Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS |
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz de la visita a terreno o del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo.
Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. La Unidad Técnica podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.
Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas.
La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad.
Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte del contrato que se celebre.
Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista.
La Unidad Técnica se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
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PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
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READJUDICACION |
En caso de que el proveedor adjudicado se niegue a inscribirse en el Registro Nacional de Proveedores del Estado, no entregue la garantía Técnica de los productos ofertados en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta, no acepte la orden de compra dentro de 48 hora hábiles o sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley 19.886 y su reglamento, la Municipalidad podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
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ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO |
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
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RELACION CONTRACTUAL |
La adquisición de equipo y equipamiento se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional.
El precio de la relación contractual comprende el total del equipo y los equipamientos ofertados y adjudicados, que contempla la adquisición de los productos, despacho y entrega, así como también, la instalación y funcionamiento del mueble de cocina.
Tomando en consideración que el monto de lo requerido es menor a las 1000 UTM, y se adquieren bienes de simple y objetiva especificación, la relación contractual se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado.
Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no se podrá enviar la orden de compra al proveedor.
Los plazos establecidos en la relación contractual, comenzarán a correr a partir la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de 48 horas posteriores a su envío, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y el plazo de la entrega de los productos comenzará a regir desde este plazo señalado.
Si por causa imputable al Adjudicatario no se puede emitir la Orden de compra dentro del plazo indicado en el párrafo segundo del Artículo 15.5, la Municipalidad podrá re adjudicar la propuesta al 2° lugar o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
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FORMA DE PAGO |
FORMA DE PAGO
El proveedor adjudicado podrá presentar el Estado de Pago único, solo una vez que haya entregado la totalidad de equipo y/o equipamiento ofertado, realizado la instalación, puesta en marcha del mueble de cocina de ser el caso, y que los productos adjudicados según su oferta, se encuentren recepcionados de manera conforme por la Inspección Técnica a cargo de la Secretaría Comunal de Planificación de la I. Municipalidad de Coquimbo.
La empresa proveedora deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la Inspección Técnica del Contrato. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
22.2 PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO
Se adoptará el sistema de Estado de Pago Único. La forma de presentar la documentación en el estado de pago será en coordinación con la Inspección Técnica. La empresa proveedora presentará a la Inspección Técnica los siguientes antecedentes mediante Oficio conductor dirigido al Inspector Técnico. Asimismo, será responsabilidad de la empresa proveedora para la tramitación del Estado de Pago adjuntar los siguientes antecedentes:
a. Guía de despacio que consigne fecha de entrega de os productos y recepción de estos en bodega municipal, orden de compra, plazo, monto, entre otros.
b. Set de Fotografías, que den cuenta de los productos entregados o instalados.
c. Certificado de Recepción Conforme o Cumplimiento emitida por la Inspección Técnica a cargo de la Secretaría Comunal de Planificación, que dé cuenta de la conformidad respecto a la recepción, instalación, capacitación si lo hubiere, y puesta en marcha del equipo y equipamiento.
Una vez recepcionada la documentación precedentemente expuesta, la unidad de Licitaciones dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, procederá a tramitar el Estado de Pago Único para ser ingresado al Gobierno Regional de Coquimbo.
La Factura, deberá ser extendida a nombre del Gobierno Regional de Coquimbo, Rut 72.225.700-6, dirección calle Arturo Prat N°350, La Serena y ésta debe ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre informado al Gobierno Regional por parte de la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación y éste a su vez quede libre de observaciones, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán la entrega de la Factura.
Cumplido lo anterior, la empresa, si así lo requiere, está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá acompañar carta con dicha intención dirigida al Inspector Técnico, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmarla, es decir, la Secretaria Comunal de Planificación o quien la subrogue en el cargo.
Deberá entregar la copia cedible en el caso que no se factorice la factura.
El proveedor al momento de emitir la factura electrónica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo y en un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secplan adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: fperezg@municoquimbo.cl; cc a ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° de la ley 19.983.
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FACTORING |
En la eventualidad que la empresa ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Inspección Técnica, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 22.2 de las presentes Bases en lo referente a la Aprobación del Estado de Pago por parte del Gobierno Regional de Coquimbo.
Solo cuando el Estado de Pago esté visado y autorizado para emisión de factura por parte del Gobierno Regional, la empresa deberá enviar carta al Inspector Técnico, la que deberá contener N° Factura, monto y nombre del factoring al cual se cederá la factura y ésta deberá ser remitida a la Secretaría Comunal de Planificación junto con la Factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por la Secretaria Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo.
No se podrá Factorizar, de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 22.2 de las Bases Administrativas Generales.
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