Licitación ID: 2446-566-LR19
Licitación Pública Nº 125/2019 para la contratación de “Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”, de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 429
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Bancos privados 1 Unidad
Cod: 84121501
“Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Licitación Pública Nº 125/2019 para la contratación de “Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”, de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Licitación Pública Nº 125/2019 para la contratación de “Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”, de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-01-2020 11:59:00
Fecha de Publicación: 20-12-2019 15:12:46
Fecha inicio de preguntas: 27-12-2019 9:00:00
Fecha final de preguntas: 02-01-2020 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-01-2020 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-01-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-01-2020 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-02-2020 18:14:01
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Antecedentes Administrativos. Los proponentes en los formularios definidos para tal efecto y que forman parte de la presente Licitación deberán presentar sus ofertas, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas señalado en el Formulario Base, debidamente firmados por el representante legal del oferente, los que consistirán en los siguientes documentos: a) Formulario Nº 1 Identificación del Oferente. b) Formulario Nº 2 Declaración Jurada Simple. c) Formulario N°3 Declaración Jurada Simple d) Garantía Seriedad de la Oferta, de acuerdo a las condiciones establecidas en el numeral 30.1 de las B.A.G. e) Fotocopia Rol Único Tributario. Si el oferente se encuentra inscrito en Chileproveedores no se requerirá presentar este antecedente. f) Fotocopia cédula de identidad del representante legal. Si el oferente se encuentra inscrito en Chileproveedores no se requerirá presentar este antecedente. g) Presentar Convenios Colectivos suscritos con Organizaciones Sindicales representativas de sus trabajadores de acuerdo a lo indicado en el artículo 18.6 de las B.A.G.
Documentos Técnicos
1.- Antecedentes Económicos y Técnicos. Los proponentes en los formularios definidos para tal efecto y que forman parte de la presente Licitación deberán presentar sus ofertas, a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas señalado en el Formulario Base, debidamente firmados por el representante legal del oferente, los que consistirán en los siguientes documentos: a) Formulario N° 4. Para acreditar la experiencia del oferente, el banco deberá ingresar contratos vigentes con Instituciones Públicas (Ministerios, Subsecretarías, Municipalidades, etc.) en formato PDF al portal www.mercadopublico.cl, en los cuales se acredite la contratación del servicio similar al requerido en la presente licitación. Dicha información se deberá indicar en el formulario Nº 4. b) Formulario N° 5. Pago de Intereses. c) Formulario N° 6. Cumplimiento Servicios Opcionales ofertados para el Municipio. d) Formulario N° 7. Condiciones de empleo y remuneraciones. Las ofertas deberán permanecer vigentes por un plazo de 90 días a contar de la fecha de apertura de las ofertas. La Municipalidad, si lo estima necesario, podrá prorrogar su vigencia antes del vencimiento del plazo. En caso de prórroga, los oferentes también deberán prorrogar la Garantía de Seriedad de la oferta por igual o mayor plazo. Esta prórroga se dictará a través de Decreto Exento que será comunicado a todos los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl
 
2.- DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN. La Municipalidad se reserva el derecho de rechazar en el Acto de Apertura Electrónico de Ofertas, o con posterioridad en la etapa de evaluación, cualquier oferta que no cumpla con los requisitos de participación, declarando inadmisible su oferta. Lo anterior se refiere a: 10.1) No presentar en el formato requerido, alguno de los documentos exigidos en los puntos 9.1 y 9.2 de las presentes bases. Con excepción del instrumento requerido en la letra g) del art. 9.1. 10.2) No presentar la garantía de Seriedad de la Oferta o si esta se encuentra mal emitida. 10.3) Presentar documentos que sean ilegibles y/o contradictorios.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad del Representante Legal
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- Boletín Laboral y Previsional de la Dirección del Trabajo
- Certificado de deuda de la Tesorería General de la República
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Antecedentes del Registro Civil.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PAGO DE INTERESES Ptje. = (tasa evaluada * 100) / mayor tasa) 20%
2 PRESENTA CONVENIO COLECTIVOS VIGENTES SI PRESENTA : 100 Puntos NO PRESENTA : 0 Puntos 5%
3 SERVICIOS ADICIONALES Presentación de más de tres de otros servicios nuevos o complementarios a los solicitados 100 Presentación de uno a tres servicios nuevos o complementarios a los solicitados 50 No Presenta otros servicios nuevos o complementarios a los solicitados 0 20%
4 EXPERIENCIA DEL OFERENTE Más de 10 contratos 100 Entre 4 a 9 contratos 50 Entre 1 a 3 contratos 25 0 contrato 0 25%
5 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACION El nivel inferior de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a los trabajadores será igual o superior a $ 500.000 : obtendrá 100 puntos. El nivel inferior de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a los trabajadores será entre $350.000 y $499.999, se aplicará la siguiente fórmula: Ptje = (3 x remuneración imponible ofertada) – 90 10.000 El nivel inferior de remuneraciones imponibles que el oferente pagará a los trabajadores será inferior a $ 350.000 : obtendrá 0 puntos. 15%
6 PLAZO DE IMPLEMENTACION DE LOS SERVICIOS Entre 0 y 20 dias corridos 100 Entre 21 y 40 dias corridos 50 41 o más días días corridos 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 60 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: WILMA SANCHEZ PEÑAILILLO
e-mail de responsable de pago: wsanchez@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: Javier Bugueño Calderón
e-mail de responsable de contrato: jbugueno@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2317387-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 21-04-2020
Monto: 5000000 Peso Chileno
Descripción: glosa: “Garantía Seriedad de la Oferta para la Contratación de Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”. Se exceptúa llevar esta glosa el Vale Vista.
Glosa: glosa: “Garantía Seriedad de la Oferta para la Contratación de Servicios Bancarios y Retribución Económica por Saldos Vista en Cuentas Corrientes”. Se exceptúa llevar esta glosa el Vale Vista.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía podrá ser tomada en el mismo Banco que presenta la oferta. La Garantía Seriedad de la Oferta deberá ser entregada físicamente en la secretaría de la Secplan, ubicado en calle Bilbao N°348, 2° Piso, Coquimbo, antes de la fecha de cierre indicada en el Cronograma de la Licitación. El horario de atención a los oferentes para este trámite exclusivamente será en días hábiles de 09:00 a 17:00 hrs. La garantía debe ser entregada en un sobre cerrado, el que indicará en el exterior lo siguiente: a) Nombre del proponente (razón social). b) Rut del proponente. c) Nº del documento de garantía. d) Banco o Institución que lo expidió. En el evento que la Municipalidad de Coquimbo, por cualquier causa, no pueda adjudicar la Licitación dentro del plazo de vigencia original de la citada garantía, los oferentes deberán reemplazar esta garantía, con a lo menos 05 días corridos antes de la fecha de su vencimiento, por otra cuya vigencia incluya el período de dicha postergación. Esto será informado a través del portal www.mercadopublico.cl. La Municipalidad hará efectiva a su favor y a titulo de indemnización la Garantía de Seriedad de la Oferta en los siguientes casos: a. Si el proponente entrega información falsa en su propuesta. b. Si el proponente retira su oferta o se desiste de ella dentro del período de validez de la misma. c. Si el adjudicatario no cumple con la obligación de suscripción del contrato, en el plazo, forma y condiciones indicados en la presentes Bases. d. Si el adjudicatario no entrega en el plazo, forma y condiciones la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato que se establece en las Bases Administrativas.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I.MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 31-05-2025
Monto: 2000 Unidad de Fomento
Descripción: El proponente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de firmar el contrato una garantía, extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, Rut N° 69.040.300-5, con la siguiente glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: Contratación de Servicios Bancarios y Retribución Económica por los Saldos Vista en Cuentas Corrientes”.
Glosa: El proponente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de firmar el contrato una garantía, extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, Rut N° 69.040.300-5, con la siguiente glosa: “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato: Contratación de Servicios Bancarios y Retribución Económica por los Saldos Vista en Cuentas Corrientes”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía deberá ser expresada en Unidades de Fomento (UF), y que podrá ser tomada en el mismo banco, por un monto equivalente a UF 2.000. Su vigencia será el plazo máximo del contrato extendida por otros 60 días más. El proponente adjudicado se obliga a mantener su vigencia durante todo el plazo indicado. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicatario, como asimismo asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante (Art. 22 Nº 6 y art. 68 del Reglamento de Ley Nº 19.886). Esta garantía será cobrada unilateralmente por la Municipalidad, si el proponente no cumpliera con lo establecido en el contrato. Será responsabilidad de cada adjudicatario realizar los trámites pertinentes para mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. El incumplimiento de esta obligación, será motivo suficiente para que la Municipalidad se haga efectivo el cobro de la misma y sin perjuicio de las demás facultades legales a efectos de exigir el cumplimiento forzado o término anticipado del contrato más las indemnizaciones legales que sean procedentes. Esta garantía se restituirá al adjudicatario una vez que la Municipalidad declare cumplidas todas y cada una de las obligaciones establecidas en el contrato respectivo. La Municipalidad podrá solicitar certificación de autenticidad de los documentos de Garantía ante la institución bancaria emisora. Si alguna de las Garantías presentadas, contiene el texto de cobro con 30 días de aviso previo, entonces la vigencia del documento deberá aumentarse en 30 días adicionales. La Municipalidad hará efectiva a su favor y a título de indemnización la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en los siguientes casos: a. Quiebra del Banco. b. Incumplimiento en el pago de multas dentro de los plazos estipulados, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases. c. En caso de término anticipado del contrato por incumplimiento grave del Banco, de acuerdo a lo establecido en punto 25 ii) de las presentes Bases.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Presentación formal de la oferta

 Conforme a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores formales exigidos en las presentes bases.

adjudicación de la Licitación
La Comisión encargada de la evaluación propondrá adjudicar la propuesta al oferente que satisfaga de la mejor forma los requisitos, técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante Decreto Exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl., posteriormente se emitirá la orden de compra y se suscribirá el contrato. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas
Sanciones por incumplimiento
En caso de que el proveedor adjudicado, no de cumplimiento la entrega o prestación de servicio se podrá hacer efectiva la boleta de fiel cumplimiento del contrato y no se le podrá adjudicar futuras licitaciones por el periodo de 6 meses contados desde la notificación del decreto exento que aplica la sanción impuesta. Aparte de las sanciones señaladas anteriormente se le aplicara una multa equivalente al 5% del valor total del contrato. Sin perjuicio de la aplicación de estas sanciones, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento, para que se apliquen las sanciones establecidas en la normativa de compras públicas.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Del Foro Inverso
La Municipalidad, durante el periodo de Evaluación Técnica de las ofertas, podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl, a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores y no se afecte el principio de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. El proponente que no remita la información y/o solicitud de aclaración o la remita fuera del plazo establecido en el foro inverso, será rechazada su oferta, declarándola inadmisible. Para que el oferente subsane los errores u omisiones formales cometidos, se le otorgará un plazo de 48 horas de publicado el respectivo requerimiento a través del portal.
Subcontratación
La Municipalidad autoriza expresamente la posibilidad que el Banco subcontrate el servicio de Retiro de documentos valorados desde las cajas municipales y traslado y deposito en las cuentas corrientes bancarias y la Provisión de cajeros permanentes y/o temporales exigidos en las Bases Técnicas. No obstante lo anterior, la subcontratación de cualquier especie no libera al Banco de las obligaciones que le genera el contrato, siendo éste el único responsable ante la Municipalidad. Si el Banco subcontrata parcialmente alguna de las labores del servicio que debe prestar, el subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos contemplados en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y su Reglamento. Se deja expresa constancia que para la Municipalidad, el Banco será el único y directo responsable de todo conflicto que se produzca entre el subcontratista y su personal. La Municipalidad no tendrá intervención alguna en esta materia, puesto que no habrá de tener ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con tales trabajadores. En caso de efectuarse la subcontratación, serán aplicables las normas contenidas en la Ley N°20.123. La Municipalidad se reserva el derecho de solicitar al adjudicatario, durante la vigencia del contrato, la presentación de una Certificación de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales otorgadas por la Dirección del Trabajo.
Confidencialidad del Contrato
El Banco y su personal directo que se encuentren asignados a este contrato, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que de la Municipalidad conozcan durante su desarrollo. La responsabilidad del Banco será solidaria respecto de sus personeros, empleados, consultores o subcontratistas. El Banco sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento al servicio contratado. El Banco debe resguardar la confidencialidad de la información, reservándose la Municipalidad el derecho de ejercer acciones que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del Banco, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará derecho a la Municipalidad a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el Banco sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
Término Anticipado del Contrato
La Municipalidad está facultada para declarar el término anticipado del contrato, por vía administrativa sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación, sin perjuicio de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886: i) Resciliación o mutuo acuerdo de las partes. Con tal objeto, la parte interesada en resciliarlo deberá formular una presentación por escrito a la otra parte, y ésta aceptarlo. Se perfeccionará esta resciliación mediante la formalización del acuerdo respectivo (Decreto Alcaldicio). En caso de término anticipado, el Banco deberá continuar prestando el servicio contratado hasta la fecha indicada en el Decreto Alcaldicio de Término de Contrato. ii) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave, entre otros, la no ejecución, la ejecución parcial o la ejecución tardía de las prestaciones que el proveedor adjudicado se obligó, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad por el incumplimiento, lo que le genera a esta Municipalidad un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones, o en caso que las multas excedan del límite máximo estipulado en la cláusula treinta y uno de las presentes Bases. Asimismo el contrato podrá terminarse anticipadamente por parte de la Municipalidad si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación: a. Si no inicia oportunamente el servicio ofrecido en la fecha ofertada o en la fecha posterior pactada de mutuo acuerdo entre la Municipalidad y/o Banco conforme lo permiten las Bases Técnicas. b. Si el Banco es declarado en quiebra, solicita su quiebra o indica proposiciones de convenio con sus acreedores. c. Si hay ejecución y embargo de todo o parte de los bienes del Banco. d. Si el Banco ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores. e. Si el Banco no paga oportunamente la remuneración ofertada por concepto de pago de intereses. f. Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las presentes Bases. La declaración de término de contrato por incumplimiento, se efectuará por Decreto Alcaldicio que será debidamente notificado al banco por el Secretario Municipal, personalmente o por cédula en el domicilio que tenga señalado en la Municipalidad. En este caso, la Municipalidad hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato. En caso de término anticipado, el Banco deberá continuar prestando el servicio contratado hasta la fecha indicada en el Decreto Alcaldicio de Término de Contrato. iii) Disolución del adjudicatario. Disolución del Banco Adjudicatario, sin tener continuidad legal. iv) Registrar saldos insolutos de remuneraciones Presentar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. v) Falta de Confidencialidad. Que el adjudicatario, sus consultores, subcontratistas y personal directo o indirecto, no mantenga la confidencialidad de la información reservada o no, de que tomen conocimiento con motivo de este proyecto. vi) Término del contrato por cumplimiento del plazo del contrato. El contrato se extinguirá al cumplirse el plazo por el que se otorgó, que es el establecido en el Decreto Alcaldicio de Adjudicación. Para concretar lo indicado en el párrafo precedente la Municipalidad notificará por carta certificada escrita al proveedor, con un aviso previo de 10 días corridos. Sin perjuicio de lo señalado, el proveedor adjudicado deberá satisfacer íntegramente los servicios contratados antes de la notificación del referido término anticipado.
Prohibición de Cesión de Contrato
El Banco no podrá ceder, transferir o traspasar en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanan del contrato celebrado con la Municipalidad, así como tampoco constituir prendas u otros gravámenes que afecten cualquier derecho derivado para el pago o cobro que de este provengan.
De las Multas
La Municipalidad quedará facultada para aplicar multas expresadas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM) o Unidades de Fomento (UF), por causas imputables al oferente adjudicado, en los siguientes casos: a. Atraso en el abono electrónico de cualquier pago (remuneraciones, proveedores, etc.), en el mismo Banco. El adjudicatario deberá cancelar 0,1 UF por cada abono. b. Por el no envío oportuno de información de documentos. El adjudicatario deberá cancelar una (1) UF por cada día hábil de atraso. Especialmente en lo referido a comprobantes de depósitos en cuenta corriente, enviados desde oficinas de la Municipalidad. c. Interrupciones de servicio por más de 2 horas por fallas atribuibles al sistema operativo del oferente adjudicado, certificado por él, éste deberá cancelar una multa de 5 UF. En caso de que la falla implique la inoperatividad del sistema por más de 24 horas, se aplicará una multa de 10 UF por día de atraso. d. 0,5 UTM diario por no retiro en tiempo y forma de documentos valorados desde las cajas municipales y traslado y deposito en las cuentas corrientes bancarias, salvo que haya sido acordado entre las partes. e. 1 UTM por día de inasistencia y por cada uno de los cajeros que provee el Banco, en el evento que éstos no sean reemplazados. f. 0,5 UTM por regularización de cargos o abonos mal efectuados por el Banco g. 2 UTM por cada día de atraso en la implementación de los servicios ofertados por parte del Banco o en la fecha posterior pactada de mutuo acuerdo entre la Municipalidad y/o Banco conforme lo permiten las Bases Técnicas. h. 2 UTM por cada día de atraso en la entrega de información del Banco a la Municipalidad de la empresa subcontratada para el retiro de valores de la Tesorería Municipal. i. 2 UTM por cada día de atraso -posterior a los 5 días hábiles- desde que el municipio solicita el aporte económico convenido y el banco deposita dicho monto en la cuenta corriente indicada por el municipio. Se considerará incumplimiento grave el que las multas acumuladas, cualquiera sea su naturaleza, excedan de cien (100) UF y/o 60 UTM, en un periodo de 6 meses, consecutivos, situación, en la cual la Municipalidad podrá poner término anticipado al contrato y/o hacer efectiva la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Aplicación de las Multas
La Municipalidad, a través del Coordinador Técnico Municipal, ante cualquier situación que amerite la aplicación de multas, emitirá un informe al Alcalde, quién dictará el Decreto correspondiente indicando causa y monto de la multa, o, en su caso, indicando causas de su absolución. Este Decreto se notificará al representante del Banco ante la Municipalidad, indicando la causa y el monto de la misma a que da origen el incumplimiento. Toda multa será apelable al Alcalde en un plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto. El Alcalde dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para resolver mediante Decreto sobre la apelación. Si éste no se pronuncia dentro del plazo señalado se entenderá acogida la apelación.
Del Responsable del Contrato
La Municipalidad de Coquimbo designa al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, quien tendrá a cargo la coordinación y control del contrato celebrado. Tal designación no libera al banco adjudicado de la responsabilidad que le cabe durante la vigencia del mismo. El Responsable del Contrato velará por el fiel cumplimiento de todas las obligaciones y derechos contenidos en los antecedentes que forman parte integrante de la presente licitación, y además le corresponderá, entre otras funciones: a. Para efectos contractuales, ser el interlocutor válido de la Municipalidad con el Banco que se adjudique y resolverá, en el ámbito de sus atribuciones, cualquier inconveniente que se produzca entre las partes. b. Fiscalizar la debida ejecución del contrato, velando por el cumplimiento de cada una de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, oferta del adjudicatario y demás antecedentes que formen parte integrante del este proceso. c. Velar por el cumplimiento de las garantías y de los servicios ofertados. d. Sugerir al Alcalde aplicar las multas y hacerlas efectivas cuando corresponda. e. Aprobar la recepción conforme de los servicios contratados. f. Proponer al Alcalde el término anticipado del contrato. g. Colaborar con el Banco en todo lo que sea necesario para la buena ejecución del contrato. h. Exigir al Banco la presentación de cualquier documentación que, a su juicio, estime necesario para la correcta ejecución del contrato. Asimismo, el adjudicatario deberá designar un ejecutivo que se relacionará con el Responsable del Contrato para todos los efectos señalados. Todas las definiciones adoptadas por el Responsable, deberán constar en Actas firmadas por ambos. En caso de que el oferente cambie al ejecutivo designado para la Municipalidad, el oferente deberá informar en un plazo de 24 horas, los datos y antecedentes del nuevo funcionario.
Readjudicación
Si por causa imputable al adjudicatario no se suscribe el contrato dentro del plazo indicado, no se iniciare oportunamente los servicios, o los ejecute sin ajustarse a la metodología o cualquier otra razón que no diere cumplimiento a lo establecido en las presentes Bases, la Municipalidad podrá llamar a una nueva Licitación o readjudicar la propuesta entre los oferentes que ocupen los lugares inmediatamente siguientes en puntaje que el adjudicatario, sin perjuicio de hacer efectiva la Boleta de Fiel Cumplimiento del Contrato y hacer valer las acciones legales que procedan, debiendo en este caso dictarse una resolución fundada.
Obligaciones de la Municipalidad
Serán obligaciones de la Municipalidad, entre otras, las siguientes: a. Fiscalizar permanentemente el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Banco, en virtud de la presente licitación. b. Informar al Banco, por documento escrito y/o por correo electrónico, sobre las fallas detectadas al servicio contratado, como consecuencia de la fiscalización efectuada por la unidad municipal encargada de velar por el fiel cumplimiento del contrato y las denunciadas por los usuarios, con el objeto que este tome conocimiento de la falla y proceda a su pronta solución.
Obligaciones del Banco
Serán obligaciones del Banco, entre otras, las siguientes: a. Dar cumplimiento a todo lo estipulado en el contrato, entendiéndose incluidos en él las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos, aclaraciones y respuestas si las hubo y la oferta presentada. b. Asistir a todas las reuniones de coordinación y control de los servicios que requiera la Municipalidad. c. Disponer de los recursos humanos, técnicos y de infraestructura, que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos, en calidad y plazos definidos para cada servicio. d. Atención preferente en las cajas u otras dependencias del banco al personal municipal previamente autorizado, para la realización de operaciones propias del municipio. e. Informar a la Municipalidad oportunamente las deficiencias que detecte en el cumplimiento del contrato, cuando corresponda. f. Efectuar las mantenciones o reparaciones necesarias para el correcto funcionamiento del servicio. g. Designar un ejecutivo de cuentas que concentre y coordine los distintos servicios del Banco contemplados en las Bases Técnicas. h. No efectuar cargos en las cuentas corrientes municipales por concepto de gastos, comisiones, impuestos, precios, tarifas, etc. i. Mantener en la Coordinación Técnica Municipal, un registro actualizado con el nombre, dirección, teléfono fijo, celular y correo electrónico del ejecutivo de cuentas del Banco asignado a la Municipalidad, con el fin que pueda ser ubicado en forma permanente para ser llamado ante cualquier eventualidad. j. Responder por los daños que pueda causar a terceros por la prestación del servicio materia del contrato. k. Acusar recibo de toda comunicación que se le haga desde la Municipalidad y dar respuesta a ella en el plazo requerido o inmediatamente si así se le requiere por la gravedad o urgencia del asunto. l. Dar cumplimiento a las leyes laborales y previsionales vigentes. m. Incorporar a sus trabajadores al seguro social contra riesgos del trabajo y enfermedades profesionales. n. Velar porque los procesos asociados a los servicios objeto del contrato cuenten con medidas de seguridad adecuadas para evitar fraudes o situaciones irregulares o. Corregir de manera oportuna y eficiente los defectos que pidieran presentar sus servicios, sea en relación a su diseño, operación o funcionamiento. p. Todas las demás obligaciones establecidas en las leyes aplicables a la materia y en las presentes bases.
Discrepancias entre Antecedentes
Toda imprecisión o discrepancia entre los antecedentes de la licitación (Bases Administrativas, Bases Técnicas, Aclaraciones y otros antecedentes) se interpretará siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de los servicios que presta el Banco, conforme a normativas de procedimientos de buen servicio, por lo cual prevalecerá aquel antecedente que permita otorgar un mejor servicio bancario. No obstante lo anterior, cuando se explicite eliminar o modificar un aspecto de la licitación, prevalecerá esta indicación.
Falsedad de Información
Si se comprobase falsedad en la información contenida en la propuesta de algún oferente o de cualquier otro documento solicitado, la Unidad Técnica se reserva la facultad para hacer efectivas las garantías vigentes, además de hacer responsable al proponente por los daños y perjuicios que se deriven de la situación. En tal evento, el proponente no tendrá derecho a indemnización alguna.
Vigencia de las Ofertas
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de noventa (90) días corridos, contados desde la fecha de recepción de las ofertas a través de www.mercadopublico.cl.
FORMA DE PAGO
DE LA FORMA DE PAGO. Todos los servicios obligatorios, especificados en el numeral 5.2 de las Bases Técnicas, proporcionados por el oferente adjudicado y los servicios opcionales en virtud de la presente Licitación tendrán costo cero para esta Municipalidad, según lo estipulado en la Oferta Económica presentado por el oferente adjudicado. Se entenderá que la apertura y mantención de las cuentas bancarias y que los beneficios intrínsecos que en virtud de la presentación de los servicios antes indicados eventualmente se originen, constituyen contraprestación suficiente a favor del oferente adjudicado.
DE LOS EMPATES EN EL PROCESO LICITATORIO.
DE LOS EMPATES EN EL PROCESO LICITATORIO. En caso de empate detectado en el proceso de evaluación de ofertas, la Municipalidad resolverá de la siguiente manera: conforme a los criterios de evaluación establecidos, se resolverá adjudicar a aquella empresa que obtenga el mayor puntaje en el ítem Pago de intereses. De persistir el empate se adjudicará a la empresa que obtenga el mayor puntaje en el ítem Servicios Adicionales.