|
Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
|
8.2. ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS |
|
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz de la visita a terreno o del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo.
Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. La Unidad Técnica podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.
Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas.
La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad.
Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte del contrato que se celebre.
Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista.
La Unidad Técnica se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
|
|
|
|
15.2. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LO OFERENTES |
|
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
|
|
|
|
DE LA ADJUDICACION |
|
La Unidad Técnica adjudicará en un plazo no superior a la vigencia de la oferta, la cual le será notificada al proveedor adjudicado a través del Portal.
Si el Adjudicatario, no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de firmar el contrato, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 15 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente.
Antes de la adjudicación, la Unidad Técnica se reserva el derecho a rechazar mediante declaración fundada todas las ofertas o dejar sin efecto el llamado a propuesta, sin tener por ello que indemnizar a los proponentes, sólo comunicando a estos los hechos que motivan su decisión.
La Unidad Técnica dictará el Decreto Alcaldicio de Adjudicación una vez que cuente con la aprobación de la propuesta por parte del Gobierno Regional de Coquimbo. Posteriormente, el Municipio emitirá la Resolución de Adjudicación en portal mercado público que informará a los oferentes en el portal, ya sea aceptación o rechazo de la adjudicación, etapa que concluirá con la suscripción del contrato respectivo y posterior emisión de la Orden de Compra electrónica.
La Unidad Técnica deberá publicar en el Portal el Acta de Evaluación y la respectiva Resolución de Adjudicación.
Se deja establecido en las presentes Bases, que de no cumplirse la fecha estimada de ADJUDICACION indicada en la Ficha de la respectiva Licitación www.mercadopúblico.cl, se deberá dictar la Resolución Fundada, justificando el motivo de su prolongación y a la vez proceder a la modificación de la fecha indicada en la respectiva Ficha de Licitación, dando cumplimiento a la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Artículo 41 del Reglamento.
|
|
|
|
READJUDICACION |
|
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar, establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley 19.886 y su reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
|
|
|
|
ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO |
|
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
|
|
|
|
CONTRATO |
|
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia.
La adquisición de los camiones aljibes se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional.
El precio del contrato comprende el total de los camiones aljibes solicitados, que contempla el despacho, recepción, e inducción/capacitación si así se requiere, además de toda la documentación que permita el tránsito por las vías públicas.
El contrato de adquisición se redactará una vez adjudicada la licitación pública en el sistema de información www.mercadopúblico.cl , por lo cual la empresa adjudicataria, deberá acercarse a la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN), ubicada en calle Varela N° 1112, 10° piso, Coquimbo, una vez que sea notificado vía correo electrónico por la Unidad de Licitaciones, teniendo un plazo de 15 días hábiles para que en el mismo acto se proceda a firmar el respectivo contrato de adquisición; entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato, y Certificado de Antecedentes Laborales, que se encuentre vigente a la firma del contrato en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales, así como también, deberá entregar todo aquel documento que no se cataloga como requisito mínimo de admisibilidad expuesto en los Artículos 11.2 y 11.3 de las presentes Bases, tales como el manual de mantención, servicio post venta, manual del usuario, entre otros. Al momento de la entrega efectiva de los camiones aljibes, la empresa deberá hacer entrega de la documentación que permita la libre circulación del vehículo, entendiendo estos como seguro obligatorio, revisión técnica u homologación, inscripción del o los vehículos a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.UT. N° 69.040.300-5 y permiso de circulación.
En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 04 de junio de 2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende, la Unidad requirente responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato.
Una vez firmado el contrato, se dictará el Decreto que lo aprueba.
Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato.
El Contrato contendrá la aceptación de la propuesta y el compromiso por parte de la empresa de proveer los camiones aljibes que son materia del Contrato, de conformidad a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, Serie de Preguntas y Respuestas, Aclaraciones, y a cualquier otra exigencia establecida en las presentes Bases, documentos y antecedentes que se entienden, para todos los efectos, forman parte integrante del Contrato.
El contrato será redactado por la Unidad Técnica, representado por la Secretaría Comunal de Planificación, tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación y la oferta adjudicada.
Los plazos establecidos en el contrato, comenzarán a correr a partir de la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y el plazo de la entrega de los camiones comenzará a regir desde este plazo señalado.
Si por causa imputable al Adjudicatario el contrato no se suscribe dentro del plazo indicado precedentemente, la Municipalidad podrá readjudicar la propuesta al 2° lugar o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
|
|
|
|
DEL PAGO |
|
Se adoptará el sistema de Estados de Pagos por entrega. La forma de presentar la documentación en el estado de pago será en coordinación con la Inspección Técnica. La empresa proveedora presentará a la Inspección Técnica del Contrato, los siguientes antecedentes mediante Oficio conductor dirigido a la Directora de Aseo y Ornato, a fin de que el Inspector Técnico, una vez revisado y verificado que los antecedentes den cumplimiento al estado de pago, dirija por Nota Interna a la Secretaria Comunal de Planificación el pago por la adquisición de los camiones. Asimismo, será responsabilidad de la empresa proveedora para la tramitación del Estado de Pago adjuntar los siguientes antecedentes:
a. Carátula de solicitud de Estado de Pago, que consigne fecha de inicio del estado de pago correspondiente, Contrato, plazos, monto y garantía.
b. Set de Fotografías, que den cuenta de los camiones recepcionados, y que dé cumplimiento a lo estipulado en las especificaciones técnicas del proyecto, referente a gráficas del Gobierno Regional e I. Municipalidad de Coquimbo.
c. Certificado de Recepción Conforme o Cumplimiento emitida por la Inspección Técnica y el Jefe de Taller, conforme a lo establecido en el Artículo 18 de las presentes Bases, y a las Especificaciones Técnicas de la presente licitación que dé cuenta de la conformidad respecto a la recepción, capacitación si lo hubiere, garantías y mantenciones, como de su correcto funcionamiento, entre otros.
d. Fotocopia simple de los documentos de los camiones entregados, según se indica:
• Inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5
• Permiso de circulación
• Revisión Técnica
• Seguro Obligatorio
Una vez recepcionada la documentación precedentemente expuesta, la unidad de Licitaciones dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, procederá a tramitar el Estado de Pago para ser ingresado al Gobierno Regional de Coquimbo, quien dará el visto bueno para facturar. El plazo de pago es de 30 días desde ingresada la factura al Gobierno Regional de Coquimbo.
La Factura, deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Coquimbo, Rut 72.225.700-6, dirección calle Arturo Prat N°350, La Serena y ésta debe ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre informado al Gobierno Regional por parte de la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación y éste a su vez, quede libre de observaciones, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán para la entrega de la Factura. Dicho documento, deberá señalar “Gobierno Regional de Coquimbo compra para I. Municipalidad de Coquimbo”. En un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secplan adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: fperezg@municoquimbo.cl; cc a ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° de la ley 19.983.
Cumplido lo anterior, la empresa, si así lo requiere, está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá acompañar carta con dicha intención dirigida al Inspector Técnico, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmarla, es decir, la Secretaria Comunal de Planificación o quien la subrogue en el cargo.
Deberá entregar la copia cedible en el caso que no se factorice la factura.
La empresa deberá validar los siguientes puntos al momento de emitir la factura:
1. Verificar si el DTE fue recibido y aceptado por el SII.
2. Si el proveedor envió el archivo xml a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
3. Que en el Campo de Referencia 801 (Orden de Compra) quede sin completar.
En el caso que la empresa emita una factura antes que el Gobierno Regional de Coquimbo revise y apruebe los antecedentes de pago o incumpla en los puntos de validación antes mencionados, ésta, será rechazada por dicho organismo a través del SII, debiendo la empresa anular la factura y emitir una nueva cuando corresponda
|
|
|
|
FACTORING |
|
En la eventualidad que la empresa ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Inspección Técnica, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 22.2 de las presentes Bases en lo referente a la Aprobación del Estado de Pago por parte del Gobierno Regional de Coquimbo.
Solo cuando el Estado de Pago esté visado y autorizado para emisión de factura por parte del Gobierno Regional, la empresa deberá enviar carta al Inspector Técnico, la que deberá contener N° Factura, monto y nombre del factoring al cual se cederá la factura y ésta deberá ser remitida a la Secretaría Comunal de Planificación junto con la Factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por la Secretaria Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo.
No se podrá Factorizar, de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 22.2 de las Bases Administrativas Generales.
|
|
|
|
RESOLUCION DE EMPATES |
|
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, la Unidad Técnica, adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta con mayor puntaje en criterio “Garantía Técnica” y como tercera opción “Plazo”. Aquellos oferentes que en licitaciones hayan sido declarados fuera de Bases por haber publicado información falsa o adulterada, perderán el derecho de participar en la evaluación de sus ofertas, debiendo la Comisión Evaluadora declararlos fuera de base.
|
|
|
|