Licitación ID: 2446-75-LE24
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, IMUNI_COQUIMBO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 429
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Suministro de electricidad trifásica 1 Unidad
Cod: 83101803
A PROPUESTA PÚBLICA N°81/2024 “SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA, DE CONECTIVIDAD Y REDES, SISTEMAS DE PANTALLA, AUDITORIO EDIFICIO CONSISTORIAL DE COQUIMBO”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Dado que la I. Municipalidad de Coquimbo ha desarrollado diversos proyectos para implementar y habilitar el salón Auditorio del edificio Consistorial de Coquimbo, se requiere suministrar, dotar e instalar el servicio de alimentación eléctrica, de conectividad y redes para el sistema de pantallas adquiridas por esta casa edilicia e instaladas en el salón auditorio ubicado en el piso -2 del edificio Consistorial, con objeto permitir su correcto y seguro funcionamiento, y con ello, promover y difundir las distintas actividades que realiza la Municipalidad de Coquimbo ligadas a la educación, cultura, capacitación, recreación y desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
IMUNI_COQUIMBO
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
BILBAO 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 15-02-2024 15:00:00
Fecha de Publicación: 31-01-2024 17:15:20
Fecha inicio de preguntas: 05-02-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 07-02-2024 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-02-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 15-02-2024 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 15-02-2024 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 06-03-2024 9:33:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA EL 05/02/2024 A LAS 11:00: Punto de reunión: entrada principal Edificio Consistorial, ubicado en Avenida Varela #1112, Coquimbo, a cargo del Ingeniero Proyectista, Rodrigo Ortiz o quien lo reemplace en su ausencia. 05-02-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. FORMULARIO N°1: Identificación Oferente. 2. FORMULARIO N°2: Declaración Jurada Simple de conocimiento de los antecedentes de la licitación. Si el oferente es una UTP, este formulario deberá ser firmado por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores. 3. Documentos Oferentes: 3.1 En caso de personas jurídicas, debe adjuntar Certificado de vigencia de la sociedad del Registro de Comercio con 30 días máximo desde su fecha de emisión respecto a la fecha de apertura inicial (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada) y Certificado que acredite la personería del representante legal, con una misma vigencia. 3.2 En caso de persona Natural debe adjuntar copia simple de la Cédula de Identidad. 3.3 En caso de Unión Temporal de Proveedores, el representante de la UTP, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, documento que deberá establecer a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto a las obligaciones que se generen con la entidad, representando o apoderado común y el o los responsables de emitir factura y recepcionar pago; además del certificado de vigencia de la Sociedad de cada uno de los proveedores de la UTP, con 30 días máximo desde su fecha de emisión respecto a la fecha de apertura inicial (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada).
Documentos Técnicos
1.- Experiencia del oferente. Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o de las mismas características del servicio que se requiere en la presente licitación, entendiendo éstas como instalaciones eléctricas de baja media/media/alta tensión, reparación eléctrica de media tensión e instalaciones eléctricas domésticas. Se entenderá documento válido como respaldo de la experiencia expuesta, contratos ya ejecutados, orden de compra en estado de recepción conforme, certificados de cumplimiento y/o actas de recepción conforme o ejecución finalizada emitido por una institución pública o privada debidamente firmada y timbrada, que indique la ejecución conforme de las obras, debiendo indicar como mínimo, nombre de la obra, tipo de obra, y nombre del acreditado. Los certificados y otros documentos de respaldo para acreditar la Experiencia del Oferente, debe coincidir con lo declarado en el Formulario N° 5. No se considerarán aquellas experiencias que no sean debidamente respaldadas. Se aceptará como acreditación de experiencia a) Contratos ya ejecutados de servicios iguales o similares en el mismo rubro de la presente licitación. b) Certificados o Actas emitidos por Instituciones Públicas o Privadas que actúan como mandante de una obra. Debiendo indicar como mínimo, nombre de la obra, tipo de obra y nombre del acreditado. c) Órdenes de Compra en estado de recepción conforme de servicios iguales o similares en el mismo rubro de la presente licitación. 8. FORMULARIO Nº6: CARTA GANTT. Para justificar el plazo ofertado, y como herramienta de control de avance del proyecto, el oferente deberá presentar carta Gantt, señalando las actividades antecesoras, predecesoras y/o paralelas, de cada ítem ofertado, el flujo del proyecto debe ser coherente con los recursos asignados a cada actividad (maquinarias y herramientas, mano de obra y supervisión, etc.). 9. FORMULARIO N°7: PROPUESTA TÉCNICA. De acuerdo a lo requerido en especificaciones técnicas, el oferente deberá presenta una Propuesta Técnica que contenga la información relativa a los procesos, tiempo y forma de ejecución de los trabajos, que, además debe incluir los antecedentes informativos y documentos técnicos que establecen si la oferta se ajusta a los requerimientos proyectados, propuesta que como mínimo se solicita contenga los siguientes entregables: • Plan de Procedimientos: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Pliego Técnico Normativo RIC Nº 17 - Operación y Mantenimiento, se requiere de la presentación de un Plan de Procedimientos que se vincule con el Programa de Prevención de Riesgos asociados los servicios requeridos. • Nómina de Personal: El oferente deberá presentar en su oferta técnica al grupo de profesionales que estará a cargo de la obra, requiriendo como mínimo los siguientes: a) Instalador Eléctrico Autorizado Clase A, para lo cual deberá presentar Certificado de Instalador emitido por la SEC. b) Experto Profesional en Prevención de Riesgos, para lo cual deberá presentar Resolución Exenta emitida por el SNS o licencia emitida por la SEREMI de salud dependiente del Ministerio de Salud. c) Supervisor de Mantenimiento, para lo cual deberá presentar Certificado Curso NFPA 70E u OSHA 1910.269, de acuerdo a lo establecido en Pliego Técnico Normativo RPTD Nº 15; como el servicio considera trabajo en altura, se requiere personal con Certificación IRATA, GWO, o de similares características. • Descripción de Equipos y Materiales: Todos los materiales deben contar con certificación S.E.C. El oferente deberá incluir en su propuesta técnica las fichas de los materiales considerados en su oferta, por ejemplo, ficha B.P.C., ductos L.H., Tablero, Dispositivos de Protección y Maniobra (los cuales deben ser considerados en una sola marca, para mantener la selectividad de las protecciones), entendiendo que, la selectividad de protecciones se refiere a la uniformidad, por ejemplo si hay 13 circuitos, los 13 deben contar con el mismo tipo de protección (marca, modelo, curva, etc.), dado que, todas las protecciones poseen distinta forma de comportamiento y sensibilidades, que afectan las coordinaciones de operación de las protecciones en caso de fallas. Por lo anterior, el proveedor puede usar la marca que él proponga, pero todas bajo el criterio de uniformidad ya mencionado.
 
Documentos Económicos
1.- 4. FORMULARIO N° 3: Oferta económica, los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl a valor neto. El formulario de oferta económica deberá indicar el monto total del proyecto IVA incluido, además del plazo ofertado del proyecto en días corridos (75 días corridos máximo para ejecución), según formulario anexo adjunto. Si el oferente es una UTP, este formulario deberá ser firmado por cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores. Nota 1: Dentro del plazo ofertado, se deberá prever la ejecución completa de la obra que se encomienda junto con la tramitación de los permisos y certificaciones necesarias para obtener la recepción final de la obra por parte de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), empresa eléctrica si corresponde y la Inspección Técnica de la Obra. Nota 2: Las empresas consultoras deberán indicar en el presente formulario si su oferta corresponde a valor neto o IVA incluido. En el caso de ser valor Neto, el consultor o la empresa, deberá adjuntar el Certificado de Registro de Sociedad de Profesionales emitido por el Servicio de Impuestos Internos, en que consta que se encuentra habilitado para facturar o emitir documentos de pago pago bajo este régimen tributario. 5. FORMULARIO N° 4: Presupuesto detallado del proyecto, el cual deberá incluir todas las partidas que acrediten el desarrollo completo del proyecto de acuerdo a lo establecido en Especificaciones Técnicas, Planimetría correspondiente a los proyectos y documento denominado “itemizado” levantado en la ficha de licitación. Los proponentes deberán indicar separadamente el costo directo, sus gastos generales y utilidad, en relación al costo directo, en monto y porcentaje, generando el valor neto y sumar el impuesto IVA (si corresponde), lo que da el valor total ofertado. Nota 1: El valor neto ingresado al portal www.mercadopublico.cl debe ser coincidente con el valor neto indicado en la carta oferta (Formulario N°3) y con el valor neto del Presupuesto (Formulario N° 4). Nota 2: Será de responsabilidad exclusiva del Proponente el cubicar cada una de las partidas estipuladas, de acuerdo a lo especificado en planos y especificaciones técnicas. Si el Oferente omite una o más partidas, la Comisión Evaluadora analizará tal omisión de acuerdo a la gravedad, lo que quedará consignado en dicha Acta. Nota 3: Las partidas cuyas unidades se contemplan en global, serán pagadas cuando se encuentren 100% ejecutadas. Nota 4: El Contratista deberá considerar para la planificación y programación de las obras las disposiciones establecidas en las Especificaciones Técnicas y planos del proyecto licitado y todos los trabajos que ello incluye. 7. ITEMIZADO. Documento Excel que indica todas las partidas que considera la obra.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN EL RUBRO Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o de las mismas características del servicio que se requiere en la presente licitación, entendiendo éstas como instalaciones eléctricas de baja media/media/alta tensión, reparación eléctrica de media tensión e instalaciones eléctricas domésticas. La asignación de puntajes de acuerdo a los documentos adjunto validos como experiencia, se hará de acuerdo a lo siguiente: a) 0 a 1 documentos que acrediten: 0 punto b) 2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos c) 5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos d) 8 o más documentos que acrediten: 100 puntos Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación. Se considerarán como documentos válidos copias de contratos ejecutados, órdenes de compra con recepción conforme, certificados de cumplimien 20%
2 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR I. Se evaluará con 100 puntos al Proveedor que no registra reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. II. Se evaluará con 50 puntos si el proveedor registra entre 1 y 4 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. III. Se evaluará con 0 puntos si el proveedor registra más de 5 reclamos/sanciones en Mercado Público durante los últimos 24 meses. 5%
3 EVALUACIÓN ECONOMICA Corresponde al monto total ofertado indicado en el Formulario de Carta Oferta N°3, que deberá ser coincidente con la oferta presentada en portal www.mercadopublico.cl. Se evaluará con el mayor puntaje la oferta más conveniente, entendiendo como tal, al monto referencial o a la oferta menor si alguna es inferior al monto referencial. Las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo a la siguiente fórmula. Pje Oi = (Oe/Oi)* 100 Donde: Pje Oi : Puntaje obtenido por oferente i Oe : Oferta más conveniente Oi : Oferta del oferente i 40%
4 PLAZO ENTREGA El plazo máximo a ofertar será de 75 días corridos, sin embargo, la asignación de puntaje será de acuerdo a los siguientes tramos: a) De 1 a 30 días corridos: 100 puntos b) De 31 a 60 días corridos: 75 puntos c) De 61 a 75 días corridos: 55 puntos Igualmente, las ofertas en que no se indique plazo de ejecución, o sea superior a 75 días corridos, serán declaradas inadmisibles. El plazo ofertado deberá ser en días corridos, los que oferten en días hábiles serán evaluados con 0 puntos. Nota: Dentro del plazo ofertado, se deberá prever la ejecución completa del proyecto, en cumplimiento a planos y Especificaciones Técnicas, obtención del TE1, entre otros antecedentes; por lo anterior se exige responsabilidad por parte del oferente al momento de ofertar dicho plazo, pues, las ampliaciones de plazo dentro de la ejecución del contrato, solo serán autorizadas en cumplimiento a las razones, motivos y circunstancias fundadas que enmarquen la legalidad de dicha acción, las cuales, se estipulan 30%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES I. Se evaluará con 100 puntos a quien presente la totalidad de los documentos solicitados. II. Se evaluará con 70 puntos, a los proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes hasta el cierre de la Licitación, pero que deban realizar una segunda presentación de los formatos, donde se hayan detectado errores menores de llenado o aclarar documentos adjuntos. III. Se evaluará con 50 puntos a aquellos oferentes que no presentó un documento requerido en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sea esencial. IV. Se evaluará con 0 puntos a aquellos oferentes que no presentaron dos o más documentos requeridos en el artículo 11.2 y 11.3 antes del cierre de recepción de ofertas y que no sean esenciales. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 28628696
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 75 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: DAF
e-mail de responsable de pago: DAF@MUNICOQUIMBO.CL
Nombre de responsable de contrato: Francisca Pérez García
e-mail de responsable de contrato: fperezg@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2335300-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Fecha de vencimiento: 28-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: En virtud de lo que dispone el Artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886 y de acuerdo al Artículo Nº 38 de la Ley Nº18.695, la empresa adjudicataria a la fecha que acepte la orden de compra, deberá entregar una Garantía extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N° 69.040.300-5, por un monto equivalente al 5% del valor del contrato, cuyo objetivo es garantizar el fiel cumplimiento de éste y la correcta ejecución de la obra. Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de la obra “SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA, DE CONECTIVIDAD Y REDES, SISTEMAS DE PANTALLA, AUDITORIO EDIFICIO CONSISTORIAL DE COQUIMBO”, la que deberá ser extendida a favor de la I. Municipalidad de Coquimbo, R.U.T. N°69.040.300-5. Las garantías deberán cubrir el plazo ofertado más 6 meses. El plazo ofertado se contabiliza desde el día siguiente a la Entrega de Terreno hasta la Recepción Provisoria de Obras. Si no se ha entregado la Garantía exigida en el numeral 10.3 de las presente Bases, la Municipalidad, si así lo determina, quedará facultada para para dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar. Si en el curso de la ejecución del proyecto se introdujeren aumentos y/o modificaciones a la obra, deberán también rendirse garantías sobre estas modificaciones, en el porcentaje indicado y sobre el monto de esas partidas adicionales, con vigencia igual al plazo de ejecución más 6 meses, sumado a la modificación de plazo aprobada en caso que se contemple. El Contratista será responsable de mantener vigente las garantías de “Fiel Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de las Obras”, si éste aumenta su plazo, si se registraran retrasos en el término de las obras o si, por cualquier otra causa, expirare su vigencia. Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverán al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa contratista.
Glosa: Su glosa debe decir: “Garantía de fiel cumplimiento de contrato y correcta ejecución de la obra “SUMINISTRO E INSTALACIÓN ALIMENTACIÓN ELÉCTRICA, DE CONECTIVIDAD Y REDES, SISTEMAS DE PANTALLA, AUDITORIO EDIFICIO CONSISTORIAL DE COQUIMBO”
Forma y oportunidad de restitución: Las garantías de “Fiel Cumplimiento del Contrato y Correcta Ejecución de Las Obras” se devolverán al Contratista una vez que se haya otorgado la recepción definitiva de las obras por parte del Municipio, sin observaciones de ninguna especie, lo que quedará consignada en el Acta de Recepción definitiva emitida por la Inspección Técnica que autorizará su devolución, debiendo contar a su vez, con la liquidación del contrato debidamente firmada por el Municipio y la empresa contratista.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Municipalidad podrá, en caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases y ley N°19.886, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar de acuerdo a la ley N°19.886 y su reglamento, no de cumplimiento a lo solicitado respecto a la habilidad para contratar con el Estado, que sea visible en su ficha de proveedor dentro del plazo establecido en el párrafo segundo del Artículo 15.5 de las presente Bases o si por causa imputable al Adjudicatario, el Acta de entrega de obra no se suscribe dentro del plazo establecido en las presentes Bases, el Municipio podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
PARTICIPANTES
Podrán participar personas naturales o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 19.886, y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo. Asimismo, podrán participar dichas personas, tanto naturales como jurídicas, bajo la modalidad de Unión Temporal de Proveedores, según lo que dispone el 67 bis del Decreto N°250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, indicando en la oferta Electrónica de la plataforma www.mercadopublico.cl que su oferta se trata de una Unión Temporal de Proveedores (UTP). Quedarán excluidos los oferentes quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción del contrato, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre contrato registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidada. Para la presente licitación, correspondiente a una adquisición inferior a las 1000 UTM, y si la oferta corresponde a una UTP, el representante de esta, deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. El acuerdo que conste la UTP, deberá contener como mínimo lo siguiente: Identificación de los integrantes, nombramiento de un apoderado común con poder suficiente para suscripción de contratos y sus modificaciones, documentos u otros que estimen conveniente, declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros, el o los responsables de emitir factura y recepcionar el pago y determinación de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique. El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes estimen necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y/o el contrato. Cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores de Chilecompra y presentar certificado de vigencia de la Sociedad no superior a 30 días corridos respecto a la fecha de apertura técnica (considerando que eventualmente dicha fecha pueda ser modificada). Al momento de la firma del contrato, el proveedor o los proveedores que conforman la UTP, deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores de la Plataforma electrónica Mercado Público en estado hábil. El oferente que no esté inscrito en este registro o que no se visualice el estado de habilidad para contratar con el estado, estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 10 días corridos desde la notificación de adjudicación, de lo contrario, el Municipio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. Lo anterior, sin perjuicio de las demás prohibiciones e inhabilidades según artículo 4 de la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo, como asimismo las inhabilidades para contratar en virtud de lo que dispone los Artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393 que establece Responsabilidad penal de las personas Jurídicas en los delitos que indica.
ACLARACIÓN DE ANTECEDENTES. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl aclaraciones a los antecedentes de la propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la licitación. No se tomará en cuenta las consultas verbales y/o hechas fuera de plazo. Las respuestas serán dadas una a una, por escrito, con reproducción textual de la pregunta respectiva y con reserva del autor de la consulta. Estas respuestas serán publicadas en la opción “foro” del Portal www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes. El Municipio podrá publicar, incluso antes de estas fechas, los documentos que estime necesarios (enmiendas) y que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes. Las modificaciones a las Bases deberán realizarse mediante acto administrativo totalmente tramitado, antes del cierre de recepción de las ofertas. La incorporación de estas respuestas y aclaraciones a la propuesta del oferente es de su exclusiva responsabilidad. Será responsabilidad del proveedor cerciorarse de la existencia de estas eventuales aclaraciones a las Bases de Licitación, las cuales formarán parte de la relación contractual. Cabe señalar que las respuestas que se entreguen en el proceso de consultas y aclaraciones formarán parte integrante de la presente licitación, para todos los oferentes, por lo tanto, bajar el documento de aclaración del portal Mercado Público, es de exclusiva responsabilidad de cada participante. En consecuencia, no se admitirá reclamo alguno fundado en el desconocimiento de las aclaraciones de parte de cualquier participante que no haya bajado el documento en la forma antes prevista. El Municipio se reserva el derecho de no contestar preguntas que, a su juicio, no sean pertinentes al proceso o perjudiquen el desarrollo de la licitación.
VISITA A TERRENO NO OBLIGATORIA
Se hará una visita a terreno de carácter NO OBLIGATORIA. A la visita a terreno podrán asistir todos los oferentes que estén interesados en participar de la licitación. Esta visita se realizará 4 días corridos posterior a la fecha de publicación de la presente licitación en www.mercadopublico.cl, que quedará consignado en el calendario “Etapas y Plazos” de la Ficha de Licitación, reuniéndose en la entrada principal Edificio Consistorial, ubicado en Avenida Varela #1112, Coquimbo, a cargo del Ingeniero Proyectista, Rodrigo Ortiz o quien lo reemplace en su ausencia. A la hora y lugar indicado en párrafo anterior y en calendario de licitación se iniciará la visita, en la cual se confeccionará una nómina con los oferentes que concurran y se procederá a firmar el Acta de visita a terreno. En esta visita se hará una breve descripción del Proyecto que servirá de base para elaborar de mejor forma la propuesta de los posibles oferentes, verificando todos los aspectos que deban considerar en su oferta, tales como condiciones del edificio, condiciones del entorno, verificación de abastecimientos, entre otros.
CAUSALES PARA DECLARAR INADMISIBLE LAS OFERTAS
Las causales para proponer declarar inadmisible las ofertas por parte de la comisión evaluadora, son las siguientes: a. Si no se publican los formularios N°2, N°3, N°4 y N°7 establecidos en el numeral 11.2 y 11.3 de las presentes Bases. b. Cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses municipales o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales. c. Si la información adjuntada por el proveedor se demuestre sea falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que altere el principio de igualdad de los oferentes. d. Si la “Propuesta Técnica” según lo expuesto en su formulario N°7 no da cumplimiento a las labores, trabajos solicitados, plan de procedimiento, nómina de personal y descripción de equipos y materiales establecidas en el documento adjunto a la licitación denominado “Especificaciones Técnicas”, pudiendo éstas ser iguales, equivalentes o de calidad superior. e. Si la oferta corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, y éste no adjunta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, conforme a lo indicado en el artículo 11.2, numeral 3.3. f. Si presentados los formularios requeridos, estos son ingresados de forma incompleta, errónea o defectuosa, siendo observado por el municipio vía foro inverso habiéndose solicitado al proveedor aclarar, adjuntar o informar según sea el caso, algún documento parte integrante de su oferta solicitado en el artículo 11.2 y 11.3 de las presentes bases, y éste consultado en una segunda instancia, no da respuesta a tal solicitud en dicha sección, en el plazo prudencial estipulado para su respuesta o aclaración. g. Si la oferta presentada en formulario N°3, no se indica el plazo de ejecución, o el plazo ofertado es superior a 75 días corridos.
PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que estos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl . En estos casos se les asignará un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo, en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales. La presentación de antecedentes debe realizarse en un plazo máximo de 48 horas, desde la notificación a través del sistema de información Mercado Público www.mercadopublico.cl
RESOLUCION DE EMPATES
En caso de producirse empate en el puntaje final de dos o más ofertas, la Municipalidad, adjudicará a la oferta con mayor puntaje obtenido en el criterio “Oferta económica”. De persistir el empate, se preferirá y adjudicará a la oferta que hubiere obtenido mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega”, de perdurar el empate, se propondrá para adjudicar a la empresa con mayor puntaje en el criterio “Experiencia en el Rubro”, seguido del criterio “Cumplimiento de Requisitos formales” y por último en el caso que se mantenga el empate, se utilizará el criterio “Comportamiento contractual anterior”, proponiendo la adjudicación de la oferta que tenga mayor puntaje en el mencionado criterio. Si se presenta la situación que, aun utilizando los criterios de desempate expuestos precedentemente, se mantiene el empate entre las ofertas, se adjudicará a la empresa que haya efectuado primero su oferta en portal www.mercadopublico.cl , el cual, será verificado en el documento comprobante de ingreso de la oferta.
SUBCONTRATOS
El contratista podrá subcontratar obras específicas a ejecutar, siempre que sea autorizado por escrito por el Municipio a través del ITO del contrato. Si durante el desarrollo del contrato, se determinare que el contratista tiene subcontratos no autorizados, el Municipio podrá poner término anticipado al contrato, sin que el contratista tenga derecho a indemnización de ninguna especie. La subcontratación no podrá significar en caso alguno la cesión o transferencia de las obligaciones que asume el contratista. En el caso que el contratista adjudicado efectúe algún tipo de subcontratación deberá regirse por lo establecido para tal efecto en la Ley N°20.123, que regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación. El contratista deberá mantener en obras los antecedentes de las subcontrataciones realizadas (contratos), en especial la información referente a la contratación de mano de obra
DEL PAGO Y FORMA DE PRESENTACION
El Municipio pagará al Proveedor el valor de las obras efectivamente ejecutadas a través de estados de pago por avance del proyecto, no obstante, el proveedor también podrá presentar un estado de pago único posterior a la ejecución de los trabajos encomendados, contando con el acta de recepción provisoria. De presentar estados de pago por avance, los estados de pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Municipio y en ningún caso se estimarán como una recepción parcial o total de la obligación cumplida por el Contratista. El estado de pago deberá ser firmado, fechado y recibido satisfactoriamente por el Inspector Técnico de Obra, en el cual deberá deducirse los descuentos que procedan si los hubiere. Los estados de pago se cancelarán de acuerdo a los precios del presupuesto ofertado por el contratista. El contratista debe tener en cuenta que las partidas cuyas unidades se contemplan en carácter global, de acuerdo al Formulario N°4, serán pagadas cuando se encuentren 100% ejecutadas. El último estado de pago se deberá presentar una vez obtenida la recepción provisoria, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 26 de las presentes Bases y no deberá ser inferior al 5 % del monto contratado. El contratista deberá facturar por la totalidad del saldo del contrato, independiente de los descuentos por aplicación de multas que haya cursado la ITO. Los montos de las multas se harán efectivos en el pago de la factura. 24.2 PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS DE PAGO La presentación de la documentación por parte de la empresa para generar el estado de pago al ITO deberá cumplir con las siguientes formalidades: a. Ingreso formal del estado de pago, mediante carta dirigida al Secretario Comunal de Planificación, correspondiente a la repartición donde se encuentre el profesional Inspector Técnico de la Obra. b. Estado de pago y estado de avance, el cual debe contemplar el avance real de los trabajos ejecutados, avance acumulado a la fecha, valorización de acuerdo al presupuesto ofertado y el porcentaje de avance físico de cada partida. c. Cada estado de pago se resumirá en una carátula general denominada “Carátula de pago” modelo que será entregada por el ITO, que establecerá los montos líquidos a pagar e identificará los descuentos que proceda realizar por conceptos de multas u otros. d. Nómina de trabajadores que se han desempeñado en la obra. e. Un set de fotografías de los ítems más relevantes del periodo en formato impreso, o en su defecto, si presenta un estado de pago único, fotos e imágenes del trabajo realizado y culminado. f. Certificado de cumplimiento de Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, en el que conste el pago de las obligaciones laborales del Contratista con los trabajadores que se han desempeñado en la ejecución de la obra. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, este certificado deberá ser presentado por todas las empresas que la compongan. g. Planilla de Imposiciones Previsionales de los trabajadores que se han desempeñado en la obra. h. Contrato de ejecución de las obras subcontratadas, en el caso que las hubiere. i. Si la empresa subcontrata obras, deberá presentar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores pertenecientes al subcontrato que hayan realizado labores en la obra. Si la empresa no subcontrata obras para el estado de pago en curso, deberá presentar un certificado notarial o declaración jurada con firma electrónica digital avanzada, que indique que no tiene partidas subcontratadas. j. En el caso del Primer Estado de Pago, se deberá acompañar adicionalmente copia de los siguientes documentos: • Contrato y Decreto que lo aprueba. • Acta de Entrega de Obra. • Garantía por Fiel Cumplimiento y correcta ejecución de la obra. k. En el caso del último Estado de Pago, se deberá acompañar (adicional a lo anterior) copia de los siguientes documentos: i. Acta de Recepción Provisoria sin Observaciones, emitida por la ITO y la comisión de Recepción. ii. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, F-30, emitido por la Dirección Provincial del Trabajo, con vigencia a la aprobación del estado de pago por parte de la Inspección Técnica de Obras. iii. Planos definitivos As Built del suministro e instalación del sistema eléctrico, conectividad y redes solicitadas en formato digital. (CD o pendrive) iv. Memoria explicativa en formato físico que contenga todo lo establecido en especificaciones técnicas. v. Certificado TE1.
FACTURACION
La factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Coquimbo Rut 69.040.300-5, debiendo ser entregada a la Inspección Técnica una vez que el Estado de Pago se encuentre tramitado por la Oficina de Compras Públicas y Contratos de la Secretaría Comunal de Planificación a la Dirección de Administración y Finanzas (DAF) y éste a su vez quede libre de observaciones y cuente con la aprobación de los auditores de dicha Dirección, quienes informarán a la Inspección Técnica de su aprobación y finalmente se coordinará la entrega de la factura, la cual, deberá ser remitido por el contratista al Inspector Técnico de la Obra, quien la remitirá a la oficina de compras públicas para su ingreso formal a DAF, acorde al conducto regular mediante Nota Interna, en donde será adjuntada y completará el expediente de pago ya aprobado. Por lo anterior no se podrá factorizar sin que la Dirección de Administración y Finanzas haya otorgado V°B° a la presentación del estado de pago. Cumplido lo anterior, la empresa está en condiciones de poder factorizar, de acuerdo a procedimiento establecido en el artículo 29 “Operación con Factoring” de las presentes bases.
SANCIONES Y MULTAS
Del estado de pago se restarán los valores que correspondan por concepto de multas que hubiere lugar de acuerdo al contrato. El valor de las multas no podrá exceder del 10 % del valor del contrato. La acumulación de multas por un monto superior al 10 % del total del contrato será causal de término del Contrato. Sin perjuicio de la aplicación de multas por el ITO, la empresa contratista deberá facturar la totalidad del saldo del valor contratado en el último estado de pago. Antes de la aplicación de la sanción, la Inspección Técnica notificará al proveedor mediante correo electrónico los motivos de la aplicación de multa, entregándole un plazo de 5 días hábiles para que presente sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo máximo de 10 días hábiles. Cuando los descargos no sean aceptados, se elaborará el decreto que aplica la sanción. Cuando los descargos sean aceptados se procederá a la tramitación normal del pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor. Si el proveedor no utiliza su derecho para evacuar sus descargos, se procederá a aplicar la sanción. Además, se informará al sistema de contratación pública el incumplimiento a través de un caso ingresado en Reclamos y en el Comportamiento Contractual de la ficha del proveedor y se adjuntará el decreto de sanción a la licitación. Sin perjuicio de lo anterior se notificará al proveedor de la sanción aplicada, a través del correo electrónico informado en la plataforma del portal www.mercadopublico.cl y/o podrá ser notificado al correo electrónico indicado por el oferente en el Formulario N°1, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N°19.880, en donde otorga su consentimiento para la notificación a dicha casilla de correo electrónico. Respecto del decreto que aplique la multa al proveedor, será procedente el recurso de reposición dispuesto el en artículo 59 de la Ley Nº 19.880, dentro de los plazos indicados en tal norma. El pago de la totalidad de la multa deberá ser efectuado por el proveedor en Tesorería Municipal, mediante cheque o transferencia electrónica a la cuenta corriente Banco Estado N° 12709043780, a nombre de la I. Municipalidad de Coquimbo, RUT 69.040.300-5, dentro del plazo de diez días hábiles desde que es notificado del acto que dispone del cobro, debiendo remitir el comprobante de transferencia al correo tesoreria@municoquimbo.cl , c.c. secplan@municoquimbo.cl, ralegre@municoquimbo.cl, jbugueno@municoquimbo.cl y fperezg@municoquimbo.cl ; de no pagar el valor indicado en el instrumento que aprueba la aplicación de la multa, ésta se descontará del pago de la Factura correspondiente, atendida la Orden de Compra emitida al proveedor. Cuando se incurra en una causal de aplicación de sanción los plazos de pago comprometidos podrían verse afectados, dado los tiempos que se consideran para efectos de notificación, apelación y respuesta. Para los efectos del pago de la multa, se considerará el valor de la UTM del mes que se cursa la multa, reflejado en el libro de obras. Toda multa que sea aplicada por la Inspección Técnica, deberá ser aprobada mediante Decreto Exento. Toda instrucción impartida por el ITO, deberá constar en el Libro de Obras si lo hubiere y/o correo electrónico. Las multas serán aplicadas e informadas por el Inspector Técnico, hecho que se estipulará en el Libro de obras si lo hubiere y/o correo electrónico. En caso de que el proveedor no pague la multa en tesorería y se descuente del estado de pago y su factura, y ésta no cubra el valor de la multa, se cobrará el saldo restante en el próximo estado de pago, o en su defecto, si fuese el último estado de pago, se hará efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento de contrato y Correcta ejecución de la obra y se descontará el saldo no cubierto, reteniendo el Municipio el remanente de la garantía, hasta su posterior devolución al contratista, una vez obtenida la recepción definitiva de la obra sin observaciones de ninguna especie. Se establece el siguiente régimen de multas: POR ATRASOS DE LA ENTREGA a. Se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en el término y entrega de la obra respecto al plazo contractual, cuyo inicio empieza a regir desde el día siguiente a la fecha del Acta de Entrega de Terreno. Esta multa será calculada sobre el monto final del contrato sin IVA, considerando todos sus aumentos, disminuciones, obras extras. El atraso de una obra será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha de Acta de Recepción Provisoria, según lo estipulado en el Artículo 26.1 de las presentes Bases y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. b. En el caso que se dé curso a Término Anticipado del contrato por alguna de las causales establecidas en el Artículo 27 de las presentes bases, se establecerá una multa de uno por mil (1/1000), por cada día de atraso en la entrega parcial de la obra respecto al plazo contractual. El atraso en esta circunstancia será la diferencia en días corridos que exista entre la fecha del Informe de la Inspección Técnica remitido a la Secretaría Comunal de Planificación y la fecha de término establecida en el Contrato más las ampliaciones de plazo concedidas si las hubiere. 25.1 POR INCUMPLIMIENTO DE OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO DE OBRA a) Incumplimiento en mantener limpio el salón auditorio o el espacio aledaño donde se ejecutarán las obras, informado y notificado por el Inspector Técnico, sin acciones por parte del contratista para contrarrestar lo notificado dentro de un plazo máximo de 2 días corridos desde la notificación, que deberá ser consignada en el libro de obras si lo hubiere y/o correo electrónico, sancionado con 1 UTM por día transcurrido el plazo anteriormente descrito hasta su cumplimiento. b) No retiro de escombros dentro de plazo impartido por el I.T.O. o que esto no se hayan retirado y evacuado en un botadero autorizado y certificado por la I. Municipalidad de Coquimbo y la I.T.O. si corresponde, multa 3UTM. c) Falta de elementos de protección personal en trabajadores verificado por el I.T.O. que deberá ser reflejado en el libro de obras y/o correo electrónico, sin acciones por parte del contratista para contrarrestar lo notificado dentro de un plazo máximo de 1 día corrido desde la notificación, que deberá ser consignada en el libro de obras si lo hubiere y/o correo electrónico, sancionado con 1 UTM por día transcurrido el plazo anteriormente descrito hasta su cumplimiento. d) En el caso, que el contratista incumpliere una orden impartida por el ITO, referente de las obligaciones previstas en estas bases, en el contrato de obra, especificaciones técnicas y en general a la correcta ejecución del proyecto, y que no tengan determinada sanción específica, será causal de aplicación de multa por parte de la Inspección Técnica de Obra. La multa ascenderá a la cantidad de 1 UTM diaria, aplicable hasta el día en que se subsane el incumplimiento. e) No asistir a una emergencia ocasionada producto de los trabajos realizados en un plazo máximo de tres horas. Por ejemplo, en caso de falla en la instalación y corte de energía, ascendiendo la multa a 3 UTM. f) Por no cumplir con las fechas establecidas en la ejecución de partidas de la programación de Carta Gantt entregada por el contratista, multa de 1 UTM por día de atraso. g) Utilizar equipos, materiales e insumo que no cumplan con las características técnicas o de calidad ofrecidas por el proveedor acorde a las especificaciones técnicas del proyecto, y que no fueron autorizadas por el Inspector Técnico de la obra, multa que asciende a 3 UTM; sin perjuicio de los anterior, el ITO está facultado a solicitar el cambio de equipos, materiales e insumo no autorizados si no dan cumplimiento a las especificaciones técnicas. h) Por falta injustificada del Jefe de Obra cuando se le requiera, según las observaciones del ITO, multa que asciendo a 3 UTM por evento. i) Utilización de maquinarias, equipos y/o materiales que viertan que generen contaminación de cualquier forma o presenten peligro para las personas que transitan en el lugar que se realizan las obras, multa de 3 UTM por evento. j) No restituir el área de trabajo en salón auditorio a su estado original en el plazo y forma indicada o instruida por el Inspector Técnico de la obra, sancionado con una multa 1 UTM por día de atraso desde el día siguiente al plazo fatal otorgado, hasta su cumplimiento.
FACTORING
En la eventualidad que la empresa ceda el crédito a un factoring, se deberá comunicar dicha situación por escrito a la Secretaría Comunal de Planificación, una vez que se haya cumplido lo indicado en el numeral 24.2 y 24.3 de las presentes Bases en lo referente a la aprobación del Estado de Pago por parte de la Dirección de Administración y Finanzas. Solo cuando el Estado de Pago esté visado y autorizado para emisión de factura por parte del auditor de la Dirección de la Administración y Finanzas, la empresa deberá enviar carta a la Secretaria Comunal de Planificación, la que deberá contener N° Factura, precio y nombre del factoring al cual se cederá la factura y ésta deberá ser remitida a la Secplan junto con la factura y su copia cedible a fin de que ésta sea firmada por el Secretario Comunal de Planificación o quien subrogue en el cargo. No se podrá factorizar de no haber cumplido con lo que se indica en el numeral 24.2 y 24.3 de las Bases Administrativas Generales.