Licitación ID: 2446-412-LP22
IMPLEMENTACIÓN PUNTO DE VENTA MOLUSCOS EN GUAYACAN
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 436
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Productos o servicios
1
Capacitaciones directas en el concesionario 1 Unidad
Cod: 80141617
LICITACIÓN PÚBLICA N°213/2022 "IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPLEMENTACIÓN PUNTO DE VENTA MOLUSCOS EN GUAYACAN
Estado:
Revocada
Descripción:
PROPUESTA PÚBLICA 213-2022 “IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO” El proyecto busca implementar un punto de comercialización de moluscos vivos que debería contener ostiones, ostras, machas, almejas y piures, señalando que la variedad de productos puede ir variando dependiendo de disponibilidad existente. Estos productos serán mantenidos en un sistema de depuración que elimina todas las toxinas para ser comercializados en un punto de venta, el cual ya se encuentra definido y sociabilizado con los dirigentes pesqueros de Caleta de Guayacán. El proyecto será desarrollado por pescadores artesanales de la Caleta Guayacán, quienes serán capacitados en sistemas de depuración, recirculación, comercialización de recursos del mar y comercio justo y contarán con toda la infraestructura y equipamiento, para que sean capaces de mantener, depurar y comercializar productos del mar, en un punto de venta móvil que se implementarán al interior de la caleta, y que, será administrado por la Asociación Gremial de Pescadores
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-12-2022 15:00:00
Fecha de Publicación: 07-12-2022 10:13:17
Fecha inicio de preguntas: 14-12-2022 9:00:00
Fecha final de preguntas: 16-12-2022 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2022 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2022 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2022 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 02-03-2023 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA el día lunes 12/12/2022 a las 11:00 en Caleta Pescadores de Guayacán S/N, punto de encuentro Oficina Asociación Gremial de Pescadores. 12-12-2022 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO Nº 1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO Nº 2: Declaración de Aceptación de Bases. Declaración Jurada simple de aceptación de las bases que regulan la propuesta y de conocimiento de las características del terreno. 3. FORMULARIO Nº 3: Declaración de Habilitación. Declaración Jurada simple de no encontrarse dentro de las inhabilidades establecidas en Art. 4 de la ley Nº 19.886, sobre contratos administrativos de suministros y prestaciones de servicios. Se deberá adjuntar el Formulario N° 3 y/o el formato entregado por www.mercadopúblico.cl al momento de ingresar la oferta, aceptándose ambos formularios para la admisibilidad de la oferta. 4. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, extendido por la Inspección del Trabajo, que se encuentre vigente a la fecha de la Apertura, en que conste que no tiene deudas, ni multas laborales ni previsionales. 5 Documentos Oferentes: 5.1 Certificado de vigencia de la sociedad del Registro de Comercio con 60 días máximo desde su fecha de emisión. 5.2 Certificado que acredite la personería del representante legal. 5.3 En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 6. FORMULARIO N°4: Declaración Jurada Simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 7. FORMULARIO N° 5: Equipo de trabajo. Documento donde informe la cantidad de personas que participarán en este proyecto, identificando claramente al equipo base exigido en los términos de referencia, tales como Coordinador o Director, profesional (es) a cargo de las capacitaciones e implementación del sistema de depuración y profesional (es) a cargo del desarrollo de Modelo de Negocios. Debe incluir su experiencia probada en proyectos de similares características, además del perfil profesional. Para todo el equipo se requerirá adjuntar: - Copia de Certificado de Titulo y de otros títulos, Diploma(s), cursos y cualquier otro documento que acredite haber realizado estudios indicados en perfil profesional. - Acreditación de Experiencia mediante contratos, boletas de honorarios que reflejen claramente la ejecución de programas que tengan relación con la presente licitación, y/o certificados de experiencia emitido por organismos externos, ya sean público o privado donde se desempeñaron. 8. Carta Compromiso: Documento que deberá ser firmado por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo propuesto, en formulario N°5.
Documentos Técnicos
1.- 1. FORMULARIO N° 6: Experiencia Empresa Consultora. Documento que da cuenta los conocimientos y capacidad técnica para realizar el proyecto que se encomienda, privilegiando a aquellos que han sido participes de otros programas o proyectos de fomento al emprendimiento a pescadores artesanales. En este sentido, podrán cotizar las diferentes empresas consultoras, debiendo adjuntar para respaldar lo indicado en el mencionado formulario, todos los documentos formales que acrediten la experiencia. Para acreditar experiencia, se considerará los contratos y/o convenios adjuntos de servicios vigentes o terminados. La experiencia que no sea debidamente respaldada y acreditada según lo indicado en el presente párrafo no será considerada para su evaluación. 4. FORMULARIO N° 9: Formato libre. Propuesta técnica que debe contener a lo menos lo siguiente: Introducción, objetivos, diseño del sistema de depuración propuesto (debe tener un mínimo en 3 metros cúbicos con la posibilidad ampliarse modularmente) y su instalación, metodología plan de trabajo a desarrolla, planta con intervenciones, diseño punto de venta moluscos y su instalación, desglose actividades a realizar, Carta Gantt y presupuesto desglosado.
 
Documentos Económicos
1.- 2. FORMULARIO N° 7: Carta Oferta. Documento en el cual se deberá indicar el monto total del proyecto, además del Plazo ofertado en días corridos. El valor de los gastos generales no debe exceder del 10%. Si no se oferta plazo, se entenderá como plazo el indicado en el Artículo 16 de las presentes Bases. 3. FORMULARIO N°8: Presupuesto detallado del proyecto, el cual, deberá incluir todas las partidas que acrediten el desarrollo completo del proyecto de acuerdo a lo establecido en el Artículo 13.0 de los Términos Técnicos de Referencia, que tratan del Presupuesto. No se aceptarán partidas definidas como “incluidas en”. Será motivo de declarar Fuera de Bases a las empresas oferentes, cuyas ofertas sean superiores al monto oficial del proyecto, considerando que, la presente Licitación comprende solo el monto disponible. Nota: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la oferta (Formulario N° 7) y con el valor neto del Presupuesto (Formulario N° 8).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EVALUACION DE EXPERIENCIA Se considerará solo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N°5 y Formulario N°6 que estén debidamente acreditadas. Toda documentación adjunta para respaldar y acreditar experiencia y que no esté mencionada en Formularios N°5 y N°6, no será considerada. La evaluación de las propuestas para el criterio experiencia se dividirá en dos aspectos y se realizará mediante la aplicación de la siguiente pauta a cada empresa oferente: 1. Experiencia empresa Consultora (60%) Se otorgará la nota máxima al oferente que presente la mayor experiencia en los contratos o convenios válidamente respaldados, según lo estipulado en el Artículo 11.3 de las presentes Bases, Formulario N°6. Para acreditar experiencia, se considerará todos los documentos formales que acrediten la experiencia que tiene como consultor en programa de formación de emprendedores, de preferencia trabajos con instituciones públicas tales como SRCOTEC, FOSIS, CORFO, IFOP, FIPA, SUBPESCA, SERNAPESCA, INDESPA y/o priv 70%
2 EVALUACION OFERTA ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Oferta Económica. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal al presupuesto disponible o a la oferta menor si alguna es inferior al monto disponible. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula: Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 20%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES i. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. ii. Se evaluará con 50 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. iii. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron uno o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 5%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRBIPE-SUBDERE
Monto Total Estimado: 88507738
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: daf@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez Garcia
e-mail de responsable de contrato: fperezg@municoqumbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2335300-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 27-05-2023
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Si el oferente opta por presentar una Boleta de Garantía o bien un vale Vista, se deja presente que dicho documento original, debe ser ingresado en la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Varela 1112, piso 10°, Coquimbo, mediante oficio conductor, dirigido a la Secretaría Comunal de Planificación, indicando el nombre del Proyecto e ID de la Licitación y la materia que cauciona. Se recepcionará hasta antes de la fecha y hora del cierre de recepción de oferta indicada en sistema de información www.mercadopúblico.cl Si el oferente opta por presentar caución instrumentos electrónicos, entendiendo a éstos como Póliza de garantía, o bien, Certificado de Fianza, este documento deberá inexorablemente ser publicado en el Portal www.mercadopublico.cl, junto a los antecedentes de la oferta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas. No obstante, de igual forma, este tipo de garantías podrán ser ingresadas en forma física en la Secretaría Comunal de Planificación, ubicada en Avenida Varela 1112, piso 10°, Coquimbo, mediante oficio conductor, dirigido a la Secretaría Comunal de Planificación, Marcia Aqueveque Martínez, indicando el nombre de la Obra el ID de la Licitación y la materia que cauciona. Se recepcionará hasta antes de la fecha y hora del cierre de la recepción de ofertas, indicada en sistema de información www.mercadopúblico.cl . Serán declaradas inadmisibles las ofertas de los proponentes que no hayan dado cumplimiento al mecanismo de envío e ingreso de garantías, según lo dispone el presente artículo, párrafo primero y segundo. El monto de esta garantía será equivalente a $ 500.000.- (quinientos mil pesos) y una vigencia de 150 días corridos desde la fecha de cierre de las Ofertas del Portal. Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5. En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra. Las garantías, deberán ser retiradas en dependencias de la Tesorería Municipal. La caución de seriedad de la oferta se hará efectiva, unilateralmente por la Municipalidad de Coquimbo, una vez tramitada la resolución correspondiente en los siguientes casos: a. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de la misma. b. Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada no hace entrega de la documentación exigida para la firma del contrato o no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases. c. Si el proponente no se encuentra inscrito en Chile Proveedores en los plazos establecidos en el Portal y en las presentes Bases. d. Si el proponente no concurre a la firma del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes Bases.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de Seriedad de la Oferta proyecto “IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO”, a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: En concordancia a lo establecido en el Artículo 43 del Reglamento de Ley 19.886, la Garantía de Seriedad de Oferta se devolverá en un plazo de 10 días contados desde la notificación e portal www.mercadopublico.cl de la resolución que dé cuenta la inadmisibilidad de los oferentes o de la adjudicación, a excepción de las empresas oferentes que hayan obtenido el primer y segundo lugar, en virtud del Orden de prelación indicado en Acta de Evaluación, devolviéndose éstas una vez que la empresa beneficiaria con adjudicación de la respectiva Licitación haya entregado la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución de la Obra.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 30-06-2024
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de las Obras. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución del servicio “IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 6 meses. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria de Obras. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.4 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedara facultada para hacer efectiva la Garantía presentada por concepto de Seriedad de la Oferta y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos y/o modificaciones, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 6 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada. El Consultor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución del Servicio”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término del proyecto o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del Servicio” se devolverá a solicitud de la empresa a la Inspección Técnica del Servicio, transcurrido tres meses posteriores a la fecha consignada en el Acta de Recepción. Este trámite se podrá efectuar una vez cumplido lo anterior, y que el Decreto Alcaldicio que aprueba el Acta de Recepción del proyecto, sea totalmente tramitada por parte de la Municipalidad de Coquimbo. 10.5 RENOVACIÓN DE GARANTÍAS El proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento y Oportuno Cumplimiento del Servicio”, en los siguientes casos: - Si al momento de dar inicio a la ejecución del Servicio (Acta de Entrega), está no cubre el periodo de vigencia de ejecución pactado en respectivo Contrato. - Si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término del proyecto o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. En general, deberá mantener siempre vigentes las garantías por fiel cumplimiento del contrato y correcta ejecución del servicio, hasta que se cumplan las condiciones establecidas en las Bases Administrativas para proceder a su devolución.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución del servicio “IMPLEMENTACIÓN DE PUNTO DE VENTA PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE MOLUSCOS VIVOS EN CALETA DE GUAYACÁN, COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución del Servicio” se devolverá a solicitud de la empresa a la Inspección Técnica del Servicio, transcurrido tres meses posteriores a la fecha consignada en el Acta de Recepción. Este trámite se podrá efectuar una vez cumplido lo anterior, y que el Decreto Alcaldicio que aprueba el Acta de Recepción del proyecto, sea totalmente tramitada por parte de la Municipalidad de Coquimbo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES, SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz de la visita a terreno o del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. El Municipio podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del contratista cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte del contrato que se celebre. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. El Municipio se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopúblico.cl
READJUDICACION
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar, establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley 19.886 y su reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
ACLARACIÓN A LAS OFERTAS - FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
PLAZO DE EJECUCION
El plazo referencial de ejecución del proyecto 28 semanas o 7 meses. Dentro del plazo ofertado, el Consultor deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento de los Términos de Referencia, bases administrativas, contrato y su propuesta. El proponente deberá ofertar el plazo en días corridos. La Municipalidad podrá ampliarlo, en caso de cualquier modificación del contrato que lo afecte y siempre que sea por causa no imputable al Contratista. El plazo podrá prorrogarse, previa petición escrita de la empresa consultora, en la cual deberá presentar toda la documentación que respalde su solicitud; la que podrá ser aceptada o rechazada por la Municipalidad de Coquimbo, representada por la Secretaría Comunal de Planificación, previo informe del I.T.S., que dé cuenta si corresponde o no aceptar la ampliación de plazo solicitada y fundamente los días de ampliación aprobados o rechazados. De ser aceptada, se dictará la resolución que corresponda y se modificará el contrato. La prórroga no podrá solicitarse una vez terminado el plazo contractual. Toda petición de aumento de plazo deberá formalizarse por escrito ante la Inspección Técnica antes de la fecha de término de ejecución contractual respectivo. Pasado este periodo no se aceptará justificación alguna, el aumento de plazo se sumará al término del plazo ofertado. La Inspección Técnica del Servicio, deberá pronunciarse respecto a la pertinencia de la ampliación de plazo solicitada por la empresa en virtud de los antecedentes de respaldo presentados.
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, el Municipio, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Evaluación Experiencia”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Evaluación oferta económica”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos formales” y por último en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
DEL PAGO
La Municipalidad de Coquimbo pagará al proveedor el valor de las etapas efectivamente ejecutadas a través de estados de pago que se cursarán una vez realizadas las actividades indicadas en sus requisitos. Los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Municipio y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por la empresa consultora. El estado de pago, deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico del Servicio, en el cual deberá deducirse descuentos que procedan de ser el caso. El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida el Acta de Recepción del Programa. El Agente operador deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITS. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. 21.2 PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO Se adoptará el sistema de Estados de Pago por estado cumplimiento de actividades, es decir de acuerdo al avance físico por partidas cumplidas y especificadas como requisitos, que esta presenta al momento de cursar el estado de pago. Los Estados de Pago, se presentarán a la Inspección Técnica del Servicio, siempre y cuando efectivamente se hayan ejecutado la cantidad de actividades que especifica cada Estado de Pago, el que será remitido para su cancelación de acuerdo al siguiente cuadro (valores sujetos a cambios de acuerdo a la oferta económica adjudicada): PAGO N° REQUISITO PORCENTAJE DE PAGO 1 Cumplido favorablemente las etapas de formación general y difusión según Términos de Referencia. 2% 2 Cumplido favorablemente capacitación práctica e implementación según Términos de Referencia. 87% 3 Cumplido favorablemente Puesta en marcha, funcionamiento y evaluación de sistemas según Términos de Referencia. 6% 4 Cumplido favorablemente formación en comercialización y cierre del programa según Términos de Referencia. 5% TOTAL 100% La cancelación del Estado de Pago se hará presentando los siguientes antecedentes mediante Oficio conductor dirigido al Inspector Técnico del Servicio. Asimismo, será responsabilidad de la empresa para la tramitación de cada Estado de Pago adjuntar los siguientes antecedentes: a) Carátula y solicitud de Estado de Pago, que consigne fecha de inicio y corte del estado de pago correspondiente. b) Nómina de colaboradores que se desempeñaron en las etapas/actividades, correspondiente al estado de pago en curso que deberá indicar su cargo o función. c) Para respaldar el porcentaje de avance el ejecutor deberá entregar un informe detallado indicando y respaldando las actividades realizadas, fecha, hora, cantidad de participantes, junto a copia de las planillas de asistencia a cada actividad, además deberá adjuntar el respaldo fotográfico en resolución mínima 300 Dpi cuando corresponda. d) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste que no existen deudas laborales de la empresa con los profesionales que se han desempeñado en la ejecución de las actividades, de lo contrario deberá adjuntar copia de boleta de honorarios y/o comprobante de pago firmado por las partes correspondientes. e) Respaldos de todos los medios de difusión realizados durante el proceso, presentación del contenido teórico utilizado en capacitaciones y Plan de Negocios cuando corresponda según la etapa en cobro. g) En el caso del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar adicionalmente lo siguiente: • Acta de Inicio de Servicio • Contrato • Boleta de garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato y correcta ejecución del programa. i) En el caso del último Estado de Pago, se deberá acompañar, además, lo siguiente: • Acta de Recepción del Programa conforme, emitida según lo establecido en el Artículo 26 de las presentes bases, documento que no debe presentar algún tipo de error u observación. • Informe final que resuma el desarrollo completo del Programa de forma mensual, con las actividades realizadas, cantidad de beneficiarios, etcétera. Además, de un registro fotográfico que resuma las acciones más importantes y destacadas, como así también, que respalde la ejecución de las ferias gastronómicas y su difusión. La Factura, deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, dirección calle Bilbao N°348, Coquimbo y ésta debe ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas, D.A.F. y éste a su vez quede libre de observaciones y cuente con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinarán la entrega de la Factura, la que será ingresada a la Secretaría Comunal de Planificación, mediante Nota Interna del Inspector Técnico del Servicio con copia del correo electrónico que autoriza su emisión por parte del Auditor DAF. La empresa consultora al momento de emitir la factura electrónica a nombre de la Municipalidad de Coquimbo y en un plazo no mayor de 3 días corridos, deberá comunicar la emisión de la Factura a la Secplan adjuntando el formato PDF a los correos electrónicos: fperezg@municoquimbo.cl; cc a ralegre@municoquimbo.cl c.c. a jbugueno@municoquimbo.cl. Lo anterior, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 3° de la ley 19.983. Si la empresa no da aviso de la emisión de la factura como se establece en el párrafo anterior o la emite previo a la aprobación del estado de pago por DAF, ésta será irrevocablemente rechazada en el sistema del S.I.I., debiendo el contratista emitir una nota de crédito que anule la factura rechazada. Por lo anterior no se podrá Factorizar, sin haber cumplido con las exigencias indicadas anteriormente. No se autorizará la factorización de las facturas que correspondan al último estado de pago. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de factorizar, para lo cual deberá remitir carta dirigida al Inspector Técnico del Servicio, indicando N° de factura, fecha, monto y nombre del factoring con el cual realizará la operación a fin de que los responsables de autorizar cesiones de facturas puedan firmarla.
MULTAS
Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato. El valor de las multas no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITS, la empresa consultora deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. Antes de la aplicación de la sanción, la Inspección Técnica notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto el en artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Se establece el siguiente régimen de multas: 24.1. POR ATRASO EN EL TÉRMINO DEL PROYECTO a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en el término y entrega del proyecto respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha del Acta de Entrega del Servicio. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato, considerando todos sus aumentos, disminuciones, partidas extras. El atraso del proyecto será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de término del proyecto consignada en el Acta de Recepción, y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. b. En el caso que se dé curso a Término Anticipado del contrato por alguna de las causales establecidas en el Artículo 25 de las presentes bases, se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en la entrega parcial del proyecto respecto al plazo contractual. El atraso en esta circunstancia será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha del Informe de la Inspección Técnica remitido a la Secretaría Comunal de Planificación y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. c. Las multas serán aplicadas e informadas por el Inspector Técnico del Servicio, hecho que se deberá constatar en el Acta de Recepción y/o informe de conformidad que acompañe en cada estado de pago, y se descontará del último estado de pago respectivo, en caso de que el último estado de pago no cubra el valor de la multa, se hará efectiva la Garantía y se descontará el saldo no cubierto por el último estado de pago. d. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITS, la empresa contratista deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. La aplicación de esta multa se hará administrativamente, sin forma de juicio, y se deducirá en los Estados de Pago, o de las garantías del Contrato. 24.2 POR INCUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO a) En el caso, que el contratista incumpliere una orden impartida por el ITS, referente de las obligaciones previstas en estas bases, en el contrato, términos de referencia y en general a la correcta ejecución del proyecto, y que no tengan determinada sanción específica, será causal de aplicación de multa por parte de la Inspección Técnica del Servicio. La multa ascenderá a la cantidad de 1 UTM diaria, aplicable hasta el día en que se subsane el incumplimiento. Las instrucciones impartidas por el ITS, deberán quedar registrada mediante correo electrónico emitido por el ITS a la empresa consultora. b) En caso que el consultor no haga entrega de las respuestas a las observaciones formuladas por el ITS en los plazos establecidos en las presentes bases, contrato y Términos de Referencia, respecto al informe final y global de cierre, como también, respecto a los informes individualizados por cada beneficiario, se aplicará una multa diaria de igual valor a la multa definida en el párrafo anterior. Asimismo, si el contenido de las respuestas a las observaciones o el Informe de cierre final corregido, no satisface lo exigido por el ITS, se aplicará la misma multa a partir de la notificación respectiva. Las multas serán aplicadas por el ITS y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa, mediante la emisión del Decreto Exento que las aprueba.