Resolución de Empates |
De producirse empates entre los oferentes se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
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Mayor puntaje obtenido en Oferta Económica.
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Mayor puntaje obtenido en Experiencia del Oferente.
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Mayor puntaje obtenido en Mano de Obra.
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Mayor puntaje obtenido en Cumplimiento de Requisitos Formales.
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Mayor puntaje obtenido en Cumplimiento de Programa de Integridad.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados, luego de aplicar todos los criterios señalados en la pauta de evaluación, se preferirá al primero que haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo con la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
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El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario municipal, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
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El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
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El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
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El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
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El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
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El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La Municipalidad podrá readjudicar la presente licitación dentro del plazo de 60 días contados desde la publicación de la adjudicación original, previo Decreto Alcaldicio de readjudicación, en los casos que el adjudicatario:
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Se rehúsa o rechaza la adjudicación.
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No suscribe el contrato respectivo con la Municipalidad en los plazos destinados.
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No entrega la garantía solicitada, de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, detallada y solicitada en las Bases de la presente licitación.
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Se encuentra inhábil para contratar con organismos del Estado, en los términos del artículo 4° de la Ley N°19.886 o en virtud de la Ley N°20.393, o no proporcione los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
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No cumple con lo establecido en las Especificaciones Técnicas.
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Incurre en falsedad de los documentos o antecedentes de que hubiere acompañado.
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No cumple con los plazos otorgados por la Dirección de Asesoría Jurídica para la entrega de documentos y/o firma de contrato.
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Desiste de su oferta.
Por todas las razones mencionadas, la Municipalidad adjudicará la licitación al oferente que sigue en puntaje de evaluación, y en el caso que el nuevo adjudicatario se encuentre en algunas de las situaciones planteadas en este numeral, se readjudicará al siguiente y así sucesivamente, y ante la eventualidad de no poder readjudicar a ningún oferente, la Municipalidad podrá declarar desierta la licitación. Este acto deberá publicarse en el portal www.mercadopublico.cl para conocimiento de todos los oferentes que presentan ofertas.
Por ende, la Municipalidad velará porque tanto las ofertas como las garantías de los oferentes participantes, que quieran mantener la mera expectativa de ser contratados, permanezcan vigentes, de manera tal que sea posible readjudicar la licitación a una oferta efectiva.
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