Licitación ID: 2446-556-LE23
DISEÑO SISTEMA HIDRAUILICO ELECTRICO Y OBRAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 161
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Productos o servicios
1
Consultorías para estandarización de especificaciones 1 Unidad
Cod: 80101703
PROPUESTA PUBLICA N°363/2023 DENOMINADA "CONSULTORIA PARA DISEÑO DE SISTEMA HIDRÁULICO, ELÉCTRICO Y OBRAS CIVILES DE PILETAS DE AGUAS DANZANTES, PLAZA DE ARMAS, COQUIMBO"  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
DISEÑO SISTEMA HIDRAUILICO ELECTRICO Y OBRAS
Estado:
Revocada
Descripción:
El presente proyecto se enmarca dentro del Plan de Mejoramiento de Espacios Públicos de la Municipalidad de Coquimbo, que busca potenciar y enriquecer el habitar de la ciudad. El objetivo del proyecto es formalizar y concretar el diseño del sistema hidráulico, eléctrico y arquitectónico, que permita el funcionamiento de la pileta existente y las proyectadas en Plaza de Armas de Coquimbo, con mejoramientos arquitectónicos según términos técnicos de referencia y planos adjuntos al proceso de licitación, el cual, corresponde a un instrumento referencial para el desarrollo de la propuesta por parte de los oferentes. Con lo anterior, se pueda lograr mejorar el espacio público, constituir nuevas áreas de esparcimiento para las familias y contribuir en el aspecto recreacional y cultural de la ciudad, al otorgar un diseño que servirá de base para su posterior ejecución. El proyecto contempla dos entregas, la primera correspondiente a estudios preliminares y anteproyecto de arquitectura y una segunda etapa de entrega del proyecto definitivo de arquitectura, estructura y especialidades para cada uno de los tres sectores de intervención, según términos técnicos de referencias.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-10-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 05-10-2023 12:45:00
Fecha inicio de preguntas: 11-10-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 12-10-2023 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2023 15:49:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-10-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-10-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 18-12-2023 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO NO OLBIGATORIA: PUNTO DE REUNION EN PILETA LAS GAVIOTAS, UBICADA EN PLAZA DE ARMAS, COQUIMBO, EL DÍA 10/10/2023 A LAS 11:00 A CARGO DE LA ARQUITECTO RITA ORTIZ O QUIEN LA REEMPLACE. 10-10-2023 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos: 1. FORMULARIO N°1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO N°2: Declaración Jurada Simple de conocimiento de los antecedentes de la licitación. 3. Documentos Oferentes: 3.1 En caso de personas jurídicas, debe adjuntar Certificado de vigencia de la sociedad del Registro de Comercio con 90 días máximo desde su fecha de emisión y Certificado que acredite la personería del representante legal. 3.2 En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 3.3 En caso de Unión Temporal de Proveedores, el representante de la UTP, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que debe contener a lo menos la responsabilidad solidaria entre las partes respecto a todas las obligaciones que se generen con la entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Documentos Técnicos
1.- 6. FORMULARIO N° 5: Equipo de trabajo propuesto. La empresa consultora deberá detallar el equipo el diseño solicitado, puntualizando el nombre, función a desempeñar, profesión y años de experiencia en cargos similares. Debe incluir su experiencia probada en proyectos de similares características, además del perfil profesional. Para todo el equipo se requerirá adjuntar: • Copia de Certificado de Titulo y de otros títulos, Diploma(s), cursos y cualquier otro documento que acredite haber realizado estudios indicados en perfil profesional. • Curriculum Vitae que indique la experiencia del profesional, el cual, se cotejará y validará con la acreditación de la experiencia. • Acreditación de Experiencia mediante contratos, boletas de honorarios, y/o certificados de experiencia emitidos por instituciones públicas o privadas donde se desempeñaron que reflejen claramente la ejecución de programas que tengan relación con la presente licitación. Nota1 : El equipo de trabajo deberá ser o contar con a lo menos un arquitecto, un ingeniero constructor, un ingeniero mecánico y un ingeniero con experiencia en proyectos en desarrollo y ejecución de fuentes cibernéticas, automatización de cuadros eléctricos y fuentes de aguas danzantes o similares a los antes descritos. Nota 2: La experiencia que no sea debidamente respaldada y acreditada según lo indicado en el presente párrafo no será considerada para su evaluación. 7. FORMULARIO N°6: Experiencia del oferente. Experiencia de la Empresa Consultora. Documento que da cuenta los conocimientos y capacidad técnica para realizar el proyecto que se encomienda. En este sentido, podrán cotizar las diferentes empresas consultoras que hayan realizado servicios de diseño de sistemas hidráulicos, sistemas eléctricos y/o de obras civiles, pudiendo presentar como experiencia diseños que impliquen los tres sistemas o cada uno por sí solo, debiendo adjuntar para respaldar lo indicado en el mencionado formulario, todos los documentos formales que acrediten la experiencia. Para acreditar experiencia, se considerará: • Contratos de servicios de diseños (hidráulicos, eléctricos y/o de obras civiles) iguales o similares ejecutados. • Convenios de servicios de diseños (hidráulicos, eléctricos y/o de obras civiles) iguales o similares terminados. • Órdenes de compra con recepción conforme de servicios de diseños (hidráulicos, eléctricos y/o de obras civiles) iguales o similares • Certificados de cumplimiento o ejecución emitidos por Instituciones Públicas o Privadas de servicios de diseños (hidráulicos, eléctricos y/o de obras civiles) iguales o similares, debiendo indicar como mínimo, nombre del proyecto, materia del proyecto y nombre del acreditado. Nota: La experiencia que no sea debidamente respaldada y acreditada según lo indicado en el presente párrafo no será considerada para su evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- 4. FORMULARIO N° 3: Carta Oferta, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl a valor neto. El formulario de oferta económica deberá indicar el monto total del proyecto Impuesto incluido, además del Plazo ofertado del proyecto en días corridos, según Anexo adjunto. Nota: El consultor o las empresas proveedoras deberán indicar en el presente formulario si su oferta corresponde a valor neto o IVA incluido. En el caso de ser valor Neto, el consultor o la empresa, deberá adjuntar el Certificado de Registro de Sociedad de Profesionales emitido por el Servicio de Impuestos Internos, en que consta que se encuentra habilitado para facturar o emitir documentos de pago pago bajo este régimen tributario. 5. FORMULARIO N° 4: Presupuesto detallado. El cual deberá incluir todas las partidas que acrediten el desarrollo completo del proyecto de acuerdo a lo establecido en Términos Técnicos de Referencia, que incluye las dos etapas del diseño expediente técnico para cada una de las piletas por separado (proyectos de arquitectura, especialidades, electro-mecánico, presupuesto de ejecución, costos de mantención y operación, permisos para cada una). Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA. si corresponde, lo que da el valor total ofertado. Nota 1: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la carta oferta (Formulario N°3) y con el valor neto del Presupuesto (Formulario N° 4). Nota 2: Será de responsabilidad exclusiva del Proponente el presupuestar cada una de las partidas estipuladas, de acuerdo a lo especificado en planos y términos técnicos de referencia. Si el Oferente omite una o más partidas, la Comisión Evaluadora analizará tal omisión de acuerdo a la gravedad, lo que quedará consignado en dicha Acta. Nota 3: El Consultor deberá considerar para la planificación y programación de del diseño, las disposiciones establecidas en los términos técnicos de referencia del proyecto licitado y todos los trabajos que ello incluye.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 10%
2 EVALUACIÓN ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Carta Oferta N°3, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente. Si todas las ofertas son mayores al presupuesto referencial, se considerará el monto referencial como el más conveniente. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente formula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 30%
3 EXPERIENCIA EN EL RUBRO Se considerará solo la experiencia que se encuentre indicada en Formulario N°5 y Formulario N°6 que estén debidamente acreditadas. Toda documentación adjunta para respaldar y acreditar experiencia y que no esté mencionada en Formularios N°5 y N°6, no será considerada. La evaluación de las propuestas para el criterio experiencia se dividirá en dos aspectos y se realizará mediante la aplicación de la siguiente pauta a cada empresa oferente: 1. Experiencia empresa Consultora (50%) Se considera la experiencia de empresas consultoras que hayan realizado servicios de diseño de sistemas hidráulicos, sistemas eléctricos y/o de obras civiles, pudiendo presentar como experiencia diseños que impliquen los tres sistemas o cada uno por sí solo, debiendo adjuntar para respaldar lo indicado en el mencionado formulario, todos los documentos formales que acrediten la experiencia. La experiencia que no sea debidamente respaldada y acreditada según lo indicado en el presente párrafo no será considera 50%
4 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES i. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. ii. Se evaluará con 50 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. iii. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron uno o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 10000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: DAF@MUNICOQUIMBO.CL
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: fperezg@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2335300-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo al Artículo 76 del Reglamento de Ley 19.886, no se permite la subcontratación para el presente proceso público, dado que, el servicio requerido será contratado de acuerdo a las condiciones más ventajosas que arroje la evaluación de los oferent
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 31-07-2024
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, el adjudicatario a la firma del Contrato, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del Contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución del mismo. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato CONSULTORÍA PARA DISEÑO DE SISTEMA HIDRÁULICO, ELÉCTRICO Y OBRAS CIVILES DE PILETAS DE AGUAS DANZANTES, PLAZA DE ARMAS, COQUIMBO” la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 6 meses. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.3 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedara facultada para para dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar. Si en el curso del contrato se introdujeren aumentos y/o modificaciones, deberán también rendirse garantías sobre ellos, en el porcentaje indicado y sobre el monto de estas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 6 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada. El Proveedor será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del contrato”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término del proyecto o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato” se devolverá al Consultor, transcurrido 6 meses desde la fecha que se emita la recepción conforme del servicio, que quedará consignada en un acta o certificado de cumplimiento, suscrita por el Inspector Técnico del Contrato, sin observaciones de ninguna especie, sin observaciones de ninguna especie, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa consultora.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución del contrato CONSULTORÍA PARA DISEÑO DE SISTEMA HIDRÁULICO, ELÉCTRICO Y OBRAS CIVILES DE PILETAS DE AGUAS DANZANTES, PLAZA DE ARMAS, COQUIMBO” la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5.
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución del Contrato” se devolverá al Consultor, transcurrido 6 meses desde la fecha que se emita la recepción conforme del servicio, que quedará consignada en un acta o certificado de cumplimiento, suscrita por el Inspector Técnico del Contrato, sin observaciones de ninguna especie, sin observaciones de ninguna especie, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa consultora.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento en el plazo establecido para éstos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes ofertas, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley N° 19.886 y su Reglamento, no de cumplimiento a lo solicitado respecto a la habilidad para contratar con el estado que sea visible en su ficha de proveedor dentro del plazo establecido en el párrafo segundo del Artículo 15.5 de las presente Bases, o si por causa imputable al Adjudicatario, el Acta de entrega del Servicio no se suscribe dentro del plazo establecido en el artículo 19 de las presentes Bases, la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas; asimismo podrán participar dichas personas, tanto naturales como jurídicas, bajo la modalidad de Unión Temporal, según lo que dispone el 67 bis del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, indicando en la oferta electrónica de la plataforma www.mercadopublico.cl que su oferta trata de una Unión Temporal de Proveedores (UTP). Quedarán excluidos los oferentes quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidada. Al ser la presente licitación una adquisición inferior a las 1000 UTM, el representante de la Unión Temporal de proveedores, deberá adjuntar al momento de ofertar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Chilecompra y presentar certificado de vigencia de la Sociedad. Al momento de la firma del contrato, el proveedor o los proveedores que conforman la Unión Temporal de Proveedores, deberán estar inscrito en el Registro de Proveedores de la Plataforma electrónica Mercado Público en esta Hábil. El oferente que no esté inscrito en este registro o que no se visualice el estado de habilidad para contratar con el estado, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación, de lo contrario, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo, como asimismo las inhabilidades para contratar en virtud de lo que dispone los Artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 que establece Responsabilidad penal de las personas Jurídicas en los delitos que indica.
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. El Municipio podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del Proponente, es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte de la relación contractual. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. El Municipio se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA
Se hará una visita a terreno de carácter NO OBLIGATORIA. A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar de la licitación y se realizará 3 días corridos posterior a la fecha de publicación de la presente Licitación en www.mercadopublico.cl, y que quedará consignado en el calendario “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación, reuniéndose en Pileta de las Gaviotas, ubicada en Plaza de Armas, Coquimbo, a las 11:00 hrs., con la profesional Arquitecta Proyectista dependiente de la Secretaría Comunal de Planificación, Srta., Rita Ortiz Bonilla. A la hora y lugar indicado en párrafo primero y en calendario de licitación se iniciará la visita, donde se hará una nómina con los oferentes que concurran y se procederá a firmar el Acta de visita a terreno. En esta Visita se hará una breve descripción del Proyecto que servirá de base para elaborar mejor la propuesta de los posibles oferentes, verificando todos los aspectos que deban considerar en su oferta.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopublico.cl
CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS
Las causales para proponer declarar inadmisible las ofertas por parte de la comisión evaluadora, son las siguientes: a. Si no se publican los formularios N°2, N°3, N°4 y N°5 establecidos en el numeral 11.2 y 11.3 de las Bases Administrativas. b. Si no se da cumplimiento a lo establecido en el acápite “Nota 1” del formulario N°5, relativo al equipo mínimo de trabajo propuesto según Términos de Referencia. c. Cuando las ofertas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales. d. Si la información adjunta por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. e. Si la oferta no da cumplimiento a las labores y trabajos solicitados para el diseño que se encomienda, establecidas en el documento adjunto a la licitación denominado “Términos Técnicos de Referencia”, pudiendo estas ser iguales, equivalentes o de calidad superior.
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, el Municipio, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Evaluación Experiencia”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Evaluación oferta económica”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos formales” y por último en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl, el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
ACLARACION A LA OFERTAS - FORO INVERSO
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases.
DEL PLAZO
PLAZO DE EJECUCION El plazo referencial para desarrollar el diseño que se encomienda mediante la presente licitación es de 60 días corridos, sin embargo, el plazo a contratar será el ofertado por la empresa o consultor y comenzará a regir a partir de día siguiente a la fecha consignada en el acta de entrega del servicio. Dentro de este plazo ofertado, se deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a los Términos Técnicos de Referencia y las presente bases administrativas; por lo anterior se solicita responsabilidad por parte de la empresa oferente al momento de ofertar dicho plazo. La ejecución del proyecto contempla dos etapas, a saber: Etapa I “Anteproyecto de Arquitectura” que concluirá con la entrega del Informe de Etapa, en la cual el consultor deberá entregar los resultados de los Estudios Preliminares y El Anteproyecto de Arquitectura. La entrega se realizará en dos copias impresas debidamente firmada por los profesionales y CD de respaldo y Etapa II “Proyectos definitivos de Arquitectura, estructura y Especialidades” que contempla el desarrollo definitivo de los proyectos en todos sus aspectos, considerando lo solicitado para cada uno de los tres sectores de intervención, como un proyecto independiente con objeto de ejecutar por etapas. PLAZOS DE REVISIÓN Y CORRECIÓN DE CADA ETAPA Es preciso indicar que, para dar inicio a la Etapa 2 del diseño que se encomienda, se debe haber cumplido satisfactoriamente el entregable deseado de la Etapa 1 y recepcionado conforme por la Inspección Técnica, para lo cual, de conformidad a lo indicado en los Términos de Referencia adjuntas, los documentos entregados en cada una de las etapas, se someterán a revisión de la comisión técnica (Inspección Técnica y arquitecto proyectista) con facultades de observar, cambiar a rechazar total o parcialmente la entrega en revisión. La Comisión presentará las observaciones, comentarios, o rechazo de la etapa, dentro de un plazo de 5 días corridos a partir de la fecha de ingreso. Las observaciones requeridas se harán presentes a la Consultora por medio de correo electrónico. A su vez, la Consultora tendrá un plazo de 5 días corridos para contestar las observaciones realizadas. La comisión se reserva el derecho de dar inicio a la siguiente etapa, antes o después de finalizado el plazo de revisión de la Municipalidad, lo cual será informado a la Consultora por escrito. SUSPENSIÓN DEL PLAZO ENTRE ETAPA 1 Y 2 Es preciso indicar que, para el proceso de revisión y subsanación de observaciones si las hubiere, se suspenderá temporalmente la contabilización de los plazos de las etapas, lo que se traducirá en una reprogramación del plazo máximo de entrega del proyecto adjudicado, estableciendo un nuevo plazo o hito que dé lugar a la continuidad de la contabilización de plazo total del proyecto. Este proceso, debe quedar consignado en un Acta de suspensión de plazo, que indique claramente los alcances técnicos, los tiempos de revisión de antecedentes por parte de la Inspección Técnica y Arquitecto Proyectista, observaciones y aclaraciones por parte la empresa si las hubiere y el nuevo plazo de inicio y termino de la etapa N°2, que deberá ser inmediatamente después del día consignado en el certificado de recepción conforme o cumplimiento de la etapa N°1.
FACTURACION
La factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, Coquimbo debiendo ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Unidad de Licitaciones de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas ( DAF) y éste a su vez quede libre de observaciones y cuente con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinará la entrega de la factura. Por lo anterior no se podrá Factorizar, sin que DAF haya otorgado V°B° a la presentación del estado de pago. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de poder factorizar, de acuerdo a procedimiento establecido en el artículo 28 “Operación Factoring” de las presentes bases.
SANCIONES Y MULTAS
El valor de las multas no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Para la aplicación de las multas, el Inspector Técnico deberá notificar al proveedor por correo electrónico u otro documento físico los hechos que configuren la infracción, antes de la aplicación de la sanción, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la confección del decreto que acoge descargos del proveedor para incluir en la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, debiendo el proveedor presentar su justificación por escrito con la documentación que respalde su solicitud. Se estudiará la petición del proveedor y se resolverá la aceptación o rechazo que corresponda. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto el en artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma. Se establece el siguiente régimen de multas: POR CONDICIONES Y ATRASOS DE LA ENTREGA a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en el término y entrega del diseño total o del entregable esperado de la etapa respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha se suscripción del Acta de Inicio del Servicio, hasta la fecha indicada en el Acta de suspensión de plazo definida en el artículo 17 de las presentes bases si es que la demora se genera en la etapa 1 más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere; o hasta la fecha indicada en el Certificado de Cumplimiento final, en el caso que el retraso se genere en la etapa 2 y final del servicio, más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato sin IVA, considerando todos sus aumentos, disminuciones, y partidas extras. b. En el caso que se dé curso a Término Anticipado del contrato por alguna de las causales establecidas en el Artículo 25 de las presentes bases, se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en la entrega parcial del proyecto respecto al plazo contractual. El atraso en esta circunstancia será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha del Informe de la Inspección Técnica remitido a la Secretaría Comunal de Planificación y la fecha de término establecida en el Acta de Inicio o entrega del proyecto más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. c. Las multas serán aplicadas e informadas por el Inspector Técnico del Servicio, hecho que se deberá constatar en el Acta de Recepción y/o informe de conformidad que acompañe en cada estado de pago, y se descontará del último estado de pago respectivo, en caso de que el último estado de pago no cubra el valor de la multa, se hará efectiva la Garantía y se descontará el saldo no cubierto por el último estado de pago. d. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITS, la empresa contratista deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. 24.2 POR INCUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO a) En el caso, que el consultor incumpliere una orden impartida por el Inspector Técnico, referente de las obligaciones previstas en estas bases, en el contrato, especificaciones técnicas y en general a la correcta ejecución del proyecto, y que no tengan determinada sanción específica, será causal de aplicación de multa por parte de la Inspección Técnica. La multa ascenderá a la cantidad de 1 UTM diaria, aplicable hasta el día en que se subsane el incumplimiento. Las instrucciones impartidas por el Inspección Técnica, deberán constar por correo electrónico. Las multas serán aplicadas por el Inspector Técnico y deberán ser descontadas en el Estado Pago posterior a la fecha de hacerse efectiva la multa, mediante la emisión del decreto exento que las aprueba.
RECEPCION CONFORME
CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO O RECEPCIÓN CONFORME El inspector Técnico del Contrato deberá emitir un certificado de cumplimiento que dé cuenta de la recepción conforme del servicio y sus entregables por cada etapa que corresponda acorde a lo establecido en los Términos Técnicos de Referencia, de este modo, en la etapa N°1 deberá consignar los entregables resultantes, observaciones y subsanación de las mismas por parte de la empresa o consultor si las hubiere. De lo anterior, para la etapa N°2 y final del proyecto, el Inspector Técnico del Contrato deberá emitir un certificado de cumplimiento o recepción final del proyecto, en el cual deberá consignar su conformidad a la ejecución del servicio, los entregables resultantes del diseño, vigencias de garantías, modificaciones de contrato, plazo de ejecución, y cualquier otro antecedente atingente y relevante del proceso. Nota: En ambos certificados, la Inspección Técnica deberá indicar si el estado de pago correspondiente está afecto a multas o no.
OPERACIÓN CON FACTORING
En la eventualidad que el consulto o empresa ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Secretaría Comunal de Planificación, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 24.2 y 24.3 de las presentes Bases en lo referente a la Aprobación del Estado de Pago por parte de la Dirección de Administración y Finanzas. Solo cuando el Estado de Pago esté visado y autorizado para emisión de factura por parte del auditor de la Dirección de la Administración y Finanzas, la empresa deberá enviar carta a la Secretaria Comunal de Planificación, la que deberá contener N° Factura, precio y nombre del factoring al cual se cederá la factura y ésta deberá ser remitida a la Secplan junto con la Factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por la Secretaria Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo. No se podrá Factorizar, de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 24.2 y 24.3 de las Bases Administrativas Generales.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.