Licitación ID: 2446-195-LE24
Propuesta Pública Nº 157 -- 2024 denominada “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO AÑO 2024
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 431
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Elegante Bouquet Premiun tipo novia, 25 rosas ecuatorianas-colombianas, envueltas en papel arroz o tela araña, con cinta y amarre en flor natural, según imagen referencial.  

2
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Bouquet floral grande Elegante Bouquet Tipo novia, variedad de 15 flores de estación como lilium, gerbera, maule margaritas, alstroemedia, tamaño mediano, envueltas con cinta y amarre en flor natural. En papel de arroz o tela araña, según imagen referenci  

3
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Bouquet simple Tipo bouquet variedad de 10 flores de estación, tamaño pequeño, con papel arroz o tela araña, según imagen referencial.Deberá contemplar Adquisición de Arreglos Bouquet y Centros de Mesa en: - Saludos Protocolares según agenda del alcal  

4
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Ofrenda Escudo tipo A Elegante Ofrenda Floral Protocolar Escudo de la Municipalidad de Coquimbo, con atril para colocación, con flores naturales, en estructura de material resistente como cholgúan, para un buen soporte. Medidas de 1,70cm x 80cm, según im  

5
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Canasta Floral Variedad de flores de estación como lilium, gerbera y rosas maule margaritas, alstroemedia, tamaño mediano, canasto de mimbre de 30cm de diámetro por 45cm de alto aprox, según imagen referencial.  

6
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Arreglo de Mesa Tipo A Elegante centro de mesa en variedad de flores tales como lilium, gerbera y rosas, además ramas verdes guergueros y avellanas, gipsofilia, abetos, retamos en colores según elección de 60 cm de largo por 45cm de alto aprox, según imag  

7
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Arreglos de Mesa Tipo B De rosas o lilium o gerbera, además ramas verdes guergueros y avellanas, gipsofilia, abetos, retamos en colores según elección de 40cm y 30 cm de alto aprox, según imagen referencial .  

8
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Ofrenda Protocolar Municipal Flotante Elegante Ofrenda Floral Protocolar flotante, que permita al cliente mantener sus flores a flote permitiendo un adecuado desplazamiento de dicha ofrenda al ser depositada en el mar. De 90 cm de diámetro, colores corp  

9
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Cojin Funebre Cojín fúnebre adornado con rosas y lilium, astromelias, maules, en tono blanco o tonos pasteles, medidas de 70 cmde largo, por 25 cm de alto, según imagen referencial .  

10
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Corona Funebre Tipo A Corona fúnebre ovalada, con rosas, lilum, crisantemo, ramas verdes guergueros y avellanas, gipsofilia, abetos, retamos, en tono blanco o pasteles, medidas de 70 cm de diámetro con pedestal de material resistente cuya medida deberá se  

11
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Corona Funebre Tipo B Corona fúnebre circular, con rosas, lilium, crisantemo, ramas verdes guergueros y avellanas, gipsofilia, abetos, retamos, en tono blanco o pasteles, de medidas de 70 cm de diámetro con pedestal de material resistente cuya medida d  

12
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Arreglo de Pedestal de Tipo A Arreglo de pedestal, solo rosas, colores indicados por la oficina de Relaciones Públicas, medidas de 120 cm de diámetro con pedestal de material resistente cuya medida deberá ser de 1.70 metro de alto, aprox, según imagen ref  

13
Arreglos ornamentales 1 Unidad
Cod: 11162121
Arreglo de Pedestal de Tipo B Arreglo de pedestal, floral, lilium, crisantemo, ramas verdes guergueros y avellanas, gipsofilia, abetos, retamos, flores de la estación, medidas de 120 cm de diámetro con pedestal de material resistente cuya medida deberá s  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Propuesta Pública Nº 157 -- 2024 denominada “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO AÑO 2024
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Propuesta Pública Nº 157 -- 2024 denominada “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO AÑO 2024
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-04-2024 15:10:00
Fecha de Publicación: 22-03-2024 13:13:51
Fecha inicio de preguntas: 22-03-2024 16:20:00
Fecha final de preguntas: 26-03-2024 16:20:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-03-2024 16:20:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-04-2024 15:11:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-04-2024 15:11:00
Fecha de Adjudicación: 24-04-2024 15:11:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Sólo podrán participar en la presente licitación las personas Naturales y Jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. Para contratar, el oferente que resulte adjudicado, deberá estar inscrito, con estado “Hábil”, en el Portal www.mercadopublico.cl (Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios) y en el Registro Nacional de Proveedores del Estado de Chile. El oferente que no esté inscrito en el antedicho registro estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde la adjudicación a través del Sistema de Información. En caso de no inscribirse, o no aparecer en estado “Hábil”, dentro de dicho plazo, la Municipalidad estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado. En caso que no exista otra propuesta para readjudicar, el plazo antes señalado se entenderá automáticamente ampliado a 10 días corridos. Además, deberá acompañar de forma previa a la formalización de la contratación los documentos requeridos “para contratar”, en las presentes bases administrativas. Las uniones temporales de proveedores deberán sujetarse a lo dispuesto en el D.S. N°250/2004, Reglamento de compras públicas sobre la materia, y, además, a la Directiva de Contratación Pública N°22, de la Dirección de Compras públicas, que se entiende íntegramente incorporada a las presentes bases todos sus integrantes deberán encontrarse inscritos con estado “Hábil” en los términos señalados.
Documentos Técnicos
1.- 8.2. OFERTA TÉCNICA-ECONÓMICA Los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto de los productos requeridos. Además, los oferentes deberán ingresar el siguiente formulario según formato adjunto: a) Formulario Oferta Técnica-Económica, donde indique el valor neto de cada producto y el valor neto y bruto total de los productos ofertados. Además, deberá indicar el plazo de entrega ofertado en días hábiles. Asimismo, el adjudicatario deberá contemplar en el precio ofertado, la entrega de los productos en la Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, debiendo el proveedor adoptar las medidas que sean necesarias para que los productos sean recepcionados en buenas condiciones, sin deterioro de ningún tipo, y de acuerdo a lo ofertado. La Municipalidad no pagará ningún valor adicional al ofertado por el proveedor como valor unitario y total de los productos adquiridos, en conformidad a lo señalado en especificaciones técnicas adjuntas. Será de responsabilidad de los oferentes ponderar adecuadamente todos los gastos que irrogue el cumplimiento de la contratación, por ejemplo, pago de impuestos, seguros, entre otros; para la entrega a satisfacción del bien requerido en virtud de la presente propuesta por la Municipalidad de Coquimbo. Nota 1: En caso que las especificaciones técnicas, presentes bases administrativas o cualquier documento emitido por el municipio, señale alguna marca o modelo determinado respecto de los productos, deberá entenderse referencial, pudiendo siempre los proponentes ofertar otro, a lo menos, equivalente o superior. De igual forma, en caso que dichos documentos indiquen normas de calidad para los productos, los oferentes podrán ofertar productos que aseguren una calidad igual o superior a la requerida. Nota 2: Se requerirá que los oferentes presenten Ficha Técnica de los productos cotizados, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible. Se deja expresa constancia que tanto el funcionario a cargo de la apertura como la comisión evaluadora de forma previa a la evaluación podrá requerir mediante aclaratoria que se aporten antecedentes no esenciales omitidos, siempre que esto no afecte los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
 
Documentos Económicos
1.- 8.2. OFERTA TÉCNICA-ECONÓMICA Los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto de los productos requeridos. Además, los oferentes deberán ingresar el siguiente formulario según formato adjunto: a) Formulario Oferta Técnica-Económica, donde indique el valor neto de cada producto y el valor neto y bruto total de los productos ofertados. Además, deberá indicar el plazo de entrega ofertado en días hábiles. Asimismo, el adjudicatario deberá contemplar en el precio ofertado, la entrega de los productos en la Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, debiendo el proveedor adoptar las medidas que sean necesarias para que los productos sean recepcionados en buenas condiciones, sin deterioro de ningún tipo, y de acuerdo a lo ofertado. La Municipalidad no pagará ningún valor adicional al ofertado por el proveedor como valor unitario y total de los productos adquiridos, en conformidad a lo señalado en especificaciones técnicas adjuntas. Será de responsabilidad de los oferentes ponderar adecuadamente todos los gastos que irrogue el cumplimiento de la contratación, por ejemplo, pago de impuestos, seguros, entre otros; para la entrega a satisfacción del bien requerido en virtud de la presente propuesta por la Municipalidad de Coquimbo. Nota 1: En caso que las especificaciones técnicas, presentes bases administrativas o cualquier documento emitido por el municipio, señale alguna marca o modelo determinado respecto de los productos, deberá entenderse referencial, pudiendo siempre los proponentes ofertar otro, a lo menos, equivalente o superior. De igual forma, en caso que dichos documentos indiquen normas de calidad para los productos, los oferentes podrán ofertar productos que aseguren una calidad igual o superior a la requerida. Nota 2: Se requerirá que los oferentes presenten Ficha Técnica de los productos cotizados, en caso contrario la oferta será declarada inadmisible. Se deja expresa constancia que tanto el funcionario a cargo de la apertura como la comisión evaluadora de forma previa a la evaluación podrá requerir mediante aclaratoria que se aporten antecedentes no esenciales omitidos, siempre que esto no afecte los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 DESARROLLO LOCAL REGIONAL Y DECENTRALIZACION El presente criterio de evaluación se establece en conformidad a lo señalado en el artículo 23 del DS 250 del año 2004, Reglamento de la Ley de Compras Públicas; considerando como materia de alto impacto social, el propender al desarrollo local, la descentralización y el desarrollo regional. A través de este criterio, se busca fomentar y propender al desarrollo económico, social y laboral de los habitantes de la comuna o de la región. Se asignará puntaje considerando si el oferente se encuentra domiciliado en la Comuna de Coquimbo, o en otra Comuna de la Región de Coquimbo: -El oferente cuenta con domicilio comercial en la Comuna de Coquimbo, Región de Coquimbo: 100 puntos -El oferente cuenta con domicilio comercial en la Región de Coquimbo, en una Comuna distinta a la Comuna de Coquimbo: 50 puntos. -El oferente no cuenta con domicilio comercial en la Región de Coquimbo, o no acredita dicho domicilio: 0 puntos. Se considerará la Comuna de la dirección o domicilio comercial señalado por 20%
2 EXPERIENCIA EN EL RUBRO 0 a 1 documentos que acrediten: 0 punto 2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos 5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos 8 o más documentos que acrediten: 100 puntos para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro a los servicios requeridos en la presente licitación. se considerarán como documentos válidos copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución. los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados 15%
3 Plazo de Entrega Menor plazo ofertado/Plazo Evaluado) x 100. El plazo máximo a ofertar será de 1 días hábiles. Las ofertas en las no se indique plazo de entrega o este sea superior a 1 días hábiles, serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán declarados inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos Su oferta serán declaradas inadmisibles 15%
4 Comportamiento contractual anterior Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Puntos. Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos. Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos. 10%
5 Cumplimiento de los requisitos Adjunta Formulario de Oferta Económica según formato anexo 25 Pts. Adjunta Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 25 Pts. Adjunta Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 25 Pts. Ingresa valor neto en línea de comprobante de la oferta 25 Pts. 10%
6 Oferta Económica (Precio) (Menor precio ofertado/Precio Ofertado) x 100 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MMUNICIPAL
Monto Total Estimado: 11170000
Justificación del monto estimado Los recursos del Presupuesto Municipal 2024; Centro de Costos de Departamento Relaciones Publicas y Eventos. Cta. Nº 215-24-01-008-000-000-046.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Precio referencial, suma alzada sin reajuste ni intereses.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MIRTA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: daf@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: CRISTIAN LEYTON VELASQUEZ
e-mail de responsable de contrato: cleyton@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-93260995-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 26-03-2025
Monto: 11170000 Peso Chileno
Descripción: La garantía antes indicada se hará efectiva en caso de cualquier incumplimiento de las obligaciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, en el contrato que se suscriba, incumplimiento de obligaciones laborales, o para hacer efectivas las multas que sean aplicables al oferente adjudicado, en todos estos casos, previo informe de la unidad encargada del control de la ejecución del mismo, lo que se dispondrá por resolución. La garantía será devuelta al adjudicatario una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del departamento solicitante. La contraparte técnica de la Municipalidad deberá certificar todas y cada una de tales circunstancias, para efecto de otorgar su visto bueno, con el informe necesario, para efectuar la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de haber aumentos de plazo, ya sea por modificación de especificaciones o por atrasos justificados de parte del contratista, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberá ampliar la vigencia de las garantías en igual cantidad de días del aumento de plazo respectivo. En caso que exista modificación del contrato y esto implique modificación de los montos de inversión, la garantía deberá ser modificada con el objeto de mantener el porcentaje establecidos en las presentes bases. Las garantías tendrán el carácter de avaluación anticipada de perjuicios, en el evento de termino anticipado del contrato, pudiendo en este caso el Municipio hacerlas efectivas, lo que no obsta que por la vía judicial se pueda demandar el monto no satisfecho de los perjuicios, si estos últimos fueren superiores a las garantías constituidas.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO AÑO 2024” Propuesta Pública 157/2024
Forma y oportunidad de restitución: La garantía será devuelta al adjudicatario una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del departamento solicitante. La contraparte técnica de la Municipalidad deberá certificar todas y cada una de tales circunstancias, para efecto de otorgar su visto bueno, con el informe necesario, para efectuar la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
OFERENTE

Sólo podrán participar en la presente licitación las personas Naturales y Jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo.


Para contratar, el oferente que resulte adjudicado, deberá estar inscrito, con estado “Hábil”, en el Portal www.mercadopublico.cl (Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios) y en el Registro Nacional de Proveedores del Estado de Chile. El oferente que no esté inscrito en el antedicho registro estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde la adjudicación a través del Sistema de Información. En caso de no inscribirse, o no aparecer en estado “Hábil”, dentro de dicho plazo, la Municipalidad

 estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado. En caso que no exista otra propuesta para readjudicar, el plazo antes señalado se entenderá automáticamente ampliado a 10 días corridos. Además, deberá acompañar de forma previa a la formalización de la contratación los documentos requeridos “para contratar”, en las presentes bases administrativas.


Las uniones temporales de proveedores deberán sujetarse a lo dispuesto en el D.S. N°250/2004, Reglamento de compras públicas sobre la materia, y, además, a la Directiva de Contratación Pública N°22, de la Dirección de Compras públicas, que se entiende íntegramente incorporada a las presentes bases todos sus integrantes deberán encontrarse inscritos con estado “Hábil” en los términos señalados.

NORMATIVA DE LA LICITACIÓN

Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos:

a)     Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento

b)     Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.

c)     Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.

d)     Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.

e)     Ficha electrónica de licitación.

f)      Ofertas de los oferentes a proponentes.

g)     Análisis de las propuestas.

h)     Informe y Decreto de Adjudicación.

i)      Otros Antecedentes Relacionados

Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.

CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS

Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura o revisión de antecedentes por la comisión evaluadora serán las siguientes:


  1. No presentar electrónicamente la oferta con todos los documentos técnicos y económicos solicitados, salvo las excepciones establecidas en las presentes bases de Licitación.
  2. No ajustarse al presupuesto máximo disponible y a los plazos máximos informados en las presentes bases de licitación, o no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; al tenor de lo señalado en el artículo N°9 de la Ley de Compras Públicas.
  3. No ofertar la totalidad de los productos requeridos en las presentes Bases.
  4. No responder las solicitudes de aclaratoria que se pudieron haber establecido a través del sistema de información, en el plazo prudencial concedido al efecto.
  5. No cumplir con las obligaciones comprometidas en el pacto de integridad incorporado a las presentes bases administrativas.
  6. Que el precio ofertado no incluya el servicio de entrega de los productos en la Municipalidad de Coquimbo.
  7. Que los productos ofertados no cumplan con uno o más de los requerimientos técnicos de la presente licitación.
  8. Omitir antecedentes o entregar información contradictoria; que haga imposible la revisión e aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
  9. No adjuntar ficha técnica de los productos requeridos por el municipio.
  10. Las demás causales establecidas en las presentes bases administrativas.
DE LA ADJUDICACIÓN

Efectuada, y notificada la adjudicación de la propuesta a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, la Municipalidad procederá a formalizar la contratación, a través de la emisión de la orden de compra y aceptación por parte del oferente.


Cabe destacar que, tratándose de una contratación superior a las 100, pero inferior a las 1.000 UTM, por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación, la formalización de la contratación, se realizará mediante la emisión y aceptación por parte del proveedor adjudicado de la respectiva orden de compra, conforme a lo preceptuado por el artículo 63 del Decreto Supremo 250 de 2004.




El proveedor tendrá el plazo de 4 días hábiles, posteriores a su envío, para aceptar la orden de compra emitida por la Municipalidad.


En caso que no se concrete la formalización de la contratación, se aplicará el procedimiento establecido en el Punto N°19 de las presentes bases administrativas.

DE LA READJUDICACIÓN

Si no se concreta el proceso de contratación del oferente mejor evaluado, ya sea por los motivos que se enumeran en el presente acápite o por los señalados en las presentes bases, la Municipalidad estará facultada para revocar la adjudicación y readjudicar el proceso, adjudicando la licitación a aquel proponente que haya obtenido la segunda mejor calificación en el proceso de evaluación respectivo o declarar desierta la propuesta si se dan los requisitos señaladas el artículo 9 de la Ley N° 19.886; en los siguientes casos:


  1. No aceptar la orden de compra dentro del plazo establecido en las presentes bases
  2. Si el oferente adjudicado posee alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley 19.886. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. Se deja expresa constancia, que luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser re adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
  3. No inscripción en el registro de proveedores del Estado (con estado “Hábil”) dentro de los plazos establecidos en las presentes bases.
  4. Si se constata incumplimiento al pacto de integridad, antes de la formalización de la contratación
  5. Las demás establecidas en las presentes bases de Licitación.
ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Calendario Oficial de las presentes bases.


Las preguntas deberán formularse única y exclusivamente a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas dentro de los plazos señalados en las presentes bases y ficha electrónica de la licitación.


El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomarán en cuenta las consultas verbales y/o hechas por otro medio o fuera de plazo.


La municipalidad dará respuesta por escrito a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las bases, sin perjuicio de otras aclaraciones y/o modificaciones a las bases de licitación que se estime necesario hacer de oficio en la misma oportunidad.


Estas “Aclaraciones y Respuestas a Consultas” serán publicadas en la opción “foro” del sistema de información, www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes hasta el día y la hora señalada en las bases administrativas y ficha electrónica de la licitación. La municipalidad podrá enviar, incluso antes de esta fecha, los documentos que estime necesarios (enmiendas y aclaraciones), que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.


Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las respuestas y/o aclaraciones que la Entidad Licitante hubiera efectuado, las que formarán parte integrante de las bases de licitación, desde su publicación en el sistema de información. A contar de la fecha y hora estipulada en las presentes bases como de publicación de las aclaraciones y respuestas a las consultas en el portal de mercado público, se presumirá el conocimiento del documento por parte de todos los participantes.

No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes.

DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL

Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad del Jefe de Relaciones Públicas y Eventos, Contacto: Cristian Leyton Velásquez, EMAIL: cleytonv@municoquimbo.cl; FONO: 993260995.  

DEL PLAZO

El plazo de entrega de los productos, comenzará a contarse desde la aceptación de la orden de compra y hasta la entrega de la totalidad de los productos en la Bodega Municipal, ubicada en Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo, en horarios de lunes a jueves de 09:00 a 17:00 y viernes de 09:00 a 16:00 horas. Cualquier modificación de domicilio será comunicada oportunamente.

El Plazo de Entrega que regirá la presente licitación será el ofertado por el adjudicatario, considerando como plazo máximo el indicado en los criterios de evaluación. Cuando en su oferta un proveedor no especifique si el plazo ofertado es en días hábiles o corridos, se entenderá que la oferta se hace en días hábiles.

Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran en perfecto estado, defectuosos, que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.

DE LA ENTREGA

El Plazo de Entrega que regirá la presente licitación será el ofertado por el adjudicatario, considerando como plazo máximo el indicado en los criterios de evaluación. Cuando en su oferta un proveedor no especifique si el plazo ofertado es en días hábiles o corridos, se entenderá que la oferta se hace en días hábiles.

Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran en perfecto estado, defectuosos, que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.

FLETE
El valor del envío de los productos será de costo del proveedor. También será de responsabilidad del proveedor el transporte de los productos cuando existan devoluciones o productos que se encuentren en mal estado.
FORMA DE PAGO
El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los productos y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde la recepción de la respectiva factura en la Bodega Municipal. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. El responsable del Pago es la Dirección de Administración y Finanzas, Email: daf@municoquimbo.cl. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el departamento solicitante: Jefe de Relaciones Públicas y Eventos, Contacto: Cristian Leyton Velásquez, EMAIL: cleytonv@municoquimbo.cl; FONO: 993260995. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl.
PLAZO PARA DEVOLUCION DE FACTURA
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c. que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
MODIFICACION DE CONTRATO
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. Se podrá de igual forma, modificar la contratación por todas las causales indicadas en el artículo 77 del DS 250 del año 2004. En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra, si correspondiese. En todo caso cuando se trate de una modificación en el monto ésta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado; sin que se pueda en todo caso aumentar el precio pactado por bienes o servicios en la presente licitación conforme lo señalado en la Ley 18.886, de Compras Públicas y su reglamento.
IMCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
En caso de incumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones:  Por cada día hábil de atraso en la entrega de los productos, se aplicará una multa correspondiente a 2% del precio neto de las cantidades que se entreguen atrasadas con un tope por incumplimiento de 10 días hábiles. Superar el indicado número de días de atraso será considerado incumplimiento grave de las obligaciones de la contratación.  Si existe uno o más productos que no sean entregados, respecto de éstos se aplicará el tope de multa por incumplimiento establecido en el párrafo anterior, esto es, 10 días hábiles, equivalente al 2% del precio neto de los productos que no se entreguen. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran en perfecto estado de conservación, con problemas en sus modelos u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro del plazo ofertado para la entrega. El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 20% del monto total neto de la orden de compra, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones de la contratación, constituyendo causal de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.
PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE SANCIONES
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado. Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que conforme lo señalado en el artículo 46 de la Ley 19.880, el decreto fundado que aplique sanción deberá ser notificado, si así lo hubiese solicitado en su oferta al “PROVEEDOR” a través de correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; de lo contrario se efectuará mediante carta certificada, informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Se deja expresa constancia que, en caso de notificación mediante correo electrónico, se tendrá por notificada la resolución al día hábil siguiente al de su envío, comenzado a computarse el plazo para presentar recurso de reposición, en consecuencia, desde el día hábil siguiente a dicha notificación. Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
TERMINO ANTICIPADO
Se podrá modificar la contratación o ponerle término anticipado, por las siguientes causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones establecidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, o aquellas que se establezcan en la contratación, cuya calificación quedará a juicio exclusivo de la Municipalidad de Coquimbo. A modo de ejemplo; se considerará como incumplimiento grave: - Alcanzar el máximo de las multas permitidas de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases de la licitación. - Que el proveedor, sus dependientes, o los productos provoquen daño en la salud o propiedad del municipio o terceros. - Negarse a realizar entrega de los productos en la bodega de la Municipalidad de Coquimbo. c) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. f) Si durante la vigencia de la contratación se constata incumplimiento al pacto de integridad regulado en las presentes Bases Administrativas g) El incumplimiento de la normativa que resulte aplicable al proveedor. h) Si el proveedor fuere una sociedad y se disolviera, encontrándose pendiente la ejecución de la contratación. i) En los demás casos establecidos en el artículo 77 del D.S. 250 y en todos aquellos que autoriza la ley. j) Las demás que establezca la Municipalidad de Coquimbo en la contratación. k) Inhabilidad sobreviniente del proveedor, que no permita continuar ejecutando la contratación en los mismos términos adjudicados. l) Si durante la vigencia de la contratación se constata incumplimiento al Pacto de Integridad regulado en las presentes Bases Administrativas. Cabe destacar, que, en el caso de una UTP, se podrá modificar la contratación o ponerle término anticipado, por las causales anteriormente mencionadas y, además, por las siguientes causales: a) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificar tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c) Ocultar información relevante pata ejecutar la contratación, que afecte a cualquiera de los miembros de una UTP. d) Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida de la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e) Disolución de la UTP. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad de Coquimbo, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución de la contratación, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. El término anticipado de la contratación definitiva o su modificación, se realizará mediante resolución fundada, que se publicará en el portal www.mercadopublico.cl
JURISDICCION DE LOS TRIBUNALES
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalan en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, especialmente el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de la licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios dadivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturales y/o monto, a ningún funcionario público en relación con si oferta en relación con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que puedan influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de la licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta, asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias, para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas, por sus empleados y/o dependientes y/o asesores, agentes y en general todas las personas que con este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencia de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidad individuales que también procediesen y/o fuesen determinados por los organismos correspondientes.
garantias
Las garantías de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, deberá ser entregada en el municipio o enviada electrónicamente, según corresponda, en virtud a si son digitales o físicos, antes de la firma del contrato. a) Monto: $ 558.500.- (Quinientos cincuenta y ocho mil quinientos pesos), correspondiente al 5% del monto disponibles para la presente contratación $ 11.170.000) b) Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, “SUMINISTRO DE ARREGLOS ORNAMENTALES Y PROTOCOLARES PERIODO AÑO 2024” Propuesta Pública 157/2024. c) Vigencia: El instrumento de garantía deberá tener una vigencia de 60 días hábiles después de terminado el contrato. La garantía antes indicada se hará efectiva en caso de cualquier incumplimiento de las obligaciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, en el contrato que se suscriba, incumplimiento de obligaciones laborales, o para hacer efectivas las multas que sean aplicables al oferente adjudicado, en todos estos casos, previo informe de la unidad encargada del control de la ejecución del mismo, lo que se dispondrá por resolución. La garantía será devuelta al adjudicatario una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del departamento solicitante. La contraparte técnica de la Municipalidad deberá certificar todas y cada una de tales circunstancias, para efecto de otorgar su visto bueno, con el informe necesario, para efectuar la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato. En caso de haber aumentos de plazo, ya sea por modificación de especificaciones o por atrasos justificados de parte del contratista, se deberá modificar el contrato respectivo. Al mismo tiempo se deberá ampliar la vigencia de las garantías en igual cantidad de días del aumento de plazo respectivo. En caso que exista modificación del contrato y esto implique modificación de los montos de inversión, la garantía deberá ser modificada con el objeto de mantener el porcentaje establecidos en las presentes bases. Las garantías tendrán el carácter de avaluación anticipada de perjuicios, en el evento de termino anticipado del contrato, pudiendo en este caso el Municipio hacerlas efectivas, lo que no obsta que por la vía judicial se pueda demandar el monto no satisfecho de los perjuicios, si estos últimos fueren superiores a las garantías constituidas.
formalizacion de la contratacion
Efectuada, y notificada la adjudicación de la propuesta a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, la Municipalidad procederá a formalizar el contrato de suministro mediante la suscripción del correspondiente contrato. Una vez suscrito el contrato, el municipio dictará el decreto aprobatorio del referido contrato. De forma posterior a la formalización mediante suscripción de contrato respectivo y emisión del decreto Alcaldicio mediante el cual se aprueba la contratación, se podrán emitir las Órdenes de Compra electrónicas respectivas. El contrato de suministro entrará en vigencia desde la fecha de suscripción del mismo, salvo que la Municipalidad indique una fecha distinta por razones de buen servicio, en el contrato que se suscriba con el oferente adjudicado. La modalidad del contrato corresponderá a un contrato de suministro, sin intereses de ningún tipo, a precio mensual variable, según las necesidades y requerimientos de la Municipalidad, hasta concurrencia del monto total estimado de la adquisición, o hasta el vencimiento del plazo del contrato de suministro que se suscriba con el proveedor, a elección de la Municipalidad.
procedimientos de sancion
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado. Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que conforme lo señalado en el artículo 46 de la Ley 19.880, el decreto fundado que aplique sanción deberá ser notificado, si así lo hubiese solicitado en su oferta al “PROVEEDOR” a través de correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; de lo contrario se efectuará mediante carta certificada, informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Se deja expresa constancia que, en caso de notificación mediante correo electrónico, se tendrá por notificada la resolución al día hábil siguiente al de su envío, comenzado a computarse el plazo para presentar recurso de reposición, en consecuencia, desde el día hábil siguiente a dicha notificación. Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
incumplimiento del proveedor
En caso de incumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones:  Por cada día hábil de atraso en la entrega de los productos/servicios, se aplicará una multa correspondiente a 2% del precio neto de las cantidades que se entreguen atrasadas con un tope por incumplimiento de 10 días hábiles. Superar el indicado número de días de atraso será considerado incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos/servicios que no se encuentran en perfecto estado de conservación, o que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro del plazo ofertado para la entrega. El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 20% del monto total neto de la contratación, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones de la contratación, constituyendo causal de término anticipado, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.