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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar personas naturales o jurídicas; asimismo podrán participar dichas personas, tanto naturales como jurídicas, bajo la modalidad de Unión Temporal, según lo que dispone el 67 bis del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, indicando en la oferta Electrónica de la plataforma www.mercadopublico.cl que su oferta se trata de una Unión Temporal de Proveedores (UTP).
Quedarán excluidos los oferentes quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidada.
Para la presente licitación, correspondiente a una adquisición inferior a las 1000 UTM, y si la oferta corresponde a una UTP, el representante de esta, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado con poder suficiente para suscripción de contratos y sus modificaciones, documentos u otros que estimen conveniente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros, el o los responsables de emitir factura y recepcionar pago y determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes estimen necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato.
Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y presentar certificado de vigencia de la Sociedad no superior a 30 días corridos respecto a la fecha de apertura técnica (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). Al momento de la firma del contrato, el proveedor o los proveedores que conforman la UTP, deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores de la Plataforma electrónica Mercado Público en estado hábil. El oferente que no esté inscrito en este registro o que no se visualice el estado de habilidad para contratar con el estado, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación, de lo contrario, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo, como asimismo las inhabilidades para contratar en virtud de lo que dispone los Artículos 8° y 10° de la Ley N° 20.393 que establece Responsabilidad penal de las personas Jurídicas en los delitos que indica.
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ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS |
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El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl aclaraciones a los antecedentes de la propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo.
Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl , para conocimiento de todos los proponentes. El Municipio podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.
Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas.
La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del oferente es de su exclusiva responsabilidad.
Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte de la relación contractual.
Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. El Municipio se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
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VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA |
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Se hará una visita a terreno de carácter NO OBLIGATORIA. A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar de la licitación. Esta visita se realizará 3 días corridos posterior a la fecha de publicación de la presente licitación en www.mercadopublico.cl, que quedará consignado en el calendario “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación, reuniéndose en calle Atacama, esquina calle Cabo Exequiel Aroca, sector Tierras Blancas, Coquimbo, a cargo de los Ingenieros Proyectista, Oscar Valverde y/o Margarita Escalante o quien reemplace en ausencia de uno o ambos.
A la hora y lugar indicado en párrafo anterior y en calendario de licitación se iniciará la visita, en la cual se confeccionará una nómina con los oferentes que concurran y se procederá a firmar el Acta de visita a terreno. En esta visita se hará una breve descripción del Proyecto que servirá de base para elaborar de mejor forma la propuesta de los posibles oferentes, verificando todos los aspectos que deban considerar en su oferta, tales como condiciones del edificio, condiciones del entorno, verificación de abastecimientos como agua potable, energía eléctrica, entre otros.
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CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS |
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a. Si no se publican los formularios N°2, N°3, y N°4 establecidos en el numeral 11.2 y 11.3 de las presentes Bases.
b. Cuando las ofertas no satisfagan técnica y económicamente los intereses municipales. De igual forma, cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases.
c. Si la información adjunta por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes.
d. Si la oferta no da cumplimiento a las labores y trabajos solicitados para la instalación de riego de áreas verdes para ambas plazas o no cumple con las especificaciones y características establecidas en el documento adjunto a la licitación denominado “Especificaciones Técnicas”, pudiendo éstas ser iguales, equivalentes o de calidad superior.
e. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 11.2, numeral 3.3.
f. Si presentados los formularios o documentos del oferente que no son catalogados como esenciales, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el municipio vía foro inverso, habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en el artículo 11.2 y 11.3 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración, siempre y cuando, dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
g. Si no indica plazo de ejecución en formulario N°3 o indica plazo en días corridos.
h. La omisión de antecedentes o evaluación de las propuestas, que haga imposible la revisión de aspectos de admisibilidad o evaluación de las propuestas, sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los oferentes.
i. Si los valores indicados en el Formulario N°3 y en el Formulario N° 4, no son coincidentes entre sí.
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PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl . En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopublico.cl
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, la Municipalidad, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Oferta económica”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Experiencia en el Rubro”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Plazo”, seguido del criterio “Cumplimiento de Requisitos formales” y por último en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”, proponiendo la adjudicación de la oferta que tenga mayor puntaje en el mencionado criterio. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl , el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
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DEL PAGO Y FORMA DE PRESENTACION |
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El Municipio pagará al Proveedor el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance del proyecto, no obstante, el proveedor también podrá presentar un estado de pago único posterior a la ejecución de los trabajos encomendados, contando con el acta de recepción provisoria. De presentar estados de pago por avance, los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Municipio y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista.
El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse los descuentos que procedan si los hubiere.
Los estados de pago se cancelarán de acuerdo a los precios del presupuesto ofertado por el contratista. El contratista debe tener en cuenta que las partidas cuyas unidades se contemplan en carácter global, de acuerdo al Formulario N°4, serán pagadas cuando se encuentren 100% ejecutadas.
El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida la recepción provisoria, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 26 de las presentes Bases y no deberá ser inferior al 5 % del monto contratado.
El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura.
24.2 PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO
La presentación de la documentación por parte de la empresa para generar el estado de pago al ITC deberá cumplir con las siguientes formalidades:
a. Ingreso formal del estado de pago, mediante carta dirigida al Secretario Comunal de Planificación, correspondiente a la repartición donde se encuentre el profesional Inspector Técnico de la Obra.
b. Cada estado de pago se resumirá en una carátula general denominada “Carátula de pago” modelo que será entregada por el ITO, que establecerá los montos líquidos a pagar e identificará los descuentos que proceda realizar por conceptos de multas u otros y el documento “control de avance”.
c. Nómina de trabajadores que se han desempeñado en la obra.
d. Un set de fotografías de los ítems más relevantes del periodo en formato impreso, o en su defecto, si presenta un estado de pago único, fotos e imágenes del trabajo realizado y culminado.
e. Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste el pago de las obligaciones laborales del Contratista con los trabajadores que se han desempeñado en la ejecución de la obra. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, este certificado deberá ser presentado por todas las empresas que la compongan.
f. Fotocopia de Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra.
g. Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en el caso que las hubiere.
h. Si la empresa subcontrata obras, deberá presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores pertenecientes al subcontrato que hayan realizado labores en la obra. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial o declaración jurada con firma electrónica digital avanzada, que indique que no tiene partidas subcontratadas.
i. En el caso del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar adicionalmente copia de los siguientes documentos:
• Contrato y Decreto que lo aprueba.
• Acta de Entrega de Obra.
• Garantía por Fiel Cumplimiento y correcta ejecución de la obra.
j. En el caso del último Estado de Pago, se deberá acompañar (adicional a lo anterior) copia de los siguientes documentos:
i. Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, emitida por la ITO y la comisión de Recepción.
ii. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, F-30, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, con vigencia a la aprobación del estado de pago por parte de la Inspección Técnica de Obras.
iii. Boletas canceladas al día de pago de servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad, de forma que no existan deudas al momento de la entrega de la obra u otro certificado que acredite que la empresa no tiene deudas por dichos servicios utilizados durante la ejecución de la obra.
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FACTURACION |
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La factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, debiendo ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Oficina de Compras Públicas y Contratos de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas (DAF) y éste a su vez quede libre de observaciones y cuente con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán la entrega de la factura, la que será ingresada directamente a la Oficina de compras públicas dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, mediante Nota Interna del Inspector Técnico con copia del correo electrónico que autoriza su emisión por parte del Auditor DAF.
Por lo anterior no se podrá factorizar sin que la Dirección de Administración y Finanzas haya otorgado V°B° a la presentación del estado de pago.
Cumplido lo anterior, la empresa estará en condiciones de poder factorizar, de acuerdo a procedimiento establecido en el artículo 29 “Operación con Factoring” de las presentes bases.
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