se considerará como experiencia órdenes de compras, contratos y Facturas. Sólo se considerarán los certificados, ordenes de compras, contratos y facturas, que sean emitidos a contar del año 2011 en adelante. Se evaluará con nota máxima a las empresas que publiquen 10 ó más documentos que consten de la experiencia acreditar. Los oferentes que acrediten menos experiencia, serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 10 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : mayor cantidad de certificados de recepción Oi : Oferta del oferente i 20%
3 PRECIO Se evaluará con nota máxima al oferente con menor monto. Los demás oferentes serán evaluados de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 10 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : monto del oferente i Oi : menor monto ofertado 35%
4 PRESUPUESTO POR PARTIDA i. Se asignará el puntaje máximo de 10 puntos al Oferente que presente el presupuesto más completo que asegure la correcta y completa ejecución de la labor licitada. ii. Se asignará puntaje de 8 puntos al segundo presupuesto mejor evaluado. iii. Se asignará puntaje de 5 puntos al resto de los presupuestos evaluados. 10%
5 PLAZO Se evaluará con nota máxima al oferente con menor plazo. Los demás oferentes serán evaluados de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 10 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : plazo del oferente i Oi : menor plazo ofertado El Plazo ofertado debe ser en días corridos, quienes oferten en días hábiles serán evaluados con 0 puntos. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PMU-SUBDERE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: JAIME MUÑOZ ALFARO
e-mail de responsable de pago: jmunoz@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: NICOLE GUAJARDO
e-mail de responsable de contrato: nguajardoc@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2335328-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I.Municipalidad de Coquimbo
Fecha de vencimiento: 31-08-2021
Monto: 5 %
Descripción: El Contratista”, dentro de un plazo de 10 días corridos desde la fecha de emisión de la Orden de Compra y previa al Acta de inicio de los trabajos, deberá entregar una Garantía, por el monto equivalente al 5% del monto contratado, a favor de la Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5 cuyo objetivo es garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del proyecto “MTT 2020 Habilitación Paraderos Diferidos, Comuna de Coquimbo”, de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695. Esta garantía tendrá una vigencia equivalente al plazo de ejecución del proyecto, más 6 meses.
Glosa: Deberá decir para garantizar el Fiel y Oportuno Cumplimiento del proyecto “MTT 2020 habilitación Cruces Peatonales tipo Cruce Tokio, Comuna de Coquimbo”.
Forma y oportunidad de restitución: Dicha garantía, tendrá una validez igual al tiempo de ejecución de la obra (que se contabiliza desde Entrega de Terreno hasta Recepción Provisoria de Obras), más 6 meses. La garantía será devuelta al contratista a su solicitud, una vez que se haya emitido la Recepción Definitiva de la obra, tramitada y el Decreto Alcaldicio que aprueba dicha Recepción. En el evento que se autoricen aumentos de plazo el contratista deberá renovar la Garantía de modo de cubrir el período comprendido en el aumento de plazo otorgado. Si transcurrido los 10 días que se hace mención en este numeral, no se ha entregado la Garantía correspondiente, la Municipalidad, si así lo determina, queda facultada para poner término al contrato de forma unilateral y sin forma de juicio. RECOMENDACIÓN: Se recomienda que la Garantía, por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, sea tomada por 2 meses más adicionales a los 6 meses, plazo que cubre inconvenientes, como, por ejemplo, demora en proceder a levantar el Acta de Entrega de Terreno, posibles ampliaciones de plazo, tramitación del decreto que aprueba Recepción Provisoria u otros.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Aclaraciones a las Ofertas - FORO INVERSO
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
READJUDCACION
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas.
Resolución de Empates

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación “Plazo”. Si aún continúa el empate, se decidirá por quien obtenga mayor puntaje en el criterio experiencia.

FORMA DE PAGO

El proyecto se cancelará mediante estados de pagos por avance físico, previa presentación de la factura respectiva.

DOCUMENTOS A ENTREGAR

La presentación de la documentación para generar el estado de pago, deberá cumplir con las siguientes formalidades:

a. Factura extendida a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, Rut. Nº 69.040.300-5, domiciliada en calle Bilbao N°348, Coquimbo.

b. Estado de pago, el cual debe contemplar la ejecución completa del trabajo realizado, valorización de acuerdo al presupuesto ofertado.

c. Carátula de solicitud de Estado de Pago, que consigne fecha de inicio y corte del estado de pago correspondiente.

d. Nómina de trabajadores que se han desempeñado durante la ejecución del proyecto.

e. Fotocopia de Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra.

f. Set de seis Fotografías, que muestren el avance de la obra.

g) Certificado de Cumplimiento Favorable, emitido por la Unidad Técnica.

h) Certificado de Antecedentes Laborales de la Dirección Provincial del Trabajo, del Contratista, sin observaciones.

i) Si el contratista subcontratara parcialmente las obras, se exigirá Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección Provincial del Trabajo y la planilla de imposiciones previsionales canceladas correspondientes a los trabajadores del subcontratista.

Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial, que indique que no tiene partidas subcontratadas.

Una vez recibida la documentación completa exigida en el presente artículo, la Unidad Técnica procederá a su revisión con el fin de verificar su veracidad. Una vez finalizada conforme la revisión de los antecedentes se procederá a dar el visto bueno para que el Contratista proceda a emitir la Factura correspondiente. El Contratista, con toda la documentación aprobada, deberá hacer entrega de ella junto con la factura a la Unidad Técnica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, Rut 69.040.300-5, dirección Calle Bilbao Nº 348, Coquimbo.

DESCUENTOS

Del estado de pago se restarán los valores que correspondan a multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato.

Consultas y Aclaraciones

Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, la que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.

Evaluación de las Ofertas
El estudio de las ofertas será realizada por la Comisión Evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará una propuesta, aplicando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que deberá ser por resolución fundada. La Comisión Evaluadora podrá rechazar todas las ofertas, previa conformidad del Mandante, cuando ninguna de ellas satisfaga el propósito de la Propuesta o cuando sea evidente que no ha existido competencia o haya habido colusión.
Adjudicación de la Propuesta
La Comisión Evaluadora designada mediante decreto exento, propondrá la adjudicación de la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje. Se informará a través del portal www.mercadopúblico.cl una vez tramitado el Decreto Exento de adjudicación. Cuando el oferente adjudicado no se encuentre inscrito o vigente en Chile Proveedores, se le entregará un plazo de 24 horas para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra. En el caso que el oferente no realice esta regularización se podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
Del Plazo
El plazo será ofertado por la empresa oferente y éste empezará a regir a contar del Acta de Inicio del proyecto en cuestión. El Municipio podrá aumentar el plazo para la ejecución del contrato, previa solicitud del contratista, en los siguientes casos: a) Fuerza Mayor. b) Modificación de contrato por aumento de obras. c) Situación ajena al contratista que afecte en forma directa el avance de las obras comprobada por la unidad técnica responsable, situación que no dará derecho al contratista a ser indemnizado por el municipio. d) Cuando exista un trámite que esté pendiente no atribuible al Contratista. Toda petición de aumento de plazo deberá formalizarse por escrito ante la Unidad Técnica hasta 5 días antes del término legal de la ejecución de la obra indicado en el contrato respectivo. Pasado este periodo no se aceptará justificación alguna, el aumento de plazo se sumará al término del plazo ofertado.
Del Contrato
La adjudicación se efectuará mediante Decreto Exento, con resolución fundada, para lo cual se emitirá una Orden de Compra a través de la Plataforma Mercado Público www.mercadopúblico.cl, la cual deberá aceptarla el oferente. La Relación Contractual, se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del Decreto Supremo 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
RECEPCION
Una vez terminados los trabajos, el contratista deberá solicitar por escrito la recepción al ITO, quien deberá verificar dicho término y fiel cumplimiento del proyecto. Dicha recepción estará condicionada a la nueva programación de los semáforos su revisión por la UOCT previo a su implementación, así como la recepción queda condicionada a la aprobación por parte de la UOCT.
DE LOS SUBCONTRATOS
En el caso que el Contratista Adjudicado efectúe algún tipo de Subcontratación deberá regirse por lo establecido para tal efecto en la Ley N°20.123, que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación. Además, deberá informar a la Inspección Técnica con anticipación las partidas que estima subcontratar y entregar así los contratos emitidos para tal efecto con el subcontratista. El contratista, deberá mantener en obras, antecedentes de las subcontrataciones realizadas (contratos), en especial información referente la contratación de mano de obra.
AUMENTOS DE CANTIDADES DE OBRAS Y MODIFICACIONES DE CONTRATOS
La Unidad Técnica podrá proponer modificaciones al contrato. El Alcalde, en base a los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas, las partes deberán suscribir un contrato modificatorio, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. Se deja establecido, que el Contratista a solicitud del mandante deberá presentar un Presupuesto el que deberá ser aprobado por el ITO.
DE LA INSPECCION TECNICA Y EL PROFESIONAL A CARGO DE LA OBRA
El Inspector Técnico es el funcionario o profesional a quien el Municipio encomienda la supervisión de la ejecución de una obra. La responsabilidad de la ITO se refiere a fiscalizar un contrato de construcción y consiste en hacer cumplir todo lo establecido en los planos, especificaciones técnicas, y todo documento que forme parte del proyecto, en los plazos previstos, con materiales de la calidad definida y con una ejecución e instalación ajustada al contrato, normas y reglamentos pertinentes. Serán funciones de la ITO: • Verificar que el Contratista cumpla con los aspectos Normativos, Legales y de Seguridad que rigen las obras de edificación. • Efectuar el control administrativo del contrato correspondiente. • Realizar el control técnico de las construcciones correspondientes. Cabe tener presente que la labor de supervisión que ejerce la ITO no libera al contratista de la responsabilidad contractual y técnica que le cabe como constructor de la obra, y su labor no constituye en ningún caso, dirección ni aprobación. En el caso que el inspector técnico titular de la obra se encuentre con permiso, licencia médica o haciendo uso de feriado legal, deberá ser otro inspector técnico, con responsabilidad administrativa, que se encuentre en funciones a la fecha, quien quede a cargo a fin de resolver situaciones puntuales o tramitar estados de pagos, ante la ausencia del I.T.O. Titular.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Para la buena gestión de tránsito en las vías intervenidas y la seguridad de la ejecución de las obras, se contempla las siguientes acciones a ser cumplidas por el contratista: a) Será de responsabilidad y costo del contratista la tramitación de permisos y autorizaciones de intervención de la red de señalizaciones de tránsito vigentes en la ciudad de Coquimbo. b) Antes de la instalación de las señales, están deberán ser visadas por el ITO en cuanto a calidad de los materiales componentes, cumplimiento de las E.T. en la propia elaboración de las señales, emplazamiento, etc. c) Las obras adicionales o complementarias, indicadas en el presente documento, deben ser consideradas obligatorias de ejecutar por el contratista, por lo tanto, deben ser incluidas en el presupuesto y la oferta económica correspondiente. d) Será de costo y responsabilidad del contratista la mantención de la operatividad segura del cruce intervenido, además de la seguridad del personal de la obra y de los usuarios de la vía, tanto peatones como móviles, mientras duren las obras en la vía. e) Las Partidas y Cubicaciones consideradas en el presupuesto detallado presentado por el contratista en su oferta técnica, deben ser las necesarias para construir la totalidad de las obras establecidas para este proyecto. Según las indicaciones establecidas en la presente memoria y las especificaciones técnicas del proyecto. El contratista no podrá reclamar por razones de deficiencia en el cálculo de las cubicaciones de obra o de partidas no contempladas en el itemizado de presupuesto que forma parte del presente expediente técnico de licitación, con el fin de solicitar ampliaciones de obra o el pago de partidas no consideradas en el presupuesto. f) Se contempla que las señales correspondan al tamaño asociado a una velocidad de 60 kms./hr. g) El sistema de soporte a instalar será un poste Omega acero galvanizado de 2,5 mm. de espesor y 3,0 m. de longitud total. h) Para la construcción de la señal, el contratista deberá dar cumplimiento a las especificaciones técnicas establecidas en el documento Señales Verticales, Instructivo de aplicación. Vol III: Recomendaciones de Instalación y Especificaciones, del MOP, Dirección de Vialidad, Departamento de Seguridad Vial. i) La imagen de la señal de tránsito deberá llevar como revestimiento anti vandálico una película de material traslúcido, que permita la fácil limpieza y retiro de pintura aerosol o en base de otros compuestos químicos. El ITO deberá autorizar previamente el material a utilizar. j) En general, las obras deberán ser recibidas por el ITO, en cumplimiento de las normas y reglamentos vigentes.
Forma de Pago
El proyecto se cancelará mediante estados de pagos por avance físico, previa presentación de la factura respectiva. DOCUMENTOS A ENTREGAR La presentación de la documentación para generar el estado de pago, deberá cumplir con las siguientes formalidades: a. Factura extendida a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, Rut. Nº 69.040.300-5, domiciliada en calle Bilbao N°348, Coquimbo. b. Estado de pago, el cual debe contemplar la ejecución completa del trabajo realizado, valorización de acuerdo al presupuesto ofertado. c. Carátula de solicitud de Estado de Pago, que consigne fecha de inicio y corte del estado de pago correspondiente. d. Nómina de trabajadores que se han desempeñado durante la ejecución del proyecto. e. Fotocopia de Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra. f. Set de seis Fotografías, que muestren el avance de la obra. g) Certificado de Cumplimiento Favorable, emitido por la Unidad Técnica. h) Certificado de Antecedentes Laborales de la Dirección Provincial del Trabajo, del Contratista, sin observaciones. i) Si el contratista subcontratara parcialmente las obras, se exigirá Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección Provincial del Trabajo y la planilla de imposiciones previsionales canceladas correspondientes a los trabajadores del subcontratista. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial, que indique que no tiene partidas subcontratadas. Una vez recibida la documentación completa exigida en el presente artículo, la Unidad Técnica procederá a su revisión con el fin de verificar su veracidad. Una vez finalizada conforme la revisión de los antecedentes se procederá a dar el visto bueno para que el Contratista proceda a emitir la Factura correspondiente. El Contratista, con toda la documentación aprobada, deberá hacer entrega de ella junto con la factura a la Unidad Técnica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, Rut 69.040.300-5, dirección Calle Bilbao Nº 348, Coquimbo.
Sanciones
En caso de incumplimiento del Contratista se aplicarán las siguientes sanciones: a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/000), por cada día de atraso en el término y entrega de la obra respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día del Acta de Entrega de Terreno. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato sin IVA, considerando todos sus aumentos, disminuciones, obras extras y no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. El atraso de una obra será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de Acta de Recepción Provisoria y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. b. Las instrucciones impartidas por el ITO deberán constar en el libro de obras y este otorgará un plazo al contratista para su cumplimiento. Vencido dicho plazo y no cumplido lo instruido, se aplicará una multa de 1 UTM diaria hasta que subsane el incumplimiento de la instrucción. c. Se aplicará una multa de 2 UTM por cada incumplimiento del contratista a las obligaciones que impone el contrato. La acumulación de las multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Para la aplicación de las multas, el ITO deberá notificar al Contratista, que tendrá un plazo de 5 días hábiles para emitir sus descargos a la Inspección Técnica. Con el mérito de los antecedentes, la Unidad Técnica (Secplan) resolverá de oficio respecto de su monto y aplicación. Las multas serán aplicadas por el ITO y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa.
Termino Anticipado
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
Jurisdicción de los tribunales
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.