Licitación ID: 2448-90-LE23
SUMINISTRO LENTES OPTICOS CONV. RESOLUTIVIDAD
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO, Departamento de Salud
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 569
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Lentes 2500 Unidad
Cod: 31241501
LENTES OPTICOS PARA PACIENTES UNIDAD OFTALMOLOGICA COQUIMBO (UAPO). SEGUN CARACTERISTICAS TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUMINISTRO LENTES OPTICOS CONV. RESOLUTIVIDAD
Estado:
Adjudicada
Descripción:
SUMINISTRO LENTES OPTICOS CONV. RESOLUTIVIDAD
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Unidad de compra:
Departamento de Salud
R.U.T.:
69.040.300-5
Dirección:
Bilbao 348
Comuna:
Coquimbo
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-06-2023 17:30:00
Fecha de Publicación: 02-06-2023 12:02:40
Fecha inicio de preguntas: 02-06-2023 13:52:00
Fecha final de preguntas: 05-06-2023 13:52:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-06-2023 13:52:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-06-2023 17:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-06-2023 17:31:00
Fecha de Adjudicación: 12-07-2023 11:54:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO IDENTIFICACION DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO DECLARACION JURADA SIMPLE
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CARAC. TECNICA PROGRAMA O SERVICIO SE CALCULARA PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO SEGÚN LA INFORMACION QUE DEBERA SER INGRESADA EN EL ARCHIVO DE TERMINOS DE REFERENCIA 35%
2 DISPONIBILIDAD ATENCIÓN SE CALCULARA PORCENTAJE DE CUMPLIMIENTO SEGÚN LA INFORMACIÓN QUE DEBERÁ SER INGRESADA EN EL ARCHIVO DE TÉRMINOS DE REFERENCIA 20%
3 EXPERIENCIA EN EL SERVICIO (CERTIFICADOS PRESENTADOS/MAYOR CANTIDAD CERTIFICADOS)X100 (ACREDITACION CERTIFICADA, ADJUNTAR NOMBRE DEL CONTACTO). 10%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PROVEEDOR REGISTRA 5 O MÁS RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 0 PUNTO. PROVEEDOR REGISTRA ENTRE 1 Y 4 RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 50 PUNTOS. PROVEEDOR NO REGISTRA RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ULTIMOS 6 MESES: 100 PUNTOS. 5%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Adjuntar Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 puntos / Ingresa Valor Neto en línea de comprobante de la Oferta 20 Puntos / Antecedentes Adicionales Solicitados en las Bases 20 Puntos. 5%
6 OFERTA ECONOMICA (OFERTA ECONOMICA MENOR/OFERTA ECONOMICA) x 100 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 30000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Horas
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: MARIA ESPERANZA PALACIOS
e-mail de responsable de pago: mepalacios@municoquimbo.cl
Nombre de responsable de contrato: KAROLIN HERNANDEZ
e-mail de responsable de contrato: carolinhernandez@municoquimbo.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-51-2311172-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Coquimbo, Rut N° 69.040.300-5
Fecha de vencimiento: 25-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar al municipio un documento que garantice el fiel y oportuno cumplimiento del servicio. Podrá ser cualquier instrumento que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y que tenga el carácter de irrevocable, en forma material y/o electrónica. Debe ser tomada a nombre de la Municipalidad de Coquimbo, por un monto equivalente al 5% del monto total de la contratación, con vigencia mínima de 60 días hábiles después de terminado el contrato. El plazo máximo de presentación será antes de la formalización de la contratación. Deberá entregarse en el Departamento de Salud, ubicado en Avenida Alessandri Nº 271, 3º piso, Coquimbo. En caso que la garantía sea de origen digital y cumpla con lo establecido en la Ley 19.799, podrá ser enviada mediante correo electrónico a la casilla dalvarezz@municoquimbo.cl La fecha de vencimiento, y monto de esta caución no podrán ser inferiores a la indicada en la presente licitación. No serán a la vista aquellas en que se indique “previa resolución de liquidador”, “cláusula de arbitraje”, u otra expresión similar, ni aquellas pagaderas con aviso previo. En el evento de garantizar, a través de certificado de fianza, este deberá reunir la característica de ser pagadero a primer requerimiento. Respecto a los oferentes que quieran garantizar, a través de póliza de garantía, incluir las siguientes cláusulas a) Prohibición de ponerle término o modificarla, unilateralmente sin el consentimiento escrito del Municipalidad de Coquimbo; b) Ser a la vista, o no estar sujeta a un proceso de liquidación. c) Que no será aplicable cláusula de arbitraje. El Municipio se reserva el derecho de solicitar a las entidades financieras, documentos que autentifiquen las garantías. La presente garantía podrá hacerse efectiva por incumplimiento en las obligaciones establecidas en el contrato. Esta garantía, debe mantenerse siempre vigente y renovarse cada vez que se otorgue un aumento de plazo o de monto; o bien si es cobrada para hacer efectiva la aplicación de multas. Detectada una situación que amerite el cobro de la caución de Fiel Cumplimiento de Contrato por parte de la Municipalidad, se le notificará al adjudicatario por carta certificada, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. La resolución que apruebe el cobro de la caución y resuelva los descargos, si éstos existieren, se publicará en el sistema de información y contra ésta, procederán los recursos establecidos en la Ley Nro. 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Se hará efectivo el cobro del respectivo documento que garantiza el fiel cumplimiento de contrato una vez resueltos los recursos, o vencido el plazo para su interposición, sin que se haya presentado. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán aplicar conjunta o independientemente otras sanciones que sean procedentes según contrato. La sola aceptación de las presentes bases implica la autorización del oferente al municipio para hacer efectiva la garantía, sin necesidad de notificación previa, ni requerimiento administrativo judicial. Asimismo, determina la autorización expresa del prestador para aplicar los fondos recuperados de la garantía a la satisfacción de los perjuicios causados y de su retención para el pago de eventuales responsabilidades.
Glosa: La glosa deberá indicar “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la Propuesta Pública N° 190/2023”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se realizará una vez cumplida la vigencia, previa solicitud por parte del adjudicatario y conformidad por parte del Departamento solicitante.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Validez de las Ofertas:
El plazo de validez de las ofertas será para todo el periodo en que se encuentre operativa la presente adquisición. La presente licitación fija precios para el periodo de duración de la contratación, En aquellos casos que los oferentes no informen la vigencia de su oferta, esta se entenderá que cumple con la vigencia señalada precedentemente.
Consultas y Aclaraciones:
Se recibirán consultas respecto de las bases, sólo a través del foro, en la fecha que se indica en el calendario oficial. La Municipalidad de Coquimbo, contestará a través del mismo foro las consultas efectuadas y elaborará aquellas otras aclaraciones que estime convenientes, las que se ingresarán como archivo adjunto. Una vez publicadas dichas aclaraciones se entenderán conocidas por todos los oferentes que participen en la presente licitación y formarán parte de las presentes bases.
Modificación de bases y antecedentes de la licitación.
Se podrán modificar las presentes bases, especificaciones técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes debidamente respaldada y, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán publicadas a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Junto con aprobar la modificación, en caso de ser necesario, la Ilustre Municipalidad de Coquimbo podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas, siempre y cuando se estime necesario de manera fundada.
Aclaración de Ofertas:
Los encargados de evaluar se reservan el derecho de solicitar con posterioridad al acto de apertura, aclaraciones o información complementaria que consideren necesaria para la evaluación de la propuesta, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl, otorgándoles un plazo para que ingresen su respuesta y siempre que estas aclaraciones no alteren el monto de su oferta, ni atenten contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes.
Presentación de Antecedentes Omitidos por los Oferentes:
Los encargados de evaluar podrán aceptar ofertas que presenten defectos de forma, omisión o errores menores, siempre que éstos no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el monto de su oferta, ni atente contra el proceso de licitación y el principio de igualdad de los oferentes. Podrán permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes hayan sido emitidos o tengan fecha anterior al plazo de cierre de recepción de ofertas. Para ello se les especificará un plazo breve y fatal, a través del foro inverso disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl. A él, o los proveedores que se le deba realizar dicha consulta, se le asignará un menor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
Obligación del Evaluador:
En virtud del principio de igualdad de trato, de legalidad y de estricta sujeción a las bases, el evaluador o los miembros de la comisión evaluadora no sostendrán reuniones con oferentes, lobistas o gestores de intereses particulares ni recibirán donativos, durante el proceso de evaluación de ofertas, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro del procedimiento licitatorio y que hayan sido definidas en las bases. Lo anterior considerando lo establecido en la Ley 20.730 que Regula el Lobby y su Reglamento, lo señalado en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y teniendo presente que el sentido de la función del evaluador y de las comisiones evaluadoras es garantizar imparcialidad y competencia en la evaluación de ofertas.
Evaluación de las Ofertas:
El estudio de las ofertas será realizado por la comisión evaluadora, que analizará todos los antecedentes presentados por los oferentes y elaborará el acta de evaluación respectiva, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases y someterá dicha propuesta de acta a la autorización y aprobación del Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), quién, si está de acuerdo, emitirá el decreto exento de adjudicación correspondiente. La Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o cambien las condiciones administrativas, presupuestarias o prioridades municipales, declaración que la autoridad deberá realizar por medio de resolución fundada.
Del Giro:
El proveedor que desee ofertar en el presente proceso, deseablemente debe tener giro necesario para la venta de los bienes y/o servicios que se requieren por la entidad. No obstante, lo anterior, el Departamento de Salud se reserva el derecho a consultar al Servicio de impuestos Internos, cuando el giro señalado en la factura no corresponda al bien o servicio licitado.
Consideración al Evaluar:
Se evaluará a los proveedores que oferten la totalidad de líneas y que cumplan con el presupuesto disponible.
Mecanismo para Solución de Consultas respecto a la Adjudicación:
Los oferentes que tengan dudas respecto de la adjudicación, podrán efectuar sus consultas al mail del contacto de la licitación, dentro de un plazo de 48 horas siguientes, contados desde la fecha de la adjudicación de la licitación, vencido este plazo no se dará respuesta a consultas. El e-mail para contacto es dalvarezz@municoquimbo.cl.
Resolución de Empates:
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación de CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL PROGRAMA O SERVICIO. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación OFERTA ECONÓMICA. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación DISPONIBILIDAD DE ATENCIÓN. En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como mecanismo de desempate el mayor puntaje obtenido en el criterio de evaluación EXPERIENCIA DEL SERVICIO. Cuando se produzcan situaciones en que, a pesar de la aplicación de los criterios de desempate, éste se mantiene, se adjudicará la oferta que haya ingresado primero en la plataforma Mercado Público, según lo establece el Comprobante de Ingreso de Oferta que emite el Sistema de Información.
Adjudicación de la Propuesta:
La comisión encargada de la evaluación propondrá al Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue) adjudicar la propuesta al oferente que haya obtenido el más alto puntaje de evaluación, y satisfaga de la mejor forma los requisitos técnicos y económicos materia de la presente licitación. Esta adjudicación se hará mediante decreto exento que se informará a través del portal www.mercadopublico.cl, posteriormente se elaborará contrato el que deberá ser firmado por el oferente adjudicado para después emitir la orden de compra, la que deberá ser aceptada por el proveedor, en el plazo de 48 horas desde su envío. El oferente adjudicado deberá contar con contrato vigente y certificado de habilidad en Chile Proveedores. Cuando el oferente adjudicado no cuente con inscripción vigente en Chile Proveedores, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación y una vez tramitada esta habilitación en Chile Proveedores se procederá a la firma del contrato. En el caso que el oferente no regularice la indicada inscripción en el plazo indicado, el municipio podrá re adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de la licitación.
Puntaje Mínimo de Adjudicación
Se establece para la presente licitación que el porcentaje mínimo para adjudicar una oferta será de un 50%, considerando el puntaje obtenido tras la aplicación de los criterios de evaluación. Una oferta que cumpla con los requerimientos técnicos, pero que no alcance la puntuación mínima de 50, no podrá ser adjudicada.
Sobre la Readjudicación:
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta por escrito, a través de su Representante Legal o del contacto de la licitación informado en el Formulario de Identificación del Oferente; no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento; no concurre a firmar contrato dentro de 5 días hábiles de notificado, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Del Contrato:
Se procederá a suscribir el contrato dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al aviso que mediante correo electrónico se realice al oferente, del hecho de encontrarse disponible para firma el respectivo documento en oficinas del Departamento de Salud de la Municipalidad ubicado en Avenida Alessandri N° 271, tercer piso, Sector El Llano, Coquimbo. Este aviso se realizará a la casilla de correo electrónico indicada en el correo del proveedor que conste en el formulario de identificación del oferente. No concurrir a la firma del contrato, dentro del plazo concedido al efecto, podrá ser considerado como rechazo de la adjudicación, encontrándose facultado el municipio para readjudicar la licitación al segundo oferente mejor evaluado, o declarar desierta la licitación concurriendo los requisitos legales para que aquello ocurra. Para la suscripción del contrato el oferente deberá estar inscrito en el registro oficial de contratistas y proveedores de la administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, conforme con lo establecido en el Art. 16 de la ley 19.886. En caso de no estar inscrito, se le otorgará un plazo fatal de 5 días hábiles para que regularice su situación. Al momento de la firma del contrato el oferente adjudicado deberá entregar una Garantía por Fiel Cumplimiento o haberla entregado con anterioridad. En el caso que el oferente no haya presentado este documento no se podrá concretar la firma del contrato. Formarán parte del contrato las presentes bases y la oferta del proponente adjudicado. El contrato comenzará a regir una vez firmado por ambas partes y posteriormente se emitirá la orden de compra respectiva, la que deberá ser aceptada por el prestador. La modalidad del contrato corresponderá a un contrato de suministro, sin intereses de ningún tipo, a número de requerimientos mensuales variable, según las necesidades y requerimientos de la Municipalidad, hasta concurrencia del monto total estimado de la adquisición, o hasta el vencimiento del plazo del contrato de suministro que se suscriba con el proveedor, a elección de la Municipalidad. El contratista no podrá ceder o transferir a terceros a ningún título el contrato suscrito con la Municipalidad de Coquimbo. La Municipalidad podrá prorrogar el contrato de suministro que se suscriba con el proveedor, por una sola vez, en las mismas condiciones del contrato original, previo informe favorable de la Unidad Técnica, mediante resolución fundada. El plazo de prórroga será el indispensable para llevar a efecto un nuevo proceso de Licitación pública, y en ningún caso podrá superar los 4 meses contados desde la fecha de término original. En caso de prórroga, las partes no podrán revisar las condiciones del contrato, pero podrán acordar nuevas condiciones que impliquen una mejora sustancial en la calidad y extensión del Servicio contratado, sin afectar el valor, precio o descuentos aplicables a los bienes y servicios objeto del suministro. En todo caso, la prórroga deberá estar completamente tramitada mediante suscripción de anexo de contrato, antes de la fecha de término del contrato original. La prórroga del contrato de suministro será independiente del aumento del monto total del contrato. Por esta razón, durante toda la vigencia del contrato de suministro, y sus prórrogas, sólo podrá aumentarse el monto total contratado, hasta en un 30%, y solo por una vez. De igual manera, solo podrá prorrogarse el contrato por una única vez. En todo caso, la prórroga deberá estar completamente tramitada mediante suscripción de anexo de contrato, antes de la fecha de término del contrato original.
Responsable de la Relación Contractual:
Una vez formalizada la contratación, la relación contractual será de responsabilidad de la Encargada Convenio Resolutividad, Contacto: Karolin Hernández Cortes, EMAIL: carolinhernandez@municoquimbo.cl; FONO: 51-2311172.
Contacto del Adjudicatario:
El proveedor adjudicado deberá designar un responsable o contacto, indicando su correo electrónico, teléfono y dirección. Para ello se encuentra adjunto el Formulario Identificación del Oferente.
Operatoria:
Cuando se requieran los productos, la unidad solicitante deberá formular este requerimiento a la Unidad de Adquisiciones del Departamento de Salud, desde donde se emitirá una Orden de Compra al proveedor a través del portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a los valores de los productos ofertados.
Plazo para aceptar la orden de compra:
Una vez formalizada la contratación, el municipio podrá comenzar a emitir órdenes de compra, según la necesidad del servicio, las cuales deberán ser aceptadas por el adjudicatario en un plazo de 48 horas desde su envío. En caso que el proveedor no acepte la orden de compra dentro de 48 horas posteriores a su emisión, se entenderá por aceptada la orden de compra por parte del proveedor y la entrega de los productos comenzará a regir desde este plazo señalado.
Forma de Pago:
El proveedor podrá facturar de forma mensual de acuerdo a los servicios requeridos en la orden de compra emitida (solicitada por las áreas o unidades requirentes) y que éstos se encuentren recibidos conforme por el Departamento de Salud. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la última factura en Bodega del Departamento de Salud o en su defecto por el Encargado de la Relación Contractual. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Incumplimientos del proveedor”. El responsable del pago es el Jefe del Área de Gestión de Administración y Finanzas, Srta. María Esperanza Palacios Tirado, correo: mepalacios@municoquimbo.cl, teléfono: 512311172 – 512324276 - 512313405. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el área o unidad solicitante: Dirección de Aseo y Ornato, Contacto: Paola Aguilera Valledor, EMAIL: dao@municoquimbo.cl; FONO: 961609594. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas al correo electrónico del Responsable de la relación contractual: prueba@municoquimbo.cl
Forma de Pago:
El proveedor podrá facturar de forma mensual de acuerdo a los servicios requeridos en la orden de compra emitida (solicitada por las áreas o unidades requirentes) y que éstos se encuentren recibidos conforme por el Departamento de Salud. El plazo de pago es de 30 días desde recibida la última factura en Bodega del Departamento de Salud o en su defecto por el Encargado de la Relación Contractual. En la factura se deberá indicar el número de la orden de compra correspondiente. El plazo de pago podría verse afectado cuando se detecte incumplimiento y se apliquen los procedimientos indicados en la cláusula “Incumplimientos del proveedor”. El responsable del pago es el Jefe del Área de Gestión de Administración y Finanzas, Srta. María Esperanza Palacios Tirado, correo: mepalacios@municoquimbo.cl, teléfono: 512311172 – 512324276 - 512313405. Sin embargo; el responsable de hacer seguimiento a los pagos es el área o unidad solicitante: Dirección de Aseo y Ornato, Contacto: Paola Aguilera Valledor, EMAIL: dao@municoquimbo.cl; FONO: 961609594. El proveedor adjudicado, de manera obligatoria, deberá remitir copia de la(s) facturas al correo electrónico del Responsable de la relación contractual: prueba@municoquimbo.cl
Responsabilidades del Oferente:
Será de responsabilidad del proveedor el transporte de todos los productos y su entrega, además de contratar al personal calificado para su realización, el cual será íntegramente remunerado por el proveedor. En consecuencia, ni el proveedor ni su personal adquirirán vínculo alguno con la Municipalidad, quien no asumirá responsabilidad alguna frente a los accidentes de toda índole que puedan sobrevenir al personal contratado por el proveedor, ni les deberá dinero alguno. La Municipalidad no será responsable de las fallas, desperfectos, deterioros, siniestros, daños, robos, hurtos y/o pérdidas que pudieran producirse en los implementos utilizados en la ejecución del contrato, sin importar el origen de los mismos, siendo responsabilidad del proveedor disponer de las medidas de seguridad necesarias.
Flete
El valor del envío de los productos será de costo del proveedor. También será de responsabilidad del proveedor el transporte de los productos cuando existan devoluciones por garantías, por productos que se encuentren en mal estado o por no cumplir estos con las características solicitadas.
Duración del contrato:
El plazo de duración del contrato de suministro, materia de la presente licitación, será desde la formalización de la contratación al 31 de diciembre del presente año, o hasta que el monto presupuestado disponible sea cero.
Plazo para Devolución de Factura:
De acuerdo a lo establecido por el Artículo 3° de la Ley 19.983, modificada con la Ley N° 20.956, en su Artículo 4° N°1, letras a, b y c; que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, se tendrá por irrevocablemente aceptada la factura si el municipio no reclama en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, mediante alguno de los siguientes procedimientos: 1. Devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega. 2. Reclamando en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. 3. La factura también se tendrá por irrevocablemente aceptada cuando el deudor, dentro del plazo de ocho días señalado anteriormente, declare expresamente aceptarla, no pudiendo con posterioridad reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio.
Modificación del Contrato:
En casos calificados, la unidad o departamento solicitante podrá proponer modificaciones a la presente relación contractual con la anuencia del proveedor. El Alcalde (o a quien delegue o lo subrogue), sobre la base de los antecedentes presentados, resolverá si proceden o no las modificaciones propuestas. En este caso se elaborará un Decreto Exento que autorice la modificación y posteriormente se emitirá una orden de compra, si correspondiese.
Incumplimientos del proveedor:
En caso de incumplimiento del proveedor se aplicarán las siguientes sanciones: Una sanción pecuniaria del 2,5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega del servicio sea hasta 5 días hábiles imputables al proveedor. Una sanción pecuniaria del 5% que se descontará del valor neto del monto contratado según orden de compra cuando la demora en la entrega del servicio sea mayor a 5 días hábiles imputables al proveedor. Una sanción pecuniaria del 2.5% que se descontará del valor neto del monto contratado cuando se detecten faltas en la entrega total del servicio contratado, que deberá ser certificado por el funcionario a cargo del Departamento de Salud Municipal. Por despachar productos sin Orden de Compra asociada, se aplicará una multa de 10 UTM con un tope máximo de multa de 50 UTM, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, constituyendo causal de término anticipado de contrato. Por no dar respuesta a requerimiento de garantía legal de un producto dentro de las 72 Horas corridas desde su notificación, se aplicará una multa de 10 UTM. Se deja expresa constancia que, si se constata que hay productos que no se encuentran, en perfecto estado o que sean diversos en cuanto a especificaciones técnicas u otro al ofertado, estos se tendrán por no presentados, debiendo aplicar multa por atraso, al tenor de lo señalado en el presente acápite, si el reemplazo no se verifica dentro el plazo ofertado para la entrega. El tope de multas a aplicar durante la vigencia de la contratación, corresponde al 20% del monto total neto del contrato, superar dicho máximo se considerará incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, constituyendo causal de término anticipado y cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor, al tenor de lo indicado en el acápite de término anticipado.
Procedimiento de aplicación de multas:
Antes de la aplicación de la sanción se notificará a “EL PROVEEDOR” mediante correo electrónico a la casilla indicada en su oferta, entregándole un plazo de 5 días corridos para evacuar sus descargos por el mismo medio y dirigido al Sr. Alcalde. La respuesta a estos descargos por parte del municipio se entregará en un plazo de 10 días hábiles. Si se aceptan los descargos y se determina que corresponde no cursar multa se emitirá decreto fundado, que ordene proceder a realizar el pago correspondiente. Se considerarán como causales válidas de descargos las relacionadas con caso fortuito o fuerza mayor, lo que deberá ser acreditado. Si “EL PROVEEDOR” no evacúa descargos dentro del plazo concedido al efecto, o ponderados los antecedentes se determina aplicar la sanción (total o parcialmente) se emitirá resolución fundada, la que deberá ser notificada al “PROVEEDOR” a través del correo electrónico, publicando además la indicada resolución en www.mercadopublico.cl; informando que procede en su contra la presentación del recurso de reposición contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880. Las multas podrán ser descontadas de la factura pendiente de pago, que la Ilustre Municipalidad de Coquimbo adeude o adeudare al oferente adjudicado, multado; o bien descontadas de la garantía de fiel cumplimiento que obre en poder del municipio o pagadas directamente por el proveedor multado en caja municipal.
Término Anticipado:
Se podrá dar término anticipado a la relación contractual en la forma y casos señalados en el art. 13 de la ley 19.886 y artículo 77 de su reglamento. Asimismo, la relación contractual podrá terminar anticipadamente por razones de fuerza mayor sobreviniente o caso fortuito. El término de la contratación por los motivos anteriormente señalados, no dará derecho al prestador a indemnización de ningún tipo.
Normativa y antecedentes que regulan la licitación:
Esta Licitación se encuentra regida por la Ley N° 19.886, de Compras y Contratación pública, y su reglamento contenido en el Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y por los siguientes documentos. a) Bases administrativas y técnicas aprobadas por decreto exento b) Aclaraciones y Modificaciones a las bases entregadas por la Municipalidad de Coquimbo, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. c) Consulta de la Licitación por parte de los oferentes y Respuesta de la Municipalidad de Coquimbo, efectuadas a través del portal www.mercadopublico.cl. d) Especificaciones y Otros documentos Técnicos del Proyecto. e) Ficha electrónica de licitación. f) Ofertas de los oferentes a proponentes. g) Análisis de las propuestas. h) Informe y Decreto de Adjudicación. i) Otros Antecedentes Relacionados Cualquier diferencia en la interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases de Licitación y demás documentos, será aclarada por la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes a la Contraloría General de la República.
Jurisdicción de los Tribunales:
Para todos los efectos legales derivados de la presente relación contractual las partes fijan su domicilio en la ciudad de Coquimbo y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales Ordinarios de Justicia.