Licitación ID: 2446-268-LE22
PROPUESTA PÚBLICA N° 217-2022
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 433
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
ampolletas incandescentes 1 Unidad
Cod: 39101612
LINEA N°1 INSTRUMENTOS E INSUMOS PARA MANTENCIÓN DE SEMAFOROS. DE ACUERDO A LISTADO DE PRODUCTOS EN FORMULARIO DE OFERTA ECONOMICA N° 1 ADJUNTA  

2
ampolletas incandescentes 1 Unidad
Cod: 39101612
LINEA N°2 MATERIALES Y HERRAMIENTASPARA MANTENCIÓN DE SEMAFOROS PARA MANTENCIÓN DE SEMAFOROS. DE ACUERDO A LISTADO DE PRODUCTOS EN FORMULARIO DE OFERTA ECONOMICA N° 2 ADJUNTA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROPUESTA PÚBLICA N° 217-2022
Estado:
Adjudicada
Descripción:
PROPUESTA PÚBLICA N° 217-2022, “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS E INSUMOS, MATERIALES Y HERRAMIENTAS PARA MANTENCIÓN DE SEMAFOROS”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-08-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 12-08-2022 16:01:52
Fecha inicio de preguntas: 12-08-2022 19:25:00
Fecha final de preguntas: 17-08-2022 19:25:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-08-2022 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-08-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-08-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 12-10-2022 15:04:47
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos de la ley Nº 19886 y su reglamento. En conformidad con el artículo 4° de la Ley N°19.886, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Los proveedores interesados en participar en la presente licitación deberán adjuntar en su oferta certificado de la autoridad competente que permita acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Asimismo, el mismo artículo 4° establece que no se podrá suscribir contratos con los funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco (letra b) artículo 54 ley N°18.575), ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionista, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada Simple que se adjunta a la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Compras Públicas de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Los oferentes interesados en presentar propuestas en la presente licitación, deberán ingresar los siguientes documentos, antes de la fecha de cierre indicada en el calendario oficial: - Formulario Identificación del Oferente, según formato adjunto a la licitación. - Formulario Declaración Jurada, según formato adjunto a la licitación
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes interesados en participar en la presente licitación deberán ingresar los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos obligatorios y aquellos que permitan realizar la evaluación de sus ofertas, las ofertas que no contengan las fichas técnicas de los productos ofrecidos serán declaradas inadmisibles
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar al portal www.mercadopublico.cl el valor neto de los productos ofertados. Además, deberán ingresar los formularios de Oferta Económica, según Formatos adjuntos a la licitación. Se declararán inadmisibles las ofertas que excedan del presupuesto disponible (por línea o grupo de productos), de igual forma, se declararán inadmisibles las propuestas que no oferten todos los productos que componen la línea cuya admisibilidad se verifica
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega (Plazo mínimo indicado/Plazo Evaluado x 100. El plazo mínimo a ofertar será de 5 días hábiles. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega serán declaradas inadmisibles. El plazo de entrega ofertado debe considerar el producto puesto en bodega municipal. Quienes oferten despacho y no Plazo de Entrega serán evaluados con 0 puntos. El plazo de entrega ofertado debe ser en días hábiles, quienes oferten en días corridos serán evaluados con 0 puntos 30%
2 Comportamiento contractual anterior Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 0 Punto Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 50 Puntos Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 100 Puntos 10%
3 Cumplimiento de los requisitos Adjunta Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 Pts. Adjunta Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 Pts. Adjunta Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 Pts. Ingresa valor neto en línea de comprobante de la oferta 20 Pts. Antecedentes adicionales solicitados en las bases 20 Pts 10%
4 Precio (Menor Precio Ofertado/Precio Evaluado) x 100 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 25000000
Justificación del monto estimado Que, según lo dispone al artículo N° 1 de la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, la Municipalidad de Coquimbo requiere dar cumplimiento con las mantenciones periódicas frecuentes de los equipos semáforos y servicios eventuales de
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Línea N° 1 18.000.000- IVA Incluido Línea N° 2 7.000.000- IVA Incluido
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Jaime Valenzuela Carrasco
e-mail de responsable de pago: jorgehidalgo@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Jaime Valenzuela Carrasco
e-mail de responsable de contrato: jorgehidalgo@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2318845-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Validez de las Ofertas
El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, o hasta que el proceso de contratación del proveedor adjudicado se encuentre totalmente tramitado. En aquellos casos que los oferentes no informen la vigencia de su oferta, esta se entenderá que cumple con la vigencia señalada precedentemente.
Consultas y Aclaraciones
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
Modificación de bases y antecedentes de la licitación
Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán publicadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Ilustre Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario de manera fundada.
Aclaración de Ofertas
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
Obligación del Evaluador
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas
Evaluación de las Ofertas
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
Consideración al Evaluar
Se evaluará por cada línea (Entendiendo por línea para efectos de presentación de oferta, evaluación y adjudicación el conjunto de productos cuyo presupuesto máximo disponible y agrupación se indica en las presentes bases, y en Formulario oferta económica N° 1 y N° 2). En razón de lo anterior, para ser evaluado por cada línea o agrupación de productos, se deberá ofertar la totalidad de los productos que la componen, pudiendo adjudicarse de forma independiente cada línea o grupo de productos separados por ítem o rubro; pudiendo en consecuencia adjudicarse a uno o más oferentes la totalidad de la licitación.

Se declararán inadmisibles por línea o agrupación, aquellas ofertas que excedan el presupuesto máximo disponible indicado, o que no contemplen oferta por la totalidad de los productos que la componen.


Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es diegogonzalo@municoquimbo.cl.
Resolución de Empates
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación de PRECIO. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación PLAZO DE ENTREGA. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información
Adjudicación de la Propuesta
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar por línea o agrupación de productos a la propuesta que en dicha línea haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y cumpla con los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se elaborará contrato el que deberá ser firmado por el oferente adjudicado para después emitir la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor. El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente o en estado hábil en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor en un plazo no superior a 48 horas. En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación
Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
Sobre la Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta orden de compra dentro del plazo concedido al efecto, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Responsable de la Relación Contractual
Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad de la Dirección de Tránsito Contacto: Jaime Valenzuela Carrasco, EMAIL: jorgehidalgo@municoquimbo.cl ; FONO: 51-2318845. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.
Contacto del Adjudicatario
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
Forma de Pago
El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los productos por línea adjudicada y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la respectiva factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. El responsable del Pago es la Dirección de Administración y Finanzas, Email: daf@municoquimbo.cl. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el departamento solicitante: Dirección de Tránsito Contacto: Jaime Valenzuela Carrasco, EMAIL: jorgehidalgo@municoquimbo.cl ; FONO: 51-2318845. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl.
Plazo de Entrega
El plazo de entrega se computará desde la aceptación de la orden de compra emitida por el municipio, hasta la entrega de la totalidad de los productos en bodega municipal, ubicada en Profesor Zepeda N°8, sector Guayacán, Coquimbo. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra, en el plazo de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por rechazada la adjudicación y se procederá a re adjudicar la propuesta al tenor de lo indicado en las bases de licitación. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, defectuosos, con problemas en sus envoltorios, que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.
Lugar entrega de productos
Los productos deberán ser entregados en la Bodega Municipal, ubicada en calle Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo. Cualquier modificación de domicilio será comunicada oportunamente.
Plazo para Devolución de Factura
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c. que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Modificación del Contrato
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. Se podrá de igual forma, modificar el contrato por todas las causales indicadas en el artículo 77 del DS 250 del año 2004. En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra. En todo caso cuando se trate de una modificación en el monto ésta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado.
Sanción en caso de Incumplimiento
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones: En caso de incumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones: Por cada día hábil de atraso se aplicará una multa equivalente al 2% del precio neto, de las cantidades que se entreguen atrasadas; con un tope por incumplimiento 10 días hábiles. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, con problemas en sus envoltorios o que sean diversos en cuanto a gramaje, marca, modelo u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega. En todo caso, las multas no podrán superar el 10% del valor neto total de la orden de compra contrato. Superar cualquiera de los topes indicados es causal de término anticipado
Procedimiento de aplicación de multas
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado. Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado
Término Anticipado
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo.
Preeminencia Normativa
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos. a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl. d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto. e) Ficha electrónica de licitación. f) Ofertas de los oferentes a proponentes. g) Análisis de las propuestas. h) Informe y Decreto de Adjudicación. i) Otros Antecedentes Relacionados Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República
Jurisdicción de los Tribunales
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.