Licitación ID: 2446-401-LQ22
CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES COQBO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 485
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
PROPESA PUBLICA N°312/2022 DENOMINADA "CONSTRUCCION CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES, COMUNA DE COQUIMBO"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES COQBO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Licitación Pública 312-2022, denominada Construcción centro productivo Los Rebeldes, comuna de Coquimbo El proyecto consiste en una edificación de albañilería que albergará las actividades propias del club, y un mejoramiento exterior, en la cual se incluye una cancha de rayuela y espacios de circulación con accesibilidad universal. La superficie edificada corresponde a 68,73m2 y contempla: salón multiuso, servicios higiénicos, cocina, bodega, patio de servicio, cancha de rayuela, patio de actividades y circulación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-01-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 30-11-2022 14:59:00
Fecha inicio de preguntas: 07-12-2022 9:00:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 12-12-2022 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-01-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-01-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-01-2023 15:27:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA. Luneas 05/12/2022 a las 11:00 en Calle Errázuriz 20, esquina Lira (Oficina barrial Guayacán) 05-12-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO Nº 2: Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del terreno. 3. FORMULARIO Nº 3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. Se deberá adjuntar el Formulario N° 3 y/o el formato entregado por www.mercadopúblico.cl al momento de ingresar la oferta, aceptándose ambos formularios para la admisibilidad de la oferta. 4. FORMULARIO N°4: Declaración Jurada Simple, que de cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 5. En caso de personas jurídicas, se debe incluir los siguientes documentos: 6.1 Certificado de vigencia de la sociedad con 60 días máximo desde su fecha de emisión. 6.2 Certificado que acredite la personería del representante legal. 6. En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 7. Garantía: Se solicita garantía por Seriedad de la Oferta, su envío y entrega sea en conformidad a lo indicado en el numeral 9.3 de las presentes Bases. 8. Certificado que acredite estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Contratistas (RENAC) del MINVU: Se solicita inscripción en al menos la cuarta (4°) categoría, en la especialidad B1 “Obras Viales”.
Documentos Técnicos
1.- 1. FORMULARIO Nº5: Formulario de experiencia del Oferente, donde indique la totalidad de m2 construidos en obras de edificación. Para quienes presenten certificados MINVU o MOP según lo definido en letra c. de este ítem, deberán especificarlo en formulario 5, y no será necesario mencionar obras. Certificados y demás documentación fidedigna que permita acreditar la Experiencia del Oferente, lo cual debe coincidir con lo declarado en el Formulario N° 5. Se aceptará como acreditación de experiencia: a) Certificados emitidos por Instituciones Públicas que actúan como mandante de una obra. Debiendo indicar como mínimo, nombre de la obra, superficie edificada (m2) y nombre del acreditado. Nota: Si el certificado no especifica claramente el tipo de obra acreditada, quedará a criterio de la Comisión de Evaluación considerarlo. b) Certificado de Recepción Definitiva de Obras de Edificación, emitido por la Dirección de Obras Municipales. Nota: Si en el certificado no se individualiza a la empresa oferente, deberá adjuntar contrato de obra que acredite su participación en la ejecución de la misma. c) Certificados de Inscripción Vigentes en los Registros del MINVU: A – 1; A – 2; 4° Categoría ó Superior o Certificado MOP 6 0C; 3° Categoría o Superior. d) Certificados emitidos por privados que actúan como mandante de una obra, debiendo indicar nombre de la obra, superficie edificada (m2), dirección de la edificación y nombre del acreditado. También debe indicar dirección y teléfono de quien emite el certificado. 4. FORMULARIO N°8 : Carta Gantt
 
Documentos Económicos
1.- 2. FORMULARIO N°6: Presupuesto detallado del proyecto el cual deberá incluir todas las partidas que acrediten el desarrollo completo del proyecto de acuerdo a lo establecido en Especificaciones Técnicas y Planimetría correspondiente a los proyectos, como al archivo adjunto denominado itemizado. No se aceptarán partidas definidas como “incluidas en”. Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA., lo que da el valor total ofertado. Nota 1: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la oferta Formulario N°7. Nota 2: Será de responsabilidad exclusiva del Proponente el cubicar cada una de las partidas estipuladas, de acuerdo a lo especificado en planos , especificaciones técnicas e itemizado. Si el Oferente omite una o más partidas, la Comisión Evaluadora analizará esta omisión de acuerdo a la gravedad, lo que quedará consignado en dicha Acta. Nota 3: Las partidas cuyas unidades se contemplan en global, serán pagadas cuando se encuentren 100% ejecutadas. 3. FORMULARIO N°7: Formato oficial de la Oferta Económica de la Licitación, en el cual se deberá indicar el monto total del proyecto IVA incluido, además del Plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Anexo adjunto. Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA., lo que da el valor total ofertado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 50 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron uno o más documentos requeridos en el articulo 10.2 y 10.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 10%
2 EVALUACION DE EXPERIENCIA Se considerará solo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N° 5 y que esté debidamente acreditada, documentación anexa de obras que no estén mencionadas en formulario 5, no serán consideradas. La acreditación de la experiencia se realizará mediante la presentación de certificados que acrediten la experiencia de la empresa en obras de edificación. Las empresas que presenten Certificados de inscripción vigentes en los registros del MINVU: A - 1, A – 2; 4ª CATEGORIA O SUPERIOR o certificado MOP. 6 OC; 3ª CATEGORIA, obtendrán el puntaje máximo. Las empresas que presenten 10 certificados de experiencia o más en obras ejecutadas, obtendrán el puntaje máximo. Los que acrediten menos experiencia, serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oi/Oe)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : 10 certificados Oi : Oferta del oferente i 40%
3 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL i. Proveedor no registra reclamos en Mercado Público, durante los últimos 18 meses, 100 puntos ii. Proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público durante los últimos 18 meses, 50 puntos iii. Proveedor registra entre 5 o más reclamos en Mercado Público durante los últimos 18 meses, 0 puntos 10%
4 EVALUACION OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica correspondiente a Formulario N°7. Se evaluará con el mayor puntaje (100 puntos) a la oferta más conveniente, entendiendo como tal a la menos oferta presentada por los proveedores. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i Las empresas que oferten sobre el presupuesto señalado para la presente licitación, que corresponde $153.028.783.- no pasarán a la etapa de evaluación, declarándose sus Ofertas Inadmisibles. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRBIPE-SUBDERE
Monto Total Estimado: 153028783
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 330 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: daf@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez Garcia
e-mail de responsable de contrato: fperezg@municoqumbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2335300-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 20-05-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Si el oferente opta por presentar instrumentos electrónicos de caución, entendiendo a éstos como Póliza de garantía, o bien, Certificado de Fianza, este documento deberá inexorablemente ser publicado en el Portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes de la oferta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. No obstante, de igual forma, este tipo de garantías podrán ser ingresadas en forma física en la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Varela 1112, piso 10°, Coquimbo, mediante oficio conductor, dirigido a la Secretaría Comunal de Planificación, Marcia Aqueveque Martínez, indicando el nombre de la Obra el ID de la Licitación y la materia que cauciona. Se recepcionará hasta antes de la fecha y hora del cierre de la recepción de ofertas, indicada en sistema de información www.mercadopúblico.cl . Serán declaradas inadmisibles las ofertas de los proponentes que no hayan dado cumplimiento al mecanismo de envío e ingreso de garantías, según lo dispone el presente artículo, párrafo primero y segundo. El monto de esta garantía será equivalente a $ 500.000.- (quinientos mil pesos) y una vigencia de 150 días corridos desde la fecha de cierre de las Ofertas del Portal. Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES, COMUNA DE COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5. En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Las garantías, deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal. La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente por la Municipalidad de Coquimbo, una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos: a. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma. b. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada no hace entrega de la documentación exigida para la firma del contrato o no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases. c. Si el proponente no se encuentra inscrito en Chile Proveedores en los plazos establecidos en el Portal y en las presentes Bases. d. Si el proponente no concurre a la firma del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES, COMUNA DE COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Las garantías, deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 28-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de las Obras. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras “CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES, COMUNA DE COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 12 meses. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria de Obras. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 9.4 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedara facultada para poner término al contrato de forma unilateral y sin forma de juicio, haciéndose efectiva la Garantía presentada por concepto de Seriedad de la Oferta. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras extraordinarias, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas obras adicionales, con vigencia igual al plazo contractual, más 12 meses. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos de obras u obras nuevas o extraordinarias, ampliaciones de plazo, aumentos y/o disminuciones de obra, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas obras adicionales si es que las hubiere, manteniendo su vigencia según se establece el presente artículo. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, y tramitado el Decreto Exento que la aprueba.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de las obras “CONSTRUCCIÓN CENTRO PRODUCTIVO LOS REBELDES, COMUNA DE COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverá al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, y tramitado el Decreto Exento que la aprueba.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz de la visita a terreno o del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. La Municipalidad podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del contratista cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte del contrato que se celebre. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. La Municipalidad se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA
Se hará una visita a terreno de carácter NO OBLIGATORIA. A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar de la licitación y se realizará 5 días corridos posterior a la fecha de publicación de la presente Licitación en www.mercadopublico.cl, y que quedará consignado en el calendario “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación, reuniéndose en Calle Errázuriz 20, esquina Lira (Oficina barrial de Guayacán), a las 11:00 hrs. Se tomarán los resguardos sanitarios del caso, ante la emergencia sanitaria por Covid-19 A la hora y lugar indicado en párrafo primero y en calendario de licitación se iniciará la visita. Donde se hará una nómina con los oferentes que concurran y se procederá a firmar el Acta de Visita a Terreno, quien llegue posterior al horario definido, no quedará identificado en dicha acta. En esta Visita se hará una breve descripción del Proyecto.
CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS
Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura serán las siguientes: a. Si la Garantía de Seriedad de la Oferta no fue ingresada según se establece en las presentes bases, artículo 9.3, párrafo primero y segundo. b. Si la Garantía de Seriedad de Oferta no tiene el monto y/o vigencia mínima señalada en las presentes bases. c. Si no se publican los formularios N°2, N°3, N°6 y N°7 señalados en el numeral 10.2 y 10.3 de las presentes Bases. d. Si habiendo disponibilidad presupuestaria, la oferta no satisface los intereses del Municipio respecto al beneficio futuro que ésta reposición representa para la comunidad. e. Si la oferta económica presentada por el o los proveedores superan el presupuesto disponible para el presente proyecto. f. Si el oferente no se encuentra con inscripción vigente en el Registro Nacional de Contratistas del MINVU en la especialidad de “obras viales”, al menos cuarta (4°) categoría.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, el Municipio, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Evaluación Experiencia”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Evaluación oferta económica”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos formales” y por último en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
READJUDICACION
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar, establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley 19.886 y su reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
PERMISOS
Es responsabilidad del Contratista tramitar y cancelar todos los permisos necesarios para la correcta ejecución del proyecto ante las entidades correspondientes. La empresa contratista adjudicada, una vez ejecutada la Obra, deberá realizar todos los tramites que sean necesarios para obtener la RECEPCION PROVISORIA Y DEFINITIVA DE LA OBRA, además debe realizar todos los trámites necesario y certificaciones para la obtención de la RECEPCIÓN MUNICIPAL DE OBRAS DE EDIFICACIÓN emitida por la Dirección de Obras Municipales. En consecuencia, será responsabilidad del contratista incluir en su oferta todos los gastos imputables a estas tramitaciones.
DEL PAGO
ESTADO DE PAGO POR AVANCE DE OBRA El Municipio pagará al Contratista el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance de obra, que se cursarán mensualmente. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Municipio y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse las retenciones establecidas en las presentes Bases y los demás descuentos que procedan. Los estados de pago se cancelarán de acuerdo a los Precios Unitarios del Presupuesto ofertado por el contratista. El contratista debe tener en cuenta que las partidas cuyas unidades se contemplan en carácter global, de acuerdo a Formulario N° 6, serán pagadas cuando se encuentren totalmente ejecutadas. El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida la recepción provisoria, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 31 de las presentas Bases y no deberá ser inferior al 5 % del monto contratado. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. 28.2 PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO Se adoptará el sistema de Estados de Pago por estado de avance de la obra, es decir de acuerdo al avance físico por partidas que esta presenta al momento de cursar el estado de pago. La forma de presentar la documentación en cada estado de pago será en coordinación con la Inspección Técnica de Obras. Las partidas indicadas como GLOBALES en el presupuesto serán canceladas cuando se encuentren ejecutadas en un 100%. Los Estados de Pago se presentarán a la Inspección Técnica de la Obra (ITO) dependiente de la Dirección de Obras, siempre y cuando efectivamente se hayan ejecutado la cantidad de obra que especifica cada Estado de Pago, el que será remitido para su cancelación. El estado de pago deberá considerar una retención de un 10% hasta completar el 5% del monto contratado. Esta Retención será devuelta en el último Estado de Pago del Contrato, previa entrega de los certificados de los servicios competentes, conexión de los servicios básicos y el Acta de Recepción Provisoria de las Obras. La cancelación del Estado de Pago se hará presentando los siguientes antecedentes mediante Oficio conductor dirigido al Director de Obras Municipales. Asimismo, será responsabilidad de las empresas contratistas para la tramitación de cada Estado de Pago adjuntar los siguientes antecedentes: a. Carátula de solicitud de Estado de Pago y Control de Avance del proyecto, que consigne fecha de inicio y corte del estado de pago correspondiente. b. Nómina de trabajadores que se han desempeñado en la obra. c. Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales F30-1, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste que se encuentran pagadas las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores en el periodo en que se cursa el estado de pago. d. Liquidaciones de sueldos firmadas por los trabajadores del periodo en que se cursa el estado de pago. e. Fotocopia de Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra. f. Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en el caso que las hubiere. g. Si el contratista subcontratara parcialmente las obras, de acuerdo al punto 35 de las Bases Administrativas Generales, se exigirá el Certificado de Obligaciones Laborales y las planillas de imposiciones previsionales canceladas correspondientes a los trabajadores del subcontratista. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial, que indique que no tiene partidas subcontratadas. h. Set de Fotografías, que den cuenta que las partidas cobradas en el estado de pago se encuentran ejecutadas y que muestren el avance de la obra. i. En el caso del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar adicionalmente lo siguiente: i. Acta de Entrega de Terreno (copia) ii. Contrato (copia) iii. Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de las Obras (copia). iv. Si el Contratista no cuenta con el Certificado emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, podrá presentar las planillas de los trabajadores. v. Fotografía del letrero de obras instalado. j. En el caso del último Estado de Pago, además se deberá acompañar lo siguiente: i. Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, emitida por la ITO y la comisión de Recepción. ii. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, F-30, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, con vigencia a la aprobación del estado de pago por parte de la Inspección Técnica de Obras. iii. Boletas canceladas al día de pago de servicios de agua potable, alcantarillado y electricidad, de forma que no existan deudas al momento de la entrega de la obra u otro certificado que acredite que la empresa no tiene deudas por dichos servicios utilizados durante la ejecución de la obra. El valor total del último Estado de Pago no deberá ser inferior al 5% del monto total del contrato suscrito. La Factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, dirección calle Bilbao N°348, Coquimbo y ésta debe ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas, D.A.F. y éste a su vez quede libre de observaciones y cuente con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán la entrega de la Factura. El contratista al momento de emitir la factura electrónica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo y en un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secplan adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: fperezg@municoquimbo.cl; cc a ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° de la ley 19.983. Si el contratista no da aviso de la emisión de la factura como se establece en el párrafo anterior o la emite previo a la aprobación del estado de pago por Dirección de Administración y Finanzas, ésta será irrevocablemente rechazada en el sistema del S.I.I., debiendo el contratista emitir una nota de crédito que anule la factura rechazada. Por lo anterior no se podrá Factorizar, sin haber cumplido con las exigencias indicadas anteriormente. No se autorizará la factorización de las facturas que correspondan al último estado de pago. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá acompañar carta con dicha intención dirigida al Inspector Técnico de Obras, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmarla.
DE LAS MULTAS
Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato. El valor de las multas no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITO, la empresa contratista deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. Antes de la aplicación de la sanción, la Inspección Técnica notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto el en artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Se establece el siguiente régimen de multas: 29.1. POR ATRASO EN EL TÉRMINO DE LA OBRA a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en el término y entrega de la obra respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha del Acta de Entrega de Terreno. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato sin IVA, considerando todos sus aumentos, disminuciones, obras extras. El atraso de una obra será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de Acta de Recepción Provisoria, según lo estipulado en el Artículo 31 de las presentes Bases y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. b. En el caso que se dé curso a Término Anticipado del contrato por alguna de las causales establecidas en el Artículo 30 de las presentes bases, se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en la entrega parcial de la obra respecto al plazo contractual. El atraso en esta circunstancia será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha del Informe de la Inspección Técnica remitido a la Secretaría Comunal de Planificación y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. c. Las multas serán aplicadas e informadas por el Inspector Técnico, hecho que se estipulará en el Libro de obras y se descontará del último estado de pago respectivo, en caso de que el último estado de pago no cubra el valor de la multa, se hará efectiva la Garantía y se descontará el saldo no cubierto por el último estado de pago. d. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITO, la empresa contratista deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. 29.2 POR INCUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO DE OBRA a) En el caso, que el contratista incumpliere una orden impartida por el ITO, referente de las obligaciones previstas en estas bases, en el contrato de obra, especificaciones técnicas y en general a la correcta ejecución del proyecto, y que no tengan determinada sanción específica, será causal de aplicación de multa por parte de la Inspección Técnica de Obra. La multa ascenderá a la cantidad de 1 UTM diaria, aplicable hasta el día en que se subsane el incumplimiento. Las instrucciones impartidas por el ITO., deberán constar en el Libro de Obras. Las multas serán aplicadas por el ITO y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa, mediante la emisión del Decreto Exento que las aprueba
FACTORING
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de las obras y en la eventualidad que la empresa constructora o el contratista ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Inspección Técnica de Obras, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 29.2 de las presentes Bases en lo referente a la Aprobación del Estado de Pago por parte de la Dirección de Administración y Finanzas (D.A.F.). La Carta que se entrega al Inspector Técnico de Obras, deberá contener N° Factura, monto y nombre del factoring al cual se cederá la factura y deberá estar remitida a la Secretaría Comunal de Planificación, junto con la Factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por la SECPLAN individualizada o quien subrogue en el cargo y finalmente DAF de curso al pago respectivo. No se podrá Factorizar, de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 28.2 de las Bases Administrativas Generales. No se autorizará la factorización de las facturas que correspondan al último estado de pago. La Secretaria Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo o el Jefe de la Unidad de Licitaciones y la Encargada de Gestión y Control de SECPLAN, podrán autorizar copias cedibles de Facturas (Operación Factoring) y dar respuestas a los mail de notificaciones de las instituciones donde se haya gestionado por parte de la empresa la cesión de Factura, acontecimiento administrativo, que se llevará a efecto una vez que la Dirección de Administración y Finanzas D.A.F. haya Aprobado el Estado de Pago, según lo previsto en el numeral 29.2 de las presente Bases Administrativas.