El
oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes.
Especialmente,
el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de
licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a)
El oferente se compromete a
respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por
éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485
del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los
derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a
efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o
servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los
Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b)
El oferente se obliga a no ofrecer
ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios,
dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven
de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que
pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos
que de ello se deriven.
c)
El oferente se obliga a no
intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que
tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquier de sus tipos o formas.
d)
El oferente se obliga a revisar y
verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos
del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias
para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia de esta.
e)
El oferente se obliga a ajustar su
actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas
costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f)
El oferente manifiesta, garantiza
y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las
bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
g)
El oferente se obliga y acepta
asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación,
así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h)
El oferente reconoce y declara que
la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con
información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
i)
El oferente se obliga a tomar
todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente
señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de
la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias
de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
Sin
perjuicio de lo señalado, el oferente que resulte adjudicado y sus
trabajadores, deberán observar, durante toda la época de ejecución del
contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a
los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III
de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
El
Proveedor deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes que conozca
de la Municipalidad de La Serena con motivo del contrato y no podrá hacer uso
de éstos para fines ajenos al mismo, y bajo ninguna circunstancia podrá, por
cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copia,
reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar dañar, inutilizar,
destruir, en todo o en parte esta información, ya sea durante la vigencia del
contrato o después de su finalización.
Esta
prohibición afecta tanto al proveedor, a su personal directo e indirecto y a
todos aquéllos que se encuentre ligados a él en virtud del contrato con el
municipio.
En
caso de incumplimiento de esta cláusula, la Municipalidad de La Serena podrá
terminar anticipadamente el contrato, encontrándose facultada para cobrar la
garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de iniciar las
acciones judiciales que corresponda.