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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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OBJETO DE LA CONTRATACION |
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Se requiere licitar el Servicio de Mantenimiento y Reparación de Techumbres y Complementos de APS, con el objetivo de realizar reposición de canaletas, reposición de techumbres, instalación de aleros, reposición de planchas de cubierta de zinc pre pintado y varios.
Se deja expresa constancia que los oferentes deberán ofertar la totalidad de productos requeridos. El incumplimiento de esta disposición facultará al municipio para declarar inadmisibles a dichas ofertas.
La Municipalidad de Coquimbo se reserva el derecho de revocar la licitación pública en conformidad a la facultad establecida el artículo 61 de la Ley N°19.880; que establece que “Los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”; facultad que se materializa en el sistema de información www.mercadopublico.cl, a través de la aplicación “revocar licitación”, que permite mientras no se haya adjudicado una licitación, llevar a efectos dicha facultad mediante resolución fundada, basado en razones de mérito, conveniencia u oportunidad.
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SERVICIOS REQUERIDOS |
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1 RESUMEN
1.1 NOMBRE PROYECTO Mantenimiento y reparaciones de techumbres y complementos en APS Coquimbo
1.2 NÚMERO CORRELATIVO DEL PROYECTO 1
1.3 FECHA ÚLTIMA MODIFICACIÓN 14-02-2025
1.4 ESTABLECIMIENTO O LUGAR CESFAM Tongoy, Pan de Azucar, Santa Cecilia, Sergio Aguilar, El Sauce, Posta Guanaqueros, CECOSF Punta Mira y EMR El Peñón
1.5 BENEFICIARIOS (tipos y cantidades) Funcionarios y usuarios de la comuna
1.6 OBJETIVO GENERAL Reposición de canaletas, reposición de techumbres, instalación de aleros, reposición de planchas de cubierta de zinc prepintado y varios
1.7 DURACIÓN MÍNIMA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO 30
1.8 COSTO TOTAL DEL PROYECTO $ 33.000.000
1.9 SOLICITANTE DEL PROYECTO Fabiola Araya Palomera - Dirección DESAM Coquimbo
1.10 AUTOR Gonzalo Acuña - Ingeniero de Gestión y Proyectos
2 CONTEXTO Y PROBLEMÁTICA
2.1 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO La necesidad de contar con establecimientos de atención de salud primaria libre de filtraciones que pudieran afectar el normal funcionamiento del servicio
3 SOLUCIÓN
3.1 SOLUCIÓN A LA PROBLEMÁTICA Implementar el proyecto aquí expuesto (se deben colocar fotos de la situación actual)
4 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
4.1 Instrucciones generales * Reposición de canaletas y cubierta: Se deberán reponer todas las canaletas y planchas de zinc en mal estado, que se encuentren rotas, oxidadas, o por donde podría llegar a filtrar aguas lluvias.
* Retiro de contamiantes sobre canaletas y cubierta: Debe realizarse con escobillón y/u otra herramienta manual cuando haya mucho material acumulado y extraer en bolsas o sacos.
* Limpieza de canaletas y cubiertas: Se deben lavar todas las canaletas existentes en todos los establecimientos, mientras que las cubiertas según itemizado. Realizar limpieza con hidrolavadora sobre todas las planchas de cubierta y todas las canaletas existentes en todos los recintos.
* Limpieza de las cámaras de aguas lluvias. Se deben limpiar todas las camaras existentes en todos los establecimientos. Estás deben quedar completamente limpias sin material indeseado. Las tapas que estén en mal estado deben ser repuestas.
* Sellos de silicona, descargas de aguas lluvias y uniones de canaletas y hojalatería: Se deberán reponer los sellos de silicona de todas las descargas/uniones de aguas lluvias para descarga y uniones de canaleta que lo requieran, y otras uniones entre zinc y estructuras, etc, es decir todos los lugares que estén con sus sellos quemados, rotos, gastados, inexistentes, etc. Utilizar tapagoteras SIKA
* Extensión de planchas de cubierta: En los lugares donde las planchas no sean lo suficientemente largas como para que el agua escurra de forma vertical sobre el medio de la canaleta, se deberán instalar extensiones a las planchas de cubierta
* Limpieza de rejillas y desagues de aguas lluvias: Para las rejillas que transportan las aguas lluvias y los desagues.
* Revisión de techumbres y adecuaciones: En general, el contratista deberá revisar la totalidad de las techumbre, emitir diagnóstico, y dar soluciones con adecuaciones técnicas a todas las filtraciones existentes.
* Bajadas de agua: deben reponerse las bajadas de aguas dañadas, y las que estén sueltas ser fijadas en los muros
*** El servicio debe asegurar que los establecimientos intervenidos quedarán libres de filtraciones de aguas lluvias, y deberá realizar todas las intervenciones necesarias para cumplimiento de este objetivo.
4.2 Canaletas * Las canaletas deben ser diseñadas en taller con la máxima pendiente que permitan las estructuras, aumentándola y corrigiendola por sobre las pendientes existentes.
* Se deberá utilizar zinc de 0,5mm de espesor prepintado de fabrica en caliente por ambos lados.
* Se deben fijar las canaletas sueltas y/o posicionarlas para que reciban el agua en el medio.
* Deberán sellarse todas las uniones con silicona tapagoteras Sika
* Si se detecta alguna irregulairdad en las caídas de aguas debe darse solución.
* Debe ser dispuesta a favor del tránsito del agua, sellarse con adhesivo Sika BlackSeal.
* Como requisito excluyente se deben implementar las pendientes de las canaletas como las pendientes máximas que se puedan implementar con los espacios existentes.
4.3 Aleros Todos los aleros deberán tener una pendiente de 15%. Deberán considerarse planchas de acrílico transparente de 4mm.
Solo se utilizarán perfiles de fierro y pintados con esmalte sintético negro brillante en la totalidad de la superficie
Debe implementarse con las canaletas y bajadas de aguas de PVC 110mm con todos sus accesorios y componentes.
También deben considerarse todos los sellos de silicona en la totalidad de las uniones y donde sea necesario para poder evitar filtraciones.
Utilizar tornillos hexagonales autoperforantes con gorro de goma para techumbre.
Los perfiles de fierro deben ser de para el entramado de 20x50 x 3mm de espesor. Y deben colocarse cada 50cm.
4.4 Techumbres Deberán tener una pendiente de 10% y considerarse osb de 11mm, papel fieltro corrugado, zinc pv4 de 0,5mm espesor prepintado de fábrica por ambos, y debe ser de una sola plancha por agua, no se aceptan traslapes.
Se utilizarán perfiles estructurales vulcometal de C90, C60 de 0,85mm espesor. Cerchas cada 90cm. Costaneras cada 40cm.
El diseño de las techumbres debe ser similar al existente, considerando hacer mejoras que sean indicadas por referente técnico o alertadas por la empresa contratista.
Debe implementarse con las canaletas y bajadas de aguas de PVC 110mm con todos sus accesorios y componentes.
También deben considerarse todos los sellos de silicona en la totalidad de las uniones y donde sea necesario para poder evitar filtraciones.
Para cotizar y valorizar esta partida de nueva techumbre, el valor por m2 de techumbre debe contener en si misma todos los complementos de la techumbre; caballetes, coronación, canaletas, bajada de aguas lluvias, tapacanes, etc.
También en el precio por m2 se debe considerar dentro el retiro de la techumbre anterior y su disposición final en botadero si corresponde.
Todo el proceso de construcción de techumbre debe ser de acuerdo a lo dispuesto en; "Manual Técnico PV6 y PV4" de Cintac y para la construcción de cerchas; https://www.cintac.cl/construir-cercha-de-metalcon/
Al presupuestar el m2 de techumbre, el contratista considera la obra terminada, por lo tanto, se rige por todas las normativas de construcción de techumbre, considerando todos los elementos complementarios como hojalaterias, sellos, tornillos, etc.
4.5 Complementos de planchas PV4 0,5mm espesor Todas los m2 de planchas valorizadas en el itemizado consideran los complementos necesarios como el zinc necesarios para uniones, faldones, coronación, etc. También deben considerarse todos los sellos de silicona, adicionalmente a las partidas de silicona indicadas por establecimiento. Todas las planchas deben ser prepintadas de fábrica por ambos lados y ser de 0,5mm espesor.
4.5 Complementos generales para las partidas Para la ejecución de las partidas valorizadas se consideran los complementos necesarios para llevarlas a cabo cumpliendo con todas las normas técnicas de construcción existentes en Chile, de los manuales de los fabricantes y proveedores de los materiales utilizados y para dar cumplimiento al objetivo del servicio de no contar ninguna filtración de aguas lluvias.
4.6 Impermeabilización de losas Utilizar membrana asfáltica de 3mm de alta resistencia, para tránsito de vehículos.
Corroborar las condiciones de la superficie: debe estar perfectamente limpia, seca, plana, firme, lisa y uniforme. Deberá tener la pendiente adecuada y los desagües necesarios para permitir el correcto drenaje del agua. Además, hay que evitar la presencia de baches o desniveles que faciliten el estancamiento de agua sobre la membrana impermeable.
Para el caso de CESFAM Santa Cecilia, se debe considerar una membrana o lámina asfáltica con resistencia para tránsito de vehículos, esto a diferencia de las otras donde no circularán vehículos.
Antes de comprar las membranas, se deben mostrar al menos 3 alternativas al referente técnico para ser aprobadas.
Limpiar correctamente la superficie, eliminando el polvo, suciedad y cualquier otro material residual. Realizar luego la imprimación de la superficie con pintura asfáltica de base solvente o emulsión de base acuosa, según condiciones de la superficie, para mejorar la adherencia de la membrana a la superficie, duplicando así su durabilidad (rendimiento 0,5 litros por metro cuadrado en dos manos.)
Dejar secar la imprimación, para luego proceder con la instalación de la membrana. Para ello, se recomienda el pegado completo de la membrana asfáltica (con soplete) que asegura mayor resistencia y durabilidad de la impermeabilización. Los sucesivos rollos irán colocados desde la parte más baja a la más alta, perpendicular a la pendiente y solapados para lograr una perfecta estanqueidad. Luego se realizará el sellado (exudado) de las juntas, para evitar cualquier posible filtración entre rollos.
Por último, se deben pintar las juntas con pintura asfáltica aluminizada para proteger el asfalto exudado y evitar su deterioro prematuro, extendiendo la durabilidad de la membrana por varios años.
4.7 Partidas Se deben ejecutar la cantidad total de unidades indicadas para todos los trabajos necesarios; reposición de metros lineales de canaletas, reposición de metros cuadrados de cubiertas, metros cuadrados de limpieza, aplicación de siliconas y otros, según lo indicado y de no realizarse la totalidad de estas cantidades, o de requerir nuevas intervenciones, las partidas podrán reconvertirse para abordar las prioridades que indique el servicio.
Cuando las cantidades presupuestadas no sea necesario su implementación del 100%, se podrá solicitar a contratista que proporcione los materiales y los deje como repuesto en bodega de DESAM Coquimbo. Sin perjuicio de lo anterior, el referente del DESAM, en casos fundados podrá indicar la no realización de partidas, con un máximo del 10% del total.
Adicionalmente, se podrán requerir cambios de ubicación donde se realizarán las intervenciones de las partidas, para otros centros en los que se prioricen necesidades de reparación mas urgentes, siempre manteniendo las cantidades del itemizado ofertado.
4.8 Garantía ante filtraciones En cuanto a la garantía del servicio, se indica que en caso de que se provoquen filtraciones en alguno de los establecimientos, se deberá concurrir en un plazo de 3 horas máximo si existen lluvias, garugas o rocío activas que esté provocando filtraciones. En caso de que no estén activas las filtraciones, existirá un plazo de 24 horas máximo para realizar las intervenciones necesarias, si no se cumple este plazo se realizará el cobro de la boleta de garantía.
4.9 Seguridad El contratista debe velar por la integridad de sus trabajadores, para lo cual estará obligado a impartir las capacitaciones, charlas, instrucciones, indicaciones que sean necesarias para prevenir de manera eficaz cualquier todo tipo de riesgo laboral, sobre todo las caídas de distinto nivel, ya que se realizarán trabajos en altura. También estará obligado a implementar todas las obras necesarias para proteger la integridad de sus trabajadores, tales como lineas de vida, sistemas de sujeción y enganche, etc.
4.10 Recepción de los trabajos: previo a prueba de funcionamiento Para la recepción de los trabajos se solicita lo siguiente:
* El primer requisito es haber realizado la prueba de agua sobre las techumbres, canaletas y complementos, para lo cual se deberá rociar con abundante agua similar a una lluvia, todos los trabajos realizados de tal forma de evaluar y asegurar la inexistencia de filtraciones.
* Orden y limpieza del lugar de trabajo sin material indeseado
* Canaletas y planchas de cubierta completamente limpios libres de polvo, musgo, y cualquier material externo.
* Sellos de tapagoteras bien instalados cumpliendo función de impermeabilizar sin detalles observables.
* Se pagarán solo las cantidades de cada una de las partidas implementadas en terreno. Si existe una diferencia entre lo solicitado y lo realizado, contratista podrá entregar el material correspondiente según lo indicado por el referente técnico para completar el total de la partida. También se podrán intercambiar partidas una por otra, considerando el equivalente en valor para cada cambio.
4.10 M2 de reposición de planchas Las planchas que se valoricen en el itemizado, deberán ser del mismo tipo que las que se van a reponer, siendo diferentes por cada CESFAM, variando en modelo y características.
Al valorizar los m2 de planchas se compromete a utilizar calidades superiores en términos de grosores, resistencias,, terminaciones de pintura y calidad.
4.10 Reposición de cubetas/bajadas de agua Estas reposiciones se realizan por el mal estado de las mismas o por que se requiere una nueva. Se debe considerar la instalación de tanto la cubeta u hoyo en caso de losa, hasta la tubería/hojalatería que conduce hasta el piso a indicar por referente.
4.11 Forma de entrega de presupuesto económico Solo se recibirán presupuestos que detallen la unidad de medida y el valor unitario por cada una de las partidas solicitadas en el formato entregado.
4.12 REQUERIMIENTOS EXCLUYENTES (OBLIGATORIOS) PARA RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS: PRUEBA DE AGUA SOBRE TECHUMBRE, CANALETAS Y TODOS LOS COMPONENTES INSTALADOS. Terminadas las obras, se dará curso a la prueba de agua para probar la impermeabilidad de la techumbre y todos sus componentes asociados y complementarios. Para esto, se deberá rociar abundante cantidad de agua sobre todos los componentes mencionados, y realizar inspección sobre los mismos, sobre la losa, por debajo de los cielos, por sobre la techumbre y por los costados del edificio de tal forma de asegurar que no exista ninguna filtración de agua.
Pasar con éxito la prueba de agua sin filtraciones es un requisito excluyente
4.13 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA REALIZAR PAGO UNA VEZ REALIZADA LA RECEPCIÓN El contratista deberá enviar los siguientes documentos en conjunto para proceder al inicio del proceso de pago:
1.- Factura
2.- Estado de pago
3.- Nómina de trabajadores de la obra
4.- Certificado de antecedentes laborales
5.- Planilla de pago de cotizaciones
6.- Informe técnico de ejecición de obras
7.- Informe fotográfico de avances realizados
4.14
INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM TONGOY
* Reparación filtraciones en techumbre del cesfam; sala de estimulación, Sala lactancia (tejas quebradas) y otros a indicar
* Construcción de alero de 2,5 x 1,5 de perfiles de fierro con cubierta de plancha transparente a indicar. A instalar en parte posterior del CESFAM por donde entra agua por el piso a causa del viento. Pintar los perfiles con esmalte sintético semibrillo 3 en 1.
* Limpieza de rejillas de escurrimiento de aguas lluvias de todo el cesfam
* Recambio de 10m2 de canaletas y 20m2 de planchas de teja continua colonial de la cubierta donde estén rotas, en mal estado, se indicará el lugar de cambio
* Instalación de faldones de zinc en uniones de techumbre sector sala estimulación
* Reposición de techumbre 2,7 x3,8 m., con canaletas zinc prepintadas, considerar hojalaterías, sellos, osb 11mm, papel fieltro, cerchas cada 1 metro, aislapol 50mm, costanera cada 40cm pintura, cubierta y reparación sobre cielo.-
4.15
INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM PAN DE AZUCAR
* Reposición de 24 m de canaletas aproximadamente, que se encuentran dañados, en dos puntos subre el pasillo de acceso a box en segundo piso y sobre área de toma de muestras.
* Reparación de filtraciones según puntos informados en visita de terreno
POSTA TAMBILLOS: También se deberá considerar la como reposición de 10m2 planchas
4.16
INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM SANTA CECILIA
* Reposición de 66 metros lineales de canaletas según el siguiente detalle: 6m canaletas sobre jefe some, 10m canaletas sobre dirección, 50 metros según plano
* Construcción de techumbre de 6,2mx2,6m (16,2m2) con planchas acrílico 4mm que dejen el paso de la luz, sobre estructura de perfiles de fierro pintados. Se deberá dejar un acceso para la techumbre mediante escalera retractil. Se debe pintar metalcom con esmalte sintético semibrillo.
* Limpieza bajada de aguas lluvias
* Limpieza camaras de aguas lluvias
* Fijar canaletas sueltas sector terraza
* Considerar el suministro de una escalera retractil que permita acceder hacia la techumbre e instalarla con mecanismo de cierre con cadenas u otro que la resguarde de su uso no permitido. Incluir sistema de cierre.
* Impermeabilización de losa sector estacionamiento ambulancia con membrana asfáltica previa aplicación de imprimante 6x10 total 60m2
4.17 INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM SERGIO AGUILAR Dar solución y eliminar las causas de filtraciones que ocurren en el establecimiento:
* Sector 1: Reposición de 10m lineales de canaletas. Se llueven box 11 y pasillo.
* Sector 3: Eliminar filtraciones sobre sector 3, entre ellos el box 7. Reposición de todos los sellos de silicona en canaletas y faldones. Recambio de una plancha de zinc corroída. Se llueven box 7, box 5, pasillo. Reposición de 10m lineales de canaletas.
* Contenedores: Romper el fondo cortafuego, extender colocando nuevas planchas de zic 10m2 para que aguas caigan fuera de la estructura y 10 m de canaletas. Implementar terminación pintura y espuma expansiva.
* Sobre comedor y bodega insumos escritorio, reposición de 18m de canaletas, sellos y cubierta. Sellar y eliminar filtración de respiradero.
* Reposición 20m canaletas sobre padi y polivalente
* Sobre sala polivalente y sector SAPU: Reposición de canaletas y planchas de cubierta dañadas
* Suministro e instalación de 50 planchas de cielo falso de 60cmx60cm
* PNAC: Eliminar ventilación y sellar por abajo el cielo raso con terminación de pintura. En el techo cambiar la plancha de la ventilación por una nueva.
* Eliminar filtración sobre techo ambulancia, reponer todos los sellos y corregir bajadas de agua
* Instalación de sello hojalatería y siliconas en junta dilatación entre sectores 1 y 2.
* Revisión filtración techo en sala espera farmacia
* Sector 4 y SOME Central, reposición de todos los sellos de silicona en canaletas y faldones además de reparación de canaletas o plancha de zinc si fuese necesario
* Limpieza de colectores de aguas lluvias
* Mantenimiento/limpieza de canaletas de aguas lluvias del establecimiento.
4.18
INTERVENCIONES A REALIZAR EN POSTA GUANAQUEROS
* Reposición de 34m canaletas en residencia o otro tramo. Canaletas deben quedar entregando el agua hacia los drenes. Extensión de planchas de cubierta para que el agua caiga sobre el medio de las canaletas. Considerar las bajadas de agua hacia drenes infiltración.
* Reposición de 12m de canaleta en fachada Posta con reposición de bajadas de agua.
4.19
INTERVENCIONES A REALIZAR EN CECOSF PUNTA MIRA
* Extensión de planchas de cubierta para permitir el escurrimiento de aguas lluvias sobre el medio de las canaletas.
* Ajuste de sujeción de canaletas para que el agua caiga justo en el medio de ella.
* Construcción de alero de 3m x 2,5m de perfiles de fierro con cubierta de plancha transparente acrílico 6mm. Pintar los perfiles esmalte sintético semibrillo.
* Reposición 22m canaletas
4.20
INTERVENCIONES A REALIZAR EN EMR EL PEÑÓN
* Reparación de Filtración Box matrona
* Instalación de 50 m lineales de canaletas en el frontis de la EMR
* Eliminar filtración por un foco de un box.
* Limpieza de camaras, desagues, rejillas y demás componentes de descargas de aguas
4.21
INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM EL SAUCE
* Reposición de 101 metros lineales de canaletas
* Implementación de 14 bajadas de agua. Se deben considerar 2 bajadas de agua por cada tramo de las canaletas nuevas. Y 2 nuevas bajadas de agua en el medio del sector losa de urgencias por ambos lados.
* Mejoramiento de desniveles de bajadas de agua en losa sector sapu. Se debe picar el hormigón, para luego rellenar con mezcla con el nivel correspondiente máximo que permita
* Impermeabilización de losas sectores SAPU y CCR, farmacia y Botiquín con membrana asfáltica previa aplicación de imprimante total 376 m2
4.21 INTERVENCIONES A REALIZAR EN CESFAM TIERRAS BLANCAS * Impermeabilización de losa SAPU Dent 35m2
5 PRESUPUESTO Y OPERACIONES
5.1 General * Este proyecto se enviará a licitación y la operación completa estará a cargo del contratista que se adjudique el proyecto. El Departamento de Salud solo se limitará a responder consultas técnicas, quedando la supervisión de los trabajadores y de la obra a cargo de mismo contratista.
* Todos los detalles y ajustes del proyecto se deben definir en terreno guiados por la unidad de Gestión y Proyectos.
* Es responsabilidad de cada contratista rectificar en terreno las medidas y longitudes del diseño de este proyecto para asegurar que sean las dimensiones correctas.-
5.2 Visita obligatoria Para todos los contratistas que parcitipen en la licitación, será de carácter OBLIGATORIO y EXCLUYENTE asistir a una visita a terreno, en las que se podrán resolver preguntas técnicas en cuando al desarrollo del proyecto. La fecha y horario serán indicadas al momento de abrir la licitación en el portal Mercado Público.-
5.3 Horarios y días de trabajo Los horarios y días en los cuales el contratista podrá desarrollar los trabajos serán indicados al momento de realizar la visita obligatoria.
5.4 Modalidad Obra Terminada Esta Obra se efecuará con modalidad "Obra Terminada"; esto quiere decir que todos los costos de materiales, insumos y mano de obra, al igual que las herramientas de obra deben ser de cargo del contratista adjudicado.-
5.5 Entrega de obra * Se entenderá entregada la obra una vez emitida el "Acta de recepción de obra" por el área de Gestión y Proyectos, firmada por referente técnico, por la empresa contratista y por Dirección DESAM.-
* Se pagará la obra con el requisito de que esta finalice todas las partidas aquí descritas, y que cumplan con todas las especificaciones técnicas aquí descritas.
* Para autorizar el pago el contratista deberá dejar limpio y ordenado el lugar de trabajo. Aseo y limpieza definitiva de la zona intervenida para su entrega, con todos los retiros de escombros y materiales realizados.-
5.6 Multas * Se aplicará una multa si el contratista excede los días del plazo ofertado en el portal, según lo indicado en detalle en el decreto de adjudicación.-
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CARACTERISTICAS GENERALES DEL LLAMADO A PROPUESTA |
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Sistema de Contratación : Suma Alzada, en pesos chilenos, sin reajustes ni intereses.
Financiamiento e Imputación : Los recursos del Presupuesto de Salud Municipal;
Cta. Nº 215-22-06-001
Presupuesto Total Disponible : $ 33.000.000.- Impuesto Incluido.
Se deja expresa constancia, que en el caso que la oferta supere el presupuesto disponible, el Municipio se reserva el derecho a rechazar la oferta ya sea en el acto de apertura o en el Informe de Evaluación emitido por la comisión evaluadora.
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COMISION EVALUADORA |
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Se designa como integrantes de la Comisión Evaluadora a los siguientes funcionarios o a quienes los subroguen o reemplacen legalmente en sus cargos.
NOMBRE R.U.T. CARGO
Gonzalo Acuña Bastías 17.085.911-1 Ingeniero Gestión y Proyectos
José Fernández Penroz 6.525.671-1 Encargado Unidad de Gestión y Proyectos
Jaime Muñoz Alfaro 10.779.034-9 Profesional de la Dirección de Salud y Cementerios
En caso que la comisión evaluadora no pueda ser constituida por los funcionarios evaluadores designados supra, en calidad de titulares, o con sus subrogantes, por carecer de ellos u otro motivo; lo cual deberá constar en el acta respectiva; se designa en calidad de suplentes a los funcionarios que se detallan, en el siguiente orden de prelación:
NOMBRE RUT. CARGO
Manuel Suzarte Vilches (suplente de Gonzalo Acuña Bastías) 10.814.037-2 Referente Unidad Gestión y Proyectos
Beatriz Areyuna Araos (suplente de José Fernández Penroz) 13.533.234-8 Encargada de Calidad APS
Omar Pozo Fajre (suplente de Jaime Muñoz Alfaro) 08.715.348-7 Profesional de la Dirección de Desarrollo Comunitario
Los funcionarios evaluadores tendrán las siguientes obligaciones:
a) Omitir cualquier contacto con proveedores. Salvo lo dispuesto en el artículo 35 ter del Decreto Supremo N°661 de 2024, en orden a que, durante el periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
El contravenir lo señalado precedentemente se podrá considerar como infracción a lo dispuesto en el artículo 62 N°1 de la Ley N°18.575.
b) Mantener la confidencialidad de lo que está sucediendo en el proceso de evaluación y de la documentación respectiva, a la que solo corresponde tener acceso los integrantes de la comisión; el contravenir lo señalado se podrá considerar como infracción a lo dispuesto en el artículo 62 N°1 de la Ley N°18.575.
c) Verificar que se encuentra publicado, con sus antecedentes completos, en el portal del Lobby.
d) Materializar la evaluación de las ofertas, en base a los criterios de evaluación definidos en las bases.
e) Elaborar informe final con la propuesta de adjudicación. Este documento debe ser remitido a la autoridad competente para que dicte su veredicto a través de acto administrativo (Decreto Alcaldicio).
f) Toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Asimismo, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones señaladas, tendrá la calidad de agente público, por lo que estará sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
g) Realizar su labor en conformidad a las atribuciones contenidas en las presentes bases administrativas.
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ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACION |
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Las etapas de la presente licitación estarán de acuerdo a las fechas y horarios del calendario informado a través del portal Mercado Público. El plazo mínimo entre el llamado y la recepción de ofertas será de 10 días corridos de acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del Reglamento de la Ley de Compras.
Fecha de Publicación: Corresponderá al día 1 desde la publicación en la plataforma www.mercadopublico.cl
Fecha Inicio de Preguntas: En el día 1, después de publicada la licitación en el portal www.mercadopublico.cl
Fecha Final de Preguntas: 5 días corridos posteriores a la Fecha Inicio de Preguntas.
Fecha de Publicación de Respuestas: 2 días corridos posteriores a la Fecha Final de Preguntas, en caso que sea un día inhábil la publicación de respuestas se realizará en el día hábil siguiente y considerando un mínimo de 24 horas antes del cierre de la licitación.
Fecha de cierre de recepción de ofertas 10 días corridos posteriores a la Fecha de Publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas. En caso que el plazo termine en día inhábil, se prorrogará automáticamente a las 15:00 horas del día hábil siguiente.
Fecha de Acto de Apertura Técnica: Se realizará un minuto después del cierre de recepción de ofertas, el mismo día.
Fecha de Acto de Apertura Económica: Se realizará un minuto después del cierre de recepción de ofertas, el mismo día.
Fecha de Adjudicación: Dentro del plazo de 20 días corridos posteriores a la fecha de cierre de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
La fecha de adjudicación en el sistema de información, podrá sufrir retrasos o modificaciones, las cuáles serán informadas a través del portal, anunciando allí las razones de la modificación. Cualquier otra modificación en los plazos de la licitación debe ser autorizada mediante Decreto Alcaldicio, y debidamente publicada en el sistema de información.
El plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas (Artículo 46 Reglamento Ley de Compras)”.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 45, inciso final, del reglamento de la ley 19.886”. En este sentido el Municipio se reserva el derecho de hacer uso de este beneficio.
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NORMATIVA Y ANTECEDENTES QUE REGULAN LA LICITACION |
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Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos:
a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento
b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto.
e) Ficha electrónica de licitación.
f) Ofertas de los oferentes a proponentes.
g) Análisis de las propuestas.
h) Informe y Decreto de Adjudicación.
i) Otros Antecedentes Relacionados
Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
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REQUISITOS DE PARTICIPACION |
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7.1 OFERENTE:
Sólo podrán participar en la presente licitación las personas Naturales y Jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y respecto a las cuales no concurra alguna de las causales de inhabilidad contenidas en el precitado artículo.
Asimismo, como requisito para contratar, se deberá tener en consideración lo establecido en el artículo 35 quáter de la Ley 19.886; estando prohibido contratar con el personal de la I. Municipalidad de Coquimbo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por el mismo municipio, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Salvo la excepción y debiendo aplicar el procedimiento señalado en el mismo artículo singularizado precedentemente.
Para contratar, el oferente que resulte adjudicado, deberá estar inscrito, con estado “Hábil”, en el Portal www.mercadopublico.cl (Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios) y en el Registro Nacional de Proveedores del Estado de Chile, además de no contar con las prohibiciones de contratación con proveedores según lo indicado previamente al tenor de lo señalado en el artículo 35 quáter de la ley 19.886. El oferente que no esté inscrito en el antedicho registro estará obligado a hacerlo dentro de un plazo de 5 días corridos contados desde la adjudicación a través del Sistema de Información. En caso de no inscribirse, o no aparecer en estado “Hábil”, dentro de dicho plazo, la Municipalidad estará facultada para dejar sin efecto la adjudicación, y readjudicar la propuesta al segundo oferente mejor evaluado. En caso que no exista otra propuesta para readjudicar, el plazo antes señalado se entenderá automáticamente ampliado a 10 días corridos. Además, deberá acompañar de forma previa a la formalización de la contratación los documentos requeridos “para contratar”, en las presentes bases administrativas.
Las uniones temporales de proveedores deberán sujetarse a lo dispuesto en el Decreto N°661/2024, Reglamento de compras públicas sobre la materia, y además, a la Directiva de Contratación Pública N°22, de la Dirección de Compras públicas, que se entiende íntegramente incorporada a las presentes bases. Todos sus integrantes deberán encontrarse inscritos con estado “Hábil” en los términos señalado.
En conformidad al artículo 48 del Decreto N°661/2024, los oferentes no podrán, para el mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de proveedores. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
7.2 UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES:
Con ocasión de la entrada en vigencia de las modificaciones al Reglamento de la Ley de Compras, Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, los proveedores o personas naturales o jurídicas que deseen participar en forma conjunta, en algún proceso de licitación pública deberán formalizar la unión, constituyéndose como una UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES.
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
a. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado.
e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.
El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
HABILIDAD DE LOS INTEGRANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Las causales de inhabilidad del Registro de Proveedores establecidas en la ley y en el artículo 154 de este reglamento afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado. En el evento que algún integrante se vea afectado por una causal de inhabilidad, la unión deberá decidir si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso de compra. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible, en conformidad al artículo 182 del Reglamento antes mencionado.
INHABILIDAD SOBREVINIENTE DE INTEGRANTES DE LA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a juicio del municipio, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello la Entidad compradora deberá dejar constancia en un acta.
En el evento de que la Municipalidad apruebe mediante Decreto fundado el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización.
Lo dispuesto en el inciso precedente será verificado en la forma siguiente:
1. Cuando la modificación de la composición de la Unión Temporal de Proveedores suponga la disminución de empresas, o la sustitución de una o varias por otra u otras, se necesitará la autorización previa y expresa del órgano contratante, debiendo haberse ejecutado el contrato al menos en un veinte por ciento de su valor. En todo caso, deberá mantenerse al menos una de las empresas inicialmente adjudicatarias dentro de la Unión Temporal de Proveedores.
2. La solicitud efectuada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá incluir los antecedentes técnicos y económicos que sean relevantes según el tipo de contrato, sin perjuicio de la facultad para solicitar cualquier otro antecedente que razonablemente sea necesario para la adecuada resolución de la solicitud, los que deberán ser entregados en el plazo de cinco días hábiles desde que hayan sido solicitados. La no presentación de tales documentos en el plazo establecido será causal para el rechazo de la solicitud.
3. Una vez que los antecedentes necesarios se encuentren en poder de la Entidad compradora, dispondrá de un plazo de quince días hábiles para aprobar o rechazar esta solicitud.
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ANTECEDENTES DE LA OFERTA |
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Tanto la Oferta Administrativa, Técnica y Económica debe considerar lo que sigue:
a. Si el oferente se encuentra inscrito en el Registro de Proveedores (Disponible en www.mercadopublico.cl) y su inscripción está vigente, podrá obviar la presentación de aquellos antecedentes exigidos que se encuentren disponibles en dicho portal y a la fecha de la apertura estén vigentes. Esto es, de aquellos antecedentes que puedan ser verificados por funcionario a cargo de la licitación, o la comisión evaluadora, en su caso.
b. Los Formularios deben ser subidos al portal www.mercadopublico.cl en formato legible.
8.1 OFERTA ADMINISTRATIVA:
8.1.1 PARA OFERTAR:
La oferta administrativa deberá contar con los siguientes documentos:
a) Formulario Identificación del oferente, firmado.
b) Formulario Declaración jurada simple, firmado.
Se deja expresa constancia, que cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el oferente deberá presentar el Formulario de Identificación del oferente y el Formulario de Declaración jurada simple, por cada uno de los integrantes de la UTP, a efectos de verificar correcta individualización, aceptación de bases y estado de habilidad; suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso.
8.1.2 PARA CONTRATAR:
Además, el oferente que resulte adjudicado; PARA CONTRATAR deberá adjuntar el siguiente documento administrativo:
a) Si es persona natural, copia simple de la cédula de identidad del oferente.
b) Si es persona jurídica, copia Simple del RUT del oferente persona jurídica y copia simple de cédula de identidad del representante legal de la persona jurídica, o de la persona facultada por el oferente para actuar en nombre y representación de la misma. Además, deberá presentar copia simple de la escritura pública o certificado de vigencia, en que conste la personería del representante legal o mandatario o apoderado de la persona jurídica.
c) Certificado de Antecedentes LABORALES Y PREVISIONALES de la Dirección del Trabajo (En el caso de no contar con trabajadores, por tanto, no pueda remitir el presente certificado, bastará con una declaración jurada simple donde conste dicha situación).
8.2 OFERTA TÉCNICA:
Los oferentes interesados en participar en la presente licitación deberán ingresar los antecedentes necesarios para verificar el cumplimiento de los requerimientos técnicos obligatorios y aquellos que permitan realizar la evaluación de sus ofertas.
Es decir, deberá presentar lo siguiente:
a) Una propuesta técnica o equivalente, donde conste lo solicitado por el municipio.
8.3 OFERTA ECONÓMICA:
Los oferentes deberán ingresar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl el valor neto de los servicios requeridos, Además, los oferentes deberán ingresar los formularios de Oferta Económica, según Formato adjuntos a la licitación. Las ofertas que excedan del presupuesto máximo disponible serán declaradas inadmisibles, sin derecho a evaluación.
La Municipalidad no pagará ningún valor adicional al ofertado por el proveedor como valor unitario y total de los servicios adquiridos, en conformidad a lo señalado en especificaciones técnicas adjuntas. Será de responsabilidad de los oferentes ponderar adecuadamente todos los gastos que irrogue el cumplimiento de la contratación, por ejemplo, pago de impuestos, seguros, entre otros; para la entrega a satisfacción del bien requerido en virtud de la presente propuesta por la Municipalidad de Coquimbo.
Nota 1: En caso que las especificaciones técnicas, presentes bases administrativas o cualquier documento emitido por el municipio, señale alguna marca o modelo determinado respecto de los productos, deberá entenderse referencial, pudiendo siempre los proponentes ofertar otro, a lo menos, equivalente o superior. De igual forma, en caso que dichos documentos indiquen normas de calidad para los productos, los oferentes podrán ofertar productos que aseguren una calidad igual o superior a la requerida.
Se deja expresa constancia que tanto el funcionario a cargo de la apertura como la comisión evaluadora de forma previa a la evaluación podrá requerir mediante aclaratoria que se aporten antecedentes no esenciales omitidos, siempre que esto no afecte los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
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CRITERIOS DE EVALUACION |
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Las ofertas serán evaluadas considerando los siguientes criterios de evaluación:
PORCENTAJE CRITERIO DESGLOSE DE LA PONDERACIÓN DEL CRITERIO
5% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PROVEEDOR REGISTRA 5 O MÁS RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 0 PUNTO.
PROVEEDOR REGISTRA ENTRE 1 Y 4 RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 50 PUNTOS.
PROVEEDOR NO REGISTRA RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ULTIMOS 6 MESES: 100 PUNTOS.
18% GARANTIA (Proyectos) Presentar documento con garantía:
36 o más meses: 100 pts.
24 a 35 meses: 60 pts.
12 a 23 meses: 30 pts.
menos de 12 meses: 0 pts.
18% EXPERIENCIA EMPRESA No presenta certificado: 0 pto
Presenta 1 a 2 documentos: 25 ptos
Presenta 3 a 4 documentos: 50 ptos
Presenta 5 a 6 documentos: 75 ptos
Presenta 7 a 8 o mas documentos: 100 ptos
La forma de acreditación será mediante la presentación de Certificados y/o Recepciones de Obra que demuestren la experiencia en obras como la que se evalúa, emitidos por parte de los beneficiarios de los servicios.
10% OTROS REQUERIMIENTOS No presenta lo solicitado: O ptos
Adjunta Carta Gantt: 25 ptos.
Presenta 5 o mas "Certificados" de obras eléctricas con entidades públicas o municipales: 25 ptos.
Presenta copia de certificación SEC de instalador autorizado, junto con cédula de identidad de encargado de proyecto: 25 ptos.
Presenta reglamento interno de la empresa: 25ptos
13% EMPRESA LOCAL Presentar e-rut o datos MiSII con dirección de la empresa
Empresa de la comuna La Serena o Coquimbo: 100 ptos.
Empresa de la región de Coquimbo, pero comuna diferente a La Serena o Coquimbo: 50 ptos.
Empresa de otras regiones diferentes a Coquimbo: 0pts.
12% PLAZO DE EJECUCION (MENOR PLAZO DE EJECUCION/PLAZO DE EJECUCION OFERTADO) x 100
5% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Adjuntar Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 puntos / Ingresa Valor Neto en línea de comprobante de la Oferta 20 Puntos / Antecedentes Adicionales Solicitados en las Bases 20 Puntos.
1% Programa(s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 puntos.
No cuentan con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos.
18% OFERTA ECONOMICA (OFERTA ECONOMICA MENOR/OFERTA ECONOMICA) x 100
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RESOLUCION DE EMPATES |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje, siguiendo el orden indicado a continuación:
1. Oferta económica.
2. Experiencia de la empresa.
3. Garantía.
4. Empresa local.
5. Plazo de ejecución.
6. Otros requerimientos.
7. Comportamiento Contractual anterior.
8. Cumplimiento de requisitos formales.
9. Programa(s) de Integridad y Compliance.
En caso de mantenerse el empate, se adjudicará la primera propuesta que haya sido recibida en el portal, lo cual será verificado en el “comprobante de ingreso de oferta”, quedando a salvo en todo caso la opción de declarar desierta la propuesta, si se dan los requisitos legales para aquello.
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CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS |
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Las causales de rechazo de las ofertas al momento de la apertura o revisión de antecedentes por la comisión evaluadora serán las siguientes:
1. No presentar electrónicamente la oferta con todos los documentos técnicos y económicos solicitados, salvo las excepciones establecidas en las presentes bases de Licitación.
2. No ajustarse al presupuesto máximo disponible informado en las presentes bases de licitación, o no cumplir con los requisitos exigidos en las presentes bases administrativas o demás antecedentes de la licitación pública; al tenor de lo señalado en el artículo N°9 de la Ley de Compras Públicas.
3. No ofertar la totalidad de los productos/servicios requeridos en las presentes Bases.
4. No presentar una propuesta técnica o documento equivalente donde conste lo requerido por el municipio.
5. No responder las solicitudes de aclaratoria que se pudieron haber establecido a través del sistema de información, en el plazo prudencial concedido al efecto.
6. Que los servicios ofrecidos no cumplan con uno o más de los requerimientos técnicos de la presente licitación.
7. Omitir información, o entregar antecedentes confusos o contradictorios que impidan efectuar examen de admisibilidad o evaluación de las propuestas sin afectar los principios de estricta sujeción a las bases o igualdad de los proponentes.
8. Las demás causales establecidas en las presentes bases administrativas.
Asimismo y de acuerdo a lo señalado en el artículo 60 del DS 661 de 2024, se declarará inadmisible una o más ofertas, a proposición de la comisión evaluadora cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo N°9 de la Ley de Compras.
En este caso, la comisión evaluadora propondrá considerar como oferta más ventajosa la de menor precio, debiendo constar en el decreto respectivo dicha situación, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del mismo Reglamento.
De igual manera, de acuerdo al artículo 61 del DS 661 de 2024, el municipio podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina, a proposición de la comisión evaluadora, que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para proponer declarar inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la comisión evaluadora deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o funcionario evaluador deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o el funcionario evaluador analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
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VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
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El plazo mínimo de validez de las ofertas será de 60 días corridos contados desde el cierre de recepción de ofertas, al tenor de lo señalado en el artículo 117 del DS 661/2024.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el Calendario Oficial de las presentes bases.
Las preguntas deberán formularse única y exclusivamente a través de la plataforma www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sistema de información, sin indicar el autor de las preguntas dentro de los plazos señalados en las presentes bases y ficha electrónica de la licitación.
El Proponente podrá solicitar, vía el Portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a los Antecedentes de la Propuesta, e incluir sus consultas surgidas a raíz del análisis de los antecedentes de la Licitación. No se tomarán en cuenta las consultas verbales y/o hechas por otro medio o fuera de plazo.
La municipalidad dará respuesta por escrito a las consultas, observaciones y solicitudes de aclaración a las bases, sin perjuicio de otras aclaraciones y/o modificaciones a las bases de licitación que se estime necesario hacer de oficio en la misma oportunidad.
Estas “Aclaraciones y Respuestas a Consultas” serán publicadas en la opción “foro” del sistema de información, www.mercadopublico.cl, para conocimiento de todos los proponentes hasta el día y la hora señalada en las bases administrativas y ficha electrónica de la licitación. La municipalidad podrá enviar, incluso antes de esta fecha, los documentos que estime necesarios (enmiendas y aclaraciones), que ayuden al mejor entendimiento de la licitación y, por ende, de la oferta de los proponentes.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento de las respuestas y/o aclaraciones que la Entidad Licitante hubiera efectuado, las que formarán parte integrante de las bases de licitación, desde su publicación en el sistema de información. A contar de la fecha y hora estipulada en las presentes bases como de publicación de las aclaraciones y respuestas a las consultas en el portal de mercado público, se presumirá el conocimiento del documento por parte de todos los participantes.
No se admitirán posteriores reclamos fundados en el desconocimiento de estos documentos por parte de los oferentes.
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MODIFICACION DE BASES Y ANTECEDENTES DE LA LICITACION |
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Se podrá modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario, de manera fundada.
Las modificaciones realizadas a las bases administrativas o a cualquier otro documento integrante de la licitación, formarán parte integrante de la misma, desde su publicación en el sistema de información. Por su parte, se presumirá su conocimiento por parte de todos los proponentes, desde las 24 horas siguientes a la señalada publicación.
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APERTURA DE LA PROPUESTA Y PRESENTACION DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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La Apertura de la Propuesta, se realizará de manera electrónica, a través del portal de compras públicas, el día y hora señalado en la ficha electrónica de la licitación. Dicha Apertura será efectuada por el funcionario de la Municipalidad a cargo del proceso licitatorio.
En este acto, se podrán rechazar, sin derecho a evaluación, aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases de Licitación, documentos técnicos o en las especificaciones técnicas adjuntas.
Se deja expresa constancia que, aunque las ofertas hayan sido aceptadas en el acto de apertura; la comisión evaluadora, antes de efectuar el proceso de evaluación de las propuestas de igual forma podrá declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases administrativas, especificaciones técnicas u otros documentos del proceso licitatorio; debiendo constar los fundamentos en el informe respectivo.
Se procederá a abrir electrónicamente, en primer lugar, los antecedentes denominados “Oferta Administrativa” verificando su contenido e integridad, y que cumplan con las exigencias contenidas en las presentes bases administrativas, pudiendo efectuarse las observaciones que se estimen convenientes de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases de licitación. Las ofertas que no hayan incluido cualesquiera de los antecedentes y certificados exigidos en la “Oferta Administrativa”, de las presentes Bases Administrativas, podrán ser observadas, debiendo acompañar los antecedentes faltantes en el plazo que indique la Municipalidad, el cual no podrá exceder de 48 horas.
En segundo lugar, y cuando corresponda, se abrirán los archivos de la “Oferta Técnica”, y de la “Oferta Económica”, verificando que se haya acompañado la totalidad de la documentación solicitada. Aquellos oferentes que no incluyan cualquiera de los antecedentes y certificados de los documentos calificados como esenciales en las presentes Bases administrativas, perderán el derecho a participar en la etapa de evaluación y adjudicación de la oferta, siendo rechazadas sus ofertas. Salvo las excepciones establecidas expresamente en el presente documento.
La Comisión podrá solicitar a los oferentes a través del foro disponible en el Portal y dentro del período de evaluación, aclaraciones de errores u omisiones detectados durante la evaluación siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. El uso de esta potestad no podrá suponer en ningún caso la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases. Lo anterior siempre que estas correcciones no resten transparencia al proceso, los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los proponentes, en forma que la conducta infractora privilegie a uno de ellos en perjuicio de los demás, esto es, signifique una ventaja indebida a su favor (según dictamen de la Contraloría General de la República N° 72.362, de 2014).
En concordancia con lo establecido por Contraloría General de la República, entre otros en dictamen N° 5.104 del año 2003, donde establece que; la Administración a fin de velar por una correcta decisión, debe considerar los errores numéricos o de cálculos que se detecten en un procedimiento de licitación, la comisión evaluadora podrá corregir de oficio o solicitando corregir todas las disconformidades de esa índole que sean evidentes, en resguardo de los principios de eficiencia, eficacia e impulsión de oficio del procedimiento que consagran los artículos 3°, inciso segundo; 5°, inciso primero, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Los oferentes pueden hacer observaciones en relación al acto de apertura, dentro de las 24 horas siguientes a la apertura conforme a lo señalado en el Art 51 del Decreto Nº661 del 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
La aceptación de una oferta en el acto de apertura electrónica, no obsta a que la comisión evaluadora pueda rechazar una o más de las ofertas que hayan sido previamente aceptadas, por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases administrativas o especificaciones técnicas del proceso de Licitación, todo lo cual quedará debidamente consignado en el acta de evaluación.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
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Una vez realizado el cierre de aceptación de ofertas, la comisión evaluadora, evaluará solo aquellas propuestas, que, hayan sido aceptadas por el funcionario encargado de la apertura. Esta evaluación le corresponde realizar a la comisión evaluadora, quienes propondrán al Sr. Alcalde adjudicar aquella propuesta que haya obtenido el más alto puntaje, o declarar desierta la licitación, según corresponda.
Consideración al Evaluar:
Se evaluará a los proveedores que oferten la totalidad de líneas y que cumplan con el presupuesto disponible.
Una vez aprobada el acta de evaluación, si fuese el caso, se dictará un decreto Alcaldicio de adjudicación. El resultado de este trámite se informará a los oferentes en el portal.
Se deja expresa constancia, que, el puntaje mínimo para adjudicar una propuesta, será de 50 (cincuenta) puntos, es decir, no podrán adjudicarse aquellas ofertas que cuenten con menos del puntaje señalado en la evaluación respectiva. Lo anterior, por no ser convenientes a los intereses en el municipio, al tenor de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 19.886.
Se deja constancia que, en virtud a lo indicado en el artículo 57 del Decreto N° 661/2024 Reglamento de Compras Públicas el informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o este reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 de este reglamento.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Llegada la fecha de adjudicación señalada en las bases administrativas y la ficha electrónica de la licitación, si existen motivos y razones justificadas, esta fecha se podrá ampliar, modificándose según corresponda a las necesidades del municipio. Las modificaciones a la fecha de adjudicación se llevarán a efecto a través del portal, por funcionario a cargo del proceso de licitación; indicando las nuevas fechas y los fundamentos de estos cambios.
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INSTRUMENTOS DE GARANTIA |
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17. INSTRUMENTOS DE GARANTÍA:
Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
Tipo de Documento Garantía a la vista
Beneficiario Municipalidad de Coquimbo, Rut N° 69.040.300-5
Monto 5% del monto total de la contratación, en pesos chilenos
Glosa La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública N° 35/2025”.
Descripción El proveedor adjudicado deberá presentar al municipio un documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del servicio. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable, en forma material y/o electrónica. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 5% del monto total de la contratación, con vigencia mínima de 60 días hábiles después de terminada la garantía ofertada por el proveedor o en su defecto 60 días hábiles después de terminado el contrato. El plazo máximo de presentación será antes de la formalización de la contratación. Deberá entregarse en el Departamento de Salud, ubicado en Avenida Alessandri Nº 271, 3º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla bastianfernandezp@municoquimbo.cl
La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación.
No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo.
En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento.
Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de garantía, incluir las siguientes cláusulas
a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo;
b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación.
c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje.
El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías.
La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato.
Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas.
Detectada una situación que amerite el cobro de la caución de Fiel Cumplimiento de Contrato por parte de la Municipalidad, se le notificará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. La resolución que apruebe el cobro de la caución y resuelva los descargos, si éstos existieren, se publicará en el sistema de información y contra ésta, procederán los recursos establecidos en la Ley Nro. 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Se hará efectivo el cobro del respectivo documento que garantiza el fiel cumplimiento de contrato una vez resueltos los recursos, o vencido el plazo para su interposición, sin que se haya presentado.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades.
Forma y Momento de Restitución La devolución de la garantía se realizará una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del Departamento solicitante.
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FORMALIZACION DE LA CONTRATACION |
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Efectuada, y notificada la adjudicación de la propuesta a través de su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, la Municipalidad procederá a formalizar la contratación mediante suscripción de contrato, conforme a lo preceptuado por el artículo 117 del Decreto 661 de 2024.
El plazo para concurrir a la firma del respectivo contrato es de 5 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firma del contrato respectivo en oficinas de la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Salud, ubicado en Avenida Matta N° 147, Piso 2 Coquimbo, luego de la firma del contrato se suscribirá el decreto aprobatorio del mismo. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico indicada en el correo del proveedor que conste en el formulario de identificación del oferente.
Una vez formalizada la contratación, el Municipio podrá comenzar a emitir las respectivas órdenes de compras, según la necesidad del servicio, conforme lo indicado en el punto N°22, la cual deberá ser aceptada por el adjudicatario en un plazo fatal de 2 días hábiles contados desde su envío. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de 2 días hábiles posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor.
En caso que no se concrete la formalización de la contratación, se aplicará el procedimiento establecido en el Punto N°19 de las presentes bases administrativas.
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READJUDICACION O DESERCION |
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Si no se concreta el proceso de contratación del oferente mejor evaluado, ya sea por los motivos que se enumeran en el presente acápite o por los señalados en las presentes bases, la Municipalidad readjudicará el proceso, adjudicando la licitación a aquel proponente que haya obtenido la segunda mejor calificación en el proceso de evaluación respectivo o declarar desierta la propuesta si se dan los requisitos señalados el artículo 9 de la Ley N° 19.886; en los siguientes casos:
a. La no aceptación de la Orden de Compra dentro del plazo establecido
b. Rechazo de la Orden de Compra por parte del proveedor.
c. Si el oferente adjudicado posee alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley 19.886. En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 3 días hábiles si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. Se deja expresa constancia, que luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta deberá ser dejada sin efecto, debiendo la licitación ser re adjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
d. No inscripción en el registro de proveedores del Estado (con estado “Hábil”) dentro de los plazos establecidos en las presentes bases.
e. Las demás establecidas en las presentes bases de Licitación.
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RESPONSABLE DE LA RELACION CONTRACTUAL |
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Una vez formalizada la contratación, la relación contractual será de responsabilidad del Ingeniero del Gestión y Proyectos, Contacto: Gonzálo Acuña Bastías, EMAIL: gonzaloacuna@municoquimbo.cl; FONO: 51-2311172. Para ello en la orden de compra se indicarán los datos de contacto.
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RESPONSABILIDADES DEL OFERENTE |
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Será de responsabilidad del proveedor todo gasto que irrogue la ejecución de la presente licitación, incluido el transporte de todos los productos requeridos, además de contratar al personal calificado para la realización del mismo, todo lo cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo laboral alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno.
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CONTACTO DEL ADJUDICATARIO |
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El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
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EJECUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO |
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La ejecución del servicio se realizará el día 31 de agosto de 2024 desde las 18:00 y los requerimientos deberán estar operativos desde el 12:00 horas del día del evento para realizar las pruebas de sonido.
Se deja expresa constancia que el municipio se reserva el derecho de modificar hora o fecha de los eventos, entre otras, en caso de ocurrir situaciones ajenas al municipio (condiciones climáticas, instrucción de autoridad sanitaria, catástrofes, razones de buen servicio, u otros) que obliguen a recalendarizar el evento, estando disponibles para prestar el servicio contratado en forma íntegra en la nueva fecha establecida sin derecho a indemnización alguna, siempre que se les de aviso por correo electrónico con una antelación mínima de 1 día hábil al de realización del evento.
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FORMA DE PAGO |
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El proveedor podrá facturar sólo una vez que haya entregado la totalidad de los servicios y previo certificado de cumplimiento emitido por el Encargado de la Relación Contractual. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la factura. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Sanción en caso de Incumplimiento por parte del proveedor. El responsable del Pago es el Área de Administración y Finanzas del Departamento de Salud, Email: finanzassalud@municoquimbo.cl.
El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas a través del siguiente correo electrónico facturas@municoquimbo.cl y al Encargado de la Relación Contractual.
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PLAZO PARA RECHAZO DE FACTURA |
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De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c. que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. O 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Solo podrán emitirse facturas cuando el servicio haya sido recibido conforme por el municipio.
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MODIFICACION Y TERMINO ANTICIPADO |
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Los contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento solo podrán modificarse durante su vigencia cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato.
En ningún caso, dichas modificaciones podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos:
i. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
ii. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o
iii. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual.
2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos:
i. Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante.
ii. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación.
iii. Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
iv. Que se respete el equilibrio financiero del contrato.
El municipio estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
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INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR |
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En el evento que se produzca incumplimiento por parte del proveedor a las disposiciones establecidas en las presentes bases administrativas o especificaciones técnicas que dice relación con cada incumplimiento constatado:
A) Una sanción pecuniaria de $50.000.- por día, que se descontará del valor neto del monto contratado, cuando vencido el plazo de entrega, el proveedor demore más tiempo en la entrega del servicio, y el motivo del atraso sea imputable al proveedor.
B) Una sanción pecuniaria del 2.5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando se detecten faltas en la entrega total del servicio contratado, que deberá ser certificado por el funcionario a cargo del Departamento de Salud Municipal.
Las multas tendrán un tope de 20% del valor neto del monto contratado. Superar dicho monto será considerado incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, constituyendo causal de término anticipado, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.
La aplicación de las sanciones se efectuarán previa certificación del Encargado de la Relación Contractual, en cual se indique el incumplimiento por parte del proveedor.
Lo anterior salvo que la tardanza o no realización del servicio sea atribuible a la Municipalidad, caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
27.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES:
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde.
La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado.
Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880.
Conforme lo señalado en el artículo 46 de la Ley 19.880, el indicado decreto deberá ser notificado si así lo hubiese solicitado en su oferta al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; de lo contrario se efectuará mediante carta certificada, informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Se deja expresa constancia que, en caso de notificación mediante correo electrónico, se tendrá por notificada la resolución al día hábil siguiente al de su envío, comenzado a computarse el plazo para presentar recurso de reposición, en consecuencia, desde el día hábil siguiente a dicha notificación.
Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
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TERMINO ANTICIPADO |
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Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. Dicha calificación quedará a juicio exclusivo del municipio. A modo de ejemplo, se considerará como incumplimiento grave:
- Alcanzar el máximo de las multas permitidas de acuerdo a lo señalado en las presentes Bases de licitación.
- Que el proveedor, sus dependientes, o los productos provoquen daño en la salud o propiedad del municipio o terceros.
- Verificar incumplimiento del pacto de integridad incorporado en las bases de licitación, luego de formalizada la contratación
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
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JURISDICCION DE LOS TRIBUNALES |
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Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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DEL GIRO |
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El proveedor que desee ofertar en el presente proceso, deseablemente debe tener giro necesario para la venta de los bienes y/o servicios que se requieren por la entidad. No obstante, lo anterior, el Departamento de Salud se reserva el derecho a consultar al Servicio de impuestos Internos, cuando el giro señalado en la factura no corresponda al bien o servicio licitado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalan en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes, especialmente el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de la licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios dadivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturales y/o monto, a ningún funcionario público en relación con si oferta en relación con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que puedan influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ellos se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetara las reglas y condiciones establecidas en las bases de la licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta, asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertada.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias, para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas, por sus empleados y/o dependientes y/o asesores, agentes y en general todas las personas que con este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencia de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidad individuales que también procediesen y/o fuesen determinados por los organismos correspondientes.
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DOCUMENTACION OBLIGATORIA QUE DEBE SER ENVIADA POR EL CONTRATISTA PARA QUE PUEDA CURSAR EL PAGO |
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Estado de pago
• Nómina trabajadores de la obra
• Certificado de antecedentes laborales
• Planilla pago cotizaciones
• Fotografías del desarrollo de la obra y una vez finalizada, enviar a (gonzaloacuna@municoquimbo.cl)
Adicionalmente, se solicitan estos documentos por el área de prevención de riesgos:
1. Certificado de afiliación extendido por alguna mutualidad
• Este certificado debe indicar fecha de incorporación, cotización del seguro ley 16.744 conforme al DS 67 y vigencia de afiliación a la fecha de inicio de los trabajos.
2. Nómina de personal.
• Nombre completo
• Rut.
• Cargo
3. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad
• Entrega de un ejemplar de RIOHS de su empresa. Fotocopia de: registro de entrega de RIOHS de cada trabajador de su empresa. Copia de entrega de RIOHS en Inspección del trabajo
4. Entrega de E.P.P.
• Copia de: registro de entrega de EPP, de todos los trabajadores de su empresa.
5. Charla de Inducción ODIS
• Fotocopia de: registro de Charla de Inducción Hombre Nuevo que se impartió a cada trabajador en el momento de su contratación.
6. Análisis de Seguridad en el Trabajo AST.
• Copia de registro de entrega y charla a los trabajadores, sobre la identificación de los peligros y la evaluación de los riesgos en cada etapa de las labores o actividades de la obra.
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VISITA A TERRENO OBLIGATORIA |
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Esta licitación tiene como requisito la visita obligatoria y excluyente a terreno de los oferentes, con el fin de corroborar las exigencias técnicas del proceso y ofertar de acuerdo a estas. Todos los plazos que se señalan en esta propuesta pública serán de días corridos, salvo que se señale expresamente que se trata de días hábiles administrativos.
En el evento que las gestiones o actuaciones exigidas por esta entidad licitante coincidan con día sábado, domingo o festivo, éstas deberán realizarse el día hábil administrativo siguiente.
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