Licitación ID: 2446-33-LE23
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EN COQUIMBO SOMOS CALETAS 2023
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 501
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad
Cod: 80141607
Contratación Servicios de Producción “En Coquimbo Somos Caletas”, Las fechas a desarrollar la actividad son: Caleta de Coquimbo 14 de Febrero; Caleta de Guayacán 13 de Febrero; Caleta de Tongoy 16 de Febrero; Caleta de Puerto Aldea 08 de Febrero; Caleta d  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN EN COQUIMBO SOMOS CALETAS 2023
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se requiere licitar el Servicio de Producción En Coquimbo Somos Caleta 2023; que será desarrollado en diversos sectores costeros de la comuna de Coquimbo como; Caleta de Coquimbo, Caleta de Guayacán, Caleta de Tongoy, Caleta de Puerto Aldea, Caleta de Totoralillo, Caleta de Guanaqueros, Caleta la Herradura, Caleta de Peñuelas, con la finalidad de dar a conocer los atributos que tiene nuestra comuna, destacando a Coquimbo como uno de los centros turísticos más importantes, donde los turistas y comunidad en general pueden disfrutar de sus playas, seguridad y atractivos. Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad del Departamento de Relaciones Públicas: Cristian Leyton Velásquez, EMAIL: cleytonv@municoquimbo.cl; FONO: 993260995.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-02-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 30-01-2023 17:48:56
Fecha inicio de preguntas: 30-01-2023 21:16:00
Fecha final de preguntas: 01-02-2023 21:16:00
Fecha de publicación de respuestas: 03-02-2023 21:16:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-02-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-02-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 27-02-2023 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Horas
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Podrán participar en esta licitación las personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos de la ley Nº 19886 y su reglamento. En conformidad con el artículo 4° de la Ley N°19.886, no haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Los proveedores interesados en participar en la presente licitación deberán adjuntar en su oferta certificado de la autoridad competente que permita acreditar si el proveedor adjudicado registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Asimismo, el mismo artículo 4° establece que no se podrá suscribir contratos con los funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco (letra b) artículo 54 ley N°18.575), ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionista, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada Simple que se adjunta a la presente licitación, sin perjuicio de las facultades de la Dirección de Compras Públicas de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. Los oferentes interesados en presentar propuestas en la presente licitación, deberán ingresar los siguientes documentos, antes de la fecha de cierre indicada en el calendario oficial: - Formulario Identificación del Oferente, según formato adjunto a la licitación. - Formulario Declaración Jurada, según formato adjunto a la licitación
Documentos Técnicos
1.- Los oferentes interesados en participar en la presente licitación podrán ingresar los antecedentes necesarios para la evaluación de sus ofertas. Deberán ingresar la propuesta o parrillas de Chefs para la evaluación del Departamento de Relaciones Públicas, se debe considerar la equidad de género. Los oferentes deberán presentar los antecedentes requeridos para acreditar el criterio de evaluación Experiencia en el Rubro.
 
Documentos Económicos
1.- Los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto del ítem y servicio requeridos, Además, los oferentes deberán ingresar los formularios de Oferta Económica, según Formato adjuntos a la licitación. Las ofertas que excedan del presupuesto máximo disponible serán declaradas inadmisibles, sin derecho a evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia en el Rubro 0 a 1 documentos que acrediten: 0 punto 2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos 5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos 8 o más documentos que acrediten: 100 puntos Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación. Se considerarán como documentos válidos copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución. Los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados para la evaluación 20%
2 Precio Total IVA Incluido (Menor Precio Ofertado/Precio a Evaluar) x 100. 40%
3 Comportamiento Contractual Anterior Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 0 Punto Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 50 Puntos Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 6 meses en Mercado Público: 100 Puntos 20%
4 Cumplimiento Requisitos Formales Adjunta Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 Pts. Adjunta Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 Pts. Adjunta Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 Pts. Ingresa valor neto en línea de comprobante de la oferta 20 Pts. Antecedentes adicionales solicitados en las bases 20 Pts. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Monto Total Estimado: 25000000
Justificación del monto estimado Suma Alzada, en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Los recursos del Presupuesto Municipal 2023; Centro de Costos del Departamento de Relaciones Públicas. Cta. Nº 215-22-08-011-000-000-046
Duración de Contrato Contrato de Ejecución Inmediata
Tiempo del Contrato 1 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Departamento de Finanzas
e-mail de responsable de pago: finanzas@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristian Leyton Velásquez
e-mail de responsable de contrato: cleytonv@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-9-93260995-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHIBE SUBCONTRATACION
8. Garantías requeridas
    Otras Garantías
Beneficiario: I. Municipalidad de Coquimbo
Fecha de vencimiento: 30-04-2023
Monto: 10 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar al municipio un documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del servicio. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable, en forma material y/o electrónica. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 10 % del monto adjudicado, con vigencia hasta el día 30-04-2023. El plazo máximo de presentación será 1 día corrido contado desde la adjudicación en el portal, de forma previa a la contratación. D Deberá entregarse en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas, ubicado en Avenida Varela #1112, 6º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla karinaavila@municoquimbo.cl La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación. No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo. En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento. Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de garantía, incluir las siguientes cláusulas a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo; b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación. c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. Detectada una situación que amerite el cobro de la caución de Fiel Cumplimiento del Servicio por parte de la Municipalidad, se le notificará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. La resolución que apruebe el cobro de la caución y resuelva los descargos, si éstos existieren, se publicará en el sistema de información y contra ésta, procederán los recursos establecidos en la Ley Nro. 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Se hará efectivo el cobro del respectivo documento que garantiza el fiel cumplimiento del servicio una vez resueltos los recursos, o vencido el plazo para su interposición, sin que se haya presentado. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según bases de licitación. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades.
Glosa: La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del servicio solicitado Propuesta Pública N° 47/2023”, SERVICIO DE PRODUCCIÓN “EN COQUIMBO SOMOS CALETAS 2023.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se realizará una vez cumplida su vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del Departamento de Relaciones Públicas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Validez de las Ofertas:
La relación contractual tendrá una vigencia de 60 días, contados desde la total tramitación del acto Administrativo que apruebe el contrato, si lo hubiere, o desde la aceptación de la orden de compra, si no se suscribe contrato. El contrato, si lo hubiere, podrá ser renovado fundadamente por el mismo período, por una sola vez.
Consultas y Aclaraciones:
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
Modificación de bases y antecedentes de la licitación.
Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán publicadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Ilustre Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario de manera fundada.
Aclaración de Ofertas:
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Requisito de Admisibilidad:
Será requisito de admisibilidad que las ofertas cumplan con lo siguiente: • Que oferten la totalidad del requerimiento y que lo detallen expresamente con las especificaciones solicitadas en guía de requerimiento, en el Formulario de Oferta Económica y documento adjunto a licitación, según lo señalado en antecedentes técnicos de la presente licitación. Los oferentes que no oferten lo solicitado no pasarán a la etapa de evaluación y su oferta será declarada inadmisible. Así mismo quienes excedan el presupuesto máximo disponible de la contratación no serán evaluados y, sus ofertas se declararán inadmisible.
Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes:
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. A él o los proveedores que se le deba realizar dicha consulta, se les asignará un menor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
Obligación del Evaluador:
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
Evaluación de las Ofertas:
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación:
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es karinaavila@municoquimbo.cl.
Resolución de Empates:
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación de PRECIO. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación EXPERIENCIA EN EL RUBRO. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
Adjudicación de la Propuesta:
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se emitirá la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío. El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente o en estado hábil en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor. En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
Sobre la Readjudicacion:
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Responsable de la Relación Contractual:
Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad del Departamento de Relaciones Públicas: Cristian Leyton Velásquez, EMAIL: cleytonv@municoquimbo.cl; FONO: 993260995. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.
Contacto del Adjudicatario:
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
Plazo para aceptar la orden de compra:
Una vez adjudicada la licitación y verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar, el municipio para formalizar la contratación, emitirá a través de sistema de información www.mercadopublico.cl, la respectiva orden de compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario en un plazo de 2 días hábiles desde su envío. La no aceptación de la orden de compra, será considerada como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que ello ocurra.
Plazo de ejecución del servicio contratado.
La ejecución del servicio se realizará durante el mes de febrero 2023, según lugar a realizar dicha actividad. Comuna de Coquimbo (8 caletas): Estos requerimientos deberán estar operativos a las 11am a 14hrs. en cada lugar a realizar el evento. Caleta de Coquimbo 14 de Febrero; Caleta de Guayacán 13 de Febrero; Caleta de Tongoy 16 de Febrero; Caleta de Puerto Aldea 08 de Febrero; Caleta de Totoralillo 10 de Febrero; Caleta de Guanaqueros 09 de Febrero; Caleta de La Herradura 12 de febrero; Caleta de Peñuelas 15 de febrero. El municipio se reserva el derecho de modificar hora o fecha de los eventos, entre otras, en caso de ocurrir situaciones ajenas al municipio (condiciones climáticas, catástrofes, u otros) que obliguen a recalendarizar el evento, estando disponibles para prestar el servicio contratado en forma íntegra en la nueva fecha establecida sin derecho a indemnización alguna.
Forma de Pago:
El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad del servicio contratado y deberá anexar en la factura el certificado de cumplimiento emitido por la Jefatura del Dpto. Solicitante. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. El responsable del Pago es la Dirección de Administración y Finanzas, Email: daf@municoquimbo.cl. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el departamento solicitante: Departamento de Relaciones Públicas: Cristian Leyton Velásquez, EMAIL: cleytonv@municoquimbo.cl; FONO: 993260995. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl.
Plazo para Devolución de Factura:
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c. que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Modificación del Contrato:
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra. En todo caso en total, las modificaciones no podrán exceder del 30% del monto originalmente pactado.
Incumplimientos del proveedor:
En el evento que se produzca incumplimiento por parte del proveedor a las disposiciones establecidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas o el contenido de su oferta se aplicará sanción de acuerdo al siguiente contenido: a) Incumplimiento en caso que se solicite reemplazo de Chef profesional – Chef Coquimbano, por la Unidad Técnica de Relaciones Públicas y que el oferente acceda a dicho requerimiento, respecto de las parrillas presentadas junto a su oferta; se aplicará una sanción de 5% sobre el monto total contratado neto. b) Por cada hora de atraso en el inicio del evento, la prueba de sonido o de las presentaciones; por causa atribuible al proveedor, se aplicará una multa del 2% sobre el monto total contratado neto, de cada actividad a realizar (8 lugares específicos a realizar). c) Si se detecta un incompleto servicio en el requerimiento, ya sea, mesas, pantallas, contenedores, manteles, materiales, cubiertos, indumentaria sanitaria, vestimenta e insumos necesarios para la operatividad y gestión del servicio contratado, que influyan y afecten en el buen funcionamiento del servicio, al tenor de lo establecido en los requerimientos técnicos de la licitación, se aplicará una multa de 2% sobre el monto total contratado neto. d) Que en alguna de las actividades presentadas afecte la moral, las buenas costumbres, o se realicen manifestaciones políticas; por cada infracción se aplicará una sanción de 5% sobre el monto total contratado neto . e) Por cada hora de atraso en el horario de montaje se aplicará una multa equivalente al 2% del precio neto total contratado, con un tope por incumplimiento de 3 horas (la actividad deberá iniciarse desde las 11:00am a las 14hrs. en cada caleta a realizar el evento). f) Por detectarse faltantes en el servicio solicitado, se aplicará una multa equivalente al 2% del precio neto total contratado. Esto es, incumplimiento en la cantidad de productos a entregar, falta en el traslado de los materiales, incumplimiento en los reconocimientos de vidrio o cristal, elementos de seguridad necesarios en el montaje del servicio, falta de protocolo covid 19, estructura necesaria para el montaje, traslado de las personas que participarán en cada actividad. Se deja expresa constancia que, se entenderá incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, facultando al municipio para poner término anticipado a la contratación; alcanzar el tope de 20% del valor neto del contrato, que la prestación de los servicios difiera significativamente de lo ofertado y esto afecte el normal inicio, funcionamiento o término del evento. De igual forma que, por actos u omisiones del proveedor o sus dependientes; o bien por las condiciones o defectos técnicos de los equipos o equipamientos se produzca daño o riesgo de daño a la vida o la integridad física de los asistentes al evento o la propiedad tanto privada como del municipio. En todo caso, el listado de incumplimientos graves si bien no es taxativo, podrá ser utilizado como referencia para calificar otros incumplimientos que revistan gravedad equiparable, en virtud de lo cual, el municipio estará facultado para poder término anticipado a la contratación.
Procedimiento de aplicación de multas:
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado. Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de seriedad de la oferta que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
Término Anticipado:
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo. Y facultará al municipio a hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
Normativa y antecedentes que regulan la licitación:
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos. a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl. d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto. e) Ficha electrónica de licitación. f) Ofertas de los oferentes a proponentes. g) Análisis de las propuestas. h) Informe y Decreto de Adjudicación. i) Otros Antecedentes Relacionados Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
Jurisdicción de los Tribunales:
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.