Validez de las Ofertas: |
Las ofertas deberán considerar una vigencia para todo el periodo en que se encuentre operativo el presente llamado, así mismo fija los precios para el periodo de duración del llamado a licitación y término de proceso.
En aquellos casos que los oferentes no informen la validez de su oferta, esta se entenderá que cumple con la validez señalada precedentemente.
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Consultas y Aclaraciones: |
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
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Requisito de Admisibilidad: |
Será requisito de admisibilidad que las ofertas cumplan con lo siguiente:
- Que adjunten ficha técnica de los productos ofertados y un detalle del producto ofertado.
- Los oferentes que no informen plazo de entrega en sus ofertas, o que el plazo ofertado exceda el plazo máximo indicado en criterio de evaluación, no pasarán a la etapa de evaluación y su oferta será declarada inadmisible.
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Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes: |
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ellos se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Aclaración de Ofertas: |
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. Se otorgará un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Evaluación de las Ofertas: |
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quien, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente.
La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
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Obligación del Evaluador: |
Por aplicación de los principios de igualdad de los oferentes, legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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Resolución de Empates: |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Precio. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Plazo de Entrega. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Comportamiento Contractual Anterior. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información
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Adjudicación de la Propuesta |
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el primer lugar en la evaluación respectiva, y cumpla con los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación.
Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente para formalizar la contratación, se emitirá la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío. El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente o en estado hábil en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor. En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación. En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, indicando allí las razones del atraso.
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Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación: |
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es karinaavila@municoquimbo.cl
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Puntaje Mínimo de Adjudicación |
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
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Sobre la Re adjudicación: |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Responsable de la relación Contractual: |
Una vez firmado el contrato la relación contractual será de responsabilidad de Relaciones Públicas, Sr. Cristian Leyton Velásquez, correo electrónico cleytonv@municoquimbo.cl, teléfono 993260995. Para ello en el Contrato se indicarán los datos de contacto.
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Contacto del Adjudicatario: |
El prestador adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
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Flete |
El valor del envío de los productos será de costo del proveedor. También será de responsabilidad del proveedor el transporte de los productos cuando existan devoluciones o productos que se encuentren en mal estado.
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Plazo para aceptar la orden de compra: |
Una vez adjudicada la licitación y verificado el cumplimiento de los requisitos para contratar, el municipio para formalizar la contratación, emitirá a través de sistema de información www.mercadopublico.cl, la respectiva orden de compra, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario en un plazo de 2 días hábiles desde su envío. La no aceptación de la orden de compra, será considerada como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que ello ocurra.
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Plazo de Entrega |
El plazo de entrega de los productos, comenzará a contarse desde la formalización de la contratación y hasta la entrega de la totalidad de los productos en bodega municipal, ubicada en Profesor Zepeda N°8, sector Guayacán, Coquimbo. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran correctamente sellados, en perfecto estado de conservación, defectuosos, con problemas en sus envoltorios, que sean diversos al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega. El plazo de entrega que regirá la presente licitación será el ofertado por el adjudicado. Las ofertas en las que no se indique plazo de entrega serán declaradas inadmisibles
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Lugar entrega de productos |
Los productos deberán ser entregados en la Bodega Municipal, ubicada en calle Profesor Zepeda N° 8, sector Guayacán, Coquimbo. Horario de atención de lunes a jueves desde las 9:00am a las 17:00 hrs., día viernes de 9:00 hrs. a 16:00hrs. Cualquier modificación de domicilio será comunicada oportunamente
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Forma de Pago: |
El proveedor adjudicado podrá facturar sólo una vez que haya entregado los productos y que éstos se encuentren recibidos conforme por esta Municipalidad. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura. Deberá indicarse en la factura el número de la orden de compra. El pago procederá previo VºBº del Departamento requirente quien verificará el fiel cumplimiento de la licitación, por parte del proveedor y certificado de cumplimiento emitido por la Jefatura del Dpto. Solicitante. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. Responsable del pago es departamento de finanzas, el seguimiento y responsable de la recepción de los productos es el departamento solicitante: Relaciones Públicas, Sr. Cristian Leyton Velásquez, correo electrónico cleytonv@municoquimbo.cl, teléfono 993260995 Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl
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Plazos para Devolución de Factura: |
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley n° 20.956, en su artículo 4° n°1, letras a, b y c, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada una factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción.
En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisor de la nota de crédito correspondiente. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
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Responsabilidades del Oferente: |
Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución de la presente licitación, incluido el transporte de todos los productos requeridos, además de contratar al personal calificado para la realización del mismo, todo lo cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno.
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Modificación del Contrato: |
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas.
En este caso las partes deberán suscribir un anexo modificatorio de contrato, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. En todo caso las modificaciones en total, no podrán suponer un aumento sobre el 30% del monto originalmente pactado. Se podrá de igual forma modificar el contrato por todas las causas indicadas en el artículo 77 del DS 250 del año 2004
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Sanción en caso de Incumplimiento: |
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes multas:
Incumplimiento en los plazos de entrega de los productos sobre el plazo ofertado por el adjudicatario.
Por cada día de atraso se aplicará una multa del 1% sobre el monto total neto, de las cantidades que se entreguen atrasadas; con un tope de aplicación de 10 días hábiles.
Si uno o más productos/equipos no son entregados, respecto de éstos, se aplicará el tope de multa por incumplimiento establecido en el párrafo anterior, esto es 10 días hábiles, equivalente al 10% del precio neto de los productos que no se entreguen.
Se deja expresa constancia que, si se constata que si hay productos que no se encuentran en perfecto estado de conservación, con problemas en sus envoltorios o que sean diversos en cuanto a características solicitadas u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega.
El tope de multas a aplicar corresponde al 10% del monto total de la formalización de la contratación
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Procedimiento de aplicación de sanciones: |
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado.
Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880.
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
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Término Anticipado: |
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su Reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
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Normativa y antecedentes que regulan la licitación: |
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos.
a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento
b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.
e) Ficha electrónica de licitación.
f) Ofertas de los oferentes a proponentes.
g) Análisis de las propuestas.
h) Informe y Decreto de Adjudicación.
i) Orden de Compra.
j) Otros Antecedentes Relacionados
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
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Jurisdicción de los Tribunales: |
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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