Licitación ID: 2446-170-LR24
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS COQBO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 428
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Zona de juegos infantiles 1 Unidad
Cod: 30221010
PROPUESTA PÚBLICA N°119/2024 “ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS PARA PROYECTO DE RECUPERACIÓN ESPACIOS PÚBLICOS, COQUIMBO”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS COQBO
Estado:
Cerrada
Descripción:
El Municipio de Coquimbo ha desarrollado un plan de mejoramiento de espacios públicos que permite recuperar áreas de equipamiento y esparcimiento para los niños y niñas de diversos sectores de Coquimbo, es por ello que se requiere la adquisición de diversos juegos infantiles para instalar en distintas plazas pública de la ciudad de Coquimbo de acuerdo a especificaciones técnicas adjuntas, las cuales son: Plaza Tongoy, Plaza Sindempart, Plaza Mirador La Cantera, Plaza Quebrada, Plaza San Ramón, Plaza Las Vertientes, Plaza Glorias Navales, Plaza La Herradura, Plaza La Higuera, Plaza Parque O’Higgins. Los oferentes interesados podrán ofertar una, algunas o la totalidad de las líneas, pasando de igual manera a la etapa de evaluación, siempre y cuando no incurran en alguna causal para declarar inadmisibles las ofertas, estipulado en el artículo 13 de las presentes bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-04-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 15-03-2024 13:03:24
Fecha inicio de preguntas: 22-03-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 25-03-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-04-2024 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-04-2024 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 14-06-2024 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA: El 20/03/2024 Como la instalación de juegos se da en distintos puntos de la comuna, se hará una sola visita en el punto de reunión Parque O’Higgins, encuentro en Av. Costanera con Borgoño, Coquimbo, a cargo de Fco Mery. 20-03-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO Nº 2 (ESENCIAL): Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del terreno. 3. Garantía: Se solicita garantía por Seriedad de la Oferta, su envío y entrega será en conformidad a lo indicado en el numeral 10.3 de las presentes Bases. 4. Documentos Oferentes: 4.1 En caso de personas jurídicas, debe adjuntar Certificado de vigencia de la sociedad y certificado que acredite la personería del representante legal, ambos con 30 días máximo desde su fecha de emisión respecto a la fecha de apertura inicial (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). 4.2 En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 4.3. En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberán adjuntar el certificado de vigencia de la Sociedad o persona jurídica, y el certificado que acredite la personería del representante legal, de cada uno de los proveedores de la UTP, ambos documentos con 30 días máximo desde su fecha de emisión respecto a la fecha de apertura inicial (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). 5. Ficha Técnica, Especificaciones Técnicas y/o Brochure Digital del o los juegos ofertados, las cuales deberán ser igual, equivalente o superior a las características solicitadas en formulario N°4, debiendo incluir imágenes del producto ofertado. Esta ficha técnica debe incluir la garantía de fabricación, la cual no podrá ser inferior a 12 meses y deberá especificar claramente cobertura y tipo de garantía. 6. Certificación de seguridad EN-71. El oferente deberá adjuntar este documento para cada tipo de juego ofertado. 7.- Certificación TUV (u otro similar) de los juegos ofertados. El oferente deberá adjuntar este documento para cada tipo de juego ofertado. 8. Programa de Integridad de la empresa conocido por sus trabajadores. 9. FORMULARIO Nº 6: PACTO DE INTEGRIDAD
Documentos Técnicos
1.- 8. FORMULARIO N°4 (ESENCIAL): Especificaciones Técnicas, los oferentes deberán indicar en la columna en blanco si cumple o no con las características y si estas son iguales, equivalente o superiores a la solicitadas, debiendo adjuntar documento que respalde lo señalado, según lo solicitado en punto 11.2 numeral 5. 9. FORMULARIO N°5, Experiencia del Oferente. Para determinar la experiencia se deberá publicar el formulario N°5 con el listado de proyectos ejecutados, acompañado de documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o de las mismas características del servicio que se requiere en la presente licitación, entendiendo éstas como adquisición, suministro e Instalación de Juegos Infantiles en espacios públicos y/o privados. Asimismo, se entenderá como proyectos similares para evaluar la experiencia, los trabajos realizados en adquisición, suministro e instalación de Equipamiento Urbano. Para acreditar la experiencia, se entenderá como documento válido, el contrato ya ejecutado, orden de compra en estado de recepción conforme, y/o certificados o actas de recepción conforme emitido por una institución pública o privada debidamente firmada y timbrada, que dé cuenta de la ejecución conforme del proyecto, debiendo indicar como mínimo, nombre del proyecto, tipo de proyecto, cantidad de juegos/equipamiento urbano instalado y nombre del acreditado. Los certificados y otros documentos de respaldo para acreditar la Experiencia del Oferente, debe coincidir con lo declarado en el Formulario N°5. No se considerarán aquellas experiencias que no sean debidamente respaldadas. Para la acreditación de la experiencia, se considerarán: a) Certificados emitidos por Instituciones Públicas o Privadas que actúan como mandante de una obra. b) Órdenes de Compra en estado de recepción conforme y/o Contrato ya ejecutados de servicios iguales o similares en el mismo rubro de la presente licitación. c) Certificados de experiencia o cualquier otro antecedente que acredite en forma íntegra y fehaciente el cumplimiento de todos y cada uno de los puntos señalados en la descripción del formulario Nº5.
 
Documentos Económicos
1.- 7. FORMULARIO N° 3 (ESENCIAL): Oferta económica, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto. La oferta económica deberá incluir el valor de la adquisición, transporte, envío, armado e instalación en el punto que corresponda según archivo KMZ, especificaciones técnicas, las presente bases, contrato y orden de compra. La oferta debe incluir el plazo de ejecución del proyecto en días corridos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACIÓN ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Carta Oferta N°3, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 40%
2 EXPERIENCIA EN EL RUBRO Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o de las mismas características del servicio que se requiere en la presente licitación, entendiendo éstas como adquisición, suministro e Instalación de Juegos Infantiles en espacios públicos y/o privados. Asimismo, se entenderá como proyectos similares para evaluar la experiencia, los trabajos realizados en adquisición, suministro e instalación de Equipamiento Urbano. Las empresas que presenten 10 documentos de experiencia válidamente o más, obtendrán el puntaje máximo. Los que acrediten menos experiencia, será evaluados de acuerdo a la siguiente fórmula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i Para acreditar la experiencia, se entenderá como documento válido el contrato ya ejecutado, orden de compra en estado de recepción conforme, y/o certificados o actas de recepci 20%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 80 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presentó un documento requerido en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 8%
4 PROGRAMA DE NTEGRIDAD En cumplimiento de lo dispuesto en el Dictamen N° E370752 del año 2023 de la Contraloría General de la República, procede incluir un criterio de evaluación referido a si los oferentes cuentan con programas de integridad conocidos por su personal. En ese tenor, el criterio Pacto de Integridad se orienta a evaluar de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso primero y sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886, en el N° 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, y en la letra d) del artículo 26 del decreto Ley 211 de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, que quienes contraten con la Administración del Estado, demuestren que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal, y luego en la ejecución del contrato, proced 2%
5 PLAZO DE ENTREGA El plazo ofertado debe considerar la ejecución total del proyecto licitado hasta la obtención de la recepción de los juegos instalados. Se considerará la oferta más conveniente al menor plazo ofertado. Si todas las ofertas son mayores al plazo referencial correspondiente a 100 días corridos, se considerará el monto referencial como el más conveniente. El plazo ofertado será evaluado de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i El plazo ofertado deberá ser en días corridos, los que oferten en días hábiles serán evaluados con 0 puntos. 20%
6 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 451843000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 100 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: DAF@MUNICOQUIMBO.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 12-09-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Si el oferente opta por presentar una Boleta de Garantía o bien un vale Vista, se deja presente que dicho documento original, debe ser ingresado en la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Varela 1112, piso 10°, Coquimbo, mediante oficio conductor, dirigido al Secretario Comunal de Planificación, indicando el nombre del proyecto e ID de la Licitación y la materia que cauciona. Se recepcionará hasta antes de la fecha y hora del cierre de recepción de oferta indicada en sistema de información www.mercadopublico.cl Si el oferente opta por presentar instrumentos electrónicos de caución, entendiendo a éstos como Póliza de garantía, o bien, Certificado de Fianza, este documento deberá ser publicado en el Portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes de la oferta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Serán declaradas inadmisibles las ofertas de los proponentes que no hayan dado cumplimiento al mecanismo de envío e ingreso de garantías, según lo dispone el presente artículo, párrafo primero y segundo. El monto de esta garantía será equivalente a $500.000.- (quinientos mil pesos) y deberá tener una vigencia de 150 días corridos desde la fecha de cierre de las Ofertas del Portal. Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS PARA PROYECTO DE RECUPERACIÓN ESPACIOS PÚBLICOS, COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5. En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Una vez autorizadas las devoluciones de las garantías de seriedad de ofertas, estas deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal. La caución de seriedad de la oferta podrá hacerse efectiva, unilateralmente por la Municipalidad de Coquimbo, una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos: a. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma. b. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada no hace entrega de la documentación exigida para la firma del contrato o no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases. c. Si el proponente no se encuentra inscrito o en estado hábil en Registro de Proveedores de Chile Compras en los plazos establecidos en el Portal y en las presentes Bases. d. Si el proveedor adjudicado corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no hace entrega de la escritura pública de la UTP dentro del plazo establecido, siendo este plazo máximo 10 días corridos, contados del día siguiente de la notificación de adjudicación vía correo electrónico. e. Si el proponente no concurre a la firma del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS PARA PROYECTO DE RECUPERACIÓN ESPACIOS PÚBLICOS, COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Una vez autorizadas las devoluciones de las garantías de seriedad de ofertas, estas deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 31-12-2025
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria a la suscripción del contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución del contrato. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS PARA PROYECTO DE RECUPERACIÓN ESPACIOS PÚBLICOS, COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 14 meses, no obstante, en caso que el oferente se adjudique varias líneas, la garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato deberá tener una vigencia que cubra el mayor plazo ofertado de las líneas adjudicadas más 14 meses. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria del contrato. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.3 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedará facultada para para dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar y hacer cobro de la garantía por seriedad de la oferta. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones a la obra, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 14 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato” se devolverán al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa contratista.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE JUEGOS VARIOS PARA PROYECTO DE RECUPERACIÓN ESPACIOS PÚBLICOS, COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato” se devolverán al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases y Ley N°19.886, se desista de su oferta, no haga entrega de la escritura pública de la UTP dentro del plazo establecido, siendo éste plazo máximo 10 días corridos, contados del día siguiente de la notificación de adjudicación vía correo electrónico, sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley N°19.886 y su reglamento, no de cumplimiento a lo solicitado respecto a la habilidad para contratar con el Estado que sea visible en su ficha de proveedor dentro del plazo establecido en el párrafo segundo del Artículo 15.5 de las presente Bases o si por causa imputable al Adjudicatario, el Acta de entrega del proyecto no se suscribe dentro del plazo establecido en las presentes Bases, el Municipio podrá cobrar la garantía por seriedad de la oferta y readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
OFERENTE
Podrán participar personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. Asimismo, podrán participar dichas personas, tanto naturales como jurídicas, bajo la modalidad de Unión Temporal, según lo que dispone el 67 bis del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y la Directiva 22 de fecha 01/12/2015. Para la presente contratación y al tratarse de un monto superior a las 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad, teniendo como plazo máximo de 10 días corridos para hacer entrega de dicho documento, contados desde el día siguiente de la notificación de adjudicación vía correo electrónico por parte de la oficina de compras públicas y contratos dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación a la empresa beneficiada. En caso que el proveedor no de cumplimiento al plazo estipulado precedentemente para la entrega de la escritura pública de la Unión Temporal de Proveedor, el Municipio podrá readjudicar la licitación al próximo oferente que haya ponderado la siguiente mejor evaluación y así sucesivamente o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan y el cobro de la Garantía por Seriedad de la Oferta. El acuerdo en que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado común con poder suficiente para suscripción de contratos y sus modificaciones, documentos u otros que estimen conveniente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros, el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago y determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes estimen necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las presentes bases de licitación y/o el contrato. Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberán estar inscrito en el Registro de Proveedores y presentar certificado de vigencia de la Sociedad. En caso de que los oferentes sean personas naturales y/o jurídicas, también deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, no podrá ser inferior al plazo del contrato adjudicado, incluidas sus renovaciones, si es que las hubiere. Por otra parte, se hace presente que, al momento de ofertar, bajo esta modalidad UTP Unión Temporal de Proveedores, se deberá indicar en la oferta Electrónica del www.mercadopublico.cl. Al momento de la firma del contrato, el proveedor persona natural o jurídica o los proveedores que conforme la UTP, deberán estar inscrito en el Registro de Proveedores de la Plataforma electrónica Mercado Público en estado hábil. El oferente que no esté inscrito en este registro o que no se visualice el estado de habilidad para contratar con el estado, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación, de lo contrario, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación, hacer cobro de la garantía por seriedad de la oferta y readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Quedarán excluidos los oferentes quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidada. Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4 de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo, como asimismo las inhabilidades para contratar en virtud de lo que dispone los Artículos 8° y 10 de la Ley N°20.393 que establece Responsabilidad penal de las personas Jurídicas en los delitos que indica.
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los antecedentes de la propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. El Municipio podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte de la relación contractual. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista.
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA
Se hará una visita a terreno de carácter NO OBLIGATORIA. A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar de la licitación. Esta visita se realizará 5 días corridos posterior a la fecha de publicación de la presente licitación en www.mercadopublico.cl, que quedará consignado en el calendario “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación, reuniéndose en Parque O’Higgins, ubicado en Av. Costanera con Borgoño, Coquimbo, a cargo del profesional Francisco Mery, o quien lo reemplace en su ausencia. A la hora y lugar indicado en párrafo anterior y en calendario de licitación se iniciará la visita, en la cual se confeccionará una nómina con los oferentes que concurran y se procederá a firmar el Acta de visita a terreno. En esta visita se hará una breve descripción del Proyecto que servirá de base para elaborar de mejor forma la propuesta de los posibles oferentes, verificando todos los aspectos que deban considerar en su oferta, tales como condiciones del entorno, verificación de abastecimientos, servicio, entre otros.
CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS
Las causales para declarar inadmisible las ofertas son las siguientes: a. Si no se publican los formularios N°2, N°3 y N°4 del o los juegos infantiles ofertados, establecidos en el numeral 11.2 y 11.3 de las presentes Bases. b. Si no cumple con las características técnicas establecidas en el formulario N°4 “Especificaciones Técnicas”, pudiendo éstas ser iguales, equivalentes o de calidad superior (las dimensiones de cada juego señaladas en las E.T son referenciales, pudiendo considerar una tolerancia de un 5% de variación de sus medidas, respetando siempre la distribución de los juegos y las cantidades solicitadas del mismo). c. Si no presenta documentos solicitados en el artículo 11.2 y 113 de las presenta bases, que no se consideran como esenciales, y éstos, habiendo sido solicitados por la comisión evaluadora en una segunda instancia mediante la sección aclaraciones a la oferta - foro inverso, no fueran presentados o adjuntados por el proveedor en el plazo prudencial estipulado para su respuesta; solicitud que se efectuará y serán consideradas como válidas, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. d. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta no fue ingresada según se establece en las presentes bases, párrafo primero y segundo del artículo 10.2 de las presentes bases. e. Si la Garantía de Seriedad de Oferta no tiene el monto y/o vigencia mínima señalada en las presentes bases, Artículo 10.2. f. Si el proveedor oferta una línea de forma incompleta, no presentando en su oferta todos los juegos requeridos en esa línea; no obstante, si oferta en otras líneas de forma completa, incluyendo todos los juegos a la línea ofertada, en dichas líneas, pasará a la etapa de evaluación. g. Cuando las ofertas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, el Municipio, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “oferta económica”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Experiencia”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega” quedando como cuarta opción el criterio “Cumplimiento de Requisitos formales”, por último, en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”, y en cado de mantener empate se usará el criterio de “Pacto de integridad”, proponiendo la adjudicación de la oferta que tenga mayor puntaje en el mencionado criterio. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
FECHA ESTIMADA DE ADJUDICACION
Se deja establecido en las presentes Bases que, de no cumplirse la fecha estimada de Adjudicación indicada en la Ficha de la respectiva Licitación en www.mercadopublico.cl, se deberá indicar las razones que originan el incumplimiento del plazo para adjudicar en el sistema de información Mercado Público, justificando el motivo de su prolongación y a la vez proceder a la modificación de la fecha indicada en la respectiva Ficha de Licitación, dando cumplimiento a la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Artículo 41 del Reglamento.
ACLARACION A LA OFERTAS - FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases
DEL PAGO
El o los proveedores adjudicados podrán presentar el Estado de Pago Único por línea completamente ejecutada o por todas las líneas adjudicadas y que en su totalidad se encuentre con recepción conforme por parte de la Inspección Técnica del Contrato y arquitecto proyectista de la Municipalidad de Coquimbo, conforme a lo establecido en el Artículo 23.1 de las presentes Bases. El contratista proveedor deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Inspección Técnica. 21.2 PRESENTACIÓN DEL ESTADO DE PAGO ÚNICO El estado de pago único será confeccionado por la oficina de Compras Públicas y Contratos de la Secretaría Comunal de Planificación, una vez que le sea remitido por parte de la Inspección Técnica del Contrato, la documentación de pago que haya hecho entrega el proveedor y las solicitadas en el presente artículo. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse los descuentos que procedan si los hubiere. La presentación de la documentación por parte de la empresa para generar el estado de pago al ITC deberá cumplir con las siguientes formalidades: a. Ingreso formal del estado de pago, mediante carta dirigida al Director de la repartición donde se encuentre el profesional Inspector Técnico del Contrato b. Estado de pago en formato entregado por el ITC, que establecerá los montos líquidos a pagar e identificará los descuentos que proceda realizar por conceptos de multas u otros. c. Nómina de trabajadores que se han desempeñado en el proyecto. d. Un set de fotografías de los juegos instalados en las diferentes plazas adjudicadas, identificando claramente cada plaza beneficiada con la implementación de los juegos. e. Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste el pago de las obligaciones laborales del Contratista con los trabajadores que se han desempeñado en la ejecución de la obra. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, este certificado deberá ser presentado por todas las empresas que la compongan. f. Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra o si éstas, se cancelan a través de PREVIRED, podrá presentar certificado de pago de cotizaciones por cada trabajador. g. Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en el caso que las hubiere. Si la empresa subcontrata obras, deberá presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores pertenecientes al subcontrato que hayan realizado labores en la obra. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial o declaración jurada con firma electrónica digital avanzada, que indique que no tiene partidas subcontratadas. h. Acta de recepción conforme de los productos, emitido por el ITC y Arquitecto proyectista y suscrito con la empresa contratista, conforme a lo señalado en el artículo 23.1 de las presentes Bases. Una vez recepcionada la documentación precedentemente expuesta, la oficina de Compras Públicas y Contratos dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, procederá a tramitar el Estado de Pago para ser ingresado a la Dirección de Administración de Finanzas, donde será revisado por el Auditor de dicha Dirección, quien será el encargado de visar el pago y si éste está conforme a lo estipulado en bases para que la empresa pueda facturar.
FACTURACION
La factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, Coquimbo y ésta debe ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Oficina de Compras Públicas y Contratos de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas (D.A.F.) y éste a su vez quede libre de observaciones, contando con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán la entrega de la factura, la que será ingresada a la Secretaría Comunal de Planificación, mediante Nota Interna del Inspector Técnico del Contrato con copia del correo electrónico que autoriza su emisión por parte del Auditor DAF y copia de la carátula de estado de pago correspondiente. La empresa consultora al momento de emitir la factura electrónica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo y en un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secplan adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: fperezg@municoquimbo.cl; cc a ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° de la ley 19.983. Si la empresa no da aviso de la emisión de la factura como se establece en el párrafo anterior o la emite previo a la aprobación del estado de pago por DAF, ésta será rechazada en el sistema del S.I.I., debiendo el contratista emitir una nota de crédito que anule la factura rechazada. Por lo anterior no se podrá factorizar, sin haber cumplido con las exigencias indicadas anteriormente. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá remitir carta dirigida al Inspector Técnico del Contrato, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que la Inspección ingrese dicha solicitud a la Secretaría Comunal de Planificación y los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmar.
SANCIONES Y MULTAS
Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato. El valor de las multas no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITC, la empresa deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. Antes de la aplicación de la sanción, la Inspección Técnica notificará al proveedor mediante correo electrónico los motivos de la aplicación de multa, otorgándole un plazo de 5 días hábiles para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto el en artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma. El pago de la totalidad de la multa deberá ser efectuado por el proveedor en Tesorería Municipal, mediante cheque o transferencia electrónica a la cuenta corriente Banco Estado N°12709043780, a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, RUT 69.040.300-5, dentro del plazo de diez días hábiles desde que es notificado del acto que dispone del cobro, debiendo remitir el comprobante de transferencia al correo tesoreria@municoquimbo.cl , c.c. secplan@municoquimbo.cl, ralegre@municoquimbo.cl, jbugueno@municoquimbo.cl y fperezg@municoquimbo.cl ; de no pagar el valor indicado en el instrumento que aprueba la aplicación de la multa, ésta se descontará del pago de la Factura correspondiente, atendida la Orden de Compra emitida al proveedor y el contrato suscrito entre las partes. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Para los efectos del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM del mes que se cursa la multa, reflejado en el correo electrónico u otra forma física de notificación por parte del ITC. Toda multa que sea aplicada por la Inspección Técnica, deberá ser aprobada mediante Decreto Exento. Toda instrucción impartida por el ITC., deberá constar por correo electrónico u otro formato físico y fidedigno de respaldo. Las multas serán aplicadas e informadas por el Inspector Técnico, hecho que se estipulará a lo menos por correo electrónico. En caso de que el proveedor no cancele la multa en tesorería y se descuente del estado de pago y su factura, y ésta no cubra el valor de la multa, se cobrará el saldo restante en el próximo estado de pago, o en su defecto, si fuese el último estado de pago, se hará efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento y Correcta ejecución del contrato y se descontará el saldo no cubierto, reteniendo el Municipio el remanente de la garantía, hasta su posterior devolución al contratista, una vez obtenida la recepción definitiva del proyecto sin observaciones de ninguna especie. Se establece el siguiente régimen de multas: 22.2 POR ATRASO EN EL TÉRMINO DEL PROYECTO a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en el término y entrega del proyecto respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha del Acta de Entrega del Proyecto. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato, considerando todos sus aumentos, disminuciones, partidas extras. El atraso del proyecto será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de término del proyecto consignada en el Acta de Recepción Conforme (o Provisoria), y la fecha de término establecida en el Acta de Inicio o entrega del proyecto, más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. b. En el caso que se dé curso a Término Anticipado del contrato por alguna de las causales establecidas en el Artículo 24.3 de las presentes bases, se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en la entrega parcial del proyecto respecto al plazo contractual. El atraso en esta circunstancia será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha del Informe de la Inspección Técnica remitido a la Secretaría Comunal de Planificación y la fecha de término establecida en el Acta de Inicio o entrega del proyecto más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. La aplicación de esta multa se hará administrativamente, sin forma de juicio, y se deducirá en los Estados de Pago, o de las garantías del Contrato. 22.3 POR INCUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO a) En el caso, que el contratista incumpliere una orden impartida por el ITC, referente de las obligaciones previstas en estas bases, en el contrato, términos de referencia y en general a la correcta ejecución del proyecto, y que no tengan determinada sanción específica, será causal de aplicación de multa por parte de la Inspección Técnica del Contrato. La multa ascenderá a la cantidad de 1 UTM diaria, aplicable desde el día siguiente de la notificación, hasta el día en que se subsane el incumplimiento. Las instrucciones impartidas por el ITC, deberán quedar registrada mediante correo electrónico emitido por el ITC a la empresa consultora. b) En caso que el proveedor no haga entrega de las respuestas a las observaciones formuladas por el ITC en los plazos establecidos por el Inspector Técnico durante la ejecución del proyecto o en el proceso de recepción del mismo. Asimismo, si el contenido de las respuestas a las observaciones, no satisface lo exigido por el ITC en base a lo establecido y requerido según E.T., se aplicará una multa de 1 UTM por día transcurrido hasta la subsanación de la observación. c) Incumplimiento en mantener limpio el espacio donde se están llevando a cabo las obras de instalación e implementación de los juegos, sin acciones por parte del consultor para contrarrestar lo notificado dentro de un plazo máximo de 2 días corridos desde la notificación, que deberá ser consignada a lo menos por correo electrónico, sancionado con 1 UTM por día transcurrido el plazo anteriormente descrito hasta su cumplimiento. d) No retiro de escombros, desechos o basura resultantes del proceso de armas e instalación de los juegos dentro del plazo impartido por el I.T.C. o que estos no se hayan retirado y evacuado en un botadero autorizado y certificado por la I. Municipalidad de Coquimbo y la I.T.C., multa 3 UTM e) Cambio en la materialidad, espesor u otra característica técnica de los pisos para la instalación de los juegos establecidos en las bases, sin la aprobación por parte de la Inspección Técnica, multa por 3 UTM; sin perjuicio de los anterior, el ITC está facultado a solicitar el cambio de materiales e insumo no autorizados si no dan cumplimiento a las especificaciones técnicas. f) No proveer al personal del servicio de armado e instalación de los juegos, todo el equipo de seguridad y elementos de trabajo necesario que lo proteja de accidentes, según normativa vigente; multa por 3 UTM. g) Si el o los juegos infantiles presenta problemas de calidad, defectuoso o que no corresponda a los ofertado, y éstos no son cambiados por el proveedor en el periodo establecido en las presentes bases, siendo este como máximo 10 días hábiles desde la notificación del ITC, multa de 5 UTM por juego no cambiado. h) Utilización de maquinarias, equipos y/o materiales que viertan o generen contaminación de cualquier forma o presenten peligro para las personas que transitan en el lugar que se realizan las obras, multa de 3 UTM por evento.
OPERACION CON FACTORING
En la eventualidad que la empresa ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Secretaría Comunal de Planificación, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 21.2 y 21.3 de las presentes Bases en lo referente a la Aprobación del Estado de Pago por parte de la Dirección de Administración y Finanzas. Solo cuando el Estado de Pago esté visado y autorizado para emisión de factura por parte del auditor de la Dirección de la Administración y Finanzas, la empresa deberá enviar carta a la Inspección Técnica del Contrato, la que deberá contener N° Factura, precio y nombre del factoring al cual se cederá la factura y ésta deberá ser remitida a la Secplan junto con la Factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por el Secretario Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo. No se podrá factorizar de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 21.2 y 21.3 de las Bases Administrativas Generales.