Validez de las Ofertas: |
El plazo de validez de las ofertas será para todo el periodo en que se encuentre operativo el presente contrato. La presente licitación fija precios para el periodo de duración del contrato. En aquellos casos que los oferentes no informen la validez de su oferta, esta se entenderá que cumple con la validez señalada precedentemente.
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Consultas y Aclaraciones: |
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
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Requisito de Admisibilidad: |
Será requisito de admisibilidad que las ofertas cumplan con lo siguiente:
- Que oferten la totalidad del servicio requerido en guía de requerimiento, y bases técnicas adjuntas a documentos que integran la presente licitación.
- Que el oferente incluya en su oferta una metodología y plan de trabajo con un informe técnico de procedimiento y carta Gantt.
-El equipo de trabajo deberá contar al menos con dos médicos veterinarios cirujanos titulados en una universidad reconocida por el estado, tres ayudantes técnicos veterinarios o médico veterinario y un administrativo para llenado e ingreso de documentación (Tabla N°4). Se debe identificar a cada miembro del equipo con el perfil del cargo, titulo, nivel de experiencia y trayectoria en este tipo de proyecto.
- En el acto quirúrgico deberán al menos participar 1 médico veterinario, previa asistencia de anestesista, ambos profesionales deberán contar con 3 años de experiencia comprobable en operativos de esterilizaciones de caninos y felinos, presentando como mínimo 3 certificados de cumplimiento de operativos realizados y un ayudante con al menos 1 año de experiencia en operativos de similares características, presentando como mínimo 2 certificados de cumplimiento de operativos realizados.
- Los oferentes que no oferten por el servicio solicitado, cumplimiento de los protocolos establecidos en el Plan Nacional de Esterilizaciones responsabilidad compartida año 2022, y especificaciones en documentos adjuntos no pasarán a la etapa de evaluación y su oferta será declarada inadmisible.
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Aclaración de Ofertas: |
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Se otorgará un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes: |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ellos se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Obligación del Evaluador: |
Por aplicación de los principios de igualdad de los oferentes, legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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Evaluación de las Ofertas: |
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quien, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente.
La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
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Resolución de Empates: |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Otros. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Precio. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Experiencia en el Rubro. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Comportamiento Contractual Anterior. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
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Adjudicación de la Propuesta: |
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación.
Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se elaborará contrato, el que deberá ser firmado por el oferente adjudicado para después emitir la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío.
El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente o en estado hábil en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor.
En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
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Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación: |
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es karinaavila@municoquimbo.cl
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Puntaje Mínimo de Adjudicación |
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
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Sobre la Re adjudicación: |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no concurre a firmar contrato dentro de 10 días corridos de notificado, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Del Contrato |
Se procederá a suscribir el contrato en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas ubicado en Avenida Varela N° 1112, Piso 6 Coquimbo. Para la suscripción del contrato el oferente deberá estar inscrito en el registro oficial de contratistas y proveedores de la administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el Art. 16 de la ley 19.886. En caso de no estar inscrito, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación. Al momento de la firma del contrato el oferente adjudicado deberá entregar una Garantía por Fiel Cumplimiento o haberla entregado con anterioridad. En el caso que el oferente no haya presentado este documento no se podrá concretar la firma del contrato. Formarán parte del contrato las presentes bases y la oferta del proponente adjudicado. El contrato comenzará a regir una vez firmado por ambas partes y posteriormente se emitirá la orden de compra respectiva, la que deberá ser aceptada por el prestador.
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Plazo para concurrir a la firma del contrato |
El plazo para concurrir a la firma del respectivo contrato es de 10 días corridos, una vez notificado de encontrarse disponible para firma del contrato respectivo en oficinas del Departamento de Adquisiciones de la Municipalidad, ubicada en Avenida Varela #1112, piso 6, Coquimbo.
Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico indicada en el correo del proveedor que conste en el formulario de identificación del oferente. De todas formas, excepcionalmente el adjudicatario podrá requerir firmar en un lugar diverso a solicitud y costo del oferente adjudicado, debiendo en todo caso concretarse la firma dentro del plazo señalado precedentemente.
Se deja expresa constancia, que; en virtud de lo señalado por la Directiva N° 34, de la Dirección de Compras Públicas, de forma excepcional, y solo en caso de encontrarse vigente el estado de emergencia sanitaria provocada por el virus COVID-19, el oferente adjudicado podrá remitir el contrato con firma electrónica simple, mediante el correo electrónico señalado en el Formulario N° 1 de las presentes bases administrativas.
Cabe destacar, que una vez adjudicada la propuesta, el municipio tendrá un plazo de 10 días hábiles para la realización del respectivo contrato, no obstante, a lo señalado, el cumplimiento de este plazo no es fatal para la administración, según lo señalado en dictamen 39.482 del año 2016.
No concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, será considerado como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado, o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra.
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Plazo para aceptar la orden de compra: |
Una vez formalizada la contratación, el municipio emitirá la respectiva orden de compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario en un plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío.
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Responsable de la relación Contractual |
Una vez formalizada la contratación, la relación contractual será de responsabilidad de Director de Gestión Ambiental y Zoonosis, Sr. Pedro Veliz Pacheco, correo electrónico ceapa@municoquimbo.cl, medioambiente@municoquimbo.cl/ teléfono 961903579. Para ello en el Contrato se indicarán los datos de contacto.
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Contacto del Adjudicatario: |
El prestador adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
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Flete |
El valor del traslado y transporte de los materiales que se utilizarán en el presente servicio de esterilización, será de costo del proveedor.
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Operatoria |
Una vez que el proveedor firme el contrato, se tomará contacto por parte del Departamento requirente vía correo electrónico con el proveedor, quien debe indicar en formulario adjunto de licitación, identificación del oferente, datos del contacto donde se enviarán los antecedentes de programación adjunto a las bases de licitación y se efectuarán las coordinaciones pertinentes al servicio contratado.
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Duración del Servicio |
La duración del servicio que rige la presente licitación será de 4 meses (120 días aproximados), y hasta la realización total del servicio contratado, según bases técnicas de la presente licitación.
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Lugar de prestación del Servicio |
La prestación del servicio se desarrollará en los lugares definidos previamente por la Unidad Técnica Municipal (UTM), acorde a lo indicado en la Tabla N° 1 contenida en las bases técnicas, los cuales podrán ser modificados previa coordinación con el proveedor y con las entidades participantes del programa.
Las ofertas deben considerar la posibilidad de modificación de fecha de la actividad, en caso de ocurrir situaciones ajenas al municipio (condiciones climáticas, catástrofes, u otros) que obliguen a recalendarizar el evento, estando disponibles para prestar el servicio contratado en forma íntegra en la nueva fecha establecida. Será responsabilidad del Departamento requirente informar al proveedor y recalendarizar la nueva fecha de la actividad dentro del menor plazo posible.
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Forma de Pago: |
El proveedor adjudicado podrá facturar sólo una vez que haya realizado la totalidad del servicio requerido y recibido conforme por esta Municipalidad mediante informe evacuado por la UTM, quien emitirá certificado de cumplimiento y detalle de la realización del servicio contratado. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura por el municipio. Deberá indicarse en la factura el número de la orden de compra. El pago procederá previo VºBº del Departamento requirente quien verificará el fiel cumplimiento del contrato, por parte del proveedor y certificado de cumplimiento emitido por la UTM, constatado por la Jefatura del Departamento solicitante.
El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento”. El responsable del pago es el departamento solicitante: responsabilidad del Director de Gestión Ambiental y Zoonosis, Sr. Pedro Veliz Pacheco, correo electrónico ceapa@municoquimbo.cl, medioambiente@municoquimbo.cl/ teléfono 961903579.
El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl
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Plazos para Devolución de Factura: |
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su artículo 4° N°1, letras a, b y c, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada una factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisor de la nota de crédito correspondiente. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
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Duración del contrato: |
El plazo de duración del contrato materia de la presente licitación será de 4 meses contados desde la firma del Contrato.
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Modificación del Contrato: |
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso las partes deberán suscribir un anexo modificatorio de contrato, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. En todo caso las modificaciones en total, no podrán suponer un aumento sobre el 30% del monto originalmente pactado
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Sanción en caso de Incumplimiento: |
En caso de incumplimiento en el servicio ofertado por el proveedor, se aplicarán las siguientes sanciones:
Por cada día hábil de retraso (según proyección establecida para cada operativo a realizar según Tabla N°1, adjunta a bases de licitación) en el inicio del servicio, por problemas no imputables al Municipio, se aplicará una multa equivalente al 1% del precio neto total contratado, con un tope por incumplimiento de 10 días hábiles.
Por detectarse incumplimiento en la normativa establecida en bases administrativas sobre protocolos médicos de SUBDERE 2022 y documentos adjuntos sobre procedimientos quirúrgicos (criterios y exigencias) de esterilización para caninos y felinos e incumplimiento al protocolo covid 19 (en caso de ser necesario), se aplicará una multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
Por cada muerte acontecida de cada paciente, se deberá entregar un informe que clarifique las posibles causas del deceso en un plazo máximo de cinco días corridos desde sucedido el hecho. La no presentación de este informe será causal de multa equivalente al 5% del precio neto total contratado, de acuerdo a las características y procedimientos mencionados en las bases administrativas.
Por detectarse incumplimiento en las condiciones de higiene en los operativos a realizar, no contar con vestuario clínico adecuado para las intervenciones a realizar, falta o mal trato en la atención a los usuarios, solicitar o recibir dadivas por servicios prestados, se aplicará una multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
Por detectarse incumplimiento en el procedimiento previo a la cirugía, establecido en las bases técnicas de licitación, que puedan afectar o comprometer la vida y el futuro del paciente, se aplicará una multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
Por detectarse incumplimiento en procedimiento post quirúrgico, establecido en las bases técnicas de licitación, se aplicará una multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
Por detectarse incumplimiento en las condiciones de higiene en los operativos a realizar, se aplicará una multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos clínicos y quirúrgicos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, vencidos, con problemas en sus envoltorios o que sean diversos en cuanto a especificaciones técnicas u otro al ofertado y/o solicitado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.
Por cualquier otro tipo de incumplimiento que se detecte en la entrega del servicio, acorde a lo establecido en las presentes bases de licitación, se aplicará multa equivalente al 5% del precio neto total contratado.
El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 20% del monto total neto del contrato, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, constituyendo causal de término anticipado y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.
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Procedimiento de aplicación de sanciones: |
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al sr. alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor.
Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880.
Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de fiel cumplimiento que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
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Responsabilidad del oferente: |
Será de responsabilidad del proveedor, el transporte de todos los materiales necesarios para la ejecución de los servicios contratados, además de contar con el personal calificado para la realización del servicio, contando con las remuneraciones al día, considerando de ser necesario, viáticos, transporte y hospedaje de los mismos.
En consecuencia, ni prestador ni proveedor adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado, ni deudas de dinero alguno.
Cualquier daño que se produzca a terceros será de exclusiva responsabilidad del proveedor, pudiendo interponer las acciones correspondientes. Las pérdidas, hurto, gastos adicionales no son cargo de la entidad licitante.
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Término Anticipado: |
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
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Preeminencia Normativa y antecedentes que regulan la licitación: |
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos.
a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento
b) Convenio mandato suscrito con unidad financiera, guías operativas y cualquier otro antecedente de esta materia que se haya publicado por el municipio en la licitación.
b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.
e) Ficha electrónica de licitación.
f) Ofertas de los oferentes a proponentes.
g) Análisis de las propuestas.
h) Informe y Decreto de Adjudicación.
i) Otros Antecedentes Relacionados
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
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Jurisdicción de los Tribunales: |
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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