Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Precio”. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación “Especificaciones”. Si aún el empate continúa se aplicará el plazo de evaluación a las empresas que se encuentren empatadas.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es nguajardoc@municoquimbo.cl
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Consultas y Aclaraciones |
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
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Aclaración de Ofertas |
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Evaluación de las Ofertas |
El estudio de las ofertas será realizada por la Comisión Evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará una propuesta, aplicando los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que deberá ser por resolución fundada. Los documentos, junto con la proposición de adjudicación, serán sometidos para la aprobación del Gobierno Regional de Coquimbo. Posteriormente, el Alcalde de la Municipalidad de Coquimbo ratificará la autorización mediante un Decreto Alcaldicio de Adjudicación. Las empresas oferentes podrán ofertar en su totalidad los ítem requeridos para efectos de la presente Licitación o de forma parcial, sin ser declarados FUERA DE BASE O INADMISIBLES SUS OFERTAS, si no que éstas pasarán al análisis y evaluación por parte de la comisión evaluadora.
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Adjudicación de la Propuesta |
La Comisión Evaluadora designada mediante decreto exento propondrá al GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el mayor puntaje. Previa Ratificación del GOBIERNO REGIONAL DE COQUIMBO se publicara en el portal www.mercadopúblico.cl el Decreto Exento de adjudicación. Cuando el oferente adjudicado no se encuentre inscrito o vigente en Chile Proveedores, se le entregará un plazo de 15 días corridos para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra. En el caso que el oferente no realice esta regularización se podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
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Sobre la Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Responsable de la Relación Contractual |
Una vez emitida la orden de compra la relación contractual entre el adjudicatario y la Municipalidad de Coquimbo será de responsabilidad de la Secretaria Comunal de Planificación. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.
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Plazo de Entrega |
El plazo será el ofertado por la empresa proveedora y comenzará a regir desde la fecha aceptación de la orden de compra. El o los Equipos adjudicados, deberá ser entregado en el Centro de Salud Familiar San Juan ubicado en Calle J.J. Oliver 471, San Juan Coquimbo, por lo cual la empresa, deberá contemplar traslado. Los horarios de recepción son de lunes a viernes entre las 9:00 a.m / 13:00 p.m y las 14:30 p.m / 16:30 p.m. El equipo será recibido por el funcionario municipal Elizabeth Villaroel, Teléfono: 992225813.
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Forma de Pago |
El proveedor adjudicado podrá facturar solo una vez que haya entregado el equipo y que se encuentre recibido conforme por parte de esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde ingresada la factura al Gobierno Regional.
El adjudicatario, deberá facturar a Nombre del “Gobierno Regional de Coquimbo”, RUT N° 72.225.700-6, con domicilio en calle Arturo Prat Nº 350, La Serena. Deberá entregar copia cedible si no se factoriza la factura.
Una vez recibido la factura la Secretaria Comunal de Planificación junto con el Departamento de Salud serán las encargadas de emitir un Certificado de Cumplimiento y enviara dichos antecedentes al Gobierno Regional de Coquimbo, quien es el responsable del pago de la factura.
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Sanción en caso de Incumplimiento |
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones:
- Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando la demora en la entrega de los productos sea de hasta 5 días hábiles imputables al proveedor.
- Una sanción pecuniaria del 10% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando la demora en la entrega de los productos sea mayor a 5 días hábiles imputables al proveedor.
- En caso de incurrir en otro incumplimiento se aplicará una sanción pecuniaria del 5% a descontar del valor neto del monto contratado.
- Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un reclamo al proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación.
- Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl.
Antes de la aplicación de la sanción se notificará al proveedor mediante correo electrónico, entregándole un plazo de 5 días corridos para que presente su apelación por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a esta apelación por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando la apelación no sea aceptada se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando la apelación sea aceptada se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de apelación las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho a apelación, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta.
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Término Anticipado |
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
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Jurisdicción de los Tribunales |
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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CONTRATO |
Tomando en consideración que el monto de lo requerido es superior a las 100 UTM e inferior a las 1000 UTM, la relación contractual se formalizara mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado.
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FACTORING |
El proveedor en la eventualidad que ceda el crédito a un factoring ésta deberá comunicar dicha situación en forma expresa con la debida antelación a la Secplan de la Municipalidad de Coquimbo y hacer entrega del Certificado de SII con la cesion.
En caso contrario, esto es, cuando el crédito no este factorizado, la Unidad Técnica deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado: cobro ejecutivo cedible de madera de tener la certeza que la empresa o el contratista no ha suscrito factoring.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertar que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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