Licitación ID: 2446-31-LE22
Licitación Pública Nº 062022 para la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE PUNTA MIRA COQUIMBO”
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 161
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE, PUNTA MIRA NORTE, COQUIMBO  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licitación Pública Nº 062022 para la ejecución del Proyecto “CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE PUNTA MIRA COQUIMBO”
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El proyecto considera la construcción de la sede social Junta de Vecinos Villa Norte, con una superficie total de 84,3 m2, en la que se considera la habilitación de un salón multiuso, 1 cocinas, 2 Oficinas y dos baños. La construcción será en base a Muro de albañilería Armada, en ladrillo tipo "Princesa" 29x7.1x14 cm terminación estucada y pintado color blanco invierno. Estructurado con pilares, vigas y cadenas de hormigón armado. La cubierta en Plancha PV-6 Prepintada. Como terminaciones comprende estucos exteriores e interiores, cerámicos en pisos de salón, cocina y baños, vigas a la vista y cielos en planchas de yeso cartón, pintura, ventanas de aluminio, pastelones y gradas de hormigón.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-03-2022 11:59:00
Fecha de Publicación: 10-02-2022 15:25:41
Fecha inicio de preguntas: 16-02-2022 9:00:00
Fecha final de preguntas: 18-02-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-02-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-03-2022 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-03-2022 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2022 17:35:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno NO Obligatoria (Inicio en Avenida Heriberto Palacios Esquina Alberto Holgrém s/n Coquimbo ) 15-02-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO Nº 2: Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del terreno. 3. FORMULARIO Nº 3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. Se deberá adjuntar el Formulario N° 3 y/o el formato entregado por www.mercadopúblico.cl al momento de ingresar la oferta, aceptándose ambos formularios para la admisibilidad de la oferta. 4. FORMULARIO N°4: Declaración Jurada Simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. El Oferente, para acreditar este hecho, deberá acompañar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales F30, otorgado por la Dirección del Trabajo, vigente al acto de apertura de la presente propuesta. 5. Imagen digitalizada de la garantía, la que además se ingresará físicamente según lo establecido en el Punto 10.3 de las presente Bases. 6. En caso de personas jurídicas, se debe incluir los siguientes documentos: 6.1 Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días máximo desde su fecha de emisión. 6.2 Certificado que acredite la personería del representante legal. 6.3 Copia del RUT de la empresa. 7. En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad.
2.- NOTA: En el caso de extenderse automáticamente en 2 días hábiles la Apertura Electrónica programada inicialmente, considerando que la presente licitación corresponde a un monto superior a las 1000 UTM, situación regulada por la Dirección de Compras, bajo las mismas condiciones del Artículo 25, inciso final del reglamento de la Ley 19.886, se respetará la vigencia de la garantía en la fecha inicial programada e indicada en la respectiva Ficha de Licitación.
Documentos Técnicos
1.- 1. FORMULARIO Nº5: Formulario de experiencia del Oferente, donde indique la totalidad de m2 construidos en obras de edificación. Para quienes presenten certificados MINVU ó MOP según lo definido en letra c. de este ítem, deberán especificarlo en formulario 5, y no será necesario mencionar obras. Certificados y demás documentación fidedigna que permita acreditar la Experiencia del Oferente, lo cual debe coincidir con lo declarado en el Formulario N° 5. Se aceptará como acreditación de experiencia: Certificados emitidos por Instituciones Públicas que actúan como mandante de una obra. Debiendo indicar como mínimo, nombre de la obra, superficie edificada (m2) y nombre del acreditado. Nota: Si el certificado no especifica claramente el tipo de obra acreditada, quedará a criterio de la Comisión de Evaluación considerarlo. Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación, emitido por la Dirección de Obras Municipales. Nota: Si en el certificado no se individualiza a la empresa oferente, deberá adjuntar contrato de obra que acredite su participación en la ejecución de la misma. Certificados de Inscripción Vigentes en los Registros del MINVU: A – 1 ; A – 2 ; 4° Categoría ó Superior o Certificado MOP 6 0C; 3° Categoría ó Superior. Certificados emitidos por privados que actúan como mandante de una obra, debiendo indicar nombre de la obra, superficie edificada (m2), dirección de la edificación y nombre del acreditado. También debe indicar dirección y teléfono de quien emite el certificado.
 
2.- 2. Presupuesto detallado del proyecto (FORMULARIO N° 6), el cual deberá incluir todas las partidas que acrediten el desarrollo completo del proyecto de acuerdo a lo establecido en Especificaciones Técnicas y Planimetría correspondiente a los proyectos. No se aceptarán partidas definidas como “incluidas en”. No será motivo de declarar Fuera de Bases a las empresas oferentes, cuyas ofertas sean superiores al monto oficial del proyecto, sino que será considerado para posterior análisis de Evaluación de parte de la Comisión Evaluadora.
 
Documentos Económicos
1.- 3. Formato oficial de la Oferta Económica (FORMULARIO N° 7) de la Licitación, en el cual se deberá indicar el monto total del proyecto IVA incluido, además del Plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Anexo adjunto. Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA., lo que da el valor total ofertado. Nota 1: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la carta oferta (Formulario Nº 6) y con el valor neto del Presupuesto (Formulario Nº 5). Nota 2: Será de responsabilidad exclusiva del Proponente el cubicar cada una de las partidas estipuladas, de acuerdo a lo especificado en planos y especificaciones técnicas. Si el Oferente omite una o más partidas, la Comisión Evaluadora analizará esta omisión de acuerdo a la gravedad, lo que quedará consignado en dicha Acta. Nota 3: Las partidas cuyas unidades se contemplan en global, serán pagadas cuando se encuentren 100% ejecutadas.
2.- Se deja establecido que la empresa que oferte sobre el monto total asignado para la ejecución del proyecto, su oferta será declarada INADMISIBLE.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PRESUPUESTO POR PARTIDA i. Se asignará el puntaje máximo de 100 puntos al Oferente que presente el presupuesto completo, de acuerdo a las partidas indicadas en especificaciones técnicas, podrá incluir partidas adicionales que surjan del estudio del proyecto. ii. Se asignará puntaje de 80 puntos al o los oferentes que, presenten un presupuesto con alguna observación, y que dicha observación no sea relevante para el propósito de la licitación. iii. Se asignará puntaje de 30 puntos al o los oferentes que, presenten un presupuesto deficiente respecto a las partidas indicadas en especificaciones técnicas. 25%
2 EVALUACIÓN EXPERIENCIA Se considerará solo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N° 5 y que esté debidamente acreditada, documentación anexa de obras que no estén mencionadas en formulario 5, no serán consideradas. La acreditación de la experiencia se realizará mediante la presentación de certificados que acrediten la experiencia de la empresa en obras de edificación. Las empresas que presenten Certificados de inscripción vigentes en los registros del MINVU: A - 1, A – 2; 4ª CATEGORIA O SUPERIOR o certificado MOP. 6 OC; 3ª CATEGORIA, obtendrán el puntaje máximo. Las empresas que presenten 10 certificados de experiencia o más en obras ejecutadas, obtendrán el puntaje máximo. Los que acrediten menos experiencia, serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : 10 certificados Oi : Oferta del oferente i 40%
3 EVALUACION OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal al monto referencial o a la oferta menor si alguna es inferior al monto referencial. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 30%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL i. Proveedor no registra reclamos en Mercado Público, durante los últimos 6 meses, 100 puntos ii. Proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público durante los últimos 6 meses, 50 puntos iii. Proveedor registra entre 5 o más reclamos en Mercado Público durante los últimos 6 meses, 0 puntos Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. Se evaluará con 0 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado. Se evaluará con el mismo puntaje a aquellos oferentes que no presentaron todos los documentos requeridos antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales, pero sí lo hicieron dentro del plazo adicional otorgado por la Municipalidad. La calificación se calculará aplicando los factores indicados anteriormente, redondeando a dos decimales. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE-PMU
Monto Total Estimado: 49365332
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 365 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: MIRTHA HERNANDEZ
e-mail de responsable de pago: daf@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: NICOLE GUAJARDO
e-mail de responsable de contrato: nguajardoc@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-335328-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 09-08-2022
Monto: 300000 Peso Chileno
Descripción: Este documento deberá ser subido escaneado como archivo adjunto al portal mercado público www.mercadopúblico.cl , y conjuntamente, antes de la fecha y hora de apertura de ofertas, deberá ser ingresado, en forma física (documento original), al tratarse de boletas garantías y/o vale vista; y de optar por un Certificado de Fianza y/o Póliza de Garantía, al ser considerados éstos dos últimos documentos electrónicos, deberán ser remitidos vía mail a la Secretaría Comunal de Planificación secplan@municoquimbo.cl, con copia a Francisca Pérez García: fperezg@municoquimbo.cl , c.c. Nicole Guajardo Calderón: nguajardoc@municoquimbo.cl La Recepción de las boletas de garantías y/o vale vistas se realizará en las dependencias de la Secretaría Comunal de Planificación de la I. Municipalidad de Coquimbo, ubicada en calle Bilbao N° 348, Coquimbo, en un sobre cerrado indicando el nombre de la Licitación Pública y el del Oferente junto con los datos de contacto.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE, PUNTA MIRA NORTE, COQUIMBO”,
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, extendida por la Comisión Evaluadora, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Las garantías, deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 31-10-2023
Monto: 5 %
Descripción: Se recomienda, que la Garantía, por Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de la Obra, sea tomada por 2 meses más adicionales a los 12 meses, plazo que cubre proceder a levantar el Acta de Entrega de Terreno, trámites administrativos que aprueban acta de recepción definitiva u otros. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.4 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedara facultada para poner término al contrato de forma unilateral y sin forma de juicio, haciéndose efectiva la Garantía presentada, por concepto de Seriedad de la Oferta. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras nuevas o extraordinarias, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas obras adicionales, con vigencia igual al plazo contractual, más 12 meses, teniendo presente la sugerencia de adicionar 2 meses más. En caso de ampliación de plazo durante la ejecución de la obra, cada Garantía existente deberá ser prorrogada o remplazada por otra de acuerdo al nuevo plazo contractual, más 12 meses, teniendo presente la sugerencia de adicionar 2 meses más. En caso de disminución de obra y/o plazo cada garantía existente podrá remplazarse por otra de acuerdo a la disminución del monto y/o plazo contractual y su vigencia será de acuerdo al nuevo plazo contractual más 12 meses, teniendo presente la sugerencia de adicionar 2 meses más. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Deberá ser renovada en un plazo no menor a 10 días hábiles antes de su vencimiento, de lo contrario la Unidad Técnica quedará facultada para hacer el cobro de la garantía.
Glosa: La empresa adjudicataria a la firma el Contrato, deberá entregar una Garantía, extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de las Obras. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras “CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE, PUNTA MIRA NORTE, COQUIMBO”, La que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T.N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 12 meses. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria de Obras.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte de la Unidad Técnica, sin observaciones de ninguna especie, y tramitado el Decreto Exento que la aprueba. Considerar los plazos de tramitación de Decreto Alcaldicio que aprueba el Acta de Recepción Definitiva y oficio conductor con la documentación que respalda la devolución de la Garantía respectiva.
    Otras Garantías
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 10-04-2024
Monto: 10 %
Descripción: El Contratista adjudicado podrá solicitar anticipo, previa consulta al mandante. El anticipo no podrá ser de un monto superior al 10 % del valor del contrato primitivo (hasta 10%), y se otorgará siempre que el contratista lo caucione con una Garantías, cuyo plazo de vigencia será el del contrato más seis meses (180 días), para cada una de ellas. La solicitud de anticipo debe cursarse antes de presentar el primer estado de pago. El anticipo no estará afecto a reajuste y su devolución se efectuará en concordancia con el avance financiero de la obra. Se comenzará a devolver desde el primer estado de pago, en cuotas equivalentes al porcentaje de anticipo. Se descontará del monto del estado de pago respectivo, debiendo en todo caso quedar totalmente amortizado en el penúltimo estado de pago.
Glosa: La glosa de la garantía deberá decir: “Garantía por anticipo proyecto “CONSTRUCCIÓN OBRAS REMANENTE SEDE COMUNITARIA JUNTA DE VECINOS VILLA VALLE NORTE, PUNTA MIRA NORTE, COQUIMBO”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de “Anticipo” se devolverá al Contratista previa solicitud a la Unidad Técnica, en un plazo de 10 días corridos en virtud de lo que dispone el inciso 2° del Artículo 73 del Reglamento de Compras Públicas.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
ACLARACION A LA OFERTA (FORO INVERSO)
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
PRESENTACION DE ANTECEDENES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
ARTÍCULO 13. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes: a. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta no fue presentada según se establece en las B.A.G.: • Si no fue publicada en el portal www.mercadopublico.cl según numeral 11.2 número 5. • Si no fue ingresada en oficina de la Secretaría Comunal de Planificación, al momento de realizar la apertura de las ofertas, para el caso de boletas de garantía o vales vista. • Si la garantía emitida por documentos electrónicos no fueron ingresadas a la Secretaría Comunal de Planificación, según se establece en el numeral 10.3 párrafo 2. b. Si la Garantía de Seriedad de Oferta no tiene el monto y/o vigencia mínima señalada en las presentes bases. c. Si no se publican los formularios N°2, N°3, N°6 y N°7 señalados en el numeral 11.2 de las B.A.G. NOTA: En el caso de extenderse automáticamente en 2 días hábiles la Apertura Electrónica programada inicialmente, considerando que la presente licitación corresponde a un monto superior a las 1000 UTM (LP), situación regulada por la Dirección de Compras, bajo las mismas condiciones del Artículo 25, inciso final del reglamento de la Ley 19.886, se respetará la vigencia de la garantía en la fecha inicial programada e indicada en la respectiva Ficha de Licitación.
15.4. SELECCIÓN DEL ADJUDICATARIO
El proceso de evaluación se realizará de acuerdo a los criterios establecidos en las presentes Bases y estará a cargo de la Comisión Evaluadora. La Comisión dispondrá del tiempo necesario para estudiar los antecedentes de las Ofertas, elaborar la respectiva Acta de Evaluación y proponer la adjudicación de la licitación. Una vez aceptada la adjudicación, ésta se publicará por el portal www.mercadopublico.cl. La Unidad Técnica podrá rechazar alguna, o todas las ofertas, que no aseguraren el cumplimiento, en tiempo y forma, del objetivo de la licitación o de las necesidades sociales que con ella se pretende satisfacer, lo cual será explicitado a través de una resolución fundada. En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, La Unidad Técnica, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “experiencia”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “oferta económica”.
15.5. DE LA ADJUDICACIÓN
La Unidad Técnica adjudicará en un plazo no superior a la vigencia de la oferta, la cual le será notificada al proveedor adjudicado a través del Portal. Si el Adjudicatario, no se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Proveedores del Estado antes de firmar el contrato, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo no superior a 15 días corridos desde la adjudicación. En caso contrario se hará efectiva la garantía de “Seriedad de la oferta” y se adjudicará la licitación al oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje siguiente. Antes de la adjudicación, la Unidad Técnica se reserva el derecho a rechazar mediante declaración fundada todas las ofertas o dejar sin efecto el llamado a propuesta, sin tener por ello que indemnizar a los proponentes, sólo comunicando a estos los hechos que motivan su decisión. La Unidad Técnica dictará el Decreto Alcaldicio de Adjudicación y posteriormente la Resolución de Adjudicación en portal mercadopúblico que informará a los oferentes en el portal, ya sea aceptación o rechazo de la adjudicación, etapa que concluirá con la suscripción del contrato respectivo y posterior emisión de la Orden de Compra electrónica. La Unidad Técnica deberá publicar en el Portal el Acta de Evaluación y la respectiva Resolución de Adjudicación. Se deja establecido en las presentes Bases, que de no cumplirse la fecha estimada de ADJUDICACION indicada en la Ficha de la respectiva Licitación www.mercadopúblico.cl, se deberá dictar la Resolución Fundada, justificando el motivo de su prolongación y a la vez proceder a la modificación de la fecha indicada en la respectiva Ficha de Licitación, dando cumplimiento a la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Artículo 41 del Reglamento.
15.6. DE LA READJUDICACIÓN
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar, establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley 19.886 y su reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
ARTÍCULO 16. DEL CONTRATO
Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. La Obra se contratará por el sistema de Suma Alzada sin reajustes ni intereses de ningún tipo, entendiéndose que los valores totales serán exclusivamente aquellos indicados en los formularios de la Propuesta, expresado en moneda nacional. El precio del contrato comprende el total de las obras cuya ejecución se encomienda, asumiendo el contratista todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en su ejecución, cualquier sea su origen, naturaleza o procedencia e incluye, además, el valor de los aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costos de las garantías y, en general, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto. Asimismo, se deberá tener presente que el precio de las obras no incluirá ningún tipo de aporte reembolsable que deba efectuarse a las empresas de Servicios Eléctricos, Agua Potable u otros Servicios y en consecuencia, dichos aportes serán de cargo y propiedad del contratista. El contrato se redactará una vez adjudicada la licitación pública en el sistema de información www.mercadopúblico.cl , por lo cual la empresa adjudicataria, deberá acercarse a la Unidad de Licitaciones de la SECPLAN, ubicada en calle Bilbao N° 348, 2° piso, Coquimbo , una vez que sea notificado vía mail por la Unidad de Licitaciones, teniendo un plazo de 15 días hábiles para que en el mismo acto se proceda a firmar el respectivo contrato; entregar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del proyecto, y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, con una antigüedad no mayor a 30 días posteriores a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales. En virtud del Dictamen N° 13.695 del 2018 de Contraloría Regional de la República de fecha 4/6/2018, la emisión de la Orden de Compra, se resolverá previa suscripción y firma del contrato propiamente tal y de su aprobación, por ende la Unidad requirente responsable del proceso de licitación la enviará con posterioridad al contrato. Una vez firmado el contrato, se dictará el Decreto que lo aprueba. Si el Oferente no cumple con el Artículo N° 4 de la ley N° 19.886 sobre contratos administrativos de suministros y prestación de servicios, no podrá firmar el contrato. El Contrato contendrá la aceptación de la propuesta y el compromiso por parte del Contratista de ejecutar las obras que son materia del Contrato, de conformidad a las Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, los planos, presupuestos, Serie de Preguntas y Respuestas, Aclaraciones, Memorias Técnicas y a cualquier otra exigencia establecida en las presentes Bases, documentos y antecedentes que se entienden, para todos los efectos, forman parte integrante del Contrato. El contrato será redactado por la Unidad Técnica tomando como base el texto de las presentes Bases de Licitación y la oferta adjudicada. Los plazos establecidos en el contrato, comenzarán a correr a partir del día siguiente del acta de entrega del terreno por parte de la Unidad Técnica al proponente adjudicado. Si por causa imputable al Adjudicatario el contrato no se suscribe dentro del plazo indicado precedentemente, se hará efectiva la garantía de seriedad que caucionó su oferta, pudiendo la Municipalidad readjudicar la propuesta al 2° lugar o llamar a una nueva propuesta pública o privada, sin perjuicio de hacer valer las acciones legales que procedan.
ARTÍCULO 17. PERMISOS
Es responsabilidad del Contratista tramitar y cancelar todos los permisos necesarios para la correcta ejecución del proyecto ante las entidades correspondientes. El plazo de ejecución ofertado comenzará a regir a partir del día siguiente del Acta de Entrega de Terreno. El Contratista Adjudicado, una vez ejecutada la Obra, deberá realizar todos los tramites que sean necesarios para obtener la RECEPCION PROVISORIA Y DEFINITIVA DE LA OBRA, además debe realizar todos los trámites necesario y certificaciones para la obtención de la RECEPCIÓN MUNICIPAL DE OBRAS DE EDIFICACIÓN emitida por la Dirección de Obras Municipales. En consecuencia, será responsabilidad del contratista incluir en su oferta todos los gastos imputables a estas tramitaciones.
ARTÍCULO 19. LETRERO DE OBRAS
Una vez, que de parte de la Secplán se entregue el diseño del letrero, el contratista cuenta con un plazo no mayor a 20 días para instalar en el terreno el Cartel de Obras, el cual debe cumplir con las especificaciones técnicas y de diseño requeridas. Este Cartel debe ser ubicado en un lugar visible desde la calle. La confección y ubicación de éste deberá contar con la aprobación del ITO. Deberá indicar la fuente de financiamiento de la obra y la identificación del Mandante y de la Unidad Técnica. No se permitirá destacar el nombre del Contratista en relación al resto de la leyenda ni la colocación de otros carteles próximos a sus costados. El Contratista será responsable de la mantención y preservación de dicho Cartel. También será de su cargo el retiro del Cartel, el cual podrá ser retirado después de 30 días de efectuada la recepción provisoria de la obra y quedará de propiedad del contratista. Por otra parte, el Contratista debe considerar una placa identificatoria del proyecto, la cual debe indicar claramente nombre del proyecto y que es obra financiada por el GOBIERNO REGIONAL. Esta debe ser instalada al término de la obra.
PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo referencial de ejecución del proyecto 150 días corridos. Dentro de este plazo, el contratista deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a las Especificaciones Técnicas, planos, bases administrativas, contrato y considerar las aprobaciones de los servicios ante los organismos competentes, este plazo incluye aprobación de proyectos eléctricos, de gas por la S.E.C., aprobación de instalación de agua potable y alcantarillado por la empresa sanitaria y otras aprobaciones que por normativa debe dar cumplimiento el contratista para la correcta ejecución y entrega de las obras. Adicional al plazo ofertado, la Unidad Técnica otorgará un plazo de 30 días corridos, para la tramitación de las conexiones de los servicios, como son agua potable, alcantarillado, gas, eléctrico, entre otros. El plazo de ejecución a contratar será el siguiente: PLAZO EJECUCIÓN = plazo ofertado + plazo adicional (30 días corridos). El plazo que se estipula para la ejecución de los trabajos, será el ofertado, sin deducción de días lluvias, feriados ni festivos y se contará desde el día siguiente de la fecha del acta de entrega del terreno. El proponente deberá ofertar el plazo en días corridos. La Unidad Técnica podrá ampliarlo, en caso de cualquier modificación del contrato que lo afecte y siempre que sea por causa no imputable al Contratista. El plazo podrá prorrogarse, previa petición escrita del Contratista, en la cual deberá presentar toda la documentación que respalde su solicitud; la que podrá ser aceptada o rechazada por la Unidad Técnica, previo informe del ITO que dé cuenta si corresponde o no aceptar la ampliación de plazo solicitada y fundamente los días de ampliación aprobados o rechazados. De ser aceptada, se dictará la resolución que corresponda y se modificará el contrato. La prórroga no podrá solicitarse una vez terminado el plazo contractual.
ARTÍCULO 29. ESTADOS DE PAGOS
El Mandante pagará al Contratista el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance de obra, que se cursarán mensualmente. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Mandante y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse las retenciones establecidas en las presentes Bases y los demás descuentos que procedan. Los estados de pago se cancelarán de acuerdo a los Precios Unitarios del Presupuesto ofertado por el contratista. El contratista debe tener en cuenta que las partidas cuyas unidades se contemplan en carácter global, de acuerdo a Formulario 5, serán pagadas cuando se encuentren totalmente ejecutadas. El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida la recepción provisoria, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 32 de las presentas Bases y no deberá ser inferior al 5 % del monto contratado. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
29.3 RETENCIONES
En cada Estado de pago la Unidad Técnica retendrá el 10% del valor del avance de obra, hasta enterar un 5% del valor total del contrato, incluidos sus aumentos, como garantía de la correcta ejecución de los trabajos y del cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, laborales y sociales de los trabajadores contratados para la obra, hasta la Recepción Provisoria del Contrato. Las retenciones serán devueltas en forma conjunta con el último estado de pago. La devolución de las retenciones señalada en el inciso anterior se hará efectiva una vez aprobada el Acta de Recepción Provisoria por la Unidad Técnica y deberán ser solicitadas por el Contratista a través de carta.
29.5 ANTICIPO
El Contratista adjudicado podrá solicitar anticipo, previa consulta al mandante. El anticipo no podrá ser de un monto superior al 10 % del valor del contrato primitivo (hasta 10%), y se otorgará siempre que el contratista lo caucione con una garantía cuyo plazo de vigencia será el del contrato más seis meses (180 días). El anticipo no estará afecto a reajuste y su devolución se efectuará en concordancia con el avance financiero de la obra. Se comenzará a devolver desde el primer estado de pago, en cuotas equivalentes al porcentaje de anticipo aportado. Se descontará del monto del estado de pago respectivo, debiendo en todo caso quedar totalmente amortizado en el penúltimo estado de pago. La garantía de “Anticipo” se devolverá al Contratista previa solicitud a la Unidad Técnica, en un plazo de 10 días corridos en virtud de lo que dispone el inciso 2° del Artículo 73 del Reglamento de Compras Públicas, dicha devolución se informará al Mandante de la devolución de anticipos efectuada en los estados de pago.
ARTÍCULO 30. DE LAS MULTAS
Se establece el siguiente régimen de multas: a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/000), por cada día de atraso en el término y entrega de la obra respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha del Acta de Entrega de Terreno. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato sin IVA, considerando todos sus aumentos, disminuciones, obras extras y no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. El atraso de una obra será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de Acta de Recepción Provisoria y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. La aplicación de esta multa se hará administrativamente, sin forma de juicio, y se deducirá en los Estados de Pago, retenciones o de las garantías del Contrato. Si durante la ejecución de las obras se produjeren atrasos parciales ocasionados por factores fortuitos o fuerza mayor, el Contratista deberá presentar su justificación por escrito con la documentación que respalde su solicitud. Se estudiará la petición del Contratista y se resolverá la aceptación o rechazo que corresponda. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por parte del I.T.O. de materiales que no llenen las condiciones del Contrato, no autorizarán al Contratista para solicitar prórroga de plazo. La acumulación de las multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Para la aplicación de las multas, el ITO deberá notificar al Contratista, que tendrá un plazo de 5 días hábiles para emitir sus descargos a la Inspección Técnica. Con el mérito de los antecedentes, la Inspección Técnica resolverá de oficio respecto de su monto y aplicación y lo informará a la Secplán para la tramitación del respectivo decreto que sanciona la aplicación de multas. Las multas serán aplicadas por el ITO y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa.
ARTÍCULO 32. RECEPCIÓN PROVISORIA
deberá verificar dicho término y fiel cumplimiento de las Especificaciones Técnicas del contrato, con la debida certificación de calidad de las obras que se indique en las especificaciones técnicas. La Recepción Provisoria, deberá estar conformada por el Inspector Técnico de Obras I.T.O., por el profesional proyectista responsable del proyecto licitado, un Funcionario del Departamento de Alumbrado Público y un Funcionario del Departamento de Parques y Jardines de la Municipalidad. La Comisión deberá constituirse en terreno revisando las obras efectuadas y generará su informe en un plazo no superior a 15 días, a contar de la fecha de la constitución en terreno. Una vez verificada, por la Comisión, la correcta ejecución de las obras, ésta dará curso a la recepción provisoria y levantará un acta que será firmada por todos los miembros y el Contratista o su representante legal. Se consignará como fecha de término de la obra, la que haya indicado el I.T.O. en su informe.
RECEPCIÓN DEFINITIVA
Antes que se cumplan los 12 meses de la garantía, el Contratista deberá solicitar por escrito la Recepción Definitiva de la Obra, la que se realizará de la misma forma y con las mismas solemnidades que la Recepción Provisoria. En caso de haber defectos imputables al Contratista, éste deberá repararlos a su costa en el plazo que otorgue el I.T.O. Si el Contratista no hiciera las reparaciones en el plazo fijado, el I.T.O. deberá informar tal situación a Secplán y solicitará el cobro de las garantías respectivas. La Unidad Técnica, con cargo a las garantías del contrato podrá realizar las reparaciones no ejecutadas por el contratista. En el Acta de Recepción Definitiva debe estar suscrita antes o al cumplimiento de los 12 meses de garantía y con ella, la Inspección Técnica deberá autorizar la devolución de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de las Obras.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.