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Validez de las Ofertas |
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El plazo de validez de las ofertas será de 60 días corridos, o hasta que el proceso de contratación del proveedor adjudicado se encuentre totalmente tramitado.
En aquellos casos que los oferentes no informen la validez de su oferta, esta se entenderá que cumple con la validez señalada precedentemente
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Requisito de Admisibilidad |
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Los oferentes participantes, deberán anexar los siguientes documentos:
- Carta Gantt certificada para las labores requeridas.
- Informe de planificación y ejecución de los trabajos a realizar.
- Certificado de tiempo de entrega de lo requerido, documento que mencione la cantidad de días de disposición de los insumos, materiales y equipos que se requieren en la presente licitación, una vez aceptada la orden de compra.
- Certificado de maquinarias, herramientas e insumos en perfectas condiciones y de calidad igual o similar a lo solicitado.
- Certificado de estudios o título de estudios afines a los trabajos requeridos.
Los oferentes que no anexen lo documentos anteriormente citados serán declarados inadmisibles y no pasarán a la etapa de evaluación.
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Visita Técnica |
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Como requisito los oferentes participantes deberán efectuar una visita de inspección técnica, obligatoria. Esta se llevará a efecto a las 11:30 am, del 21 de febrero de 2023, en las dependencias del estadio, dirección Santiago Trigo N° 485, El Llano, Coquimbo. Es requerimiento formal que se inscriba en el registro de visitas técnicas para la mantención y resiembra de la carpeta herbácea del estadio Francisco Sánchez Rumoroso, gestionado y certificado por la administración del estadio, de no concurrir a la visita pacta, la oferta será declarada inadmisible
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Consultas y Aclaraciones |
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Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
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Consideración al Evaluar |
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Se evaluará a los oferentes que oferten la totalidad del servicio con todos los requerimientos solicitados.
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Aclaración de Ofertas |
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Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
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Modificación de bases y antecedentes de la licitación |
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Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán publicadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Ilustre Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario de manera fundada.
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Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes |
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Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales
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Obligación del Evaluador |
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En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
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Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación |
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Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es yanetcortes@municoquimbo.cl.
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Evaluación de las Ofertas |
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El estudio de las ofertas será realizada por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo
a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de
acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente.
La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada
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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación Precio. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Experiencia en el Rubro. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación. Comportamiento Contractual Anterior En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación Cumplimiento Requisitos Formales Cuando se produzcan situaciones en que a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información."
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Adjudicación de la Propuesta |
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La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación.
Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se elaborará contrato el que deberá ser firmado por el oferente adjudicado para después emitir la orden de compra.
El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se emitirá la respectiva orden de compra, la que deberá ser aceptada por el Proveedor.
En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación
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Puntaje mínimo de Adjudicación |
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Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
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Sobre la Readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Del Contrato |
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Se procederá a suscribir el contrato en el Departamento de Adquisiciones y Propuestas ubicado en Avenida Videla N° 1112, piso 6, Coquimbo. Para la suscripción del contrato el oferente deberá estar inscrito en el registro oficial de contratistas y proveedores de la administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el Art. 16 de la ley 19.886.
Al momento de la firma del contrato el oferente adjudicado deberá entregar una Garantía por Fiel Cumplimiento o haberla entregado con anterioridad. En el caso que el oferente no haya presentado este documento no se podrá concretar la firma del contrato. Formarán parte del contrato las presentes bases y la oferta del proponente adjudicado. El contrato comenzará a regir una vez firmado por ambas partes y posteriormente se emitirá la orden de compra respectiva, la que deberá ser aceptada por el prestador
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Plazo para concurrir a la firma del contrato |
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El plazo para concurrir a la firma del respectivo contrato es de 5 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firma del contrato respectivo en oficinas del Departamento de Adquisiciones de la Municipalidad. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico indicada en el correo del proveedor que conste en el formulario de identificación del oferente. De todas formas, excepcionalmente el adjudicatario podrá requerir firmar en un lugar diverso a solicitud y costo del oferente adjudicado, debiendo en todo caso concretarse la firma dentro del plazo señalado precedentemente.
No concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, serán consideradas como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado, o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra
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Plazo para aceptar la orden de compra |
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Una vez formalizada la contratación, el municipio emitirá la respectiva orden de compra.
En caso que el proveedor no acepte la orden de compra, en el plazo de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y se procederá a aplicar la sanción a contar desde este plazo señalado.
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Responsable de la Relación Contractual |
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Una vez emitida la orden de compra la relación contractual será de responsabilidad del Administrador (s) del Estadio Francisco Sánchez Rumoroso, D. Mauricio Cáceres Cáceres, Fono: 961508836; Email; mpinoy@municoquimbo.cl. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto
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Flete |
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El valor del flete de los productos y traslado de maquinarias que se utilizarán en este servicio será de costo del proveedor. También será de responsabilidad del proveedor el transporte de los productos cuando existan devoluciones o productos que se encuentren en mal estado.
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Forma de Pago |
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El prestador adjudicado podrá facturar una vez finalizado el servicio respectivo y previo certificado de cumplimiento emitido por el Administrador del Estadio Francisco Sánchez Rumoroso, el que deberán anexar set fotográfico del servicio contratado. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del prestador. El responsable del Pago es la Dirección de Administración y Finanzas; Email; daf@municoquimbo.cl.
El proveedor adjudicado de manera obligatoria deberá remitir copia de la (s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl
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Plazos para Devolución de Factura |
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De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c.
que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno
de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso,
al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de
la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos
siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la
nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio
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Contacto del Oferente |
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El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
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Responsabilidades del Oferente |
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Será de responsabilidad del proveedor el transporte de todos los materiales necesarios para la ejecución del contrato, además de contratar al personal calificado para la realización del mismo, el cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno.
La Municipalidad no será responsable de las fallas, desperfectos, deterioros, siniestros, daños, robos, hurtos y/o pérdidas que pudieran producirse en los implementos utilizados en la ejecución del contrato, sin importar el origen de los mismos, siendo responsabilidad del proveedor disponer de las medidas de seguridad necesarias
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Duración del Servicio |
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El Servicio comenzará en la primera semana del mes de marzo del 2023 y no podrá extenderse más allá del mes de mayo del 2023.
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Modificación del Contrato |
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En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso las partes deberán suscribir un contrato modificatorio, el que deberá ser aprobado mediante Decreto Exento. En todo caso cuando se trate de una modificación en el monto ésta no podrá ser superior al 30% del monto originalmente pactado.
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Incumplimiento del proveedor |
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En el evento que se produzca incumplimiento por parte del proveedor a las disposiciones establecidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas o el contenido de su oferta se aplicará sanción de acuerdo al siguiente contenido:
a) En caso que el proveedor no cumpla con lo establecido en Carta Gantt, Informe de Planificación y Ejecución y Certificado de tiempo de entrega, se aplicará una multa del 5% del precio neto contratado.
b) Por no cumplir con maquinarias, herramientas e insumos en cuanto a calidad y características informadas en su oferta, se aplicará una multa del 5% del precio neto contratado.
c) Por no entregar la totalidad de los insumos detallados en Formulario de Oferta Económica, se aplicará una multa del 5% del precio neto contratado.
d) Por no entregar la totalidad del servicio al 31 de mayo de 2023 será causal de termino anticipado de la contratación.
Se deja expresa constancia que, se entenderá incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, facultando al municipio para poner término anticipado a la contratación; El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 15% del monto total neto del contrato, alcanzar el tope de 15% del valor neto del contrato, en virtud de lo cual, el municipio estará facultado para poder término anticipado a la contratación
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Procedimiento de aplicación de multas |
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Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado.
Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880.
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de fiel cumplimiento que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
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Término Anticipado |
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Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al proveedor a indemnización de ningún tipo.
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Normativa y antecedentes que regulan la licitación |
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Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos.
a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento
b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.
e) Ficha electrónica de licitación.
f) Ofertas de los oferentes a proponentes.
g) Análisis de las propuestas.
h) Informe y Decreto de Adjudicación.
i) Otros Antecedentes Relacionados
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República
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Jurisdicción de los Tribunales |
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Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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